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Si tú no te cansas, yo tampoco. Prueba así

-Almería, de 25 revisiones se ha rechazado rebajar las penas en 23. -Huelva, de 60 han rechazado rebajas en 57. -Córdoba, de 50 han rechazado 35. -Y Sevilla, donde de 30 han rebajado 1.

| etiquetas: jueces , ley del solo sí es sí , justicia , andalucía
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  1. Caramba, pues es interesante. Con el bombardeo de estas semanas yo también tenía la impresión de que se estaban rebajando si no todas la mayoría.
  2. #2 De eso va todo. El bombardeo es la clave.

    La ley no obliga a esas reducciones. Se reducen a conciencia. Si obligase, reducirían todas. Y "permite" provisionalmente hacerlo. Ya veremos cuando se revisen esas actuaciones lo que pasa.

    Ahora, la ley del si es si, protege mucho más a las mujeres desde que denuncian, que antes de esta ley y eso no les gusta. De hecho quieren reformar algo que no va a cambiar nada de esas condenas. No os dejeis engañar.

    El consentimiento incluido de facto en esta ley no les gusta. Son más de hacer pasar vergüenza a las mujeres en los juicios. O de que prefieran no denunciar por "tonterias".

    No hay alarma social. Es propaganda.

    Es una ley necesaria y no se debe eliminar su nucleo por mucho ladrido que haya y política que hagan los que no deben hacerla.

    Están utilizando (un grupo) esto para hundir un gobierno.

    Otra cosa más, si la ley está tan mal, que alguien me explique por qué no se rebajan TODAS las condenas, sino algunas. Algo no cuadra.

    Todo vale para tumbar a quien no te gusta.
  3. El tonto y la linde. Hasta los cojones de las justificaciones y blanqueos. Llevarlo al absurdo ¿Donde diablos están las denuncias por prevaricación?

    Pues eso. En cualquier caso...hay rebajas y eso no lo puede tapar ninguna bandera morada por grande que sea.
  4. #9 Otra cosa más, si la ley está tan mal, que alguien me explique por qué no se rebajan TODAS las condenas, sino algunas. Algo no cuadra.

    Porque la nueva leyunifica varios tipos de delitos con sus distintos agravantes; y la rebaja de penas no es para todos los casos existentes sino solo para algunas combinaciones concretas de delitos y agravantes.

    Aquí lo tienes resumido (adjunto gráfica):
    observatoriogalileo.blogspot.com/2022/11/comparativa-de-las-penas-de-d

    Ejemplo, para una violación a un menor se pasa de una franja de 12-15 años a una franja de 10-15.
    Por tanto para el caso más grave de ese tipo de delito (aquí entran los agravantes), pues no habría rebaja de pena.
    Pero para el caso de menos grave, pues habría una rebaja de pena de 2 años (De 12 a 10).

     media
  5. Y si son los jueces?

    La Audiencia de Pontevedra rechaza revisar la condena al líder de los "Miguelianos" por la ley del "solo sí es sí". El tribunal considera que LA APLICACIÓN DE LA NUEVA NORMA en su caso SIGNIFICARÍA la imposición de UNA PENA MÁS ELEVADA.

    Otro ejemplo: El TSJA confirma condena a un hombre por violar a una menor y rechaza reducir la pena por la ley del 'Solo sí es sí'. De la sentencia: "sería fácil (…) esa individualización minimalista", (…) reducir de 6 a 4 años de prisión. "Sin embargo -apunta sentencia-, ese automatismo sería GRAVEMENTE erróneo, ignoraría dato fundamental: el nuevo delito de violación no tiene el mismo ámbito típico que el anterior"

    Hay muchísimos más ejemplos. Depende del juez que toque se rebaja o no la pena.
  6. #18 No entiendes el ámbito de una disposición transitoria. Las disposiciones transitorias de una ley no se aplican arbitrariamente a cualquier otra, sino que se aplican a las modificaciones introducidas por dicha ley.

    Por eso la LO 1/2015 incluye esa DT, pese a ya incluirla la LO 5/2010, que la incluye pese a ya incluirla la LO 10/1995. Y por eso este gobierno incluye dicha DT en la LO 14/2022 (desde la fase de anteproyecto). Porque las disposiciones transitorias regulan el tránsito al ordenamiento jurídico introducido en la ley, no tienen un alcance ilimitado.
  7. #17 No es necesario puesto que no ha sido derogada y sigue vigente.
  8. #14 lo siento, pero estas distribuyendo un bulo. Como ya te han dicho. La ley de Podemos debería haber llevado una disposición similar a la que pones. Pero no la lleva.

