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Debate jurídico abierto: ¿Son válidas las mociones de censura de PSOE y Más Madrid contra Ayuso?

Debate jurídico abierto: ¿Son válidas las mociones de censura de PSOE y Más Madrid contra Ayuso?

Fuentes del Gobierno madrileño señalan que ambas mociones se han presentado con posterioridad a la firma del decreto de disolución de la Asamblea de Madrid de Díaz Ayuso, que se hizo a las 12:00. Desde la oposición defienden que sus mociones de censura son válidas porque la disolución no se publica en el boletín oficial de la Comunidad de Madrid hasta mañana jueves.

| etiquetas: ayuso , madrid , pp , moción de censura , elecciones
Comentarios destacados:                                  
#24 #10 #20 Repito, para mí no tiene ninguna lógica que un decreto, sea de disolución o de subvención de la federación de petanca, entre en vigor antes de su publicación. Y me atrevo a decir que nunca ha sido así, porque podría crear una inseguridad jurídica terrible.
Por otra parte, aquí hay para todos. A ver si ahora nos vamos a hacer los gilipollas y señalar que las mociones se han presentado para evitar elecciones y olvidar que las elecciones se han convocado para evitar las mociones.
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  1. "Fuentes del Gobierno Madrileño" que no se enteran ni de sus propioas normas :-D
  2. La verdad es que ni puta idea de si es válido a nivel jurídico pero la lógica me dice que por mucho que un decreto esté firmado este no debería entrar en vigor hasta que se haga publicidad del mismo, sino jodidos iríamos.
  3. El orden de presentacion de mociones es "Mas Madrid y PSOE"
  4. La mesa debe constituirse. Tiene mayoría de PSOE y C's. A Ayuso sólo le queda el fraude.
  5. si dado que la disolucion de las cortes sera efectiva cuando se publique en el BOE
  6. Todavía no he oído a la caverna decir que esto es un golpe de estado. Seguro que no me van a defraudar
  7. #4 Sea pues!
  8. #6 Dales tiempo, les ha pillado echando la siesta y a contrapié.
  9. #2 A mí la lógica me dice que si en un Consejo de Gobierno se decreta la disolución del parlamento no tiene ningún sentido que 5 minutos después se pueda presentar una moción de censura para invalidar esa disolución. Habría que estar sacando un boletín extraordinario a la finalización del Consejo para que nadie te cuele una moción, es absurdo.
  10. #4 otra opción es denunciar y a los tribunales, al menos eso ha dicho en telemadrid una doctora en derecho. Y me da a mi que si sale una cosa u otra esto termina en los tribunales.
  11. #1 da igual, ya tienen carnaza......

    No nos dejan votar
    Gobierno ilegítimo
  12. #6 Se rompió antes la derecha que España.
    Hasta que no se publique el BOEM (si es mañana) no sería efectiva la convocatoria.
    Ayuso lo acaba de enviar ahora mismo.
    Si la mesa de la Asamblea acepta las mociones de censura, como así debe ser, no hay elecciones.
  13. #9 Pobre, como con Walt Disney, disfruta de tu ilusión.
  14. #10 pues que lo corrijan con las mayorías, que en el mundo son.
    Pero mientras tanto, estado de derecho.
  15. #9 con los pies de barro.
  16. #15 El que rie último, rie mejor ¿Piensas que Ciudadanos repetirá con Ayuso, despues del continuo ninguneo?
  17. #15 si. Lloros van a haber.
  18. #2 yo estoy más de acuerdo con , no tiene sentido que puedas intentar parar la disolución de un gobierno después del anuncio del mismo, eso es socavar uno de los poderes que tiene el cargo de presidente de la comunidad. Otra cosa es en orden invertido, obvio, porque así está reglamentado y no tendría lógica, sería un abuso de poder.

