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Se viraliza un vídeo de Alfonso Guerra en 2019 confesando las «presiones» que sufrió el Constitucional para aprobar la Ley de Violencia de Género: «Las penas eran distintas para hombres y mujeres».  

Se viraliza un vídeo de Alfonso Guerra en 2019 confesando las «presiones» que sufrió el Constitucional para aprobar la Ley de Violencia de Género: «Las penas eran distintas para hombres y mujeres». «Me aseguraron que la tumbarían por inconstitucional».

| etiquetas: alfonso guerra , viogen , violencia de género
  1. Es inconstitucional, han recibido presiones, pero hay que acatar porque la democracia es asín! :-|
  2. Presiones, dice “Me aseguraron que la tumbarían por inconstitucional"
  3. demencial
  4. Solo hace falta echar un vistazo al artículo 14.

    Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

    Y con las leyes actuales, si yo agredo a mi mujer, mi hijo recibe becas, ayudas, subvenciones por víctima de viogen. Si es mi mujer la que me agrede a mi, tendrá algo, pero son ayudas diferentes.

    Ahi se está discriminando a mis hijos por "cualquier otra circunstancia personal o social"
  5. #2
    Artículo 14 de la Constitución:

    Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
  6. Por decir esto y lo que indican múltiples comentarios, a mí en esta web me pusieron un strike.

    Se califica por sí solo.
  7. #5 En la Constitución hay un concepto uniforme de igualdad, la igualdad ante la ley del art. 14, que expresa: "Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social". Pero también hay en la Constitución un concepto proporcional de igualdad, presente en el art. 9. 2, que también transcribo por su importancia: "Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en los que se integran sean reales y efectivas, remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud". Por su parte, la jurisprudencia se hace cargo de estas dos facetas o dimensiones de la igualdad, exigiendo una justificación de la igualdad proporcional cifrada en que el tratamiento desigual tiene que reunir dos requisitos: a) la objetividad, y b) la razonabilidad. La sentencia del Tribunal Constitucional de referencia es la STC 128/87, de 16 de julio.
  8. #5 de hecho la sentencia del constitucional literalmente reconoció que ese principio no se cumple, pero que como es una discriminación buena que busca un fin justo pues... aceptamos pulpo.
  9. Es que es de perogrullo... Son varios de los derechos fundamentales que son violados. Y todo gracias a una constitución que fue redactada tan "abierta y flexible" que permite que cualquier tribunal constitucional politizado de la época pueda violar "interpretar" la constitución según sus puros interes políticos.
  10. Para variar, los minions de guardia ya han sido avisados y ya vienen corriendo a votar negativo, que al amo no le viene bien que se hable de este tema ahora
  11. #4 Es una aberración legal que será corregida tarde o temprano. Rompe un principio tan básico como que todos los ciusadanos somos iguales ante la ley (salvo que seas menor, discapacitado, etc).

    Curiosamente es una ley sexista pues considera a las mujeres "especiales" respecto al resto, absurdo.

    Pero bueno, es lo que hay. Ya hay países que han ido y vuelto, a nosotros nos tocará volver algún día.
  12. #7 ¿Y en qué ayuda a que la igualdad sea "real y efectiva" que si tú me pegas y yo te pego, yo tengo una pena mayor que la tuya, que si yo soy un hombre maltratado no puedo acceder a las ayudas que tú si puedes...?
  13. #6 A mí unos cuantos.
  14. Esto se sabía desde el día 1, no habría pasado el trámite del constitucional si no lo hubiera dirigido una persona que estaba a favor del PSOE en ese momento. Una vez pasado pues ya no se puede hacer nada, a no ser que lleguen al poder los idiotas descerebrados de Vox, la cambien, luego les echen (más pronto que tarde espero) y la vuelvan a reformar, momento en el que, si no la hacen medio decente, supongo que se puede volver a consultar al constitucional para ver si esta vez vuelven a mirar el artículo 14 que cita #2.
  15. #7 Que si que muy bonito todo eso, si quién interpretará la constitución fuera una IA del futuro que no tuviera intereses ni sesgos ideológicos.

    Pero, la realidad es que la constitución, además de estar mal diseñada y redactada a propósito para ser abiertamente interpretable. Sería además bonito que no fuera encima interpretada por un tribunal politizado que la violara según los vientos que hondeen en la tierra de la pandereta llamada Reino de España.