    El texto completo de la disposición (la negrita es mía):

    Disposición transitoria segunda. Revisión de sentencias.
    1. El Consejo General del Poder Judicial, en el ámbito de las competencias que le atribuye el artículo 98 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, podrá asignar la revisión de las sentencias firmes dictadas antes de la vigencia de esta Ley a uno o varios de los Juzgados de lo Penal o secciones de las Audiencias Provinciales dedicados en régimen de exclusividad a la ejecución de sentencias penales.
    Dichos jueces o tribunales procederán a revisar las sentencias firmes y en las que el penado esté cumpliendo efectivamente la pena, aplicando la disposición más favorable considerada taxativamente y no por el ejercicio del arbitrio judicial. En las penas privativas de libertad no se considerará más favorable esta Ley cuando la duración de la pena anterior impuesta al hecho con sus circunstancias sea también imponible con arreglo a esta reforma del Código. Se exceptúa el supuesto en que esta Ley contenga para el mismo hecho la previsión alternativa de una pena no privativa de libertad; en tal caso, deberá revisarse la sentencia.
    2. No se revisarán las sentencias en que el cumplimiento de la pena esté
    suspendido, sin perjuicio de hacerlo en caso de que se revoque la suspensión y antes de
    proceder al cumplimiento efectivo de la pena suspendida.
    Igual regla se aplicará si el penado se encuentra en período de libertad condicional.
    Tampoco se revisarán las sentencias en que, con arreglo a la redacción anterior de
    los artículos del Código y a la presente reforma
    , corresponda exclusivamente pena de
    multa.
    3. No serán revisadas las sentencias en que la pena esté ejecutada o suspendida,
    aunque se encuentren pendientes de ejecutar otros pronunciamientos del fallo, así como
    las ya totalmente ejecutadas, sin perjuicio de que el juez o tribunal que en el futuro pudiera
    tenerlas en cuenta a efectos de reincidencia deba examinar previamente si el hecho en
    ellas penado ha dejado de ser delito o pudiera corresponderle una pena menor de la
    impuesta en su día, conforme a esta Ley.
    4. En los supuestos de indulto parcial, no se revisarán las sentencias cuando la
    pena resultante que se halle cumpliendo el condenado se encuentre comprendida en un
    marco imponible inferior respecto a esta Ley.

    -------
    Por favor, pide a un @admin que corrija tu error para evitar que te reporten por bulo. Cc #17 #24
  9. No entiendo. 50 mujeres muertas al año sobre 20 millones son muchas. Pero 200 presos liberados sobre 4000 son pocos.

    Voy a por las gafas moradas a ver si lo entiendo.
  10. #11 #12 #5 #3 #10 #1

    BOE nº77 martes 31 de marzo de 2015, sección uno, página 27.168:

    Disposición transitoria, segunda.

    Revisión de sentencias: en las penas privativas de libertad, no se considerará más favorable esta ley, cuando la duración de la pena anterior, impuesta, al hecho, con sus circunstancias, sea también imponible con arreglo a esta reforma del código (penal).
  11. #8 Esa mafia trolera y bulera no se cansa. Se reparten las horas para estar disponibles 24/7. Dejan claro que son mercenarios a sueldo y sus altavoces para amplificar las mentiras. En breve se levantan de la siesta los machitos de MnM para vocear que no soportan la palabra IGUALDAD. En definitiva es lo que les tiene vomitando bilis.
  12. #14 ¿Esa es la disposición transitoria que no han incluido en la ley del sólo sí es sí?
  13. #18 te lo habrán explicado ya miles de veces pero si no haces nada por quererlo entender seguirás errado :shit:
  14. #29 mal explicado, intenta no hablar de derecho si no tienes ni idea de lo que estás hablando :shit:

    Cuando entiendas lo que es una disposición transitoria, entonces podrás opinar xD
  15. #29 Lo he explicado ya bastantes veces pero bueno, hay que tener paciencia.
    Cada vez que se modifica el CP hay que incluir una disposición transitoria si no se quiere que se modifiquen las penas de sentencias ya emitidas antes del cambio del CP.
    Por cierto, viendo el nivel creo que no está de más aclarar que el CP es el Código Penal.
  16. #14 pero pone la Disposición entera hombre.

    1. El Consejo General del Poder Judicial, en el ámbito de las competencias que le atribuye el artículo 98 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, podrá asignar la revisión de las sentencias firmes dictadas antes de la vigencia de esta Ley a uno o varios de los Juzgados de lo Penal o secciones de las Audiencias Provinciales dedicados en régimen de exclusividad a la ejecución de sentencias penales.

    La DT 2ª aplica a las sentencias de antes de 2015.
  17. #9 Pues anda que no tienes saltos lógicos en tu comentario.

    La ley rebaja condenas en algunas situaciones, en otras no (ya lo ha explicado en más detalle #25)... y además, por si acaso, habrá quien pide la rebaja aunque no proceda, por aquello de que "si cuela, cuela", o porque en algún caso puede haber margen de maniobra o de interpretación. Ésa es la explicación más sencilla de "por qué no se rebajan TODAS las condenas, sino algunas".

