Llevan años mintiendo a diario sobre las ocupaciones en España y metiendo miedo como si cualquiera se pudiera meter en tu casa y quitártela. Hasta que invitan a un juez y les desmonta uno a uno todos los mantras y mentiras al respecto. Cada vez que mientan, ponle este vídeo.
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etiquetas: okupa , juez , atresmierda , julián macias , twitter
Enero 2021, estaba pendiente que me dieran mi piso comprado en un edificio de nueva construcción. Los pisos estaban sin entregar, pero casi todos los vecinos teníamos cita con el notario para las tres semanas siguientes. Pues un domingo sobre las 3 de la tarde, un grupo de unas 30-40 personas de cierta etnia ocuparon los pisos vacíos. Casi todas ellas con niños menores de 5 años.
Llegó la policía, los delincuentes alegando que no les pueden echar, que no hay pertenencias de los propietarios y que ellos tienen niños vulnerables a su cargo. Pintaba chungo para antena 3. Pues oye, la policía les dijo que les parece muy bien, pero esas casas son primera residencia y pertenecen a gente, no están abandonadas. Y los niños, como no venga alguien a por ellos antes de que se vayan, a servicios sociales y que se busquen la vida.
Y a las 10 de la noche ya no quedaba nadie en el edificio, todos detenidos (o al menos, en dependencias policiales).
Así que sí, yo he pasado por eso, personalmente, en mi propia casa. Y efectivamente, las leyes se cumplieron.
A lo mejor la realidad os estropea el discurso un poco.
Pero total, se viene con pruebas, con ejemplos y hasta un puto juez que expulsa ocupas, pero pretendes invalidarlo con hay más realidades. Y ya está, así está el nivel.
A ignore por bulos.
Al ignore por ignorante
elpais.com/espana/madrid/2021-09-03/asi-se-fabrica-una-mentira-el-bulo
Particularmente si el juez dice que hay herramientas, pues tiendo a creer al juez.
No es lo mismo pagar a plazos un coche y dejar de hacerlo, que saltarle la cerradura y llevártelo.
¿Lo has denunciado? De alguna forma la deuda debería quedar pendiente a costa de futuros embargos.
Al final la implicación en la vida diaria de la gente es muy diferente.
No contratamos ningún seguro. Está claro que fue un error.
Lo de la injusticia es totalmente cierto sin discusión.
De 2020:
elpais.com/espana/2020-09-05/una-dudosa-alarma-sobre-los-okupas.html
Y aquí otro juez explicando el tema...
twitter.com/JoaquimBoschGra/status/1298715044708933632
Yo conozco 3 casos de ocupación, uno de ellos de mi madre y una casa de la familia.
El primero se tiro varias semanas cagandose en todo, llamando a la radio local y a programas como este y contandole a todo el que quisiese escuchar que le habian ocupado la casa. Cuando le pregunté que qué le habia dicho la policía me dijo que aun no habia denunciado (al menos dos semanas despues de enterarse) porque estaba intentando que se fuesen por las buenas y encontrar una solución pacifica. Cuando precisamente la policía va a darte la clave de como conseguir una solución pacifica…
El segundo parecido, pero lo solucionó el mismo, le preguntó a un abogado cuanto le cobraba por llevarle el caso, se fue para la casa les dijo que si se iban en menos de 6 horas les daba los 1000€(o los que fuesen) que le costaria el abogado y firmaban un papel por el cual negaban que esa fuese su morada. Como eran unos chavales, 1000€ les parecieron las puertas del cielo abierta y se fueron.
Mi madre lo llevo a un abogado que habló con ellos, les explicó la ley, les dio a elegir entre denunciarlo o que estuviesen fuera de la casa al día siguiente y se fueron.
Ya se que hay ocupas mas hostiles y dificiles, pero que en 2 de 3 casos las cosas no se hicieron por la via prevista por la ley si que te lo puedo asegurar.
Siendo maxima autoridad en su lugar de trabajo ni les tosen. y echan buenos rapapolvos.
Claro con uno medio normal te puede parecer pertinente pero luego recuerda que la mayoria en España son conservadores o muy conservadores.
Que el realizador de la ocupación carezca de título jurídico que legitime esa posesión, pues en el caso de que hubiera sido autorizado para ocupar el inmueble, aunque fuese temporalmente o en calidad de precarista, la acción no debe reputarse como delictiva y el titular deberá acudir al ejercicio de las acciones civiles procedentes para recuperar su posesión.
Te pongas como te pongas, ni son okupas ni están en la vivienda ilegalmente. Están con un contrato de alquiler que no están pagando, ergo son morosos. ¿Que la justicia también debería ser mucho más expeditiva con estos casos? 100% de acuerdo.
Por otro lado, conozco casos de ocupas normales y discretos que se integran en la comunidad.
En mi época, cuando hablaba el entendido los necios e ignorantes callaban y aprendían. Ahora se dedican a discutir y cuestionar sus afirmaciones, sin otro argumento que sus prejuicios.
Cuando me llamaron empezaron a hablarme de la seguridad en las vacunas, afrimando hechos y estudios cuanto menos improbables. Yo les dije que sin leerme los estudios no podia contestarles y que me habian llamado para hablar de la enfermedad en niños, no de las vacunas. Y me dicen: hombre, uno pensaria que un pediatra tiene que saber de vacunas… la sorna con la que lo dijo fue para partirle la cara. Estaban buscando ponerle contra las cuerdas, no informacion.
¿Las visitas pesadas que tardan en irse son okupas transitorios?
No se Rick ...
Circula, meme!
