El debate sobre las ocupaciones de inmuebles se puede ilustrar bien con esta noticia que se está difundiendo hoy ampliamente en algunas cadenas de televisión y otros medios. Si leemos bien el artículo entenderemos lo que pasó realmente: 1º El piso no era la vivienda habitual del señor. 2º No hubo ocupación. 3º La vivienda la arrendó a una pareja a la que conocía, pero quiso echarles años después por impago del alquiler. 4º Cuando se trata de 1ª o 2ª residencia hay un delito de allanamiento de morada, por lo que el desalojo es casi inmediato.
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A los Juzgados les pasa exactamente lo mismo que las Administraciones; están copados por elefantes analógicos que pasan su jornada jugando al buscaminas o de compras en el corte inglés.
Tu abres un Juzgado nuevo de lo social en Sevilla desde cero, con gente recién salida de oposiciones y/o de los primeros destinos y te sacan más trabajo en un año que la totalidad de los Juzgados de instrucción del Prado.
Y esto es así por la gente, no porque al juzgado nuevo le des más recursos.
Esta muy bien eso de solicitar más medios para los Juzgados, es perfecto, está claro que muchos Juzgados en España que su carga de trabajo es absurda (por ejemplo los Juzgados de lo social de Huelva y/o el CEMAC mismo de Huelva, con uno sólo letrado para todas las conciliaciones). Pero de lo que nunca se habla es de la manifiesta incompetencia (que la hay) de sus muchos integrantes, de la desidia de muchos de ellos. Coño, que yo conozco a un administrativo personalmente que se pasa en el Juzgado desde las 8 de la mañana a las 7 de la tarde porque no soporta a su mujer (eso sí, mirando wallapop). Tengo otro que es padre primerizo y nos cuenta que duerme muy poco por las noches, ¿solución? pues se ha llevado una colchoneta y en una de las habitaciones del Edif. Viapol se echa la siesta. Recuerdo que una buena amiga sacó plaza de aux. y la mandaron al contencioso, llegó y empezó con el tema de las notificaciones. Sacó tanto trabajo en la primera semana que sus propios compañeros le llamaron la atención porque los estaba dejando en mal lugar.
También te digo que conozco a Secretarias judiciales que son muy buenas y son capaces de llevar ellas solas el Juzgado. O funcionarios que trabajan por tres. Pero la limpieza que hay que hacer en muchos de ellos es evidente.
PS: Cuanto más cerca del centro esté el Juzgado, más incompetentes acapara. Es una Ley no escrita pero real.
a-. Quiero recuperar mi piso alquilado, pero me toca esperar porque no se cumplen las condiciones que contempla la ley y no quiero.
b.- Me las apaño para que no puedan pagarme (p.ej. cierro la cuenta donde me hacían la transferencia)
GOTO 1
1-. presento demanda porque no me pagan
2.- El arrendatario no puede justificar que me haya pagado
3.- Lanzamiento en 48 horas.
Y listo.
¿Ves como no es tan simple? No digo que no se pueda hacer algo, pero sí que no se puede hacer con los 3 puntos rapiditos que propones. Y, como dice el artículo, muchos de esos aspectos ya están contemplados en la ley. Y aunque lenta lex, sed lex.
Que sí, que el arrendatario puede entregar su mensualidad en el juzgado, pero es un lío y no todo el mundo lo sabe.
1.- presento demanda porque no me pagan.
2.- El arrendatario no puede justificar que me haya pagado.
3.- Lanzamiento en 48 horas.
Y no hay más. Este tipo de procedimientos judiciales no requieren de una instrucción larga, es extremadamente simple; has pagado o no has pagado. PUNTO.
Que por cierto, no sé si seguirá vigente, pero la posibilidad que se le daba al arrendatario para ponerse al día era de traca. Te pasas un año sin pagar, te demandan, antes del juicio te pones al día, no te pueden echar. Se archivan las actuaciones, vuelves a dejar de pagar, así hasta que se cansa y se va a otra casa a estafar.
