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¿Es correcto que los agentes tiren la puerta abajo? A la presidenta de la sala social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, Luisa María Gómez, el vídeo le ha puesto "los pelos de punta" y ha recordado a la policía que debe "tener especial cuidado en sus actuaciones". Asimismo, augura que estos hechos acarrearán "serios problemas" a esos agentes.
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etiquetas: policia , allanamiento , domicilio
Con esperar en la puerta y cuando salgan detenerlos o en su defecto, con pedir la orden jucidial para entrar por ese delito y deternerlos es suficiente, no hay que entrar sin dicha orden puesto que el efecto va a ser el mismo, no "desaparece"
No se como es que te parece tan raro que un okupa sepa sobre allanamiento de morada.
Y por otro lado, lógica básica. Si ese tipo de acciones policiales fuesen legales, no existirían las okupas.
También si a esos 14 (como en este caso) o 14 docenas si quieren, porque en tu mundo perfecto no se va a poder controlar, les da por joder elementos comunes del edificio o robar lo que sea, también te vas a joder, porque tampoco se va a poder identificar a nadie así que podéis denunciar a Rita. Y como eso otras mil maravillosas situaciones.
Para empezar si tenéis dinero para abogados especializados, bien podíais pagar una vivienda como la gente decente.
Para seguir, y esto leído a policías, los okupas en el 90 por ciento de los casos se identifican sin poner ningún problema, porque saben que su aliado son la lentitud del sistema judicial y la probable inacción del dueño (en el caso de que sea un banco o una gran constructora)
Abogado: 150 euros. Habitación en Bcn: 3600 euros al año.
Está claro, si podemos pagarnos un abogado también podríamos pagar un chalet en Matadepera, un yate y un avión privado. Ya puestos a decir tonterías.
Para seguir, no estamos hablando del proceso judicial asociado al delito de usurpación, que es al que tu acabas de hacer referencia, ese no es el tema. Me da la sensación de que no tienes ni la más mínima idea de lo que estamos hablando.
El que comete allanamiento es el policía, no los que están en el interior del domicilio.
Por cierto, reportado por insultar.
Te podría haber explicado los motivos por los que no habría okupas. En vez de preguntarme has preferido montarte tu propia película. Pues nada, sigue con ello.
Si no fueras tan fanático a lo mejor te habrías dado cuenta tu mismo. Pero te ciega el odio, y así vas, dando palos de ciego.
Ahora, te doy la razón en que lo de tirar la puerta abajo estuvo fuera de lugar. Lo suyo hubiese sido tapiarla, y que los desgraciados estos saliesen por la ventana... si querían.
Madre mía qué cosa más corta de persona.
Mira, te remito al enlace que he puesto en #139, explícale al juez tus amplios conocimientos como delincuente profesional. Mira que es sencillo: el policía pide el dni desde la puerta porque está facultado para hacerlo, y el que esté dentro, en la noticia la niñata, en tu supuesto el okupa, está OBLIGADO a obedecer, en caso contrario es un delito de desobediencia grave, en la argumentación de los agentes, un delito FLAGRANTE que según la LeCrim habilitaría a los agentes a entrar. La única duda legal es que ahora un juez dirima es si el delito tiene la URGENCIA necesaria para considerar el delito flagrante. Si el juez considera que efectivamente el delito (que INDUDABLEMENTE SE HA COMETIDO) tiene el carácter de urgencia suficiente para considerarlo flagrante, la actuación policial será correcta, y si no, pues no, pero es una consideración nada sencilla que tendrá que decidir un juez con mucha calma y de la que ni un delincuente profesional ni su abogaducho amigo de delincuentes puede venir a pontificar.
Si el que está en el domicilio abre la puerta y, sin que el agente cruce del marco, le da su DNI, el agente no puede entrar, ni lo intentará nunca, así que no habría debate alguno.
Lo entiendes o te hago un esquema?
A ver... Si es público y cierto que yo tengo 10 Kg de cocaina, no pueden entrar en mi casa.
