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El Supremo rechaza suspender de urgencia el acuerdo de la Junta Electoral que inhabilitó a Junqueras

El Supremo rechaza suspender de urgencia el acuerdo de la Junta Electoral que inhabilitó a Junqueras

El Tribunal Supremo ha desestimado este jueves la medida cautelarísima presentada por la defensa de Oriol Junqueras donde se pedía la suspensión del acuerdo de la Junta Electoral Central que anuló su mandato como eurodiputado. Según avanzan fuentes jurídicas a EL MUNDO, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal ha decidido rechazar la medida de urgencia solicitada por el líder de ERC en base a que Junqueras está condenado en sentencia firme a trece años de prisión e inhabilitación para cargo público.

| etiquetas: supremo , junqueras , suspensión , acuerdo , junta , electoral
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  1. #150 No había absolutamente ningún riesgo....

    Pero empieza a haberlo. A VOX le vendría genial ( intento irracionalmente no meter ahí al PP )
  2. #184 Hostias, llevamos algunas. Empezando con Otegi
  3. #172 A la representación política de los electores, por ejemplo.
  4. #197 Lee la sentencia
  5. #195 Porque la JEC no lo puso en la lista.
  6. #189 ????

    Se ha pronunciado el TS sobre el alcance de.la inmunidad?
  7. #206 Porque no vino a recoger su acta a Madrid.
  8. #189 Me equivoqué en la referencia.

    Tu post no tiene ni pies ni cabeza en relación al que se supone que contesta...
  9. #208 No. Falso.

    La JEC no lo incluyó en la lista porque no vino a Madrid. El PE no le dejó entrar (a Puigdemont) porque no estaba en la lista.

    Es un Parlamento, no un juzgado
  10. #168 me parece que en este caso no va a hacer falta pedirlo.
  11. #180 Que el TS prevarica lo digo yo, pero no te preocupes que nadie los juzgará porque este Tribunal no rinde cuentas a nadie... bueno a los que les designan los políticos, en este caso del PP.

    Sobre que tengo que entender derecho, pues los jueces europeos debe ser que tampoco entienden las sentencias del Supremo porque por aquí listo toooodas las condenas que ha recibido en los últimos años:

    El Supremo anula la sentencia que condenó a Juan María Atutxa por desobediencia hace 11 años
    El Alto Tribunal aplica la sentencia de Estrasburgo de 2017 también para los ex parlamentarios Gorka Knörr y Kontxi Bilbao

    www.elmundo.es/espana/2019/10/29/5db86dc4fc6c83274d8b4594.html

    Estrasburgo condena a España por no admitir los recursos de dos etarras
    www.hoy.es/nacional/corte-estrasburgo-condena-espana-eta-2019112610412

    Estrasburgo condena a España por el juicio a Gómez de Liaño
    www.laopinioncoruna.es/espana/2008/07/23/estrasburgo-condena-espana-ju

    Estrasburgo multa a España por vulnerar la libertad de expresión de Otegi
    www.libertaddigital.com/nacional/el-tribunal-de-derechos-humanos-multa

    Sigo?? Supongo que los jueces europeos deberán estudiar derecho más, o quizás es que se les ha olvidado estudiar el derecho español que es tan diferente del de las democracias serias.

    Y no te preocupes, la condena a España por el procés llegará... como tantas otras... paciencia.
  12. #210 xD

    Mismo enlace de antes, que tú has interpretado como te ha salido de los huevos para poder seguir dando vueltas alrededor del tema y así evitar el tema:

    La Eurocámara dice en un informe que Puigdemont deberá recoger el acta de eurodiputado en Madrid para tener inmunidad

    --
    [...]El informe legal apunta que un candidato puede concurrir a las elecciones europeas aunque pese sobre él una orden de detención nacional en España, pero que "su presencia en Madrid (sede de la Junta Electoral Central) es obligatoria para acatar la Constitución española y poder ser incluido en la lista comunicada por las autoridades españolas al Parlamento europeo"

    --

    Leer más: www.europapress.es/nacional/noticia-eurocamara-dice-informe-puigdemont


    No sólo dicen que no esté en la lista, también dicen que para estar en la lista hay que ir obligatoriamente a Madrid a jurar la Constitución.
  13. #31 en este caso no era necesario para dictar sentencia
  14. #6 lo es, además le han denegado la cautelarísima.
  15. #213 Justo lo que estoy diciendo: Para estar en la lista

    No pone ni "para ser eurodiputado" o "para tener inmunidad".

