#2 Espero ver la carta de Marchena a Batet exigiendo cuando van a empezar a cumplir la condena todos sus diputados y la posterior retirada de su acta de todos los diputados del PP
#2 entiendo el fondo pero la forma me parece peligrosa: si la empresa para la que trabajas delinque, aunque tú no tengas nada que ver, puedes ser tratado como un delincuente
#8 En este caso es un partido que acude a unas elecciones, no una empresa que delinque.
La LOREG también es de aplicación aquí, y no solo los diputados y senadores del PP deberían perder su condición, sino que el partido en sí debería ser ilegalizado.
#11 que el PP debería estar ilegalizado es algo en lo que estamos de acuerdo. Ahora, la gente que está en el parlamento o en el senado es gente que ha sido votada para estar ahí. De hecho, si mañana se disuelve el PP, sus diputados y senadores podrían continuar en sus escaños como no adscritos. Tú lo que dices es que por ser del PP todos ellos son culpables. Extrapola esto cualquier otro trabajo, es una gañanada
Os voy a contar las consecuencias que va a tener esto para las perspectivas de voto del PP: Ninguna.
Podrían abrir todos los telediarios mañana diciendo que el PP es una organización criminal dedicada exclusivamente a robar dinero público y no perderían votos. Como en el Barça, "es lo que hay".
Lo importante de esta condena es que confirma que el PP fue creado exclusivamente para robar, ya que acredita la existencia de una Caja B de la que TODOS los dirigentes, incluidos los actuales se vieron beneficiados.
Veremos esto a todo trapo en los titulares de los telediarios, sobre todo, en el gran telediario del gran Vicente Vallés? Recordar que estamos ante el caso más importante de corrupción y robo sistemático de un partido político en la historia de España.
#8 Pero si mi empresa delinque, esta tiene que dejar de dar servicio. Sus empleados iran a hacer otra cosa con otras empresas, pero la empresa se tiene que retirar
Y a mi me da igual los empleados. Solo quiero ver al PP teniendo que cambiar su nombre o ser echado como grupo parlamentario. Que RECONOZCAN que son corruptos. Y que paguen por ello.
EDIT: vale que el del PSOE hace unos años pero estoy seguro de que buscando un poco encuentro uno más reciente
#25 hasta el personal de limpieza es mafia y amaña contactos
#32 Bárcenas ahora mismo ni pertenece al PP. A ver, esto no va de exculpar al PP ni a su dirección, esto va de que tienen 100 escaños y no sé cuantos senadores representando a gente. Si tu empresa estafa a alguien, tú, salvo que estés metido en el embrollo, no eres culpable. Básicamente lo resume #36
Aunque bueno, que quizas el circo ha sido montar lo de Alberto Rodriguez para, que ahora que tienen que echar a los del PP por algo de verdad, puedan hacer equidistancia entre los del PP que NO se van a ir y el de Podemos que han echado cuando legalmente NO PODIAN.
“a través de una contabilidad paralela -contabilidad B- de cuyo ingreso y gasto no se dejó constancia en la contabilidad oficial ni por tanto fueron fiscalizadas por el Tribunal de Cuentas” - no cabe otro juicio por eso?
#28 Se ilegalizaria el Partido, se pondrían los votados como NO Adscritos y se haría un nuevo Partido, Alianza Popular, Nuevo PP o como quieras q s llamen, y a sus votantes les daria igual.
No es solo el tesorero, pero dejando de lado ese tema la ley de partidos es clara, se debe proceder a la disolucion del partido popular segun dictan las reglas de juego democraticas sobre partidos politicos firmadas por el ppsoe.
Si los diputados quieren registrar otra nueva marca y formar un nuevo partido estan en su derecho.
Eso o reconocemos ya abiertamente que la ley de partidos se creo unica y exclusivamente para legalizar a bildu y que no es aplicable a ningun otro...
Si alguien considera que el PP debería ser ilegalizado, que se ponga en contacto con su representante en las Cortes y le pida iniciar el proceso de ilegalización, ya que la ley contempla el procedimiento de ilegalización a través de las cámaras.
#40 No tan igual. La gente es muy de marcas. Compran PP porque es la marca que conocen. Si les cambias la marca, durante un tiempo estarán perdidos. Por eso los partidos cutres se agarran tanto a las siglas.
