El Tribunal Supremo ha absuelto a una mujer que había sido condenada por la Audiencia de Girona a 10 años de prisión por abusos sexuales a un chico de 13 años, debido a que no se pudo probar que la mujer supiera qué edad tenía el menor. La mujer había usado varias identidades falsas en Facebook "con la intención de satisfacer sus deseos sexuales" y había contactado con varios menores.
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etiquetas: pederastia , pussypass , es que los visten como putos
La mujer había usado varias identidades falsas en Facebook "con la intención de satisfacer sus deseos sexuales" y había contactado con varios menores
Así que pederastas de mundo! ya sabéis! no os intereséis por la edad de vuestras presas! Así no se os podrá condenar! Surrealista.
El motivo es que la Audiencia se basó en un vídeo con imágenes del menor que no había sido admitido como prueba para el juicio oral, por lo que no podía ser utilizado en la sentencia.
Dicha grabación era la exploración del menor filmada durante la instrucción del caso. Viendo ese vídeo, el tribunal llegó a la conclusión de que la víctima era "un niño y no un adolescente, una persona que a todas luces no tiene 16 años" e infería que la acusada "no podía desconocer en modo alguno que no tenía todavía los 16 años de edad".
El vídeo no había sido admitido como prueba porque los propios menores iban a declarar en el juicio oral, pero los jueces acudieron a él para sostener la condena, sin que la defensa de la mujer pudiera alegar nada.
Excluido el vídeo, subrayó el TSJ de Cataluña y ratifica ahora el Supremo, "no quedaban otros elementos probatorios que permitieran sostener que la acusada hubiese sabido la edad del menor, inferior a los 16 años".
De locos. Vaya puta mierda de leyes.
De hecho, un presunto pederasta con falo habría sido culpable hasta que él demostrase lo contrario. E incluso después, socialmente, sería culpable de facto
elpais.com/sociedad/2018/12/14/actualidad/1544816660_275508.html
Absuelto de abusar de una niña de 11 años porque parecía mayor de lo que era ...
El debate aquí debería ser como podemos hacer para mejorar el sistema judicial y evitar estas cagadas por tecnicismos.
Pero imagino que el resto de comentarios sean sobre que ella era mujer, que los hombres son victimas y que si leyes diferentes.
Olvidando el problema real que ha originado esta injusticia.
Lo dice el Wayoming y todo en su programa ese tan molón:
www.lasexta.com/programas/el-intermedio/revista-medios/la-tajante-resp
Así que como la presunta agresora es mujer es imposible que esta haya podido abusar del menor, se habrá equivocado o serán chilladas.
Y ahora en serio, viendo lo que he visto de como se comporta la ley de este puto país de tarados donde se antepone el bienestar de una mujer (mayor de edad) al de un menor, leer esto no me extraña.
Bueno, si eres hombre da igual esta excusa no vale, solo valida para mujeres.
Un hombre ha sido condenado en Cantabria a tres años y nueve meses de cárcel por abusos sexuales continuados a una menor de edad. El condenado empezó a abusar de su vecina cuando esta tenía sólo 5 años y lo siguió haciendo hasta que la pequeña cumplió 10. Ahora pagará por ello, pero con una condena reducida, que tanto la acusación particular como la fiscalía consideran injusta.
Lees que ha sido absuelto? Comos os gusta comparar las cosas que no son... ainsh... ni leer la noticia que tu mismo mandas.
Tu aparente intento de justificación de la absolución de una mujer que se dedica a depredar sexualmente a menores por las redes sociales para abusar de ellos, en este caso de un niño de 13 años, y empieza a ser directamente enfermizo
Me estoy enzarzando porque no me parece un caso similar, una es una depredadora sexual que busca a menores por la red, y el otro es un imbécil que no tiene antecedentes, ni se dedica a buscar a menores para tener sexo con ellos, que se detuvo, y en el que los peritos, médicos, y el propio juez afirmaron que la niña aparentaba ser mayor de lo que era. Lo único que tienen en común es la absolución.
Mirad este caso. Supongo que será un dick pass.
www.google.com/amp/s/www.abc.es/sociedad/abci-juez-no-aprecia-violenci
Otra cosa es que sea condenado a una mierda de pena, por la diferencia jurídica entre violación y abuso sexual que incorporó un partido de rosas.
Esa individua se ha librado porque la sentencia se redactó mal, lo cual nos puede dar muchísima rabia, pero es lo que ocurre en un sistema garantista, en el que se supone que un juez no puede meter en la sentencia lo que le de la gana.
Felicidades,es un récord; incluso para menéame
"a un pederasta con falo no se le habría aplicado tanta consideración por lo que sabe o no sabe.
