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Hola, soy Secretario judicial en un juzgado de violencia sobre la mujer. Pregúntame

Soy Secretario judicial en un juzgado de violencia de género y dada la curiosidad que suscita este tema en menéame y para poder aclarar ciertos aspectos técnico-procesales y legales sobre esta materia, puedo responder si alguien quiere saber algo más. Aunque entiendo que así evitaríamos sangrientas batallas y votos negativos :-) también respondo sobre las funciones propias de un "Secretario judicial:ese gran desconocido".

| etiquetas: violencia de género , secretario judicial
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¿qué funciones tiene un secretario judicial?
#1 Hola,

Pues las funciones son muuuuy diversas, y tienen su razón de ser en los orígenes de esta figura como fedatario público, algo así como un notario pero del procedimiento en garantía de la legalidad y por eso damos fé, es decir, que decimos que las cosas suceden como suceden y hay que creérselo porque "decimos la verdad".

Por otro lado, también dirigimos toda la oficina judicial, es decir, que somos "los jefes" de los funcionarios, gestionando el trabajo, repartiendo los asuntos,controlando que se haga correctamente, así como en el aspecto laboral del personal,(gestionas vacaciones y permisos, etc).

Además, tambien somos responsables de la cuenta de depósitos y consignaciones judiciales, que es una cuenta bancaria donde se ingresan por ejemplo, los depósitos para recurrir, o se ingresan las retenciones de las cantidades embargadas en hna ejecución forzosa, etc.

Tambièn hacemos la estadística trimestral de todos los asuntos del juzgado, para el Consejo General del Poder Judicial, (y gratis), especificando datos como el sexo de las personas que intervienen en un procedimiento o cuantas sentencias de divorcio se han dictado.

Dictamos las resoluciones que hacen que los expedientes judiciales, para que me entiendas, avancen siguiendo los trámites que establece la ley.
Llevamos tambièn los libros registro de los juzgados donde se anota todo lo que tiene que ver con éste, desde cuándo entra un determinado procedimiento o cuándo cesa un funcionario.

También somos los que hacemos todos los actos de notificación, que es, por ejemplo, el papelito que te llega a casa para declarar como testigo en un juicio.

El Secretario judicial también dirige exclusivamente, y sin que intervenga el juez, muchas actuaciones judiciales,como una entrada y registro de un lugar o edificio, o un acto de conciliación entre un empresario y un trabajador.

También es quien lleva todo el procedimiento de ejecución forzosa, que son aquellos porcedimientos que sirven para que alquien que está obligado a hacer una cosa y no la haya hecho antes, la haga forzosamente. En este tipo de procedimientos, menos la resolución que acuerda que se abran, todos los pasos y las resoluciones las dicta el Secretario judicial.

Te he hecho un resumen más o menos de todo y deseo que te sirva para no pensar que nuestro cometido es el de llevar cafés y hacer fotocopias, como sigue pensando aún mi madre y no se explica por qué para esto hay que estudiarse cerca de trescientos temas.

Somos funcionarios públicos, miembros de un cuerpo superior jurídico, que desempeñamos nuestro trabajo como AUTORIDAD, con el mismo tratamiento que un juez, sólo que con distintas funciones y alguna que otra discriminación injustificada con respecto a éstos.

Espero haberte sido útil, y si quieres saber algo más, pregúntame.

:roll:
Hola, Fibergran, gracias por tu ofrecimiento a responder preguntas. Paso a hacerte algunas:

1. ¿Cuál es el caso más común de violencia de género al que te sueles enfrentar a diario?

2. ¿No te parece que la ley viola el derecho de presunción de inocencia del hombre?

3. ¿Qué virtudes y defectos ves a la actual ley sobre violencia de género?

4. ¿Si una mujer denuncia por violencia de género a su marido y se demuestra que la denuncia era falsa, se actúa de oficio contra la mujer?

Un saludo.
#2 1. ¿Cuál es el caso más común de violencia de género al que te sueles enfrentar a diario?
Soy muy diversos, no hay un caso tipo o estándar, aunque la tipología de infracciones penales de la que conocemos es bastante limitada.
A diferencia de lo que sucede en un juzgado de instrucción puro y duro, las características de un caso de los que conoce mi juzgado es variable, porque no sólo se tendrían en cuenta a las partes de los procedimientos, sino también a otras personas del entorno de éstas, como a los hijos.
A diario veo hasta peleas domésticas que deberían tratarse a través de un medio que no fuera judicial, hasta chicas muy jóvenes que llegan muy tocadas, pasando por situaciones en las que lo único que se pretende es agilizar los trámites de un procedimiento civil.

2. ¿No te parece que la ley viola el derecho de presunción de inocencia del hombre?
Ahora la pregunta la hago yo: ¿por qué crees que la ley viola el derecho de presunción de inocencia del hombre?
No lo creo en absoluto, y creo que lo dices por la opinión de que el hombre se come la detención ante una denuncia por violencia de género. Pero no es así.
Primero, que si se cuestiona la legalidad de la detención, hay que decir que la detención casi, casi, casi siempre es una medida policial y no judicial, pero que no por ello no está garantizada constitucionalmente,
El hecho que se adopta una medida cautelar como la detención no vulnera la presunción de inocencia. La presunción de inocencia sólo desaparece cuando se dicta una sentencia condenatoria después de haber practicado prueba. Otra cosa es lo que pase y digan en Ana Rosa o en las Mañanas de la 1.

3. ¿Qué virtudes y defectos ves a la actual ley sobre violencia de género?
Muchos menos defectos que los que tiene el Código penal, por ejemplo.
Virtudes, por ejemplo, la cobertura de asistencia jurídica de la que se le dota a la mujer víctima desde el primer momento, independientemente de lo dispuesto en la Ley de Asistencia…   » ver todo el comentario
¿Que opinas de la discriminación positiva?
¿Por los jueces eluden los juzgados de violencia de genero?
#5 Es la primera noticia que tengo de ésto. Quizá pueda contestarte mejor un juez.
#5 Porque no quieren ir a machacar a no pocos falsos denunciados ni participar en la industria de los campos de exterminio de los maridos en.proceso de divorcio.
#243 Obviamente, y es real. Pero el zoquete que abre el hilo dice que no le suena...
#5 el acento andaluz no es gracioso, al igual que los demás acentos del país. Basta ya hombre de menospreciar el habla andaluza, en tu caso asimilándolo a algo "gracioso".
#0 Hola, gracias por prestarte a resolver las dudas.

Mis pregunta son las siguiente:
Objetivamente crees que se juzgan la mayoría los delitos conforme al estado de derecho, equitativamente? o por la discriminación positiva se tiende a favorecer a la víctima mujer?

Se instruye igual un caso de violencia de género que cuando es violencia doméstica? Me refiero a si siendo mujer la que hace un delito contra su pareja, la víctima tiene la misma asistencia legal.


Cual es, en tu opinión el porcentaje de denuncias falsas o casos dudosos que se presentan?

Qué le dirías a una mujer que no se atreve a denunciar por miedo/ lo que supone un abogado/ inseguridad, etc?

Gracias y buen hilo.
#13 En cuanto a tu primera pregunta, los delitos siempre se juzgan conforme al estado de derecho, en caso contrario supondría la responsabilidad penal de jueces, fiscales y secretarios judiciales. En el procedimiento hay unas garantías mínimas, sobre todo para los denunciados, de las que se les informa además doblemente, por la fuerza pública, cuando elaboran atestado, como por el Secretario judicial.

La especialización de estos juzgados también implica especialización de todos los agentes que en ellos participan, y no sólo de su personal, sino también de abogados, por ejemplo, e incluso en las unidades de las fuerzas y cuerpos de seguridad. Créeme que en cinco años que llevan funcionando estos juzgados, y no obstante aquellos de "curarse en salud", el examen sobre la veracidad de lo que la mujer denuncia, al menos en mi juzgado y con los medios de los que disponemos, (forense, equipo psico social), no es nada superficial.

En cuanto a la segunda pregunta, ambos casos se instruyen igual. La única diferencia en este caso no es procesal, sino administrativa: la mujer que decide continuar con su denuncia o formular acusación dispone de asistencia jurídica gratuita desde el inicio del procedimiento, es decir, que puede disponer de un abogado de oficio sin justificar inicialmente la ausencia de recursos económicos. Otra especialidad procesal es que si la mujer no acusa y no se constituye como parte en el procedimiento, aunque no intervenga en él, tiene derecho a que se le notifique la resolución por la que se termine.

Los casos dudosos que se presentan son muchos, la verdad, de ahí el alto índice de sobreseimientos, al menos, de este juzgado.
En cuanto a denuncias falsas es más complicado porque eso exige un análisis pormenorizado de la veracidad de la imputación si el procedimiento se sobresee o queda en nada.
Sí que en supuestos muy claros se ha deducido el correspondiente testimonio para proceder por denuncia falsa, de lo que también se les advierte a…   » ver todo el comentario
#0 muchas gracias por participar.