    Vamos es tan ridícula las sentencias y opiniones que justifican las discriminaciones implantadas por la VioGen u otras leyes de igualdad.

    Que si cambiáramos el target de la ley a por ejemplo: no se discriminar a la mujer en favor del hombre en cuanto a la custodia de los hijos, favorecer en ayudas o directamente dar más puntos en trabajos públicos que son feminizadosAKA sanidad y educación... Saltaría todo el mundo.
  16. #12 #15 Olvidaos del hombre o mujer, id como he hecho yo aqui #4 y ya.
  17. Es aquí la reunión de pollas heridas? :troll:
  18. No huele a portada esto.. xD
  19. #7 Como el refranero, que lo dice todo, y ya después sólo hay que saber elegir ;)
  20. #7 No te esfuerces, es como echar margaritas a los cerdos. Esta gente nunca va a reconocer que, aunque les parezca mal que haya un agravante por maltratar a tu esposa, les parece bien que haya un tipo penal específico que protege a un policía de servicio. Ser policía por lo visto no es una condición o circunstancia personal o social.

    Esta gente no razona, solo vierte su rabia. Mientras estén metiditos en estos meneos, que al final son safespaces para muchachitos que se sienten agredidos por el feminismo, tampoco molestan tanto.

    :-)
  21. ahh que no hay más leyes discriminatorias donde se cumplen la objetividad, la razonabilidad.
  22. #22 No con las consecuencias que tiene esta. No sabéis ni que decir para justificar una clara discriminación en la ley, con juzgados de excepción.

    Y sí, hay como más de 300 leyes que discriminan al hombre a favor de las mujeres por el hecho de serlo.

    Pero bueno, justificado pues.
  23. #11 Eso no se va a producir y lo sabes. España ha sido y sigue siendo un referente en cuanto a igualdad. Así somos, nos gusta que todo el mundo pueda sentirse cómodo y seguro en nuestro país. Aquí por desgracia sabemos muy bien lo que es la falta de libertades y es obvio que en ese terreno no vamos a retroceder, solo cabe seguír avanzando.
    Lo que necesitamos es que las personas como tú, que aún no han sido capaces de adaptarse lo hagáis, porque aquí no sobra nadie y os necesitamos a todos y todas para conseguir un mejor país para las futuras generaciones. No queremos reductos de inadaptados sociales, de personas que se descuelgan y quedan relegadas al margen de la sociedad.
    Por tu propio bien y por el de todos deberías replantearse tu postura porque ese mundo que añoras se fue y no va a volver.
  24. #7 das asco, si algun día alguien relativiza tu derecho a la vida, no me esperes para defenderte.
  25. #11 y para romper el principio, primero rompieron el significado del termino igualdad con unos dibujos de mierda para subnormales, con monigotes subidos a unos cajones.
  26. #28 Ni hoy ni mañana esperaba nada según tu contestación. Tú mismo te has descrito de los que solo insultan.
  27. Pero peor que la ley, es la aplicación de la misma por el poder ejecutivo y judicial, desde crear tribunales de excepción a detenciones sin pruebas. Todavía recuerdo una sentencia en la que un hombre contesto a un insulto con otro por whatsapp y fue condenado el, ¿le insultó por el mero hecho de ser mujer?, hasta un subnormal diría que no, que fue porque fue insultado, menos los tribunales de excepción.
    Otro de una denuncia falsa, que el tio muestra como falsa con grabación en el juicio, y a pesar de todo sigue siendo tratado como un criminal, por supuesto a su petición de tramitar una querella por denuncia falsa, el juez encima se lo pasa por los huevos, y así todo. Yo ya lo he dicho, espero que pronto un partido islamico se presente a las elecciones, no creo que falte mucho.
  28. #30 pues te equivocas, antes de esta mierda era bastante luchador por los derechos fundamentales de los demás.
  29. #4 Es la segunda vez que leo en este envío citar el manido, y malinterpretado artículo sobre la "igualdad ante la ley", y parece que sigue sin entenderse la diferencia con la protección a grupos discriminados. Entiendo (quizás me equivoco) que es porque no se quiere entender, o creer, que las mujeres, como grupo sufren discriminación, o cuando se habla de esa discriminación algunos se sienten 'aludidos'.

