edición general
389 meneos
1425 clics
El Tribunal Supremo tumba los contratos temporales ligados a subcontratas

El Tribunal Supremo tumba los contratos temporales ligados a subcontratas

La sentencia declara que resulta difícil seguir manteniendo que la empresa pueda apoyar la esencia de su actividad en una plantilla sujeta al régimen de indeterminación de las relaciones laborales. Desde finales de los años 90, la jurisprudencia había venido admitiendo que el contrato para obra o servicio determinado pueda ajustar su duración a la de la contrata. Este criterio es abandonado por la sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada María Lourdes Arastey Sahún, y que ha sido adoptada por unanimidad en el Pleno de la Sala del…

| etiquetas: tribunal , supremo , tumba , contratos , temporales , subcontratas
  1. Sinceramente si me pinchan no sangro.
    No me lo puedo creer, que no se hubiera solucionado aún.
    Recuerdo que hace mas de 20 años que se intento cambiar.
  2. 15 días de suplencia en Navidad por medio de una ETT.
    Da gusto el empleo de calidad a pesar de tantas leyes.
  3. #3 claro ejemplo, las subcontratas de amazon llamadas DSP, se saltan el convenio colectivo del transporte en la categoria profesional de conductor-repartidor , el salario mensual esta estipulado en 1.870,76 € brutos, pues estos no llegan a pagar ni 1200€ brutos al mes currando mas de 10h diarias ( te pagan el SMI + complementos y las horas ya metidas en el salario)
  4. #5 esto en Seur lo hacen muy a menudo, en epocas de mayor paqueteria ( black friday, navidades, rebajas...) tienen a un 2º repartidor de refuerzo para que se ocupe de la paqueteria "molesta", hasta hace un par de años por mi zona usaban a una subcontrata para esta labor ( me pillaron 2 veces) , ahora les resulta mas rentable tener a autonomos haciendo esa funcion.
  5. #1 increíble no se como se lo tomarán las empresas
  6. #1 Si la gente vota CEOE, pues la agenda la marcará la CEOE.
  7. #9 en eso no puede negarsele.
  8. Dios esto es un paso enorme.... Veremos ahora si se aplica de verdad .
  9. #8 pero todas las empresas no.
    Las que ofertan a contratos públicos y Lo hacen a la baja, teniendo que quedarse con una plantilla subrrogada
  10. #1 Yo con lo que flipo es con que las subcontratas sigan siendo legales. La ley dice claramente en qué consiste una relación laboral y cuáles son sus reglas. No existe ningún motivo para utilizar una subcontrata que el tratar de violar la ley. Hay sectores enteros, como por ejemplo telecomunicaciones, que sólo tienen empleados para mover dinero de un sitio a otro. Pero no contratan ni a sus vendedores, ni técnicos, ni publicistas. Un sector que es un oligopolio y tiene miles de trabajadores y millones de ingresos, pero aunque en la práctica sólo haya un puñado de empresas sobre el papel figura como si fueran cientos de pymes.
  11. #13 y si le contsra que yo empresa (sin trabajadores), puedo subcontratar a otra empresa (casi sin trabajadores) que entre ETTs y autonomos realicen todo el trabajo que yo he conseguido en plica...
    Imagínese lo que pueden "cobrar".
  12. #12 así estaba yo
  13. #15 pues sinceramente, le compadezco.
  14. Soy un ignorante en este tema y no entiendo bien a qué se refiere la noticia. Quizá podría estar mejor redactada, o al menos escrita de manera que los profanos podamos entender la esencia de la sentencia mejor.

    Si alguien puede aclarármelo se lo agradezco.
  15. Lo siento.. pero no termino de entenderlo
    Me explico
    Empresa 1 , gana un concurso publico; como no tiene o quiere pagar todo el proyecto con su gente, aporta el 50% de los trabajadores a través de una subcontrata (empresa 2).
    Lo único que observo del artículo puesto, es que el personal de subcontrata pasa a adquirir el rol de trabajador indefinido (cuando antes tenían el perfil de "hasta que el trabajo se acabe") - y que no a a servir más (entiendo y ojo que no es poco) para el despido. con lo que la subcontrata tendrá que tener en cuenta ese despido -- no hallo la forma de entender la subrogación de los contratos.

    Es mi modo de entender el artículo
  16. #18 Intento explicároslo, por si os afectara:

    el cto por obra sólo puede hacerse para trabajos que no son la actividad normal de la empresa, y como el contratar con terceras empresas es la actividad normal de las empresas que se dedican a subcontratar los trabajos, pues no pueden formalizar este contrato.

    En realidad esto pasa con el 99% de los trabajos y contratos. ejemplo: un bar no puede contratar camareros temporales con contratos por obra porque la atención al cliente (el trabajo de los camareros) es la actividad normal de un bar.

    Y para momentos puntuales de exceso de trabajo existen otros contratos, también temporales pero no bajo la modalidad de contrato por obra.

    Espero haberme explicado y que os quede más claro.
  17. Las administraciones públicas y sus "externalizaciones" van a temblar
  18. #19 ¿Pero entonces que pasara con las carnicas en el mundo de la informatica? Porque el 100% trabaja de ésta manera. ¿O solo sera con los proyectos con contrato publico como dicen arriba?
  19. #19 usan los contratos por obra y servicio por que son mas baratos y a la hora de despedir pagan menos indemnizacion
  20. #22 se paga exactamente lo mismo,no son más baratos, pero en la práctica te pueden aplicar el fin de obra para finalizar el contrato y no tienen que darte nada, sólo lo que te debieran en concepto de vacaciones no disfrutadas y los prorrateos que tuvieras aplicados. Pero ojo, si te despiden tepagan lo mismo que si fueras indefinido y si te aplican fin de obra falso puedes denunciar y te tendrían que pagar como despido improcedente o readmitirte.
  21. #21 las cárnicas informáticas no son obra y servicio, son subcontratas/outsourcing y suelen hacer indefinidos (hasta donde se con una experiencia que no es corta).

    Aunque puede que me equivoque, si es así mis disculpas.
comentarios cerrados

menéame