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Nueva sentencia contra la DGT: debe identificar al conductor si quiere multarlo

Una reciente sentencia judicial impide a Tráfico multar y quitar puntos sin saber quién conducía el vehículo. Se trata de un dictamen del Juzgado de lo Contencioso número 6 de Madrid, que en mayo de 2018 anuló una multa de estas características. Según la sentencia, de esta forma se vulnera la presunción de inocencia.

| etiquetas: dgt , sentencia , multa , identificar , radar
  1. Por desgracia esta sentencia ya no tiene ningún valor a fecha de hoy. Y es que hoy en día si no identificas voluntariamente al conductor te multan por el triple de lo que corresponde a la multa económica por la infracción, eliminando de un plumazo de forma efectiva el derecho a presunción de inocencia en el que se basa esta sentencia.
  2. #1 Si, pero o te retiran puntos.

    Pillan la pasta, a lo grande, que es lo que les mola...
  3. #2 Es una aberración de ley que debería ser ilegal, es una forma burda de cargarse derechos fundamentales.

    Es equivalente a lo que hacen en Australia creo que si no das tus contraseñas voluntariamente te cae una multa de 60 mil dólares:

    www.msn.com/en-au/news/australia/now-the-police-want-your-passwords- [ENG]
  4. #3 O las viejas multas reiterativas. No querer hacer la mili: dos años de cárcel y un año más de mili.

    O tragabas o acababas con la perpétua. (URSS)
  5. #1 ¿Pero si no lo identificas, no es encubrimiento?

    (no es retórica, es una pregunta sincera)
  6. #5 Es difícil demostrar que lo sabes.

    Dejé las llaves del coche en casa de mi suegra... Uno de mis cuñados, sería... Nos llevamos bien y saben que pueden coger el coche cuando quieran. Por eso dejo las llaves...

    ;)
  7. #6 Bueno, pero en ese caso sigues siendo tú responsable del coche.
  8. #7 "No me consta"
    Si teniendo hasta la firma de su propio puño y letra se libró, como la justicia es igual para todos, diciéndole a la DGT que no te consta o no te acuerdas ya vale.
    ¿O no era así?
  9. #5 Para el encubrimiento se debe haber cometido un delito, no todas las infracciones viarias son consideradas delito, ni siquiera todos los excesos de velocidad.

    A su vez según el parentesco el delito de encubrimiento no aplica:

    Artículo 454

    Están exentos de las penas impuestas a los encubridores los que lo sean de su cónyuge o de persona a quien se hallen ligados de forma estable por análoga relación de afectividad, de sus ascendientes, descendientes, hermanos, por naturaleza, por adopción, o afines en los mismos grados, con la sola excepción de los encubridores que se hallen comprendidos en el supuesto del número 1.º del artículo 451.

    Fuente: noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.l2t20.html

    La excepción a la que se refiere es esta:
    1.º Auxiliando a los autores o cómplices para que se beneficien del provecho, producto o precio del delito, sin ánimo de lucro propio.
  10. Dentro del universo familiar, un allegado a un acusado en un juicio tiene el derecho a no declarar contra él.
    Estoy de acuerdo es casos de accidentes con víctimas, que se pueda ejercer y forzar la ley hasta el límite, pero en casos de velocidad que sean superiores a una pequeña fracción de la máxima no.
  11. Pues a mi me parece que lo de tener que identificar al conductor para multar, no es nuevo, aunque tampoco viejo.
  12. #7 eso no es “identificar al conductor” como mucho es identificar al responsable, que no es lo mismo
  13. #12 Claro, pero si se dejas que alguien lo use, tú eres responsable de ese hecho, por lo que si no puedes identificar quien lo hizo, es responsabilidad tuya por dejar el coche así, alegremente.
  14. #13 No discuto lo que dices, y tienes razón, pero no es de lo que hablas la noticia, dice identificar al “conductor”
  15. #5 Siguiendo el discurso de #6, y basándome en mi propia experiencia sobre la única multa que tuve en coche y que me llegó a casa como dos meses después, si bien en aquel caso sólo podía ser yo el conductor, si fuese un coche compartido entre los miembros de la casa, no me pueden obligar a que me acuerde de quién era el que lo cogió en aquel momento, incluso no pueden obligarme a saberlo.
  16. #3 que propones? Alguna firma habrá de evitar el “Es mi coche, pero esa foto a 190 no me la han hecho a mi y no se a quien”
  17. #16 obligan a qué un ciudadano delate a otro, está feo
  18. #15 pueden, pueden...
  19. #17 Estoy seguro que si voy detrás de ti una hora por ciudad mientras conduces cometes mas de 10 infracciones.

