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Hacienda inhabilitará a Puigdemont por no cumplir la Ley de Altos Cargos

Hacienda inhabilitará a Puigdemont por no cumplir la Ley de Altos Cargos

El Ministerio de Hacienda está efectuando los últimos trámites para abrirle un expediente sancionador a Carles Puigdemont por el incumplimiento de la Ley del Régimen de Incompatibilidades de los Altos Cargos al servicio de la Generalitat, que obliga a todos los dirigentes de las instituciones catalanas a presentar declaraciones de actividad, patrimonio e intereses en los tres meses siguientes al abandono del puesto. Hacienda habría notificado el pasado febrero en Bélgica de su obligación y lo inhabilitará durante cuatro años si no cumple.

| etiquetas: hacienda , carlos puigdemont , altos cargos , cristóbal montoro , inhabilitado
Comentarios destacados:                        
#1 Seguro, seguro, que TODOS los que se han saltado la declaración están denunciados y en proceso de inhabilitación. Estoy convencido.
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  1. Seguro, seguro, que TODOS los que se han saltado la declaración están denunciados y en proceso de inhabilitación. Estoy convencido.
  2. Ya no saben cómo castigarle.

    Peligroso precedente... el PP puede quedarse sin cientos de cargos
  3. #2 Solo por el precedente, merece la pena
  4. No he encontrado una "Ley del Régimen de Incompatibilidades de los Altos Cargos".

    ¿Alguien sabe a cual ley se refiere?
  5. #5 Pues si es la ley de la que me envías el link, no aplica. Solo aplica al Estado, no a CCAA.

    "Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

    1. La presente ley tiene por objeto establecer el régimen jurídico aplicable a quienes ejercen un alto cargo en la Administración General del Estado y en las entidades del sector público estatal.

    2. A los efectos previstos en esta ley, se consideran altos cargos:

    a) Los miembros del Gobierno y los Secretarios de Estado.

    b) Los Subsecretarios y asimilados; los Secretarios Generales; los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas y en Ceuta y Melilla; los Delegados del Gobierno en entidades de Derecho Público; y los jefes de misión diplomática permanente, así como los jefes de representación permanente ante organizaciones internacionales.

    c) Los Secretarios Generales Técnicos, Directores Generales de la Administración General del Estado y asimilados.

    d) Los Presidentes, los Vicepresidentes, los Directores Generales, los Directores ejecutivos y asimilados en entidades del sector público estatal, administrativo, fundacional o empresarial, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado que tengan la condición de máximos responsables y cuyo nombramiento se efectúe por decisión del Consejo de Ministros o por sus propios órganos de gobierno y, en todo caso, los Presidentes y Directores con rango de Director General de las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social; los Presidentes y Directores de las Agencias Estatales, los Presidentes y Directores de las Autoridades Portuarias y el Presidente y el Secretario General del Consejo Económico y Social.

    e) El Presidente, el Vicepresidente y el resto de los miembros del Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia, el Presidente del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, el Presidente de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, el Presidente, Vicepresidente y los Vocales del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, el Presidente, los Consejeros y el Secretario General del Consejo de Seguridad Nuclear, así como el Presidente y los miembros de los órganos rectores de cualquier otro organismo regulador o de supervisión.

    f) Los Directores, Directores ejecutivos, Secretarios Generales o equivalentes de los organismos reguladores y de supervisión.

    g) Los titulares de cualquier otro puesto de trabajo en el sector público estatal, cualquiera que sea su denominación, cuyo nombramiento se efectúe por el Consejo de Ministros, con excepción de aquellos que tengan la consideración de Subdirectores Generales y asimilados.