De hecho, un presunto pederasta con falo habría sido culpable hasta que él demostrase lo contrario. E incluso después, socialmente, sería culpable de facto"
Podríamos estar de acuerdo en que el del enlace que pones igual mereciese más condena o no, en que es un aprovechado o no, pero para empezar no ha salido absuelto y, para continuar, si no ha habido agresión física, o amenazas, o algo por el estilo, no puede ser condenado por agresión sexual, sino por abuso sexual, y lo es. Me faltaría saber más detalles (básicamente, los hechos probados) para tener una opinión más formada, pero creo que se ajusta a derecho, al menos hasta donde (lo poco que) yo sé. Que, por cierto, se puede tener más pena siendo abuso en vez de agresión, no es lo único que define la pena.
Y bueno, ya lo de comparar con lo de esta sentencia es que es la leche. Si hacemos caso literal del titular de la noticia, entonces te puedes follar a niñas de nueve años y decir lo que decía Santiago Segura en Airbag. Que lo pondría aquí, pero como hay algún admin ojo avizor a la que salta para calzar strikes sin sentido ni razón justificada, pues lo dejo aquí.
Ahora en serio, por lo que dice la noticia es todo una chapuza más de nuestro sistema judicial y de como se instruyen y se juzgan las causas, no parece que tenga nada que ver que se trate de un hombre o de una mujer.
Cuando un fiscal o un juez son unos chapuzas, pues ahí está el abogado defensor, si no es otro matáo, para aprovecharse del error. No hay más historia.
Este caso es aún más grave por lo que dices, porque la tipa se dedicaba a contactar mediante perfiles de facebook.
Por ejemplo, en esta noticia de 2017 sucedió parecido, una tía de 34 años abusó sexualmente de un crío de 12 años en casa de sus padres, era compañera de trabajo del padre y al parecer se solía quedar a dormir en casa de estos; se libró del recurso interpuesto por un defecto de forma ya que también se fue absuelta por no saber la edad que tenía la víctima. De la fiscalía de menores nunca más se supo.
Algunos jueces no quedaron muy satisfechos.
“No queremos decir que esta sala comparta plenamente la decisión absolutoria. En supuestos similares de relación entre un varón de esa edad y una niña de doce años, esta sala ha calificado el hecho como abuso sexual con prevalimiento sobre víctima especialmente vulnerable, aun cuando se llegase a admitir un error sobre la edad exacta de la víctima”
cadenaser.com/ser/2019/12/04/tribunales/1575453202_924783.html
Pero que es una auténtica burrada lo que ha pasado y seguro que nadie termina sancionado ni expedientado por que ese bicho siga en la calle.
No pongo directamente el enlace a la noticia ya que me han penalizado con un punto de karma por intentar poner el mismo enlace más de 3 veces , así que lo tienes en #153
Esta es la noticia que quería enlazar, o eso espero.
cadenaser.com/ser/2017/02/10/tribunales/1486733487_308136.html
Supongo que simplemente te estás enzarzando por querer ganar una discusión (que ni siquiera tienes conmigo) ... igual es momento de dejarlo.
Efectivamente, un strike por eso. El concepto de libertad de expresión, el de ironía y el de sarcasmo no se pillan en menéame.
He pedido explicaciones por email pero no espero nada. No hay nada que esperar de esta gente.
Ayer reporté dos comentarios de un usuario con 20 de karma (entonces) eb los que me insultaba repetidamente. Puedes ir a mi perfil y verlo.
Hoy he visto que le han bajado el karma a 17,10, por lo que el individuo puede seguir haciendo lo mismo. A mí por mucho menos me dejaron dos días bloqueado.
No sé cuántos ni quienes son los admin en esta web, ni quiero saberlo. Ahora, está más que claro que han perdido el rumbo.
Y no, no es una buaaambulancia esto. A mí el karma me la trae floja y esta web no me da de comer. Pero también creo que conviene decir las cosas como son.
#125: No está diciendo en #122 que el caso de la mujer es aceptable.
Yo creo que los dos casos son inaceptables, pero desde luego no son iguales (como #106 admitió).
El tema es que el hecho de que el caso de la mujer sea aún menos aceptable hace que el caso del hombre no sea buen ejemplo de igualdad legal.
El tema de la desigualdad legal no se resuelve poniendo contraejemplos difusos. Sobretodo teniendo en cuenta que sabemos de facto que existen BOEs y leyes bien documentadas que explícitamente están diseñadas para proteger a un sexo más que a otro en ciertas areas, lo que se viene conociendo como "discriminación positiva".
