Muchos laboreros habréis pensado que hay algún error en el título de este nuevo artículo publicado en Laboro, pero no es así. Hay miles de trabajadores que presentan la baja voluntaria (sin indemnización ni paro) para que no los despidan (con indemnización y paro). Eso es exactamente lo que hacen, aunque por lo visto se creen que están haciendo otra cosa… o algo así, porque lo incomprensible también es inexplicable. Es decir que donde está el error o contradicción es en el comportamiento de estos (...)
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etiquetas: trabajador , porfirio , paro , trabajadores
Conseguir que te echen es sencillo, limitate a trabajar exáctamente las horas de contrato, cada día entra a la hora que le corresponda, trabaja 4 horas y se va.
Aunque no es cuestión de conseguir que te echen, lo que tendría que hacer es demandar, no lo hace, pues nada... a seguir siendo la Toñi del artículo de Laboro. Simplemente demandando por horas extras no cobradas y lo del 50% pues ya sacaría un bote para que con el paro poder ir tirando hasta encontrar otra cosa.
No es cuestión de inspectores como dice #2, que no digo que no tenga que haberlos, es cuestión de que si los empleados casi ni dios demandan pues ala, los empresarios a seguir haciendo lo que les salga de los huevos.
Si quiere que la despidan sólo tiene que hacer las horas por la que la pagan, y luego el jefe que haga lo que quiera.
Empecé a trabajar en un sitio de oficina en el que se echaban más horas que un reloj. Yo no lo sabía de antemano pero me lo olía. Cuando entré a trabajar había gente trabajando 60 y 70 horas y quedarse hasta las 10 de la noche era normal y los sábados uno sí y uno no. Solo duré un mes y acabé despedido. Lo único que hice fue echar mis horas y ni una más.
Cuando me comunicaron el despido me dijeron literalmente "no encajas con la filosofía de la empresa". Anda y que le den a tu empresa.
Los santos inocentes versión siglo XXI.
Y que empieces hablando de indocumentados.
¿Como? ¡¡¡¡¡El paraiso liberal funciona!!!!!
Mehhhh…. Con sus ciudadanos ocupando vivienda pública subvencionada y con el enorme número de empresas estatales… van colocando a dedo a gente en sus diferentes empresas estatales después de formarlos… sean o no sean productivos y adecuados.
Ohhh…
Y sino Suiza también les pone palote con su despido libre. Claro… pero los dos años (+1) de paro con el 80% del salario (limitado a 10.000 lereles al mes…) que te dan ya sea por despido o incluso si tu mismo dejas tu trabajo…. Eso no interesa. Y ojo… sin condicionarlo al tiempo trabajado.
Al final a la que te pones a escarbar en los ejemplos esos de Libertad economica… te das cuenta de que en NINGUNO de sus paraísos funciona lo que ellos quieren importar. Despido libre + desprotección absoluta.
Cuando tú dices libre, te refieres a gratis. Y no, el despido no es gratis en España. Pero sí que es libre.
Luego pregunta a cualquiera el nombre del primer ministro de Portugal o Francia.
Lo llamábamos el MEGACUÑAO, que es como el MEGALODON pero en cuñao.
Al menos te echabas unas risas con esta persona de vez en cuando, ya que una vez le enviaron a Barcelona y la chica de contabilidad le dijo "Si vas a visitar la Sagrada Familia compra las entradas por adelantado que luego hay cola", y el megacuñao le respondío: "¿Eso que eh? ¿Un musicah? ¡A MI NO MEH GUSTAN LOS MUSICALEH!".
¿Por no coger fama de folloneros entre los empresaurios del sector? Otra explicación no se me ocurre
Y no hace falta, simplemente lo despides y le pagas la indemnización por despido improcedente. Y ya. No hace falta poner "despido improcedente", simplmente lo despides y pagas la indemnización, si sabes que el despido es improcedente le pagas esa indemnización y nadie te dirá nada.
No quiero ni tengo interés alguno a menos que sea para hackear el sistema capitalista y acabar con él suponiendo que tuviera poder suficiente para hacerlo. (Eso es una fantasmada de mis fantasías y mundos fantásticos que creo en mi mente y obviamente nada realista, es pura fantasía e imaginación.)
Si en una empresa te putean, te debes poder ir libremente.
Pocas te van a despedir. Por ejemplo, recientemente un empleado de un familiar mío se fue de la empresa para dedicarse a otra cosa sin ninguna relación con la actividad de la empresa de mi familiar. Y para que pudiera tener paro, él lo despidió en vez de que el trabajador pidiera el fin de la relación laboral. Lo que hizo me parece adecuado y correcto. Pero no tendría que haber hecho falta que lo hicieran así.
