Se encuentran hospitalizados en el Hospital Verge de la Cinta de Tortosa por coronavirus. Tienen hijos en común y ya habían iniciado trámites para casarse pero ante la gravedad del estado del hombre y antes de ser sedados ambos en la UCI pidieron poder contraer matrimonio. Acudieron el juez, secretario judicial y los testigos fueron los propios médicos. Justo después de casarse fueron sedados. La ley permite el matrimonio urgente en este tipo de situaciones de peligro.
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etiquetas: coronavirus , pandemia , matrimonio , tortosa
Que se recuperen!
Que se recuperen!
www.tuproyectodevida.es/guia-pension-viudedad/#:~:text=La pensión de .
Mucho, en mi opinión
"Hay que recordar que también es posible cobrar una prestación temporal de viudedad si el enlace tuvo lugar en menos de un año."
Creo recordar que han habido sentencias en las que se daba por valido solo la convivencia estable, sin haber legalizado la situación, aunque imagino que de entrada no se da la pensión si no se cumple ese requisito (pareja de hecho o matrimonio).
He metido todo este texto en un corrector para comprobar que está correcto.
Sin acritud. Y gracias por arrancarme la sonrisa del día.
Legalmente, no estás casad@. Por tanto, puedes solicitar todas las ayudas como progenitor solter@.
Ahora, fallece tu cónyuge. Acreditas la convivencia estable. Cobras pensión de viudedad.
Lo que dice #6, trámites mucho más llevaderos y con menos pegas si estás casado que el tema de pareja de hecho o convivientes.
Lo mío fue ya hace unos años, ignoro si seguirá habiendo tanta diferencia a día de hoy.
Mis mejores deseos a ambos.
¡Que se recuperen!
Moraleja: Si puedes casarte, aunque sea simplemente por tener el papelín, hazlo.
Por otra parte si te casas el computo de ingresos y patrimonio es el de los dos a efectos de ayudas y otros derechos. No siempre es mejor una cosa que otra.
En españa el conyuge no hereda y los hijos quedan en la misma situacion esten o no casados sus padres.
Te casas y acabas con la duda.
#33 ¿Y?
El problema es cuando vives con tu pareja sin hijos y no estás casado.
Si una pareja está buscando embarazo.. Mejor casarse porque ahí si que nada de nada, ni herencia ni nada.
Si te toca una familia política chunga, se queda el niño más tirado que una colilla
Siento contradecirte, pero las ayudas como progenitor soltero sólo se adjudica en los casos de familias monoparentales, es decir, que los niños convivan únicamente con uno de sus progenitores. En caso contrario, no se casaría ni el Tato.
En cualquier caso, no me parece de recibo no casarse para evitar sus inconvenientes y luego intentar conseguir todas sus ventajas. Cada figura jurídica tiene sus pros y sus contras; que cada cual adopte la que mejor le convenga.
Por cierto, de cara a la descendencia, es irrelevante estar casado, pareja de hecho o soltero: las obligaciones respecto a los menores y la protección que reciben es exactamente la misma (Otra cosa es que si su padre o madre muere y el otro miembro no recibe pensión de viudedad, los hijos tampoco podrán disfrutar ese ingreso, pero a quién afecta directamente es a la pareja, no a los hijos)
pd.- que rarito que nadie haya protestado porque en el encabezado del envío no aparezca "CAT"
teoría 1 - nadie lee los enlaces que se envían
teoría 2 - igual resulta que para los españoles muy españoles no resulta tan difícil de entender el catalán...
Sin papeles, tu pareja es igual que tu vecina para la administración.
Grosso modo, adquieres afinidad con la familia de tu pareja (por ejemplo, tu suegro pasa a ser familiar de grado 1), con lo que estás cubierto en caso de hospitalización y fallecimiento, así como la posibilidad de acceder a concursos para matrimonios (cómo VPOs).
Como contrapartida, no hay vinculación económica (si tu pareja es empresaria y tiene deudas, no respondes solidariamente con tu patrimonio, a diferencia de si estáis casados).
Todo tiene una parte positiva y otra negativa. Que cada cual escoja.
Así que sí, precisamente cuando hay niños es cuando es más necesario, para evitar ese tipo de desamparo.