    3. No tendrá la consideración de alto cargo quien sea nombrado por el Consejo de Ministros para el ejercicio temporal de alguna función o representación pública y no tenga en ese momento la condición de alto cargo".
  6. #6 Yo te envío lo que es competencia de la AGE, que estén equivocados o no en el planteamiento es otra cosa. Y lo había leído
  7. #7 Ya. Gracias. No era una crítica a ti.
  8. Así estaba especificado en el GGP, concretamente en el apartado de motivos para :'(
  9. #2 Sí, ya hemos visto el peligroso precedente de lo que Montoro hizo con Carmena, que ha obligado a fiscalizar las cuentas de cientos de ayuntamientos del PP :troll:
  10. #4 #5 Ley 13/2005, de 27 de diciembre, del régimen de incompatibilidades de los altos cargos al servicio de la Generalidad
    www.boe.es/buscar/pdf/2006/BOE-A-2006-1769-consolidado.pdf
  11. Dejar de marear la perdiz.... Cansinos jajajaja
  12. #10 debe ser terrible dormir todos los dias con tu miedo a que ESPAÑA se rompa
  13. #1 Esperemos que cargue contra todos, lo que no impide que puxi la ha cagado y también debe ser sancionado
  14. #10 Eres @ikipol o @expertomilitar?

    Tengo dudas.

    Este golpista asesino que tira barriles bomba a su propio pueb... A no, que esto va en otra de tus obsesiones tramposas.
  15. #6 la Generalitat no es una entidad pública estatal?
  16. #17 La Generalitat es una entidad del estado pero no es la Administración General del Estado (a la que se refiere esa ley y lo que popularmente se conoce como "el estado central" o la "administración central"). Por eso la ley que le quieren aplicar es la que puse en #12, que es la específica para altos cargos de la Generalitat de Cataluña.
  17. Caera como Alcapone.
  18. #18

    De #6


    1. La presente ley tiene por objeto establecer el régimen jurídico aplicable a quienes ejercen un alto cargo en la Administración General del Estado y en las entidades del sector público estatal.

    Yo no soy experto en leyes, pero está claro que "y" diferencia expresamente la AGE de las diferentes entidades del estado, por lo que todo lo que has dicho es una verborrea para intentar salvar a tu mesías..
  19. #19 no, Nada que ver, pero no querría hacerte estallar la cabeza mandándote a leer el motivo del empuramiento de Al Capone, comprendo que tú delirio españistaní tiene tu lóbulo frontal demasiado ocupado como para leer y no meaete encima simultáneamente.
  20. #20 "El sector público estatal" en argot jurídico sigue siendo todo lo dependiente del gobierno de España, alias gobierno central. Y no tengo ni quiero salvar nada, la normativa que le van a aplicar a Carles Puigdemont es la de altos cargos de Generalitat, que es lo que era y sigue siendo Puigdemont, y que es más estricta que la que afecta a los trabajadores de la administración general del estado y las entidades de sector público estatal.
  21. #20 Estás equivocado. La ley 3/2015 se refiere solamente a altos cargos de la Administración General del Estado y a entidades que dependen de la misma. A nivel de autonomías, cada una tiene su ley de incompatibilidades, como muestra #12, que pone la ley 13/2005, que se refiere específicamente a las incompatibilidades en la Generalitat y órganos que de ella dependen.
  22. #21 Impresionante despliegue de bilis tan de buena mañana.

    Algunos estáis jodidamente llenos de odio, me causa más lástima que rechazo ya que tiene que ser muy triste vivir tan amargado ... o_o
  23. #21 Españistaní? De donde es usted?
  24. Se está volviendo realmente difícil saber si en España hay separación de poderes o se acuestan todos con todos.
  25. #17 La Generalitat es una administración pública autonómica, no una entidad pública estatal. Forma parte del sector público, pero no es estatal (igual que el resto de comunidades o entidades locales).
  26. En todo caso y siguiendo el enlace de #12 que es la ley que corresponde aplicar a Puigdemont no es competencia de Hacienda la inhabilitación:
    "Artículo 20. Competencia.
    1. El Gobierno, a propuesta del consejero o consejera del departamento competente en materia de función pública, debe declarar los incumplimientos de la presente ley y debe comunicarlos al Parlamento.
    2. El órgano competente para la incoación del procedimiento sancionador es el consejero o consejera del departamento competente en materia de función pública, salvo que el alto cargo afectado sea miembro del Gobierno, en cuyo caso la incoación del procedimiento corresponde al propio Gobierno."
    Hay que entender que al ser de ámbito catalán cuando hace referencia a Gobierno, Parlamento o consejero se refiere obviamente a los de Cataluña.
    Le auguro poco futuro a este intento. Sólo buscan un titular de prensa y nada más.

