Dos vigilantes de seguridad han detenido este mediodía a un hombre en la estación de Cercanías de Móstoles Central por supuestamente no acreditar que venía de trabajar, como él alegaba entre gritos, según se ha visto en un vídeo publicado en redes sociales y que ha generado muchos críticas por la fuerza utilizada en el arresto.
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etiquetas: detención , vigilantes seguridad , documento
A) ¿Los seguratas ahora son agentes de la autoridad?
B) Al final de la noticia queda aclarado que el hombre sí tenía el documento y en cambio fue detenido por personas de seguridad privada, ¿esto es legal?
Los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad deberán jurar o prometer acatamiento a la Constitución como norma fundamental del Estado.
Solo nos faltaba eso, paramilitares.
PD: Y la señora con sus dos cojones. Mis respetos.
En esta noticia:
www.elespanol.com/espana/20200315/decreto-definitivo-estado-alarma-cor
Pone que los seguratas estarán a las órdenes del ministerio pero los que son agentes de la autoridad son los militares pero no dice nada de los de seguridad privada.
Y dudo mucho que si no tuviera dicho papel la policia le dejase irse sin denuncia ni nada.
(lo pone en el artículo que tú mismo has enviado)
B) no debería serlo, pero parece que sí.
Joder, pues que quieres que te diga... a mi me da miedo que un puto segurata tenga ese estatus, la verdad
Teniendo en cuenta que la supuesta acreditacion no es obligatoria y que es la policia quien puede pedirte todo tipo de informacion pero no hay (todavia) obligacion de portar dicho documento... me da que la denuncia que se pueden comer los vigilantes es de ordago
Y tampoco veo por ningun sitio que magicamente los vigilantes de seguridad tengan el estatus de agentes de la autoridad. Deben colaborar con las FFSSAA siempre que ellos lo requieran, pero no parece que su estatus haya cambiado por la cuarentena
Saludos
Mira este párrafo del BOE que enlazas:
A partir de ahí, se establece un conjunto de controles e intervenciones administrativas que condicionan el ejercicio de las actividades de seguridad por los particulares. Ello significa que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad han de estar permanentemente presentes en el desarrollo de las actividades privadas de seguridad, conociendo la información trascendente para la seguridad pública que en las mismas se genera y actuando con protagonismo indiscutible, siempre que tales actividades detecten el acaecimiento de hechos delictivos o que puedan afectar a la seguridad ciudadana.
Saludos!!
Puede trabajar donde le de la gana.
El RD del Estado de Alarma no cambia tampoco su consideración, siguen sin ser agentes de la autoridad aunque puedan estar a disposición del mando único de Interior, y sólo en caso de que ese mando se concrete en algún servicio explícito tendrían la consideración de agentes de la autoridad.
Pero bueno, si el sindicato este miente, ya tardan en enmendarles la plana. A ellos y a los seguratas.
Salvo en los casos expresamente previstos en esta ley y lo que se determine reglamentariamente atendiendo a las especiales características de determinados servicios de seguridad privada, los vigilantes de seguridad ejercerán sus funciones en el interior de los inmuebles o de las propiedades de cuya vigilancia estuvieran encargados.
Ahora me explicas lo de ir a por la Señora, y no, no se les ha autorizado a actuar fuera de los recintos.
Saludos.
noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/526996-l-5-2014-de-4-abr-segur
Artículo 31 Protección jurídica de agente de la autoridad
Se considerarán agresiones y desobediencias a agentes de la autoridad las que se cometan contra el personal de seguridad privada, debidamente identificado, cuando desarrolle actividades de seguridad privada en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
Artículo 32
D
En relación con el objeto de su protección o de su actuación, detener y poner inmediatamente a disposición de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad competentes a los delincuentes y los instrumentos, efectos y pruebas de los delitos, así como denunciar a quienes cometan infracciones administrativas. No podrán proceder al interrogatorio de aquéllos, si bien no se considerará como tal la anotación de sus datos personales para su comunicación a las autoridades.