    cc #1
  20. #18 es tu coche y tu responsabilidad. Sino sabes quien es, denuncia.
  21. #22 sigue siendo obligar a un ciudadano a denunciar a otro y a mi no me parece bien
  22. #21 Me gustaría verle en la salida de una autovía. Ese lugar donde están tan bien graduadas las velocidades: 80, 60, 40...
    O en un carril de incorporación con una señal de 90...
  23. #19 Tu imagínate que te vas de viaje con la familia desde, no sé, A Coruña a Gibraltar, a turnos entre tres o cuatro conductores diferentes, lo mismo para la vuelta. Salvo que lo hayas anotado ¿te vas a acordar, seguro, seguro, seguro, de quién conducía en el punto en el que te hicieron la foto cuando te llegue la multa dos meses después?
  24. #26 te obligan a saberlo, es solo lo que digo.
    Que sea una locura, no lo niego
  25. #27 No te obligan a saberlo, te amenazan con una multa pecuniaria mayor, que no es lo mismo.

    Pero ahí es donde ellos la pifian, así al principio había quien decía que quien había ido a 220 por hora en la carretera del pueblo a las tres de la mañana el domingo era la abuela, que iba con prisa para llegar a la misa del gallo.
  26. #26 Al final alguien se tiene que hacer responsable, el conductor o el dueno del vehiculo y pagar por la infraccion en dinero y en puntos.

    Si se empieza a dar esto por valido, a todo el que le llege una multa de cualquier tipo y no haya sido identificado puede decir que no fue el, pero que no sabe quien, asi que se queda en nada.

    Ejemplo una multa de aparcamiento, exceso de velocidad, saltar un semaforo, etc. cuando el coche lo conduce tu mujer y tu tienes una excusa perfecta con pruebas de que estabas en el trabajo. Y luego a la inversa tu con el coche de ella.

    Si somos los maestros de la picaresca, poco tardariamos en hacer cosas parecidas.
  27. #16 Que se identifique al infractor en el momento que comete la infracción o bien que los cuerpos y fuerzas de seguridad hagan la investigación pertinente que permita demostrar quien fue el autor de la infracción, sin que durante ese proceso se vulneren derechos fundamentales.
  28. #17 Siempre me ha molestado la vulneración de derechos fundamentales.

    Y en carretera incluso respetar todas y cada una de las normas de tráfico y límites de velocidad no es garantía de no ser detenido por un motivo tan arbitrario como pasar por allí mientras hay una patrulla haciendo controles sistemáticos sin indicios que los justifiquen.

    ¿Sabías que te multan si decides no aportar voluntariamente pruebas que te puedan incriminar?

    Es otro ejemplo como el que citaba en mi primer comentario donde se utilizan multas como herramienta para cargarse derechos fundamentales.

    La carretera se ha vuelto un sitio donde toda vulneración de derechos está permitida, es una barbaridad, utilizan el miedo para cargarse los derechos fundamentales. Y algunos lo aplauden con las orejas.
  29. #17 Hola. Tengo multas respetando las normas.
    Porque si. Por los cojones del agente.
    La última la expliqué aquí.
    Cuéntame otro cuento, cansino.

    Cuando los veo adopto actitudes como cuando atravieso el parque donde se juntan los más chungos del parque al sacar al perro, por ejemplo.