    Lo de Errejón y el PSOE a mí me suena a fraude de ley, pero que se maten.
  19. Las medidas siempre entran en vigor a partir de ser publicadas en el BOE, BOCM, etc. igual sale ahora un tribunal de Madrid y se lo afina al PP, no sería de extrañar.
  20. #16 No sé si hay algo que corregir, vamos a ver qué dicen los letrados.
  21. #10 #20 Repito, para mí no tiene ninguna lógica que un decreto, sea de disolución o de subvención de la federación de petanca, entre en vigor antes de su publicación. Y me atrevo a decir que nunca ha sido así, porque podría crear una inseguridad jurídica terrible.
    Por otra parte, aquí hay para todos. A ver si ahora nos vamos a hacer los gilipollas y señalar que las mociones se han presentado para evitar elecciones y olvidar que las elecciones se han convocado para evitar las mociones.
  22. #24 La motivación para hacer las cosas aquí no tiene ninguna relevancia, estamos hablando de un asunto puramente jurídico.
    Que el decreto de disolución entre en vigor cuando tenga que entrar en vigor, simplemente digo que no se debería poder presentar una moción de censura solo para evitar el decreto de disolución. Que además tiene toda la pinta de que es así como está regulado.
  23. #23 siguiendo el hilo de tu razonamiento en 10.
    Si se va a presentar una moción de censura no tiene sentido a continuación decretar una disolución del parlamento.

    Personalmente opino que la moción en Murcia es la referencia.
  24. #6 Ayuso ya ha soltado que la izquierda había "derrocado al gobierno de España" y que no iba a esperar que pasase eso con el gobierno de Madrid. Ya empiezan a enseñar la patita.
  25. #26 Eso es imposible de regular, "se va a presentar una moción de censura" no es ningún hecho jurídico, ¿vas a prohibir decretar una disolución del parlamento porque "se va a hacer" algo (que luego a lo mejor se hace o a lo mejor no)? ¿Como en Minority Report?
  26. Lo son según el Estatuto de la Comunidad de Madrid y la Ley de Régimen Electoral General. Además... ¿cómo se demuestra a que hora ha firmado IDA? ¿hay que fiarse de su palabra o la de sus acólitos?.
    Tampoco importa mucho ya que al final retorcerán la ley como siempre y no serán válidas.
  27. #28 en mi entender, la moción de censura tiene una vía legal más rápida que la disolución.
    En la siguiente legislatura que lo solucionen o que callen para siempre...
  28. #30 Eso dejaría a todos los decretos de disolución a los pies de que alguien quiera presenta una moción de censura 5 minutos después, aunque sea por motivos estratégicos. No lo veo. La disolución la decreta el Gobierno y lo democrático es que prevalezca lo que decreta el Gobierno, no lo que decida 5 minutos después un partido de la oposición.
  29. #2 Aquí la lógica no entra, lo que va tener que entrar el TC a dictar una sentencia para un caso que aún no se ha dado. Lo cierto es que cualquier disposición, por muy firmada que esté, no entra en efecto hasta que es publicada. Y durante el día que se tarda en hacerlo la cosa sigue igual: los consejeros cobrarán el día por completo (y no hasta las 12) y pueden seguir operando como consejeros hasta que se publique el BOCM. ¿Lo demás?, los tribunales lo dirán.
  30. #32 No, no los deja porque el gobierno tiene en su mano publicar un boletín extraordinario y no anunciar la disolución hasta que se publique en él.
  31. #32 es que la moción de Murcia no es cinco minutos antes.
    Pero bueno, no vamos a discutir. Ha sido una conversación agradable.
    Pronto sabremos que deciden los letrados.
  32. #2 Hombre, la lógica también nos dice que el hecho de presentar una moción de censura de forma tan apresurada con el único objeto de intentar evitar que los ciudadanos de Madrid voten no es muy democrático que digamos.
  33. #25 por un lado dices que las motivaciones no tienen relevancia y por otro dices que no se debería poder presentar una moción para evitar un decreto de disolución. O una cosa o la otra.
  34. #34 ¿Y hay que andar publicando un boletín extraordinario solo para eso? No tiene ningún sentido.
  35. #36 Claro, se han convocado elecciones porque le ha apetecido a Ayuso hoy con el café de las 8.
  36. #24 Como bien dice , las motivaciones importan bien poco, es una cuestión de procedimiento, de quién puede ordenar qué y, sobre todo, de quién lo gestionó antes.

    No veo tampoco el que sea requisito indispensable el que tenga que estar publicado para que eso sea el punto de arranque. Es decir, eso lo pondrá en vigor, pero la orden ya estaba dada.

    En caso contrario sólo nos queda o que el BOCM se publique a la salida del consejo, o que se estén calladitos hasta que salga publicado. Es un absurdo.

