El Supremo sube a nueve años de cárcel las condenas de los dos exfutbolistas de la Arandina, más de lo que impusieron los tribunales regionales, pero explicando que la nueva Ley del 'solo sí es sí' les es más beneficiosa que el Código penal anterior, con el que su condena habría sido un año mayor
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etiquetas: ts , arandina , justicia , españa
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Con gobernantes como esto hace falta una ley que los expulse cuando tomen el pelo de forma tan descarada a los ciudadanos.....
#4 Lo has entendido al revés. El TSJ consideró que no era agresión, sino abuso, y rebajó la condena impuesta por la AP; el TS luego dio un tirón de orejas al TSJ y volvió a elevar la pena, pero ajustándola a la nueva regulación, que es más beneficiosa para los violadores (antes de tirar de negativos, beneficiosa EN ESTE CASO CONCRETO).
Al revés, si la ley se endurece o se crea nueva, se aplica la que había en el momento de los hechos, por un tema de seguridad jurídica.
No puedes castigar retroactivamente pero si eliminar el castigo, y tiene todo el sentido. Lo que no tiene sentido y donde está el error es en la ley, no en el mecanismo del que hablamos.
Aunque habrá que esperar al supremo para confirmar si la ley ha sido o no una cagada.
Luego que a Irene Montero se le critica por ser mujer, joven y feminista. Osea tía! Es superfuerte!
Joder es la primera vez que veo a un tio mentir, anexar los dos enlaces que demuestran que miente y que le cosan a positivos... flipo
Si la chica tenía 15, estaba a meses de tener la edad legal para consentir.
¿No podría ser que ella ser que según lo desarrollada que esté, haya podido decir que si que tiene la edad legal?
Si hubieran tenido relaciones sexuales estaria contigo. Pero por lo que he leido las relaciones no se consumaron. Son tocamientos en los que ella se grava tocando a ellos. No se hasta donde es delito sexual que te hagan una paja...
No hubo sexo sino tocamientos (pajas, dedos, ...). Y encima con el beneplácito de todos ellos. Y para más inri, ella lo grabó y tenia pensando hacer una falsa denuncia y mentir al juez en caso de que la gente se enterase... Esto hace unos años era ubicuo en las fiestas de los pueblos y ahora que el feminazismo parece dominar a la gente se le caen las bragas porque su hija adolescente esté salida y quiera probar cosas. Vamos ya...
Aparte de la grabacion podemos sacar que la inocente niña es bastante manipuladora, quien abuso de poder?
Esta menor a jodido la vida a tres chavales, cuyos nombres y fotografías puedes encontrar en todos los artículos escritos, aún cuando parece ser que son inocentes de agresión sexual (i.e. violación). Todo porque a una niñata la da vergüenza admitir que estaba salida.Una niña adolescente haciendo pajas a otros 3. Esa es la maldita historia. Y a los tres chavales se les equipara a violadores y pederastas.
Parece se que la madre cazo a su hija follando, y encima en una especie de orgía, (seguro la tenia en un altar de pureza como muchas madres) y la niña para defenderse no dudo en meter a estos chavales en un lio..
Es que son tontitas y hay que estarlas tutelando toda la vida. Que corren peligro estos corderitos con la de hombres malos que hay. Se las saben todas. Se conocen las leyes de cabo a rabo y si es necesario se aprovechan de la tendencia a la criminalización de todo hombre que es lo que se lleva ahora.
Es decir, la condena sube, pero gracias a la nueva legislación, la pena impuesta es menor.
Al tiempo,
Mas leña al mono (e intuyo que titulares engañosos arrimando el ascua a la sardina politica que interese).
El titular produce confusión, porque sugiere que el aumento de la pena es debido a la aplicación de la nueva ley, cuando no es así.
La DT sigue vigente, pero cubre lo que cubre. Y a día de hoy, cómo mucho puede afectar a quienes fueran condenados a más de 27 años previamente a 1995.
