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La sentencia es un caso de libro de prevaricación. Hay una contradicción en la sentencia entre el relato de los hechos y la fundamentación jurídica de la decisión. En el relato de hechos se reconoce que la sentencia inicial fue de la Audiencia Nacional (AN), pero que a continuación, en la sentencia del TS en el recurso de casación interpuesto por la defensa de Arnaldo Otegi por falta de imparcialidad de la Sala de la AN, se dice textualmente: "Mantenemos el pronunciamiento de la sentencia dictada por la Sala de lo Penal de la AN...".
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etiquetas: bateragune , arnaldo otegi , tedh , tribunal supremo , prevaricación
Ni siendo un infiltrado batasuno en la judicatura se pueden hacer las cosas tan mal.
¿Un abogaducho de los batasunos o qué?
sarcasm included
Ni siendo un infiltrado batasuno en la judicatura se pueden hacer las cosas tan mal.
Este artículo es otro ejemplo, coge una frase de la sentencia en la que se explica que, dado que se ha anulado el juicio de Otegi, el tiempo que pasó en prisión no tiene justificación alguna, y Royo le intenta dar la vuelta con un y tú más diciendo que sí que esta justificado, por las sentencias que emitieron esos tribunales. Es un juego semántico que no lleva a nada que sea jurídicamente válido.
A ver que dice el fiscal, puesto que en el anterior juicio hablaba de futuro y de que iban a recomponer un partido político ilegal, ahora ese supuesto futuro es pasado y el partido ya existe y no es ilegal. ¿En que van a fundamentar una acusación de algo que no ha pasado?
Edit: porque no hay dos sin tres.
Lo que Pérez Royo dice aquí no tiene sentido alguno. Patina, como suele hacer con demasiada frecuencia, al suponer que el TS dice que "se desconoce" el motivo por el que Otegi estuvo en prisión, y dando por sentado que el fondo de la condena era incorrecto cuando el TEDH simplemente se pronunció sobre la invalidez del procedimiento (es decir, anula el veredicto, pero no da un veredicto absolutorio). Otegi, por tanto, habría pasado 6 años en prisión por una condena derivada de un proceso anulado.
Lo que el TS sugiere es que ese proceso debe repetirse para dictar sentencia sobre un caso que ahora mismo no la tiene. En caso de que sea absolutoria, Otegi debería ser indemnizado, pero lo que no puede hacerse es asumir la absolución por la anulación del proceso porque es importante recordar que la Justicia tiene el deber de resolverse con garantías para el acusado, pero también para quien acusa, y asumir una absolución sin juicio no cumpliría el segundo requisito.
... que se equivoca más que habla?
Perez Royo es Catedrático de derecho constitucional,tiene una larga experiencia y ha escrito mas de 10 libros.
Pero tu revocas su amplio argumento diciendo que es un juego semántico.
Eres un fenomeno.
No importa cuándo leas esto
Pero si hay gente que le corrige en twitter entonces me cayo claro...
#19 aparte de lo que ya he puesto, entiende lo de "hasta en Twitter"
El TS y el TC han sido declarados parciales por el TEDH, y por lo tanto no podrían ver un recurso.
Y ellos mismos no pueden autodeclararse justos.
Por lo tanto, o no se lo juzga 2 veces, o lo tiene que juzgar el poder judicial de otro estado.
Ahora lo que ocurrirá es que el proceso se reiniciará en la Audiencia Nacional con otro tribunal que deberá cumplir el requisito de imarcialidad. La nueva sentencia podrá ser recurrida al TS, al TC y al TEDH, por supuesto.
resolvió que el era imparcial que se lo habían declarado sus santos cojones.
Así que en Españistán, el TS y el TC pueden declararse justos e imparciales si hace falta.
Y Lesmes lo avala.
Tampoco suele juzgar el mismo tribunal que admite a trámite una querella.
Pero ya tu sabeh, en el TS son pocos jueces y era necesario.
o del TS que han demostrado últimamente su total imparcialidad. Ahora me fustigaré.