Me gustaría saber si en tu día a día, en la vida real, tienes que soportar comentarios machistas y misóginos solo por el trabajo que tienes o si, por suerte, la gente entiende la necesidad de que lo hacéis.
#15 La verdad es que no. Como anécdota, un señor al que recientemente le leí sus derechos como detenido me dijo, cuando terminé, que tenía más derechos que en su casa. :-)
Una vez sí que me persiguió otro señor que había sido condenado en un procedimiento nuestro, gritándome: "¡¡tó pa las mujeres, ná más que pa la mujer!!". Afortunadamente, el hombre medía la mitad de lo que mido yo, sin ser pivot, y con acento andaluz era bastante gracioso, como luego tuve la oportunidad de comprobar porque también le tramitamos unas medidas de familia.
Y sí, la gente no entiende la necesidad de lo que hacemos, como habrás podido comprobar a pie de calle o en los propios comentarios de los trolls de este "pregúntame".
#0 Antes has dicho que también te encargas de trabajar con las estadísticas del juzgado. ¿Los maltratadores están repartidos de una forma más o menos homogénea entre toda la población masculina o hay algún perfil más habitual? Y si es así, ¿Cual es el perfil más habitual del maltratador, edad, ocupación, nacionalidad, estatus socioeconómico etc. etc.? ¿Dónde se pueden consultar estas estadísticas- si están disponibles-?
#17 Sí, efectivamente, los Secretarios judiciales hacemos las estadísticas de todos los juzgados. Y sí, los maltratadores están repartidos, al menos en este juzgado, de una manera muy homogénea en cuanto a edad y nacionalidad. no así en cuanto a ocupación o estatus socioeconómico. Hay de todo, pero el perfil de denunciados condenados o con medida cautelar responde más a un perfil socioeconómico más deprimido, al igual que de una formación académica inferior, mínima o inexistente, ya en extranjeros, ya en españoles.
Los números de varones extranjeros y españoles son prácticamente iguales, al menos en este juzgado de una localidad costera y turística.

Las estadísticas para el Consejo del Poder Judicial no son públicas, a menos que el Consejo las haga públicas. Y hay cierto sector de mi profesión que está luchando para que las decisiones de la Comisión Nacional de Estadística, en la que hay representantes del Consejo, del Ministerio y de las Comunidades Autónomas se hagan públicas.
La estadística judicial no debe servir par rellenar telediarios, sino para la transparencia judicial y para la política legislativa en materia judicial, independientemente del orden jurisdiccional de que se trate.
#12 Una duda con esta ley ¿requiere identificar a todas las personas como hombres o como mujeres?

Por ejemplo, en el caso de personas transexuales, intersexuales o no binarias. El caso de personas no binarias, más específicamente, que no son ni hombres ni mujeres ¿podrían acudir a un juzgado de violencia sobre la mujer? O un hombre transexual ¿cuando legalmente es reconocido como tal deja de poder acudir a esta clase de juzgados?

O una mujer transexual ¿podría acudir a estos juzgados? ¿A partir de que momento, cuando sea psicológicamente reconocida su condición? ¿cuando cambie su identificación legalmente?
#18 A efectos legales sólo tenemos un sexo, y dependerá de lo que conste en el documento de identidad. Alguna vez se nos ha colado un atestado en el que se denunciaba una infracción penal en la que ambas partes eran del mismo sexo. En el juzgado de guardia han leído muy rápido y nos lo presentaron, pero obviamente, no era competencia nuestra.

Eso responde más o menos a tu pregunta.

La competencia de estos juzgados y más específicamente, este tipo de infracciones se penalizaron no en base a la condición sexual de una de las partes, sino a las consecuencias sociológicas que se derivan de tal condición sexual, incluso materializadas en normas jurídicas, imperantes en nuestro país mucho más de lo que históricamente lo han estado en otros países de nuestro entorno cultural.
#0 Muchas gracias por prestarte a preguntarte. ¿Sabes si en tu Juzgado los equipos Psico-sociales o los Jueces, están teniendo en cuenta el supuesto SAP (síndrome de alienacion parental) en casos de acusaciones de abusos a menores por parte de algún progenitor?
#20 La verdad es que lamentablemente, eso te lo puede contestar mejor un juez. Yo me limito a cursar los oficios para el Equipo psicosocial cuando es necesaria su intervención. Pocas veces me leo el informe en sí, porque no se elabora para mí, sino para el juez y el fiscal.
¡Lo siento!
#20 No quiero juzgar si el SAP es real o no, sólo que mientras los psiquiatras y médicos no se pongan de acuerdo en incluirlo en los listados de trastornos reconocidos no se puede tomar en cuenta en un proceso legal.
No entiendo bien a las mujeres que privan a sus hijos del amor y compañia de su padre sin una razón potente (conozco casos justificadísimos, como mi propio padre, gracias a mi madre le he visto poco, mil gracias porque casda vez ha sido un trauma) pero nada que no sea certificable puede entrar a formar parte de un juicio, se supone.
¿Qué opinas del hecho de que un hombre maltratado no pueda acudir a defender su caso a un tus tribunales? ¿No puede un hombre sufrir maltrato por parte de una mujer?

¿Por qué la violencia hacia el hombre no se considera "de género"? ¿De verdad piensas que no hay mujeres que presionan y maltratan al hombre haciendo alusión a su género (no eres hombre ni eres nada, si fueras un hombre de verdad como mi ex, compórtate como un hombre y no te quejes...)?

¿Por qué se presupone que el…   » ver todo el comentario
#21 Yo desconozco los datos que hablan de maltrato entre las personas del mismo sexo, ya que este juzgado no es competente para conocer de esos casos.

En cuanto a todo lo que preguntas sobre el hombre maltratado, en mis respuestas a comentarios anteriores en este hilo puedes obtener información. Y si no es así, dímelo.
Un saludo.
¿Por qué en este tipo de delitos hay un porcentaje tan inusualmente alto de denuncias archivadas o retiradas? ¿Crees que haya algún posible interés en presentar denuncias a sabiendas de que no van a obtener ningún resultado?

Creo que de ser ciertas esas denuncias, estamos ante un problema de ineficacia de la ley por no conseguir condenas de culpabilidad en casos de maltrato; y de ser falsas estamos ante un obvio problema de intereses en presentar tales denuncias.
¿Crees que mi preocupación está justificada? ¿Crees que hay alguna posible medida para solucionar este problema?
#24 Las denuncias no son verdaderas o falsas. No todo en este caso es blanco o negro. Todo es muy heterogéneo, la casuística es muy amplia. Las denuncias se archivan en muchíiiiiisimos casos por falta de pruebas, además de que en otros casos es porque ellas la retiran, y si no hay,como he dicho antes, "molla" en las denuncias o un mínimo principio de prueba, el fiscal no sigue adelante porque otra cosa no sería muy legal, para que me entiendas.

Un juez no puede castigar si no hay acusación y si no hay pruebas. No es cuestión de que la ley sea o no eficaz. Pienso más bien que la ley sería eficaz o no si con su aplicación se consigue lo que pretende.

Sí, claro que hay interés en presentar denuncias a sabiendas que no van a ningún lado. En ésta y en todas las jurisdicciones. Y los motivos son muy distintos, a veces inadmisibles, (todos conocemos casos), y a veces más o menos reprochables, como en aquellos casos en los que se pretende dar "un escarmiento".

Contra el vicio de pedir, está la voluntad de no dar, y para ver a quién se le puede dar o no, nos hacen falta muchos medios, como los que he puesto de manifiesto en comentarios anteriores.

Tu preocupación estaBA justificada ;)
#24 Lo de que hay muchas denuncias falsas es un mito bastante extendido, que muchos van diciendo sin haber consultado un solo dato.

Como puedes ver en la memoria de 2014 de la FGE (www.fiscal.es/fiscal/PA_WebApp_SGNTJ_NFIS/descarga/MEMFIS14.pdf?idFile), el porcentaje de denuncias falsas es un 0,01%. De hecho, la propia Fiscalía afirma que "El escasísimo porcentaje de causas incoadas cada año por delito de acusación y denuncia falsa –120– en…   » ver todo el comentario
#257 Mira... lo del 0,01 sí que es un mito absurdo. Habiendo un 80% que no llegan a condena, es ridículo pensar que solo ese 0'01% es falso.
#257 Los números de denuncias falsas salen de la existencia de procedimientos en los que se incoan delitos de acusación o denuncia falsa. Es decir, un 0.018% son los procedimientos que terminan con imputaciones por denuncia falsa, pero eso no implica necesariamente que no haya acusaciones en las que la acusación sea falsa, aunque no haya imputación posterior.