    Ya lo leiste. Ahora piensa 5 minutos a ver si lo pillas...
  16. #16 El PE no ha dicho nada a la JEC porque ésta todavía no le ha notificado nada al PE.
  17. #211 Eso es que creen.

    Veremos a costa de qué. Ya sabemos que ellos están por encima del bien y del mal.
  18. #216 Pero es que va todo junto.

    El Parlamento Europeo dice que es obligatorio ir a Madrid para estar en la lista, que es lo mismo opinaba la JEC.

    En consecuencia, no está en la lista, no le reconocen como eurodiputado. En consecuencia, si no es eurodiputado, no van a pensar que tuviera inmunidad por ser eurodiputado.

    Por eso le cerraron la puerta en las narices, hasta que el TJUE dijo que se es eurodiputado desde que se publican los resultados electorales, y entonces es cuando le han dejado pasar.

    Es 2+2. Son hechos constatados y constatables.

    Sigue huyendo. No puedes ser más sectario. No me creo que no lo entiendas. Pero la insistencia en negar algo tan sumamente obvio ya es cansina.
  19. #214 Por supuesto, porque el fallo del TJUE podía implicar que Junqueras tuviera derecho al aforo y por lo tanto fuera necesario el suplicatorio para continuar con el juicio.

    El TJUE ha dicho que Junqueras era eurodiputado en junio, por lo que procedía pedir el suplicatorio.

    El desconocimiento de la ley no excluye del deber de cumplirla, es de suponer que la mala interpretación por parte de un magistrado tampoco le excluya del deber de cumplirla.
  20. Yo creo que el galimatías legal es de gran calibre,a cualquier argumentación en un sentido se puede oponer una contraargumentación en el sentido contrario, no hay más que ver los posts anteriores.
    Ante esto, yo creo que el TS debería de ser pragmático:
    - Se declara nulo el juicio al Junqueras con cualquier pretexto,después del invento de la doctrina Botín está claro que el TS tiene superpoderes, incluso para plegar el espacio-tiempo.
    - Se pide el suplicatorio para procesarle a el y a los otros 2.
    - Puede que Europa lo de o no lo de.
    - Si no la dan, España ya sabría a que atenerse en las decisiones de temas relevantes de la UE que son por unanimidad. Y me imagino que la costa de Levante terminaría convertida en un nido de delincuentes belgas y holandeses.
    - Si la dan, se pide la extradición de puchi y el otro, Bélgica la tendría que dar si o si, se les condena a los 3 por rebelión en vez de por sedición, se les mete 25 años y a otra cosa mariposa,que el país lleva 3 años parado con esta mierda.
  21. #219 Pero es que va todo junto
    No. No va junto

    En consecuencia, no está en la lista
    Exacto

    no le reconocen como eurodiputado
    Normal. Es un Parlamento, no un juzgado. Se atienen a las decisiones judiciales.

    En consecuencia, si no es eurodiputado
    ERROR. La JEC ha dejado más que claro que SI era y ES eurodiputado

    no van a pensar que tuviera inmunidad por ser eurodiputado.
    ¿ El Parlamento Europeo ?. El PE la cuestión de si es inmune o no no le afecta. Eso es asunto del TS, que fué el que elevó una consulta.

    Y no esperó por la respuesta, que concluyó que SI. Que era inmune.

    Si, 2+2 en sistema decimal es 4. No me extraña que no te hayas aventurado a poner la respuesta...

    Y busca "sectario" en el diccionario.
  22. #222 No está en la lista porque según la opinión del departamento jurídico del Parlamento Europeo era obligatorio ir antes a Madrid a jurar la Constitución.

    Si no pensaban que fuera eurodiputado, obviamente tampoco iban a pensar que tuviera inmunidad por ser algo que no creen que es.

    Y como ya me he cansado de tu sectarismo y de que te empeñes en negar algo tan evidente, te vas al ignore y dejo de perder el tiempo, que ya son varias ocasiones que me has hecho lo mismo. No se puede hablar con una persona que niega hechos objetivos y se dedica a dar vueltas sin sentido con la única intención de no aceptarlos.
  23. #218 es que no es competencia del PE juzgar sentencias ni competir con las justicias nacionales
  24. #203 Pues como todos los países de la UE.
    Y España está dentro de la media.

