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Polémica por la actuación policial en una fiesta ilegal en un domicilio

¿Es correcto que los agentes tiren la puerta abajo? A la presidenta de la sala social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, Luisa María Gómez, el vídeo le ha puesto "los pelos de punta" y ha recordado a la policía que debe "tener especial cuidado en sus actuaciones". Asimismo, augura que estos hechos acarrearán "serios problemas" a esos agentes.

| etiquetas: policia , allanamiento , domicilio
  1. #250 El delito de "desobediencia grave" ya está cometido, y sus efectos no van a desaparecer pasen 5 minutos o 5 dias.

    Con esperar en la puerta y cuando salgan detenerlos o en su defecto, con pedir la orden jucidial para entrar por ese delito y deternerlos es suficiente, no hay que entrar sin dicha orden puesto que el efecto va a ser el mismo, no "desaparece"
  2. #298 Ser un okupa delincuente no impide que seas cualquier otra cosa. De todas formas yo no soy cultísimo en derecho, solo se de lo mio. Si quieres te doy el número de mi abogada y lo consultas con ella.

    No se como es que te parece tan raro que un okupa sepa sobre allanamiento de morada.

    Y por otro lado, lógica básica. Si ese tipo de acciones policiales fuesen legales, no existirían las okupas.
  3. #295 las libertades civiles dicen que en un caso como este, el propietario va a decir que si en su piso hay un brote de Covid, que la sociedad puede comerle los huevos, porque no es responsabilidad suya, así que esa sociedad puede joderse y pagar con el trabajo de su sistema sanitario las consecuencias de lo que no quiere controlar con su sistema legal. Ves qué fácil? Así es tu mundo perfecto.
    También si a esos 14 (como en este caso) o 14 docenas si quieren, porque en tu mundo perfecto no se va a poder controlar, les da por joder elementos comunes del edificio o robar lo que sea, también te vas a joder, porque tampoco se va a poder identificar a nadie así que podéis denunciar a Rita. Y como eso otras mil maravillosas situaciones.
  4. #268 vete al que enlazo en #139 y dile al señor juez que no se maree, que esto es una cosa simple y clara como el agua.
  5. #300 Yo en cambio espero y deseo que tu no te comas los tuyos al cruzarte con un policía macarra.
  6. #302 claro hombre, los okupas saben de lo suyo pero los policías no. Y además tú sabes cómo actúan todos los okupas porque patata.

    Para empezar si tenéis dinero para abogados especializados, bien podíais pagar una vivienda como la gente decente.

    Para seguir, y esto leído a policías, los okupas en el 90 por ciento de los casos se identifican sin poner ningún problema, porque saben que su aliado son la lentitud del sistema judicial y la probable inacción del dueño (en el caso de que sea un banco o una gran constructora)
  7. #305 nunca podría pasar, si un policía me pide el DNI se lo doy, ya que lo contrario es delito y no soy un delincuente.
  8. #306 ¿Se como actuan todos los okupas? ¿Pero de donde te sacas esas cosas?

    Abogado: 150 euros. Habitación en Bcn: 3600 euros al año.

    Está claro, si podemos pagarnos un abogado también podríamos pagar un chalet en Matadepera, un yate y un avión privado. Ya puestos a decir tonterías.

    Para seguir, no estamos hablando del proceso judicial asociado al delito de usurpación, que es al que tu acabas de hacer referencia, ese no es el tema. Me da la sensación de que no tienes ni la más mínima idea de lo que estamos hablando.
  9. #309 Tienes tanta bilis que te has perdido tu solo del tema de conversación.

    El que comete allanamiento es el policía, no los que están en el interior del domicilio.

    Por cierto, reportado por insultar.
  10. #310 Aprende a leer anda, que de comprensión lectora andas corto. Tanto tiempo maquinando como delinquir que no te da tiempo a leer un poquito.
  11. #311 "con que le des el DNI al agente ya no tiene ningún derecho a entrar mientras tú no estés cometiendo un allanamiento" Este planteamiento es absurdo, pues lo que estamos discutiendo es que el que está cometiendo allanamiento es la policía y no los que están en su interior.

    Te podría haber explicado los motivos por los que no habría okupas. En vez de preguntarme has preferido montarte tu propia película. Pues nada, sigue con ello.

    Si no fueras tan fanático a lo mejor te habrías dado cuenta tu mismo. Pero te ciega el odio, y así vas, dando palos de ciego.
  12. #290 Tres días de fiesta llevaban. Tres días. Seguro que además en un silencio sepulcral, nadie se imagina cómo se enteraron los vecinos de lo que allí pasaba. Dirás que había que aguantar un poco más, que siguiesen de fiesta la semana, o el mes entero. Es que pobrecitos, ¿cómo le vamos a decir a estos estudiantes que no tienen derecho a correrse una juerga así, moleste a quien moleste?