Supongamos... "este vídeo lo sitúa en el lugar del crimen, a la hora del crimen, cometiendo el crimen... pero como se ha conseguido ilegalmente (la orden tenía un defecto de forma) el tribunal debe desestimarlo como prueba incriminatoria y no lo tendrá en cuenta". No puede tumbar la declaración de cuatro amigos de que estaba en otro sitio emborrachándose con ellos a esa hora... así que se libra. A pesar de que todo el mundo lo ha visto haciéndolo. ¿Eso pasa o puede pasar? Si la respuesta es SI, el sistema está mal planteado.
De todas formas no me convence en absoluto que se absuelva a nadie (hombre o mujer) por no poder probar que conocía la edad. En mi opinión, Igual que si tienes relaciones sexuales con alguien debes saber con certeza que esa persona quiere hacerlo, tendrías que saber si tiene edad suficiente antes de hacer nada.
Pero estas noticias pueden contar siempre con mi meneo.
Me vuelvo al Delorean.
www.google.com/amp/s/www.elespanol.com/reportajes/20181214/hombre-absu
No se puede condenar a alguien por algo que no ha sucedido.
En este tipo de casos con menores involucrados hay que tener mucho cuidado a la hora de juzgarlos ya que las penas son muy dispares entre un caso de abuso sexual y uno de agresión sexual, todo lo contrario a lo que ocurre en adultos, donde las penas tienen una diferencia de un par de años de cárcel exceptuando si ha habido acceso carnal del algún tipo.
En menores de 16 años las penas por abuso sexual sin que haya acceso carnal, como en este caso, son de dos a seis años de cárcel, y de cinco a diez años de prisión en el caso de agresión sexual sin que haya habido acceso carnal.
Como puedes ver esta la ley es un total despropósito, son penas muy dispares por emplear o no emplear fuerza y/o intimidación, y de ahí que haya que mirar con lupa todo en estos juicios, para nada es lo mismo condenar a alguien a 3 años que condenarle a 8 años.
Las penas cuando hay acceso carnal en menores por abuso sexual son de ocho a doce años de prisión y en el caso de agresión sexual de doce a quince años de cárcel.
Pero sinceramente, me parece que en este caso, de ser al revés, efectivamente hubierais dicho "pussypass". A nivel legislativo puede que esté bien sobreseído el caso, las cosas hay que demostrarlas plenamente para poder condenar y hay cosas muy difíciles de demostrar, pero estamos hablando de una niña de 11 años, que dicen podía confundirse con una de 13, y la edad de consentimiento se subió de 13 a 16 por algo...
Yo he visto chicas de 14-15 años que me costaba bastante distinguirlas a primera vista de una mujer de 20 años, especialmente maquilladas, pero luego hay un segundo filtro que es el interactuar con ellas, creo que la mayoria seríamos capaces de detectar a una niña de 11 años respecto a una adulta en alguna de las conversaciones necesarias antes de tener sexo. Aunque claro, ahora demuéstralo en un juicio. Yo a ese tipo no le creo cuando durante el juicio ha llegado a decir que se creía que tenía 19 años, o algo así.
Excluido el vídeo, subrayó el TSJ de Cataluña y ratifica ahora el Supremo, "no quedaban otros elementos probatorios que permitieran sostener que la acusada hubiese sabido la edad del menor, inferior a los 16 años".
Ya, ninguno, como que es una depredadora sexual de niños, ¿pero solo el vídeo permitiría demostrarlo? Le han metido al chicle un abuso sexual que no ha podido ser probado de forma forense, nada más que en base a estadísticas y ha colado. Que me parece bien que el chicle pague, bien de bien, pero que no nos tomen el pelo.
Me llama la atención que en ese caso la absuelta también es una mujer. Me gustaría saber si se ha dado algún caso en el que un hombre sea absuelto por "no saber la edad de la mejor". No obstante veo diferente el caso porque en el de la noticia que comentamos, estaba probado que se había creado perfiles de Facebook para contactar con menores
Si es la misma persona pero es trans y los medios han divagado entre un genero y otro.
www.elperiodico.com/es/sociedad/20181120/el-tsjc-absuelve-a-un-transex
Tecnicismo.
El juez basa sentencia en un video que no es admitido como prueba. El abogado defensor hace los deberes y recurre (como es lógico) el veredicto porque el juez y el fiscal son unos chapuzas.
Los jueces del tribunal se cagan en las muelas del primer juez, pero con la ley en la mano tienen que soltar a la acusada por un defecto técnico .
Aquí no se libra por ser mujer, si no por el trabajo mal realizado por juez y fiscal. Y es en eso en lo que se debería centrar el debate, porque es la causa de que esta depredadora sexual esté libre hoy.
Una muy buena pregunta que alguien nos debería contestar a todos es: ¿Por qué no interviene en este caso la fiscalía de menores?