    Y no solo yo. Fíjate cuando te cruzas por autovía un coche de la GC como todo el mundo se comporta como si llevara un cadáver en el maletero. Que pueden ir a 80 y no les adelanta nadie.

    Miedo, represión y latrocinio es lo que representan.
  30. #24 no lo denuncies y asume tu los cargos entonces.
  31. #30 Es la consecuencia de respetar un derecho fundamental como la presunción de inocencia.

    Debe ser quien acusa quien aporte las pruebas que demuestren de forma irrefutable la identidad del infractor, lo que se ha hecho ahora es trasladar esa responsabilidad a otros que de no actuar pasan a ser víctimas al tener que pagar una multa sin que se haya demostrado que ellos hayan cometido ningún tipo de infracción (exceptuando el de no identificar, esa aberración sacada de la chistera con el objetivo que los ciudadanos renuncien a sus derechos).

    Ejercer tu derecho fundamental a no incriminarte y a no incriminar a un familiar supone una multa económica, es una barbaridad injustificable a todas luces.
  32. A mi me parece mal que se oculte la identidad de quien comete una infracción o delito, pero el primero que lo hace es el estado con los suyos.
    Caso Cabacas, chaval muerto por una pelota de goma en Bilbao. La defensa de los policías (ertzainas) se fundó en que no era posible saber quien de ellos disparó la pelota. Pues nada, que les metan una sanción de 1 millón de euros a cada uno de los policías que estuvieron en el callejón. Verás que pronto sale el culpable
  33. #24 Es un ciudadano que ha cometido un delito/falta con tu coche. Denunciado ya está se trata de testificar o identificar.
    ¿No sería encubrimiento en caso de no declarar?
  34. #37 el problema es que técnicamente, si no vas en el coche, no sabes quién va conduciendo, sabes a quién se lo has dejado, pero no sabes a ciencia cierta quién lo conducía.

    Por otro lado, yo digo q iré lo conducías tú y tú dices que no... ¿quien tiene razón? ¿Quién es el infractor a ojos de la DGT? Es Justo (sea quién sea de los dos)
  35. #30 Es curioso cómo en estos casos la ley cambia, o quiere cambiar, con respecto a lo que es la ley en general. Es decir, que si tú robas un pollo, tienen que demostrar sin ningún género de dudas que fuiste tú el que robaste el pollo para que te sancionen como corresponde. Si matas a alguien, lo mismo.

    Ah, pero en la carretera sólo hace falta saber la matrícula del coche y que sea el titular del mismo el que inculpe al infractor ¿ein? Eso no es correcto.

    Este es uno de los motivos por el que las multas por exceso de velocidad, tal como están planteadas en España, son con afán recaudatorio y no por seguridad vial. Si fuesen por seguridad vial entonces, primero, los radares fijos no existirían o, en su defecto, todos ellos tendrían que (como hacen en otros países) tener una cámara que le sacase una foto a la parte frontal del vehículo para, en la medida de lo posible, no dejar dudas sobre quién conducía. Esto tiene sus peligros sobre todo de noche si es necesaria la utilización de un flash, pero bueno, es la manera de, hasta cierto punto, poder saber quién conducía. Y teniendo en cuenta la proliferación de las cámaras que vigilan si llevas el cinturón puesto o no, no creo que sea algo tan complicado. Que no sé sus características técnicas, pero si tienen un nivel lo suficientemente elevado de ISO, seguro que no necesitan flash ni iluminación extra.

    En cuanto a los radares móviles, debería haber SIEMPRE una segunda patrulla unos pocos cientos de metros más adelante. De esa manera sí que se le enseña al infractor, no cuando le llegue la multa dos meses después.

    El viernes de la semana pasada hice un trayecto de algo menos de 150 kilómetros. Me crucé, al menos que yo me diese cuenta, con cuatro radares móviles además del Pegasus. Sólo que el Pegasus es de ir más por la autopista y yo sólo la piso en los tramos gratuitos.