    No sé qué tendrán que ver las rebajas rechazadas con el hecho de que se están rebajando condenas en base a la ley, que es algo objetivo y constatado.
  18. Ya, si, la realidad es esa, que son solo pocos casos los afectados.

    Pero claro, como en el Ministerio de Igualdad sabrán de muchas cosas pero la comunicación no está entre ellas, pues en vez de decir "Si, han habido unas cuantas rebajas de condenas debido a la unificación de los delitos de agresión y abuso sexual, pero son un número mínimo. Y el cambio es a bien, pues esta unificación permitirá perseguir mejor este tipo de delitos" pues han preferido insultar a jueces, a periodistas y a todo el mundo.

    Como llevo mucho tiempo diciendo, el problema de Irene Montero es que aún no se ha enterado de que ya no es una activista que esté con un megáfono en una manifestación, que ahora es una ministra y que eso implica un cambio de formas y actitudes (y antes de que alguien me diga que eso lo digo porque es mujer y bla bla bla, Yolanda Diaz si ha sabido entender eso y por eso mismo es la ministra mejor valorada de todo el consejo de ministros)
  19. #12 Los políticos no son juristas de reconocido prestigio como sí lo son los que han redactado la ley del solo sí es sí. El gobierno, por descontado, no pretendía rebajas de las penas y no ha pedido, ni mucho menos, que el redactado lo permitiese.

    No lo encuentro, pero leí que ha sido redactada por un grupo de 16 juristas. Entre ellos abogados, jueces y fiscales. Durante su tramitación no hubo enmiendas alertando de que faltase una disposición transitoria que evitase las reducciones de penas. Solo dos enmiendas a la totalidad de PP y VOX, que es como no aportar nada.

    A veces da la sensación de que ha sido la propia Montero la que ha redactado la ley con el MSWord en el portátil en el casoplón, con el griterío en la puerta.
  20. #29 Hola, vengo de una realidad alternativa en la que esta ley la hizo el PP, y tu yo de esa realidad dice que estás equivocado, y que el ministro es un patán por no haber incluido una disposición transitoria en la misma.

    ¿Algo qué decirte a ti mismo? Porque ahora tu otro yo piensa que eres un facha, ya que con tu argumentario defiendes a un ministro del PP que ha dejado en la calle a decenas de agresores.
  21. #1 es que es de coña... Con que solo haya habido una rebaja, ya deberían admitir que lo han hecho mal, y más cuando se aviso por parte de profesionales que eso iba a pasar y no hacían más que decir que no, nos gobiernan incompetentes (y me da igual el color del partido, va por todos)
  22. #7 Depende del caso. La justicia española es una escopeta de feria, cuando acierta todos quedamos asombrados.
  23. #2 Unas 350, que sepamos, parecen muchas pero si no sabemos cuantos lo han intentado es irrelevante. Lo que sí se puede seguir recordando es la matraca que dieron "algunas" con "No se va rebajar ni una sola condena".

    Y además que algunas rebajas son mínimas.
  24. #22 Es que el mayor problema de todo esto no es la cantidad de excarcelados, que también, si no las mentiras sobre este tema y las acusaciones de machista a todo el que les chistase lo más mínimo para que al final acabase sucediendo lo que les avisaron que iba a suceder.

    En resumen: Son inútiles por no ser capaces de hacer lo que pretendían, son mentirosos por intentar salvar patéticamente su culo a través de bulos y tergiversaciones, y son tremendamente arrogantes, hasta tal punto, que siendo más que evidente su cagada, siguen con la patada hacia delante descalificando a todo dios que se les cruza por delante.

    Un desastre absoluto.
  25. #6 vamos a suponer que la culpa es de los jueces machistas fascistas: ¿Estás diciendo que el gobierno no tiene la obligación de prever reducciones de penas y hacer una ley que se proteja de eso? Es que es la hostia que se intente escurrir el bulto.

    Te recuerdo que el bocachancla dijo llamo "machista frustrado" al ex-ministro de justicia cuando les aviso de que la ley tenía cosillas que mejorar

    El vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias, ha considerado que en las "excusas técnicas" que se han planteado a la ley de libertad sexual "hay mucho machista frustrado" y ha recalcado que las diferencias que ha habido en el Ejecutivo sobre esta norma se deben resolver a puerta cerrada. Iglesias ha señalado, sin citarlo, al ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, que planteó sus dudas respecto a la ley que ha impulsado el Ministerio de Igualdad que dirige Irene Montero.
    www.vozpopuli.com/espana/politica/iglesias-ministro-justicia-machista-
  26. Propaganda

    A estas alturas ya se ha explicado cientos de veces. Quien se crea la conspiranoia de jueces tiene un problema de fanatismo bastante grave.
  27. #23 "Yo no creo, yo no creo". Juez Santiago Alba.
  28. Los jueces del CGPJ en rebeldía, otros en la cárcel, no se sabe quién es M.Rajoy, un juez ve jolgorio mientras cinco tiparracos violan a una niña de 18 años, Zaplana pidiendo en una grabación que traigan al juez amigo García Castellón, etc,etc,etc. Y todavía hay quien duda de lo que está pasando.
  29. #26 Aquí te lo explican a ti:

    youtu.be/bgmBxNxqBsk
  30. #2 #9 #25 A ver, la propia Manuela Carmena, que no tiene fama de facha, ya ha dicho que la nueva ley rebaja las penas.

