El Juzgado de Instrucción nº2 de Granada, que lleva la causa penal contra Juana Rivas por delitos de sustracción de menores y desobediencia a la autoridad judicial, ha citado como imputadas a varias personas de su entorno. La jueza llama a declarar como investigadas a Francisca Granados, asesora legal de Juana, la psicóloga Teresa Sanz y los familiares de hasta el 2º grado de consanguinidad.
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Por otro lado, se han montado una pelicula con que es un maltratador y la sentencia de 2009 habla de una riña en el domicilio cuando ella llegó de juerga a las 5.30 am y quiso meterse en la habitación:
"Hay una sentencia que establece que a las 5'30 de la mañana del 7 de mayo de 2009, cuando Juana Rivas regresó al domicilio que la pareja compartía entonces en Granada "y al pedirle explicaciones de dónde había estado esa noche, la ha golpeado repetidamente cuando la misma intentaba entrar en la habitación, causándole lesiones que han necesitado de asistencia facultativa".
www.elmundo.es/andalucia/2017/07/31/597f208322601dbe688b45a1.html
Versión de Francesco: "Ella regentaba una tienda de alimentación ecológica. Salía casi
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A ver si alguien crea el sub |JuanaRivas
Por otro lado, se han montado una pelicula con que es un maltratador y la sentencia de 2009 habla de una riña en el domicilio cuando ella llegó de juerga a las 5.30 am y quiso meterse en la habitación:
"Hay una sentencia que establece que a las 5'30 de la mañana del 7 de mayo de 2009, cuando Juana Rivas regresó al domicilio que la pareja compartía entonces en Granada "y al pedirle explicaciones de dónde había estado esa noche, la ha golpeado repetidamente cuando la misma intentaba entrar en la habitación, causándole lesiones que han necesitado de asistencia facultativa".
www.elmundo.es/andalucia/2017/07/31/597f208322601dbe688b45a1.html
Versión de Francesco: "Ella regentaba una tienda de alimentación ecológica. Salía casi todas las noches. Aquella madrugada, al volver, puede usted suponer cómo, le dije que se acostase en otra habitación, pero ella me golpeó y se puso a dormir en el mismo cuarto. Al levantarse para ir a la tienda, entre insultos, muy enfadada, me decía que 'no sirves para nada', entró en la habitación donde yo tenía mi ordenador, donde me comunicaba con Italia, y empezó a romper cosas. Yo se las quité de la mano y ella se fue a la tienda".
Si eso es maltrato, a ver que palabra nos inventamos para quienes dan palizas de muerte.
En unas semanas cambiarán la perpetua foto llorando por caras de villana... La seriedad de los medios...
María Francisca Granados asesora legal de Juana, y que por lo que se pudo ver desconoce bastante la ley en España, además de no estar colegiada:
www.abogacia.es/2017/08/22/nota-aclaratoria-en-relacion-con-la-defensa
Salu2
Por poner las cosas en contexto y eso.
Ella es Española, tiene la custodia, y es el padre el que aprovecho una visita de vacaciones para no devolverlas. Ahora esta señora, como Francesco, tiene que recurrir a la justicia del pais del secuestrado para recuperar el contacto con su criaturas.
Porque no se parecen más allá de los horarios!!
Parece evidente que en la versión que ofrece él, no hay maltrato físico. Pero en la que ofrece ella sí, y tuvo que haber un parte médico porque en la versión de la denuncia de ella, figura que "necesitó atención hospitalaria"; aunque también puede ser que las lesiones se las ocasionase ella (no está muy lejano el caso aquel que ocurrió en El Bierzo, por el que el acusado estuvo en prisión y las lesiones eran autoinfringidas o simuladas).
Yo, en este asunto, voy a no creer en ninguna de las dos versiones... por mucho que me apeste la "estrategia que le han aconsejado a ella", y no creo que tenga derecho alguno a privar al padre de ver a sus hijos. Aunque tampoco veo en qué derecho se apoya el auto que le autoriza a él a llevárselos a Italia (imagino que tendrá que ver con la nacionalidad o el lugar en el que fueron inscritos los niños al nacer...).
De todas formas, me faltan datos... no he leído si se llegaron a casar (en España o en Italia), sin embargo parece que no existen ningún tipo de capitulación matrimonial que regule la custodia y las visitas... lo que me inclina a creer que no llegaron a divorciarse o separarse de una forma legal.
Y si es así. Si no existe ningún tipo de documento al respecto, los dos tienen derecho a la patria potestad y los dos tienen los mismos derechos sobre la custodia (así sería en España, si se tratase de una pareja de hecho o de un matrimonio que se separa sin formalizar ni documentar la separación.
Me siguen faltando datos.
Algún juez tendrá que impornerles la custodia compartida o un régimen de visitas y vacaciones; si los padres no son capaces de alcanzar un acuerdo.
Espero que los niños acaben en el lugar y con la persona que quiera cuidarlos mejor y en el lugar más apropiado para ello.
Dónde has leído que en este caso la custodia la tenga el padre??
En la noticia que enlazas dice: La pareja se separó en 2009 y un año después, la jueza le atribuyó la custodia a la madre. En el caso de Juana Rivas, yo no he leído en ninguna parte que haya habido separación o divorcio, ni que haya ninguna atribución judicial de custodia al padre...
