¿Puede un juez no respetar la voluntad de un paciente de treinta años, que no está incapacitado, a rechazar un tratamiento de electroshock? La respuesta es sí, y así lo está viviendo una familia de Arzúa que lleva más de un mes luchando porque le permitan trasladar de hospital a su hijo y que no le apliquen una terapia que consideran “una barbaridad”.
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etiquetas: electroshock , sin consentimiento , conxo
El Defensor del Pueblo revela «irregularidades» en la atención a los pacientes del Psiquiátrico de Conxo.
www.lavozdegalicia.es/noticia/sociedad/2021/10/31/defensor-pueblo-reve
www.antena3.com/programas/espejo-publico/noticias/familia-gallega-denu
Se supone que son gente inteligente, preparada, con un amplio conocimiento de leyes, de libertades y que imponen justicia con conocimiento y lógica.
Luego lees lo que ocurre la mitad del tiempo, y.... Meterse en juicios es aterrador.
www.defensordelpueblo.es/resoluciones/llevar-un-registro-separado-de-q
1. El Hospital Psiquiátrico de Conxo es un dispositivo utilizado por el Servicio de Psiquiatría y Promoción de la Salud Mental, integrado en la Gerencia de Gestión Integrada de Santiago de Compostela, y forma parte del Complejo Hospitalario Universitario de Santiago (CHUS). Sin embargo, las características del centro y, sobre todo, el perfil de la mayoría de los pacientes ingresados en el mismo lo alejan de la concepción actual de las unidades hospitalarias psiquiátricas, aproximándolo a la condición de centro residencial de salud mental de larga estancia para pacientes con un trastorno mental grave y otras patologías asociadas, y con graves dificultades de integración social.
2. Las estancias de larga y muy larga duración de los pacientes, hasta casi sesenta años en algunos casos y, además, de forma voluntaria, no pueden admitirse y obligan a examinar su actividad y funcionamiento desde una perspectiva diferente a la de las estructuras de atención netamente sanitarias. Además, una intervención sobre la libertad tan dilatada debiera tener un control más intenso sobre sus garantías y sobre la necesidad de su prolongación.
No hay que olvidar que el Servicio de Psiquiatría del CHUS dispone también, en el Hospital Clínico Universitario de Santiago, de una unidad de hospitalización breve psiquiátrica, que atiende a los pacientes que presentan una fase aguda de su enfermedad.
3. Las características, más bien excepcionales, del Hospital Psiquiátrico de Conxo responden a sus antecedentes históricos y a una lenta transición hacia el modelo de atención psiquiátrica fundado en la preeminencia de la atención comunitaria frente a la basada en el internamiento indefinido. Las causas o factores de esa lentitud en la evolución del centro pueden ser varios, pero, a la luz de la información recogida, cabe concluir que la insuficiencia general de recursos adecuados para la atención extrahospitalaria y sociosanitaria de los pacientes se encuentra entre las razones principales.
4. Además, sin ánimo exhaustivo, hay que tener en cuenta las dificultades de adaptación que pueden afectar a aquellos pacientes con un periodo muy largo de institucionalización, con limitada o nula estructura sociofamiliar… » ver todo el comentario
Le dieron el tratamiento de electroshock de madrugada según dicen en Antena 3.
Pero no se trata ya de si el electroshock es bueno o malo se trata de la retención y aplicación de un tratamiento contra la voluntad de un ciudadano.
Opino que una persona normal psíquicamente sufre lo de este chaval y termina ... no muy bien.
Esperemos que este caso sirva para meditar y mejorar ciertas cosas que son mejorables en los procedimientos .