    Copio de comentario www.meneame.net/story/pablo-iglesias-hay-ofensiva-contra-gobierno-mini

    Agresión sexual con la ley anterior, artículo 179 -> 6 a 12 años
    Agresión sexual con la ley actual, artículo 179 -> 4 a 12 años

    #6 Las revisiones de ley no se aplican para aumentar las condenas, solo para rebajarlas ¿No nos acordamos ya del escándalo de la doctrina Parot?

    la Sala Pequeña del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sentenció que la aplicación retroactiva de la llamada «doctrina Parot» violaba los artículos 7 y 5.1 de la Convención Europea de Derechos Humanos «respecto a la irretroactividad de las leyes penales desfavorables»

    es.wikipedia.org/wiki/Doctrina_Parot
  31. #2 desde el primer momento se decía que se iban a rebajar los que hubieran sido condenados a penas mínimas o máximas, ya que éstas cambiaban. Los que estaban condenados a una pena de otro tipo de forma razonada y justificada no iban a cambiar salvo excepciones muy excepcionales.

    Así que es normal que del total solo se rebajen algunas. La cagada está en las que se rebajan.

    De 165 peticiones que pone la noticia, se han rebajado 21. De esos 21, aproximadamente 2 van a ser reincidentes. A ver que decís cuando uno de esos viole a alguien durante el tiempo que hubiera tenido que estar en la cárcel sin el cambio de ley.

    Tarde o temprano va a pasar.


    Y por otro lado, es triste que el argumento para defender esta cagada sea que no se están excarcelado o rebajando penas al 100% de violadores. Gracias por no haberlo hecho aún peor.
  32. #9 No se trata de eliminarla, si no de perfeccionarla, que no pasa nada por hacerla mejor. Al unificar varios tipos de delitos tienes que ser cuidadoso, la diversificación de delitos se hace por algo, no es caprichoso, ergo si quitas esa diversificación tienes que hacerlo bien.
  33. #25 No, no habría ninguna rebaja de pena. Si la pena que ya se ha impuesto sigue siendo aplicable en el nuevo código, no tiene porque haber rebaja, no es automático que haya rebaja, es algo que queda a discreción del juez, que debe ver cada caso. Si el juez estima que debe rebajar la pena la rebaja, pero si estima que no debe hacerlo, pues no la rebaja, que es justamente lo que vienen a demostrar los datos del tuit.

    Es el juez el que valora y hace la rebaja. No es la ley la que le obliga, que es la confusión que se ha creado.
  34. #1 "Hasta los cojones de las justificaciones y blanqueos"

    hasta los cojones de bulos, mentiras y exageraciones.

    Si hay reduciones de penas, pues q den los números exactos, q dejen de inventar, q dejen de manipular.
    Si la ley está mal, q lo admitan y la cambien.

    No creo q nos sorprenda a ninguno q haya jueces q reduzcan las penas con el objetivo de dañar la imagen del gobierno
  35. #86 que bonito vivir en un mundo en que uno solo se responsabiliza de sus méritos y sus cagadas son culpa del resto de la sociedad
  36. #18 Sigue vigente referida a "esta ley", es decir a la ley a la que acompaña.
  37. #9 tu comentario destila fanboyismo. Todo lo que planteas se ha debatido tantas veces por aquí y ha quedado bien argumentado. Generas dudas basadas en... Tu desconocimiento. A eso se le llama desinformar
  38. Es normal que en muchos casos no haya rebaja, todo el que esté condenado por agresión intentará probar suerte a ver si le rebajan algo, y por suerte no en todos los casos se les puede rebajar.
    Ahora bien, ¿que porcentaje nos parece adecuado?¿Un 5, un 10, un 20%?¿Te pondrías en manos de alguien que falla en el 5, 10 o 20% de los casos?
  39. #86 Es que haya revisiones de penas no es ningún defecto de la ley, es un derecho constitucional.
    La cuestión es que el legislador puede impedirla o no, las señoras del ministerio de igualdad, por ignorancia, visto las declaraciones de las susodichas, permitieron que pasara, con el delito de malversación está ocurriendo lo mismo, y nadie acusa a los jueces de prevalicadores que tienen que formarse.
  40. #1 "Desde que entró en vigor la Ley de Solo sí es sí están dejando en libertad a cientos de violadores y asesinos".
    El tonto y la linde, o cómo manipular a la población (por OK Diario y medios afines)
  41. #25 añadiendo que se han cambiado los baremos de los agravantes tb. Y que no se pueden añadir agravantes a una condena ya impuesta.