    Quizás un par de sencillos ejemplos hagan pensar... El Rey emérito está en Abu Dabi, y a Monedero acaban de 'desimputarlo' (por ahora) por enésima vez.
  30. #33 Y tu te has dejado la parte de despues.

    Mis hijos no son ni mujeres, ni hombres. Y los estás discriminando en función de quien ha roto la familia. Cuando el resumen para ese niño de 12 años por ejemplo, es que en su familia uno de sus progenitores ha agredido al otro, o lo ha matado.

    Explicale tu porqué él no recibe ayuda y el vecino si porque se invirtió el sentido de la agresión.
  31. #12 una auténtica burrada que no puede justificarse al tratarse de la mitad de la población discriminada y la otra mitad beneficiada...
  32. #34 "mis hijos no son ni mujeres ni hombres..." ni reyes, y no veo mucha indignación porque "no somos iguales ante la ley".

    Criticar que se pretenda 'compensar desequilibrios mediante la ley' y esgrimir el artículo de la Constitución es 'triste', porque se pone de manifiesto la falta de empatía con los vulnerables.
  33. #36 Que desequilibrio dices que hay que compensar con dos hijos en los que en su familia un padre ha matado a otro?
  34. #23 ¿Cuántos quieres por un comentario?

    Si quieres el total, llevo más de una docena de strikes y un ban de 90 días

    Cc #13
  35. Las penas no son distintas, solo tienen perspectiva de género. :troll:
  36. #32 "das asco, si algun día alguien relativiza tu derecho a la vida, no me esperes para defenderte. " Todo dicho
  37. #41 que te pongas a trabajar, coño, que encima que estas viviendo de cargarte mis derechos fundamentales te tengo que estar oyendo en horas de trabajo mientras te pago.
  38. #40 No sabía que te podían dar más de un strike a la vez oor un mismo comentario.
  39. #42 ¿varias cuentas?... trabaja tú que hoy es fiesta en mi ciudad, ya veo como trabajas.
  40. #41 no alimentes al troll. Se acaba de abrir la cuenta para masturbar su necesidad de atencion
  41. #46 Últimamente es muy frecuente con insultos incluidos.
  42. #27 Tu comentario es ciertamente absurdo, sobra más de la mitad porque no argumentas nada, solamente atacas de forma aleatoria.

    Desde el inicio de la edad contemporánea, las revoluciones liberales nos han llevado a unos estados de derecho que se caracterizan por la igualdad de todas las personas ante la Ley (en contraposición con el antiguo régimen estamental). Esto se ha mantenido durante 200 años hasta que este tipo de leyes discriminatorias han irrumpido, y no tienen sentido, contravienen claramente el artículo 14 de nuestra constitución.

    Pero también lo veo como algo normal, un fenómeno péndulo que tantas veces se ha dado en la historia, se han pasado de frenada, volveremos a la igualdad tarde o temprano :-)
  43. #49 Como se suele decir "con tu pan te lo comas" .
    Que no se diga que no hubo quien te advirtió.
  44. #7 Perdona, es la cuarta o quinta vez que te veo sacar ese argumento, que no se si es tuyo o del constitucional, pero que en cualquier caso esta traído con pinzas.

    El articulo 9.2 de la constitución hace referencia a la igualdad, no en la defensa de los derechos básicos, que no puede existir discriminación alguna. Hay que defender los derechos básicos de forma igualitaria, porque sino daría cosas tan estúpidas, como que se puede poner pena de muerte a un hombre por un delito contra una mujer al ser esta mas débil o desprotegida. Sino a la participación del ciudadano en la vida política, social, cultural y económica.

    Y copio textualmente el articulo para que quede claro.

    www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1978-31229#:~:text=Artículo 9,-1.&.

    2. Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.