    Y si tenemos que hablar de intenciones, la de Ayuso no estará bien, pero los otros no son mejores, más bien al contrario, la querer interferir en un procedimiento legal mediante un método de refilón en el tiempo de descuento. Creo que aquí se retratan todos.
  37. #36 lo has entendido mal. es al reves. Como le venia una mocion de censura y posiblemente la iba a perder, ha intentando (ya veremos si con exito) hacer elecciones...
  38. Que Ayuso se cargase todos los gobiernos autonómicos del PP sería tal fantasía {0x1f60d} xD
  39. #38 Puede hacerlo. Y la cuestión es cuando entra en vigor un decreto, no si tiene sentido publicar un boletín extraordinario o no. Ahora mismo se dice que el decreto fue firmado a las 11:45 porque es lo que nos dicen desde el gobierno, como podrían decir que lleva firmado desde ayer. Eso sí es un sinsentido, por eso digo que la lógica me sugiere que un decreto no debería entrar en vigor hasta su publicación. Si lo han filtrado antes a la prensa que apañen con ello.
  40. #40 Y si tenemos que hablar de intenciones, la de Ayuso no estará bien, pero los otros no son mejores, más bien al contrario, la querer interferir en un procedimiento legal mediante un método de refilón en el tiempo de descuento. Creo que aquí se retratan todos.
    Ahí estoy de acuerdo.
  41. #44 Genial!

    Empieza la fiesta.
  42. #10 el estatuto de madrid dice bien clarito "efectiva cuando se publica en el boletin"
    ningún acto del gobierno que sea es efectivo jurídicamente hasta que no es publicado en el boletín, porque ninguna norma puede ser efectiva sin publicidad, eso es derecho administrativo basico.
    y con las mociones ya presentadas y en tramite obligado por la mesa, el boletín irá después de la fecha de registro de entrada de esas mociones.
    y el estatuto de madrid dice que no se puede disolver si hay mociones en curso.. primero mociones, luego elecciones...
    o sea que salvo que los jueces salvadores del PP resuelvan lo que les de la gana...
  43. #44 Yeah! Empieza la partida.
  44. #9 Totalmente de acuerdo contigo. La izquierda en este país es la antítesis de la libertad.

    Tienen tanto miedo a que los ciudadanos de Madrid elijan que tienen que luchar en los juzgados por su particular trozo de poder. ¡Cobardes!
  45. Yo creo que en este asunto hay dos cuestiones:
    La primera, que sí son válidas las mociones ya que la ley de la CAM dice que será válida la disolución de la Asamblea cuando esté publicada en el BOE.
    La segunda, está claro que la ley no predijo algo así. Podrían haberse guardado las espaldas legislando que sería efectiva cuando se firmara la disolución. Pero no lo hicieron.
    En lenguaje popular, "hecha la ley, hecha la trampa"
  46. #39 #41 No entiendo tanta prisa para que los madrileños no puedan votar. Es obvio que es más preferible que lo hagan, ¿no os parece?
  47. #8
    Ahora que lo dices ya entiendo porque en Andalucia aún no ha habido moción de censura ni convocatoria de elecciones.(carita de troll)
    Firmado- un andaluz.
    Remarco la firma ,porque sino, después de la siesta me van a crujir a negativos .
  48. #51 a mi me la suda si votan en madrid o no, a diferencia de otros que sí parece que les molesta que se votemos en ciertos lugares de la peninsula, eso para empezar.
    lo que SI me molesta es que la IDA intente llevarse el Scattergories porque no le gustan las reglas.
    Sin el intento de la moción de censura habría Ayuso disuelto la asamblea? creo que todos sabemos la respuesta a eso...
  49. #34 Que yo sepa eso no funciona así. Primero se acuerda la disolución y al día siguiente de ese acuerdo se publica el decreto de convocatoria de elecciones. Al menos eso es lo que entiendo que pone en la Loreg:

    En los supuestos de elecciones a Cortes Generales o de Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas en las que el Presidente del Gobierno o los respectivos Presidentes de los Ejecutivos autonómicos hagan uso de su facultad de disolución anticipada expresamente prevista en el ordenamiento jurídico, los decretos de convocatoria se publican, al día siguiente de su expedición, en el «Boletín Oficial del Estado» o, en su caso, en el «Boletín Oficial» de la Comunidad Autónoma correspondiente. Entran en vigor el mismo día de su publicación. Los decretos de convocatoria señalan la fecha de las elecciones que habrán de celebrarse el día quincuagésimo cuarto posterior a la convocatoria

    Y en el estatuto de autonomía:

    El Presidente de la Comunidad de Madrid, previa deliberación del Gobierno y bajo su exclusiva responsabilidad, podrá acordar la disolución de la Asamblea con anticipación al término natural de la legislatura. La disolución se formalizará por Decreto, en el que se convocarán a su vez elecciones, conteniéndose en el mismo los requisitos que exija la legislación electoral aplicable.
  50. #25 La ley está así para lo contrario, para impedir que se pueda evitar una moción de censura convocando elecciones.
  51. Yo creo que la legislación madrileña está pensada para impedir se interrumpa una moción convocando elecciones.