    Lo que quiero decir es que el mismo delito juzgado ahora puede tener la misma pena que antes por el agravante X, pero que si en el momento de juzgarlo no existía ese agravanvante, ahora su delito podría ser "menor".
  42. #55 vaya tela, como se nota la ignorancia sobre nuestro sistema penal. Supongo que son las consecuencias de tener gobernando a iletrados.
    Si el reo puede recibir un tratamiento legal más favorable al que recibió con la ley previa, esta ha de aplicarse. Es un principio básico en nuestro código penal, la retroactividad de las leyes favorables al reo. 
    No estamos hablando de una facultad discrecional de los jueces, es una imposicion legal y, de no aplicar la pena más favorable en los casos que correspondan, esos jueces estarían prevaricando
  43. #78 Argumento nº73 del trollcenter: "yo antes votaba a Podemos pero ahora voto a Vox y bebo lejía por culpa de Irene Montero"
  44. #2 entonces los jueces ya no son machistas? Porque era la defensa típica.
  45. #10 como va a ser irrelevante que revisen a la baja 350 penas de agresores sexual es por km error de redacción de una ley.. Lo de algunos comentarios es de ridículo total
  46. ¿Entonces ya se asume que la ley permite rebajas o esos casos aislados son jueces prevaricando? Porque solo veo que lo denuncien en Twitter, nada de ir a un juzgado a denunciar a esos jueces.
  47. #6 Que pasa, que tienen que bajar TODAS las condenas para que la ley esté mal hecha? No vale con que por culpa de no incluir un texto que es estándar en reformas penales con modificación de horquillas penales, hayan bajado cientos de condenas? Dónde queda el "no se va a conocer ni un caso".

    "Depende del juez que toque se rebaja o no la pena." Eso es directamente mentira, no tiene NADA que ver con el juez. Tiene que ver con el fundamento de la sentencia, y con si la ley nueva conlleva una pena menor aplicando dicho fundamento. De ahí que haya salas de lo penal que en el mismo día rebajan alguna sentencia y no rebajan otras.
  48. #1 ¿Donde están las denuncias por prevaricación a los magistrados que no han rebajado ni una sola condena?
  49. #36 el exministro de justicia es juez, dirigía el ministerio de justicia y ahora es juez del Tribunal Constitucional. Además el CGPJ emitio un informe en contra.

    "Solo dos enmiendas a la totalidad de PP y VOX, que es como no aportar nada"
    -> y por ser de la "derecha" no les hicieron caso.
    -> ERC también presento enmiendas aunque después la votase: www.elespanol.com/espana/politica/20221116/erc-aviso-ley-bajaria-conde y hasta se "disculparon": www.europapress.es/epsocial/igualdad/noticia-erc-ley-solo-si-si-ningun

    En una entrevista a RNE, recogida por Europa Press, la diputada ha explicado que las enmiendas que su partido presentó a la norma en relación con la posible rebaja de penas a violadores provenían de un grupo de asociaciones de mujeres juristas y que, "aunque no iban exactamente dedicadas" a ese tema, "sí hacían una reflexión de lo que eventualmente podía suceder si determinadas cosas se tuvieran en cuenta".

    "Creo que el equipo lo tenía tan claro que lo dieron por supuesto y yo asumo que, como parte de la ponencia, quizá cometimos un error todas juntas", ha declarado.


    Es una cagada, lo mires por donde lo mires. Lo peor es que es algo que se podía haber evitado.
  50. Opino que la ley ha cometido un error garrafal al dejar flecos tan relevantes abiertos.
    Dicho esto también tengo claro que toda la derecha está recurriendo a agarrarse al clavo ardiendo al tener tan poquito con lo que hincarle el diente a los malvados social comunistas.
    Porque la avalancha de noticias sobre este asunto no me parece ni medio normal.
  51. #14 Así me gusta, no solo se han cargado el principio de inocencia (si eres hombre eres culpable hasta que se demuestre lo contrario) sino que ahora se quieren cargar el principio "in dubio pro reo" y cambiarlo a "si eres hombre a tomar por c... el acusado"

    Habrá que resumirlo en "Si eres hombre huye al extranjero mientras puedas"

    PD: Este creo que va a ser mi 4º strike, asi que me voy a tomar unas laargas vacaciones.
  52. #127 Buenísimas. Gracias.
  53. Hombre, al fin, alguien que le contraste. {0x1f44f}
  54. #3 Ahora toca minimizar el problema y contener daños.
  55. #97 Primero te aclaro que los jueces han rechazado la reducción en muchos casos, no en algunos.

