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Casi todo el mundo sabe que las tasas de delincuencia en Japón son bajas, pero casi nadie sabe como es el castigo, que es de los más duros e inevitables del planeta. Si acabas delante de un tribunal japonés las probabilidades de acabar en la cárcel son más del 99.98%, superando a Arabia Saudí o China. O bien su sistema penal es perfecto, o están encarcelando a un montón de inocentes. Según los trabajadores del sistema, el motivo es que la acusación no inicia el proceso si no tiene la absoluta certeza de conseguir la condena.
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etiquetas: japón , justicia , rare earth
Lo flipante es que el fiscal con las pruebas en la mano pedía 12 años. Sabía que era un hombre inocente y aún así fue a por el seguramente por la presión interna que hay en estos casos.
Perfectamente ella le pudo decir eso y días después el marido pegar a la mujer, con lo que la denuncia ya no la estaría poniendo en falso.
Lógicamente si no hay ninguna prueba de la agresión que denuncia la denunciante, la ley tendría que ser favorable a la persona denunciada, cosa que con la LIVG pues ya tal... por lo de la inversión de la carga de la prueba.
Como puedes ver, si husmeas entre mis comentarios soy una persona muy crítica con la LIVG, pero si el fiscal lleva razón, la lleva.
Gracias a criticar la LIVG y todo lo relacionado con ella me han hecho tanto por internet como en la calle, amigos, familia, etc., votante de vox, machista, maltratador y asesino de mujeres, me han acusado de pegar a mi mujer (soy gay), de ser un violador..., etc., etc.
El otro día sin ir más lejos por criticar parte de esta ley un usuario de esta página me dijo, eso sí con una actidud muy cordial y condescendiente (pasivo-agresiva), que me respetaba por explicar como defendía a los violadores y toda la gente que pensamos igual nos tendrían que desterrar del país, eso sí me respetaba por dejar así de claro lo que pienso al respecto.
En ningún momento hablamos de violaciones, igual lo hicimos de forma accesoria pero de ser así para nada fue algo relevante
Sí, hay gente que está muy mal de lo suyo, que se le va a hacer...
El tema central iba sobre los tocamientos y algo hablamos también sobre las denuncias por violencia de género, pero no sobre violaciones, aunque al parecer para este usuario eran algo muy parecido ya que calificaba a los tocamientos como asalto sexual
Entre otras cosas le estaba diciendo que me parecía excesiva lo que se está condenando ahora por un tocamiento, 8 meses de cárcel y 950€ de multa, vamos que es una condena totalmente exagerada, sale más barato en términos penales, mientras no sea tu pareja o ex-pareja, mandar a una persona al hospital de un golpazo ya que como mucho vas a pagar entre 350€ y 450€ de multa.
También me pidió que "porfa" dejase de ir tocando a las mujeres por la calle sin el consentimiento de ellas.
Le dije que soy gay y me espetó que a ver si los gays tenemos alguna fuerza divina que nos imposibilitaba establecer un contacto físico con una mujer.
Por lo visto según el usuario este también es algo malo y delictivo, ¿asalto sexual, también?, establecer cualquier contacto físico con una mujer.
Por ejemplo cuando le pague a la pescatera le tendré que dejar caer el dinero sobre la mano, no vaya a ser que al darselo en la mano establezca un contacto físico con ella.
En resumen, que no me he perdido nada importante que ver en Japón, que por mucha cosa buena que tenga no significa que sea un país perfecto, como se suele pensar desde Occidente.
La justicia penal japonesa, a examen" . De todas formas aquí queda un enlace: www.nippon.com/es/features/c05401/
No, no es así. Tampoco hace falta exagerar.
Imagina que le dice "te voy a denunciar por pegarme, aunque sea mentira", y acto seguido el otro le pega la paliza de su vida "para que denuncie por algo".
Que hubiera una grabación diciendo eso no significa necesariamente que luego no haya sucedido.
No obstante, con o sin grabación, habría que probarlo.
Iba a decir también que los Tribunales de la Inquisición, pero no, el Santo Oficio si exigia al acusador (delator en este caso) la aportación de alguna prueba contra el judaizante o criptomusulman acusado... y a este nada mas ser apresado se le pedia una lista con las personas que creyera que por enemistad o interés podian haberle denunciado en falso. Y si el delator habia hecho una denuncia en fraude de ley era procesado por el Santo Oficio, ya que habia perjurado.
