La Junta Electoral Central (JEC) rechazó la semana pasada extender a toda España la obligación de identificarse en la última fase del voto por correo, la de depositar las papeletas en la oficina de Correos para su envío a las mesas electorales. Así consta en un acuerdo de la máxima autoridad electoral que respondía la petición formulada ante la Junta Electoral Provincial de Sevilla por parte de la candidatura Ahora Independientes.
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etiquetas: elecciones , correo , junta electoral
Después que si trumpismos y tal...pero aqui lo del voto por correo huele de lejos.
Tan erróneo es, pedir que se identifique la gente antes de votar?
Pues eso, a menos transparencia, menos confianza darán las urnas y da pie a líos
Después que si trumpismos y tal...pero aqui lo del voto por correo huele de lejos.
Tan erróneo es, pedir que se identifique la gente antes de votar?
Pues eso, a menos transparencia, menos confianza darán las urnas y da pie a líos
Realmente reconozco que es un fallo, pero lo pusieron así por eso, no obstante y al menos deberían exigir una autorización por parte del votante para la persona que lleve el voto (que tb está sujeto a trampa pero ya es una tocacojonada más)
cc #5
Ponernos ahora todos paranoicos por cuatro imbeciles que dudan del sistema es para hacernoslo mirar (por cierto, ¿Dónde estaba el pucherazo de estas autonómicas y municipales? Pues en ningún lado porque los que dan alas a todos estos conspiraciones han ganado, uyyy si hubiesen sacado menos votos de los esperados)
En estas últimas mi mujer votó por correo y efectívamente al entregar el sobre el correos (yo fui con ella), no le pidieron el DNI y además preguntamos expresamente y la chica que nos atendió nos confirmó literalmente con estas palabras "no, no hace falta el DNI para entregar el voto, solo antes cuando se pide, aquí no me tienes que enseñar nada, solo entregar el sobre", con lo que yo podría haber ido hasta por ella a llevar el voto.
PD: Por cierto, tampoco es muy preocupante, yo estuve de vocal de mesa y votaron 492 personas en mi urna, 16 de ellos eran por correo (los metemos en la urna al final al cerrar las urnas a las 20:00) y no hay mucha diferencia.
Pues ya estaría, no?
Por ejemplo, si solo permites votos cuando el que lo envía ha mostrado el DNI dejas fuera a mucha gente que vive en el extranjero y envía el voto por correo a la embajada. Los funcionarios o empleados de la oficina postal no va a saber que tienen que hay que comprobar el DNI. Si el requisito de identificarse solo es para los votos enviados desde España entonces la gente los enviará desde otro país. Falsificarán estancias temporales fuera o lo que sea. Hacer empadronamientos fraudulentos ya es algo común y podrían empezar a hacer lo mismo con registros en embajadas.
También podrían decidir que los que viven fuera de España no pueden votar. Varios países lo hacen. Consideran que si vives en otro sitio no tienes derecho a decidir las políticas del país. Se podría implementar en España pero seguramente contradice varios artículos de la Constitución y habría que hacer reformas importantes.
Aquí el tema es que vaya alguien a llevar votos de residencias. Si quien lleva el voto delegado debe dejar su nombre en una autorización, luego es perseguible, si se descubre que hay fraude.
No reinventemos la rueda, por favor:
Métodos de votación - Voto por correo de enfermos y discapacitados
En el caso de las personas que por enfermedad o discapacidad no puedan acudir a una oficina de Correos y solicitar personalmente el voto por correo, la solicitud de inscripción en el censo la puede hacer en nombre del elector o electora otra persona.
Esta persona debe estar autorizada notarial o consularmente mediante un documento que se extenderá individualmente en relación con cada elector o electora. No se pueden incluir diferentes electores, ni una persona puede representar a más de un elector o electora.
A continuación se sigue el mismo procedimiento previsto para el voto por correo, si bien las actuaciones de Correos se realizarán con el apoderado o apoderada de la persona enferma o discapacitada.
Porque creo recordar, de cuando fui presidente de mesa hace unos años, que los sobres de los votos por correo eran iguales que los presenciales.
La custodia pasa a ser del votante.
Puedes querer redundancia, pero no es ni de lejos la más crítica, lo único que impones una posibilidad de un voto obligado pueda ser cambiado en el último momento por la persona que vota. Evitas la garantía del que compra el voto de que sea el voto comprado.
www.juntaelectoralcentral.es/cs/jec/doctrina/acuerdos?anyosesion=2023&
Casos improbables, soluciones posibles aunque costosas.
La entrega del voto por otra persona que no tenga un poder notarial me parece marciana.
Cualquiera podria decir que hubo pucherazo luego, deben resolverlo.
Esto no es para chanchullear puesto que te tienes que identificar antes durante el proceso, es para la gente que tenga problemas de movilidad pueda mandar un familiar a depositar el voto.
Es como decir que se está cometiendo una irregularidad cuando un padre deja que su chiquillo eche el voto en la urna.
Otra cosa es el voto desde el extranjero, habría que hacer lo mismo desde donde se vote y a ver a quién mandas para certificar que el funcionario de allí recoja bien el voto y no esté trucado de alguna forma.
Si alguien quiere vender su voto y hacerlo por Correos da igual que otro presente su voto o lo haga él mismo.
Cuando se entrega el voto: DNI y si por alguna razón no se puede: declaración firmada con los motivos, autorización a un tercero y ese tercero identificado con su DNI. Si no, no hay voto.
No lees los periódicos de España últimamente, ¿no?
Las personas que se encuentren temporalmente en el extranjero, para poder votar desde el exterior, deberán constar inscritas en la Oficina Consular como no residentes y solicitar la documentación electoral mediante la presentación del impreso oficial en la Oficina Consular, no más tarde del 24 de junio. Ambos trámites podrán realizarse simultáneamente.
Una vez recibida la documentación de la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, los electores deberán enviar su voto por correo postal certificado a la mesa electoral que corresponda en España, no más tarde del 19 de julio, siguiendo las instrucciones contenidas en la hoja informativa recibida.
Sin la presencia del padre no le dejarán votar.
Viendo lo que ha pasado no se justifica.
Si estas con la cadera rota y tienes voto precencial , pues no votas y no se cae el mundo.
Esto igual...
Viendo que el sistema tiene fallos y se ha utilizado para amañar elecciones, lo suyo seria arreglarlo.
Hasta que alguien la lleva a Correos.
E indicar qué propuestas tienen sobre una serie de temas que elijan un grupo de profesores, filósofos, científicos...