#8 que está de vacaciones y no como debería estar, según el concejal: de baja en la cama. A saber el grado de caciquismo que hasta los perros te ladran.
#32#28 Si no sabes cuál es el producto, es posible que tu seas el producto
De entrada, sólo con la posibilidad de la publicidad ya veo un riesgo. A saber la mierda que te cuelan ahí.
Respecto al tráfico encriptado, ciertamente lo está. Pero aunque no puedan leerlo, pueden interrumpirlo o boicotearlo. O quizás extraer metadata o pistas sobre la conexión. No lo sé. precisamente mañana me quería mirar el código de ese proxy, que veo que està hecho en go.
Lo más prudente, pagar por una VPN de calidad o instalar tu proxy.
#68 complemente insuficiente. Y lo que es peor, el usuario que quiere dale un uso "correcto" desde la perspectiva de los denunciantes serán los únicos que tendrán dificultades. Por lo que no tiene sentido.
#60 o porque no le ha llegado la notificación. Mira el comentario #69.
A lo mejor el juez lo ha mandado donde no era para poder tener una escusa para cerrar la app.
#116 ah.. no es desde Telegram, subí por Telegram....
Pensaba que es que había alguna forma de conseguir que Telegram hiciese el monitoreo...
Tengo varios sistemas de monitorización, gratuitos para que no nos cuesten un duro (somos pequeños) y uno de ellos es..... desde las hojas de cálculo de Google, que monitorizan cada 5 minutos si responde el servidor web, y mandan un correo....
#63 Una cosa es que esté prohibido comerse la comida que retiran, pero el tema es que no es motivo de despido disciplinario sino de falta leve, te lo digo como titulada en relaciones laborales, AU que estoy oxidada proque no ejerzo.
Tendría que ver el caso porque podría llegar a falta grave, pero habrían de comunicarles primero la falta y el despido disciplinario no debería ser la primera opción.
Luego el tema de que cada X meses hay una noticia similar... Yo no las recuerdo. Lo que sí recuerdo es un caso en que tanto la empresa como jefe de tienda fueron condenados por el acoso de este a una empleada.
Durante el juicio quedó demostrado que el jefe de tienda no rendía cuentas internamente a nadie y que hacia y deshacía a su antojo y que las denuncias internas a la sede central de la empresa no sirvieron para nada, por eso también fue condenada la empresa. Con 60000€ tuvieron que indemnizar a la trabajadora, si no recuerdo mal, además de la responsabilidad penal del propio jefe de la tienda.
Habrá que ver si esto que dicen de despidos disciplinarios en fechas diferentes pero próximas por unos motivos que los trabajadores dicen que no existen y la empresa dice que si existen son una caso de esa se de de la empresa o se dan en más sitios.
#63 por mucho reglamento interno que haya, este tiene que cumplir la ley y aplicarse conforme a la misma...
Y menudo ejemplo, que te despidan por llevarte un bolígrafo... te parecerá lógico eso.
#92 Perdona que te insista, es más porque me gusta entenderlo. Si asignas un bloque de puertos a un cliente durante una franja horaria y eso lo guardas, ¿no identificaría al cliente? Al fin y al cabo, ¿el puerto no es como una extensión de la IP y que viaja con ella identificando al cliente, el ordenador y la solicitud?