"Que las expresiones se viertan en un chat privado no excluye que se realicen públicamente como es el caso de un grupo con 116 agentes que no se conocen", señala el magistradoEl instructor rechaza la principal vía de defensa de los agentes que alegaron que las loas a Hitler y las consignas xenófobas fueron "bromas" en una "charla privada"El minimiza las amenazas y el riesgo que corre el agente que denunció a tres compañeros y sigue adelante con la investigación por odio e injurias a la autoridad
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etiquetas: chat policial , juez , amenazas
Ese chat no era un chat privado entre amigos. Es más bien un Twitter pequeño. Visto el número de miembros, más bien un chat público, aunque restringido a gilipollas.
Pero no nos quieras hacer creer que las conversaciones entre cuñados antes de los langostinos, con una copa de cava extremeño en la mano, se pueden comparar con ese chat.
Y sería bueno también aclarar si eso aplica solo en las comunicaciones por Internet o si también se aplica a las conversaciones en persona.
Hay que obedecer a la autoridad, su declaración tiene presunción de veracidad y su profesión le obliga a actuar en asuntos muy delicados con delincuentes y víctimas y permitiéndoles que a veces se salten las restricciones que nos ponemos el resto.
Son el poder ejecutivo.
Si suficientes de ellos son fascistas o caen en delito de odio o de corrupción el sistema se cae.
Si digo "el rey es homosexual" o "habría que matar a los curas" o "franco ha sido el mejor gobernante de España" o "ETA debería matar a Rajoy" o "deberíamos exterminar a los no-blancos"... A parte de quedar como una gilipollas ante mi familia, ¿podrían denunciarme y tener consecuencias legales?
No lo creo, no vivimos en una distopía granhermanesca, (aún)
Ese chat no era un chat privado entre amigos. Es más bien un Twitter pequeño. Visto el número de miembros, más bien un chat público, aunque restringido a gilipollas.
Pero no nos quieras hacer creer que las conversaciones entre cuñados antes de los langostinos, con una copa de cava extremeño en la mano, se pueden comparar con ese chat.
Y estaba respondiendo a alguien que dice que con más de 2 ya es comunicación pública, sin entrar en más detalles de parentesco ni amistad.
¿Que pasa si es un chat de 25 compañeros de clase? ¿es comunicación privada o pública?
¿Qué pasa si son los mismos 25 compañeros de clase en una excursión en autocar?, está también el conductor al cual no conocen de nada.
O la ley establece criterios claros, o habrá injusticias según las simpatías y sesgos de los jueces, que son personas.
Y estoy, por desgracia y como muchos, en 1000 grupos diferentes de whatsapp. Todos son con gente que conozco y rara vez suelen ser de más de 10 personas. Entre amigos por supuesto que en ocasiones tiramos de humor negro o políticamente incorrecto y todos los miembros del grupo son conscientes de ello y de que se trata de eso, de humor.
Los únicos grupos en los que estoy con desconocidos son aquéllos creados por alguien para organizar su cumpleaños. Decenas de personas a las que no conozco que pueden escribir de todo. Y yo, como tú, espero, sabré entender qué es humor, me guste o no, y qué va más allá.
Si leo a desconocidos en ese grupo diciendo que van a llevar Rohypnoles para violar chicas, lo denunciaré. Si leo a desconocidos intercambiar datos de un tercero para darle una paliza, lo denunciaré. Si leo a desconocidos hacer loas a Hitler sin un contexto humorístico que las justifique, quizás no lo denunciaré, pero andaré con ojo ante semejantes individuos.
No creo que sea tan difícil. Y para eso está el juez, en este caso, afirmando que ese chat no era un simple chat privado.
Los chavales se encuentran a gusto, entre ellos, y gastan las mismas bromas y dicen las mismas tonterías que cuando están en el pasillo esperando a que llegue el profesor.
Y el conductor les denuncia. ¿decidirá el juez que lo que decían los chavales era comunicación privada o podría decir que era comunicación pública?
Estoy de acuerdo en que los casos obvios son obvios, el problema está en los casos no tan obvios y por eso se necesita que los criterios que se usarán para decidir sean claros.
No estoy defendiendo a fascistas diciendo fascistadas en un grupo multitudinario donde no se conocen entre sí la mayoría.
"el chat llegó a tener hasta 200 agentes de la Policía Local partícipes, teniendo a la fecha de la denuncia [que se presentó el 13 de noviembre de 2017] 116 participantes, que no se conocen todos ellos entre sí, al que pueden agregarse por parte de los administradores -que son 60- nuevos participantes, y al que incluso han tenido acceso personas jubiladas del Cuerpo".