Para mi las siglas no son nada. Los partidos deberían hacerse y deshacerse para cada elecciones. Para mi PSOE no significa nada. Ni Podemos. Ni PP. Son siglas. Son tan buenas o malas como la gente que esté tras ellas. El problema de que funcionen como marcas es que acaban funcionando como empresas. Y las empresas tienen lastres. Sobre todo si su única rentabilidad se basa en tocar sillón para pagar las deudas y favores que acumulen con grandes empresarios (grandes por tamaño, no por calidad). Ese es el caso asquerosamente conocido de PP y PSOE.
Por eso, con mayor o menor afinidad política, que en su día Carmena montase algo de usar y tirar me parecía lo correcto.
Si las siglas les dieran tan igual, las cambiarían cada 2x3. Pero no les da igual. Es lo único que tienen. Porque tras las siglas del PP; sólo hay gente sin formación, ladrones, y corrupción. Las siglas son su única pantalla.
4. En todo caso, los partidos políticos, las federaciones o coaliciones de partidos, y las agrupaciones de electores no podrán presentar candidaturas que, de hecho, vengan a continuar o suceder la actividad de un partido político declarado judicialmente ilegal y disuelto, o suspendido.
La inhabilitación sobrevenida entra en el mismo caso que la de Alberto Rodríguez, por aplicación del reglamento de la cámara.
#38 Hombre, pagar en negro pervierte la capacidad económica del partido, haciendo que disponga de mayor dinero que puede utilizar (legalmente) para sus campañas electorales y, finalmente, pervirtiendo el resultado electoral.
Si uno quiere (y si quiere el juez de turno) se puede llegar a la conclusión deseada encontrando el camino oportuno.
#6 y por ende, se da fiabilidad a los papeles de Bárcenas, ya que de aquí se ha deducido que se ha pagado en negro la obra de Génova.
pero la casualidad es, que si se haya probado la donación en B al arquitecto, y se le condene, pero 2 líneas más abajo donde pone DONACIÓN A M. RAJOY ni se tenga en cuenta. Curiosísimo ehhh
#52 Creo que te has equivocado de artículo, hay dice que si un partido se ilegaliza no se puede presentar un nuevo partido que sea el mismo pero con otra sigla.
Pero es que el PP no ha sido ilegalizado.
Así que te vuelvo a preguntar, ¿me puedes poner el artículo que dice que un partido podrá ser ilegalizado por un delito económico?
#35 Entonces, lo que se hizo a Batasuna, de que cualquier persona que hubiera militado en Batasuna infectaba a otras organizaciones si pertenecía a esas es completamente incorrecto bajo tu lógica.
El tema, es que al PP se le podría aplicar la ley de partidos. Y si se le aplica como se le aplicó a Batasuna, ninguna persona que al menos estuviera en la cúpula puede seguir en la política porque esta infectada por el nombre PP.
#47 ¿PUNTUAL?Ai, este caso es puntual... y los otros 200 tambien son puntuales. y los ultimos 40 años de corrupcion sistemica sistematica tambien eran puntuales todos y cada uno de ellos.
2. La disolución judicial de un partido político será acordada por el órgano jurisdiccional competente en los casos siguientes:
a) Cuando incurra en supuestos tipificados como asociación ilícita en el Código Penal.
b) Cuando vulnere de forma continuada, reiterada y grave la exigencia de una estructura interna y un funcionamiento democráticos, conforme a lo previsto en los artículos 7 y 8 de la presente Ley Orgánica.
c) Cuando de forma reiterada y grave su actividad vulnere los principios democráticos o persiga deteriorar o destruir el régimen de libertades o imposibilitar o eliminar el sistema democrático, mediante las conductas a que se refiere el artículo 9.
#35 Da igual. El escaño no es de ellos, es del partido. Si abandonan el escaño, el escaño vuelve al partido, pero si el partido es ilegalizado, pierden su condición de diputados desde ese momento, antes de poder salirse del partido.
#30 Si tu empresa delinque, se juzgaría a los responsables del delito, pero la empresa no cierra ni tiene que dejar de dar servicio. Si no fuera así no existiría ningún banco, ni probablemente casi ninguna empresa.
