Europa Laica denuncia una vez más este tipo de escenografías gatopardianas que no son sino una cortina de humo que ocultan los temas más importantes a resolver en la relación Iglesia-Estado.
#5 ¿Sabes que no vivimos en Francia, no? Aunque sí te doy la razón en que todos los días vemos cómo los tratados internacionales sirven para limpiarse el orto.
Mis padres han reformado su casa del pueblo, un pueblito en extremadura de menos de 15 habitantes.
Pues bien la iglesia ha paralizado la obra por que dicen que nuestras ventanas no pueden mirar a la iglesia, un problema que se soluciona automáticamente con 5000 euros de donación que nos pide el obispo o lo que cojones sea.
#3 Por un lado siempre se puede revisar cuando ambas partes quieran, por otro lado un acuerdo de ese tipo debe beneficiar a los dos países... ¿En qué beneficia a España? Porque siendo un tratado bilateral solo está beneficiando a una parte mientras la otra no está recibiendo ninguna contraprestación.
#9 ¿Y tienen algún tipo de autoridad real que les permita hacer eso? Es para hacer un balcón mirando a la iglesia desde la que saludar en bolas al curilla de turno cada mañana...
#3 Se ve que tienes un conocimiento de política internacional nulo, cualquier tratado internacional bilateral se puede derogar unilateralmente, ello implica las sanciones estipuladas en dicho tratado.
Si lees el concordato( www.vatican.va/roman_curia/secretariat_state/archivio/documents/rc_seg ) la única sanino que pueden estipular es terminar "las amistosas relaciones" entre La Santa Sede y España. Viendo como cada vez hay menos gente que se identifica como católica esto va a significar básicamente nada y menos.
#15 Esto es un nivel de vagancia impresionante, estas intentando hacer un ad hominem y ni siquiera aportas datos. Si vas a trolear, haz algo de trabajo
Que el PP aguante el concordato, es lo esperado. Pero que el PSOE ni siquiera haga ningún amago de impugnarlo, es asqueroso. El Psoe está mas cerca de ampliarlo (mas concesiones) que de derogarlo.
#16El terreno de entre la iglesia y mi casa estaba estipulado como publico por lo que podían hacer unos balcones, el arquitecto vio los papeles y asi era, pero se ve que en este tiempo que ha pasado la iglesia lo ha registrado como suyo y ahora lo que era publico es suyo.
#25 vamos, que quieren construir en la parcela del vecino nuevo porque el vecino antiguo se lo permitía.
Pues una putada para tus padres pero el nuevo vecino está en su derecho.
Cc a #16 (que en 25 se ha perdido el hilo)
#24 Que el PSOE no haga siquiera un amago de impugnarlo también es lo esperado, porque es lo que llevan haciendo 40 años. No podremos decir que son imprevisibles.
#26 no, era publico y el ayuntamiento de dio el ok al arquitecto, no hay otro vecino es la iglesia y nosotros.
Tiempo mas tarde nos llega una denuncia de la iglesia porque ese terreno que figuraba como publico y mirando al cual si se podían hacer los balcones, ahora resulta que es suyo...pero por 5000 lo arreglan que son muy majos, entiendo que hay normas y lo que quieras pero en este caso para mi es un chantaje total.
#28 ¿figuraba en el registro como público? O no estaba inmatriculado en el registro?
El balcón se construyó antes o después del cambio de titularidad? (O no se ha construido)
#3 Qué van a hacer? No cumplir con su parte? Un tratado internacional en el que se le regala algo a la iglesia a cambio de nada... Esos expertos negociadores
#3 ¿A no? Peor que un divorcio en el Franquismo entonces... jaja. No, hacerlo legalmente es muy sencillo. Sólo es necesario votarlo en el Senado y Congreso.
Ya me parecía raro que la Iglesia renunciara a este privilegio así por las buenas sin pedir nada a cambio... me preguntaba dónde estaría la trampa.
Ahora veo que era algo pendiente desde hace años, desde 2017 nada menos:
Por último, el Tribunal de Justica considera que, aun cuando el acuerdo entre España y la Santa Sede sea anterior a la adhesión de dicho Estado miembro a la Unión, la exención fiscal controvertida no debería considerarse, en su caso, ayuda estatal existente, sino ayuda nueva.
En efecto, el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras no se introdujo hasta después de la adhesión. Por consiguiente, si el juez nacional declarase la existencia de una ayuda estatal, ésta debería notificarse a la Comisión y no podría ejecutarse sin su consentimiento.
El Concordato con el Vaticano es un Tratado Internacional BILATERAL y no puede ser derogado unilateralmente.
es.m.wikipedia.org/wiki/Ley_francesa_de_separación_de_la_Iglesia_y_el
Pues bien la iglesia ha paralizado la obra por que dicen que nuestras ventanas no pueden mirar a la iglesia, un problema que se soluciona automáticamente con 5000 euros de donación que nos pide el obispo o lo que cojones sea.
UNA PUTA MAFIA ES LO QUE SON.
Que cada uno se pague sus vicios
Si lees el concordato( www.vatican.va/roman_curia/secretariat_state/archivio/documents/rc_seg ) la única sanino que pueden estipular es terminar "las amistosas relaciones" entre La Santa Sede y España. Viendo como cada vez hay menos gente que se identifica como católica esto va a significar básicamente nada y menos.
¿Que parte no se entiende?
Pues una putada para tus padres pero el nuevo vecino está en su derecho.
Cc a #16 (que en 25 se ha perdido el hilo)
Tiempo mas tarde nos llega una denuncia de la iglesia porque ese terreno que figuraba como publico y mirando al cual si se podían hacer los balcones, ahora resulta que es suyo...pero por 5000 lo arreglan que son muy majos, entiendo que hay normas y lo que quieras pero en este caso para mi es un chantaje total.
El balcón se construyó antes o después del cambio de titularidad? (O no se ha construido)
Y encima la OTAN nos mandaría armas para defendernos de la agresión Vaticano-Comunista.
No tiene ninguna sede en propiedad, sólo unas pocas alquiladas.
Ahora veo que era algo pendiente desde hace años, desde 2017 nada menos:
Por último, el Tribunal de Justica considera que, aun cuando el acuerdo entre España y la Santa Sede sea anterior a la adhesión de dicho Estado miembro a la Unión, la exención fiscal controvertida no debería considerarse, en su caso, ayuda estatal existente, sino ayuda nueva.
En efecto, el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras no se introdujo hasta después de la adhesión. Por consiguiente, si el juez nacional declarase la existencia de una ayuda estatal, ésta debería notificarse a la Comisión y no podría ejecutarse sin su consentimiento.
(extracto de):
curia.europa.eu/jcms/upload/docs/application/pdf/2017-06/cp170071es.pd