Se habla mucho de Dinamarca por parte de los liberales, pero se olvidan que su flexibilidad se debe también a la seguridad de los trabajadores.
alahalaNo puedes hacerlo si despides a una persona con protección especial (por ejemplo una embarazada, o una persona que justo haya demandado a la empresa) pero en todos los demás casos sí.
Así que a efectos prácticos es 100% libre, que no gratis como dice #39.
Pero sí. Si es un padefo lo lleva claro....
Y como decía #90, como el sector está viciado, lo que vas a encontrar no es mejor
Antes la empresa solo se ahorraba los salarios de tramitación si reconocía directamente la improcedencia. Ahora no tiene que pagar los salarios de tramitación en ningun caso si el despido se declara improcedente, solo en los nulos
1. Cuando el despido sea declarado improcedente, el empresario, en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia, podrá optar entre la readmisión del trabajador o el abono de una indemnización equivalente a treinta y tres días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año, hasta un máximo de veinticuatro mensualidades. La opción por la indemnización determinará la extinción del contrato de trabajo, que se entenderá producida en la fecha del cese efectivo en el trabajo.
2. En caso de que se opte por la readmisión, el trabajador tendrá derecho a los salarios de tramitación. Estos equivaldrán a una cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha de despido hasta la notificación de la sentencia que declarase la improcedencia o hasta que hubiera encontrado otro empleo, si tal colocación fuera anterior a dicha sentencia y se probase por el empresario lo percibido, para su descuento de los salarios de tramitación.
3. En el supuesto de no optar el empresario por la readmisión o la indemnización, se entiende que procede la primera.
4. Si el despedido fuera un representante legal de los trabajadores o un delegado sindical, la opción corresponderá siempre a este. De no efectuar la opción, se entenderá que lo hace por la readmisión. Cuando la opción, expresa o presunta, sea en favor de la readmisión, esta será obligada. Tanto si opta por la indemnización como si lo hace por la readmisión, tendrá derecho a los salarios de tramitación a los que se refiere el apartado 2.
5. Cuando la sentencia que declare la improcedencia del despido se dicte transcurridos más de noventa días hábiles desde la fecha en que se presentó la demanda, el empresario podrá reclamar del Estado el abono de la percepción económica a la que se refiere el apartado 2, correspondiente al tiempo que exceda de dichos noventa días hábiles.
En los casos de despido en que, con arreglo a este apartado, sean por cuenta del Estado los salarios de tramitación, serán con cargo al mismo las cuotas de la Seguridad Social correspondientes a dichos salarios.
Vamos, que salvo que te dediques a despedir a delegados sindicales constantemente, el despido es libre pero no gratis. Y ojo, que si el delegados sindical se toca los huevos a dos manos, tienes la opcion de recabar pruebas y hacer un despido disciplinario y procedente que te sale 100% gratis.
Obviamente también esta el caso del despido nulo, cuando despides a gente por estar enferma, como represalia por haberte denunciado, por negarse a ilegalidades, o por quedarse embarazada. Pero quiero pensar que por liberal que seas no estas en contra de los derechos humanos más básicos, no?
www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11430
Pero tampoco hay que ir tan lejos, si pones en tu currículum que has trabajado en bar Pepe y llaman allí a informarse sobre ti, pues ya tienes la lista sin lista
El jefe de tu tía está midiendo con maldad lo que está dispuesta a aceptar tu tía.
Pero el problema es "lo que está dispuesta a aceptar tu tía" no la victimices ni la sientas afortunada empoderala o ayudarle tu a echar currículums.
Que mucho lloramos por los demás pero luego nadie mueve un dedo.
Pd. Es más yo te aconsejo que en los currículums pongas tu teléfono y así cuando la llamen le haces de manager indicando al futuro empleador que tú tía no quiere saltarse el trabajo.
Si no fuese libre, si un empresario despide a alguien "porque sí", el juzgado le obligaría a readmitirlo, sin opción alguna. En cambio, como es libre, si al final el empleado va a juicio se le da a la empresa una de dos opciones: o lo readmite, o paga la indemnización por despido. Si hace lo segundo, habrá despedido "porque sí" al trabajador.
Y además así los que pasan de buscar abogado etc si la indemnización es baja en plan 1000€ por el objetivo - 1660€ por el improcedente igual ni reclaman.
Así están las cosas. En toda la península.
Es muy fácil decir: ehhhh que demanden los trabajadores. Esto es como si tuvieramos que denunciar nosotros cada vez que viéramos un coche con exceso de velocidad. La gente quiere vivir y trabajar, no tirarse una vida en los juzgados, perder su empleo ¿y mientras qué? Mas lo que dice #120.