Aunque no te sonrojas realmente
Este elemento miente descaradamente diciendo que estas "han decidido propagar el bulo de que el aumento de condena es por su ley". Si lees los twits una de ellas habla de que con la nueva ley el caso no es abuso, sino agresión. Mientras que Victoria Rosell no se felicita por un aumento de condena por la nueva ley, sino de la alarma que se genera de forma innecesaria con la nueva norma
por favor @admin atajemos los bulos y los ataques que pretenden condicionar la opinión de otros meneantes con su propagación.
Décadas criticando que en el TC y CGPJ pongan afines, diciendo que eso es una atrocidad, y estos ni se cortan un pelo, y ponen a gente con la cartilla del partido......escandaloso.
1. Aumento de la condena al retirarse un atenuante aplicado en instancias inferiores. Esto hace que suba la condena, con independencia de la nueva o la anterior legislación.
2. Determinación de la pena: una vez fallado el tipo penal a aplicar, se aplica la legislación más beneficiosa para el reo. La legislación previa contemplaba 10 años para este delito, mientras que la nueva considera 9. Por lo tanto, el efecto de la ley del sólo si es si sobre este caso conlleva la reducción de la sentencia de 10 a 9 años, aunque de manera efectiva haya subido (ya que les han rechazado el atenuante).
Digamos que un tribunal o juzgado que no aplique una jurisprudencia consolidada va a tener considerables tirones de oreja en forma de apelaciones ganadas en tribunales superiores que sí la aplicarán.
Yo no niego en ningún momento que parte del CGPJ le esté haciendo la cama a Podemos. No me chupo el dedo. Pero le hacen la cama porque se han dejado hacer la cama, y les han dado todas las herramientas. Y aunque sea con un motivo espurio, el resultado será algo bueno.
@Pasapollo ?
"La justificia riojana revisa 54 sentencias tras la 'ley del sí es sí' y no modifica ninguna"
www.europapress.es/la-rioja/noticia-justificia-riojana-revisa-54-sente
Esto es ya una rebaja de la pena, en eso tienes razón. Pero si decenas de rebajas y múltiples excarcelaciones les han llevado a decir "esperemos al Supremo", esto lo van a vender como un aumento de la pena (aunque quien tenga la más mínima capacidad sabe que no es así). Pero en el momento que el Supremo falle que las sentencias firmes deben ser revisadas, no tendrán escapatoria.
¡Qué digo! El Supremo es machista también. ¡Esa es la escapatoria!
Primera instancia: 38años, 38años y 38años
Segunda instancia: 3años, 4años, absolución.
Tribunal Supremo: 9años, 9años, absolución.
Y después de esa REALIDAD aberrante de bandazos y absoluta inseguridad jurídica para todos, el problema es que con la nueva ley podría bailar 1 año. Aha...
Cuando un tonto coje una linde, la linde se acaba pero el tonto sige. Y parece que el dicho aplica a jueces, a sociedades enteras, a cuñaos de bar, a elDiario,es o nazis de Vox...
El juez (edito: los jueces, hay varios, 2 al menos son magistradas 'progresistas') lo que hace es motivar la causa y explicar todos los detalles, es su trabajo, si no hace sentencias motivadas, se pueden anular. Cada acción que toma la explica, y si ha cogido la ley actual, en vez de la ley que estaba en vigor cuando ocurrieron los hechos, tiene que explicar el motivo.
Como el hecho cabe en el mínimo posible de pena, y el nuevo mínimo es 9 años, está obligado a poner ese mínimo. Si le pusiera más pena, estaría diciendo que es imposible llegar a condenar el mínimo, no tendría sentido.
La sentencia si va al TC o algo así podría anularse, pero ya sería porque se diga que en los hechos de ese caso no ha habido suficientes pruebas, o algo por el estilo, para llegar a concluir esos hechos. Eso no cambiará que en un caso en el que sí se cumplan esos hechos, la sentencia se ha rebajado al cambiar la ley.
El tema de la transitoria de hace casi 30 años tampoco le veo recorrido, no hay un solo precedente para agarrarse a ello realmente, y en cualquier caso, aunque dieran la razón, solo cubre las penas intermedias, no las máximas ni mínimas.