Mucha gente de ese chat ni siquiera se conocía personalmente. Igualito que lo de tu familia, sí. Además aquí hacía falta denuncia particular. No están investigando de oficio. Y es un chat escrito, no una cena.
Es decir, si estoy con una amiga en una cafetería y se me acercan unos chicos que no conocemos de nada, y se ponen a hablar con nosotras, y entre las bromas cuento un chiste negro sobre Carrero Blanco, ¿pueden denunciarme?
No los conozco de nada
No estaban planeando un asesinato ni nada por el estilo, pero han dicho la mayor burrada de la historia.
"Violar judías para preñarlas y luego hacer que aborten a hostias tras lo cual comerse los fetos de la que salen calentitos" ¿es bastante salvaje?
El conductor lo grabó.
¿Han cometido algún los chavales delito?
El Juez valorará que repercusión publica pueden tener tus palabras y, obviamente, ninguna. En el caso de los policías es interesante el criterio del Juez porque alude a un número "X" de personas dentro de una red social como whatsapp, donde es facilísimo que alguien pueda reenviar los mensajes a quien le de la gana. Donde ya hablamos de un numero importante de personas desconocidas entre si.
Supongo que el Juez ha valorado todo eso y entiende que esa conversación no es privada. LO QUE NO QUIERE DECIR que otro Juez no tenga otro criterio y, recurriendo, puedan salir indemnes
¿Qué es lo que determina el contexto de privacidad? Tendrá que haber algún criterio al respecto.
Si alguien reenvía los mensajes, de un contexto de privacidad a otro, ¿sigue siendo privado?
Si alguien reenvía los mensajes, de un contexto de privacidad, a un contexto público ¿quien comete el delito? ¿quien ha dicho lo que sea en el primer contexto? ¿O quien lo ha publicado en el segundo?
Y respecto a lo último, no es normal que algo tan serio dependa de lo que ha desayunado el juez por la mañana.
Si me apetece decir algo en un grupo de whatsapp quiero saber a qué atenerme.
A ver, no "depende de lo que haya desayunado el juez por la mañana". La labor de un Juez consiste en escuchar a las partes, sus argumentaciones, coger la ley e INTERPRETARLA. Y sumando todo eso establecer su veredicto sobre la cuestión.
Y si alguna parte no esta de acuerdo puede recurrirlo.
Supongo que se les podrá aplicar a estos la misma doctrina por un peligro "indefinido" de incitación al asesinato y genocidio .
¿Verdad? ¿No?
Madre mía que vergüenza de país..........
Es muy fácil, por defecto toda comunicación es privada salvo que:
1. la plataforma es de comunicación sea pública. (incluso aunque la audiencia sea nula o reducida)
Por ejemplo, si publico un libro que nadie compra, o si estoy dando un mitín en la plaza con un megafono aunque sólo hayan venido a verme mis amigos.
2. La plataforma es de comunicación privada, pero se le está dando un uso de difusión:
Por ejemplo un grupo de whatsapp para comunicar noticias, en el que hay predominantemente pocos emisores y muchos receptores.
En ese contexto, incluso una conversación entre un par de miembros del grupo será comunicación pública, porque saben que están usando un canal de difusión
3. La plataforma es de comunicación privada, y se le está dando un uso de conversación, pero por la naturaleza o contexto hay más personas escuchando y los participantes son conscientes de ello
No necesitamos prever todos los casos.
¿sé te ocurre alguno que no esté cubierto en estos tres?
Si me he cagado en michael jackson y el juez es un fan... igual me cae una multa aunque haya sido una conversación privada...
¿También te parece mal que se espíe a AlQaeda? Pues nazis con pistola son igual de peligrosos que los moros con explosivos.
-Aquí lo grave no es tanto que sea público o privado (que también, claro), sino que agentes de la policía, actuando como agentes en cuanto tal (dado que el chat se creó por y para los miembros de la policía: que el único vínculo común era el trabajo se demuestra porque muchos no se conocían), suelten auténticas animaladas y dediquen loas explícitas al nazismo.
-Donde no hay nada que expresar no cabe decirse que peligre la "libertad de expresión".
No estoy hablando de espionaje, sino de libertad de expresión.
Me parece perfecto que se espíe a traficantes, terroristas, pederastas, políticos, a mi vecina e incluso a mí misma.
Me parece mal que algo que yo diga en una conversación privada pueda ser constitutivo de delito.
No es lo mismo decir a mi novio por whastapp "me gustaría que alguien matase a pablo iglesias" que decir en tuiter "me gustaría que alguien matase a pablo iglesias"
No porque nadie tenga derecho a escuchar lo que digo, sino porque decirlo en un contexto privado no es delito.