Pero esto no es prioritario.
Es mejor seguir disolviendo los recursos en una multitud de cosas a la vez, publicitarlo mucho y que piensen que se está haciendo algo.
Y acierto, visto que me tiene bloqueado...
www.meneame.net/c/34741523
Dependiendo de la causa, pues lo pones (disciplinario, objetivo, colectivo).
Si un trabajador no está conforme y no se llega a acuerdo en conciliación y va a juicio, un juez fallará la procedencia o improcedencia de un despido, o su nulidad si afecta a DDFF.
En caso de improcedencia, el despido no se anula, si no que se pone una indemnización más alta.
La empresa tiene derecho a despedir, por eso se dice que es libre.
En la práctica, si un empresario despide con una indemnización equivalente a la del despido improcedente, un empleado sólo ganaría una readmisión si consigue la nulidad judicial.
Si la empresa cumple con la ley, el despido se produce cuando ésta quiera, no cuando quiera el trabajador. Cuando no se cumple la ley, el trabajador es el que se debe defender.
Así que puede decirse perfectamente que en España el despido es libre.
Eso no significa que el despido se haga como a uno le dé la gana.
laboro-spain.blogspot.com/2010/09/como-bloquear-el-despido.html
Todo lo que no sean esos pocos casos son despido libre, que no gratis.
El despido es "libre" en muchos casos (cuando no va contra derechos fundamentales) y no es libre en otros.
Es correcto. Y para la conciliación no hace falta abogado siquiera.
Y vale que la indemnización pueda ser baja ... pero es tu dinero.
Hay algo perverso en ese mecanismo en particular de la democracia... y no son distintos criterios, ni ideologías... es simplemente la diferencia entre el bien y el mal. ¿Porqué narices tengo yo que sufrir las consecuencias de lo que decidan gente que votan con los cojones en lugar de con el cerebro?
Puedes meterlo en tu lista de megalodones.
Opción 1: hace el 50% oi las horas del contrato. Le paga menos pero trabaja menos y nbo explotada.
Opción 2: La despide. Consigue el paro aunque sea al 50%.
No lo entiendo. Otra cosa es que necesite los 1200 euros.
De esos no hay ja ja ja ja
La prestación por desempleo requiere estar en el paro involuntariamente porque de lo contrario habría muchísima picaresca, y de hecho, la hay. Hice unas prácticas en la asesoría laboral de un sindicato y me sorprendió la cantidad de gente que teniendo un trabajo en el que se hacía todo legal sin que hubiera nada que pudiera denunciarse, querían que les negociáramos un despido para poder cobrar indemnización y paro, lo que sí que es un fraude de ley. Cuando les decíamos que no podíamos hacer eso, preguntaban por alguna forma de "forzar" el despido y aun así cobrar indemnización...
Por otra parte el despido reconociendo improcedencia se lleva haciendo extensivamente desde que en 2002 quitaron la obligación de pagar los salarios de tramitación si se reconocía directamente.
Es decir, aparte de esa excepción explícita, el empresario tiene la libertad de escoger entre esas 2 opciones. ¿En que punto del artículo 56 dice que el despido no es libre (para no representantes)?
Sin esas pruebas no se pueden considerar esos hechos como cierto. De igual forma que no se consideran como ciertos los argumentos de bajada de rendimiento (habituales en motivos de despido) sin datos objetivos que lo corroboren.
Si un juez, sin pruebas, considera que solo el despido es causa suficiente de represalia estaría actuando incorrectamente y se debería impugnar con muchos números de ganar.
¿Tienes algun caso de sentencia donde haya ocurrido lo que dices o es solo una película que te has montado tu solito?
Eso desde gente que trabaja en IT, funcionarios etc no se entiende.
No me resultaría nada extraño que algún empresario soltase una cuñadez que no hay por donde cogerla y cuando le rebates te dice que no tienen ni puta idea porque el es empresario y sabe la "realida" (mas de uno me he encontrado por aqui)
Conozco casos si no así, con mierdas similares.
Blanco y en botella...
Eso sí, totalmente de acuerdo que en la gran mayoría de los casos si el trabajador quiere largarse suele venir motivado porque las condiciones del trabajo son irregulares...
Porque yo también he hecho horas extra ilegales cuando trabajaba en consultoría pero mi salario no disminuía nada si no las hacía (quizás la parte de bonus pero eso dependía de que todo el equipo hiciese las horas para alcanzar los objetivos, pero eso no era ni el 10% del SBA)