Los dos acusados de ocupar una vivienda en el barrio gijonés El Natahoyo y residir en ella durante siete meses, reconocieron hoy los cargos en la Sección Octava de la Audiencia Provincial y aceptaron una condena de un año de prisión, a lo que se suma una indemnización de 6.000 euros por daños morales y 640 por los gastos de luz y agua. Fueron juzgados por allanamiento de morada.
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etiquetas: gijón , allanamiento de morada , carcel , daños
Eso de ir a cuestas con una deuda que tienes que pagar y pretender que no se va a pagar nunca es ser un iluso o un necio
De nada
Mi punto es precisamente que tu no entiendes la ley ni entiendes el caso.
De nada señor documentao
Luego estan cosas como "ley de segunda oportunidad".
En España, generalmente el poder legislativo/ejecutivo caen sobre la misma coaliccion. No existe una diferencia real.
Sería TAN fácil como darle acceso a la Policía a verificar si el contrato está vigente. En 10 minutos, llamadita por radio a la base, se comprueba la dirección y documentación del "ocupa" y se procede.
Se acabó el problema.
Las conductas raras a las que te refieres no las suele hacer un particular sin nada a su nombre y son estas:
1.ª Oculte, cause daños o destruya los bienes o elementos patrimoniales que estén incluidos, o que habrían estado incluidos, en la masa del concurso en el momento de su apertura.
2.ª Realice actos de disposición mediante la entrega o transferencia de dinero u otros activos patrimoniales, o mediante la asunción de deudas, que no guarden proporción con la situación patrimonial del deudor, ni con sus ingresos, y que carezcan de justificación económica o empresarial.
3.ª Realice operaciones de venta o prestaciones de servicio por precio inferior a su coste de adquisición o producción, y que en las circunstancias del caso carezcan de justificación económica.
4.ª Simule créditos de terceros o proceda al reconocimiento de créditos ficticios.
5.ª Participe en negocios especulativos, cuando ello carezca de justificación económica y resulte, en las circunstancias del caso y a la vista de la actividad económica desarrollada, contrario al deber de diligencia en la gestión de asuntos económicos.
6.ª Incumpla el deber legal de llevar contabilidad, lleve doble contabilidad, o cometa en su llevanza irregularidades que sean relevantes para la comprensión de su situación patrimonial o financiera. También será punible la destrucción o alteración de los libros contables, cuando de este modo se dificulte o impida de forma relevante la comprensión de su situación patrimonial o financiera.
7.ª Oculte, destruya o altere la documentación que el empresario está obligado a conservar antes del transcurso del plazo al que se extiende este deber legal, cuando de este modo se dificulte o imposibilite el examen o valoración de la situación económica real del deudor.
8.ª Formule las cuentas anuales o los libros contables de un modo contrario a la normativa reguladora de la contabilidad mercantil, de forma que se dificulte o imposibilite el examen o valoración de la situación económica real del deudor, o incumpla el deber de formular el balance o el inventario dentro de plazo.
9.ª Realice cualquier otra conducta activa u omisiva que constituya una infracción grave del deber de diligencia en la gestión de asuntos económicos y a la que sea imputable una disminución del patrimonio del deudor o por medio de la cual se oculte la situación económica real del deudor o su actividad empresarial.
2. La misma pena se impondrá a quien, mediante alguna de las conductas a que se refiere el apartado anterior, cause su situación de insolvencia.
3. Cuando los hechos se hubieran cometido por imprudencia, se impondrá una pena de prisión de seis meses a dos años o multa de doce a veinticuatro meses.
4. Este delito solamente será perseguible cuando el deudor haya dejado de cumplir regularmente sus obligaciones exigibles o haya sido declarado su concurso.
5. Este delito y los delitos singulares relacionados con él, cometidos por el deudor o persona que haya actuado en su nombre, podrán perseguirse sin esperar a la conclusión del concurso y sin perjuicio de la continuación de este. El importe de la responsabilidad civil derivada de dichos delitos deberá incorporarse, en su caso, a la masa.
6. En ningún caso, la calificación de la insolvencia en el proceso concursal vinculará a la jurisdicción penal.
Y sí, la casa en España es muy cara respecto a los salarios, especialmente donde se concentra el amplio de la población.
Sobre el decreto ley: «Este tipo de norma puede estar contemplada en el propio ordenamiento jurídico para ser dictada en determinados casos, en virtud de razones de urgencia —que impiden, por ejemplo, obtener la autorización para un decreto legislativo o la dictación de una ley propiamente tal—, aunque requieren de convalidación por parte del poder legislativo, habitualmente en un plazo breve.» De la Wikipedia.
Piso del SAREB.
Pues me llegó un burofax a mi domicilio amenazando de que o negociaba un contrato de alquiler con ellos o me desahuciaban.
Vamos que ni saben que piso es suyo…
No te comes nada porque es igual que tenerlos de alquiler y bien caro
De nada
Estos okupas son insolventes, no pagarán ninguna multa. Sólo nos embargan a los pringaos que trabajamos legalmente y/o tenemos algo a nuestro nombre.
Películas las que os montáis para no reconocer lo que tenéis delante de vuestros ojos.