Pero la ley de partidos sí se podría utilizar, pero no se va a hacer porque tenía truco, solo el gobierno puede activarla, ni fiscalía, ni denuncias particulares, ni otro partido político, solo el gobierno... sabían bien lo que hacían cuando la escribieron, no iban a dejar que les rebotara en la cara. La única posibilidad sería que alguna vez dejara de gobernar el PPSOE, y no parece muy probable.
#64 a) Cuando incurra en supuestos tipificados como asociación ilícita en el Código Penal.
No es el caso. El partido ha sido condenado por pagar en negro, no por ser asociación ilícita.
b) Cuando vulnere de forma continuada, reiterada y grave la exigencia de una estructura interna y un funcionamiento democráticos, conforme a lo previsto en los artículos 7 y 8 de la presente Ley Orgánica.
No es el caso. El PP tiene una estructura interna conforme a los artículos 7 y 8. La sentencia ni siquiera pone esa parte en duda
c) Cuando de forma reiterada y grave su actividad vulnere los principios democráticos o persiga deteriorar o destruir el régimen de libertades o imposibilitar o eliminar el sistema democrático, mediante las conductas a que se refiere el artículo 9.
No es el caso. El artículo 9 habla de apoyar a organizaciones terroristas o violentas, no pagar con dinero negro.
Gracias, hemos podido comprobar todos con la ley en la mano que pagar en negro no es motivo suficiente para ilegalizar a un partido.
#8 El gerente es responsable de las acciones de la empresa. Al Partido Popular, en cambio, no han condenado al administrador de la asociación política. Y el tesorero no es el administrador.
si trabajas en un restaurante, el jefe trapichea con farlopa y le pillan, los trabajadores van todos a la calle. Y eso sin ser un partido político, que tiene una ley especifica que regula precisamente eso.
Que no se trata de una operación (pago de un soborno por una adjudicación) puntual, sino que se establece un mecanismo (pago por comisiones) que se alarga en el tiempo.
#62 Lo que cualquier militante de Batasuna "infectaba" a otra organizaciones es la aplicación de la ley, en concreto del artículo que apunta #52
El tema, es que al PP se le podría aplicar la ley de partidos.
No, no se le podría aplicar, porque la ley de partido no contempla la ilegalización por motivos económicos.
Pero si se le aplicara sería como dices, que no se podrían volver a presentar con otras siglas
#60 Ah, eso es de la ley de partidos, no de la LOREG.
Artículo 10. Disolución o suspensión judicial.
1. Además de por decisión de sus miembros, acordada por las causas y por los
procedimientos previstos en sus estatutos, procederá la disolución de un partido político o,
en su caso, su suspensión, por decisión de la autoridad judicial competente y en los términos
previstos en los apartados 2 y 3.
La disolución surtirá efectos desde su anotación en el Registro de Partidos Políticos,
previa notificación del propio partido o del órgano judicial que decrete la disolución.
2. La disolución judicial de un partido político será acordada por el órgano jurisdiccional
competente en los casos siguientes:
a) Cuando incurra en supuestos tipificados como asociación ilícita en el Código Penal
Y la condición para ser considerada asociación ilegal en el 515.1 CP es justamente
Son asociaciones ilícitas las que tengan por objeto cometer algún delito o, después de constituidas, promuevan su comisión, así como las que tengan por objeto cometer o promover la comisión de faltas de forma organizada, coordinada y reiterada
Subrayo también la segunda parte porque la comisión incluso de faltas, de forma organizada y reiterada, también daría pie a la consideración de asociación ilegal, y me viene a la memoria el caso del pitufeo de Valencia.
#74 La financiacion ilegal reiterada entra en conflicto con el funcionamiento del sistema democratico, rompe la igualdad de condiciones de participacion al dotar al partido de una suerte de esteroides economicos competitivos.
Tambien rompe el funcionamiento interno, puesto que convierte el soborno en una forma de ascenso en su estructura, cosa que estaremos deacuerdo que no suena a democracia.
Y sobre lo de organizacion terrorista... robar el dinero del estado sistematicamente a mi me parece terrorismo economico y parece estar bien organizado.
Podriamos seguir dandole vueltas a este tema eternamente, pero no tiene sentido. Ningun jurista que quiera conservar su trabajo se pondra a analizar estas cuestiones para estudiar su aplicacion sobre el ppsoe con un minimo de rigor.