    En el caso inverso nadie había pensado, seguramente por estrambótico, y por tanto ahora es terreno nuevo. Palomitas.
  52. #25 Una cosa es que entre en vigor cuando se publica, que es cierto, y otra cosa que una moción presentada después de la firma del decreto pueda impedir su publicación.

    1.El decreto se firma porque no hay ninguna moción en trámite y es legal hacerlo. Cuando se presenta una moción de censura la asamblea tiene que comunicárselo a la presidenta y no se le había comunicado. Por eso sabe que no hay moción en trámite y puede disolver las cámaras.

    2. Se presentan las mociones de censura y la mesa las admite a trámite.

    3. El decreto se publica al día siguiente porque no hay nada que impida su publicación. Lo que habría impedido la moción de censura si se hubiese presentado a tiempo es que se firmase el decreto porque la presidenta estaría advertida de que hay una moción de censura en curso.

    4. Se disuelven las cámaras y se va a elecciones
  53. #9 ¿Pueden establecer un voto «carcajada»? No te quiero votar positivo, pero me has hecho reír
  54. #35 esto es como un penalti dudoso, no se quien de los 2 lleva razón la verdad, tu argumento de la moción de Murcia no te la compro jejeje

    Va a ser gracioso el tema judicial y en q acaba esto, aunque bueno, q decidan los madrileños tampoco debería de ser malo
  55. #12 sería muy gracioso q Ayuso perdiera el recurso judicial e hiciera elecciones de todas maneras y fuera a la cárcel por hacer q los madrileños elijan sus representantes y por votar

    Muy muy gracioso para ambos lados
  56. #4 Ayuso a la cárcel porque va a dejar a los madrileños votar aunque no se cumplan las leyes para poder votar

    Sería muy muy bueno, ese giro en los acontecimientos no me lo esperaba, la política española da vergüenza pero se podía hacer una buena serie

    Ayuso vete a Bélgica con puigdemont, presa política jajajajaja
  57. Aquí hay dos elementos a interpretar. Por un lado, si la firma del Decreto por Díaz Ayuso produce efectos desde su firma, o desde su publicación. Y por otro, si la mera presentación de una moción de censura implica que desde ese momento se encuentra en tramitación, o es requisito previo que la Mesa de la Asamblea la admita a trámite.

    Dicho esto, hay que interpretar la ley conforme a su espíritu. La previsión de la norma está pensada para evitar que se paralicen mociones de censura mediante la disolución de la asamblea. El artículo 21.2 del Estatuto de Autonomía de Madrid, dice “el presidente no podrá acordar la disolución de la Asamblea […] cuando se encuentre en tramitación una moción de censura”.

    Por otro lado, habría que distinguir entre eficacia y entrada en vigor. El art. 2 de la Ley 5/1990 dice que el Decreto de disolución entrará en vigor con su publicación
  58. #24 Y reconocido por la misma Ayuso. Se ha delatado ella sola en un intento de fraude de ley.
  59. #38 Los decretos entran en vigor en el momento de su publicación, nunca antes. Seguridad jurídica, se llama.
  60. #51 Por mí como si votan cada semana pero no me vendas que la convocatoria de elecciones ha sido por un ejercicio de democracia y no porque la aritmética parlamentaria ahora mismo no le da para superar una moción de censura sin ciudadanos. Coño, que la actual asamblea no tiene ni dos años y ella ni siquiera ganó esas elecciones.
  61. Votar es de fachas. Si se le puede dar un golpe de estado a Ayuso, pues se le da.
  62. #60 xD xD xD xD xD

    Presos políticos
  63. #22 Entonces a esperar a que aparezca en el BOCM, porque al haber sido firmada antes de la mocion es cuestion de tiempo que llegue a "imprenta"
  64. #67 con puigdemont en Bélgica y boye de abogado para impedir la eurorden

