La víctima, un salmantino que ya ha puesto denuncia, lo supo por un dispositivo antirrobo instalado en el vehículo. “Ya no es la multa que me pueda llegar es que esto es delito y yo soy funcionario público, lo primero que harían sería echarme”, lamenta. “el que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses".
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Y hay más. Yo conozco un caso y lo echaron si. Era otro delito pero digamos que era "leve". No mató ni lesionó a nadie.
El tema de la velocidad, evidentemente tiene su error, primero porque depende de la calidad de la señal GPS, y segundo porque es un muestreo y hace velocidad media entre 2 puntos.
El mio manda la posición cada 10s aprox (aunque eso es parametrizable). Como medidor de tiempos en un circuito no sirve, pero por mucho error que tenga, nunca he visto esos picos de velocidad ni por asomo.
No se si servirá como prueba para empapelar al probador de turno, pero que a esa moto le han retorcido la oreja, ya te lo digo yo que si.
En cuanto a que él no tiene que demostrar nada, creo que sí. De hecho, cuando te llega una "foto" de tráfico, tienes que contestar diciendo si no eras tú el conductor para que no te empaqueten a tí. Saludos.
Dicen que al bóxer o lo odias o lo amas, pero no te deja indiferente, aunque los modernos ya han perdido ese carácter tan particular. Yo hace unas semanas tuve la oportunidad de probar una 1250GS, y su motor en una delicia, tanto en suavidad como en entrega de potencia. Lo malo, que ahora quiero una.
Que quizás lo ha hecho todo perfecto pero creo que cualquiera pensaría que se ha dado una vuelta con ella como si fuese robada o de alquiler al ver que la ha puesto a esa velocidad
Y si no guarda el ticket del taller?
Espero no moleste el "spam" de mi canal: youtu.be/ZZn5MZMkDgM
Edito: me refiero a que no puede tener antecedentes. Trabajando en colegios, por ejemplo, a los maestros les hacen firmar una autorización para ver que no tienen antecedentes de índole sexual.
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Como funcionario, no te van a echar nunca por tener antecedentes, esto también esta claro
Se puede quejar de mil cosas, pero justo de esa no
Y si pagas con tarjeta, ya tienes un justificante.
PD: la imagen idílica que tiene el personal de los concesionarios oficiales no se corresponde en nada con la realidad. Es donde con mayor seguridad tu vehículo será tratado por algún chaval recién salido de un modulo sin experiencia y ansias de probar todo lo que pase por sus manos sin conocimiento alguno. Todo esto por supuesto mientras pagas la hora de mano de obra como si fuera uno de los ingenieros que trabajaron en su diseño y desarrollo.
Por ejemplo la presunción de veracidad de un agente solo aplica a lo administrativo no a lo penal.
Creo que lo de los antecedentes es impedimento para entrar pero una vez dentro hay un limite de condena por debajo del cual no sería expulsado de funcionario. Tres años creo.
Aun así puede perjudicarle para algúna promoción. Ejemplo un alto cargo de tráfico con una condena por conducción temerario hace muy feo.
Asimismo denunciando contribuye a que esto no vuelva a pasarle. El próximo mecánico que quiera probar el vehículo de un cliente se lo pensará si condenan a uno.
#100 No. El ingreso en prisión no conlleva la pérdida de la condición de funcionario. Las penas de prisión a partir de diez años sí llevan aparejada la accesoria de inhabilitación absoluta, y en las demás cabe la inhabilitación especial cuando el empleo tenga relación directa con el delito (no es el caso). En cualquier caso, este delito tiene una pena máxima de seis meses de prisión (o dos años, si estuviésemos hablando de conducción temeraria).
#101 Todas las oposiciones que he visto exigen el requisito de "carecer de antecedentes penales".
#115 No. En general, cometer un delito doloso no es una infracción disciplinaria. En el régimen disciplinario específico de la policía y el de la GC sí sería infracción, pero solo grave, con lo que no podrían sancionarle con separación del servicio. Sobre lo de contestar que no eres el conductor, en primer lugar eso no es demostrar nada y en segundo lugar es para las infracciones administrativas de tráfico, no para los delitos.
#118 Entonces no es funcionario de carrera.
#133 Lo mismo de antes, no sería infracción muy grave.
#164 Ser el titular de la moto no basta para presumir la autoría de todos los delitos que puedan cometerse con ella.
El mecánico sólo tiene que decir que probó en ciudad y funcionaba así que decidió salir a autovía para comprobarlo a más velocidad. Que puso el control de velocidad a 120 y que el dispositivo falló acelerando la moto (ella sola) hasta llegar a 220 sin reaccionar al botón de anular el control crucero, que no se atrevió a frenar para no caerse y que no veas que miedito pasó hasta que la moto dejó de acelerar y volvió a velocidades normales. Está claro que la moto es un peligro para el conductor y resto de usuario hasta que se solucione el problema del control crucero, por lo que hay que dejarla 1 mes en el el taller hasta que llegue la pieza de Alemania o el chip desde China.
No sé dónde terminará el tema, pero la noticia es interesante,
No tengo la más mínima idea de dónde ha podido llegarle la influencia pero me tiene totalmente atormentado.
Aquí te dejo una imagen de la perdida de condición de funcionario del TREBEP.
No sé si es que me he perdido algo.
Aparte que eso está alejadísimo de lo que podría soportar un remolque, seguramente.
Repito, no sé si eso cuele, ni so abogado, ni mecánico, solo digo que me parece que encaja justo con lo que decía.
Eso será si vas al taller del barrio a que te hagan la chapu sin pagar el iva.
Estamos hablando de un servicio oficial. Esos te hacen factura hasta del papel del culo si vas al baño.
Vamos hombre...
¿Qué tiene que ver el derecho de reinserción aquí? Los antecedentes penales no son para siempre.
Sobre lo de la pérdida de la condición de funcionario, precisamente he indicado que la condena penal NO produce la pérdida de la condición de funcionario en sí misma, así que no sé por qué me muestras eso.
Por eso soy de la opinión de que es mejor cumplir las leyes y no tentar al diablo.
Si hubiera jugado mejor las cartas le podría haber salido gratis la reparación...
El sabrá. Tampoco es que apruebe que hagan el cafre a esa velocidad en carretera, conste. Y, como he dicho, estaba en su derecho a denunciar.
“ la sanción económica asciende al triple de la sanción correspondiente por la infracción realizada por el conductor del vehículo si esta es grave o muy grave, y el doble si es una infracción leve”. A ver si os pensáis que son gilipollas.
Va por delante que también me parece un poco exagerada esa reacción del cliente de poner la venda antes de la herida, yo también hubiera hablado con el taller en prevención de que llegara la multa, que supieran lo que puede pasar y que me explicaran lo de los 222 que podría haber sido un error del dispositivo quizá.
Si las motos siempre fueron un poco irracionales, hoy en día con lo controlado que está el tema de la velocidad son bastante absurdas, es un gustazo usarlas pero si las quieres exprimir un poco te arriesgas a lo que te arriesgas.