España tiene la mitad de jueces y fiscales que la media europea
www.cope.es/actualidad/espana/amp/noticias/espana-tiene-mitad-jueces-f
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Si te sirve, a lo largo de mi vida he estado en unos 8 alquileres distintos. En dos de ellos los suministros los pagaba el arrendador. En uno de ellos estaba incluido en el alquiler independientemente de lo que gastase y en otro me pasaban la factura cuando tocaba, y lo sumaba al alquiler. Hablo de luz, agua y calefacción. El teléfono, por ejemplo, no.
Así que no llames ignorante a la gente tan alegremente.
Siempre y sin excepción es de la dirección.
Lo de los funcionarios que no hacen nada es un mito muy fácil de vender y aún más fácil de desmontar. Yo he trabajado de interino, y allí tenías la media hora del almuerzo de pausa y todo el mundo curraba las 7-8 horas que le tocaban ¿Puede haber algún jeta que se escaquea? Es posible ¿Es la tónica general en la administración? Ni muchísimo menos.
Otro mito es el de que a un funcionario no se le puede tirar. Mentira gordísima. Si tu desapareces de tu puesto de trabajo sin justificación se te puede abrir un expediente, y cuando acumulas un par de sanciones graves te puedes quedar sin tu plaza (es decir, en la puta calle).
¿Y porqué no lo vemos habitualmente? (ocurre, pero poco). Porque el cargo que firma la sanción se va ver con un marrón (tampoco es para cagarse, es como cuando despides a un trabajador, demanda, juicio, etc...), y cuando ese cargo es un político que va a estar de dos a cuatro años allí, tiene cero interés en perder el tiempo mejorando una empresa en la que él puede no estar en cuatro días. Pasa de movidas con trabajadores y sindicatos.
La administración funciona como funciona porque la dirigen políticos, que no responden al interés general (como si hacen los funcionarios) y que además no van a estar en ese puesto durante mucho tiempo.
Unos jefes a los que les interesa una mierda la empresa y cuyo único objetivo es hacer contactos en los círculos en los que se mueven gracias a su cargo. Esto te hundiría a la empresa privada más sólida que te puedas imaginar.
Quieren inculcar la opinión en la gente de que el "problema" de la okupación se esta saliendo de madre porque lo permite y lo fomenta el gobierno de comunistas que tenemos (sic). Por eso todos los días sacan su noticia alarmista para primero hacer creer que esto es un desmadre de okupas y segundo que es culpa del gobierno que no hace nada para detenerlos.
Y así, poco a poco, a la población sin darse cuenta le va calando que esto es culpa del gobierno, que antes con el PP no pasaba, etc etc.
Una forma más de manipulación mediática para crear opinión en contra del gobierno. Y así con todo. Es patético el periodismo de este país. Patético.
Lo de pagar en el juzgado ya lo puse al final del comentario en #11. Hay que saber que se puede hacer y es un coñazo....
Metes una cámara en la trastienda de un juzgado y lias una buena.
Así debería ser, la realidad es que no, un amigo mio a los 2 meses de no pagar la abogada puso la demanda y lleva así sin pagarle 1 año y medio y la justicia tan lenta todavía no ha hecho nada, sólo faltaba la pandemia para que los juzgados vayan más lentos, esto sólo beneficia a los sinvergüenzas
Por que la cantidad de trabajo de un juzgado teniendo montañas de papel, copias de copias, informes que se traspapelan, es una locura.
La cantidad de tiempo que se pierde por burofaxs, por informes que se pierden, por desajustes de agenda...
Los que los medios tratan con amarillismo en las últimas semanas son una amalgama de casos que no tienen nada que ver con la ocupación. Allanamientos de morada, impagos, acoso inmobiliario para echar otros inquilinos,... Hacen una mezcolanza con todo y sacan la noticias con música truculenta para aturdir y acojonar a los débiles mentales.
Al igual que aquel tsunami de noticias sobre "herederos arruinados por el impuesto de sucesiones" de hace un par de años la base del caso está en ocultar datos escabrosos para presentarlo como una agresión injustificada a una virgen pura.