    Las estadísticas de sentencias anuales del TJUE y del TEDH son públicas.
  25. #225 Cierto. Que más da tres o cuatro hostias más....?

    Esa.es.la.filosofía.
  26. #224 Exacto. No lo hace.
    Pero hay una sentencia del TJUE que tiene que acatar
  27. #227 también es cierto que como dicen el juicio terminó justo antes de ser elegido eurodiputado, así que no aplica
  28. Ya te dije desde el minuto uno que si. Que no estaba en la lista precisamente por eso.


    Si no pensaban que fuera eurodiputado,

    Como muy bien dice #224, ni pensaban.ni dejaban de pensar. Acataban. Y lo suyo era atender a la lista remitida por la JEC. Pero Junqueras y Puigdemont ERAN (y son) eurodiputados según ha informado el TJUE. No es competencia del parlamento europeo dilucidar ni si son parlamentarios o no, ni si son inmunes.

    El uso del ignore es una potestad individual de la plataforma. Que lo disfrutes.
  29. #226 Por cierto, la sentencia del TJUE es una respuesta a una pregunta del TS para aclarar la normativa europea, no es ninguna sentencia condenatoria.
  30. #228 El juicio si.. El proceso penal, no.
    El proceso penal finaliza con la emisión de la sentencia.
  31. #230 Exactamente.
    Y como tal, aclara los puntos que tiene que tener en consideración el TS a la hora de procesar a los eurodiputados, no solo a Junqueras.

    El TS ha incumplido la normativa europea. Y sigue haciéndolo...
  32. #124 Pero cuando se preguntó al TJUE se dijo que su respuesta tendría eficacia tanto si era prisión preventiva como penado. Entonces... Si ya se dijo que en cualquiera de los dos casos se tendría en cuenta pq ahora se alude a que ya está penado (sentencia firme) para no actar el TJUE?
  33. #231 bueno, pues si consideramos el proceso penal entero, también podrían haber contestado antes de que terminara el proceso penal.

    El informe tiene dos cuartillas, frente a una sentencia a más de 10 juzgados :-D
  34. #148 Pues lo que digo en #233 ... no?
  35. #234 Eh???

    Si elevas una consulta, debes paralizar el proceso penal y esperar respuesta.
  36. #236 en caso de tener algún eurodiputado electo que no ha tomado posesión.

    Pero no era el caso, no había ninguno xD
  37. #31 La inmunidad (posterior en tiempo a los hechos juzgados) no define de manera alguna los hechos y el contexto jurídico de los mismos. De hecho en la sentencia se rechaza la reapertura de juicio oral por "no ser el hecho nuevo determinante"
  38. #217 Si lo ha notificado y el Parlamento Europeo ha pasado de ellos, como es lo normal despues de una sentencia del TSJUE.

    "El presidente de la Junta Electoral Central (JEC), el magistrado Antonio Jesús Fonseca Herrero, ha asegurado este martes que el organismo arbitral envió el pasado 3 de enero a dos direcciones electrónicas del Parlamento Europeo la notificación con la resolución por la que se inhabilitaba al presidente de ERC, Oriol Junqueras, como eurodiputado y que una de ellas fue leída el día 6 por la mañana, antes de que la Eurocámara expidiera la credencial al condenado por el proceso independentista"

    www.europapress.es/nacional/noticia-jec-asegura-parlamento-europeo-con
  39. #124 Pues siguen luchando una batalla tan clara porque es una huída hacia adelante y la UE tarda tiempo y tiene unos recursos legales limitados.

    Este juicio está anulado en el TEDH por evidente parcialidad de los juzgadores. Cada vez que hacen una de esta suman puntos. Pero tardará tiempo, años. A eso juegan, a que se jodan. Y luego por prevaricación solo se pueden juzgar ellos a si mismo. Así que pueden prevaricar, presuntamente por imperativo legal, todo lo que les de la gana que nunca se condenarán.

    Y por cierto, podría aclarar la doctrina al ver lo que ha pasado, en la respuesta a Puigdemont y Comin.
  40. #127 Si lo ha hecho, implícitamente. Quizás por un cierto respeto institucional. Pero por lo visto hoy parece que tendrá que saltarse el respeto y hacerlo explícitamente. Y lo hará.