Haces bien en especular y elucubrar, lo que yo te recrimino es que me hayas estado faltando al respeto sin saber ni siquiera de lo que estoy hablando o a lo que me estoy refiriendo.
A la espera quedo de la fundamentación legal que contradiga la del juez, que con tan bastos conocimientos, no te costará
Lo que dejas claro es que la policía tiene el cielo ganado aguantando a personajes como tú que cometen decenas de delitos (según tus palabras) sin consecuencias. Así nos va.
www.20minutos.es/noticia/4637523/0/puede-la-policia-entrar-por-la-fuer
Toma, otra noticia de portada: un catedrático de derecho y un abogado penalista con opiniones diferentes sobre el tema. Ve y diles que tú le resuelves sus dudas
Yo solo venía a complementar esos comentarios.
Pero nada, no dejes que la realidad te joda la película que te has montado.
En #321 he editado y puesto otro enlace de una noticia de portada con más especialistas argumentando. Supongo que tu experiencia de delincuente de la que alaedeas también te da más valor a ti que a ellos.
De nada.
- #85 4 negativos a algo que objetivamente es verdad. Si, debes obligatoriamente identificarte si estas en tu casa cometiendo una infracción y la policía la requiere.
- #91 14 positivos a algo que objetivamente es mentira. No, no es cierto que en tu casa no esté contemplado que no debas identificarte.
Artículo 16 Identificación de personas. Lo negamos en mnm !!!
boe.es/buscar/pdf/2015/BOE-A-2015-3442-consolidado.pdf
es la ostia!
eso lo sabe cualquiera que sepa leer y tenga un C.I en la media.
el domicilio es inviolable, el agente sin autorización judicial o por delito fragrante no tiene permiso para entrar en el domicilio.
como mierdas pretendes que me puedan identificar en un lugar privado al que como norma general no puede pasar si previamente no le di consentimiento de entrar.
puede identificarte en la vía publica. lo comprendas o no lo comprendas eso es lo que dice el C.P, la ley.
esa es la linde,
que tengas buen camino.
Si tienes 10 kg de cocaína en tu casa no podrían entrar sin orden judicial, pero si te ven con esa cantidad en la calle y te escondes en tu casa. En ese caso, si van detrás de ti, pueden entrar en tu casa para detenerte
www.meneame.net/story/puede-policia-entrar-fuerza-piso-donde-esta-cele
Y luego relee #325
A pastar delincuente
La idea que veo que se defiende es que como había una falta administrativa flagrante entonces te pueden pedir que te identifiques y si no lo haces entonces es un delito flagrante y te pueden echar la puerta abajo.
Pero en el momento en que llega la policia estos no conocen de la falta administrativa porque no han accedido a la vivienda y no saben cuanta gente hay dentro ni que están haciendo, si no saben de la falta administrativa entonces no tienen legitimidad para pedirte el DNI estando en tu casa (Si la tuviesen se daría el absurdo de que podrían hacerlo en cualquier vivienda y vaciar completamente de contenido la inviolabilidad del domicilio).
Para mi este tema es mucho mas serio que como se lo está tomando la gente, que haya unos cretinos haciendo una fiesta con la pandemia es una mierda, pero muy facilmente sancionable esperando a que salgan o solicitando la orden pertinente aunque lleve tiempo. Pero que se le de carta blanca a la policia para que te puedan tirar abajo la puerta de casa a voluntad (De facto pueden darte cualquier orden a traves de la puerta de tu casa y si no cumples te la tiran abajo) es una cosa mucho mas seria y que si normalizamos no te quepa duda que vendrá para quedarse.
Al final el coronavirus es una etapa, en cinco-seis años probablemente esté superado y olvidado, abrir esta puerta, con la miseria moral de políticos que tenemos implica dejarla abierta para siempre.
No fue derogada por anticonstitucional, dos artículos de la misma fueron declarados anticonstitucionales, concretamente los que permitían la entrada en domicilio por meras sospechas, pero la ley siguió en vigor hasta el 2015, en que fue derogada al entrar en vigor la LO 4/2015