Y lo más importante no ha habido acceso carnal por parte del tipo ese a la víctima, por lo que es una condena normal en estos casos donde no ha habido penetración de ningún tipo.
De todas formas depende mucho del contexto y del juez.
“No queremos decir que esta sala comparta plenamente la decisión absolutoria. En supuestos similares de relación entre un varón de esa edad y una niña de doce años, esta sala ha calificado el hecho como abuso sexual con prevalimiento sobre víctima especialmente vulnerable, aun cuando se llegase a admitir un error sobre la edad exacta de la víctima”
cadenaser.com/ser/2017/02/10/tribunales/1486733487_308136.html
#4
Por ejemplo, esta noticia de 2017 qu enlazo abajo, donde hasta algunos jueces protestaron ya que en un caso similar pero donde un hombre de 34 años es el que abusa de una menor de 12 años de edad este es condenado por abuso sexual por prevalimiento sobre la víctima por razón de edad. Y esto se traduce en que la condena sería impuesta en su mitad superior por lo que te espera una condena de cinco a seis años a la sombra.
cadenaser.com/ser/2019/12/04/tribunales/1575453202_924783.html
Por muy asqueroso que sea, la ley distingue el que un pederasta vaya de buenas y un niño acepte aunque sea con regalitos, que se llama abuso, y lo trata de forma diferente de lo que se llama "agresión sexual" que no es solamente sin consentimiento del menor (que no es consentimiento válido) sino además usando intimidación: agarrando por la fuerza, amenazando con un cuchillo, pegando a la víctima. En lenguaje de la calle se usa la palabra violación para ambos casos... pero en lenguaje jurídico se llama agresión sexual ("violación") a lo segundo y no a lo primero, que se llama abuso (de menores, también podría ser de discapacitados intelectuales, etc).
Lo que dice la noticia meneada es que una mujer buscaba niños con aspecto de niños pero que ha sido absuelta porque no se demostró que conociese la edad. Es decir, la mujer abusó y no es que no se la condenase por agresión, sino que tampoco se la condenó por abuso... vamos, que ningún tipo de condena... lo que significa que pueden seguir haciéndolo y no solamente no van a la cárcel sino que no tienen ninguna condena legal de ningún tipo, ni multa ni nada.
Y, sí, en hombres también ha ocurrido que fueron absueltos por no demostrarse que conociese la edad.
elpais.com/sociedad/2018/12/14/actualidad/1544816660_275508.html
Repito, que abusar de una niña o niño de 5 años es un escándalo pero la ley es la que es.
Y, por otro lado, no es lo mismo un caso de 5 años que uno de 15 años... en el de 5 se ve claramente que es menor y no cabe lo de no saber la edad, pero si tienes 19 años y se te presenta alguien de 15 que aparenta 17 veríamos qué haces, porque a veces se pide la horca y no nos detenemos a pensar si es algo tan grave cuando no se conoce la edad. ¿O estamos diciendo que somos capaces de distinguir a alguien de 15 y alguien de 16? Va a ser que no. ¿O condenamos a cualquiera que no pida DNI?
En fin, que el problema no es tan sencillo como creo que algunos suponen.
cc #66 #89 #111 #112
Vale, no te lo puedo poner porque me acaba de salir un mensaje que me penalizan con una bajada de karma si pongo el mismo enlace en más de 3 comentarios.
Joder, que absurdez que te quiten 1 punto de karma por intentar poner el mismo enlace más de 3 veces. Habrá que ir contando los enlaces que pongo o utilizar acortadores de enlaces, al final no solucionan nada lo único que consiguen es que para la próxima utilice acortadores de enlaces o coja la misma información pero de otra fuente.
Pues nada, que se le va a hacer, lee lo que he puesto en #154
No saber que se está comentiendo un delito ni es eximente, ni es atenuante. No están contemplado ni en el Artículo 21 ni en el 22 del Código Penal.
Si que es raro que no tenga ni un solo negativo, cualquier noticia del tipo que sea tiene al menos uno.
#34 ¿Te impide alguien organizarte y convocarla tú?
Sobre lo otro, pues, estoy de acuerdo, tenemos mucho, mucho que mejorar en el sistema judicial, pero como he dicho antes, es un debate muy importante pero que centra mucha menos atención, que el debate de si la victima era hombre, o era mujer. Cuando a mi juicio es un debate fundamental para garantizar una sociedad más justa.
El protocolo policial es este:
www.policia.es/org_central/judicial/normativa/protocolo_actua_fcse.pdf
www.seguridadpublica.es/2018/12/la-detencion-en-los-delitos-de-violenc
Las denuncias por trimestre son las que ves en el gráfico:
www.epdata.es/asi-aumentado-denuncias-violencia-genero/8308062e-e06b-4