En unos meses los medios encontrarán otro hueso de goma que roer y encontes su espacio en las noticias coincidirá con su espacio en la vida real: cercano a 0.
No se soluciona con un "método mágico" que eche a los morosos o los ocupas en 48 horas.
También para #47
Yo ahora mismo no pago ni agua ni comunidad en cambio otros si que lo pagan, como tú dices, son gastos que se pueden pactar de una u otra forma.
Sobre lo de la ansiedad que genera en la gente, lo que hay que hacer es evitar anuncios tan penosos y manipuladores como los de Securitas Direct, que está hasta en la sopa y generan un clima horrible. Pero nadie hace nada!
*Si que le pueden despedir pero tendrías que abrirle 3 expedientes y ya con el segundo le cambian de destino y a ver como le abren otro en el otro sitio, ya ni te digo si el director pasa de todo que encima suele ser un tio puesto a dedo
Lo que quiero dar a entender es que el argumento ese de "esto está tirado y si el ocupa no tiene contrato de alquiler o no me paga un mes tiene que estar en la calle al día siguiente" no es tan sencillo.
El arrendador se la carga.
Por ejemplo si cierras la cuenta, la persona puede seguir ingresando a esa cuenta que el dinero el banco lo devolverá al cabo de 15 días o lo asociará a otra cuenta que tenga el titular en dicho banco
Si denuncias y la persona quiere pagar, con depositar el dinero en el juzgado ya valdría (y no me digas que el juzgado no va a ponerte una cuenta bancaria para el ingreso por ejemplo)
Un juicio por impago de alquiler toma entre 6-10 meses para que haya juicio mínimo, no son 48 horas, no hay una denuncia judicial que sean 48 horas (en que mundo vivís que podéis pensar que un impago de alquiler en 48 horas está la persona en la calle?)
Lo que dices que todo el mundo no sabe pagar directamente al juzgado, leches si te demandan tienes que responder con un abogado, los abogados no saben eso?
#3 - De verdad piensas que los trámites son 48 horas? Aunque sea algo tan simple como ha pagado o no?
También estaría bien discernir entre allanamientos, ocupaciones, impagos y demás. El ejemplo que pone el juez ha colado como ocupación cuando no lo era.
Entiendo yo que llegados a juicio si se demuestra que el propietario no informó del cambio de cuenta, que el arrendatario ha reclamado varias veces ese número sin respuesta y que el impago coincide en fechas con ese cambio poco recorrido tendrá la demanda... No?
1- La empresa donde trabajo se retrasa en pagarme el sueldo.
2- Presento una demanda
3- mi jefe no puede justificar que me haya pagado el sueldo
4- Cierre de la empresa y subasta de sus bienes
0.- Si pasados 7 dias del dia de cobro, informo por burofax a mi arrendatario.
0.1.- Tras los primero 30 dias sigo sin cobrar, paso a punto 1. (recuerda que siempre debes solicitar 2 meses de fianza).
1.- presento demanda porque no me pagan.
2.- El arrendatario no puede justificar que me haya pagado.
3.- Lanzamiento en
48 horas.los siguiente 15 a 30 dias. (eso cubre mis dos meses de fianza).Con esto seria suficientemente garantista y suficientemente lento para que el juzgado lo manejase.
Aun asi, si el inquilino se va generando daños ne la vivienda estas jodido porque no te queda pasta de la fianza y tendras que reclamar a parte.
Y como dices, eso de ponerse al dia nada, deberia estar penalizado con el doble de la cantidad a deber como poco. Quieres ponerte al dia y quedarte? ok, me pagas doble cada mes.
Pegas:
1.- Eso cuesta pasta.
2.- El problema no es tan grave ni habitual como para plantearse el esfuerzo.
Por cierto, que al menos en Madrid, con la obligatoriedad de registrar el contrato de alquiler en la Agencia de Vivienda Social, el contrato falsificado se soluciona tan rápido como que la policía llame a un funcionario y preguntarle por dicho contrato. Otra cosa es que el arrendador alquile en negro, que ese es otro tema....
