Un 20% de las comunidades de propietaros de España podrían tener que pagar multas a Hacienda. Entre 300 Y 20.000 euros. En menos de 10 días hay que comunicar a Hacienda si se han realizado obras por valor superior a los 3.000 euros. Es sólo una comunicación para que la agencia tributaria cruce esa información con la que recibe de las empresas y descubrir cuáles no pagan el IVA.
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etiquetas: hacienda , multas , comunidades vecinos
Manda guevos.
Manda guevos.
Malditas ratas...
Antes de las elecciones Montoro habrá resuelto el 90 % del fraude fiscal del país.
Las grandes fortunas luego ya si eso.
La forma de saber eso es teniendo la declaración de las 2 partes. Porque si el empresario no declara la obra y no hay declaración de la comunidad no hay forma de saberlo.
De todas formas esa declaración ya existe y es el 347 que están obligados a presentar.
#14 Es en computo anual. Como si te lo hace en 50 facturas.
#18 La norma es de octubre de 2013. Cualquier administrador de fincas debería de saberlo.
cincodias.com/cincodias/2013/12/20/economia/1387559867_055343.html
Que poco conoces el mundo de las comunidades. En muchos casos se cobra IVA y se da un recibo, ni siquiera una factura oficial.
Que ojo, el fraude no suele venir por el lado de las comunidades, sino de los que trabajan para ellas.
#Yomecagoenmiputacalavera.
www.meneame.net/story/ghesta-atribuye-71-fraude-fiscal-grandes-patrimo
!Que son compañeros, coño!
Los vecinos podrían teóricamente pedir la factura pero dado que el arreglo sí se ha hecho lo que quieren es que cuadren las cuentas
2 Cosas:
1º La inmensa mayoria de las que tu trabajas. Donde yo vivo hay mas comunidades sin administrador que con ellas.
2º Si tan acostumbrado estas a trabajar con comunidades sabrás que esta a la orden del día pagarle comisión al administrador para que seas suministrador... ¿O no?
O que troceen los contratos como si fuesen donaciones a un partido político o una adjudicación a un "amiguete".
#49 Esa declaracion no es nada nuevo. Las empresas llevan haciendola bastantes años. Lo que no tenía ningún sentido es que no se incluyesen las comunidades de propietarios con el volumen de facturación que suponen.
No es que arregle nada por lo que comento en el primer párrafo, pero es un cambio lógico.
#46 No teneis que pagar nada más. Simplemente es una declaración informativa de los proveedores a los que habeis pagado más de 3000 € en el año. Luego esos datos los cruzan y si no coinciden, pues probablemente haya una bonita inspección para ver el motivo.
La mayoría de administradores con los que trabajo, no todos, cobran una comisión de la que también hacen factura y la restan directamente del pago. El concepto suele ser por gestión o asesoría. Pero ya me dirás que tiene que ver eso con la multa de Hacienda por no presentar un informe de los gastos superiores a 3000 euros.
La multa me parece normal en el momento que tienes obligación de presentar la declaración y que si no la presentas te multen. Igual que si no declaras iva o cualquier otra declaración a la que estas obligado.
En cuanto a que tiene que ver, simplemente es una referencia de los chanchullos que se mueven entorno a las comunidades, y cobrar por parte del administrador al prestador de servicios es una estafa a los administrados ya que les encarece el servicio.
Por eso digo que no veo la efectividad de estas persecuciones, a no ser que sea con el único fin de recaudar de las comunidades que sí tengan gastos con factura superiores a 3000 euros y se les pase presentar el informe de marras. Fíjate que en ese caso sancionan a alguien que no defrauda ni un solo euro, solo por no presentar un papel, pero dejan tan tranquilo al que se mueve sin facturas.
Sobre los administradores conste que hay mucho caradura. La pasta que nos ahorramos desde que no tenemos es muy maja.
Con esta Ley las exigencias de Hacienda se ceban, como siempre, con los que intentan cumplir con el fisco pero cometen el mínimo error burocrático, que no fraude. Mientras dejan de lado lo que sí es un fraude: los trabajos sin factura.
Fíjate en el detalle de que el caso que tú mismo comentas jamás podría ser detectado con la nueva norma sancionadora, sino en todo caso por el Banco. Si la comunidad pagase la obra en B, no tendría lógica ponerla en el informe que obliga la nueva Ley.
Por un lado que el que realiza la obra y al que la comunidad le paga el iva, realmente de el iva al gobierno en lugar de quedarselo.
Por otro lado, que si una comunidad ha declarado no haber hecho obras, si la pillan por la cuenta del banco ya no puede decir, "ah, es que hicimos unos obras y perdi las facturas o no nos la dieron..." que es lo que dicen ahora cuando las pillan y se libran con la sanción menor alegando desconocimiento. Ahora si has perdido una factura lo dirás antes y te preocuparas de decir quien realizó la reparación.
• Alfarda: Pago por el aprovechamiento del agua (acequias, canalizaciones...).
• Montazgo: Impuesto sobre los ganados y adeudado por el tránsito que hacen por cualquier territorio en favor del rey.
• Diezmo: Gravamen correspondiente a la décima parte de las cosechas que recaudaba la Iglesia y servía para el mantenimiento del clero.
• Alhondigaje: Impuesto por el depósito de mercancías.
• Abadía o luctuosa: Derecho que tenían los curas a percibir a la muerte de sus feligreses cierto tributo de sus bienes.