    En ese caso es realmente curioso que de 50 audiencias provinciales, 30 estén rebajando penas y 20 no estén rebajando penas (datos del ex-ministro García-Margallo), lo cual solo tiene dos explicaciones posibles a mi entender:

    1) Hay jueces que concretos que están, por algún motivo, rebajando penas a violadores con cierta soltura y alegria.
    2) Hay provincias españolas que, por algún motivo, concentran violadores a los que se puede rebajar la pena y otras concentran violadores a los que no es aplicable.

    Elije entre una de ambas opciones o bien propón una tercera que yo no veo. De momento, yo solo veo un sesgo de actuación y a mi, como antropólogo aficionado, me encantan los sesgos porque detrás de ellos hay voluntades y prejuicios entretenidos de estudiar.
  56. #6 pero no sabéis leer o que? La ley penal no se aplica con carácter general, si no que se hace en atención a las circunstancias de cada caso concreto. En el que has puesto, por las razones que sea, la nueva ley supondría una pena más grave. Ello no quiere decir que en todos los supuestos de violación se deba hacer el mismo cálculo penal.
    En algunos casos la ley del solo si es si podría dar lugar a un aumento de pena (por lo que el reo no puede acogerse a la reducción) y en otros sí que procede la reducción de la condena (y así han de reducirla los jueces o estarían prevaricando).
     
    No depende del juez que te toque, depende de cada caso en particular.
  57. #48 Con la mano en el corazón, si hubieran actuado así la polémica se habría acabado en una semana.
    Es de primero de gestión de crisis. No niegues el problema y menos aún ataques a quien lo señala.
  58. #9 De hecho no veo que sean las mujeres las que están atacando esta ley, sino ciertos hombres...
  59. #18 no se porque no correis a denunciar por prevaricacion a media judicatura

    Ni diciendoslo Carmena oiga
  60. Con lo de "de nada" al final parece el mismo tonto que pulula por aqui y que firma los mensajes igual... ademas parece tan mamporrero como el...
  61. #47 Mira que soy de podemos, pero te voy a repetir todo lo que dice de madrugada Losantos, por la mañana Herrera, al medio día Ana Rosa, a la tarde Risto y a la noche Motos.
    Revisar tus comentarios y ver cuantas veces dices 'mira que soy de Podemos, pero' es muy lol
  62. #18 con sus circunstancias, sea también imponible con arreglo a esta reforma del código (penal). a ver si leemos lo que pegamos.

    Curiosos, hace unos meses hacían referencia a la transitoria del 95, ahora a la de 2015.

    La pregunta es ¿Entonces porque motivo con la reforma del delito de malversación no hay ningún problema para rebajar las penas? Con esas mismas transitorias sería imposible, y está ocurriendo sin ninguna polémica.
  63. #57 la ley penal se aplica en atención a las circunstancias específicas de cada caso. Que jueces hayan rechazado la reducción en algunos casos, no quiere decir que unos lo hagan bien y otros mal, quiere decir que en unos casos la ley nueva es aplicable de forma más favorable y en otros no. Tenéis el cerebro liso
  64. #42 la ley la están criticando personas con sentido común, de ambos sexos
  65. #9 no se rebajan las condenas porque cualquier reo está en su derecho de solicitar la rebaja, y porque hay multitud de casuísticas, además de variedad de criterios de interpretación.
    De momento, el Tribunal Supremo creo que lleva 6 reducciones aprobadas, y estas sientan jurisprudencia. Y aún así, hay que seguir valorando caso a caso, porque dependen de distintas circunstancias.
    Básicamente, lo que dice el Supremo es que es obligatorio la pena a la nueva ley es en aplicación de la retroactividad de la ley penal más favorable al reo, siempre que sea posible. Y no siempre es posible.
  66. #79 Sumisión química y estar o haber estado en una relación sentimental con la víctima
  67. #58 Si la ley está mal, q lo admitan y la cambien.
    El problema está en que cambiarla no te soluciona nada. Porque los potenciales beneficiados son las personas que fueron condenadas antes de su entrada en vigor o aquellos que cometieran delitos antes de su entrada en vigor (estuvieran o no en proceso).

    A los que delinquen post entrada en vigor realmente no les es más beneficiosa, asi que aunque la cambien no soluciona el entuerto.

    A ver, que la modifiquen no es mala idea en absoluto, para tener una ley mucho mejor. Que lo hagan para hacer una ley mejor. Lo que digo es que aunque lo hagan eso no soluciona nada porque TDOS los que se pueden acoger a ella siempre podrán hacerlo ya. Da igual que esté en vigor 2 meses o dos años porque todos los que cometieron el delito antes de entrar en vigor pueden acogerse a ella (no es que A TODOS les corresponda rebaja, eh, la rebaja solo procederá cuando proceda pero en cualquier caso será para gente que cometió el delito antes de la entrada en vigor)
  68. #40 El hombre no, el violador y maltratador, tú sabrás porque te das por aludido.
  69. #14 Has citado un párrafo que ya no está en vigor, cito lo que está en vigor:

    Disposición transitoria segunda.