En el que simplemente digo que si un juicio se declara nulo, se debe repetir con todas las garantías legales.
Atribuyo este strike a la incompetencia de los @admin
Está bastante claro que en ese meneo hubo algún moderador bastante favorable a la defensa de Otegi y con la mano muy larga. Yo les envié un correo con enlaces a los datos que corroboraban mi comentario (aún sigo esperando me contesten), pero lo tuyo es simplemente indiscutible, porque es una opinión.
Otro imparcial dónde los haya.
Ya escribí yo preguntando y argumentando contra el strike.
Hace ya semana y pico.
¿Por qué no lo matan y ya esta? Pues porque entonces serían como él.", también que no lo matan y ya esta porque serían como él.
Hay dos bulos, no uno:
1- Otegui no se ha ido de rositas, se ha tirado 6 años en prisión.
2- Eso de que no lo matan porque serían como él ya es una ida de olla monumental.
Pero bueno, ya sabemos que la cúpula judicial española es basura pura, todo les da igual.
2 - Eso es la respuesta a otro usuario que preguntaba por qué no le estaban directamente.
De hecho eso es lo que ha ocurrido porque TS y TC se comieron la evidente imparcialidad y la asumieron como propia y el TEDH enmienda la plana a la justicia española, AN, TS y TC y por eso sentencia contra España como Estado, no contra esa jueza ni la AN.
«Hay una contradicción en la sentencia [del TS] entre el relato de los hechos y la fundamentación jurídica de la decisión. En el relato de hechos se reconoce que la sentencia inicial fue de la Audiencia Nacional (AN), pero que a continuación, en la sentencia del TS en el recurso de casación interpuesto por la defensa de Arnaldo Otegi por falta de imparcialidad de la Sala de la AN, se dice textualmente: "Mantenemos el pronunciamiento de la sentencia dictada por la Sala de lo Penal de la AN...»
Pero es que la AN se pronunciaba sobre la culpabilidad o no de Otegi, y el TS sobre la imparcialidad o no del tribunal de la AN que juzgó a Otegi, que es algo bien diferente (por eso digo lo de "error de categorizacion"). Pero tal y como se presenta este párrafo del artículo (que es la base para a todo el posterior desarrollo del artículo) pareciera que el TS se estuviera pronunciando sobre la culpabilidad o no de Otegi, cuando no es así. El TS se limita a decir que, al entender que la AN era imparcial (cosa que finalmente la sentencia europea corrige), mantiene como valida la decisión de la AN (cosa muy diferente a pronunciarse de nuevo sobre la culpabilidad o no de Otegi).
Ahora contestame, ¿Eso es un bulo? ¿Debe ser censurado?
2- No debe ser censurado.
2: Dices que no debe ser censurado, pero reportas mi comentario como bulo, lo que sabes perfectamente que me provocaría un strike que me impediría comentar o se me podría expulsar de la plataforma impidiéndome expresar mi opinión. ¿No es eso precisamente censura?
Con denunciar mi comentario, pensaba que te referías al triángulo de "reportar comentario", eso es lo que tras ser analizado, puede conducir a strike.
En cualquier caso, eres libre de utilizar estas herramientas como lo creas necesario, no seré yo el que te diga lo que debes hacer.
Entiendo cómo lo has interpretado, precisamente por eso estoy en contra de la ley de bulos, porque está a interpretación del censor. Si simplemente no existe censor, eliminamos esa posibilidad. Si bajo mi interpretación no me gusta un comentario tuyo, pues me tocará joderme, al igual que a ti te tocará joderte si a ti no te gusta un comentario mío. Con la existencia del censor se abre la puerta a que si el censor opina como tu, te gusten sus decisiones, pero mañana el censor opina como yo y ya no te gustará tanto. Por eso siempre defenderé tu derecho a llevarme la contraria, porque yo también quiero poder llevarte la contraria cuando lo crea necesario.
Yo solo he contestado a otro usuario que “preguntaba” quien era este “abogaducho”.
Todo lo demás es de tu cosecha.