Mira esto:
Europa investigará la denuncia de "vulneración de derechos humanos" en el psiquiátrico de Conxo.
www.elcorreogallego.es/santiago/europa-investigara-la-denuncia-de-vuln
Jueces, psiquiatras y paternalismo anulando la voluntad de un paciente, combinación explosiva.
es.m.wikipedia.org/wiki/One_Flew_Over_the_Cuckoo's_Nest_(novela)
EDIT:
La presidenta de la Comisión de Peticiones, Dolors Monserrat, informa de que se va a proceder a esta investigación en respuesta a un requerimiento realizado por la coordinadora nacional de Esquerda Unida, Eva Solla. En rueda de prensa este lunes en Santiago, Solla ha recordado que en 2017 el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura realizó un informe "terrible" sobre este centro, donde "se vulneraban derechos fundamentales" de los pacientes psiquiátricos.
www.elcorreogallego.es/santiago/europa-investigara-la-denuncia-de-vuln
noticias.medsbla.com/noticias-medicas/los-pacientes-psiquiatricos-inde
Por ejemplo el tema este de la educación en castellano en Cataluña. Se supone que es ilegal que no haya horas en castellano, ok, declaran que la ley de educación de Cataluña es ilegal? No, deciden un % totalmente arbitrario por sus santos cojones. Eso es legislar, quienes son ellos para decidir eso? Quien les ha votado?
Otra cosa que no entendí con las medidas del covid. Jueces decidiendo si la situación sanitaria es suficientemente grave como para aplicar unas medidas u otras? Pero como puede ser que sean ellos los que decidan eso? Qué autoridad tienen?
Es la valoración del médico, y posterior valoración del juez puede ser en contra de los intereses del propio enfermo - por ejemplo, los seguidores religiosos opinan que las transfusiones de sangre son anti-natura para ellos. Y sin embargo, según la situación pueden salvarle la vida.
Y para aquellos, cuya opinión expresan esa injerencia médica... hacerles entender que por suerte o por desgracia, todo el mundo se puede equivocar. Y sin embargo, este tipo de injerencia se da mucho en pacientes con tendencias suicidas.
El paternalismo es el cáncer de la profesión médica. Y es justo lo que está pasando aquí: esa psiquiatra ha decidido que sólo ella tiene derecho a decidir, y que el paciente ni pincha ni corta.
Ni el paciente ni su familia tienen derecho a tomar la decisión...le imponen la terapia por sus santos cojones.
Mantén la mente bien cuadriculada o que nos meten en Conxo.
Eva Solla, diputada de En Marea, ha insistido en que la Xunta “mira hacia otro lado” y le parece inaceptable la situación. "Hay gente privada de libertad en condiciones de presidio del S. XIX", lamentó Solla. Encarnación Amigo, diputada del PP, se ha comprometido a valorar el informe y se ha centrado en recordar las reformas de este centro sanitario. Mientras, la fiscalía de A Coruña investiga el centro hospitalario.
noticias.medsbla.com/noticias-medicas/los-pacientes-psiquiatricos-inde
cadizgaditanasinmordaza.blogspot.com/2023/03/urgente-ayuda-impedir-un-
Otra cosa es que obliguen a alguien a recibir este tratamiento en contra de su voluntad (este o cualquier otro), esto sí que no tiene sentido hoy en día.
Quizás estemos influenciados por películas e historias de manicomios.
www.lavozdegalicia.es/noticia/lavozdelasalud/salud-mental/2022/06/08/s
El centro gestionado por el Servicio Galego de Saúde lleva años en el punto de mira después de que el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura publicase un informe alertando de la vulneración de los Derechos Humanos en el interior de un centro que atiende a 200 pacientes
www.eldiario.es/galicia/sociedad/parlamento-europeo-investigara-xunta-
El TEC es un procedimiento muy validado y de reconocídisima utilidad y habrá peritos y psiquiatras forenses en los que ese juez se habrá apoyado para tomar esa decisión
Y ya lo del electroshock... es que ni en los países tercermundistas... sólo en las dictaduras y eso lo hacen para torturar...
Ese miedo también es parte del sistema judicial. Es útil, lo saben y lo fomentan. Muchas veces, la incertidumbre es mejor que una buena ley.
El TEC , estigmatizado por películas como esa,se usa bajo anestesia general,, en casos concretos, con dosis concretas, en pacientes refractarios a todo y con una evidencia científica alta. Se usa en todos los hospitales públicos y ha permitido "sacar" a un montón de pacientes que estaban muy mal y se ha permitido su control posterior con fármacos
Lo de no tenéis ni idea al principio no queda nada bien aunque seas el mismísimo inventor del átomo.