    Usar ese articulo, para defender la constitucionalidad de la LIVG es ridículo, es como si digo que la misma es constitucional respecto al articulo 3.1 porque el castellano es la lengua oficial del estado y como esta escrita en castellano hay que aceptar esa ley.
  45. #51 Por su parte, la jurisprudencia se hace cargo de estas dos facetas o dimensiones de la igualdad, exigiendo una justificación de la igualdad proporcional cifrada en que el tratamiento desigual tiene que reunir dos requisitos: a) la objetividad, y b) la razonabilidad
  46. #52 ¿Qué dos dimensiones? ¿La de proteger los derechos básicos inherentes y la de facilitar la participación en la vida publica?

    ¿Cómo justificas crear un tipo penal exclusivo para un determinado sexo de forma razonable, sin romper el articulo 14?

    ¿Por qué tu lo vales?
  47. #53 lee la sentencia
  48. #54 Yo te estoy contestando a ti y a lo que tu me has copiado de la sentencia...

    Yo no necesito leerla para ver que se han cogido papel de fumar para dar legitimidad a algo ridículo. Con contestar a la parte que tu me pones me vale y para eso te he pegado el articulo del mismo BOE al que hacen referencia.
  49. #55 vale, No te has leído la sentencia...nada más que hablar
  50. #45 En tiempos era así. Ahora te dicen que puede ser por acumulación de comentarios y otras mierdas.

    Pero múltiple strike por un comentario... es que no se explica.
  51. #56 ¿Algo mas que añadir a lo que te he puesto o solo vas a dártelas de que sabes algo que yo no, sin poder rebatir lo que se te ha puesto?
  52. #59 P.D. no hace falta que caigas en la reiteración. Si es admin es ideologizado. ;)
  53. #40 pues sería con otra cuenta, que está solo tiene 24 horas de vida.
    Quién eras antes de ser baneado?
  54. #7 por mucho que te cueste creerlo, la existencia del heteropatriarcado estructural no es ciencia. Esto tiene un nombre y se llama hembrismo. Se os ve venir desde Plutón. xD
  55. #63 No que va, pero los negadores del hetero patriarcado no se os ve venir, ya estabais desde hace mucho, lo veis como natural.
  56. #64 los negadores, gran película en tu cabeza, como el heteropatriarcado :-D
  57. #65 Lo dicho
  58. las mujeres tenemos la culpa de los delitos y por eso tenemos que pagarlo, no?
    tengo un amigo que vota a vox y dice que dice que Dani Alves es inocente, y punto. Vamos, que hay quien le gustaria vivir como en Iran.
  59. #56 mas de 200 sentencias del TC sobre esa ley. ¿Cual de ellas?
    Una ley muy problemática.

    Por ejemplo, si un hombre, varón, causa lesiones a una mujer, en los siguientes casos:
    1.- Hay o ha habido matrimonio, relación mutua afectiva, (novios y eso),etc etc-> Es violencia de género 5 años cárcel al agresor y multitud de derechos por víctima de vg.
    2.- No existe esa relación-> no es violencia de género. 2 años de cárcel al agresor. Víctima no tiene derechos por de vg.

    Abogados piden en el caso 2, recurso de inconstitucionalidad de ley VG. por discriminación a mujer por no estar casada o en relación.

    Fallo del tribunal
    Desestimada.
  60. #68 si no lees el hilo¿cómo vas a saberlo que sentencia y de que va el comentario?
  61. #69 Yo la busqué precisamente leyendo TU SUGERENCIA, pero no sin éxito.
    Creo que tú tampoco la has leído y no deseas que nadie la lea.
    Di que no tienes ganas de trabajar las neuronas y acabamos antes.
  62. #70 Mi sugerencia no, la jurisprudencia del constitucional. Ta te digo que ni te lo has leído.
  63. #71 Mi sugerencia no. Sí, tu sugerencia en #54 a #53 es una pregunta que al resto nos sugiere leerla.

    Ya te digo que ni te lo has leído. Ingeniosa deducción, supongo que hábilmente deducida de #68. Pero esperaba que nos iluminaras con algún "copia/pega" y una referencia a la misma para que podamos consultar.

    "la jurisprudencia del constitucional." Ya te digo, al menos 200 abogados han recurrido al TC por aspectos de esta ley y aceptadas a trámite.

    La decisión de admitir a trámite el recurso reside en su especial trascendencia constitucional al entender la mayoría de la Sala que el asunto suscitado trasciende del caso concreto al plantear una cuestión jurídica de relevante y general repercusión social o económica, según informa en un comunicado el TC.

