La Audiencia territorial de Schleswig-Holstein ha decidido extraditar a España al expresidente catalán Carles Puigdemont por un presunto delito de malversación de fondos, pero no por el de rebelión, por el que está procesado en España.
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etiquetas: puigdemont , alemania , españa , llarena , cataluña , rebelión , malversación
Que vagi bé!
Cataluña es tan tuya como mia. Se pueden llegar a acuerdos para ceder esa parte del territorio, si interesan a todos los co-propietarios.
Eso es democracia y no cerrar los ojos ante cosas porque lo dice alguien, algo o un papel.
A pesar de votar, los resultados no se respetan, o sea, no se hace caso de las mayorías, luego no hay democracia como la llamas.
Alguien me comentó una vez antes de todo este circo la hipótesis de que Puchi podía tener alguna relación no aclarada con los servicios de inteligencia, siguiendo la trayectoria vital de este político y viendo como se están desarrollando los acontecimientos da que pensar.
www.youtube.com/watch?v=1LgrhUFV6Fg
Un saludo.
¿Debe el Tribunal Supremo cambiar su criterio porque un tribunal alemán haya decidido algo en base al derecho alemán?
Pues eso.
Y si algún otro golpista decide hacerse el chulo, ya sabe lo que le espera.
¡Viva España!
No entiendo cómo no pagan 200.000 euros al año a alguien tan preparado como tú.
Veo que piensas por todos los demás.
Aunque estoy de acuerdo en que no le interesas a nadie.
"Me da absolutamente igual. Pero quiero que Puigdemont y todos los golpistas vayan a la cárcel.
Espero una condena no inferior a 20 años de prisión.
Eso sí, habría que ir pensando en reformar el Código Penal. Sale muy barato montar un golpe de estado. Yo creo que el delito de rebelión debería estar penado con, al menos, 50 años de prisión.".
www.meneame.net/story/policia-nacional-detiene-madrid-herve-falciani/c
Directo a liderar el museo de las burradas anticonstitucionalistas de menéame.
Por otro lado, acusan a una serie de personas de varios delitos, están en la cárcel preventiva (sin juicio ni sentencia) por el delito de rebelión, un país dice que no, que lo de rebelión es un invento del juez político Llarrena, ¿y tu vienes a decir que no son presos políticos porque queda lo de "malversación"?. Aparte de inconstitucionalista eres un insulto a la inteligencia y un insulto pa España y los españoles. venga pollillo, mal acusas a los demás de las cosas que haces tú a diario.
Por lo que indica el abogado de Puigdemont en este caso los jueces alemanes no han entrado a valorar los hechos y ni siquiera a valorar si hay indicios suficientes, simplemente han decidido que el supuesto delito de malversación es equiparable al de corrupción que implica una extradición automática sin valorar nada al respecto.
El recurso que tienen previsto presentar irá también en la dirección de desmontar esa supuesta equiparación.
PD: que a ver, que es un convergent y todos sabemos de que pie cojean...
Lo que no se entiende es que a unos les intenta imputar unos delitos, a otros delitos diferentes, y son del mismo Govern.
Esperpéntico este Llarena.
Según las consideraciones legales del Tribunal de Schleswig-Holstein, la violencia que había no era la exigible para un delito de alta traición según la legislación alemana, que indica que la violencia tiene que ser suficiente como para haber doblegado la voluntad del Estado. Para el caso que nos ocupa, lo que entiende ese tribunal es que la violencia existió pero no era proporcional a los fines perseguidos.
1- La violencia no fue suficiente como para amenazar el orden constitucional.
2- Puigdemont no fue el líder de esa violencia.
Me dejé el enlace
www.lavanguardia.com/politica/20180409/442353182733/auto-puigdemont-ve
Dice exactamente lo que yo vengo argumentando en este meneo.
Nada nuevo bajo el sol.
Que tengas un buen día, no converso con maleducados.
1. La persona trasladada a España en el marco de un proceso de reconocimiento y ejecución de una resolución por la que se impone una pena o medida privativa de libertad no podrá ser procesada, condenada, ni privada de libertad en España como consecuencia de la comisión de una infracción anterior y distinta de la que hubiera motivado el traslado.
2. El apartado anterior no será aplicable cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
a) Cuando la persona condenada haya tenido la oportunidad de salir de España y no lo haya hecho en el plazo de cuarenta y cinco días desde su puesta en libertad definitiva, o bien lo ha hecho pero ha vuelto después de haber salido."
Traduccion: en cuanto acabe de cumplir los 12 años de carcel por malversacion agravada, mas vale que salga por patas otra vez porque, 45 dias despues, va palante por rebelion si o si.
noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/539878-l-23-2014-de-20-nov-rec
Cuidado confundir la acusación con la sentencia.
el fiscal acusa. Los tribunales pueden dar entrada a esa demanda o no. Si la dan y continuan con el proceso porque existen indicios (indicios, no certezas), se actúa en consecuencia.
Y luego, cuando las partes van a juicio y se presentan pruebas y todo lo demás, se estudia el fondo del asunto y se dicta sentencia.
Si la sentencia se pasa las leyes por ahí, puedes acudir a los tribunales de instancia.
Pero hasta que no ocurra todo eso, no puede decirse, ni en este ni en ningún otro caso, que se pasen la justicia por el forro, porque para eso hemos de llegar a la última instancia a la que acudan las partes.
lo demás, elocubraciones nuestras según apoyemos a una de las partes de la demanda.