    De esos cuatro radares, digamos, de tierra, el primero era un velolaser sobre trípode, con la patrulla correspondiente a unos 200-250 metros. Estaban en un sitio donde vienes de darle gas al coche porque es una subida doble carril que pasa de 90 (antiguamente 100) a 70 y de ahi a 50 en apenas unos metros, ya cuando estás en llano, y aunque no le sigas pisando es normal que, salvo que frenes a propósito, dejes el coche ir y que pases, no sé, a 60 o así. Yo, como ya los he visto (no con este tipo de radar y no exactamente en ese punto sino unos 20-30 metros más adelante escondidos detrás de un cobertizo) alli, no me pillan tan fácilmente.…   » ver todo el comentario
  36. #24 ¿Qué somos, niños a los que se llama chivatos? Si le dejo a alguien mi coche y me llega una multa por su culpa, te digo yo que le identifico sin miramientos, que ya somos mayorcitos.
  37. #38Pues con el peligro que tiene un coche si la ley está así... Que un coche solo lo pueda conducir el propietario o tenga un permiso por escrito del mismo con fecha firma y duración.
  38. #33 Una vez adelanté a una patrulla de la GC en la autopista a 130 y me persiguieron, una moto se me puso delante y la otra detrás mientras la de delante alzaba y bajaba la mano con el brazo extendido a la altura del hombro pidiéndome que bajara la velocidad. Estuvieron escoltándome 5-10 minutos hasta que el que me escoltaba por delante aceleró así como también su compañero hasta que los perdí de vista, yo seguí a 100 por velocidad de crucero hasta llegar a mi destino. Esperaba una multa que jamás llegó, pero desde ese momento yo también me comporto como si llevase un cadáver en el maletero xD
  39. - ¿Quién conducía su vehiculo a 190km/h?
    - No pienso acusar a nadie para que le pongan una multa, no soy un chivato.
    - Una multa y 4 puntos.
    - Entonces ha sido la abuela, como siempre.
  40. #17 a ver retrasado a mi me "doblaron" la matrícula de la moto y en menos de una semana me llegaron más de 20 multas de ciudades donde no había estado... Costó sangre, sudor y muchísimo dinero demostrar a los hijos de puta de la DGT que yo no era. De hecho en las fotos se veía que ni tan siquiera era la marca, modelo y color de mi moto.

    En España la Constitución recoge en su artículo 24 la presunción de inocencia; pero la DGT se lo salta a la torera y realiza una inversión de la carga de la prueba: ERES CULPABLE HASTA QUE SE DEMUESTRE LO CONTRARIO.

    Una pena que el dinero que malgastan en sus imbecilidades no se aproveche para cosas más útiles.
  41. #36 pues nada, como eso ha pasado, si alguien te atropella que oculten quien fue.

    La cosas mal hechas nunca justifican otras cosas mal hechas.
  42. #46 hombre claro, unos políticos han creado una obligación y eso ya la convierte en moral, justa e incontestable.

    Lo que os gusta ir por el libro para algunas no cosas...
  43. #6 el típico no me consta esas cosas las lleva mi marido,es bastante eficaz,habrá que explotarlo en estos casos
  44. #16 Que los radares hagan dos fotos: una de la parte trasera del vehículo para ver la matrícula, y otra de la parte frontal para ver al conductor.
  45. #32 El "¡nadie va a pensar en los niños!" siempre ha funcionado

    Da igual que se trate de una discusión sobre terrorismo, trafico, política en general, drogas, etc... Si no estás de acuerdo con X tiene que ser pq apoyas a Y. ¿Y que eres, un amigo de los terroristas/odia niños/rojo/facha/etc...?


