Una peatona a la que atropellaron el viernes en Lugo se enfrenta a una multa de 1.000 euros por, en el momento del accidente, transitar por la vía pública con una tasa de alcoholemia de 0,58 miligramos por litro, más del doble del máximo permitido. Los hechos ocurrieron sobre las 17,35 horas en la Avenida da Coruña, a la altura del número 125. Hasta el punto se desplazaron los agentes de la Policía Local, que comprobaron cómo un vehículo había alcanzado a una mujer en un paso de peatones.
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etiquetas: lugo , galicia , positivo , alcohol
la atropellaron cuando cruzaba el paso de peatones sin semáforos por lo que se ve en la foto de esta noticia.
www.elprogreso.es/articulo/lugo/mujer-atropellada-avenida-da-coruna/20
el conductor, quiero saber quien era el conductor de ese coche para que la policía local estruje la ley e interprete que la culpable fue la que tomo 3 vinos (al hijo que la acompañaba no le paso nada)
la Policía Local recuerda que la vigente ley de seguridad vial establece que, además de los conductores, el resto de usuarios de la vía --como, por ejemplo, un peatón-- están obligados a someterse al test de alcoholemia cuando estén implicados en un accidente de circulación o cometan una infracción de la normativa de tráfico.
www.motor16.com/respuestas/debo-hacer-control-alcoholemia-si-soy-peato
Pero que eso además de a los conductores aplique a cualquiera que pase por ahí es ya completamente surrealista.
Artículo 124. Pasos para peatones y cruce de calzadas
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c) En los restantes pasos para peatones señalizados mediante la correspondiente marca vial, aunque tienen preferencia, sólo deben penetrar en la calzada cuando la distancia y la velocidad de los vehículos que se aproximen permitan hacerlo con seguridad.
la atropellaron cuando cruzaba el paso de peatones sin semáforos por lo que se ve en la foto de esta noticia.
www.elprogreso.es/articulo/lugo/mujer-atropellada-avenida-da-coruna/20
el conductor, quiero saber quien era el conductor de ese coche para que la policía local estruje la ley e interprete que la culpable fue la que tomo 3 vinos (al hijo que la acompañaba no le paso nada)
Que se pongan a hacer control de alcoholemia en la calle en Lugo durante San Froilán. Es que tiene cojones.
#9 yo también flipo con esto
Pues si acabo atropellada es obvio que penetro en la calzada cuando la distancia y velocidad del vehiculo no permitia hacerlo con seguridad como indica el codigo de circulacion ¿o no?
Si, tienes más información... Porque, ni pone mucho más.
Pues puede ser que el conductor fuese despistado mirando pajarillos o el movil.
O el peaton ni se ha molestado en mirar si venia un coche y se ha puesto a cruzar "porque es un paso de cebra y si viene tiene que parar". ¿A ti no te ha pasado nunca? A mi si y mi buen susto me he llevado y eso que voy con mil ojos y soy un paranoico cuando voy al volante y no me fio ni de mi sombra.
Siempre les he dicho a mis familiares que cuando vayan a cruzar se aseguren que los conductores les han visto. Que si les atropellan al conductor le meteran la del pulpo pero que en el cementerio no les va a servir de nada.
Lo que es obvio es que ella acabo atropellada. Y no acabas atropellado si el vehiculo esta a una distancia y velocidad segura...porque si lo esta...oh sorpresa...no acabas atropellado!!!
Por eso eres una pérdida de tiempo
PD.- No es un paso regulado por semaforo.
No creo que exista asignatura en la educación obligatoria....
Ya es el segundo negativo que me ponen en ese mismo comentario
No sé qué tiene de malo. No lo pillo.
Tampoco existe la asignatura de IRPF y eso no te exime de cumplirla.
Que los vehiculos que se aproximen a un paso de peatones de esas caracteristicas deben reducir la velocidad siempre, e incluso pararse:
"Artículo 46
Moderación de la velocidad. Casos.
1. Se circulará a velocidad moderada y, si fuera preciso, se detendrá el vehículo, cuando las circunstancias lo exijan, especialmente en los casos siguientes:
...