    Ya son más de dos años y ni una ha ganado en Europa el supremo. Y el ridículo lo ha hecho un rato largo.
  41. #69 La consulta era relativa a la provisional o definitiva y quedó bien claro que afectaría en cualquier condición en que se encontrase Junqueras.  media
  42. #232 ¿Qué punto de la normativa europea incumplen?

    ¿Has estudiado la normativa del PE para hacer tal afirmación?
  43. #243 Ha incumplido.el.pedir.suplicatorio.para la.prisión provisional
  44. #13 El Parlamento Europeo hara lo que marca la legislación. Como Junqueras es Eurodiputado desde el 13 de junio, solo puede retirar la condición de Eurodíputado una vez aprobado el suplicatorio.

    Y el supremo no puede pedir el suplicatorio, si no reconoce la condición de eurodiputado. No puede decir que no es eurodiputado y al mismo tiempo pedir un suplicatorio.
  45. #241 Los que necesitan ganar batallas en Europa son los condenados, y de momento aparte de los juegos legales de Puigdemont y ahora el intentar acogerse algunos de ellos a la inmunidad que les otorgaría el ser eurodiputados, poco han conseguido. De hecho, se han llevado más rapapolvos que alegrías.

    El TC ya consiguió el respaldo del TEDH sobre la suspensión del pleno de la DUI. Pero todas esas batallitas se irán librando con el tiempo.
  46. #9 El TJUE dijo que correspondía al TS decidir sobre la inmunidad, o sea, que no te hagas tantas pajas mentales
  47. #244 Junqueras ya estaba detenido y procesado cuando se publicaron los resultados de las elecciones europeas.
  48. #246, el Parlamento y demás instituciones europeas se están dando cuenta que la justicia española es un cachondeo, por ese motivo no hará caso de lo que diga el supremo por mucho que en Españistán estén diciendo falsamente que el TJUE dijo que el TS puede hacer lo que le de la gana con Junqueras. Lo más divertido es que así se llevarán todavía más hostias.
  49. #245, el mismo vicepresidente de España y varios ministros admiten que en España se encarcela opositores y que hay presos políticos.

    twitter.com/pablo_iglesias_/status/926118875275694081?lang=ca
  50. #85 quizás es que tu argumentación es sesgada... inténtalo de nuevo.
  51. #121 dicen desde australia que otra ostia más como esta y se apaga todo lo quemado.
  52. #249 Procesado, no. El proceso finaliza con la sentencia
  53. #79 #109 El in dubio pro reo se lo han saltado a la torera.

    Yo estoy convencido que al final se invalidada el proceso ya sea en el TJUE o en el TEDH y haremos el ridículo mayúsculo. Pero la derecha quedará satisfecha por eso de "que les quiten lo bailao"
  54. #254 ¿En que doctrina o normativa te basas para hacer esa afirmación y contradecir al TS?
  55. #212 Tú no puedes decir nada del TS porqué tú no eres autoridad judicial e incluso siéndolo no hay sentencia que lo justifique.
    Por lo tanto, tú no dices nada.
  56. #257 JAJAJA Yo puedo decir lo que me da la gana porque de momento, antes de que los tuyos accedan al poder, vivimos una DEMOCRACIA Y hay LIBERTAD DE EXPRESIÓN.
  57. #259 Que pena que no me puedas fusilar eh??
  58. #118 El comodin del TJUE lo saco junqueras, fueron sus recursos los que acabaron obligando al TS a hacer la consulta, no fue el tribunal de motu propio ni mucho menos.
  59. #115 En general la gente de a pie repitieron como loros el riesgo de fuga pero el juez llarena no, ya que bastaba con mandarles al parlamento con escolta policial para evitar fugas. El juez hablaba del riesgo de reiteracion delictiva, resumiendo, que si ocupaba su escaño había un riesgo de que continuase con sus políticas independentistas, lo que era una reiteracion delictiva según el juez. Por este tipo de argumentos se les ha llamado en ocasiones presos políticos. Podemos sumar ahora la negativa a pedir el suplicatorio, ya es la segunda vez puesto que nunca se pidio cuando eran diputados nacionales, argumentando que estaban siendo juzgados por dar un golpe de estado, decisión que tomó el mismo juez llarena que tan poco imparcial se ha mostrado en este caso.
  60. #69 Que el juicio es nulo por no haber pedido el preceptivo suplicatorio, si es nulo debe volver a solicitarse una prison provisional por parte de un juez que lleve el caso, que no pueden ser ninguno de los que lo han llevado hasta ahora. Por tanto no está ni condenado ni procesado, ni anulado, ni libre, está preso sin justificación
  61. #191 Aparte a marchena le convenia dejar el caso visto para sentencia antes de que le eligiesen diputado, y así lo hizo por escasos días, de ese modo podría argumentar que la inmunidad no opera debido el avanzado estado del caso, como hizo repetidas veces.
  62. #264 Hombre... y los marcianos nos visitan
  63. #242 No hombre, ningún preso sale de la prisión por ser elegido. Y menos aún un condenado en firme.
  64. #256 No se trata del TS, y no estoy contradiciendo al TS. Es algo básico.