    Es mas fácil lo de envenenar el pozo que razonar.
  46. #30 por eso antes era obligatorio detener al infractor, identificarle y multarle, pero claro , eso es mucho rollo y tal...
  47. #15 Estás en la dictadura española, harán lo que quieran contigo. Los funcionarios pulsan un botón y les sale gratis. Tú para defenderte gasta en abogados y demás.
    Y si no pagas ya manda Hacienda una orden de "Limpieza" de tu cuenta bancaria, esa que te obligan a tener aunque no quieras.
  48. #42 Pero tú infringias la ley claramente.
  49. #5 es que encima las multas te llegan mucho después de la infracción que sancionan

    Por ejemplo, en un coche de una familia con hijos que tienen carnet quién cogió el coche hace 3 meses a las 16:32 de la tarde?? Pues a saber... Cualquiera se acuerda
  50. Acabaran poniendo una ley de tal forma que el coche sea personal e intransferible.
    Y si alguien lo coge, a efectos legales, el propietario es el autor.
  51. #49 eso atenta director te contra el derecho a la privacidad de la gente.
  52. jeremy clarkson nos dió la solución:  media
  53. #57 Ehm... No.
  54. Este es uno de esos casos en que se sacrifica un derecho; la presunción de inocencia de un hijoputa que va a 190 por la autopista, para obtener un bien mayor.

    Me preocupa poco o nada.
  55. #22 También la ley permite no declarar contra uno mismo... ¿Como encaja en esto?
  56. De eso nada, la ley exige que si tienes conocimiento de una conducta delictiva la denuncies...
  57. #34 Y donde queda mi derecho a la defensa, tengo derecho a no inculparme a mi mismo.
  58. #46 Y sin embargo si tengo derecho a defenderme y como tal a no declarar contra mi mismo.
  59. #16 Pues que te paren y te identifiquen.
  60. #5 No creo que haya ninguna obligación de identificar a nadie para una sanción administrativa.

    EDIT: sin tener en cuenta el sistema que usan para las multas de tráfico, claro.
  61. #66 en un radar fijo?
  62. Todos con máscaras de la Aguirre/campechano/preparao/rajoy/casado/cualquier_famosillo_con_privilegios_por_la_patilla en la guantera, a elegir, y barra libre para hacer el bestia.
  63. #61 Debería preocuparte, debería...
    Quien quita la libertad con la excusa de obtener más seguridad, no merece ni libertad ni seguridad
  64. #68 Donde tú quieras. Ya que sacas el tema, los radares fijos solo sirven para recaudar pasta de la gente que va despistada y no se entera de la señalización. Entonces si sirven para que la gente vaya más atenta (que lo dudo) yo los apoyo.
  65. Una matrícula no identifica a nadie por la sencilla razón que puede estar "doblada". Si no identifican al conductor, no pueden demostrar fehacientemente que es tu coche, por lo que debería prevalecer la presunción de inocencia.
  66. #70 Si conduzco yo, es admitir que soy culpable, algo a lo que tengo derecho a negarme.
  67. Tan fácil como sacar la foto de tal forma que se vea quien conduce. Creo que en Japón es así
  68. #42 Yo una vez también adelanté a uno y se pegó a mi culo durante unos minutos. Actitudes de república bananera. Quién tuviera una cámara trasera.
  69. #61 También se sacrifica la presunción de inocencia del hijoputa que va a 62 en señal de 50, que por cierto es mejor ejemplo de la multa típica que el que pones tú.
  70. #78 Vamos que haga lo que haga, si la administración me pone una multa, la acepto y callo según me estás diciendo...
  71. Pues perfecto, porque está haciendo lo mismo que el otro. Saltarse la leyes.
    El problema es cuando te saltas la presunción de inocencia de gente que no ha hecho nada.
  72. #32 Perdona mi ignorancia, pero ¿qué derecho fundamental te vulneran en la carretera?
  73. #32 Hasta donde yo se, para poder circular al menos en España, necesitas pasar un examen y aceptar las normas de circulación, así como las sanciones que se aplican si no las cumples.

    Como conductor has de identificarte, igual que el coche ha de llevar papeles, tener seguro, estar identificado o la pegatina medioambiental en algunos sitios.
    Si no quieres hacerlo para que no vulneren tus "derechos fundamentales", lo tienes muy sencillo: no conduzcas, pero si lo haces, cumple las normas.
  74. #83 Lo que describes son excusas para vulnerar los derechos fundamentales con impunidad.