En cambio, en un chat de policías, se dice:
"matar es nuestro lema"
"(...) cuidadito conmigo, que no llegas ni a la jubilación anticipada que tanto añoras"
"aquí tengo contactos... por 3000 nos lo quitamos de encima, un rojo chillón menos"
"hay que comenzar con las cazerías de guarros, panda de hijos de puta"
"contra esta lo único que vale es la muerte y con los que los defienden reventarles los dientes"
Entre medias las loas a Hitler, en las que por mucho que lo intento, no encuentro ni una sola pista que me indique que es humor políticamente incorrecto, oye...
"arriba España [nombre del amenazado] preparate, los comunistas teneis los días contados"
"feliciadades camarada 14/88"
"el peligro sois los rojos por eso hay que acabar con esto ya"
¿Es comunicación pública porque hay un desconocido en el grupo? en este caso el conductor.
No parece que sea ese el motivo.
P.D.
no discuto lo que han dicho ni defiendo a los policías
Opino que no es comunicación pública aunque sea un canal privado porque su uso no es conversación, sino difusión.
Lo que pido es que los criterios para diferenciar comunicación privada de comunicación pública sean perfectamente claros y explícitos.
Pero aquí la gente ve fantasmas por todos lados, y confunden pedir una ley clara para todos con defender a nazis
Una es que hayan amenazado a alguien del grupo, ahí estamos todos de acuerdo en que se debe investigar. Pero la otra es empurarlos por hacer comentarios sobre lo bien que les cae Hitler o que Carmena les parece un vejestorio o los Ferreras unos periodistas de mierda, yo creo que barbaridades así sea de Carmena, Junqueras, Rajoy o Rato las ha dicho casi todo el mundo charlando o por escrito y no tendríamos campos de concentración suficientes.
Vamos a echar mucho de menos los 80
Paradójico que se le aplique a un grupo que en teoría estaba bajo su protección.
Si tú, haciendo uso de tu libertad de expresión, amenazas de muerte a alguien eso es un delito. Lo hagas en público, en privado, o tú sólo encerrado en el armario de tú habitación. Si alguien tiene una prueba de tú delito te denuncia y ya está.
Eso no tiene nada que ver con tu libertad de expresión que sigue intacta
En sí diría que cualquier cosa que pueda considerarse un delito es denunciable independientemente del contexto o los presentes, otra cosa es si se hará algo al respecto o no.
Gilipollas y fachas los habrá siempre, y seguirán diciendo gilipolleces por muchas denuncias que se pongan.
Que estos hablaban de cazar y cosas así. Por no hablar de las amenazas a un miembro del grupo, y sugerir que otro, si no se andaba con cuidado, iba a ir por el mismo camino.
Ahí un programa de esos de reality de policías que empieza con una voz en off que dice que cuando termina su turno él sigue siendo policía siempre, en todo momento.
cada vez queda más claro que no tienen toda la profesionalidad que se les presume (y de la que presumen) ni hay por qué asumir que siempre digan la verdad o hagan lo correcto.
No es un chat público porque no se puede ver lo que se publica si no te dan acceso. Sean nazis o cantantes de cumbia.
Me da pánico las cosas que defendéis.
No es mejor decir "un chat por invitación" con afán público?
Entonces (pregunta para Abogados o Jueces), un chat "privado" que es?
A- Sólo un chat de dos personas (bidireccional)? (la típica conversación que sólo podrían leer esas dos personas)
B- Además de A, un chat de menos de 10 personas?
PD: lo digo para "tener consistencia jurídica", no voy a tolerar que se "normalice" el Espionaje en "general" de grupos de Telegram o Whastapp... que lo hagan (soterrado), y clandestino es una realidad... pero no es legal (no se sostendría ante un Tribunal)
... que no "tenga carga de prueba" ante un Tribunal, (en los chats privados), porque cualquier "custodia de prueba" en delitos de palabra es carne de "Pruebas Falsas"...
La Justicia tiene un grave problema con la Presunción de Veracidad en Delitos de Palabra o Posesión (porque hay un gris donde te la pueden colar, si quieren), por eso no me gustan los "Delitos de Internet", muchos son productos del mundo real, Internet no es fiable como carga de prueba, ni o es la IP... etc (hay mucha Jurisprudencia sobre eso), aunque el Leviatán se lo quiera cargar todo "hacia la Sospecha permamente", quien quiera cometer un delito en Internet...