Al aproximarse a pasos para peatones no regulados por semáforo o agente de circulación,... "
Ya que te gusta el codigo de circulacion para peatones, yo te recuerdo el de vehiculos.... Los peatones no matan por chocar a alguien, los vehiculos, si.
¿Me garantizas por tu vida que todos los peatones cumplen su parte de cruzar con seguridad?
goo.gl/maps/FsLDDFWKdEqrVj729
En el bosque un cazador dispara a un arbusto que se mueve sin ver el objetivo... Mata a una persona que no lleva chaleco reflectante mientras coge setas... Y tu quieres culpar a quien recoge setas porque no lleva chaleco, porque la ley dice que tienes que llevar chaleco ... El arma (y en ese caso el vehículo) es lo que te debe importar por encima de todo a la hora de exigir responsabilidad, porque es el elemento que supone peligro para otros.
Dice la ley: ante un paso de peatones sin semaforos, reducir la velocidad e incluso parar si fuera necesario... Pues eso que dice, por llevar un vehiculo y ser peligroso es SAGRADO, porque llevas un elemento peligroso en tus manos, un vehiculo.
Pongo otro ejemplo mas exagerado para que lo entiendas:
¿Puede una bicicleta circular por la acera ? No.
¿Puede un coche circular por la acera? No.
¿Consideras que son delitos/faltas siquiera parecidos?
El peligro que supone desoir/desobedecer/negligencias en las normas de circulación teniendo un coche entre las manos, no son equiparables a las de un peaton, ni hoy ni nunca.
Si no se cumple eso la sanción es nula, ahora bien, habrá que ver las circunstancias, si la peatón tiene parte de la culpa del atropello, en ese caso si estaría bien puesta la sanción.
La sanción es por ir ebria por la vía pública y poner en peligro la seguridad vial de los conductores por lo que está muy bien sancionada. Otra cosa que no saben la mayoría de los peatones es que tienen responsabilidad civil por dañar el vehículo de la otra parte cuando son los responsables del accidente. Por cierto el conductor dio negativo en la misma prueba, lo pone en la noticia.
Un resumen de esas cosas que los peatones no saben que tienen que cumplir: www.revistacesvimap.com/multas-a-peatones/
Cuando el grado de alcoholemia esté comprendido entre 0,25 mg/l y 0,5 mg/l, la multa será de 500 euros. En el caso de quesea reincidente o supere los 0,5 mg/l, la multa ascendería a 1000 euros. Si el peatón va bajo el efecto de las drogas, esta situación se regula de igual forma que para el caso de la alcoholemia.
Cuando el grado de alcoholemia esté comprendido entre 0,25 mg/l y 0,5 mg/l, la multa será de 500 euros. En el caso de quesea reincidente o supere los 0,5 mg/l, la multa ascendería a 1000 euros. Si el peatón va bajo el efecto de las drogas, esta situación se regula de igual forma que para el caso de la alcoholemia.
Cuando el grado de alcoholemia esté comprendido entre 0,25 mg/l y 0,5 mg/l, la multa será de 500 euros. En el caso de quesea reincidente o supere los 0,5 mg/l, la multa ascendería a 1000 euros. Si el peatón va bajo el efecto de las drogas, esta situación se regula de igual forma que para el caso de la alcoholemia.
En serio?
"Las infracciones a las normas de este precepto", es decir, saltarse un paso de peatones, están categorizadas como graves.
¿Quién pone en peligro y es el causante del atropello en este caso?
que la peatón fuera con un par de copas o llevara tanga no es motivo justificado para atropellarla y responsabilizarla del atropello, aquí los policías locales retorcieron la ley para proteger al malo.
me gustaría saber quien era el conductor de ese coche.
Creo que en esta frase está el quid de la cuestión.
la calle coincide, el paso de cebra señalizado con luz coincide, las horas en las que se realizo la foto coinciden, ambulancia, policía local...
cuando la imagen es de archivo - ilustrativa lo indican.
¿la culpa es del conductor o de la peatón?
Pero me parece tonteria que te multen como peatón por ir ebrio, si has cometido una infracción que se demuestre.
