El Tribunal Supremo ha desestimado este jueves la medida cautelarísima presentada por la defensa de Oriol Junqueras donde se pedía la suspensión del acuerdo de la Junta Electoral Central que anuló su mandato como eurodiputado. Según avanzan fuentes jurídicas a EL MUNDO, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal ha decidido rechazar la medida de urgencia solicitada por el líder de ERC en base a que Junqueras está condenado en sentencia firme a trece años de prisión e inhabilitación para cargo público.
|
etiquetas: supremo , junqueras , suspensión , acuerdo , junta , electoral
eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=LEGISSUM:l14552
Plazo para la consulta y la suspensión de los procedimientos nacionales
Se debe realizar una consulta tan pronto como quede claro que la decisión del TJUE es necesaria para que un tribunal nacional pueda dictar sentencia y cuando pueda definir con suficiente detalle el contexto jurídico y fáctico del caso y las cuestiones jurídicas que plantea.
El procedimiento nacional debe suspenderse hasta que el TJUE haya emitido su fallo.
Repetir una falsedad no la convierte en realidad.
Es la hostia de Europa acercándose
Vamos, que dicen que el TJUE ha sacado la sentencia tarde.
A ver ahora.
Saben que al final Estrasburgo les va a enmendar, pero de mientras lo mantienen en prisión, porque no buscan justicia, buscan venganza.
twitter.com/JUc3m/status/1215215329586139144
Otro jurista señala que lo que debería hacer el Tribunal Supremo es separar pieza sobre Junqueras, indicar que no hace falta suplicatorio para dictar sentencia en aplicación de la legislación nacional, suspender la ejecución de la pena de inhabilitación, y comunicarlo al Europarlamento.
Todo esto, por supuesto, sin ninguna clase de certezas. Por ahora, el pronunciamiento es sobre medidas cautelares, no sobre el fondo.
Yo no soy independentista ni simpatizo nada con ellos, pero nada de nada, vivo en Huesca y la zona de la franja lo esta sufriendo, pero hay que ser críticos con la chapuza generalizada que parece ser todo este proceso judicial. Esos que dicen querer tanto a España están dispuestos a dejar en ridículo sus instituciones solo por prisas y chapuzas y eso no lo veo ni medio normal.
El Parlamento Europeo ya les ha dicho bien claro lo que opina sobre la inhabilitación de la JEC: Que Junqueras es europarlamentario desde el 2 de julio de 2019. Ahora también es Presidente y portavoz de ALE y Vice-presidente del grupo Los Verdes-ALE en el Parlamento Europeo.
Si el Supremo se piensa que el Parlamento Europeo se va a quedar cruzado de brazos cuando vea que el portavoz de un Grupo Parlamentario de la cámara está en la cárcel están muy equivocados. Sassoli ya se lo advirtió pero parece que han decidido hace caso omiso.
Por otra parte, se puede deducir del objeto de la inmunidad parlamentaria que ésta ha de extenderse al conjunto del mandato temporal del diputado, tanto si se trata de la incoación de un procedimiento penal como de resoluciones de un juez de instrucción, de medidas de ejecución de sentencias ya dictadas o de recursos de apelación o de casación
Es decir, que se puede interpretar que una condena en firme no impide adquirir la condición de eurodiputado, y lo que procedería es la suspensión de la ejecución de la sentencia, que no la anulación de la misma. Entre unas normativas y otras no hay certeza absoluta ninguna.
En el momento en que un jugador saca el comodín del TJUE, las reglas del juego marcan que todo se para hasta que el TJUE decida contestar. El TS se salto las reglas, siendo él el que sacó el comodin.
Y visto que el procedimiento está en las leyes de la UE, véase #31 , el TJUE puede actuar al respecto y dictar que el TS tiene que invalidar toda decisión tomada, al menos, después de la presentación de la cuestión prejudicial.
www.youtube.com/watch?v=BqB29la0vC4
De ahí la inestabilidad e incoherencia del actual gobierno.