No, yo he dicho lo contrario, que las "empresas" no delinquen, delinquen personas de la empresa con sus nombres y apellidos: los dueños, los gestores, los que hacían los sobres, los que los repartían, los que se los llevaban y los que eliminaban las pruebas. Por supuesto también los comisionistas, que a saber en qué actividades ilegales andarán metidos para sacar todo ese dinero negro.
Un partido no es una empresa, los partidos que delinquen son ilegales y los miembros de partidos ilegales son delincuentes. No lo digo yo, lo dice la ley. Por eso los etarras están en la cárcel y no vale decir que a toda esa gente "la mató su empresa y ellos no son responsables".
#70 Artículo 33.7 del Código Penal:
7. Las penas aplicables a las personas jurídicas, que tienen todas la consideración de graves, son las siguientes:
a) Multa por cuotas o proporcional.
b) Disolución de la persona jurídica. La disolución producirá la pérdida definitiva de su personalidad jurídica, así como la de su capacidad de actuar de cualquier modo en el tráfico jurídico, o llevar a cabo cualquier clase de actividad, aunque sea lícita.
c) Suspensión de sus actividades por un plazo que no podrá exceder de cinco años.
d) Clausura de sus locales y establecimientos por un plazo que no podrá exceder de cinco años.
e) Prohibición de realizar en el futuro las actividades en cuyo ejercicio se haya cometido, favorecido o encubierto el delito. Esta prohibición podrá ser temporal o definitiva. Si fuere temporal, el plazo no podrá exceder de quince años.
f) Inhabilitación para obtener subvenciones y ayudas públicas, para contratar con el sector público y para gozar de beneficios e incentivos fiscales o de la Seguridad Social, por un plazo que no podrá exceder de quince años.
g) Intervención judicial para salvaguardar los derechos de los trabajadores o de los acreedores por el tiempo que se estime necesario, que no podrá exceder de cinco años.
La intervención podrá afectar a la totalidad de la organización o limitarse a alguna de sus instalaciones, secciones o unidades de negocio. El Juez o Tribunal, en la sentencia o, posteriormente, mediante auto, determinará exactamente el contenido de la intervención y determinará quién se hará cargo de la intervención y en qué plazos deberá realizar informes de seguimiento para el órgano judicial. La intervención se podrá modificar o suspender en todo momento previo informe del interventor y del Ministerio Fiscal. El interventor tendrá derecho a acceder a todas las instalaciones y locales de la empresa o persona jurídica y a recibir cuanta información estime necesaria para el ejercicio de sus funciones. Reglamentariamente se determinarán los aspectos relacionados con el ejercicio de la función de interventor, como la retribución o la cualificación necesaria.
La clausura temporal de los locales o establecimientos, la suspensión de las actividades sociales y la intervención judicial podrán ser acordadas también por el Juez Instructor como medida cautelar durante la instrucción de la causa.
#84 Pero es que el objetivo del PP es gobernar y llevar a cabo su programa, no delinquir.
¿Entiendes la diferencia entre, por ejemplo, la mafia (su objetivo final es delinquir) y una empresa que hace fraude fiscal?
A una empresa no se la "cierra" por un delito económico. Se la multa y sigue operando. Pues lo mismo.
Las que deja patente esta sentencia es que el PP ya puede estar completamente seguro que tiene el permiso de los españoles para robar todo lo que puedan.
#85 Pero es que no le han condenado por financiación ilegal reiterada, les han condenado por pagar una obra con dinero negro
Si, dejemos el tema, porque veo que aquí muchos no os ceñís a los hechos juzgados y condenados, sino a las historias que os montáis en la cabeza y claro, contra eso no se puede hacer nada.
#62 Otegi perteneció a Batasuna y ahora está en Bildu. A ver, esto no va de PP bueno o PP malo, esto va de que si una organización delinque no todos sus trabajadores son delincuentes. Dicho esto, el PP no está condenado; de la propia entradilla: "El tribunal condena al PP como responsable civil subsidiario de 123.669 euros por el impuesto de Sociedades de Unifica de 2007". Significa que si el condenado no puede hacer frente a la reparación del daño tiene que hacerlo el responsable civil subsidiario
#94 Eso da igual, aunque el objetivo principal sea otro, si lo hacen como objetivo secundario o accesorio entran dentro del supuesto.