    P.D. Acabo de darme cuenta de que la noticia es de "El Confidencial" nada. Todo humo como siempre.
  27. #29 Ese "Gobierno" (la Generalitat) ahora mismo es el gobierno de España.
  28. #27 ¿Alguien aún cree lo de la separación de poderes en España?
  29. #26 De Narnia.
  30. #33 Y son asi de xenofobos alli? No sabia
  31. #30 Ya lo sé, pero en el mismo momento que haya un nuevo gobierno (parece que será la semana próxima) se recuperará la competencia. Por lo tanto poco futuro le veo.
    Además como siempre "El Confidencial" apela a "sus fuentes" y ya he perdido la cuenta del número de veces que han publicado noticias falsas facilitadas por "sus fuentes". He llegado a la conclusión que esas fuentes son los cojones morenos del redactor de la noticia. :-D
  32. #30 Y a quien competen, por obra del 155, las materias de función pública es al Ministerio de Hacienda y Función Pública.
    CC #29
  33. #35 No dudaría que en este caso sea cierto. Sin leerme la ley, es de suponer que tienen base legal para ello, al menos para abrir un expediente sancionador (hay que presentar un papel cuando abandonas un cargo público). Lo que no entiendo es por qué Puigdemont no les mandó el formulario relleno.
  34. #31 Si después de toda la dialéctica y palabrería sobre leyes y jurisdicción es todo lo que tienen para inhabilitarlo...
  35. #11 la ley Montoro salió antes de que Carmena fuera alcaldesa
  36. #35 Lo malo, o bueno, de la administracion es que una vez abierto un procedimiento yes dificil de parar, porque si alguien lo para sin motivos estará prevaricando, asi que ya se vera que pasa con esto
  37. #1 Supongo que no. Pero vamos a dejarnos de..., que tanto monta y monta tanto.

    El problema no es que una persona pueda ejercer su trabajo desde cualquier lugar por las tecnologías. El problema es que cualquier persona en su trabajo debe de tener responsabilidades y no estar exento de que la justicia no pueda recaer sobre él por estar al otro lado. Eso no es valido. Es hacer y ejercer fuera de la ley, fuera de las leyes y hacer lo que le de la gana, sin ningún tipo de problema por la no actuación del poder judicial.

    Es una majadería, es ilegal, es una tomadura de pelo, hacer que una persona pueda ejercer un trabajo (de responsabilidad) fuera de la capacidad de la actuación de la justicia. Y es una tomadura de pelo, hacernos creer que eso es legal y puede ser normal.
  38. #11 efe tivamente, a pesar del ombliguismo de algunos que piensan que todo gira en torno a ellos, Montoro ya había intervenido 14 autonomías antes de que Carmena fuera alcaldesa
  39. Yo pregunto. Entonces dejará de recibir dinero público para vivir como un marqués?
  40. #20 Ha sido leer "Mesias" y casi me atraganto... xD "Hay! Comprame una estampiiita, paayo. Quees del santo puichdeimooon. Sisplau"
    De esta lo suben a los altares, por lo del martirio y la persecución... :troll:
  41. #2 Bueno, en realidad no dejan de aparecer posibilidades. Puxi no lo está poniendo muy difícil tampoco.
  42. SEPARACIÓN DE PODERES A LA ESPAÑOLA
  43. #27 #47 ¿Qué tiene que ver la separación de poderes (legislativo, ejecutivo, judicial) con esta noticia? En todo caso estarás hablando de competencias, no de poderes.
  44. #23, se nombra un presidente de paja, se modifica la ley de incompatibilidades y se aprueba una ley de investidura a distancia.

    Es triste que se tenga que hacer todo esto para que quien tiene el apoyo de la mayoría de diputados pueda ser eñegido presidente. Democracia le llaman.
  45. #1 Pues no lo sé, pero no creo que eso sirva de eximente.

    Lo que este hombre debería hacer, en todo caso, es denunciar los demás casos en que no se aplique el mismo baremo.