Si los hechos quedan sin probar, como sucede a menudo, el juez puede no entrar a valorar el fondo del asunto, especialmente cuando hay…   » ver todo el comentario
#257 Lo que hay es un número escaso de persecuciones por denuncia falsa. Es completamente imposible saber cuántas denuncias son falsas. Lo máximo que se puede hacer es acotar ese número. Ese 0,01% sería el mínimo. Pero el máximo sería el número de denuncias archivadas, sobreseídas, etc., que es más o menos la mitad del total. ¿Entre el 0,01% y el 50% cuál es el número real de denuncias falsas? No lo sé, ni tampoco tú. Pero ajustarte al mínimo posible dice mucho de tus sesgos.
#24 ¿Por qué en este tipo de delitos hay un porcentaje tan inusualmente alto de denuncias archivadas o retiradas?

¿Puedes indicar en qué datos te basas para decir esto?

Pista: empieza por aquí: www.poderjudicial.es/cgpj/es/Temas/Estadistica-Judicial/Analisis-estad (página 32)
#38 Me baso en este informe:
www.poderjudicial.es/cgpj/es/Temas/Estadistica-Judicial/Informes-estad
98.000 causas archivadas frente a 46.000 causas juzgadas, de las cuales acabaron en condena 28.000
No sé... a mi me parece alarmante que se lleguen a juzgar menos de la mitad de las denuncias que se interponen.

Y sobre tus estadísticas generales, bien es cierto que hay otros delitos menores cuyas denuncias acaban en nada en gran proporción; pero creo que es un error mezclar las denuncias por violencia de género con el carterismo (por poner un ejemplo).
A todo esto, sigo esperando que conteste el secretario, a ver qué opina del tema.
#43 a mi me parece alarmante que se lleguen a juzgar menos de la mitad de las denuncias que se interponen.

¿Alarmante en base a qué? Si no quieres comparar las de violencia de género con otras causas, ¿como llegas a la conclusión de que las archivadas son "inusualmente" altas? ¿Qué marca lo usual o inusual si no es la comparación?

Tal y como la planteas, la pregunta es falaz.
#45 Podríamos compararlo con causas similares: agresiones, violencia doméstica, otros tipos de acoso.

Igualmente, te doy la razón; veo imposible hacer una comparativa fiable de estos asuntos con los datos que disponemos, así que mis conclusiones ya son meramente especulativas. Buen punto para ti.

De todas formas, sigo manteniendo la pregunta para el secretario, ya que el porcentaje de denuncias sin sentencia sigue siendo alto (aunque no sea inusual) y las personas denunciadas por este delito sufren unas consecuencias mayores por tal denuncia que los denunciados en falso por cualquier otro tipo de delito, y me parece injusto olvidar los derechos vulnerados de la persona denunciada y no condenada.
¿Te has encontrado alguna vez con un caso que te pareciera una denuncia falsa, aunque después no se tomaran medidas contra la denunciante?

Pregunto porque yo, que no tengo ninguna relación con la judicatura, conozco tres casos.
#30 Insisto, el problema no es tanto la denuncia falsa como que se archive la causa por falta de pruebas, incluyendo la renuncia de la propia víctima.
Además, atendiendo a la tipicidad de ciertas infracciones, en algunos casos es difícil distinguir cuándo se está ante una discusión doméstica y cuando ante algo prohibido por la ley.

De las denuncias falsas conocen otros juzgados, y no sé exactamente los que pueden derivar de los procedimientos de violencia de género. Sólo sé que en algún supuesto muy claro, hemos expedido testimonio para fiscalía por denuncia falsa.
#31 Me remito al comentario #30 en cuanto a eso.

Un saludo.
#26 El principal defecto de esa ley, para mi entender, es que deja completamente desprotegido al hombre en el caso de que este sea maltratado por la mujer.

Esto no es que sea incorrecto, es que es un disparate de magnitud colosal. Leerte (y entender) los artículos 153 y 173 Código Penal tal vez no sea mala idea antes de abrir la boca.
#35 Y conocer la realidad que envuelve al hombre maltratado también te vendría bien, para saber qué es lo que estoy reclamando yo...sobre todo a nivel de ayudas institucionales.

Y soy mujer.
#6 Discupla, te he votado negativo negativo queriendo (estoy con el ordenador).
#37 - - = + zoquete.
#29 Te olvidas de una parte impportante:

2. Lo establecido en el apartado anterior no será de aplicación a los procesos penales.

El día que tu banco te meta un contencioso, también vas a ser tú el que tenga que demostrar tu inocencia. Solo en los procesos penales debe el estado demostrar culpabilidad para condenar.

Pero vamos, no entiendo que haces no denunciando a la primera peluquería de señoras que te cruces en base a esa misma ley. Q
#29 Me temo que #46 ya te ha contestado.
#46 Joder, pues he de confesar que había pasado ese punto por alto totalmente... recojo mi owned.
#47 Disculpa, que no me ha quedado claro por que he visto algo que entiendo como contradictorio.

Por un lado dices que se penaliza en base a las consecuencias de la condición sexual, y en la otra que depende de lo que conste en el documento de identidad. Obviamente la condición sexual y lo que conste en el documento de identidad puede diferir y esa es la pregunta: En caso de que difiera ¿A cual se le hace caso?

Por otro lado entiendo por tanto que esta ley en su estado actual tendría que…   » ver todo el comentario
#49 Mientras no se contemple esa posibilidad por el Ministerio del Interior que es quien expide los documentos de identidad, no. Yo no he dicho que se penalice en base a las consecuencias de la condición sexual. En cualquier caso, entiéndeme condición sexual, a los efectos de que trata este pregúntame como sexo, masculino o femenino, es decir, a efectos legales.

También te digo que todo lo que has planteado sobre género no binario es muy interesante.
#49 Entiendo que con consecuencias sociológicas se refiere a la superioridad machista que ha existido a lo largo de la historia y que conllevaba que muchos hombres agredieran a las mujeres. Por mucho que un hombre se sienta mujer, los maltratadores no leen las mentes y no saben que eso es así, por lo que no formaría parte de esas consecuencias sociológicas referidas. Incluso en el caso de una transexual hecha y derecha, sociológicamente también sería bastante discutible su clasificación de un maltratador-maltratada dentro del marco hombre maltratador - mujer maltratada clásico, que se ha dado históricamente con unas circunstancias concretas, que es el que motiva la ley.
#50
La ley no discrimina a nadie porque regula lo que pretende regular, es decir, que tiene por objeto (y es su artículo 1) actuar contra la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad aún sin convivencia.



Es decir:
La ley no…   » ver todo el comentario
#53 la ley expone en su primer artículo que hay una situación de natural discriminación de hombre hacia mujer

El papel lo aguanta todo.
#50 #53 Supongo que es cierto. Si algún día hacen una ley que regule el acceso sanitario a los negros pero no a los blancos podría decirse que "no es discriminatoria" porque "regula lo que tiene que regular"
#56 Muchas gracias por tus aportaciones. Me voy a guardar los enlaces de tus respuestas para soltárselos a los neo-machistas que aparecen en todas las noticias relacionadas con la violencia de género.
#59 pues vas a rapetirte mucho porque últimamente no veas como está el tema por aqui...
#41 ¿De que coño vas? Todo el puto hilo tocando las narices... y encima exigiendo que se te responda e incluso insultando en #54 . ¿Que te has creído?
#70 Don't feed the troll.
#64 si un hombre pega a su esposa, siempre es violencia de género.
Afirmas que toda violencia del hombre a su esposa tiene un origen machista (y por tanto, constitutivo de delito de violencia de género), ¿podrías demostrarlo?
#72 Lo siento mucho, pero yo no tengo que demostrar nada. Las que tienen que demostrarlo son las que denuncian a sus esposo por haberles pegado. Digo que siempre que el hombre pega a su esposa es violencia de género por esto: Art. 153.1. El que por cualquier medio o procedimiento causare a otro menoscabo psíquico o una lesión no definidos como delito en este Código, o golpeare o maltratare de obra a otro sin causarle lesión, cuando la ofendida sea o haya sido esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, o persona especialmente vulnerable que conviva con el autor(...) del Código Penal.
#67 Me ha quedado todo bastante claro, gracias.

Veo que reconoces el delito de autor, y presupones agravante de género en cualquier delito producido de hombre a mujer. No entras a hacer valoraciones personales de las leyes, simplemente dices que recogen lo que recojen, y evitas hacer cualquier mención a su propia coherencia y a sus bases y principios discriminadores.

Me parece interesante tu cuestionario, puesto que me ha enseñado algunas cosas y he caído en algunos errores argumentativos de…   » ver todo el comentario
#92 La agravante de género no existe.

En cuanto a la valoración de la ley, no creo que se base en principios discrimimadores. Antes he intentao explicar qué es la discriminación positiva, y creo que la discriminación en la que según tú se inspira la ley no lo es en cuanto a que está constitucionalmemte prevista.
Plantéame qué principio de la ley es ampliamente criticado y por qué y podremos discutirlo.