De todos modos, ¿si existe una legislación más favorable al reo no tienen que aplicársela?
Si te han puesto 10 y no 30, es porque lo que has hecho no es lo más grave que te puede caer, de hecho es el hecho de menor gravedad. Si te mantienen la pena, te situan en el máximo de pena, como si lo que has hecho fuera lo más grave posible, y eso no tiene sentido.
Lo que hay que hacer con los jueces es lo que decía el Sanchez de la oposición, despolitizarlo lo máximo posible y así ni tú ni yo, podemos controlarlo.
En el Consejo de Europa dan directrices de como hacerlo.
"En las penas privativas de libertad no se considerará más favorable este Código cuando la duración de la pena anterior impuesta al hecho con sus circunstancias sea también imponible con arreglo al nuevo Código".
De aquí se puede deducir que si la mínima entra en la horquilla, agarrándose a un clavo ardiendo, tampoco correspondería rebaja. Pero claro, si atendemos a la parte de el hecho con sus circunstancias, se podría argumentar que si la sentencia impone mínima, las circunstancias indican que la nueva pena imponible es la mínima, pero también me parece un clavo ardiendo.
En cualquier caso, estas transitorias pueden dificultar el proceso de revisión, poner una traba, pero nunca impedirlo por completo, ya que es un derecho del reo. Pero si, deberían dimitir. Me parece perfecto querer hacer del consentimiento el nuevo eje de la ley, pero refundir tipos y no establecer una gradación más detallada ha sido una cagada de manual, más allá de la transitoria (que joder, era hacer copia-pega de dos párrafos).
La critica con toda la fuerza de mi ser.
Y tengo hijas, no te confundas.
#141 Hace cuatro días había que esperar que el Supremo dictara cátedra. Ahora que parece lo va haciendo, y no en la dirección que esperaban algunos, está empezando a pasar a estar manipulado y dirigido. Dentro de poco, si sale rana, es que estará compuesto por fascistas, machistas y que todo lo hacen para hundir a irenita (como si esta necesitara ayuda para hundirse solita) ¿pero de verdad crees que esta mujer pinta algo o le importa a alguien en poítica? SI fuera ministra de economía, defensa o algo así, vale, ¿pero igualdad? Por favor...si la utilizan (los suyos) como fuegos de artificio para tapar otros temas, ¿o es que no os dais cuenta?
Cuando tenga más tiempo me la leeré con calma, gracias por la indicación.
Se dan unas circunstancias que con la ley anterior se penaria con 10 años, y con 9 con la ley actual.
Los 38 son si se acreditaran distintas circunstancias, tiene que ver con los hechos ocurridos y demostrados, no con la ley.
Nada ha cambiado que impida que un tribunal atribuya una gran cantidad de agravantes y hechos que luego realmente no se dan en el caso.
#LogicaFeminista
Le viene de puta madre al gobierno.
A modo de ejemplo, en derecho penal copiamos el codigo alemán, pero sin el detalle de éste, por lo que luego todo son interpretaciones personales de los temas. Por ejemplo, con la modificación del delito de sedición, los contrarios a la modificación argumentan que en Alemania hay hasta cadena perpetua, pero omiten que el artículo siguiente al que les gusta se aplica específicamente para los länder, por lo que sería el equivalente al tema en cuestión, y establece lo mismo que van a hacer aquí: de 6 meses a dos años si no hay rebelión armada. Por eso el Código Penal alemán es el doble de extenso que el español con unos pocos más de artículos.