    #32 Yo ;) Es que no me dejo llevar por aquello de: si la justicia va a mi favor es verdadera y si va en contra es que es corrupta y politizada. La tomo como algo global y que, como cualquier actividad humana, no es perfecta, pero que tiene los mecanismos oportunos para evitar, dentro de lo humano, manipulaciones e injerencias externas. Por ejemplo, permite recurrir a tribunales internacionales, lo cual ya es, para mí, motivo suficiente de garantía y seguridad jurídica,
  46. #50 Modificar la ley de incompatibilidades no serviría de nada porque a Puigdemont se le está abriendo un procedimiento sancionador administrativo conforme a la ley vigente. Si se modifica, el procedimiento seguiría abierto porque no se pueden aplicar leyes retroactivamente.
    En el caso de incompatibilidades que nos ocupa, con toda probabilidad Puigdemont acabará inhabilitado por 4 años por no cumplir con un procedimiento administrativo que tendría que conocer, y que la práctica totalidad de los cesados ha cumplido.
  47. #50 El problema es que se quiere quedar con una parte de España. Y otros que también les pertenece, ni han votado, ni se dejan que les cierren las puertas.
  48. #14

    Creen más en la independencia de Cataluña los fascistas patrios que los de la CUP.
  49. #49 hay gente que ya tiene su cantinela montada y ni se para a pensar...
  50. #38 Que va, eso es parte de la pataleta, ni mas ni menos.
  51. es su dictadura y se la follan como quieren
  52. ¿Cómo se atreven a aplicarle la ley a su majestad el presidente de la república?
  53. #1 Espero que, si te multan y alegas, no lo hagas basándote en ese "argumento". Aunque lo mismo también estás convencido de que colaría o a!go.
  54. #60 No. No estoy justificando a Puigdemont. Estoy diciendo que no es lógico la aplicación selectiva de la ley. Ojalá se lo apliquen a él, pero también a los cientos de cargos públicos que habrán pasado olímpicamente y se han ido de rositas por la cara.
  55. #1 ah, la conocida táctica del "y tú más".

    Lo uno no quita lo otro.
  56. #37 un presidente tiene poder ejecutivo desde el mismo moment de ser nombrado / elegido o cuando toma posesión de su cargo? En el estado central tardan bastante tiempo en tenere el poder efectivo, en Cataluña?

    En cualquier caso, si un gobierno no persigue a quien viola las normas y leyes, también podría ser punible al mismo tiempo.
  57. #10 #54 Opino totalmente igual. La independencia de cataluña NO se la creen ni ellos mismos. Y lo podemos ver todos los días en miles de pruebas.
  58. #47 Ah ya, que algunos deben estar por encima de las leyes, las normas y bla bla bla bla
  59. #26 DE Pitufolandia, reino de los pitufos nazis.
  60. #64

    Básicamente no se la creían ni el Puchi ni el Bizco, pero se pusieron (en plan muy español) a "sostenella y no enmendalla" y perdían el culo porque alguien el impidiera de alguna manera llegar al final.

    Pero se encontraron con el permanente Don Tancredo (gallego y con barbas) que no hizo nada de nada y aquí estamos en esta mierda todo.
  61. #35 Ya lo sé, pero en el mismo momento que haya un nuevo gobierno (parece que será la semana próxima) se recuperará la competencia. Por lo tanto poco futuro le veo.

    ¿Estás asumiendo que el nuevo gobierno de Cataluña va a empezar prevaricando? o_o o_o

    Hasta ese punto se ha normalizado la imagen de corrupción en el gobierno nacionalista de la Generalitat, se le supone el mafioseo.
  62. #51 o tal.vez, que no hay sucesor en Cataluña aún, que él no ha dimitido como presidente en funciones y por tanto si no hay sentencia judicial que lo habilite aún lo es y no ha delinquido dado que estaría dentro de la.legalidad con hacienda, a menos que haya habido un golpe de estado.en Cataluña y por eso ya no.sea.presidente y le.tocara hacer la declaración exigida
  63. #61 Tal vez deberías aportar algo de información sobre esos cientos de cargos públicos para dar un poco de credibilidad a tu queja.
  64. #68 Estoy asumiendo que está pendiente de resolución por parte del TC el recurso admitido a trámite de Unidos Podemos sobre la aplicación del artículo 155 que cuestiona que faculte para cesar el Gobierno de una comunidad autónoma. Eso es lo que alega Puigdemont, que su cese es inconstitucional y por lo tanto no tiene que cumplir ese requisito.