Por otro lado dices que yo recurro a engaño, así, tal cual y eso, sin decir cuándo o cómo yo estoy engañando es ofensivo por tu parte, además de falso.

Y cuando dices que das a entender que el proceso, las garantías judiciales y la protección es la misma cuando no es exactamente así, y no lo aclaras, no sé que esperas.

Independientemente de los diferentes tipos penales y de los distintos tribunales que serían competentes en uno y en otro caso, me gustaría saber cuáles crees que son tales diferencias sustanciales a las que haces referencia sin exponerlas.

Por mi experiencia en Menéame, me han resultado mucho más interesantes las dudas que había de carácter técnico-procesal, que las discusiones político-legislativas o filosóficas sobre la conveniencia o no de esta ley. He comentado con algunos usuarios que no saben en qué consiste una orden de protección, o el hecho de que en ellas pudieran adoptarse medidas civiles, o incluso no se creyeran que las mujeres también vienen detenidas a este tipo de juzgados, porque hay agresiones mutuas.

Por lo que respecta a esta materia, creo firmemente en la pertinencia de una protección pública y penal de estas conductas. Lo que cuestiono es que la existencia de estos juzgados especializados sea verdaderamente necesaria y si su razón de ser realmente es finalista o se trató en su día más bien únicamente de descargar a los juzgados de instrucción.

Veo, por otro lado, que el hecho de que la investigación en diligencias previas o en las actuaciones necesarias para la averiguación del delito se atribuya al Ministerio…   » ver todo el comentario
#61 "Yo no he dicho que se penalice en base a las consecuencias de la condición sexual"

Esto es lo que has dicho exactamente: "se penalizaron no en base a la condición sexual de una de las partes, sino a las consecuencias sociológicas que se derivan de tal condición sexual"

No digo que yo haya escrito lo mismo, pero sigue estando ahí la cuestión, de si se hace en base a esta condición social o en base a lo que ponga en el DNI. Por tu respuesta entiendo que es en base a lo…   » ver todo el comentario
#50 la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres,

Ideológico. Irracional. Absurdo. Incompatible con toda lógica. Producto de una teoría social no demostrada.
#87 Si un hombre fuera condenado por violencia de género y a continuación cambiara legalmente de sexo, ¿pasaría a ser inocente?.
#97 ¿Ein? ¿Por el hecho de ser mujer se convierte en inocente?

Es interesante en cuanto a qué pasaría si, pendiente un procedimiento penal,el imputado,(perdón,encausado o lo que quiera que sea ya), cambia de sexo.
Creo que la opción sería,o la inhibición a otro juzgado, o bien continuar conociendo del asunto sobre el principio de perpetuatio jurisdictionis por el que los cambios en las circunstancias de partes, objeto del proceso,etc, que había al inicio de un procedimiento no producen modificaciones sobre la competencia y la jurisdicción.

Sería muy debatible.
#97 Si yo me meto en el Klu Klux Klan y me cargo a 20 negros resultando condenado por asesinato y a continuación me uniera a una sociedad de rechazo de los asesinatos, ¿pasaría a ser inocente?
#82 Siento meterme, sólo una cuestión que me ha sorprendido mucho.
Has dicho:

si un hombre pega a su esposa, siempre es violencia de género

Y en el comentario siguiente, como no puedes demostrarlo, dices,

Lo siento mucho, pero yo no tengo que demostrar nada. Las que tienen que demostrarlo son las que denuncian a sus esposo por haberles pegado.

Mi reflexión es: poco tendrán que demostrar las mujeres, sobre si es de género o no, si el mismo Secretario General de un juzgado de violencia de género ya lo presupone.
¿Es este el tipo de presunción de inocencia que ha dejado la ley?
#98 Todavía no sé que tengo yo que demostrar. ¡¡¡¡Es SECRETARIO JUDICIAL!!!!
#108 si un hombre pega a su esposa, siempre es violencia de género

Prejuicio y también pre-juicio, porque se presupone antes de que en el juicio se valore si la agresión era por machismo o no..
#109 En tu opinión, ¿qué debería darse o qué debería concurrir para que no sea ab initio violencia de género?
#110 Absolutamente nada.
De entrada es violencia doméstica, intrafamiliar o como queramos llamarlo.
Si hay machismo, hembrismo, racismo, nocturnidad, alevosía, etc... deben ser agravantes que se demuestren como tales en el juicio, pero no pueden definir a priori el tipo de violencia.
#111 ¿Una agresión física sobre una mujer por parte de su marido que la está sometiendo a un acto violento por el hecho de que sea su mujer y porque sí no te parece suficiente cualificación?
#112 Es imposible saber saber sin investigar a posteriori si la ha pegado por ser su mujer o no. Quizá sea un individuo que es violento en general, sin distinciones de ninguna clase, o quizá se calentó una discusión y la pego a ella como habría pegado a otro si estuviese discutiendo con otra persona.

Eso es lo que hay que demostrar una vez en el juicio y en todo caso sería un agravante, como bien decía #111
#112 que la está sometiendo a un acto violento por el hecho de que sea su mujer y porque sí

Eso es lo que hay que ver en el juicio. Para eso son los juicios. Puede que sea por eso, o puede que no.
Lo que tú decidas antes sobre las razones de la agresión es justamente, por definición, un pre-juicio.
#106
La ley se basa en principios discriminadores en tanto que presupone una situación de dominio de un género frente a otro en una pareja.
Tú te remites a la ley que dice eso y sueltas que está justificado así sin más. Esa premisa es ampliamente criticada por no tener ninguna base objetiva, además de presuponer una causa de género en un delito de violencia de una persona a otra.

Dices que te exponga cuales son las diferencias entre el proceso, garantías judiciales y protección pero que lo…   » ver todo el comentario
#114 Error: no siempre que un hombre agrede a una mujer es violencia de género. Yo no he dicho eso. Es violencia de género siempre que concurran la relación personal legalmente prevista.

El hecho de que haya agresión de uno al otro conlleva implícito una relación de domimio, implícito en un acto violento, sean o pareja, pero más reprochable en el caso de que así lo sea o lo hayan sido. Y no porque lo diga yo, porque lo dice la ley. Y porque lo diga la ley es discutible, claro que sí.

También hay diferencias en cuanto al órgano competente para conocer de los procesos de menores, e incluso el procedimiento y las sanciones son distintas ¿también es discriminación? También tendría que serlo el hecho de que de un despido disciplinario no conozca un juzgado de primera instancia. O del hecho de que la Audiencia Nacional conozca de los delitos de terrorismo, y no los juzgados de instrucción,¿qué justificación tiene que de un hecho terrorista ocurrido en Murcia, por ejemplo, y por murcianos, (anda que yo también...), tenga que conocer un Juzgado Central de la Audiencia Nacional?


El motivo de la agresión es un elemento del tipo, no una agravante y no entiendo por qué según tú, no debería de serlo. Es antijurídico insultar o pegarle a alguien. El motivo sería indiferente si no fuera porque es socialmente reprochable y especialmente sensible.

Creo que hay cosas sobre las que no cabe opinión. Una circunstancia agravante lo es o no lo es. No entiendo tu pregunta sobre una agravante.

Y sí, prefiero las discusiones técnico-procesales porque soy una técnico, soy una jurista, pero no una catedrática de Derecho Natural, y en ningún momento evito las discusiones de este caríz, y mientes cuando así lo afirmas.

Dudas de la existencia de situación de abuso del hombre sobre la mujer. Por supuesto, pero hay hombres que abusan de sus mujeres agrediéndolas física o verbalmente. Y el hecho de que eso siga sucediendo merece una especial atención.

No hace ni un siglo que tenemos derecho a voto. No hace ni cincuenta años que una mujer no podía ser empresaria sin permiso marital o paterno, por ejemplo.

No sé qué pensarías al escuchar como un chaval de diecinueve años dice que su novia no puede salir con sus amigas porque tiene que quedarse en su casa esperándolo a él cuando llegue de trabajar. Por ponerte un ejemplo. Y eso no es de hace cincuenta años.

Tengo mi opinión sobre el tema, y tú otra distinta.
#115 ¿Qué tipo de violencia es cuando esos mensajes los manda una mujer a su hombre?
#116 La violencia puede ser doméstica o de género, pero sólo cuando es contra una mujer. Lo que tú describes es un delito de amenazas puro y duro, pero no del subtipo agravado del artículo 171.4 del Código Penal.
#117 Vale, siempre que un hombre agrede a una mujer y tengan o hayan tenido relación afectiva...

Bieeeeeeen. En el post 117 por fin admites que la base de la ley es discutible, menos mal.