    Eso si, con lazos azules
  65. #10 no es absurdo si la intención del legislador era priorizar la alternativa de una nueva mayoría parlamentaria y dejar las elecciones como último recurso. Hay debate...
  66. La moción de censura prospera. Ayuso decide celebrar unas elecciones ilegales el 4 de mayo dando mítines en el Zendal. La policía incauta las urnas, Rufián exige el 155 a Madrid. Ayuso huye Waterloo en el maletero de un Porsche Cayenne.twitter.com/norcoreano/status/1369677562411184128?s=20
  67. #67 lazos amarillos? xD
  68. #32 Lo que dices tiene lógica, pero es opuesto a lo que parece ser que dice la ley. Así que lo mismo esto habría que haberlo pensado antes. Que parecemos nuevos en esto de la democracia.
  69. Ahora el funcionario responsable de BOCM debe negarse a publicar el decreto de disolución y sino estará cometiendo un delito.
  70. #32 Tal y como yo lo entiendo, si alguien presenta una moción de censura para evitar la disolución del parlamento y gana es porque la mayoría del parlamento no estaba de acuerdo con dicha disolución. No veo tanto problema
  71. #18 ¿Piensas que Cs va a sacar algún resultado relevante? Porque yo creo que van camino a convertirse en residual. Mejor para la derecha, el voto concentrado siempre favorece.
  72. #10 igual que cuando nos confinan, no es cuando lo firma el responsable o cuando sucede una comparecencia sino cuando sale publicado en el Boletín correspondiente. Pero sinceramente me da igual una cosa que otra... Estoy en la otra punta.
  73. La mayoría de la comunidad de Menéame favoreciendo la traición y las mociones de censura.

    Sí, señores, preferís que cualquier convocatoria electoral adelantada firmada antes se anule por una moción de censura.

    Cómo os gusta la libertad. xD
  74. Los comunistas intentando evitar que la gente vote

    Vamos, lo normal.
  75. #54 Al lorito, "previa deliberación del Gobierno"

    No digo na y te lo digo to
  76. #12 Y las fresas son fruta y los tomates verdura :troll:
  77. Con todo lo que está cayendo, más dinero público malgastado en gilipolleces.

    Luego dirán todos los partidos políticos que les importan mínimamente los problemas de la gente.
  78. ¿ Es válido, que una mujer, en este caso del pp, incompetente, nepotista, y con ausencia de ideas claras, esté de Presidente de Gobierno, de una Autonomía, en este caso la de Madrid?... además manipuladora, como ninguna,... y los mentirosos han de tener memoria de elefante, si no enseguida les colorean la cara...
  79. #10 Que tenga sentido o no es irrelevante lo que importa es lo que marca la ley, y si es confuso y necesitan 12 jueces revisándolo un mes para aclararse que se hubiesen currado más la redacción cuando la escribieron.
  80. #76 El parlamento no se disuelve a sí mismo. Lo disuelve el presidente del gobierno autonómico (El parlamento no tiene por qué estar de acuerdo)
  81. Lo siento por Ayuso (solo un poco), pero la disolución no es válida hasta que es publicada, algo que no ha ocurrido aún. Ayuso ha intentado adelantarse a una moción de censura al convocar elecciones, pero dado que aún no se ha publicado no es oficial por lo que si se presenta una moción de censura (como ha ocurrido) la disolución no es posible.
  82. #32 Pero es que en el 99% de los casos eso no tendría sentido, por que perderías la moción de censura justo antes de unas elecciones haciendo el ridículo y retrasando todo apenas unas semanas,

    Sólo podría valer para algo si el parlamento está de tu lado, y teniendo en cuenta la supremacía del parlamento entre los poderes del Estado en el ordenamiento jurídico español, me parece normal que si el parlamento no quiere no haya elecciones no se lo pueda disolver así como así, limita el poder del presidente/a para disolver las cámaras, sí, pero es la ley y es intencionado.
  83. #40 la motivación es esencial en cualquier acto administrativo que afecte a derechos o intereses de terceros, para evitar la arbitrariedad y garantizar el estado de derecho, cc. art. 88 3 LPAC en relación al 35. (39/2015).
  84. #57 yo opino parecido a lo que dices.
    ¿Se puede firmar el decreto?: sí
    ¿Se puede presentar la moción?: sí
    ¿Se puede publicar el decreto y que entre en vigor?: creo que sí (este "creo que" es la única diferencia que tengo contigo)
    Se disuelve la cámara y elecciones.

    Leyendo la loreg entiendo que lo que no se puede es decretar las elecciones si hay una moción. Decretado está. Aunque no entre en vigor.