La decisión debe estar motivada de tal modo que incluso una segunda opinión médica la ampare y no es el caso esta psiquiatra a la mínima acudió al amparo judicial y veremos como queda todo este tema.
El hospital no tiene poder para obligar a nadie a quedarse ahí, así qe imagino que tendrá una orden judicial de internamiento
En caso de incapacitación judicial debe decidir la familia, nunca el centro. El servicio público de salud podría tomar la tutela sólo si la familia no se localiza o no existe.
Además, el internamiento forzoso no conlleva la obligación de tratamiento ni el derecho a elegir el centro donde quieres ser internado o pedir un traslado. Sólo justifica que te retengan en un entorno vigilado y seguro donde no te hagas daño ni hagas daño a otros.
El electroshock no tiene mala fama "por las películas". Tiene mala fama porque es lesivo, vagamente justificado y está obsoleto. Freír el cerebro de los pacientes está muy bien para hacerlos dóciles y quebrar su voluntad, pero eso no es un tratamiento, es una tortura. Además de que decirle a un psicótico que le vas a enchufar 9 calambrazos en contra de su voluntad y luego ya veremos si seguimos es la mejor forma de asegurarse de que el tratamiento no funcione.
Algo habrá visto ese pobre hombre para que lo traten así. Ojalá electrocuten al juez, al jefe de psiquiatría y al director del hospital para que empiecen a cambiar de ideas.
Si hay consenso en la comunidad médica de que es habitual y seguro, ¿por qué no dejan que lo evalúe otro profesional? ¿Por qué no aceptan pasarle el marrón a otro o que la familia se tranquilice eligiendo de quién se fía? ¿Por qué se apresuran en enchufar al paciente cuando no está claro si tienen permiso?
Si es algo tan regular, ¿Por qué se hace de forma tan irregular?
En muchos otros temas, lo primero que te contestarían muchos meneantes profesionales es que, cómo vas a desconfiar del criterio del juez...
Esto es lo mismo y más con un Juez de por medio…
Mientras tienes un brote en tratamiento estás a lo que disponga el médico y en última instancia el Juez…
Simplemente ese informe NO puede quitarte un derecho a irte para casa si no quieres un puto electroshock.
Ninguna opinión médica puede obligarte a recibir ninguna terapia.
Y es aterrador que eso tan básico, no lo entienda un juez y decida que te la comes porque hay un informe, decisiones como está te hacen pensar que tipo de formación tiene un juez.
"Artículo 8. Consentimiento informado.
1. Toda actuación en el ámbito de la salud de un paciente necesita el consentimiento libre y voluntario del afectado, una vez que, recibida la información prevista en el artículo 4, haya valorado las opciones propias del caso.
2. El consentimiento será verbal por regla general.
Sin embargo, se prestará por escrito en los casos siguientes: intervención quirúrgica, procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasores y, en general, aplicación de procedimientos que suponen riesgos o inconvenientes de notoria y previsible repercusión negativa sobre la salud del paciente.
3. El consentimiento escrito del paciente será necesario para cada una de las actuaciones especificadas en el punto anterior de este artículo, dejando a salvo la posibilidad de incorporar anejos y otros datos de carácter general, y tendrá información suficiente sobre el procedimiento de aplicación y sobre sus riesgos.
4. Todo paciente o usuario tiene derecho a ser advertido sobre la posibilidad de utilizar los procedimientos de pronóstico, diagnóstico y terapéuticos que se le apliquen en un proyecto docente o de investigación, que en ningún caso podrá comportar riesgo adicional para su salud.
5. El paciente puede revocar libremente por escrito su consentimiento en cualquier momento."
La noticia sugiere que el paciente es autónomo... a partir de ahí ya no comprendo nada...