¿Me estás comparando menores con mujeres, en serio? Los menores sí que tienen una condición de indefensión objetiva, por su menor madurez biológica y su falta de experiencia vital. La mujer tiene, en principio, el mismo desarrllo y madurez que el hombre. Los otros delitos que utilizas para comparar son tipos…   » ver todo el comentario
#119 Si sólo quieres que te responda lo que tú ya piensas, ¿para qué preguntas?
#118 Pues a esto me refiero con que la ley no es igual para hombres y mujeres. El delito debería ser igual para ambos casos, ya que el bien protegido (la integridad del amenazado) es igual de valioso se trate de un hombre o una mujer, y ambos pueden tener el mismo miedo a las amenazas.
#120 Por el mismo criterio, un niño de 15 años que ha matado a otro debe cumplir o de diez a quince, o de quince a veinte años de prisión. El bien jurídico protegido en un asesinato es el mismo en un homicidio que en un asesinato, independientemente de la edad del culpable, ¿no?
#121 Pero la responsabilidad penal no es la misma en una persona sin madurez, al igual que no la es en el caso de un demente. ¿Acaso una mujer tiene menor responsabilidad penal?
#122 La pregunta entiendo que es retórica, ¿no?.
La infracción no se castiga más gravemente porque el condenado sea un hombre. Es que eso es lo que creo que no entiendes. Hay que ir más allá del texto de la ley. Estaría guay que le echaras jn vistazo a la exposición de motivos.
#123
La exposición de motivos la he leído y releído. Y sobre eso estamos discutiendo. Se presupone una situación de superioridad del hombre y se legisla en base a ello. Así que sí, la infracción es mayor por tratarse de un hombre, aunque se pueda profundizar más, es exactamente eso en la práctica, puesto que si no fuera hombre no se le castigaría a ese nivel.
Pero en mi casa no tengo ninguna superioridad ni nada así, y si un día pego a mi mujer no será por ser mujer ni por mi situación de…   » ver todo el comentario
#124 Mira, tú tienes tu opinión y yo tengo la mía.
Ha sido un placer debatir contigo, pero es una lástima que no hayas aprovechado para preguntar acerca de cosas sobre la violencia de género.

Discutes sobre el tema, sobre política legislativa, el aspecto filosófico de la ley de medidas de protección integral, me has atacado en no sé cuántos comentarios, pero creo que desconoces aspectos muy importantes sobre la materia de la que discutes, y a las pruebas me remito.

Aquí te muestro algo que, después de lo que llevo explicando, dice mucho de todo lo que has escrito. Ver comentario 93 y 94 de la foto.

Y sí, el hombre puede obtener medidas cautelares, iguales a las de la mujer, antes de dictarse sentencia.

¡Ah! He visto muuuchas órdenes de protección recíprocas, es decir, a él y a ella mutuamente.

Sin acritud, tengo más preguntas que contestarte.


Buenas noches.  media
#74 Lo de la prohibición de mediación en casos de violencia de género no lo entiendo.
Es una situación muy delicada y complicada para las partes y posiblemente pocas puedan tener éxito, pero eso no significa que pese a eso no pueda tener algún efecto positivo para el hombre y la mujer. :-/
#127 Los tienen. Créeme, pero me refiero a temas civiles. Yo dispongo de información sobre los procesos de mediación, tenemos folletos informativos que yo me empeño en repartir. :shit: Aún estar excluida de la mediación, hay juzgados que la hacen y eso es público.
#127 Es el espíritu de la ley.

cc/ #74
#135 Me asombra tu comentario. No tenía ni idea. ¿Qué asociaciones son favorables a la mediación si es que existe alguna? ¿Cómo se podría colaborar para favorecer la mediación? ¿Qué tipo de oposición hay o, al revés, qué tipo actitudes a favor de la mediación hay?

CC/ #127
#126 A llorar a casa, @blackheart.

Estamos hartos de tu victimismo.

¿Te imaginas si en un juicio se juzga más gravemente una agresión por parte de un gitano a un payo que viceversa? Es que estadisticamente, en esa etnia hay más delitos en proporción.

Ah, que el estado de derecho juzga a todos por igual. Como tiene que ser. Siendo iguales la raza, etnia o color de piel. Como debe de ser en un estado de derecho.,

Ahora bien, el señorito @blackheart quiere privilegios para según quien sea la…   » ver todo el comentario
#131 :-* :-* :-* :-*

A cascarla, majete :->
#138 Sólo para tu información.

No quería llevar el debate por aquí, que no es el objetivo de este hilo discutir historia de España.
Volviendo al tema.
He encontrado un artículo interesante sobre la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional acerca de la aplicación de la LIVG.
misrizos.blogspot.com.es/2012/06/el-t-supremo-y-el-constitucional.html

Te copio y pego un par de párrafos interesantes.

La STS 681/2008, de 25 de enero, en el recurso nº 1274/2007,

…   » ver todo el comentario
#58 ¿de verdad el acento andaluz sigue siendo gracioso? También tenemos que avanzar en esto ¿no crees?
#139 Sí, el acento andaluz me parece gracioso. El francés muy elegante, el italiano muy cansino, y así. Es una cuestión de gustos. Me gustan las cosas que me parecen graciosas. Y el acento andaluz me encanta. En concreto, el gaditano. Y me cansa taaaaaanto la gente que no lo entiende. Ábrete un sub o algo, pero este hilo no es para eso en realidad. Lo siento mucho. ;)
#139 #178 Ah, ¿es que no os habíais enterado?

Pues ya os lo anuncio yo: el acento andaluz es gracioso.

Tampoco entiendo que os moleste. Es una realidad. Os podrá gustar más o menos, pero no por indignaros va a dejar de ser así.

PD: El acento gallego también es gracioso.
#148 Muchas gracias por la información.
#155 Llevas razón, estimada secretaria judicial.

¿Sabes que ocurre?, que a veces de tanta injusticia y de pasarse veinte pueblos la ex de uno pues se llega a la ofuscación, a la idea de que no existe justicia para el hombre ante una expareja vengativa o mala, que te puedo asegursar que las hay y se aprovechan del sistema y que no hay más remedio que dar media vuelta y soportar incluso las humillaciones porque por encima de uno están los hijos que no tienen culpa de nada y, por supuesto, la…   » ver todo el comentario
#12: ¿No te parece que la ley viola el derecho de presunción de inocencia del hombre?

Desde el momento en que puedes ser secuestrado 48 horas y ser torturado, y no tienes derecho a indemnización (por mucho que demuestres la falsedad de la denuncia), yo creo que si se puede hablar de que se viola el derecho a la presunción de inocencia.

Pero bueno... allá vosotros y vuestro politicorrectismo, hasta que alguien se tome la justicia por su mano.

La solución podría ser tan simple como condenar a quién denuncie en falso a indemnizar con 20000 € por cada día pasado en prisión de forma injusta, pero nada, es mejor decir que son casos aislados.

#Establo_de_derecho
#157 Ni idea. ¿¿Torturado?? "hasta que alquien se tome la justicia por su mano".

Otro error: la detención no dura 48 horas, sino máximo 72, salvo terrorismo y banda armada que se puede prorrogar.

Otro error: confundes prisión con detención.

Tu ignorancia te domina. Lucha contra la fuerza, Luke.
#78: Es que denunciar en falso también es violencia de género.

En vez de usarse una pistola o un cuchillo se usa un sistema judicial entero para atacar a otra persona, pero es violencia igualmente.
#160 La denuncia falsa es un delito contra la Administración de justicia.

Y responder tonterías también es violencia de género. ¿Y por qué no son los delitos contra el medio ambiente violencia de género? ¡Cuánta discriminación! 8-D
#50: Los procedimientos no son idéntidos, si tu denuncias en falso a una mujer no pasa nada, si te denuncian en falso a ti te cae:
- Una detención por tiempo arbitrario.
- Sicólogos/as que defenderán a la mujer.
- Juzgados específicos para la mujer...

Y estoy en contra de todo tipo de violencia, que conste, también la violencia burocrática y judicial.
#163: Otro error: confundes prisión con detención.

¿Cuál es la diferencia? ¿A caso no estás privado de libertad en los dos casos?

¿Por qué no se indemnizan en España las privaciones de libertad?
#166 ¿Quién crees tú que ganará la Champions 2016?

¿En serio crees que la detención y la prisión provisional son lo mismo?
La detención tiene una duración de 72 horas maximo y es para practicar averiguacion del delito. La prisión provisional tiene otra duracion en funcion del delito que se le impute a aquel a quien se le impone y tiene por objeto otros fines, como evitar sustraccion de pruebas, ecitar riesgo de fuga, que vuelva a atentar contra bienes jurídicos de la vícrima, etc.
#166 Entonces los militares y guardias civiles serían ricos.
#166 No es lo mismo, a mi me privan de la libertad, y si me dicen que es una detención ya me siento mejor, para eso sirve el neolenguaje. xD Ahora en serio, está bien que sean conceptos jurídicos distintos, pero a efectos prácticos es lo mismo.
#186 En los JVM se han colado los del feminismo Saudita. Juezas que cuando les toca el divorcio hacen lo mismo que ven denuncias falsas.
#145 "Si al hombre estar detenido le acarrea problemas en su entorno laboral, es un problema de ignorancia y de prejuicios de su jefe. Si sale con un auto de sobreseimiento como un templo no sé de qué tiene miedo."