Y lo que dices en #233 tampoco es cierto. Si te pillan con, por ejemplo, productos para construir una bomba, te detienen antes de que cometas el delito (ejemplo sólo como muestra) O si te ven con un pasamontañas delante de un banco. Y en el propio ejemplo que pones, te pueden juzgar (y condenar) por intento de asesinato sin que llegara a culminarse.
Y te pregunto: ¿dónde pones el límite a esa carta blanca para conseguir los fines? ¿en el robo? ¿eliminación de la democracia? ¿de partidos/ideologías contrarias? ¿en el asesinato de los líderes de la oposición?...
Pues cojonudo, oye, qué quieres que te diga.
Bueno, ya indica: #138 Tiene un mes una vez haya sido juzgado por el delito que ha sido extraditado. Si lo condenan el mes empieza a contar desde que ha cumplido la condena, sino, desde aue finaliza el juicio +1
#336 Es que precisamente los administrados eran los que querían que lo hiciera. Además, lo ponía bien claro en su programa electoral. ¿Ahora no nos gusta que los políticos cumplan sus promesas?
Desde luego que la rebelion es una burrada, pero vamos a ver chicos, que son el petit PP.
Venga, suma y sigue, a por la siguiente etapa.
En eso sí te doy la razón
Los que están perseguidos por sus ideas son los presos políticos que están encerrados en cárceles españolas por un delito inexistente. Y que además a los que son diputados se les ha intentado privar de su escaño en base a ese delito.
En cuanto a lo de la violencia lo que los jueces alemanes consideran es que la única existente fueron las cargas policiales del 1-O y entienden que no es coherente imputar a Puigdemont la culpabilidad de la violencia ejercida por la Policía y la Guardia Civil que no estaban bajo sus órdenes sino las de el Gobierno de España.
EDIT #218
Por cierto Jordi Sánchez y Jordi Cuixart sólo están acusados de rebelión. Ahí lo dejo.
Por lo tanto sí, el Tribunal Supremo se ha pasado por el forro la inexistencia de violencia.
Por norma los jueces en los países democráticos juzgan los hechos que han ocurrido, no lo que podría haber pasado pero no sucedió.
Si no cualquier atracador sería condenado por asesinato porque habría la posibilidad que hubiera matado a su víctima aunque no lo haya hecho.
Es lo que tiene retorcer el derecho y las leyes que no resiste el más mínimo exámen imparcial.
Te la lees que no es muy larga y luego me repites lo de que son opiniones mías.
Venga valiente sólo son 38 páginas
Ya sólo con esta afirmación que haces demuestras que no tienes ni idea de cómo funciona la justicia en España con lo que no sé si vale la pena seguir argumentando, pero te voy a dar una oportunidad más.
En España existe la figura del "juez de instrucción" que es quien dirige la investigación y es quien decide, en base a las investigaciones de la fiscalía, policía, declaraciones de testigos e investigados, pruebas periciales, etc. si hay base para las acusaciones y de que delitos hay que acusar.
Una pista: Llarena es juez de instrucción del Tribunal Supremo. Lo pillas. Es él y sólo él quien ha decidido imputar por rebelión. Y los jueces alemanes le acaban de decir que ese delito es inexistente.
Repasa el ejemplo del atraco al banco que te he puesto porque no lo has entendido. Te dije:
"cualquier atracador sería condenado por asesinato porque habría la posibilidad que hubiera matado a su víctima aunque no lo haya hecho."
Es sólo una posibilidad, lo de intento de asesinato lo añades de tu cosecha al ejemplo.
Esto no va de ningún rapero (o al menos que yo sepa Puigdemont no rapea, pero vete tu a saber...)
Y lo que dice la justicia alemana es esto: www.schleswig-holstein.de/DE/Justiz/OLG/Presse/PI/201803Puigdemontengl
It is true that Mr. Puigdemont, as initiator and advocate of the referendum’s implementation, must be held responsible for the acts of violence committed on the day of the referendum. However, these acts of violence, according to their nature, scope, and effect, were not suitable to put so much pressure on the government that the government would have considered itself forced “to surrender to the demands of the perpetrators of violence”.
Lo contrario sería considerar que una silla y tres pedradas son suficientes para derrumbar al imperio español. Tú eliges.
Envíame un jamón a casa y después hablamos
PD: El delito de sedición en Alemania no existe por ser propio de paises antidemocráticos.
"2. El Estado español tampoco necesitará el consentimiento de la autoridad judicial de ejecución, para entregar a una persona que le haya sido entregada en ejecución de una orden europea por una infracción cometida antes de su entrega, en los siguientes casos:
a) Si la persona reclamada, habiendo tenido ocasión de abandonar el territorio del Estado al que hubiere sido entregada, no lo hiciere en el plazo de 45 días desde su puesta en libertad definitiva, o hubiere regresado a dicho territorio después de abandonarlo.
ajaj aj aj jaj aja ja, eres un cuñaoooooooooooooooo.. en fin..
Os recomiendo ver el documental 1-Oct, entenderéis muchas cosas viendo lo que paseó, lo que decían los perseguidos, lo que contestaba la policía y lo que se emitió. Muy esclarecedor para entender que estamos totalmente manipulados.
Concretamente contestando a uno de tus comentarios, y como ejemplo ,la Guardia Civil no quiso salir del edificio porque no le salió de los huevos; los Mossos d'Escuadra les indicaron el camino donde estaba despejado, las asociaciones hicieron un pasillo para que pudiesen pasar y dijeron que NO querían salir y cuando lo hiciesen querían sus coches, que estaban inmovilizados por la afluencia de gente... de risa.