Los dos acusados de ocupar una vivienda en el barrio gijonés El Natahoyo y residir en ella durante siete meses, reconocieron hoy los cargos en la Sección Octava de la Audiencia Provincial y aceptaron una condena de un año de prisión, a lo que se suma una indemnización de 6.000 euros por daños morales y 640 por los gastos de luz y agua. Fueron juzgados por allanamiento de morada.
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etiquetas: gijón , allanamiento de morada , carcel , daños
Lo más importante ¿No decían que era imposible ocupar una vivienda o segunda residencia? Que la policía los echaba de momento bla bla bla...
eso no es gratis
... ocuparon el inmueble hasta el 31 de enero de 2022, hasta que la Policía Nacional los desalojó por orden judicial
Son siete meses de demora, no es especialmente rápido el asunto, pero menos del tiempo que a veces promulgan por las TVs.
Pero al menos se ve que no sale gratis como dices.
Y esto ya no va por ti: Vaya con los testigos de la auténtica okupacion votando positivo mientras negativizan un extracto de la RAE y positivizan esto
Podías haber empezado por ahí.
www.eldiario.es/catalunya/diego-alvarez-juez-hay-alarma-infundada-torn
En cuanto a las facturas, imagínate que llega la policía y el ocupante enseña un contrato de alquiler del 25 de agosto. Ahí hay una apariencia de legitimidad que la policía no puede valorar. Hay que hacer comprobaciones debidas, en el caso de Catalunya en el registro del Institut Català del Sòl. Eso puede retrasar los trámites, puede que no se detenga inmediatamente a la persona, que de hecho puede haber sido engañada. Pero entonces se cita a todo el mundo en el juzgado y se resuelve.
...
Si es un delito, un allanamiento de morada, la vulnerabilidad de la familia no evita que el propietario recupere la posesión de la vivienda. Lo que sí cambia es que si el padre o madre acredita que lo ha hecho por necesidad, esto provocaría quizás que no lo condenásemos, pero sí lo sacaríamos de la vivienda. Si la ocupación no es delictiva, a raíz de la COVID-19 se han introducido normativas nuevas y si se acredita vulnerabilidad, se puede paralizar el desahucio.
cc #10 #3
Como bonús
Lo de las 24 o 48 horas es curioso porque entre los compañeros llegamos a hacer broma, porque empezamos a dudar de que fuera real de tanto que lo escuchábamos. Pero no, no existe. No hay ninguna previsión, ni ninguna institución de derecho o procesal que convalide una cosa ilegítima por el paso de 48 horas. Si te roban el ordenador y lo reclamas al cabo de dos semanas, ¿no vas a poderlo recuperar? Sí que podrás.
Yo es que tendría el problema que los documentos de mi casa están dentro de mi casa, por ser la morada habitual. No se si la gente habitualmente tiene sus documentos fuera de su casa.
Y por lo que he leído, si presentan alguna situación de vulneración, o algún contrato falso, la policia no podría intervenir, debiera de ser un juez.
6000€ a unos insolventes y teniendo en cuenta que el equivalente al SMI es inembargable, y sin cárcel, gratis les ha salido.
De 24h a 7 meses hay un buen trecho, la justicia lenta no es justicia.
Si hay tema de vulnerabilidad, si hay algún tipo de contrato falso o no, ....
Y luego está el tema de las 24h/48h que se oye en todas partes por las fuerzas del orden, y que no está en ninguna ley, siendo además algo un poco absurdo.
Resumiendo, pueden ser rápido o tener que dirimirlo un juez por no tener la policía capacidad para decidirlo, y si le unes una justicia saturada.
Y los políticos barren cada uno a su electorado, y supuestamente los periodistas debieran de ser un poder independiente y no un apéndice de ellos.