¿Podría desarrollar esta parte, por favor?
#145 #187 Suena como la típica frase “Si no tienes nada que ocultar, no tienes nada que temer”. Las consecuencias de una acusación pueden llegar a ser muy perjudiciales, aunque al final salga con el auto de sobreeseimiento. Una acusación no es algo inocuo. No es banal.
#163 ¿Has estado detenido alguna vez?
#145 Policialmente, la ley, si bien no vulnera, como dices,la presunción de inocencia del hombre, sí que desfavorece s éste totalmente.
Por ejemplo, si un hombre va a denunciar una agresión de su mujer, con sus respectivas lesiones, y ésta va posteriormente a denunciarlo a él, sin presentar absolutamente ni un rasguño, al hombre se le detiene y a ella inicialmente se la protege.
#202 Me recordaste a un caso en el cual un hombre fue apuñalado por su mujer denuncio y tubo que retirar la denuncia por que segun la policia su esposa le hiba a denunciar por violencia genero
#202 ¿Los datos los has sacado del bar de abajo o de FC?
#58 "y con acento andaluz era bastante gracioso"

Y éste, señores, es el nivel que tiene el personal que trabaja en los juzgados en España.
#205 Tras setentaypico comentarios explicando leyes y procedimientos jurídicos complejos, y por la forma de contestar, se nota que tiene nivel de sobra para ejercer de lo que ejerce. Pero claro, necesitamos sacarle algo malo y como dijo que si el acento noseque pues es más que suficiente para cuestionar su profesionalidad :palm: :palm:
#225 Huy, y no solo cuestiona la profesionalidad del que abre el hilo por esa nimiedad, sino también la de todo el personal que trabaja en los juzgados de España.

Este es el nivel de algunos comentaristas (#205) de meneame.
#3 Hola. Yo soy funcionario (interino) en un juzgado, y aprovecho esta ocasión que se me brinda para corregir al secretario judicial ;-P
Los actos de comunicación los hacen los funcionarios de auxilio judicial, no los secretarios.
#215 Yo hago más de un oficio, y no sólo lo firmo, ¿eh?
Por supuesto que los los auxilios judiciales hacen los actos de comunicación, también otros funcionarios,:-) pero te recuerdo que los actos de comunicación se realizarán bajo la dirección del Secretario judicial, que será el responsable de la adecuada organización del servicio..

Todo lo que hace la oficina judicial es responsabilidad del Secretario judicial.
¡Un saludo!{kiss}
#141 Más de 200 jueces han planteado esto de la presunción de inocencia al Constitucional y el secretario no se da por enterado. De objetividad cero. Es que hacer trampas en favor de la falsa denunciante es el trabajo de estos Juzgados que merecen su Nuremberg.
#177 Es lo que tiene vivir en la casa de gominola, en la calle de la piruleta, que poco a poco te alejas de la realidad.
#145, despues de este post tengo claro que eres UNA secretario judicial.
#117 Hasta hace nada cuando una mujer se iba de casa por malos tratos la prófuga era ella, a mi madre le ocurrió, además era triple secuestradora por irse con sus tres hijos. Gracias por recordarlo. Me encantaría votar 50 veces este comentario.
#236 , No sabes a que estoy contestando, (#145 por cierto). Y sin saber a que contesto dices que ni he leido ni entendido lo que has escrito?. Me da a mi que aqui de entre los dos el que no quiere entender lo que dice el otro no soy yo.
#246 Muchas gracias por este hilo. Es súper interesante.

¿Alguna vez admiten el delito o has visto casos de negaciones exageradas de hechos evidentes?
¿Sabes si hay algún programa para rehabilitación de los declarados culpables?
¿Colaboráis con las asociaciones dando información en el Juzgado sobre recursos a los que acudir o deriváis a los asistentes sociales?
#249 Hola,

Claro que admiten el delito. Por ponerte un ejemplo de los casos más frecuentes de los que tratamos, en juicio rápido, si el acusado se conforma con la acusación, eso implica necesariamente reconocer el delito para poder obtener una rebaja de la pena.

Hay programas de rehabilitación al menos, en el centro penitenciario. Tengo una amiga psicóloga que ha participado en programas de este tipo. También en sentencia pueden imponerse como medidas el asistir a estos planes o programas, de lo que podrían informarte mejor en un juzgado de lo penal.

Claro que colaboramos con asociaciones, el personal sabe lo que tiene que hacer, estamos en contacto constante con la Oficina de la Mujer, y los órganos de las distintas administraciones de carácter homólogo. Y no sólo con estas personas, también con las unidades especializadas de la Policía y Guardia Civil.

Además, aquéllas entidades también imparten cursos especializados de atención a las víctimas, por ejemplo y no sólo a funcionarios, también a abogados y a otros profesionales.
#249 Yo creo que en EEUU si hay mas conciencia por parte de las instituciones de dar y facilitar la información y el acceso a programas de rehabilitación. Es mas si deben de tomar programa de rehabilitación yo creo que es una obligación y que en España apenas se cumple con esa obligación.

Y si un psicólogo omite información de programas de rehabilitación, en EEUU se puede denunciar. Por ocultar información importante para el paciente. Y además el afectado , de seguro gana el juicio . Así debería de ser en España.
#145 Tú misma has recordado que parte de las denuncias de malos tratos se usan para acelerar los trámites de procedimientos civiles.

Si me comparas una detención en una calabozo de una comisaría con "pasar una mañana en los juzgados con los niños", pues creo que no estás entendiendo la preocupación que te estoy trasladando.

#0 ¿Crees que hay algún modo más proporcional de gestionar una denuncia de malos tratos? Es decir, de alejar al hombre de la posible víctima sin una detención policial.

Por cierto, mil gracias por haberte prestado en rodearte de los individuos que habitamos esta cueva. :hug: :hug:
#253 En cuanto a lo primero que has dicho es cierto, en ciertos casos sucede eso. Por lo tanto difícilmente v a haber ni sentencia, ni medida cautelar, ni nada. Créeme que darse cuenta de eso no es nada complicado.

Por supuesto que no estoy comparando una detención con la espera mientras se tramita un procedimiento, sólo quería decir que los efectos negativos son colaterales.

Además, aunque son más numerosos los casos en los que el hombre viene detenido que no detenido, en la práctica y al menos aquí, son muchos los que efectivamente vienen citados no detenidos. Por otro lado, y me gustaría que se me entendiera, también es verdad que la detención a veces es más breve que el tiempo que pasan las mujeres en dependencias judiciales.

Al hombre se le aleja de las posibles víctimas cuando no vienen detenidos, en la medida de nuestras posibilidades. Disponemos de una minúscula sala separada del vestíbulo del juzgado donde las mujeres permanecen aisladas para evitar el contacto con él, en plena libertad, claro, que ya depende de ellas y en cualquier momento pueden salir para tomar un café o salir a la calle. En estos casos, si no vienen con nadie de la oficina de la mujer, por ejemplo, o sin un familiar, es decir, que si están solas, algún funcionario tiene la amabilidad de acompañarla. Lamentablemente, no disponemos de espacio suficiente para tener una sala de ciertas características que atienda estas necesidades. No tenemos que apañar como podemos.
#145 Recuerdo un caso hace años... resulta que en USA a un hombre lo detuvieron por poseer pornografía infantil. Fue a la cárcel a la espera de juicio y durante el juicio las pruebas demostraron que en su PC tenía un virus que había permitido a terceros acceder a él y utilizarlo como almacenamiento oculto para dichas fotos. Se demostró que el acusado era completamente inocente y su única falta había sido confiar en que un antivirus lo iba a proteger.

Resultado: perdió su trabajo y sus vecinos nunca dejaron de mirarlo mal así que tuvo que mudarse a donde no lo conocieran.

Así que no me digas que con la "presunción de inocencia" es suficiente.
#265 ¿De qué temporada era ese capítulo? Permíteme la broma.

Si lo que dices es cierto, es sorprendente, pero no tiene que ver ni con este pregúntame, ni con el tema en cuestión.

Así que no me digas que con la "presunción de inocencia" es suficiente. Quizá sería conveniente que usaras otro tono. Creo que no es conveniente si lo que pretendes es que debata contigo.
#247 Porque todos los que pegan a sus novias y mujeres son en realidad falsas denuncias.