¿Qué más se le puede pedir a las leyes? ¿Echar a la gente sin garantías? Entonces en muchos casos estarías echando a gente que vive ahí legítimamente. ¿Les metes en la cárcel por no pagar el alquiler? Habría que demostrar que antes de entrar a vivir ahí ya tenían la intención de dejar de pagar, porque si no se nos llenarían las cárceles.
Otro botroclon generando buen rollo, y contribuyendo al debate.
Expeditivo significa "que actúa o se ocupa de algo con rapidez, sin enredarse en trámites u obstáculos."
La primera es que la ley express de desalojo que explica solo aplica a particulares, es decir los bancos, tienen que ir por lo penal, con lo cual el coste y el tiempo es mucho mayor, es decir si inician el tramite de desaolojo tienen todo el gasto de abodogados y demás, como va a tardar bastante ya que es penal, los posibles desperfectos que pueda sufrir la vivienda se van a producir igualmente. Por otro otro lado sino denuncia no tiene ningún gasto, resumiendo para un banco como está la ley lo más rentable es no denunciar. Ellos no tienen gastos de comunidad, ni agua ni luz porque está cortada, lo único que puede afectar es los desperfecto y los desperfectos que se vayan a producir serán los mismos una vez pasado 6 meses o 1 años hasta que llegue el juicio, por eso las entidades financieras no tienen interes.
El segundo punto que no dice es cuanto tiempo se tarda en buscar abogado, denunciar, poner la demanda con el abogado, el coste y cuanto tiempo tarda en llegar al juzgado y ser tramitada esa demanda. ¿ 1 mes, 3 meses 6 meses, 5 días?
Tercer punto una vez puesta la demanda de un particular en la ley express se notifica al okupa el cual puede presentar un contrato falso ( o no), cuanto tiempo se tarda en demostrar que es un inquilino moroso o un contrato falso?.
Yo creo que los tertualianos son inutiles porque habia preguntas muy interesantes que hacerle al juez, es decir cuanto tiempo tarda en tramitiar usted la demanda desde que está puesta, Que pasa si se presentan un contrato falso?, Quien paga los desperfectos de la vividendia y los sumisitros, cuanto dinero cuesta el abogado? Quién debe pagar las costas del juicio y el desalojo (entiendase nueva cerradura, puerta..., lo necesario).
Una cosa es que la ley tenga los mecanismos suficientes, y otra cosa es que funcione, y estoy totalmente de acuerdo que el problema es mas coyuntural o de convivencia que de los propietarios.
Si fuera tan facil como dice el juez porque la gente va a pagar a "DESOKUPA" por gusto? por ignorancia? Yo creo que la gente va a la policia o aun abogado pregunta y dice te cuesta "X" y se tarda "Y", y comparan tiempos y precios, y decidiran.
Es decir el juez puede estar contentisimo con la ley express, que solo aplica a particulares, pero el nicho de mercado de "DESOKUPA" existe y es por un tema de costes y tiempo.
Lo que no pretenderás es que el dueño de un piso que se dedica a alquilarlo tenga más facilidad de cobro que yo autónomo o una Pyme, encima intentando hacerlo pasar como que están ocupando las casas de las viejitas cuando salen a comprar el pan. Y además utilizando unos recursos reservados a situaciones verdaderamente graves como que te ocupen tu casa.
Que votas a ladrones, mangurrian!{wall}
¿Qué magnitud tiene este problema? Primera sorpresa, la turbulencia no parece muy grande, no al menos en relación con la atención reiterada que recibe en los medios. En 2019, el Ministerio del Interior había registrado 14.621 denuncias por usurpación de viviendas (la denuncia es un trámite casi obligatorio para requerir el desalojo). En los primeros seis meses de 2020, el incremento no había sido especialmente significativo, aun cuando desde 2016 existe un crecimiento moderado de las denuncias, tras el descenso que siguió a la fase más aguda de la crisis de 2008-2013. De acuerdo con otra fuente, el Institut Cerdá, en 2017 había en España 87.000 familias viviendo en viviendas ocupadas ilegalmente. Y según Policía Nacional y Guardia Civil, a finales del año pasado en la Comunidad de Madrid estaban okupadas 4.717 viviendas.
Comparemos estas cifras con el número de viviendas existentes, con el conjunto del parque inmobiliario. El resultado es asombroso: de las más de 25 millones de viviendas que existen en España según el censo de 2011, en 2019 fueron denunciadas por usurpación una de cada 3.571 viviendas y, según las cifras del Institut Cerdá, estaban ocupadas ilegalmente una de cada 300. No parece gran cosa. Considérese además que de esos 25 millones de viviendas, 3,5 millones están vacías, no tienen ningún uso, ni como segunda residencia, ni en alquiler temporal, ni de ningún otro tipo
ctxt.es/es/20200801/Firmas/33182
www.eldiario.es/politica/falsa-alarma-okupaciones-ley-garantiza-desalo
Pero empecemos por el principio. No es lo mismo ocupar la morada de alguien, el lugar donde está protegido en su intimidad, aunque sea incluso una segunda residencia, una caravana o un barco; que un local o inmueble vacío propiedad de un particular, un banco o un fondo buitre pero en el que nadie desarrolla su vida privada. Las consecuencias penales también son diferentes en cada caso.
El primer supuesto está calificado como allanamiento de morada, un tipo penal que protege la intimidad y la inviolabilidad del domicilio y que está castigado con hasta cuatro años de prisión “precisamente por el bien jurídico que está en juego, que requiere mayores garantías”, explica Norberto Javier de la Mata, catedrático de Derecho Penal en la Universidad del País Vasco. En este caso, al ser un “delito flagrante”, las… » ver todo el comentario
Eso daría muchos serones a masticar.
De nada, paleto.
Los vagos que se tocan los huevos a dos manos opinarán que todo es de todos