Habrá un porcentaje que "lo haga con su DNI o desde Facebook o Twitter" desde su IP de casa", esos los menos, podrían utilizar otro tipo de servicios para "enmascarar" su Identidad (y el sistema judicial en Internet, sobre Delitos/Faltas de Palabra estaría "bien-follado", con Duda-Razonable por defecto.
Sobre, el argumento (comparto que un chat con 116 agentes tiene un carácter de difusión pública por invitación, además en un contexto de turnos y de "Trabajo público" por más Razón.
"Que las expresiones se viertan en un chat privado no excluye que se realicen públicamente como es el caso de un grupo con 116 agentes que no se conocen",
El número de personas no puede ser signo de privacidad o no. Un grupo privado debe serlo o no por otras características.
El juez está más que capacitado para decidir qué es privado y que no, quitándole la razón otro juez.
La legislación en estos casos sería inútil dadas todas las variables que podrían existir. Y para eso están los jueces, que además pueden crear/generar jurisprudencia.
Estáis embarcados en una discusión sin fin, y tenéis que daros cuenta de que cosas que decís son lógicas y cuáles no.
Sobre la "Legislación", veo más viable:
Veo más viable a priori (Educación, y moderación como Menéame o Disqus), con ocultación de mensajes (democráticamente) pero no Censura.
Twitter debería tener algo así y Telegram o WhatsApp también. (Se podría legislar bien para obligar a introducir auto-moderación por Comunidad en esas redes o apps), así no se "favorece" Censura pero se introduciría Disciplina al Lobo o al Fascista y a la Violencia Verbal.
Algo así como una norma para "sistemas de Comunicación sociales" (además me parecería positivo)
Menéame lo tiene y por eso, sigo entrando (porque tiene Karma, moderación-social) y no es Censura (que sí Moderación)
Sobre, el argumento (comparto que un chat con 116 agentes tiene un carácter de difusión pública por invitación, además en un contexto de turnos y de "Trabajo público" por más Razón.
En la Libertad de Expresión no todo vale (y esto es un caso muy extremo, en un contexto de gente armada, Policía local, ojo)
"Que las expresiones se viertan en un chat
privado"por invitación" no excluye que se realicen públicamente como es el caso de un grupo con 116 agentes que no se conocen"No metería la "cuña de chat privado" es un error.
Si acordamos que decir gilipolleces o tener la boca grande es un delito, entonces debería ser delito independientemente que se haga en la barra de un bar o en twiter. Si no se le da publicidad a una cosa no es un delito y si se le da si? ¿No es esto una mera manera de tratar de impedir que se escuche a la gente que dice cosas que no nos gustan? Alguien dice en un bar que Hitler y Franco son los heraldos de la bondad y pensamos que es un gilipollas, alguien lo dice en publico y pasa a ser un delincuente?
Pues cuidado, que si acordamos que las gilipolleces son delito puede que mañana alguien piense que lo que nosotros decimos es una gilipollez y nos convirtamos así en delincuentes.
A mi me parece más preocupante que los librepensadores y defensores de la libertad insistan en convertir en criminales a los garrulos, que el que los garrulos griten sus garruladas a los cuatro vientos. Con defensores de la libertad como estos, quién necesita fascistas.
1. Si a ti te parece una broma la frase "a esa puta roja se la tenían que haber cargado en atocha", eres un troll
2. Si reduces todo el asunto a "es que no sé la frontera entre conversación pública o privada, creo que no me mojo por eso" se te ven las maneras a lo lejos
3. Si obvias (a propósito) que quienes escribieron estas "bromas" poseen armas de fuego, es que directamente eres gilipollas.
Pero todo esto son hipótesis, así que no te puedo valorar
Aunque por lo visto, según tu criterio, aquí en menéame podemos amenazar a quien nos venga en gana, no? Puedo por ejemplo hablar por aquí con algunos meneantes que saben quién eres y decirte que te vayas preparando porque te vamos a matar.
Ahhhhh, pero como para publicarlo, Menéame me ha dado acceso previamente, estoy en mi derecho de decir lo que me de la gana sin consecuencias, verdad?
Aunque me gustaría que ninguno de los tres colectivos fuese procesado por insultar ni por demostrar tener un cociente intelectual muy por debajo de la media. Pero... es lo que hay. Ley Mordaza para todos o para ninguno.
Eso si, amigos al estilo de Roberto Carlos.
#Nota para los que conozcan poco el #Mundo_Viejuno: me refiero al cantante.
Internet complica mucho más el tema de decidir si algo es privado o no lo es, me parece que vamos a tener que aceptar que hay distintos grados de "publicidad" o "privacidad", y no se pueden tratar todos de forma equivalente.