A una empresa se la puede suspender por menos que delito (simples faltas). Basta con que el partido sea suspendido para que desencadene lo previsto en la LOREG.
Además de banda organizada de delincuentes, son también evasores fiscales, y seguimos para bingo.
www.youtube.com/watch?v=Gex7EfZhGOE
La LOREG también es de aplicación aquí, y no solo los diputados y senadores del PP deberían perder su condición, sino que el partido en sí debería ser ilegalizado.
Podrían abrir todos los telediarios mañana diciendo que el PP es una organización criminal dedicada exclusivamente a robar dinero público y no perderían votos. Como en el Barça, "es lo que hay".
Veremos esto a todo trapo en los titulares de los telediarios, sobre todo, en el gran telediario del gran Vicente Vallés? Recordar que estamos ante el caso más importante de corrupción y robo sistemático de un partido político en la historia de España.
Pues el PP es una organización criminal, saca conclusiones.
No hay remedio.
No hace falta decir nada más, ni nada menos.
Y a mi me da igual los empleados. Solo quiero ver al PP teniendo que cambiar su nombre o ser echado como grupo parlamentario. Que RECONOZCAN que son corruptos. Y que paguen por ello.
Dicho esto, a ver si ilegalizan al PP, que es toda una organización de malhechores.
Un ejemplo (psoe): www.20minutos.es/noticia/986045/0/
Otro ejemplo (podemos): www.eldiario.es/andalucia/sevilla/sandra-heredia-no-dejara-acta-concej
Otro ejemplo (cs): sueldospublicos.economiadigital.es/texto-diario/mostrar/3227396/concej
Otro ejemplo (pp): cadenaser.com/emisora/2021/09/30/ser_gijon/1633003310_896170.html
Otro ejemplo (vox): www.lavanguardia.com/local/sevilla/20200701/482045911603/francisco-ser
EDIT: vale que el del PSOE hace unos años pero estoy seguro de que buscando un poco encuentro uno más reciente
#25 hasta el personal de limpieza es mafia y amaña contactos
#32 Bárcenas ahora mismo ni pertenece al PP. A ver, esto no va de exculpar al PP ni a su dirección, esto va de que tienen 100 escaños y no sé cuantos senadores representando a gente. Si tu empresa estafa a alguien, tú, salvo que estés metido en el embrollo, no eres culpable. Básicamente lo resume #36
Aunque bueno, que quizas el circo ha sido montar lo de Alberto Rodriguez para, que ahora que tienen que echar a los del PP por algo de verdad, puedan hacer equidistancia entre los del PP que NO se van a ir y el de Podemos que han echado cuando legalmente NO PODIAN.
Así que por mucho que a algunos os gustaría, no se puede ilegalizar al PP por esto.
Si los diputados quieren registrar otra nueva marca y formar un nuevo partido estan en su derecho.
Eso o reconocemos ya abiertamente que la ley de partidos se creo unica y exclusivamente para legalizar a bildu y que no es aplicable a ningun otro...
Entiendo que se puede ser cura y no ser un pedófilo, aunque la Iglesia Católica les proteja y sea cómplice a nivel de institución.
Algun pepero legal habrá...
Por mucho que se repita esa mentira no se va a hacer verdad.
Para mi las siglas no son nada. Los partidos deberían hacerse y deshacerse para cada elecciones. Para mi PSOE no significa nada. Ni Podemos. Ni PP. Son siglas. Son tan buenas o malas como la gente que esté tras ellas. El problema de que funcionen como marcas es que acaban funcionando como empresas. Y las empresas tienen lastres. Sobre todo si su única rentabilidad se basa en tocar sillón para pagar las deudas y favores que acumulen con grandes empresarios (grandes por tamaño, no por calidad). Ese es el caso asquerosamente conocido de PP y PSOE.
Por eso, con mayor o menor afinidad política, que en su día Carmena montase algo de usar y tirar me parecía lo correcto.
Si las siglas les dieran tan igual, las cambiarían cada 2x3. Pero no les da igual. Es lo único que tienen. Porque tras las siglas del PP; sólo hay gente sin formación, ladrones, y corrupción. Las siglas son su única pantalla.
4. En todo caso, los partidos políticos, las federaciones o coaliciones de partidos, y las agrupaciones de electores no podrán presentar candidaturas que, de hecho, vengan a continuar o suceder la actividad de un partido político declarado judicialmente ilegal y disuelto, o suspendido.
