"Una persona elegida al Parlamento Europeo adquiere la condición de miembro de dicha institución desde la proclamación de los resultados y goza desde ese momento de las inmunidades", afirma la sentencia.
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pero el juicio está ya celebrado
El juicio es nulo pues se condenó a alguien inmune sin el correspondiente suplicatorio.
y se hubiera celebrado aunque fuese inmune
Si la cámara da su consentimiento, claro, si no, no.
Y no se ha pedido.
Hay que entender eso.
Y tu tampoco....
Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Capítulo III
De la prisión provisional
Artículo 503
www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1882-6036#a503
Ilegal es contrario a la ley. Antes de hablar, lee lo que la ley dispone.
Se cumplían por lo menos dos supuestos, riesgo de fuga (agradéceselo a Puigdemont, Comin, Ponsatí, Puig y Serret) y reiteración delictiva (de la que no paran de alardear). El TJUE ha corregido el criterio de qué significa ser eurodiputado electo, pero eso no implica que el TS haya cometido ninguna ilegalidad. Ya que estás, lee la sentencia del TJUE directamente: curia.europa.eu/juris/documents.jsf?num=C-502/19
Conocer mejor cómo funcionan las instituciones te hace una persona más libre, al menos de tener prejuicios y de creer que las cosas son de otra forma a como realmente son. Saludos.
Que en España tenga leyes heredadas del franquismo y que las aceptemos con gusto no implica que estas sean admitidas automáticamente en todo el territorio europeo, a ver si nos vamos enterando ya.