Y en este caso no hace falta entrar para opinar, la noticia está bastante clara.
No hay que confundir matrimonio (legal) con boda (social). Los que dicen que no quieren casarse porque no les gusta hacer el paripé, pues pueden casarse en un juzgado en media hora y con un par de testigos. Si es porque no creen en "papeles" despues que no se quejen cuando les denegan otros "papeles" (viudedad, por ejemplo). Y divorciarse actualmente no es tan difícil.
Ojalá sea un caso feliz.
Sin entrar en cosideraciones políticas, desde un punto de vista práctico, el inglés y el mandarín son los lenguajes de los negocios, la economía, el futuro y los asuntos importantes así que el español y el catalán ambos sobran.
Si vives en pareja, casaos. Todo son ventajas y el trámite es sencillo en el juzgado. No hace falta invitar a 300 invitados.
Requisitos para registrarse
Ser mayor de edad o menor emancipado.
Convivir en pareja de forma libre, pública y notoria, durante un período ininterrumpido de doce meses.
(...)
No veo nada sobre parejas de hecho sin convivencia.
www.comunidad.madrid/servicios/justicia/registro-uniones-hecho
«La pareja de hecho no es equiparable al matrimonio. Para la conformación de la pareja de hecho se debe demostrara la coexistencia diaria, estable, con una duración temporal que se consolida en el tiempo, de manera pública y conjunta de los interesados de este hecho, por un tiempo mínimo de 1 año como requisito indispensable previo a la consolidación de la Pareja de Hecho que exige en este caso el Registro de Unión de Hecho. Pero existe la opción de hacerse pareja de hecho ante notario. La gestión del alta como pareja de hecho ante notario es sumamente sencilla y consta de dos pasos. En primer lugar, has de asesorarte con tu abogado e indicar cuál es el objetivo que quieres alcanzar. Por otra parte, tienes que fijar hora con el notario para firmar el documento. En pocos días habrás cerrado la gestión y ose aseguran tú y tu pareja una opción de derechos. La única condición es que el vínculo sea real y no de conveniencia.»
#44
En gananciales en Andalucía,que es lo que conozco, la mitad es de cada cónyuge. Si muere uno de ellos, se debe repartir por herencia 1/2 (por ejemplo de la casa). El otro medio ya era del cónyuge.
Si se reparte por ley... (legítima, mejora y libre disposición)
De ese medio, la mitad es del viud@, es decir 1/4 del total. La parte restante entre los hijos. Con dos hijos: 1/8 para ti y 1/8 para tu hermano.
Con 1/9, deduciría que sois tres hermanos.
Un tema matemático con fracciones, aderezado con leyenda árabe.
Para quien no le apetezca buscar de qué va el cuento, dejo un link:
matematicascercanas.com/2017/07/29/herencia-tres-hermanos-fracciones/
Y Lo de esta pareja, es simplemente el derecho a morirse lo más tranquilo posible, si llega el caso.
De hecho muchas veces da problemas, porque según quién muera antes, es la otra parte de la familia la que acaba heredando todo.
No me interesa especialmente, el tema, pero la seria me a resultado interesante.
www.rtve.es/playz/nosotrxs-somos/
Aparte de gay hay otras formas de relación, como poliamor o dos hermanos que vivan juntos. Lo Follar es lo de menos es una relacion reciproca y por dedicarte a alguien tendria que tener unos derechos y una protección.
#89 Ya solo estar casi inmovilizado debe ser muy molesto. No sé que capacidad para moverse tendria sin estar sedado.
La sonda del culo como evacua? por la solidez normal es dificl de sacar. Se me ocurre que sea inyectando agua extrayendola en plan prospeccion.
#3 #5 En el viaje de novios tienes derecho a 15dias y en operaciones de familiares te dan dias para visitarles, sin casamiento no es familia. creo. #83 Siempre es interesante conocer casos de primera mano.
#76 Sobre todo si muere joven, con lo años suponen una pasta.
La sonda rectal evacua igual que la urinaria porque la nutrición (líquida) que se da hace que sea totalmente líquida. De hecho lo habitual es que acaben un poco estreñidos.