En fin, no sé ni por qué me molesto en contestar a semejante bocatrapo.
#264 Los casos en que no llega a condena son en su mayoría porque la mujer, por miedo, retira la denuncia o se retracta de su testimonio. Son muchos, muschísimo más los casos no denunciados (solo el 25% de los casos de maltrato se denuncian y más del 20% de las denucias se retiran www.msssi.gob.es/ssi/violenciaGenero/publicaciones/estudiosinvestigaci) o las denuncias retiradas que las denuncias falsas. Un buen…   » ver todo el comentario
#289 He leído algunos estudios estadísticos. Y sí, tienes razón en los números que pones ahora, pero las conclusiones son discutibles.
Es cierto que pocos casos de maltrato se denuncian, y seguro que hay una gran proporción de mujeres que retiran la denuncia por miedo o por codependencia.
Pero lo del 0'01% es una falacia como una catedral, así que si quieres empezar a discutir seriamente de este tema, podrías empezar por admitir eso.

Si queremos solucionar el problema de género, deberíamos admitir ambos problemas: las verdaderas víctimas que no denuncian, y las denunciantes que no son víctimas.

Estoy en contra de los que niegan tanto uno como el otro aspecto de este problema.
#291 Es cierto que el porcentaje del 0.01% puede resultar engañoso, es como si dijéramos que el número de maltratos es igual al número de denuncias por malatrado. De todas formas, lo que no sé de dónde sale es eso de decir que el 80% de las denuncias son falsas que he visto varias veces por aquí. De hecho, de los casos que llegan a juicio (que, por culpa del miedo a denunciar y de la retirada de denuncias no son suficientes), aproximadamente el 70% acaba en condena (…   » ver todo el comentario
#293 Lo de que el 80% son falsas es exactamente igual de absurdo que decir que lo son el 0'01%.
Pero me cuesta creer que digas que no sabes de donde sale ese 80%; es el porcentaje del total de denuncias presentadas que no acaba en sentencia condenatoria: incluye retiradas, absoluciones y, por supuesto, falsas. La estadística esa del 70% también es bastante engañosa porque olvidamos que muchas no llegan a juicio.

Sobre las estadísticas y, si queremos ser objetivos y llevar lo menos posible a…   » ver todo el comentario
#298 #293 Grandes! se aprecia tener un oasis de cordura entre tanto espumarajo neomachista
#296 Sí, sean o no mayores de edad, siempre que la hija, (y el hijo también, no depende del sexo porque hablamos de violencia doméstica), haya sido víctima de un acto por parte del padre y entre los padres haya habido un acto de violencia física o psíquica, también conoce de eso el juzgado de violencia sobre la mujer.

Los hijos, independientemente de su sexo suelen comparecer en muchas ocasiones como testigos, y luego si son víctimas también se les hace el ofrecimiento de acciones para poder ser acusación particular.
#236 Creo que se refiere a esto "Si al hombre estar detenido le acarrea problemas en su entorno laboral, es un problema de ignorancia y de prejuicios de su jefe."
Es un "que se joda" en toda regla.
#235 Yo no veo ningún "que se joda" en el comentario #145. Teniendo en cuenta el comentario al que respondía, que ignoraba por completo las consecuencias sociales que pueda tener una mujer por estar involucrada en este tipo de proceso a la vez que exageraba las consecuencias sociales que pueda tener el hombre*, me parece que simplemente estaba equilibrando la balanza.

*Ya me gustaría leer esos argumentos y esas grandes preocupaciones cuando detienen a algún anarquista acusándolo de dios sepa qué, pero en esas circunstancias no aparecen con tanta frecuencia ni tienen el mismo éxito en esta web... ¿por qué será?
#305 Ánimo. Cuando no contestas lo que quieren oir se ponen como motos.
Luego les explicas si eso que los funcionarios tenemos derecho a tener opinones, pero que la ley es la ley y no nos la podemos inventar y te tachan de abogaducho de mierda.
Les dices que mira, los abogados a veces la cagan y bien y te sueltan que ni puta idea su abogado es dios y tu una zorra que solo les quieres joder la vida.
Asi luego ni ganas de ayudar a nadie. Me quedo en mi neutralidad incluso cuando no curro y mejor. Menos dolores de tarro.
#313 Efectivamente... es más, cosas así ya se han hecho:

Hace un tiempo se decía en algún país europeo que los judíos tenían un gran poder económico y financiero.

La gente percibía esto como un grave problema social, ya que los empresarios judíos tenían tendencia a contratar a gente de su étnia y a repartir la riqueza del país entre ellos dejando de lado a otras personas que no compartían su legado.

Para poner freno a estas prácticas especuladoras, alguien propuso algunas medidas que todo el…   » ver todo el comentario
#319 Totalmente de acuerdo, las leyes tienen que ser iguales siempre para tod@s independientemente de raza, sexo, religión o etnia, "creo" que hasta lo dicen en un librito de unas 50 hojas, constitución lo llaman, lo que pasa es que algunos al legislar se limpian el culo con el librito.
#145 Soy un usuario, otrora bastante activo de esta página, y para proteger mi identidad, me he registrado con otro nick sólo para contestarte.

En primer lugar, te agradezco enormemente tu "Te respondo", así como tus comentarios y el esfuerzo que haces para explicar a la gente en qué consiste este mundo judicial en el que trabajas, pero...

Dices que todos los casos de detención deben estar plenamente justificados.

Y en otro post dices: "No es cierto que si una mujer llama a…   » ver todo el comentario
#360 Como tú dices, es tu propia experiencia. Y si de verdad es así, (no digo que lo dude), es lamentable, como puede serlo cualquier otra experiencia del mismo calibre en ésta u otra juisdicción.

Yo hablo desde mi propia experiencia, donde influye la conciencia de cada uno, y las ganas y el interés de hacer lo correcto.

También conozco casos como el tuyo, pero no han acabado tal que así. Son ellos en situaciones idénticas a la tuya los que disfrutan de la guarda y custodia, al menos en el procedimiento civil el resultado fue distinto.

Si me lo permites, me gustaría saber qué crees que hubiera cambiado si no existiera esta legislación específica, ni los juzgados especializados y de tu caso hubiera conocido un juzgadl de instrucción.
#360 Lo siento pero me cuesta mucho creerte teniendo en cuenta que lo normal suele ser todo lo contrario:

www.meneame.net/c/14958197

Tu historia simplemente es demasiado trágica como para ser creíble: todo lo que podía salir mal, sale mal. Jamás he oído nada semejante, y muchos detalles parecen poco realistas. Y viendo otros comentarios tuyos como #401 o #398 pareces más interesado en hacer propaganda que en otra cosa. Por otra parte, esta es una web pública en la que se puede…   » ver todo el comentario
#467 Siento que te cueste creerme. Lo que digo es la pura realidad de lo sucedido. Es evidente como ya he comentado que desde mi punto de vista y de lo vivido.

Lo que ocurrió puede ser interpretado y dado a la duda más que razonable, desde luego. Pero, todo lo demás que cuento es tan cierto como que estoy ahora mismo escribiéndote. Ya lo he dicho y lo volveré a repetir las veces que haga falta. Tengo toda clase de pruebas y documentación si así lo deseas para mostrarte y que veas que no…   » ver todo el comentario
#360 En primer lugar darte las gracias por exponer tu caso. En segundo lugar, decirte que mucho ánimo y continúa con esa valentía aunque sólo sea por tus hijos. Lo mejor que puedes hacer por ellos es mantenerte en pie. Y aunque percibas que estás sólo, hay más casos, algún día se os oirá de verdad y ese señalarte por la calle avergonzará a aquellos que lo han hecho. Tú cabeza en alto que no has hecho nada malo, al contrario.

Como ya te han dicho, el tiempo pone a cada uno en su lugar. Es…   » ver todo el comentario
#360 Hola . Yo quería compartir que ese psicólogo ha cometido un delito grave y en vez de tratar a tu exmujer , lo que ha hecho es agravar su enfermedad. En EEUU eso afortunadamente es denunciable , desgraciadamente en España no lo es :-(

Cuando un psicólogo no le da la información adecuada ( ofreciendole las asociaciones y tratamientos concretos para tratar su enfermedad con exito ) y el tratamiento adecuado a un paciente allí en EEUU se puede denunciar. Esto lo escuché en una conferencia…   » ver todo el comentario
#360 Joder tío, lo siento de veras. Y yo que me quejaba de como se portó mi ex. Ánimo y aguanta. Tus hijos crecerán y en estos casos el tiempo pone a cada uno en su lugar.
#360 Te veo demasiado calmado escribiendo esto. No sé cómo no te invade la rabia y la ira.

Yo no tendría ese autocontrol. Creo que yo sí estaría en la cárcel con motivo si fuese el protagonista de tu historia.

Por cierto, lo de descalzo me ha resultado bastante impresionante, y lo del zumo, las galletas y la manta sé que es cierto. Eso hay en un calabozo.
#366 ¿La jurisprudencia del TC es indiscutible?