La inhabilitación sobrevenida entra en el mismo caso que la de Alberto Rodríguez, por aplicación del reglamento de la cámara.
Si uno quiere (y si quiere el juez de turno) se puede llegar a la conclusión deseada encontrando el camino oportuno.
pero la casualidad es, que si se haya probado la donación en B al arquitecto, y se le condene, pero 2 líneas más abajo donde pone DONACIÓN A M. RAJOY ni se tenga en cuenta. Curiosísimo ehhh
Pero es que el PP no ha sido ilegalizado.
Así que te vuelvo a preguntar, ¿me puedes poner el artículo que dice que un partido podrá ser ilegalizado por un delito económico?
El tema, es que al PP se le podría aplicar la ley de partidos. Y si se le aplica como se le aplicó a Batasuna, ninguna persona que al menos estuviera en la cúpula puede seguir en la política porque esta infectada por el nombre PP.
2. La disolución judicial de un partido político será acordada por el órgano jurisdiccional competente en los casos siguientes:
a) Cuando incurra en supuestos tipificados como asociación ilícita en el Código Penal.
b) Cuando vulnere de forma continuada, reiterada y grave la exigencia de una estructura interna y un funcionamiento democráticos, conforme a lo previsto en los artículos 7 y 8 de la presente Ley Orgánica.
c) Cuando de forma reiterada y grave su actividad vulnere los principios democráticos o persiga deteriorar o destruir el régimen de libertades o imposibilitar o eliminar el sistema democrático, mediante las conductas a que se refiere el artículo 9.
www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2002-12756&p=20150331&tn=2
Pero la ley de partidos sí se podría utilizar, pero no se va a hacer porque tenía truco, solo el gobierno puede activarla, ni fiscalía, ni denuncias particulares, ni otro partido político, solo el gobierno... sabían bien lo que hacían cuando la escribieron, no iban a dejar que les rebotara en la cara. La única posibilidad sería que alguna vez dejara de gobernar el PPSOE, y no parece muy probable.
No es el caso. El partido ha sido condenado por pagar en negro, no por ser asociación ilícita.
b) Cuando vulnere de forma continuada, reiterada y grave la exigencia de una estructura interna y un funcionamiento democráticos, conforme a lo previsto en los artículos 7 y 8 de la presente Ley Orgánica.
No es el caso. El PP tiene una estructura interna conforme a los artículos 7 y 8. La sentencia ni siquiera pone esa parte en duda
c) Cuando de forma reiterada y grave su actividad vulnere los principios democráticos o persiga deteriorar o destruir el régimen de libertades o imposibilitar o eliminar el sistema democrático, mediante las conductas a que se refiere el artículo 9.
No es el caso. El artículo 9 habla de apoyar a organizaciones terroristas o violentas, no pagar con dinero negro.
Gracias, hemos podido comprobar todos con la ley en la mano que pagar en negro no es motivo suficiente para ilegalizar a un partido.
Sedes, cuentas, muebles...
Que una cosa son los escaños que se quedarían como no adscritos y otra la pérdida del patrimonio del partido ilegalizado/desaparecido.
Que no se trata de una operación (pago de un soborno por una adjudicación) puntual, sino que se establece un mecanismo (pago por comisiones) que se alarga en el tiempo.
El tema, es que al PP se le podría aplicar la ley de partidos.
No, no se le podría aplicar, porque la ley de partido no contempla la ilegalización por motivos económicos.
Pero si se le aplicara sería como dices, que no se podrían volver a presentar con otras siglas
Artículo 10. Disolución o suspensión judicial.
1. Además de por decisión de sus miembros, acordada por las causas y por los
procedimientos previstos en sus estatutos, procederá la disolución de un partido político o,
en su caso, su suspensión, por decisión de la autoridad judicial competente y en los términos
previstos en los apartados 2 y 3.
La disolución surtirá efectos desde su anotación en el Registro de Partidos Políticos,
previa notificación del propio partido o del órgano judicial que decrete la disolución.