Decide un juez
Internamiento involuntario, no consentido o compulsivo
Serían los casos en los que el paciente no tiene capacidad para otorgar un consentimiento válido y se lleva a cabo por decisión de otras personas distintas al enfermo mental. Está basado en criterios terapéuticos y está justificado cuando la desestabilización condiciona una situación de peligrosidad evidente para el paciente o para los demás2,4,16.
Podemos, a su vez, subdividir esta modalidad en urgente y ordinario.
Internamiento civil urgente
Es el facultativo quien decide, en primera instancia, proceder al ingreso, con la obligación de comunicarlo en el plazo de 24h al juez competente, quien deberá ratificar o dejar sin efecto la decisión en las 72h siguientes (art. 763.1 LEC). Son los más frecuentes.
Internamiento civil ordinario
Se caracteriza porque es la autoridad judicial quien autoriza el ingreso con carácter previo a éste, sin perjuicio de que posteriormente esta decisión venga confirmada por el criterio de un facultativo especialista mediante indicaciones terapéuticas reflejadas en informes médicos
De hace poco:
"El juzgado de primera instancia número13 de Valencia que lleva las competencias de incapacidad ha dictado desde 2003 hasta la actualidad un total de 111 resoluciones de tratamiento ambulatorio forzoso para obligar a determinado tipo de enfermos mentales -fundamentalmente esquizofrénicos y los que tienen comportamientos psicóticos-a que acudan al centro de salud mental para que se les inyecte la medicación prescrita por el psiquiatra,
El objetivo de esta medida es evitar las consecuencias que para los enfermos y sus familias tiene el abandono de la medicación que en muchas ocasiones provoca episodios de agresividad y lesiones a los familiares. Los juzgados pioneros en dictar este tipo de autos fueron los de San Sebastián y Madrid y luego se incorporó Valencia. El juez indicó que, esporádicamente, algún que otro órgano judicial de la provincia también emite este tipo de resoluciones a instancia de la Fiscalía. Aunque no existe una regulación expresa en la ley que recoja que se puede obligar a un enfermo mental a tomar la medicación, la posibilidad subyace en la filosofía del art. 763 de la Ley de Enjuicimiento Criminal que es la que autoriza el internamiento judicial de un enfermo.
Ahora bien al no estar expresamente regulada la medida, existe cierta reticencia a dictar este tipo de autos, expresó el magistrado, quien explicó que, no obstante, al estudiar la filosofía de la ley se observa que, "si a un enfermo se le puede privar de libertad para internarle en una sala de psiquiatría o en una residencia, con mayor razón y para evitar que esa privación de libertad se prolongue se le obliga que acuda a inyectarse el tratamiento a un centro de salud". "Por eso, -agrega el juez-la misma facultad legal que permite el internamiento da cobertura legal a esta medida".
Como cuando ingresan a la fuerza a los suicidas.
El Partido Popular ha rechazado la figura del Defensor psiquiátrico propuesta por el PSdeG-PSOE en el Parlamento de Galicia, tal y como afirma la agencia EFE. Con esta figura se pretendía que la Xunta atendiera las sugerencias del Defensor del Pueblo en relación con las instalaciones y la situación que viven los pacientes psiquiátricos de Conxo, en Santiago.
old.meneame.net/m/actualidad/pacientes-psiquiatricos-indefensos-temas-
Puedes leer mis comentarios, son públicos, En ningún momento he hablado de la idoneidad del electroshock, que algunos volvéis la cuestión sobre ese tratamiento, cuando considero que no es mas que algo "anecdótico" dentro de las noticias...
La verdadera cuestión es que ese doctor/a esta imponiendo su creencia, en este caso que ese tratamiento es el único/mejor y que hay que dárselo al paciente si o si, lo que va en contra de la carta de derechos del paciente.
Volviendo a mi pregunta ¿puedes responder, porque se da la callada a la petición de traslado a otra clínica por parte de ese hospital?
Yo tengo claro, lo que haría en una situación como esta, pero me callo por respeto a la familia.
Fui de visita varias veces y es como una peli de zombies. No les hacen terapia ninguna más que volverles muertos vivientes con pastillas. Es horrible.
