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¿Es correcto que los agentes tiren la puerta abajo? A la presidenta de la sala social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, Luisa María Gómez, el vídeo le ha puesto "los pelos de punta" y ha recordado a la policía que debe "tener especial cuidado en sus actuaciones". Asimismo, augura que estos hechos acarrearán "serios problemas" a esos agentes.
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etiquetas: policia , allanamiento , domicilio
Pq no es para nada lo mismo...
Un policía que conoce la inviolabilidad de tu domicilio, tira la puerta abajo de tu casa porque no le abres voluntariamente = ¿como se ha puesto el policia? ¿Comedido?
Anda yaaa...
Pero bueno, últimamente veo a muchos como tú, aplaudiendo con las orejas cada vez que despojan impunemente a alguien de sus derechos. Quédate con el consuelo de que no estás solo. Todo en nombre de la CoViD. En fin.
Ahí lo dejo
lo de delito por negarse a identificarse tampoco es legal si a quienes pretenden identificar están dentro de un domicilio privado y no se les facilito la entrada.
#107
El artículo 20 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana (LOPSC), este artículo viene a decir lo siguiente:
a) Los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán requerir, en el ejercicio de sus funciones de indagación o prevención, la identificación de las personas y realizar las comprobaciones pertinentes en la vía pública, siempre que el conocimiento de la identidad de las personas requeridas fuere necesario para el ejercicio de las funciones de protección de la seguridad que a los agentes encomiendan la presente Ley y la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Un clásico de a ustedes se les va a caer el pelo porque no saben de quien soy hijo.
Pero en una vivienda privada, se choca con el artículo 18, punto 2 de la constitución. No sé hasta que punto el artículo 556 del código penal se mantendrá vigente en este caso, pero si recurren y acaba en el constitucional, me parece que lo tienen complicado los agentes. Porque pasaría de una actuación según ellos conforme a ley, a pasar a un allanamiento con daños. Perderían el trabajo un mínimo de 6 años, sin contar las penas de prisión.
Porque hay que avisar que algo es controvertido, cuando sería lo esperable en un entorno de debate ?
Sino para que permite la web poner mensajes y responder a esos mensajes,
Solo para que nos chxpxmxs las pxllxs unos a otros ?
Defensa propia ante unos mafiosos criminales que iban disfrazados de policías (y no podían serlo, pues sin duda se saltaban la ley)... y a tomar por culo.
Que a mí me van a joder/matar, pero se lo van a pensar dos veces antes de repetir la broma...
Es un detallin sin importancia, para el que la ley exige que sea un juez el que valore si debe accederse o no al domicilio.
Vamos, que un policía no puede entrar en cualquier domicilio piense que le ponen los cuernos, que este maciza la dueña o se cometa una infracción.
La única excepción es si el policía, de manera evidente sabe que se está cometiendo un delito en esos momentos, y no es el caso.
Podemos llamarlo la fiesta de Schrödinger.
Si hubiera sido en Vallecas.......
Lo de la falta, cualquiera con dos dedos de frente lo tiene claro, no se puede entrar.
Otra cosa es que haya existido el delito de desobediencia que es lo que el juez determinará.
Por completar un poco
Lo único que tengo que hacer es no abrir a los policías y comprar comida a domicilio y j3j3 soy el más listo de la siudad?
Porque desde mi ignorancia de las leyes, lo que dices es eso. Que puedes cometer todas las faltas administrativas con quién quieras en tu casa y reírte del sistema, solo con no abrir la puerta
Nos hizo salir a los 4 que estábamos en la casa para identificarnos e intentaron entrar a registrar la casa para ver si había más gente. Por suerte después de un rato hablando con ellos entraron en razón y se fueron.
Sinceramente, no sé que hubiese pasado si hubiésemos sido unos chavalines de 20 años.
Que los de la casa sean un niñatos que se merezcan una multa no es excusa para cagarse en la inviolabilidad de la vivienda. Luego vienen los libertarios de extremo centro hablando sobre la libertad y sus mierdas, pero a la mínima les olvidan los derechos fundamentales, esos que también salen en la sagrada constitución.
en tu ciudad vivís muy pocos verdad.
- ¿Quién es?
- Policia, abra la puerta.
- No
- ¿identifíquese?
- Buenas noches
Delito de desobediencia, puerta abajo y todos detenidos
Así funcionan los estados fascistas, y los gilipollas como tú aplaudiendo con las orejas.
Pregunto, no es sarcasmo.
el 202 y el 203 es donde viene las penas por el delito y para que calcules con lo que dice el 204 lo que se le impondrá o debería imponerse a los agentes.
Que pongas que no lo sabes pero luego sueltes tu opinión en boca de otro te hace igual cuñado que lo que lo somos el resto.