#23
Según a explicado este vecino a europa press . Solo se confirma lo que dice el vecino. Ni en el vídeo se ve nada ni se dice me ningún sitio oficial. Y repito no estoy defendiendo a los seguratas.
Todo eso ha visto el vecino desde lejos
La ley del "todo vale" Marcial.
La comprensión lectora no es lo vuestro, por eso sois seguratas y no abogados.
Minutos después, según ha explicado a Europa Press este vecino, la Policía llegó al lugar y el hombre pudo enseñar su documentación laboral. A continuación, ha acudido al hospital para certificar posibles lesiones y a la comisaría para denunciar los hechos.
PD Sensacionalista
son seguratas privados, no policias. su mision es controlar la zona en la que estan contratados y evitar accesos indebidos o daños a la propiedad, no otras cosas qeu no son de su competencia.
Por favor difundid!!
Protección Civil, que hace años recuerdo que iban chavales que, si bien no estaban diagnosticados, no eran los cuchillos más afilados del cajón.
Pues de ahí los hay que se vienen arriba.
No quiero ser abogado del diablo, pero no queda aclarado nada en la noticia . Es lo que dice el que graba. Un electricista puede salir a lo mejor a una emergencia pero no ha hacer una ñapa. Queda acreditada la factura de esa emergencia?
Y que coste que no defiendo a los seguratas sino que no me gusta que porque lo diga un testigo a un periódico sea prueba irrefutable.
PD: en el vídeo no se ve todo lo que dice la testigo, entre pensando que el vídeo iba a mostrar algo, pero solo se ve al tío en el suelo. El audio no me va, decirme si aclara algo más allá de lo que pueda decir la mujer.
Que yo sepa no han prohibido trabajar excepto a quienes están cara al público, este hombre si trabaja de electricista puede desplazarse hasta su lugar de trabajo se emergencia, o sea a cambiar una bombilla.
Otra cosa es que moralmente quizás no debiere
www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2020-3694
Yo al menos no lo he encontrado en el decreto que les atañe, simplemente dice lo que ya es sabido, que están a servicio de la policía y coordinados por el mando único. Pero nada de que pasen a ser autoridad, es mas de hecho, ellos mismos se retienen de tocar un pelo a la mujer que estaba en la acera de enfrente, me da que esos dos se enfrentan a una buena si la policía municipal no convence al pobre transeúnte de retirar la denuncia.
www.meneame.net/story/puedo-ir-bicicleta-trabajar-sin-miedo/c015#c-15
www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2014-3649
www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1995-608
Y teniendo un documento, que tenia pero no le dejaron sacar hasta que vino la policía de verdad, el "mis cojones por delante" estaría justificado, "yo tengo un documento legal que me permite estar aquí, y tu no eres NADIE para decirme NADA", y tendría tooooda la razón del mundo.
El video que esta en la noticia al menos, el hombre aparece tumbado en el suelo con uno de seguridad encima y cuando se levanta con ayuda de los de seguridad se ve que ya esta esposado.
Yo por si acaso siempre tomo la maxima del principo de inocencia hasta que se demuestre lo contrario.
Yo no veo nada especialmente sancionable de inicio por parte del trabajador, y si que veo un forcejeo y abuso de fuerza por parte del personal de seguridad que parece innecesario al estar la persona ya esposada a la espalda.
Que puede hacer, que peligro es para los de seguridad en esa situacion? Salir corriendo como mucho y duraria 50m. la carrera como mucho. Si un solo agente, con una persona esposada a la espalda y otro agente de apoyo no es capaz de tenerla controlada sin tener que liarse a mamporrazos, mejor que se dediquen a otra cosa, porteros de discotecas por ejemplo .
Un deber sí obliga a hacerlo.
Solo espero que a esos dos cenutrios se le puedan pedir responsabilidades.
Par de hijos de puta.
No tengo intención de discutir, quien quiera puede informarse con lo que he enviado.
Hasta otra.
/Admisiblemente, tampoco vemos el inicio del asunto en el video.