La familia de esta mujer no podía permitirse tenerla en casa por lo peligroso de sus síntomas ni pagarle una residencia privada adecuada a su enfermedad. Acabó muriendo en el psiquiátrico.
Artículo 9. Límites del consentimiento informado y consentimiento por representación.
1. La renuncia del paciente a recibir información está limitada por el interés de la salud del propio paciente, de terceros, de la colectividad y por las exigencias terapéuticas del caso. Cuando el paciente manifieste expresamente su deseo de no ser informado, se respetará su voluntad haciendo constar su renuncia documentalmente, sin perjuicio de la obtención de su consentimiento previo para la intervención.
2. Los facultativos podrán llevar a cabo las intervenciones clínicas indispensables en favor de la salud del paciente, sin necesidad de contar con su consentimiento, en los siguientes casos:
a) Cuando existe riesgo para la salud pública a causa de razones sanitarias establecidas por la Ley. En todo caso, una vez adoptadas las medidas pertinentes, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 3/1986, se comunicarán a la autoridad judicial en el plazo máximo de 24 horas siempre que dispongan el internamiento obligatorio de personas.
b) Cuando existe riesgo inmediato grave para la integridad física o psíquica del enfermo y no es posible conseguir su autorización, consultando, cuando las circunstancias lo permitan, a sus familiares o a las personas vinculadas de hecho a él.
3. Se otorgará el consentimiento por representación en los siguientes supuestos:
a) Cuando el paciente no sea capaz de tomar decisiones, a criterio del médico responsable de la asistencia, o su estado físico o psíquico no le permita hacerse cargo de su situación. Si el paciente carece de representante legal, el consentimiento lo prestarán las personas vinculadas a él por razones familiares o de hecho.
b) Cuando el paciente tenga la capacidad modificada judicialmente y así conste en la sentencia.
c) Cuando el paciente menor de edad no sea capaz intelectual ni emocionalmente de comprender el alcance de la intervención. En este caso, el consentimiento lo dará el representante legal del menor, después de haber escuchado su opinión, conforme a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.
www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2002-22188
No solo se critica esta institución por un libro sino que hay también psiquiatras como Thomas Szasz que en su trabajo cuestiona el mito de la enfermedad mental.
En la resolución, explica que la medida se autoriza basándose en las conclusiones de un nuevo reconocimiento judicial y forense realizado al paciente, así como en el informe complementario emitido por una psiquiatra.
www.elcorreogallego.es/concellos/2023/03/29/juez-claro-riesgo-suicidio
En el auto subraya que se ha constatado “un riesgo para la vida” del paciente, el cual carece de “conciencia suficiente de su trastorno mental y de la necesidad del tratamiento pautado, encontrándose, por tanto, imposibilitado para emitir el consentimiento informado, conforme a lo previsto en la Ley gallega”. Además, explica que el informe médico forense constata “que no tiene capacidad para decidir en el momento actual en el ámbito de la salud”.
Lo que no se menciona en la noticia es que pasó además del brote, para que se internará judicialmente al paciente.
Para que se tomen ese tipo de medidas debe haberse cometido un delito y este tipo de personas están exentas de penas pero el juez puede imponerles internamiento y tratamientos conforme al informe de los facultativos.
www.meneame.net/story/juez-tiene-claro-riesgo-suicidio-joven-gallego-e
Así que ya sabes, intenta suicidarte (o que un médico lo crea) y un juez puede decidir que te pueden derretir el cerebro con descargas eléctricas sin que tú, que no estás incapacitado, ni tu familia puedan oponerse a un tratamiento médico forzado.
Bienvenidos al siglo XIX, cada día este país promete más.
¿Por qué tanta prisa?
¿Por qué se niegan a contestar a la otra clínica, aun siendo una clínica de mierda?
Es tan fácil, como denegar el traslado... Pero no, dan la callada por respuesta, suena a que no quieren papeles, que se puedan recurrir y están actuando, por la vía de los hechos consumados.
El juez, tuvo como perito a la propia doctora que solicito el ingreso forzado, para el tratamiento.
Estas desviando el tema, contesta a mis preguntas.