    Ya hay un precedente prácticamente igual de la época de la República:
    www.lavanguardia.com/politica/20170208/414096657565/suspension-autonom
    "Cuando se suspendió la Generalitat y el Constitucional no lo avaló"

    Lo lógico es ver como acaba el recurso y en función de lo que resuelva el TC actuar. ¿No crees?
  65. El MHP Carles Puigdemont i Casamajó, es el hombre que hemos elegido los Catalanes por mayoría absoluta para ser el 1er presidente de la República Independiente y Democrática de Catalaluña (R.I.D.C.)

    Las injerencias como esta que llegan desde el país vecino, solo hacen que enturbiar la difícil relación Cataluña-España y alimentan un conflicto que ya quedó resuelto con la D.U.I. del día 10 de Octubre del 2017.

    Espero que el ministro Español rectifique y pida disculpas a todos los Catalanes por este bochornoso espectáculo, que retire las fuerzas de ocupación del territorio catalán y reconozca la nueva república.

    Todo lo demás (incluidas las frikadas de este señor) es empujar a la población a la desobediencia y a la revuelta social, situación intolerable en la Europa del siglo XXI
  66. #44 Enséñanos su nómina, que parece que tienes acceso a ella (por la afirmación de que recibe dinero píublico)
  67. #58 Diría que es Molt Honorable President, no Majestad.
  68. #71 Lo lógico es ver como acaba el recurso y en función de lo que resuelva el TC actuar. ¿No crees?

    A menos que el TC haya decretado la suspensión de alguna actividad, no. Se debe presumir inocencia.
  69. #25 mandeeee???? Te has tomado la pastilla?

    Respondo borde a escoria que no merece más respeto, ergo el que confundía la velocidad con las manzanas al horno por puro fanatismo Nacionalcatólico.

    Lo tuyo era sólo atacar al mensajero, no? Tu vida debe de ser una mierda repleta de horas muertas para que me dedicaras tan estéril réplica.
  70. #34 no soy xenófobo, mi mujer misma es extranjera.

    Soy antigilipollas, y los gilipollas no tenéis una patria definida, por lo que ni tan siquiera existe cruce con la xenofobia.

    Pero qué hago contándote esto... Es casi tan estéril cómo tu capacidad de raciocinio...
  71. #77 perdona... o_o primero, de nada por la clase y segundo deja de ofender usando tus insultos que no paran de discriminar, “estéril” es un término que usado así con el despareció con el que escribes, está atacando a una gran parte de la población no CIS que no puede concebir, así que un poquito de respeto y de educación!

    Ciao
  72. #79 confirmaste mi afirmación.
  73. #14 España por ahora no se rompe, algunos golpistas estan en prisión y otros perseguidos, y encima parece que ahora se va a ir a por sus bolsillos, que es donde realmente duelo. Disfrutad. (:
  74. #76 ¿Inocencia? Esto no es un tema penal. Es un tema constitucional. Aquí no hay presunción de inocencia.
    Lo que hay es una discusión sobre si el artículo 155 faculta al Gobierno Central a destituir un Gobierno autonómico, disolver un Parlamento y convocar unas elecciones.
    Si el TC resuelve que eso no se puede hacer el pollo que se puede liar es fino. :-D
    Si el TC resuelve que sí se puede hacer Puigdemont estará bien destituido y tendrá que presentar esa declaración.
  75. #78 No se que haces contandome esto si no tienes ni puta idea de quien soy ni me conoces de nada, payaso.