Estamos legislando chorradas, no delitos, y eso nos lleva a hablar de precrimen. Esto en parte me sigue recordando al comentario de Pablo Iglesias sobre Mariló Montero, "la azotaría hasta que sangrara". Fuera de contexto eso puede ser cualquier cosa, una amenaza, acoso sexual, etc.
No todo vale.
1. Que les metan presos y que tiren la llave, me importa tres pepinos-
2. Hay que aclarar la ley en este aspecto para mayor tranquilidad de todos
Luego está el tema de las diferentes burradas que ha puesto cada uno. Si el juez no considera el chat este como privado, el que puso la burrada contra Carmena por el tema de Atocha, es probable que al menos, se le investigue por enaltecimiento del terrorismo. No me sorprendería, ni lo vería mal tampoco.
Para el resto, pues no sé, porque no tengo tanto detalle.
Que no sirvan para policías, correcto. Cárcel, desproporcionado.
De todas formas no soy jurista.
No me refiero a las amenazas, eso siempre tendrá respuesta por parte de la justicia, como confesiones de delitos o manifestar crímenes futuros. Pero si se considera pública una conversación de whatsapp, va a ser muy interesante esta jurisprudencia porque estas cosas están generalizadas en todos sus usuarios, y como decían por ahí, habría que concluir con un límite a partir del cual un grupo se considera público o privado.
Los policías se beneficiaron del ámbito privado para acosar y amenazar a un compañero pensando que sus acciones no saldrían de ahí. Si el juez lo considera público probablemente sea para absolverlos.
Si podemos, no vamos a esperar a que cumplas tus amenazas.
Si tiene que considerarlo será por algo.
CAPÍTULO II
De las amenazas
Artículo 169
El que amenazare a otro con causarle a él, a su familia o a otras personas con las que esté íntimamente vinculado un mal que constituya delitos de homicidio, lesiones, aborto, contra la libertad, torturas y contra la integridad moral, la libertad sexual, la intimidad, el honor, el patrimonio y el orden socioeconómico, será castigado:
1.º Con la pena de prisión de uno a cinco años, si se hubiere hecho la amenaza exigiendo una cantidad o imponiendo cualquier otra condición, aunque no sea ilícita, y el culpable hubiere conseguido su propósito. De no conseguirlo, se impondrá la pena de prisión de seis meses a tres años.
Las penas señaladas en el párrafo anterior se impondrán en su mitad superior si las amenazas se hicieren por escrito, por teléfono o por cualquier medio de comunicación o de reproducción, o en nombre de entidades o grupos reales o supuestos.
2.º Con la pena de prisión de seis meses a dos años, cuando la amenaza no haya sido condicional.
Artículo 170
1. Si las amenazas de un mal que constituyere delito fuesen dirigidas a atemorizar a los habitantes de una población, grupo étnico, cultural o religioso, o colectivo social o profesional, o a cualquier otro grupo de personas, y tuvieran la gravedad necesaria para conseguirlo, se impondrán respectivamente las penas superiores en grado a las previstas en el artículo anterior.
2. Serán castigados con la pena de prisión de seis meses a dos años, los que, con la misma finalidad y gravedad, reclamen públicamente la comisión de acciones violentas por parte de organizaciones o grupos terroristas.
Artículo 171
1. Las amenazas de un mal que no constituya delito serán castigadas con pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a 24 meses, atendidas la gravedad y circunstancia del hecho, cuando la amenaza fuere condicional y la condición no consistiere en una conducta debida. Si el culpable hubiere conseguido su propósito se le impondrá la pena en su mitad superior.
2. Si alguien exigiere de otro una cantidad o recompensa bajo la amenaza de revelar o difundir hechos referentes a su vida privada o relaciones familiares que no sean públicamente conocidos y puedan afectar a su fama, crédito o interés, será castigado con la pena de prisión de dos a cuatro años, si ha conseguido la entrega de todo o parte de… » ver todo el comentario
El que amenazare a otro con causarle a él, a su familia o a otras personas con las que esté íntimamente vinculado [...]
Quizás con un ejemplo lo entiendas mejor:
Si tú me dices "Le voy a reventar la cabeza y todos los huesos a XXXX" eso es una amenaza y acabas de cometer un delito, a XXXX acabas de amenzarle. Si yo te denuncio tendrás que responder penalmente por ese hecho, aunque XXXX no se haya enterado o no se entere hasta que yo haga la denuncia. Luego el juez valorará la intencionalidad, la credibilidad de la amenaza y toda una serie de circunstancias para aplicar una u otra pena o incluso para archivar la denuncia si considera que la frase es fruto de un "calentón" (por ejemplo) y no tenías la menor intención de cumplirla.