• Alcábalas: Impuesto castellano que gravaba el comercio de mercancías. Suponía el 5 por 100 y luego el 10 por 100 del valor de la venta. Su recaudación se hacía por arrendamiento o por encabezamiento (los municipios se comprometían a cobrar una cantidad, recaudada entre sus vecinos, y a cambio recibían contrapartidas políticas de los monarcas).
• Cuatropea: Impuesto sobre la venta de ganado.
• Tercias reales: Representaban dos novenas partes del diezmo y eran recaudadas de forma similar a las alcábalas.
• Terrazgo: Renta que se paga al señor de una tierra quien la trabaja.
• Excusado: Consistía en la cesión del diezmo de la tercera mayor casa o hacienda (luego sería la primera) de cada parroquia.
• Primicias: Consistentes en la cuadragésima y sexagésima parte de los primeros frutos de la tierra y el ganado.
• Portazgos: Impuesto que se exigía en las puertas de las ciudades y villas principales del reino, sobre las mercaderías que los forasteros introducían en ellas para su venta.
• Pontazgos: Similar al anterior, pero se paga al cruzar puentes.
• Sisas: Impuesto indirecto implantado en Aragón y luego en Castilla. Consistía en descontar en el momento de la compra una cantidad en el peso de ciertos productos (pan, carne, vino, harina); la diferencia entre el precio pagado y el de lo recibido era la "sisa" (¿os suena?). Como gravaba bienes de primera necesidad era muy impopular.
• Millones: Impuesto extraordinario fijado por las Cortes de Castilla, que se reservaban el control de su administración a través de una Comisión de Millones y comprometían a la Corona a dedicar lo recaudado a un gasto determinado (el primero se concedió a Felipe II en 1590 para reponer las pérdidas de la Armada Invencible).
• Sextaferia: Prestación vecinal para la reparación de caminos, a la que se acude los viernes de ciertas épocas del año (impuesto en forma de trabajo).
• Chapín de la reina o servicio de casamiento: Se recaudaba ocasionalmente entre el pueblo para sufragar los gastos de las bodas reales.
• Herbaje: Pago por aprovechamiento de pastos.
• Almojarifazgo: Impuesto aduanero que se pagaba por el traslado de mercaderías que ingresaban o salían del reino de España o que transitaban entre los diversos puertos (peninsulares o americanos), equivalente a los actuales aranceles.
• Infurción: Tributo que se pagaba al señor de un lugar por el solar de las casas.
Como dice él, a ver quien se queja ahora del IVA o el IRPF.
Y digo yo ¿desde cuando una comunidad de vecinos es una empresa?
#0 Sé que es hipócrita por parte del gobierno atajar la corrupción en la casa del vecino y no en la suya propia, pero no deja de ser un paso importante para el tema de la evasión fiscal.
Pues nada, la solución... comunidades fantasma y a dividir los gastos entre ellas, cuesta más trabajo presentar las cuentas que hacer eso.
Existen obligaciones que debes realizar.
Lo unico que tienes que hacer es DECLARAR (no pagas nada) los proveedores que te han facturado más de 3000 € en un año. La declaración la hace el administrador de la finca y le va a suponer cosa de 10 minutos ¿para qué quieres montar ese follon de dividir gastos entre comunidades?
#75 Esta declaración existe desde hace años. Lo único que han hecho ahora es incluir a las Comunidades de Propietarios. Lo que no tenía sentido es que pidas a las empresas que declaren las operaciones de más de 3000 € y dejes fuera de la declaración a las Comunidades de Propietarios, a las que cientos de miles de empresas prestan servicios casi en exclusiva y para otras tantas representan la mayor parte de su facturación.
De todas maneras es una declaración bastante inutil desde el momento que todo el mundo contrasta las cifras con clientes y proveedores antes de hacer la declaración. Lo mismo este año, con lo de meter las Comunidadades, pillan a alguno despistado o en un renuncio de que no haya declarado el IVA de una obra, pero ya me extrañaria...
Uno de los motivos era que la molían a impuestos y que cuando había una obra en una de las fincas, mas de una vez le aparecía un contratista que le hablaba del no IVA, de la factura falsa o lo que mas le molestaba que comisión se llevaría ella en negro, como si fuera la cosa mas normal del mundo... Luego seguro que esos trabajadores de la construcción ser quejan de los corruptos en los barespff.
Ya era hora de que este Gobierno implementase una medida real para apoyar a los emprendedores.
Eso si,solo a los que trabajan en negro y no hacen facturas...
Como tantas veces es más difícil ser legal que no serlo.
Las pymes y emprendedores que trabajan en A tienen
que cerrar porque te quedas con todo
Montoro.Ese es el problema.
Nadie debería pedirte declarar una cantidad incorrecta, sea proveedor o cliente, porque si hubiera inspección son problemas para ambos. Lo normal es intentar localizar el error y, si no se puede corregir, los dos declarais el importe correcto. Solo con eso ya no tiene por qué haber ninguna inspección, pero si la hay, al menos el problema solo lo tendría el que se haya equivocado.
#73 No te enteras de lo que se habla, tu primer instinto es buscar la forma de defraudar a Hacienda por si acaso, y cascas negativos a quien intenta sacarte de tus errores, en lugar de enmendar. PPero style.
¿Me compro un kilo de patatas y tengo que decir que he hecho con él?
Una cosa es que te pregunten que has hecho y otra que te multen por no notificarlo si te niegas a decirlo.
En la comunidad de vecinos de mi madre han hecho obras en la fachada y tiene la licencia de obras del ayuntamiento. ¿Van a multarles por no comunicar a hacienda algo a lo que la administración ha dado su visto bueno?
Anda no me jodas, lo que quieren es hacer caja ahorrándose en inspectores de hacienda.