1) No se admitia la denuncia anónima ni por carta, el denunciante debia presentarse ante el Santo Oficio.
2) El denunciante debía presentar un testimonio razonado y razonable, y debia presentar evidencias. La denuncia siempre era bajo juramento.
3) El Santo Oficio decretaba una investigación secreta antes de proceder contra el reo, si los resultados de esta eran negativos (por ejemplo, que su parroco confirmaba que era buen cristiano, o que nadie mas confirmaba lo denunciado) se podia archivar la causa. Para este menester el Santo Oficio contaba con sus "familiares" que eran personas que habian firmado darle asistencia y que como en tiempos de la STASI en alemania del este, podian ser 1/4 de la población. Era muy dificil que se moviera una mosca en la jurisdicción de una Casa del Santo Oficio sin que se enteraran. Ser "familiar" de la Inquisición tenia grandes ventajas, ya que suponía por un lado tener la protección del Santo Oficio en otros litigios seculares y sobre todo un enjuiciamiento mas suave en caso de ser denunciados.
4) Si el Santo Oficio decidia apresar al denunciado, el primer tramite que se hacia, tras el juramento, era que declarara una lista de las personas que el creyera que podrian estar interesadas en denunciarle en falso. Si en la lista que daba aparecia el denunciante, su caso quedaba suspendido y se apresaba al denunciante.
5) El Santo Oficio tenia bastante mal pronto con los que denunciaban en falso, por lo que le solían aplicar el procedimiento de enjuiciamiento que le habrian reservado al denunciado. Tenia toda la logica, porque al denunciar en falso era un delito de perjurio, por lo que la sala de torturas le esperaba si no reconocia ipso facto el hecho.
Obviamente, tras los titulos y el derecho canonico, la Inquisición era un organo de poder de la Corona y segun quien denunciara o a quien se denunciara la cosa cambiaba y el tribunal podia ser mas flexible o rigido segun conviniera, pero en caso que las partes eran del pueblo llano, se actuaba de esta forma.
En fin, eran tiempos antiguos y brutales, pero precisamente la inquisición fue el primer sistema de enjuiciamiento criminal sistematico de la historia tras la caida del Imperio Romano de Oriente.
PS: El procedimiento de la LIVG, con medidas prejudiciales lesivas al denunciado, con en la practica inversión de la carga de la prueba y eliminación del principio de presuncion de inocencia y del in dubio pro reo yo mas lo comparo con los juicios por ordalía del siglo XII.
Me gusta mucho conocer la percepción extranjera de nuestro país y costumbres.
Por eso he dicho que hace falta pruebas.
Pero tiene razón la fiscal al decir que la grabación, por sí sola, no demuestra que no ocurriera, que es lo mismo que te ha dicho #13, por cierto.
es.wikipedia.org/wiki/Proceso_inquisitorial
De nada.
El fiscal DEBE promover la correcta administración de justicia. Eso no le obliga a acusar.
los procesos inquisitoriales se iniciaban, por lo general, de oficio (ex officio), y cuando esto no era así, como veremos, no había manera de diferenciarlo de un proceso a instancia de parte.
Por cierto, por proceso inquisitorial no se refiere únicamente a los que hacía la inquisición.
Lo que si puede ser ilegal es "ir de pesca".Esto es que en el marco de la investigación busquen y descubran indicios o pruebas de otros delitos e inicien otro procesamiento.
1.- No existe ley que los haga implícitamente o explicita mente inimputables - Tal vez, No investigables seria lo correcto-
2.- La buena o mala fe no tiene nada que ver.Basta que se pruebe vicio procesal o delito.
Y, aunque estoy seguro de que tú "esto lo arreglas en dos patás", para desgracia de la cuñadería que pare una ley por cada noticia de La Razón que lee, las leyes se redactan siguiendo unos principios constitucionales que impiden que los jueces manden a prisión a alguien por mucho que vosotros ya sepáis quiénes son.
Pregúntante, mi buen cuñado, cómo fueron los juicios de esos delincuentes y si, por ejemplo, la corriente absolución de muchos delitos de carteristas puede tener algo que ver con el hecho de que en la mayoría de esos juicios no se presenten los perjudicados.
¿Otro sol y sombra?
Respecto a lo que indicas del concepto generico, en casi todas las dictaduras, bajo las formas, lo que hay son procesos inquisitoriales.