    Es como si firmas un alquiler con entrada efectiva mañana en el que el arrendador te ha exigido vida laboral y contrato indefinido. Ya está firmado. Si pierdes el trabajo esa tarde el arrendador no puede decir "pues no te lo alquilo".

    Pero claro... el contrato de alquiler firmado podría tener la coletilla "en el momento de la entrada en vigor se revisará las condiciones del inquilino y de no cumplirse se cancelará el contrato"...

    Si algún jurista puede mirarlo, bien.

    Comentarios de fanboys... no me interesan.
  85. #10 Estando de acuerdo contigo, lo que más me aterra ahora mismo es la motivación. No hablo ya de los políticos, si no de la sociedad. Y el hecho es que estamos debatiendo como locos sobre si debería aceptar o no una moción de censura, que básicamente viene a decir que los que ya han sido escogidos sigan decidiendo el gobierno.

    Si tanto se cacarea en esta página que en España no hay democracia, que las élites son las que deciden...y justo llega un caso en el que nos proponen que se vuelva a votar quien gobierna y no gusta porque se teme la opción de que la derecha vuelva a ganar. Pues vaya hipocresía tenemos. Nos interesa la justicia y la ética por pura conveniencia, de la misma manera que el otro espectro político.

    ¿Es eso democracia? Es jugar con las cartas marcadas. No querer que se vote por temor a que no salga un resultado que sí sale si hay mociones de censura. Pues qué queréis que os diga, yo prefiero que haya elecciones, y si gana la PP+VOX es lo que Madrid quiere, y ajo y agua para el resto (que también nos comemos su rechazo a cerrar nada y a que sus habitantes se desplacen por España todo lo que quieran, pero yo no puedo moverme lejos de mi ayuntamiento en Galicia).

    PD: y si queréis jugar a las culpas...tanto PSOE como Más Madrid han quedado de papanatas. Si ya tenían el pacto, ¿por qué esperar a lo de Murcia y no presentar la moción antes? Y si no lo tenían, ¿por qué lo han conseguido justo después? En el primer caso, son unos primos. En el segundo sería una jugada de Ciudadanos para que realmente se hicieran elecciones, y me parece poco probable visto la el probable golpazo que se van a pegar.
  86. Hay poca discusión. En un Estado de derecho, como el nuestro, una norma entra en vigor en el momento de su publicación. Si no se ha publicado, lo que suceda antes es perfectamente válido y legal.
  87. #74 Corrijo, no sería delito. Puede publicarlo pero no tiene efecto a no ser que se retiren las mociones.
  88. #86 Lo se, el caso es que hay un obvio conflicto entre el presidente y el parlamento, no tengo claro cuál opción prefiero pero en todo caso en el resultado de una de hace lo que dice el parlamento y en la otra vamos a elecciones, así que como demócrata que soy ninguna me parece horrible, que no es lo habitual
  89. #91 Excepto porque la elección anticipada (es decir, antes de cuando tocaba) se convoca para esquivar una moción de censura. Si no hubiera posibilidad de moción, no la convoca.
  90. #24 #25
    Ley 5/1990, de 17 de mayo
    Artículo 1.
    1. El Presidente de la Comunidad de Madrid, previa deliberación del Consejo de Gobierno, y bajo su exclusiva responsabilidad, podrá acordar la disolución anticipada de la Asamblea de Madrid.
    2. No podrá acordarse, en ningún caso, la disolución anticipada de la Asamblea de Madrid cuando se encuentre en tramitación una moción de censura.

    El único impedimento para la convocatoria de elecciones anticipadas es que no podrá acordarse después de presentada la moción de censura, pero en este caso se ha acordado antes aunque no haya entrado en vigor.
  91. #10 Pues yo lo veo tan fácil como separar al ejecutivo del legislativo. Si el ejecutivo quiere disolverse que lo haga, como si quieren dimitir todos en bloque como ha pasado recientemente en Italia, pero entonces la pelota pasa al legislativo que puede o bien escoger un sustituto, sin necesidad de presentar una moción ni nada porque el ejecutivo ya ha decidido cesar en sus funciones, o bien disolverse también e ir a elecciones, porque al final son los parlamentarios los que son directamente escogidos por el pueblo y los que deberían decidir que hacer, y no el ejecutivo.
  92. #10 Tal cual, mantener las mociones es hacerle la campaña a Ayuso
  93. #64 ¿Y entonces cuál es la duda?
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