    Ahora, te doy la razón en que lo de tirar la puerta abajo estuvo fuera de lugar. Lo suyo hubiese sido tapiarla, y que los desgraciados estos saliesen por la ventana... si querían.
  13. #312 Este planteamiento es absurdo, pues lo que estamos discutiendo es que el que está cometiendo allanamiento es la policía y no los que están en su interior.

    Madre mía qué cosa más corta de persona.

    Mira, te remito al enlace que he puesto en #139, explícale al juez tus amplios conocimientos como delincuente profesional. Mira que es sencillo: el policía pide el dni desde la puerta porque está facultado para hacerlo, y el que esté dentro, en la noticia la niñata, en tu supuesto el okupa, está OBLIGADO a obedecer, en caso contrario es un delito de desobediencia grave, en la argumentación de los agentes, un delito FLAGRANTE que según la LeCrim habilitaría a los agentes a entrar. La única duda legal es que ahora un juez dirima es si el delito tiene la URGENCIA necesaria para considerar el delito flagrante. Si el juez considera que efectivamente el delito (que INDUDABLEMENTE SE HA COMETIDO) tiene el carácter de urgencia suficiente para considerarlo flagrante, la actuación policial será correcta, y si no, pues no, pero es una consideración nada sencilla que tendrá que decidir un juez con mucha calma y de la que ni un delincuente profesional ni su abogaducho amigo de delincuentes puede venir a pontificar.

    Si el que está en el domicilio abre la puerta y, sin que el agente cruce del marco, le da su DNI, el agente no puede entrar, ni lo intentará nunca, así que no habría debate alguno.
    Lo entiendes o te hago un esquema?
  14. #313 Y en tres días no pudieron conseguir una orden judicial? En serio? Si las cosas están tan claramente documentadas como dices, el juez de guardia te firma la orden con los ojos cerrados.
  15. #160 Si se considera un delito flagrante. Pero una falta no puede ser un delito flagrante.

    A ver... Si es público y cierto que yo tengo 10 Kg de cocaina, no pueden entrar en mi casa.
  16. #154 Yo en mi casa, con la puerta cerrada, no tengo la obligación de identificarme ni de abrir la puerta.
  17. #314 Si, está claro. Está claro que no tienes experiencia de primera mano sobre este tema.

    Haces bien en especular y elucubrar, lo que yo te recrimino es que me hayas estado faltando al respeto sin saber ni siquiera de lo que estoy hablando o a lo que me estoy refiriendo.
  18. #318 Te he puesto un enlace con el razonamiento de un juez, enterado. Vete a discutir con él mientras abres puertas ajenas.
  19. #319 Que como bien dice, su opinión no tiene por que ser acertada y que, efectivamente, por lo que he podido comprobar en una decena de ocasiones, no lo es.
  20. #320 xD xD xD claro hombre! Que ya tu estatus de delincuente te da más conocimiento legal que a un juez y a unos policías! xD xD xD Qué más? Te das cuenta de lo patético de tus palabras alma de cántaro?

    A la espera quedo de la fundamentación legal que contradiga la del juez, que con tan bastos conocimientos, no te costará xD xD xD xD

    Lo que dejas claro es que la policía tiene el cielo ganado aguantando a personajes como tú que cometen decenas de delitos (según tus palabras) sin consecuencias. Así nos va.

    www.20minutos.es/noticia/4637523/0/puede-la-policia-entrar-por-la-fuer

    Toma, otra noticia de portada: un catedrático de derecho y un abogado penalista con opiniones diferentes sobre el tema. Ve y diles que tú le resuelves sus dudas
  21. #321 Hay bastante gente en este meneo que ya ha comentado eso que pides.

    Yo solo venía a complementar esos comentarios.

    Pero nada, no dejes que la realidad te joda la película que te has montado.
  22. #322 vamos, que no tienes ni puta idea de derecho realmente. Y no, en toooodo este hilo nadie ha dicho ni un solo argumento FUNDAMENTADO EN DERECHO que se oponga a lo que enlazo.

    En #321 he editado y puesto otro enlace de una noticia de portada con más especialistas argumentando. Supongo que tu experiencia de delincuente de la que alaedeas también te da más valor a ti que a ellos.
  23. #323 Positivo por no haber entendido nada de lo que he dicho ni tampoco mi intención.
  24. #324 mientras no aportes nada de argumentos legales, no tengo nada más que hablar con un delincuente multirreincidente, no eres un interlocutor agradable para una persona decente.
  25. #325 Acabas de añadir un enlace en el que por un lado se aportan argumentos legales para decir que es un allanamiento de morada y por el otro se opina que "El valor superior que en estos momentos de pandemia tiene la salud pública justifica la intervención" sin aportar ningún tipo de argumento legal que respalde dicha opinión.