    Debo aclararte que en el derecho occidental la jurisprudencia no es de obligado cumplimiento. Además, los artículos de las leyes que son objeto de los recursos son modificados con el tiempo según cambia la legislación. No sería muy justo aplicar jurisprudencia sobre leyes obsoletas.
  64. #72 Por tus comentarios no te has leído la sentencia ni el hilo, cansino. Jurisprudencia del constitucional.
  65. #73 ¿Sabes leer?. ¿Sabes que leer es algo más que mirar letras?. Ya he dicho que no la he leído. ¿La has leído tu?
    Si no te enteras, si eres incapaz de seguir una conversación, ¿cómo vas a leerte una sentencia?. Y no digo ya de enterarte de lo que se dice.
    Por lo menos, leete a tí misma.
  66. #74 . Por su parte, la jurisprudencia se hace cargo de estas dos facetas o dimensiones de la igualdad, exigiendo una justificación de la igualdad proporcional cifrada en que el tratamiento desigual tiene que reunir dos requisitos: a) la objetividad, y b) la razonabilidad. La sentencia del Tribunal Constitucional de referencia es la STC 128/87, de 16 de julio. Búscala y leétela y deja de molestar
  67. #75
    SENTENCIA 128/1987, de 16 de julio
    (BOE núm. 191, de 11 de agosto de 1987)

    ¿Esa? ¿Tardó Alfonso Guerra 32 años en hacer esas declaraciones?

    Perdón por las molestias, pero creo que te has equivocado de sentencia.
  68. #76 perdona, pero no te has leído el hilo y así estás haciendo el ridículo y me haces perder el tiempo. Habla de esta La Ley de Violencia de Género (LIVG), instaurada por el PSOE en 2004,
  69. #77 En 1987 no existía esa ley.
    La sentencia que indicas es sobre un señor que se sintió discriminado por no cobrar 4000 pesetas al mes por conceptos de guardería por ser hombre.
    Ya que te gusta tanto la palabra jurisprudencia verás que hoy día el fallo sería diferente.
    Léela, ya que haces referencia a ella en #7 y verás que no tiene nada que ver con la ley de VG.
  70. #78 más claro no puedo explicarlo Por su parte, la jurisprudencia se hace cargo de estas dos facetas o dimensiones de la igualdad, exigiendo una justificación de la igualdad proporcional cifrada en que el tratamiento desigual tiene que reunir dos requisitos: a) la objetividad, y b) la razonabilidad. La sentencia del Tribunal Constitucional de referencia es la STC 128/87, de 16 de julio. Deja de hacerme `perder el tiempo por tu falta de compresión lectora.
  71. #79 Y dale con STC 128/87

    hj.tribunalconstitucional.es/es-ES/Resolucion/Show/860

    a) El actor presta sus servicios... en el Hospital de la Seguridad Social de «Nuestra Señora de Sonsoles»...

    b) En el mencionado hospital existe un complemento retributivo de 4.000 pesetas mensuales en concepto de guardería, reconocido a todas las mujeres que se encuentren trabajando al servicio del centro hospitalario...siéndole denegado por silencio administrativo.

    c) ... en reclamación de cantidad, por la que solicitaba que se dictara Sentencia reconociéndose su derecho a percibir la referida cantidad porque el tratamiento retributivo que recibe vulnera, a su entender, «los principios de igualdad y no discriminación reconocidos tanto en la Constitución Española de 1978, como en la Ley 8/1980, de 10 de marzo, Estatuto de los Trabajadores».

    Se apoya el recurso en la vulneración del art. 14 de la C.E., que determina la igualdad ante la Ley de todos los españoles...El abono de la cantidad estipulada en concepto de guardería está condicionado por el requisito de ser mujer, o ser hombre en estado de viudedad.


    Entiendo que no sabes responder a la pregunta que hice en #68 "mas de 200 sentencias del TC sobre esa ley. ¿Cual de ellas?"

    FIN DE LA CITA. (ya te dejo descansar, pobrecita)

    Ah y ve a ver a un oculista, que parece que tienes la vista un poco cansada. Claro, es que son tantas letras...
  72. #80 Venga lee Fundamentos jurídicos de la sentencia y deja de molestar, aburres.
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