    Existe el derecho a no autoincriminarse, eso se vulnera en las carreteras usando multas para disuadir al ciudadano para que renuncie a ese derecho.

    Es una vergüenza la de tragaderas que tiene la sociedad en este ámbito, donde el miedo irracional les nubla la mente y no son conscientes de los derechos a los que les están obligando a renunciar usando ese miedo como excusa.

    El ciudadano sigue siendo un ciudadano aún cuando esté dentro de un vehículo, sus derechos fundamentales no solo aplican cuando es peatón, aplican siempre.
  75. #84 Lo que tu dices es proteger al infractor, eso sí da impunidad y sus derechos fundamentales no están por encima de los del resto.

    Si te parece bien hacemos como en EEUU, que al 3º aviso abren fuego si no te paras, verás como así se identifican.
  76. #85 Los derechos fundamentales protegen a las personas, a todas las personas, del abuso de poder.

    Y entre todas las personas hay de todo, desde la gente más inocente posible a la más culpable. Precisamente los derechos fundamentales son fundamentales por que no distinguen entre personas, todos disponemos de ellos.

    Y el miedo a los infractores no es excusa para vulnerar derechos fundamentales.
  77. #86 Supongamos que atropellan a alguien con un coche y el conductor se da a la fuga. Dos días después localizan al coche, y como no lo pararon en su momento y no pudieron identificar al conductor: cada uno a su casa, menos el atropellado.

    No le podemos preguntar al propietario no sea que vulneremos sus derechos fundamentales en un abuso de poder.

    Por cierto, no sabia yo que si te preguntan si conducías tú y si no eras tu: identifica quien lo hacía es un abuso de poder y están vulnerando tu derecho a no autoinculparte que al parecer es un derecho fundamental.

    Luego cuando ocurran estas cosas diremos que tenemos una justicia de mierda, que mal está todo ...
  78. #87 No le podemos preguntar al propietario no sea que vulneremos sus derechos fundamentales en un abuso de poder.

    Claro que le puedes preguntar, lo que no puedes hacer es multarle si no contesta.

    Si hay sospechas de que el propietario es el autor se le acusa formalmente y se le aplican los derechos de todos los procesados, se le aplica un proceso judicial respetuoso con los derechos fundamentales. Y recae sobre quien acusa el demostrar que ese crimen ha sido cometido y el demostrar que el acusado es el responsable.

    Por tu comentario parecería que aún no se ha inventado la investigación policial, la acusación de la fiscalía, los jueces, etc.
  79. #88 claro claro, apliquemos lo mismo a las armas: han matado a alguien con mi arma y no voy a responder quien la tenia, es más que me preguntes por ello es un abuso de poder, no estoy obligado a responder y no lo voy a hacer para preservar el derecho fundamental de no autoinculparme. este acto protege a todas las personas, incluido a tí. Suerte con la investigación.

    A parte de esto: las normas están claras, si no quieres aceptarlas: no conduzcas
  80. #89 es más que me preguntes por ello es un abuso de poder

    Erre que erre. Claro que le puedes preguntar y preguntar no es un abuso de poder, lo que sí es un abuso de poder es multarle si no contesta.

    Si hay sospechas de que el propietario es el autor se le acusa formalmente y se le aplican los derechos de todos los procesados, se le aplica un proceso judicial respetuoso con los derechos fundamentales. Y recae sobre quien acusa el demostrar que ese crimen ha sido cometido y el demostrar que el acusado es el responsable.

    Por tu comentario parecería que aún no se ha inventado la investigación policial, la acusación de la fiscalía, los jueces, etc.

    A parte de esto: las normas están claras, si no quieres aceptarlas: no conduzcas

    Los derechos fundamentales parece que no están claros, de ahí que yo los siga teniendo que defender por la vulneración de estos que se produce, especialmente en las carreteras.
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