    Un enlace cualquiera explicando en que consiste el proceso penal te lo cuenta.
    Por ejemplo:

    almaabogados.com/el-proceso-penal-tipo-sus-fases-caracter-supletorio-d
  65. #268, al vicepresidente de España, te guste o no.
  66. #269 El juicio oral ya había acabado cuando se anunciaron los resultados oficiales de las elecciones.

    Las siguientes fases que pone tu enlace son:
    - Recursos
    - Cumplimiento de la pena

    Ante el TS no hay posibilidad de recursos.

    Y el cumplimiento de la pena es lo que hace que Junqueras no sea Eurodiputado.

    Tu enlace da la razón al TS
  67. #271 El proceso. No "el juicio". La inmunidad atañe al procesamiento. La sentencia es parte del proceso.
  68. #272 El enlace que ponías antes contradice tu argumento.

    Primero defendías que el TJUE daba la inmunidad a Junqueras, ahora quieres saber mejor que los jueces que significa el procesamiento.
  69. #273 El procesamiento penal es como es. Y la sentencia es parte del mismo. Eso NO es discutible.

    De mi enlace anterior, con negritas para los que no saben leer:
    "
    El juicio oral, constituye la verdadera esencia del proceso penal, pues en él se ventilarán las pretensiones de las partes (acusación y defensa) a través de la práctica de las correspondientes pruebas, y concluirá con el dictado de la sentencia en la que el órgano decisor resolverá sobre la culpabilidad o inocencia del acusado y sobre otras pretensiones asociadas. Frente al sumario, se caracteriza por las notas de oralidad y publicidad, junto a principios como los de contradicción, audiencia, inmediación e igualdad de partes."

    Es cierto que en algunos sitios indica la sentencia como una fase posterior al.juicio oral. Pero SIEMPRE es parte del proceso penal.

    Y por supuesto que el TJUE ha dictaminado que Junqueras ES inmune. Hasta el TS lo reconoce
  70. #262 El que presenta la cuestión prejudicial al TJUE es el tribunal. Todo lo demás que dices es irrelevante. Si se presenta una cuestión prejudicial la LEY dice que hay que esperar a su resolución. Blanco y en botella.
  71. #191 le tenía tanto pánico que fue él el que les lanzó la cuestión.
    Curioso.
  72. #10 si siempre da igual lo que se dicte, siempre hacéis la lectura más tendenciosa posible.
  73. #3 no leemos eh!, o peor, leemos pero no queremos entender. Que este tio esta ya condenado y el qe tenia la última palabra (TS) ya la ha dicho.
  74. #276, precisamente lanzó la cuestión a petición de los abogados de la defensa para que no se le acusase de violar los derechos fundamentales de los acusados.
  75. #279 No. Lanzó las consultas tras el recurso de la defensa, pero no "a petición" de esta. Pudieron interpretar ellos mismos la legislación existente, prefirieron consultar.
  76. #235 Ese comentario es posterior al mío. Adivino no soy.
  77. #220 no es desconocimiento de la ley, es que no había jurisprudencia, por eso el TS hizo la consulta al TJUE. De todos modos, como indica el TJUE, es tarea de cada país establecer los límites de la inmunidad parlamentaria, equiparando la de PE a la nacional. En ese caso, como así ha sentenciado, el TS no necesita que se levante la inmunidad para dictar sentencia, ya que cuando Junqueras fue elegido ya había terminado el juicio oral.
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