    Para la determinación de cuál sea la ley más favorable se tendrá en cuenta la pena que correspondería al hecho enjuiciado con la aplicación de las normas completas de uno u otro Código. Las disposiciones sobre redención de penas por el trabajo sólo serán de aplicación a todos los condenados conforme al Código derogado y no podrán gozar de ellas aquellos a quienes se les apliquen las disposiciones del nuevo Código.

    En todo caso, será oído el reo.


    El enlace:
    www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1995-25444&p=20221223&tn=1#


    Sinceramente, no entiendo lo que dice. Cada día aborrezco más la jerga jurídica.
  70. #47 Mira que soy de Podemos...pero....#78 da en el clavo
    Además de que la ley es del congreso, no de Podemos ni de Irene Montero, y que desde luego ella no va a tener la culpa en un supuesto error técnico en la redacción de ley, por no haber especificado en sangre de unicornio una disposición transitoria vigente, algo que no señaló ninguno de los jueces que revisaron la ley previamente, ni de los servicios jurídicos del estado ni de ningún partido político.
  71. #58 estaban diciendo ayer (por Twitter, por aquí no lo vi pero seguro que hay alguna noticia publicada también) que el 90% de esas reducciones de pena eran según el CP anterior a la ley, porque en la mayoría de los casos la aplicación del las penas habría sido mayor. Y el contador de reducciones de condena saliendo por peteneras...

    Como ejemplo, el caso de la Arandina, que en la revisión de pena pasaron de los 3 años de condena a 9, peeeeeeeeeeeeeeeeero es una reducción de pena porque podría haber sido bla bla bla...

    Aun así, si en vez de 300 reducciónes, hubieran sido (las que creo que realmente son) 30, también direis que es un peligro para la sociedad, una reducción de un año a un violador. Aunque no veais problema alguno en que a un violador le condenen, con una interpretación "creativa" de la ley a 3 años en vez de a 9.
  72. #15 desde #14 te explican por qué no deberían haber salido ni haber recibido rebajas en sus condenas.
  73. Joder, mira que soy de Podemos, pero seguir defendiendo esta parte de la ley que es una autentica cagada… El argumentario primero era que no iba a haber rebajas. Cuando se demostró que sí, el argumentario cambió a “Es que lo importante no es que esten 15 o 13 años, es que cumplan” y cuando ese argumento tambien era insostenible, cambian a “Es que hay muchas mas revisiones denegadas que aceptadas”. ¿En serio?

    Insisto, soy de izquierdas y de Podemos, pero es lamentable esta huida hacia adelante. Si gobernando el PP, Cs o VOX hubiesen aprobado una ley que hubiese permitido que un solo violador viese su condena rebajada un año, las manifestaciones capitaneadas por Irene con ojos llorosos y diciendo que ni una rebaja a un violador y que cumplan las condenas integras, que son un peligro y blabla… Serian semanales.

    Pero aqui ahora la señora montero ha aprobado por su coño moreno una ley que aunque es un 90% positiva y con buenas medidas, tiene un agujero ENORME y por el cual se estan escabullendo violadores, acosadores y demas chusma que son el principal enemigo del feminismo, y tienen los santisimos ovarios que despues de que 300 condenados hayan visto rebajadas sus penas, digan que aqui no pasa nada y que esta todo bien. ¿EN SERIO?

    Irene y sus amigas se han acabado de cargar a Podemos y ponernos en bandeja a los que llevamos apoyandolos desde el primer dia irnos sin ningun tipo de remordimiento a Sumar cuando Yolanda lo oficialice. Y lo gracioso es que Montero echara la culpa de la debacle en el partido al machismo, a las fake news y demas tonterias. NO, HIJA, te lo has cargado tu. Y no porque seas mujer, si no porque eres una inutil como ministra feminista de igualdad que deja en libertad a cientos de violadores y le resta importancia.
  74. Estoy de acuerdo con que haber dejado flecos ha sido un error.

    Pero que podemos decir de esos jueces que viendo un fleco optan por sacar a un violador de la carcel pudiendo optar por lo contrario, como hacen otros? Esos jueces no tienen nombre, apellido, ni son criticables?
  75. #96 www.europapress.es/epsocial/igualdad/noticia-mujeres-juristas-themis-d

    Por poner un ejemplo intachable de alguien afín que avisó y cuyo aviso se ignoró.
  76. #118 diselo entonces a la ministra del ramo. Que insistió que no habría rebajas y que eran bulos fachas.
  77. #104 Te he votado negativo por error, disculpa, compenso en otro comentario.
  78. #1 Absolutamente, se ve claramente que los jueces están yendo caso por caso, y rebajando penas cuando procede, hecho que desmonta todas las tonterías de los gobernantes aficionados que tenemos.
  79. #123 pues disculpa tú porque me ha sentado fatal. Y te he votado de vuelta. Y no suelo hacerlo.. Mal hecho
  80. #121 9 no me has entendido o yo no he entendido el comentario original.