Es obvio que si no pagas el alquiler, no estas de alquiler. Estas de fraude, debiendo un dinero al propietario que tiene que costear los gastos del inmueble. Con lo que si no puedes pagar te vas a Caritas o a otro sitio.
Y deberían ser menos, pero con garantías. Que no pueden ser menos de meses.
#72 Para que no cambien cada 4 años de enchufados de un bando a enchufados de otro bando.
Por otra parte y como anécdota, la comunidad de propietarios demandó al banco por el impago y ahora mismo, tras el procedimiento judicial correspondiente, el Juzgado les ha embargado el piso y está pendiente de subasta
La mayoría de okupas a los que he tenido el desagradable placer de conocer sí trabajan, no sé si en negro o qué pero coche y demás tienen, lo que no quieren pagar alquiler porque les sale más barato pagar una pequeña multa 4 años después
La detención de una persona la permite la Ley de Enjuiciamiento Criminal en el artículo 490.1º a cualquier persona cuando el delincuente lo es “in fraganti”, y es obligatoria para el agente de policía en tal caso (artículo 490.1º).
Siendo esto es así, se plantean las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: ¿debemos detener a quien allana la morada de otra persona?. Y se les debe responder: ¡por supuesto!
¿No tenemos que acudir a la autoridad judicial para que emita el correspondiente Auto? ¡En absoluto!
¿No vulneramos la inviolabilidad del domicilio del ocupante? ¡De ninguna manera!
¿Estamos ante un delito flagrante? ¡Sin duda!
Si el morador, cuando vuelve a su vivienda, comprueba que está ocupada puede acudir a la policía y denunciar el caso. Y la policía, con la percepción sensorial no primariamente directa, pero sí a través de lo que le comunica la persona denunciante, cuya veracidad puede rápidamente comprobarse a través de un padrón municipal, una comprobación registral telemática o presencial, la propia credibilidad de la denuncia o la credibilidad de la información que puedan aportar terceras partes (como pueden ser vecinos), tiene “obligación de detener”, facilitando con ello la entrada en la vivienda de su legítimo morador. Porque el delito se está cometiendo. Es flagrante. Se sigue vulnerando tras la entrada ilegal la intimidad del morador accediendo a lo que es su vida más personal (su ropa, sus cartas, su todo).
Si quieres luego en el primer comentario o incluso en la entradilla enlaza al servicio de un tercero para facilitar su lectura pero el meneo tiene que apuntar al contenido original-
Siempre va a haber gente que se queje pero uno debe atenerse a las normas.
Ya existe un procedimiento rápido, y el problema de verdad es la lentitud de la justicia, que afecta a esto, y a todo lo demás.
Otra cosa es que el arrendador alquile en negro, que ese es otro tema....
Si te saltas la ley no puedes pretender que la ley te proteja, es bastante de cajón, no?
Finalmente uno de los yonkis murió y ese mismo mes, el otro se fue.
Tras una buena puesta a punto que llevó su trabajo y su dinero, 2 meses después de ese proceso la casa ya estaba alquilada. Con lo cual los propietarios no solo no tuvieron que pagar unos gastos que no les correspondían si no que dejaron de ganar un posible arrendamiento.
A eso me refería, vas "de sobrao" y no hablamos de lo mismo.
P.D. fue en el propio juzgado donde le dijeron que no se atreviese a cortarle/dejar de pagar los suministros
www.meneame.net/story/hilo-sobre-okupacion-explicado-juez
Lo que digo yo es que se les pueda echar por baja productividad, por no cumplir el horario o por no ser capaz. Al segundo aviso a la calle. Como en una empresa vaya.
También es cierto que sin digitalizar al 100% la administración es complicado establecer medidores (kpi)
Y seguramente habría que separar ahí entre allanamientos, ocupaciones, usurpaciones e impagos de alquiler.
En mi barrio no hay ni una vivienda ocupada. Es mi estadística personal.