La respuesta que pueda proporcionarle está implícita en todos los comentarios del hilo.
#373 Después de que el TC no invalidase la aplicación retroactiva de la doctrina Parot, no me fío del TC.
#368 Léase usted otros comentarios donde lo explico. Es por no repetir otra vez lo mismo. Lo siento, de verdad.
#336 Automáticamente no. Depende de la valoración de la prueba testifical.
Hay casos en los que los propios testigos son los agentes que han presenciado el hecho, junto con más personas, por ejemplo.
#381 A lo que quiero llegar es si en el caso de que sea su palabra contra la mia, y ella tiene a testigos que en el mejor de los casos pueden ser parciales, ¿prevaleceria la palabra de mi novia antes que la mia o directamente se archivaria?
#351 Insisto en que las cautelares van para los dos. Como he dicho antes, hay casos de órdenes de protección recíprocas.

Estoy totalmente de acuerdo contigo en cuanto a la propia aplicación de las leyes.
#378 Permíteme que discrepe en lo de que partirle la cara a alquien es una falta de lesiones.

Que yo recuerde labios rotos, no. Pero hemos tenido detenidos por partirle la cara a alguien, como consecuencia de arrojar objetos. Y hemos tenido detenidas porque ellos han presentado arañazos y hematomas.
Y también por pérdida de piezas dentales como consecuencia de una agresión.
#328 Alguien te lo tiene que decir: tus comentarios son transfóbicos y machistas.

"ellos no ven a las transexuales de la misma forma que te gustaría a ti"

Hay personas transexuales de todo tipo. Algunas mujeres transexuales incluso desnudas, son indistinguibles de las mujeres cisexuales.

"¿Datos que prueben tu afirmación?"
www.transrespect-transphobia.org/en_US/tvt-project/tmm-results/idahot-

"cosa que, además, demostraría que no se las ve igual que a…   » ver todo el comentario
#395 Mis comentarios no son transfóbicos por más que pretendas ir de víctima para tener razón y sentirte más feliz. Afirmo un hecho: que las mujeres transexuales sean iguales que las mujeres normales no implica que los hombres (y más aún los que entran en el perfil de violencia de género) las vean así, por más que a ti te gustaría que fuese así.

Yo no valoro lo que son o dejan de ser las mujeres transexuales, sino la percepción que muchos tienen de ellas (si fuese la misma no tendría sentido…   » ver todo el comentario
#369 Sí, yo por desgracia he conocido también varios casos. El más indignante fue un día que tenía que ir a firmar. Un chico de no más de 23-24 años llegaba esposado con varias personas junto a él. Yo pregunté al vigilante ya que de ir tantas veces nos conocemos, qué pasaba. Me dijo: Nada, se le ha detenido en el trabajo por una denuncia de su pareja. Son los compañeros, el jefe y el padre que le acompañan para declarar que estaba en el lugar del trabajo cuando supuestamente se produjeron los…   » ver todo el comentario
#379 He pasado por todos los estados de ánimos conocidos, e incluso creo que por algunos que no.

He sentido dolor, inmenso dolor, rabia, ira, enfado, incomprensión, aislamiento, vergüenza, (mucha, inmensa), soledad, tristeza, y ninguna expectativa por vivir. Ninguna.

Me notas demasiado calmado pero porque he llegado ya a un punto en el que me dejo llevar. Simplemente.

Es la primera vez en 3 largos años que cuento esto públicamente. No se trata de autocontrol. Se trata de pura y terrible…   » ver todo el comentario
#382 Gracias por contestarme.

Sí, evidentemente como ya dije es mi experiencia personal. No extrapolable, sólo quería explicar algunas cosas que has ido diciendo en éste hilo que no se corresponden para nada con lo que yo he vivido en primera persona. Nada más.

No me importa que lo dudes, todo el mundo duda. Cuando el río suena, agua lleva. Vivimos en un país, en un mundo que estigmatiza por determinadas cosas. Hace unos años por desgracias era justo al contrario. Una mujer iba a comisaría…   » ver todo el comentario
#404 Si te digo que he visto casos en los que no, no me creerías. Lo siento.
#407 Si me dices que no es asi siempre te creo, no tengo razon para no creerte. Pero en mi caso no fue asi y estoy un poco resentido por ese aspecto, porque aunque luego pude demostrar que no estaba donde ella decia que yo habia estado, el mal trago si que lo pase.
#415 Sí, pueden ser delito. Delito de injurias ex artículo 208 del Código penal:"es injuria la acción o expresión que lesionan la dignidad e otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación"
#416 qué graciosa, aludes a otro artículo del código penal. Es decir, que mientras que el insulto del marido está así estipulado dos veces, el de la mujer sólo una. Además de que obvias deliberadamente que el artículo 208 sólo puede perseguirse presentando querella criminal mediante abogado, y por tanto nunca es susceptible de detención policial, mientras que el del marido sí lo puede ser.

Es vergonzoso que un funcionario público que debe ser independiente tenga un criterio tan sesgado. No mereces desempeñar tu función ni tu plaza de funcionario, un examen no te da derecho a eso.

Algún día alguien se querellará contra ti por prevaricación. Nosotros no podemos por desconocer su identidad, pero todo te llegará.
Esa afirmación es falaz y simplista. Repetidísima. Por favor, sería más útil discutir sobre otro aspecto.
#356 Para hablarte de nivel de informatización, tendría que ser informático <:( , pero sí, todavía dependemos de procedimientos que serían mucho más eficientes con nuevas tecnologías. Los funcionarios de fiscalía y de auxilio judicial van con carritos, (de la compra) de un juzgado a otro, dándose sus paseítos porque ya no hay dinero para pagar taxis.

La mejora que en este sentido veo más reseñable en el último año es la presentación de escritos vía telemática, pero no funciona ni en todos los juzgados, ni en todo el país.

Una mejora, desde mi punto de vista, es la grabación de muchas actuaciones judiciales que podrían tener lugar en sala, o la implantación del expediente completamente digital.

Yo todavía doy gracias por la documentación de las vistas en sala mediante la grabación, que permite que no tengamos que estar presente nosotros, (salvo si lo entendemos necesario por complejidad de la prueba, por ejemplo, o porque las partes lo hayan solicitado, o porque no se puedan usar esos medios de grabación).
#453 Disculpa las molestias, que se que te estamos dando mucho la lata, y vengo yo a preguntarte lo mismo que todo el mundo solo que cambiando la pregunta.

¿Por qué antes fallaba el sistema? ¿Que es lo que hace necesario determinar el sexo de la víctima para atenderla correctamente?

De nuevo disculpa, se que te estamos haciendo muchas preguntas "como para pillar", pero por mi condición me interesa saber por que es imprescindible etiquetar a las personas como hombres o mujeres para…   » ver todo el comentario
#58 Me llamó la atención del comentario que te hizo aquel señor sobre : " que tenía más derechos que en su casa ". Cuando hace un comentario así me recuerda a que quizás quiso expresar que en su casa le tendrían miles y miles de reglas extrictas y parecía sentirse muy controlado y atrapado.

A veces las personas con sus comentarios tratan de expresar realidades que viven y muchas veces hay que leer entre líneas para saber o para detectar que hay algo mas . Siempre es bueno en este…   » ver todo el comentario
#454 Este señor lo dijo en toco jocoso, pero vamos...
#478 Muchas gracias por tu comentario.

Pues sí, la verdad es que tienes muchísima razón. Es muy sencillo mirar para otro lado y creer como dicen que miento, que soy un troll, etc... no sé qué tengo que decir para que al menos duden, no quiero que me crean, sino que vean que puede haber otra versión y otras historias. No todo es como ellos creen que es. Todo bueno de un lado y malo del otro. Pues no, hay historias como la mía, que, aunque puedan parecer inverosímiles son ciertas. La vida está…   » ver todo el comentario
#479 Ten en cuenta que hay muchas puertas a las que has llamado a las que probablemente previamente ha llamado otra gente con historias que quizá eran inventadas, exageradas, parciales, sesgadas... Y no es malo que la gente sea escéptica, al revés: si aquellos que te estigmatizaron hubieran sido escépticos en lugar de creerse la versión de tu mujer a pies juntillas, probablemente no habrías llegado a esta situación.

Lo de escribir con la cuenta antigua tampoco creo que tenga demasiada…   » ver todo el comentario
#480 Me has hecho llorar. De verdad, gracias. Muchas gracias. En unas palabras me has ayudado más que en estos 3 años mucha gente. Es no sólo de agradecer sino de darte un abrazo si pudiese.

Voy a tratar de hablar el lunes con mi abogado y concertar una cita para explicarle todo esto que me has expuesto y ver si abro un blog o vídeo o cualquier otra cosa que pueda servirme, recopilando y mostrando datos como me aconsejas y tapando evidentemente nombres y demás. Sobre todo por mis hijos.

En…   » ver todo el comentario
#499 "Tardé" seis años, pero hay de todo. Como te dije, yo pasé por muchos altibajos. No te desamines porque hay gente que ha tardado muchísimo menos.
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