A algunos la palabra derechos no se os cae de la boca, pero se os olvida que sin deberes esto sería Mad Max en unos meses.
ese supuesto que te inventas vendría reflejado en la noticia, no pondría cruzaba, pondrían se tiro o se arrojo y en cualquier caso el conductor debería haber podido detener el vehículo antes de impactar el coche contra ella que no es lo mismo que ella impactara contra el coche.
ella fue atropellada en un paso de peatones, punto.
Continuo sin entender la multa, como no sea que esta persona haya caído en el paso de peatones (por el alcohol) y al conductor (que vendría «despacito») no le haya dado tiempo de parar...
en cualquier otro caso jamás le hubieran realizado prueba de alcohol a la peatón por mucho que le oliera el aliento a alcohol y se viera implicada en un accidente del que claramente no fue la responsable. (no están obligados a realizar la prueba si ellos no la consideran necesaria)
El adolescente resultó ileso
www.elprogreso.es/articulo/lugo/mujer-atropellada-avenida-da-coruna/20
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lo ocurrido que esta en tu mente no es lo que leo y deduzco de las noticias sobre este atropello en un paso de peatones.
fin.
En España no se castiga el mentir para defenderse a uno mismo.
Aquí estamos hablando de ser multado por negarse a participar en una prueba potencialmente incriminatoria.
¿?
De la propia noticia. No se, en ningun lado se alude a la responsabilidad de ninguno de los dos ni se menciona nada sobre si el semaforo estaba o no regulado por semaforo ni hay imagenes del mismo. Pero aqui la mayoria se estan montando una pelicula de que si el conductor es familia de tal o tiene tal puesto.
A mi me queda meridianamente claro que la señora se vio implicada en un accidente, iba soplada y le corresponde una multa segun la normativa vigente. Ni mas ni menos.
(Nota del apuntador: yo a la gente que va borracha al volante le cortaba las piernas a la altura del cuello, que conste)
Lo que estás haciendo es invirtiendo el peso de la prueba. Obligas al ciudadano a demostrar su inocencia y si no la demuestra activamente lo multas, le castigas sin haber demostrado que haya cometido ningún delito.
Eso es una vulneración de los derechos fundamentales. Es quien acusa quien tiene que demostrar la culpabilidad, no quien es acusado quien debe demostrar su inocencia.
Te esfuerzas en retorcer la cosa pero en un paso de peatones sin semáforo la responsabilidad de un atropello es del conductor siempre. Debe ir a la velocidad que haga falta para que no se produzca. A los peatones se les recomienda mirar antes de cruzar por sentido común y por su propia seguridad, porque siempre hay conductores que no cumplen, pero no hay realmente obligación legal de hacerlo ni responsabilidad por no hacerlo. Si atropellas en un paso de peatones a un corredor que cruza a toda velocidad y mirando al móvil, sigue siendo culpa tuya.
Ya se privilegia lo bastante al conductor en nuestra sociedad para encima pretender convertir los pasos de peatones en "pasos donde si el peatón no me estorba mucho lo dejamos pasar, pero que nadie pretenda que frenemos por si viene uno".
Los conductores tienen prioridad de paso para sus vehículos, respecto de los peatones, salvo en los casos siguientes:a) En los pasos para peatones debidamente señalizados.b) Cuando vayan a girar con su vehículo para entrar en otra vía y haya peatones cruzándola, aunque no exista paso para éstos.c) Cuando el vehículo cruce un arcén por el que estén circulando peatones que no dispongan de zona peatonal (artículo 23.1 del texto articulado).
Y ahí está el punto importante, prioridad no significa patente de corso para cruzar cómo y cuándo me dé la gana. A falta de más información, lo más probable es que si la han sancionado es porque cruzó de manera imprudente debido a su estado de embriaguez. Y en ese caso concurren los hechos para que sea sancionada y se le declare responsable del accidente.
Por cierto si no te crees lo que te digo te paso un enlace de la Audiencia Provincial de Pontevedra:
diariolaley.laleynext.es/content/Documento.aspx?params=H4sIAAAAAAAEAMt