Que te vuelvo a repetir, yo no tengo nada en contra del tratamiento, no puedo valorarlo. Ahora que la actitud del hospital es altamente sospechoso si que lo es.
También he visto curaciones que parecían milagrosas, porque respondían al segundo o tercer TEC.
De lo que dicen los periodicos, la prensa en general, no me creo nada.
Si me preguntas por la fuente, a) experiencia vivida por un familiar y b) experiencia trabajando en un hospital con unidad de ingreso psiquiátrico.
EDIT. #60 lo explica con más detalle.
Yo también fui de visita dos veces y ya notó que aquel ambiente era insano y que la mayor parte parecían muertos vivientes o adultos serviles y miedosos...
Pero mis visitas al Manicomio Conxo fueron para ver a mi padre y de eso hace más de 50 años! todavía no he olvidado los tipos de batas blancas que abrían y cerraban puertas... muchas puertas...
El internamiento forzoso sirve para evitar que alguien se haga daño o haga daño a otros. Y eso es lo único a lo que te pueden obligar, a permanecer en un entorno vigilado y seguro que tiene una intención terapéutica. Pero no determina en dónde, ni anula la obligación de obtener consentimiento informado antes de aplicar un tratamiento. La decisión de un paciente que está capacitado es del paciente, la de un paciente que no lo esté es de su familia directa o de los tutores que nombró cuando estaba capacitado. Sólo en caso de que no exista esa figura será la administración la que se haga cargo.
Desde luego, retener a un paciente voluntario y someterlo a electroshock no es la forma de tratar a ninguna persona, menos aún un psicótico. Está claro que su percepción de la experiencia está siendo traumática y eso no es "terapéutico" para un paciente de estas características. Cuando alguien se encuentra en una situación así, lo último que necesita es que le quiten el control y lo violenten de esa manera. Por encima de las leyes y los manuales médicos están los seres humanos. Y tratar a una persona así no es humano.
En el HUCA hace unos años se cargaron a una niña teniéndola atada a una cama mientras estaba pasando una meningitis sin ningún tipo de tratamiento porque la jefa de psiquiatría confundió los síntomas de la meningitis con una enfermedad mental.
Los médicos se equivocan, y mucho. El problema es que no se les castiga como debería. A mi en mi trabajo si hago que una empresa pierda dinero me enseñan la puerta de la calle. Los médicos pueden cagarla una y otra vez, que con el corporativismo que tienen, para que sea noticia ya tiene que ser algo que no se puedan cubrir entre ellos, y tranquilo que ya encontrarán la forma de quitarse, nunca mejor dicho, el muerto de encima.
Por otra parte, me parece que no eres el más indicado para ir llamando indigente mental a nadie.
Imponer un determinado tratamiento en esas condiciones es poco menos que una agresión.
Y respecto al tratamiento en concreto, es más que cuestionable, por mucho que tu experiencia clínica te pueda ofrecer una serie de impresiones.
Lo cierto es que la evidencia científica es más bien escasa, los mecanismos por los que se produce la supuesta mejoría no parecen claramente establecidos así como los efectos secundarios a largo plazo, de los que se conoce que no está exento. Siendo así las cosas me sigue pareciendo un "tratamiento" más propio de otros siglos. Ni hablar ya si no lo acepta ni el paciente ni la familia, no hay justificación posible.
Lo que tiene guasa es que seas tú, que propone un tratamiento prácticamente pseudocientífico, el que pretendas tildarme de no sé qué exactamente. No olvides nunca las gilipolleces en las que ha incurrido la medicina en el pasado, desde los sangrados a la teoría de los humores, como en tantas gilipolleces debe estar incurriendo hoy en día que aún no hemos detectado. Tal vez estemos ante una de ellas.
La vacuna del covid, por cierto, ni es una vacuna en el sentido tradicional ni ha existido tiempo material para los procesos de testeo habituales, a pesar de lo cual estoy vacunado, pero yo creo que bastante trabajo tienes con el tema del envío.
scielo.isciii.es/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0214-782320200
Y no uso facebook.