Y luego tenemos a los señores jueces, que hacen lo que les sale de sus judicialísimos cojones. Hace poco comenté que todo el mundo piensa que cuando el Supremo dicta jurisprudencia, los Juzgados la acatan y siguen su criterio. Ya. La semana pasada tuve que interponer un recurso de casación para unificación de doctrina ante el Supremo, porque en un asunto de los míos (derecho de seguros en general y de tráfico en particular), de las 13 secciones operativas de lo civil de la AP de Madrid (hay una mercantil y dos de familia que no cuentan) 9 siguen una jurisprudencia clarísima y muy reiterada del TS y 4 se la pasan por el forro de los cojones, entre ellas la que lleva la mayoría de los asuntos de tráfico. Como ya se sabe que esas cosas pasan aquí, tienes un tipo de recurso específico para esos casos, que normalmente no ves en el resto de Europa
2. No obstante, tendrán efecto retroactivo aquellas leyes penales que favorezcan al reo, aunque al entrar en vigor hubiera recaído sentencia firme y el sujeto estuviese cumpliendo condena. En caso de duda sobre la determinación de la Ley más favorable, será oído el reo.
www.conceptosjuridicos.com/codigo-penal-articulo-2/
- Dame pruebas
- Búscala con un telescopio
Con tal de que lo que se diga en el comentario coincida con lo que ellos/as les gustaría que hubiese pasado, es suficiente.
Por aquí, pocos usuarios leen los envíos antes de poner positivo/negativo y comentar...
Basicamente el TS aplica lo que todas las AP (independientemente de lo que digan los titulares de prensa que si reducian o no las penas):
- Los delitos que ya no existen y tienen cabida se siguen aplicando las mismas penas.
- Los delitos a los que se les ha reducido la pena se aplica a los reos y se les reduce.
Lo que tambien hace el TS es "colocar" un delito que ha desaparecido en la nueva ley (abuso) y los dejaria en la calle en uno que existe en la nueva ley (agresion).
Pero aquellos reos que hayan sido condenados por agresion (u otros delitos sexuales que no hayan sido despenalizados) veran reducida su condena.
De ahí que eso de que van a sustituir a Irene Montero, pues que no me lo creo.
Si la chica tenía 15, estaba a meses de tener la edad legal para consentir.
¿No podría ser que ella ser que según lo desarrollada que esté, haya podido decir que si que tiene la edad legal?
De echo al más joven de los 3 nose le condenó por esa razón. Porque incluso teniendo 15 y el creo que 19 o 20 estaban en edades mentales similares.
>"Las penas máximas y mínimas son intocables y se tienen que revisar sí o sí"
>www.europapress.es/nacional/noticia-audiencia-rioja-acoge-disposicion-
Yo me puedo equivocar, pero he leido mucho del tema y no veo nada a lo que agarrarse en este tema. Se han rebajado penas a violadores, la discusión es cuantas, y las que dijeron que no ocurriria en ninguna, deberian dimitir...
Ahora bien, te paso algunos de los enlaces sobre el tema que yo he leido en estos dias sobre el asunto:
>almacendederecho.org/disposiciones-transitorias-y-derecho-penal
>tsevanrabtan.wordpress.com/2022/11/21/transicionando-que-anda-uno/
Se ponen 9 porque la nueva ley favorece al reo y en ese caso es aplicable.
Lo que yo recuerdo del caso Arandina es:
La chica fué al piso de los chicos para follar. Al día siguiente volvió a por más. Solo se juzgaron los hechos del segundo día y no hay ninguna explicación para ello.
Se condenó por violación en función exclusivamente de la diferencia de edad. El chico más joven no fué condenado por violación debido a que no había suficiente diferencia de edad, a pesar de que la acusación fué la misma y las pruebas (ninguna) fueron las mismas.
Se usó el testimonio de la víctima como única prueba. Esto requiere que el testimonio sea coherente, pero no lo era. Por lo tanto los jueces podaron dicho testimonio de todo lo que necesitaron hasta dejar ahí algo coherente, pero falso, ya que eso lo escribieron los jueces y no la víctima.
El sexo que hubo fué ilegal, pero de haber sucedido unos pocos meses antes no lo habría sido ya que no había todavía entrado en vigor la ley que aumentó la edad del consentimiento sexual. De haber sucedido unos pocos meses después tampoco habría sido ilegal al cumplir la chica la edad necesaria.
Hay evidencias de que los chicos desconocían la edad real de la chica.