    Digo que, tal como está hecha la ley, es normal que ahora se rebajen penas y que ya se sabía de antemano. La ministra no hizo caso.
  81. #137 No. Las disposiciones transitorias de la LO 10/1995 afectan a las reformas introducidas por la LO 10/1995. Regulan el tránsito a dicha ley, y como tal tienen un alcance limitado, tal y como debe tener una disposición transitoria.

    En el caso de considerar esas DTs inherentes al código penal, su propio texto haría que no fuesen de aplicación, ya que se regula el tránsito entre "este código y el otro". Si ambas leyes pertenecen al mismo código, no hay tránsito que regular. Aún así, no es este el razonamiento seguido, ya que dichas disposiciones transitorias no son inherentes al código penal, sino a la ley que las publica. Si no, su alcance sería ilimitado, y como tal, no transitorio.

    Por este motivo el PSOE mete una DT 2ª en la LO 5/2010, el PP hace lo propio en la LO 1/2015, y el presente gobierno hace lo mismo en la LO 14/2022. No es que les guste repetir, es que para regular el tránsito a una ley, no se pueden escoger arbitrariamente disposiciones de otra.
  82. #29 Oye, mándaselo a los trescientos y pico jueces que han aplicado una rebaja, que a lo mejor lo han hecho porque no habían visto el vídeo de Pableras.

    Que estamos aquí todos como pollos sin cabeza buscando una explicación, y resulta que lo que pasaba era que los jueces no habían visto el programa de Pablo Iglesias!
  83. #18 Esa disposicion no es universal. Ni valida para este caso.
  84. #9 No es que no les guste que la ley del sólo sí es sí "porque protege mucho más a las mujeres", eso es una simplicidad por decir lo menos. Lo que intentan es socavar la autoridad del Ministerio de Igualdad, y el Ministerio se está dejando por su impericia.
  85. #81 El párrafo que cita #14 está tan en vigor como ese que citas tú. Ambos párrafos son parte de disposiciones transitorias de dichas leyes, y por lo tanto, son de aplicación para regular el tránsito a dichas leyes.

    La ley que tratamos ahora no incluye ese texto en sus disposiciones transitorias, y por lo tanto, no tiene sentido citar estas. No se puede aplicar la regulación del tránsito de una ley a otra de manera arbitraria, las disposiciones transitorias de una ley solo afectan a la ley que las publica.
  86. #205
    De nada.
    Para eso estamos aquí, para compartir información.
  87. #54 gracias por aclararlo, como decía en 24 no entendía que quería decir
  88. #32 desde #90 #35 #39 te lo explican a tí.
  89. #201 SI. Desaparece el abuso y se integra en la agresión. El problema viene de que se ha cogido la mínima de la antigua pena de abuso manteniendo la máxima de la agresión.

    No existía sentencia "por agresión y violación". Simplemente o la violación era con violencia (agresión sexual, de 6 a 15 años) o "sin violencia" (abuso sexual de 4 a 10 años). Ahora siempre es agresión sexual, pero penada de 4 a 15 años.
  90. #262 Gracias, julio de 2009
  91. #30 Los que revisan para imponerse a Montero, lo son, sin niguna duda, a la gusta está.
  92. #19 "es normal que se rebajen algunas", "se sabía desde el primer momento'

    Tú planteamiento es ridículo
  93. #2 “… si no todas la mayoría.”

    Van unas 300. Es irrevelante, para mí, si son mayoría o minoría. Ya me parecen muchas.
  94. #83 Pero NO obligatoria y ahí tienes la prueba 4000 casos, 350 revisados no llegan a 40 modificados.
  95. Que rápido la habéis publicado. Tendreis el Telegram echando humo
  96. #213
    300 jueces? Esa informacion de que fuente es?

    La decisión de rebajarlas depende totalmente de interpretacion de juezas y jueces. No de la ley. Esos casos caben en la nueva ley sin necesidad de rebaja. Lo rebajan por que quieren, simplificado.

    Igual que alguno interpreta que no hay injurias, en injurias más que claras, por interpretación suya de un daño inexistente al honor por el clima politico. Vamos, un todo vale. (por que lo dice el).
  97. #44 Yo no tengo de eso, sigo tirando de eMule. Lo acababa de ver en Twitter y quedé asombrado. La sensación que tenía era de que todos los que recurrían obtenían reducción de pena, como de forma automática. Por eso creo que ha llegado rápido a portada: después de tanto hablar del tema esto no se sabía.
  98. #25 Se te olvida añadir que se han incluido agravantes nuevos, por sumisión química y por estar relacionado con la víctima. Entre eso y que muchos acusados que antes se irían de rositas porque había que probar intimidación o violencia y ahora no es necesario, la condena sería mayor que en la anterior ley en muchos más casos de los que sugiere esa tabla.
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