2. La disolución judicial de un partido político será acordada por el órgano jurisdiccional
competente en los casos siguientes:
a) Cuando incurra en supuestos tipificados como asociación ilícita en el Código Penal
Y la condición para ser considerada asociación ilegal en el 515.1 CP es justamente
Son asociaciones ilícitas las que tengan por objeto cometer algún delito o, después de constituidas, promuevan su comisión, así como las que tengan por objeto cometer o promover la comisión de faltas de forma organizada, coordinada y reiterada
Subrayo también la segunda parte porque la comisión incluso de faltas, de forma organizada y reiterada, también daría pie a la consideración de asociación ilegal, y me viene a la memoria el caso del pitufeo de Valencia.
Tambien rompe el funcionamiento interno, puesto que convierte el soborno en una forma de ascenso en su estructura, cosa que estaremos deacuerdo que no suena a democracia.
Y sobre lo de organizacion terrorista... robar el dinero del estado sistematicamente a mi me parece terrorismo economico y parece estar bien organizado.
Podriamos seguir dandole vueltas a este tema eternamente, pero no tiene sentido. Ningun jurista que quiera conservar su trabajo se pondra a analizar estas cuestiones para estudiar su aplicacion sobre el ppsoe con un minimo de rigor.
Un partido no es una empresa, los partidos que delinquen son ilegales y los miembros de partidos ilegales son delincuentes. No lo digo yo, lo dice la ley. Por eso los etarras están en la cárcel y no vale decir que a toda esa gente "la mató su empresa y ellos no son responsables".
¿Has leído el titular de la noticia? No ya la noticia (que tiene muro de pago, por cierto), con el titular bastaría.
7. Las penas aplicables a las personas jurídicas, que tienen todas la consideración de graves, son las siguientes:
a) Multa por cuotas o proporcional.
b) Disolución de la persona jurídica. La disolución producirá la pérdida definitiva de su personalidad jurídica, así como la de su capacidad de actuar de cualquier modo en el tráfico jurídico, o llevar a cabo cualquier clase de actividad, aunque sea lícita.
c) Suspensión de sus actividades por un plazo que no podrá exceder de cinco años.
d) Clausura de sus locales y establecimientos por un plazo que no podrá exceder de cinco años.
e) Prohibición de realizar en el futuro las actividades en cuyo ejercicio se haya cometido, favorecido o encubierto el delito. Esta prohibición podrá ser temporal o definitiva. Si fuere temporal, el plazo no podrá exceder de quince años.
f) Inhabilitación para obtener subvenciones y ayudas públicas, para contratar con el sector público y para gozar de beneficios e incentivos fiscales o de la Seguridad Social, por un plazo que no podrá exceder de quince años.
g) Intervención judicial para salvaguardar los derechos de los trabajadores o de los acreedores por el tiempo que se estime necesario, que no podrá exceder de cinco años.
La intervención podrá afectar a la totalidad de la organización o limitarse a alguna de sus instalaciones, secciones o unidades de negocio. El Juez o Tribunal, en la sentencia o, posteriormente, mediante auto, determinará exactamente el contenido de la intervención y determinará quién se hará cargo de la intervención y en qué plazos deberá realizar informes de seguimiento para el órgano judicial. La intervención se podrá modificar o suspender en todo momento previo informe del interventor y del Ministerio Fiscal. El interventor tendrá derecho a acceder a todas las instalaciones y locales de la empresa o persona jurídica y a recibir cuanta información estime necesaria para el ejercicio de sus funciones. Reglamentariamente se determinarán los aspectos relacionados con el ejercicio de la función de interventor, como la retribución o la cualificación necesaria.
La clausura temporal de los locales o establecimientos, la suspensión de las actividades sociales y la intervención judicial podrán ser acordadas también por el Juez Instructor como medida cautelar durante la instrucción de la causa.
¿Entiendes la diferencia entre, por ejemplo, la mafia (su objetivo final es delinquir) y una empresa que hace fraude fiscal?
A una empresa no se la "cierra" por un delito económico. Se la multa y sigue operando. Pues lo mismo.
Vivaspaña!!!
Si, dejemos el tema, porque veo que aquí muchos no os ceñís a los hechos juzgados y condenados, sino a las historias que os montáis en la cabeza y claro, contra eso no se puede hacer nada.
A una empresa se la puede suspender por menos que delito (simples faltas). Basta con que el partido sea suspendido para que desencadene lo previsto en la LOREG.
E insisto, un partido no es una empresa.