Ahora lo que tendrán que ver es si existe dicho delito.
Madre mía, que argumentos de mierda para justificar una macarrada de la policía.
Entonces lo que quieres decir es que la policía debería haber llamado a algún juez (supongo que de guardia) para parar el ruido y la fiesta ilegal?
Y los jueces firman lo de la orden? Porque a mis ojos es la típica cosa de "paso de esta movida"
Lo de saltarse un derecho fundamental por un presunto delito de desobediencia parece claramente excesivo. Me da que los tribunales superiores se van a follar a esos policías.
Yo veo claro que los tribunales superiores enmendaran la sentencia de este juez.
graban la conversación de ellos solicitando la identificación por los motivos que sean y la respuesta desde el interior, si dicen que tenían música alta y que se escuchaban muchas personas el juez casi seguro se la daría.
tal vez por distancias tardaron mas tiempo en ir a buscar el ariete de lo que les hubiera costado la orden.
Una de las condiciones para que la desobediencia sea delito es que previamente se haya informado al ciudadano de que puede cometer delito si sigue desobedeciendo.
¿Cómo informo la policía de ese hecho con la puerta cerrada? A gritos?
Sabes la gracia? Que si ocurre al revés, es juez es bueno. La última detención de dos policías en Linares terminó con que el juez de instrucción los mandó a prisión, luego la Audiencia los pone en libertad y sabes quién es el malo? Pues la Audiencia. Esto no quiere decir que no vayan a ser juzgados ni que lo que hicieron esté mal, se habla sobre el meterlos en prisión o no. Para que quede clarito que luego veo los comentarios diciendo que yo estoy a favor de la actuación de esos dos.
La jurisprudencia exige estos requisitos para poder realizar una entrada domiciliaria válida, por razones de flagrancia: a) inmediatez del hecho, es decir, que se está realizando o se acaba de cometer, b) relación entre delincuente y hecho delictivo, c) percepción directa y no presuntiva, d) necesidad de intervención urgente para evitar la consumación del delito o la desaparición de los efectos del mismo (Sentencias del Tribunal Supremo 701/2005, de 6 de junio, Rec. 2617/2003 y STS 40/2001, de 16 de enero, Rec. 1578/1999).
guiasjuridicas.wolterskluwer.es/Content/Documento.aspx?params=H4sIAAAA
Otra cosa es, que en este caso, según el atestado no se trata de un domiciliio, sino de un piso alquilado para hacer fiestas, y según el atestado identificado como piso turistico en la puerta.... ahí ya, se me escapa si se puede considerar "domicilio" para aplicar la inviolabilidad sin una orden judicial
Ya lo dijeron por aquí, no sabes cómo ha sido todo, solamente un vídeo y de una de las partes.
Y segundo, no he dicho que esté a favor o no de la actuación, sino que el policía no ha entrado por una infracción administrativa, sino por lo que ÉL considera que es un delito y que el juez le dará o no la razón.
Por no hablar de otros comentarios que dicen que no se puede entrar en un domicilio ya sea por un delito o falta. Yo creo que algunos no es que les haga falta entender, sino como mínimo, leer.
Se puede entrar en una vivienda cuando se produzca un delito? SI, pero ha de ser flagrante. Este es el caso? para el policía SI por desobediencia grave, es correcto? pues lo determinará el juez. NADA MÁS.
www.elperiodicodearagon.com/noticias/aragon/policia-local-tauste-aguar
Que para el policía puede haber sido un delito pero dicho delito no ser justificado y además que se puede entrar en una vivienda por delito flagrante (aunque este no lo sea) ya que hay quien está diciendo que en una vivienda no se puede entrar por un delito (por no hablar de los que dicen que el policía ha entrado por una infracción, cuando eso sí que no es así).
Y no, el negarse a identificarse no es motivo para que entre la policía en la casa.
En este caso, como he puesto en #180 no se cumplen esos requisitos de "delito flagrante" por lo que la actuación a ese respecto está mal hecha (es más, considerar que la desobediencia grave fuese delito flagrante, llevaria al absurdo de que con pedir entrar en cualquier domicilio y que se lo negasen, podrian entrar sin orden judicial, ya que fuese el que fuese el motivo para querer entrar, no entrarian por ese, sino por la desobediencia....
Cosa distinta es que ese piso constituya o no "domicilio" ya que como he dicho, según el atestado estaba identificado como piso turistico y ponen que se alquilaba para fiestas....
Cada uno que se coma sus marrones.
Y gracias por lo que has puesto porque deja las cosas más claras.
Lo que no puedo es decir, me mola el juez y si no opina lo mismo que yo, el tipo es un apestoso. Hay que respetar un poco.