    Si por que "mi mujer es extranjera" y ademas seguro que "tienes muchos amigos negros" te piensas que no eres xenofobo, tu mismo.
  76. #82 ¿Que no la hay? :shit:
    En todo litigio la hay. Las medidas para evitar daños mayores son las provisionales que decida el tribunal, pero pedir la paralización total así, a lo bruto, mientras se resuelve es absurdo. Impediría el gobierno efectivo, paralizando mil cosas.
  77. #61 El problema es suponer que hay cientos de cargos que no lo hacen cuando periódicamente hay noticias jocosas sobre lo que declara cada diputado: El más rico, el más pobre, el que más patrimonio tiene, etc.
  78. #84 Creo, por tus respuestas, que no nos acabamos de entender.
    Mi tesis es la siguiente:
    1.- El Senado aprobó la aplicación del artículo 155 de una forma determinada.
    2.- Unidos Podemos y el Parlament de Cataluña han presentado recurso de inconstitucionalidad contra ese acuerdo.
    3.- El TC ha admitido a trámite los recursos sin suspender la aplicación del acuerdo del Senado.
    4.- El asunto central del recurso es la destitución del Govern y la disolución del Parlament.
    5.- Hacienda reclama a Puigdemont una documentación que debía presentar al ser destituido.
    6.- Este alega que no la presenta porque la destitución no es constitucional y debe ser anulada.
    7.- Hacienda tira por la calle de en medio y dice que pasa del recurso al TC y quiere proceder a la inhabilitación de Puigdemont.

    Yo lo que argumento es que si pasa a manos del nuevo Govern la cuestión quedará en suspenso hasta la resolución del recurso. Porque sería de traca inhabilitar a Puigdemont y que luego el TC dijera que el 155 no permite destituirlo y el daño sería irreparable.
  79. #66 Hay que ver estas razas superiores de mierda...
  80. #74 Yo diria que Arrimadas tiene mas votos que el pero...
  81. #72 No ha sacado mas votos Cs? Es que creo que estas hablando mas bien de una supuesta coalición que aun no se ha dado.
  82. #17 No. Es autonómica.
  83. #20 1) No es estatal.
    2) No es una entidad del sector público.

    No intentemos retorcer las cosas.

    De hecho es así, hasta tal punto, que Andalucía y Valencia (como mínimo) tienen su propia ley al respecto. No he encontrado una catalana.
  84. #2 una lista con unas cuantas docenas de esos cargos que no han presentado la declaración tras cesar estaría muy bien.
  85. #16 Yo no soy, hijo. Deja de citarme. Mejor te bloqueo para que no me molestes con tus paranoias
  86. #74 Él puede ser lo que quiera.
  87. #88 Pues yo diría que con la ley en la mano, todos los presidentes siguen siendo presidentes, cosa que Inés aun no lo ha sido.
  88. #95 También Rajoy (con el articulo 155), Ribera, los jueces que lo han imputado, etc. pueden viajar a Alemania, sin ser detenidos, quedando libres de cualquier circunstancia por el motivo o motivados de forzar a Cataluña como unidad (los unos) y no consentirlo (los otros). Totalmente exentos de todo lo que tú expones que son de actuación sin justicia.
  89. #83 macho, que limitado eres. Tener amigos negros poco me salvaría de la xenofobia si fueran nacidos en España. Debes de ser de esos que si el niño no es blanco, debe de ser inmigrante, no?

    Se te ve el plumero, ¡palmero!
  90. #98 Deja de insultar como un energumeno, que ya he visto que no es solo conmigo y das un poco de verguenza ajena y responde a la primera pregunta.

    ¿De donde es usted entonces?¿A que raza superior nos deberiamos apuntar los que hemos tenido la desgracia de nacer en España?
  91. #99 lee más comentarios míos y verás que sólo viste lo que querías.

    Y mi orígen o lugar de residencia no deberían afectar en este asunto :-) porque tú no eres xenófobo, ¿Verdad?

    Pd: pides que te dejen de insultar llamando energúmeno en la misma frase. ¿Te das cuenta de lo grotesco que resultas o es que no llegas a más? Ya llevo varias confirmaciones de tu nivelazo. Next->Ignore, y sólo tengo a otro ahí y ambos llevamos 11 años por aquí. ¿Qué tal tu registro?
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