¿cómo? entiendo que con una nota simple notarial podrían a lo mejor, que es de acceso público.
dpej.rae.es/lema/morada
Según tu teoría todo inmueble es morada y por tanto no existe el delito de usurpación de bien inmueble recogido en el artículo 245 del Código Penal. Léetelo:
boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1995-25444#a245
2. El que ocupare, sin autorización debida, un inmueble, vivienda o edificio ajenos que no constituyan morada, o se mantuviere en ellos contra la voluntad de su titular, será castigado con la pena de multa de tres a seis meses.
Lo de los coches no tiene nada que ver con esto, hablamos de si un inmueble es morada o no.
No entiendo esta sentencia en absoluto, es bastante probable que haya algo mal contado en la noticia. Como de costumbre, no te puedes fiar de los periodistas.
Se los tendría que haber hechado en el acto, pero hay algo que ha salido raro en esta historia. La noticia es increíblemente corta y da poquísimos datos.
PD: También dicen que no han roto nada y no se han llevado nada, desde luego es un caso raro.
Y luego pasamos a analizar la condena: 6.000 € que no cubre NI DE LEJOS los daños generados y el coste del alquiler y que no van a pagar porque son insolventes. Y tampoco van a entrar en la cárcel porque la condena es inferior a dos años.
O SEA. QUE SÍ LES HA SALIDO GRATIS
Gratis pollas, chaval, películas a otro lao
La justicia que llega tarde ni es justa, ni es justicia.
Si tú te crees que 6000€ compensan las noches sin dormir, es que no te da.
Siete horas me parece mucho para desalojar a unos ocupas ilegales, imagínate siete meses. No sé qué dirán los fachis, pero alguien con dos dedos de frente se daría cuenta rápido que esto no va bien.
Si la justicia va lenta no es culpa de la ley que dice que deben actuar INMEDIATAMENTE ante un allanamiento, te recuerdo que está todo justicia en huelga y siguen desde hace meses (eso sí para mover otros temas que no voy a mencionar aquí sí que se dan prisa)
Películas a otro lao
CC: #47
...Fueron juzgados por allanamiento de morada. Cambiaron el bombín de la cerradura y vivieron en la casa siete meses...
cualquier vivienda que uses se considera que es tuya y si entran es allanamiento, sea primera segunda , tercera cuarta... etc... lo único que tienes que demostrar es que tienes un uso de la misma y para eso basta una factura de la luz, agua o gas que lo demuestre, con que la uses un día al año es suficiente
Que puede hacer el gobierno? Pues de todo, desde aumentar el presupuesto de la justicia a simplificar/optimizar los procedimientos para que todo se pueda resolver mas rapido.
Yo siempre he dicho, nos conformamos con que se resuelva en menos de 3 meses (incluyendo el lanzamiento).
O sea, gratis, lo que yo venía diciendo.
Ah, y para películas lo que tú pagas de alquiler, que no le interesa a nadie.
Sólo hace falta que ley contemple que la Policía pueda verificar que hay un contrato de alquiler registrado en el ayuntamiento y/o escrituras de la propiedad. Si no hay, directo a la puta calle sin necesidad de un juez.
Es lo que tiene cuando no tienes ni puta idea sobre leyes.
La cual no está penada como para que vayas a prisión ni aunque lo hagas 200 veces.
La insolvencia punible requiere de mala fe. No tener dinero no es tener mala fe.
No sale tan gratis como dices porque si cometen algún delito en suspensión de la condena, pueden entrar al trullo directamente (es habitual que suceda esto con alcoholemias), así que tienen que andarse con ojo.
En cuanto a la indemnización, es probable que sean insolventes, pero con solicitar la ejecución de la sentencia cada cuatro años, sigue vigente la deuda y en el momento que tengan dinero en cuenta o ganen más del salario mínimo interprofesional, pueden embargarle. A menos que piensen ser insolventes el resto de su vida, sí que les va afectar a su situación patrimonial.
Estaría mejor que le cayera más pena? Seguro que sí, pero no le deseo a nadie esa situación
Y comentario destacado.