Tienes un enlace a mano??
Me gustaría leerla...
A mi, por defender a las feminazis, me mandan por Correos Express una diferente a la semana (y además sabemos lo poco que pasan por la ducha las feminazis). Las devuelvo planchadas, eso si.
Manjar de los dioses oye. Por eso no apoyo la causa del pobre Francesco.
es.wikipedia.org/wiki/Plañidera
Y todo parece que no se divorciaron de forma legal, lo que ha salido en prensa es que Juana dijo "me voy con los niños de vacaciones a España" y no ha vuelto. Sin presentar demanda de divorcio alguna.
El derecho de llevarlos a Italia es por ser su domicilio. Legalmente, vivían en Italia, y no se puede cambiar el domicilio sin autorización de los progenitores, o sentencia judicial si es el caso. Lo que quiere Juana precisamente es cambiar el domicilio por el camino de los hechos "vivían en Italia, pero como ya llevan un año aquí, aquí es donde viven". Y legalmente, las cosas no se hacen así.
#47 supongo que eso fue después del 2.009. Si se han vuelto a juntar, eso es agua pasada. Y desde luego no puede ser aplicable al niño de 3 años, sobre todo porque no había nacido.
#48 #29 a mí también.
Es un punto muy a tener en cuenta para saber con quién se habla
Gracias de antemano
youtu.be/q8ZzsEgHxJI
Asistencia facultativa ( que es lo que ponía en la sentencia)-----> Fuiste a que te curaran pero no hizo falta ni que te viere un médico, yo entiendo que te cura un enfermero.
Asistencia médica --> pues obviamente eso, que te tuvo que atender un médico.
Democracia es la opresión de la mayoría.Viva la anarquía
Un año más tarde nace otro hijo y hasta junio del año pasado todos estaban viviendo en una especie de casa rural que regentaba Francesco. Lógicamente los niños estaban domiciliados y escolarizados en Italia.
Hasta que Juana le dice, en junio de 2016, me llevo a los niños de vacaciones a ver a mi familia y en agosto, dos meses después, le pone una denuncia de maltrato.
A pesar que la jueza ante la que puso la denuncia le dice y avisa que como los hechos que denuncia (maltrato) ocurrieron en Italia, son las autoridades de ese país las que tienen que decidir, Juana opta por seguir en España a pesar de las sentencias en contra.
El resto ya lo sabemos.
Ah, se me olvidaba. Francesco fue condenado por maltrato en 2009. Lo pongo para que no sea este post el único sitio en el que no sale este dato.
dle.rae.es/?id=MaZWBEH
www.abrelaboca.com/acusado-violencia-genero-pedo
Así lo indica la resolución emitida por el Juzgado de Violencia de Género nº 1 de Valencia, que ahora apunta en su lista de delitos los escapes de gas que pueda tener el supuesto “agresor” contra su pareja. El juez le ha dado la razón a la víctima de los gases de su marido, ya que lo ha interpretado como “una actitud de menosprecio que lesionó la dignidad de la denunciante, además de menoscabar su autoestima y honor”. El flatulento acusado ha sido condenado con un mes de multa,
Pero hay otras:
Cinco días de arresto domiciliario por mandar a la mierda a su pareja
www.elmundo.es/andalucia/2016/06/21/57695e00268e3eda7b8b456c.html
Mandar “a la mierda” por whastapp a tu pareja sentimental, constituye delito leve de injurias en el ámbito familiar
noticias.juridicas.com/actualidad/noticias/11155-mandar-ldquo;a-la-mie
La libertad de opinión es lo que tiene que puede hablar cualquiera.
Parece que el juez considero la versión (y pruebas) de la mujer.
#21 ¿Algun dato sobre esa condena por tirarse un pedo?
¿No querrás decir convenio de la Haya? Los niños están secuestrados pero yo no los consideraría prisioneros de guerra
Yo en este caso no sé qué pensar y prefiero que sea la justicia la que resuelva lo mejor que pueda este entuerto, porque una cosa que tengo clara es que lo que nos llega a nosotros, prensa mediante, está manipulado para vender titulares en el mejor de los casos.
una cosa es que adoptemos palabras de otros entornos por el uso continuado de varias décadas. otra cosa es este engendro las palabras como CD USB SMS DVD dentro de solo
100 años25 años no tendrán ni sentido,una cosa que pusieran Disco Compacto, Disco Digital Versátil , Servicio de Mensajes Cortos, Bus Serie Universal, pero si permitimos que eso este dentro del diccionario ¿que impide que este X.25 ATM, FKK, YMK, RGBA, ... y asi tenemos un diccionario de la RAE que no cabe en ningún lado y adoptamos todas las palabras inglesa francesa, rusa etc.. etc.. y sus acrónimos? ¿y donde queda nuestro lenguaje Español? .. en nada .
Y por lo visto, uno solo no puede llevarse a los niños lejos, sin consentimiento del otro padre, ni tenerlos retenidos sin verlo.
Pero esto lo explican en otros comentarios, que yo de estas cosas no tengo ni idea.