    De nada.
  26. #301 La policía no tiene por qué estar esperando de forma indefinida a que el que comete el delito salga. Rompe la puerta y entra. No es desproporcionad, porque no les pega ni les maltrata, simplemente fuerzan la entrada.
  27. Increíble el ridículo de menéame:
    - #85 4 negativos a algo que objetivamente es verdad. Si, debes obligatoriamente identificarte si estas en tu casa cometiendo una infracción y la policía la requiere.
    - #91 14 positivos a algo que objetivamente es mentira. No, no es cierto que en tu casa no esté contemplado que no debas identificarte.

    Artículo 16 Identificación de personas. Lo negamos en mnm !!!
    boe.es/buscar/pdf/2015/BOE-A-2015-3442-consolidado.pdf
    xD xD xD es la ostia!
  28. #327 Por suerte, vivimos en una democracia y existen derechos constitucionales. No tienen porque esperar de forma indefinida, pueden pedir la orden judicial y que una juez decida en base a la ley.
  29. #328 el ridículo le estas haciendo tu en esta noticia que consideraste sensacionalista y en la otra con información parecida pero de alguien con menos conocimientos jurídicos y si meneaste. :-*
    eso lo sabe cualquiera que sepa leer y tenga un C.I en la media.

    el domicilio es inviolable, el agente sin autorización judicial o por delito fragrante no tiene permiso para entrar en el domicilio.

    como mierdas pretendes que me puedan identificar en un lugar privado al que como norma general no puede pasar si previamente no le di consentimiento de entrar.

    puede identificarte en la vía publica. lo comprendas o no lo comprendas eso es lo que dice el C.P, la ley.

    esa es la linde,
    que tengas buen camino.

    :-)
  30. #330 hasta nunca
  31. #316 es que como digo, lo que se consideraría en todo caso delito sería la desobediencia reiterada a la identificación.
    Si tienes 10 kg de cocaína en tu casa no podrían entrar sin orden judicial, pero si te ven con esa cantidad en la calle y te escondes en tu casa. En ese caso, si van detrás de ti, pueden entrar en tu casa para detenerte
  32. #287 No, no es subjetivo. Las leyes se redactan con la intención de que no lo sean en absoluto. Y aquí no hay ningún delito flagrante de ningún tipo.
  33. #287 Y tampoco. Aquí los que daban la fiesta sin unos infractores que merecen una multa, y los policías y el juez que les ha avalado unos prevaricadores de libro que merecen ser expulsados, los primeros de su cuerpo y el segundo de la carrera judicial si en algo tan básico no sabe ni por dónde le sopla el aire.
  34. #296 como eres policía ,,se huele, busca mi IP y ven a identificarme :troll: verás que risas.
  35. Que tenemos que reventar la puerta del 2º 3ª y no estoy seguro de quien es.... pues vamos al buzón y le abrimos alguna carta, ya total....
  36. ¡Joder que tropa!. Tengo la impresión de que el "A por ellos OEEEE, a por ellos OEEEE..." nos ha traído un bonito estado policial.
  37. #229 El tema es que aquí no existe ni la falta administrativa ni la flagrancia del delito en el momento en que se da toda la situación.

    La idea que veo que se defiende es que como había una falta administrativa flagrante entonces te pueden pedir que te identifiques y si no lo haces entonces es un delito flagrante y te pueden echar la puerta abajo.

    Pero en el momento en que llega la policia estos no conocen de la falta administrativa porque no han accedido a la vivienda y no saben cuanta gente hay dentro ni que están haciendo, si no saben de la falta administrativa entonces no tienen legitimidad para pedirte el DNI estando en tu casa (Si la tuviesen se daría el absurdo de que podrían hacerlo en cualquier vivienda y vaciar completamente de contenido la inviolabilidad del domicilio).

    Para mi este tema es mucho mas serio que como se lo está tomando la gente, que haya unos cretinos haciendo una fiesta con la pandemia es una mierda, pero muy facilmente sancionable esperando a que salgan o solicitando la orden pertinente aunque lleve tiempo. Pero que se le de carta blanca a la policia para que te puedan tirar abajo la puerta de casa a voluntad (De facto pueden darte cualquier orden a traves de la puerta de tu casa y si no cumples te la tiran abajo) es una cosa mucho mas seria y que si normalizamos no te quepa duda que vendrá para quedarse.

    Al final el coronavirus es una etapa, en cinco-seis años probablemente esté superado y olvidado, abrir esta puerta, con la miseria moral de políticos que tenemos implica dejarla abierta para siempre.
  38. #299 Cierto, pretendía contestar a la persona que citaba "la ley corcuera".
    No fue derogada por anticonstitucional, dos artículos de la misma fueron declarados anticonstitucionales, concretamente los que permitían la entrada en domicilio por meras sospechas, pero la ley siguió en vigor hasta el 2015, en que fue derogada al entrar en vigor la LO 4/2015
  39. #98 Como dice el de youtube, sos inimputable, hermano.
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