<Se debe realizar una consulta tan pronto como quede claro que la decisión del TJUE es necesaria para que un tribunal nacional pueda dictar sentencia>
Era necesaria la respuesta del TJUE para dictar sentencia?? NO
Porque la consulta era únicamente relativa a la prisión provisional, que no impide de ninguna forma dictar sentencia (y como dice #80 ni siquiera era sobre la prisión provisional).
La decisión del TJUE no era necesaria para dictar sentencia.
www.meneame.net/story/junta-electoral-cierra-junqueras-recogida-acta-e
@malversan
Más que si sale o no de prisión, creo que lo que está en juego es el tema de que se pueda mantener la inhabilitación.
Mismo enlace de antes, que tú has interpretado como te ha salido de los huevos para poder seguir dando vueltas alrededor del tema y así evitar el tema:
La Eurocámara dice en un informe que Puigdemont deberá recoger el acta de eurodiputado en Madrid para tener inmunidad
--
[...]El informe legal apunta que un candidato puede concurrir a las elecciones europeas aunque pese sobre él una orden de detención nacional en España, pero que "su presencia en Madrid (sede de la Junta Electoral Central) es obligatoria para acatar la Constitución española y poder ser incluido en la lista comunicada por las autoridades españolas al Parlamento europeo"
--
Leer más: www.europapress.es/nacional/noticia-eurocamara-dice-informe-puigdemont
No sólo dicen que no esté en la lista, también dicen que para estar en la lista hay que ir obligatoriamente a Madrid a jurar la Constitución.
El Parlamento Europeo dice que es obligatorio ir a Madrid para estar en la lista, que es lo mismo opinaba la JEC.
En consecuencia, no está en la lista, no le reconocen como eurodiputado. En consecuencia, si no es eurodiputado, no van a pensar que tuviera inmunidad por ser eurodiputado.
Por eso le cerraron la puerta en las narices, hasta que el TJUE dijo que se es eurodiputado desde que se publican los resultados electorales, y entonces es cuando le han dejado pasar.
Es 2+2. Son hechos constatados y constatables.
Sigue huyendo. No puedes ser más sectario. No me creo que no lo entiendas. Pero la insistencia en negar algo tan sumamente obvio ya es cansina.
Si no pensaban que fuera eurodiputado, obviamente tampoco iban a pensar que tuviera inmunidad por ser algo que no creen que es.
Y como ya me he cansado de tu sectarismo y de que te empeñes en negar algo tan evidente, te vas al ignore y dejo de perder el tiempo, que ya son varias ocasiones que me has hecho lo mismo. No se puede hablar con una persona que niega hechos objetivos y se dedica a dar vueltas sin sentido con la única intención de no aceptarlos.
El TC ya consiguió el respaldo del TEDH sobre la suspensión del pleno de la DUI. Pero todas esas batallitas se irán librando con el tiempo.
Repetir una falsedad no la convierte en realidad.
Dónde quedó aquello de todos somos iguales ante la ley? Qué persona de izquierdas puede defender los privilegios de la casta?
La verdad es que si esta lucha está tan perdida, no entiendo la motivación de no tener en cuenta la legislación.
De todas maneras, me da la sensación que todo esto no es tan simple, de ahí que haya tantos "expertos" y juristas internacionales discutiendo el asunto.
¿No? ¿entonces que condiciones se tienen que dar para que una respuesta del TJUE sea necesaria en una sentencia?
Yo entiendo que si la respuesta del TJUE directamente afecta a la aplicación de una sentencia, es de lógica que se necesite conocer la respuesta para saber si tiene se puede sentenciar.
Ellos mismos lo reconocen al decir que es por haberse dado tarde el motivo por el que se desestima, por lo que se entiende que la respuesta del TJUE habría invalidado la sentencia si hubieran esperado. Eso implica que la respuesta del TJUE influye directamente y es claramente relevante en el proceso.
Si, aquí es donde se defiende a jueces o payasos prevaricadores que están dando un golpe de Estado a Estrasburgo con pistolas de agua.
A sabiendas.
Ponle tu nombre a eso.
Fíjate en las fechas y contrasta con los intentos.de investidura.
El TJUE no se lo pudo poner más fácil: Lo sueltan y piden el suplicatorio, se concede y resentencian. Listo.
Todo esto quien beneficia es a Puigdemont. Le da argumentos para justificar en europa una persecución política..... peligrando futuras euroórdenes e incluso el propio suplicatorio.
Pero eso no les importa lo más mínimo..Cuanto peor, mejor. El suyo. Beneficio político.
A no ser que todos los detalles no estén tan claros y estemos reduciendo al mínimo algo que no puede ser reducido al mínimo tan fácilmente.
Sobre todo cuando la sentencia del TJUE se refiere exclusivamente a la prisión provisiónal (por evidente posibilidad de fuga), algo que acabó hace unos meses ya, ahora lo que tenemos es una sentencia firme.
El TJUE se debe pronunciar otra vez, pero ahora reifiriéndose a esta sentencia firme????
Creo que #100 aclara algún detalle.
No sé, me da que el Junqueras lo va a tener jodido. Este asunto no es fácil en absoluto.
El Supremo saltándose las sentencias del TJUE... Saltándose la ley Europea... Esperemos que algun día sean juzgados por sus delitos también y su rebelión también.
El tema fue que, se le asignó prision provisional por el evidente hecho de que pudiera fugarse. Nadie prohibe esa prisión provisional, ya que es una decisión tomada antes de las elecciones europeas y basada en la legislación soberana del país y aceptada por el grupo de la eurozona.
Pero el hecho de que, una vez conocido el resultado de las europeas, había que valorar si esa prisión provisional se mantiene, el tiempo que dure la recogida del acta sea donde sea (que seguramente que si no fuera en España, el riesgo de fuga era claro) y supuestamente Junqueras tendría que volver a prisión hasta que se dictara sentencia. Ya que el tema de inmunidad, si no estoy equivocado, aún sería dependiente del país en qué se aplica y en qué no.
Lo que ocurre es que la decisión del TJUE fue con la sentencia ya dictada, por tanto ahora el TS usa como argumento que con sentencia ya aplicándose, no aplica la comunicada por el TJUE referida a la prisión provisional.
Entiendo que ahora hay que consultar otra vez al TJUE para ver cómo actuar, ya con sentencia firme, para ir a recoger el acta???
Pues si es así, lo que digo ya en #4, a ver ahora.
Es un europarlamentario electo. No solo están violando los derechos de Junqueras, si no el de todos sus electores a.una representación.
Procedimiento que era imposible de seguir porque no era conocido,
Eso es falso. No era "imposble". Simplemente no se quiso. Si planteas una cuestión prejudicial debes esperar la respuesta antes de continuar con el juicio.
Y eso se demuestra con el hecho de que el Parlamemto Europeo los reconoce como Eurodiputados
Pues no lo ha hecho, así que a seguir esperando.
O no está de acuerdo?
Lo que no se ha entendido es que es un tema que está por encima del caso concreto de Junqueras.
El Parlamento Europeo no puede permitir eso porque sentaría un peligroso precedente hacia los estados miembros que quisieran impedir que un europarlamentario disidente llegara al Parlamento Europeo. Es una cuestión de principios que no tiene nada que ver con el independentismo ni nada por el estilo.
Según el TJUE lo que se debió suspender era su prisión provisional, no habla de que se detuviera el juicio o no pudiera ser sentenciado. De momento eso es todo lo que hay. Si algún día el TJUE dice que tampoco podía ser juzgado, entonces habrá que ver si se anula la sentencia sobre Oriol Junqueras, pero de momento no lo ha hecho.
Sin duda ahora tiene más opciones de que se le reconozca eso en el futuro, pero de momento no se ha hecho.
Yo es que tres negaciones en un mismo titular ya se me hacen bola.
Eso lleva directamente a una causa en Estrasburgo por violación de derechos fundamentales.
Ante la duda, deben prevalecer los derechos fundamentales.