Nadie campa a sus anchas tú sabes lo que es ir por ahí con un antecedente penal? Sabes que al siguiente delito igualo de mayor pena entras directo? Sabes lo que es tener una deuda encima PARA SIEMPRE que te persigue? Me da que no, yo tuve una de 500 euros que me metió Vodafone POR ERROR que la tuve 9 meses hasta que me la quitó el ministerio de industria tras mover mil papeles y ni te cuento el infierno de los recobradores llamando a todas horas, eso vívelo tú ya verás que gracia para que luego me digas que "gratis"
Películas las tuyas que te piensas que todo eso no tiene consecuencias
En mi caso, también tendría las grabaciones de la mirilla electrónica, que mostrarían cómo salgo de casa y como entran los delincuentes, con fecha, con hora y con audio y vídeo. La mirilla me costó unos 100 o 150 euros y las grabaciones se guardan automáticamente en la nube. Tengo el módem y el router enchufados a un SAI, así que los vídeos se guardarían en la nube aunque los delincuentes cortasen la luz antes del allanamiento.
Opciones hay mil. Que las cosas se pueden complicar, es cierto, pero siempre ayuda el haber tomado precauciones.
En mi caso, puse la mirilla no para evitar que pasen cosas, sino para tener algo que presentar ante la policía o el seguro en caso de que pase algo. Y este caso sería un ejemplo.
demagogia es eso. No aceptar la realidad.
Y no significa, que no haya que solucionar ese problema.
En 30 mins me lo devolvieron todo porque ese dinero no es embargable. Y de paso le puse la cara colorada al banco por no notificarme esa deuda jamás (es una larga historia)
La gente que okupa pisos ya no le preocupan las cosas que a ti te preocupan, están a otro nivel. Como los que cometen pequeños hurtos, que tampoco pisan la cárcel y los sueltan al rato de pillarlos.
La solución a la okupación es que la policía pueda desalojar tras denuncia, sin necesidad de juez. Si el denunciado tiene contrato de arrendamiento o de propiedad se queda en el piso, si no lo tiene y el que denuncia sí lo tiene se le detiene y se le procesa inmediatamente. De esa manera a la gente no le saldría a cuenta okupar y dejarían de hacerlo.
Ya no vamos a mencionar que toda esa gente omite deliberadamente cuando los pillan y se les cae el pelo
Aprende a leer anda
Aun siendo segunda residencia se considera morada
Solo con el dinero destinado al ministerio de igualdad, podrían triplicar el número de jueces en nómina.
Asi que si trabajan en negro y tienen un ayuda de 500€ seguirán sin pagar nada.
aceptaron una condena de un año de prisión, a lo que se suma una indemnización de 6.000 euros por daños morales y 640 por los gastos de luz y agua.
Sabes lo que es eso? UN ACUERDO entre la acusación y la defensa. Quien eres tú para hablar en nombre de la acusación que son LOS INTERESADOS?
Ministerio de igualdad => 500millones.
Con ese dinero puedes contratar a 10.000 jueces y pagarles 50k. Actualmente el número de jueces es 5000, así que estarías triplicando su número.
Aquí lo dejo, que te veo nerviosillo y yo no quiero discutir, sólo dialogar.
Te doy un 10 en el intento y un 0 en la ejecución
De nada
Y no me ignores no, que me cuelgo de mi comentario #162
En qué puto país vivimos?
Es un acuerdo con la fiscalia y con la acusacion particular: los van a pagar o no habria habido acuerdo.
Y proxima vez comen trena, ademas.
"por lo que se condena cuando te entran en tu casa principal o secundaria (o todas las que tengas a tu nombre), ALLANAMIENTO DE MORADA"
Como bien dices en #70 ... ( Cc: #64 )
NO es siempre que entren en cualquier casa "que tengas a tu nombre" sino en cualquier MORADA tuya, donde este término tiene un significado jurídico concreto: una casa que uses alguna vez "para vivir", para tu intimidad...
Según acabo de leer, el criterio cambió a finales de 2020, hace menos de 3 años.
www.economistjurist.es/actualidad-juridica/jurisprudencia/el-supremo-a
Antes de esa fecha de 2020 era habitual que solo se considerase "morada" una de las viviendas de cada persona, típicamente donde estaba empadronado o donde tenía ciertas evidencias de estar viviendo la mayor parte del tiempo...
Pero a partir de noviembre de 2020 se amplió diciendo explícitamente "primera o segunda residencia" (con cual tengo serias dudas de que sea válido para una tercera o cuarta) y se mencionaba tener dada de alta la luz y el agua en esa vivienda... aunque creo que no solo eso, sino factores como estar amueblada y tener enseres personales que incumben a tu intimidad...
Aunque no lo dice el texto: si tienes en esa vivienda unas cartas que te han enviado a ti (abiertas), y/o tienes ropa interior, y/o tienes una foto tuya en bolas, y/o tienes un documento médico de alguna enfermedad, etc... entonces entrar en esa casa a la fuerza sin un motivo de causa mayor (ej: que si no entraban iban a morir) implica un atentado contra tu intimidad, contra una "morada" tuya, y, por tanto, contra tu persona. Aunque no se lo digan a nadie, habrían visto tus cartas, tus fotos, tus documentos, tu ropa interior... Y te quitan un espacio íntimo que tienes derecho a disfrutar con intimidad.
Sin embargo, un ejemplo en el que no sería tu morada sería que aunque tengas un contrato de luz y de agua, no lo uses como espacio íntimo sino destinado al alquiler o a un negocio donde habitan otras personas que ya no estaban. En este ejemplo, si no es morada de nadie en ese momento, no sería "allanamiento de morada" y, sin embargo, para los ocupadores el vivir allí supondría ser una "morada" de esos ocupadores, y sería delito si el propietario entra en su propia casa (por ser "morada" de otros, sería "a… » ver todo el comentario
De nada
Digo el ministerio de igualdad precisamente porque lo creó expresamente Podemos
¿Ves en la noticia que diga "condenados" [por allanamiento] ???
Yo no veo eso...
Dice:
"Fueron juzgados por allanamiento de morada"
A ver, si fueron condenados a un año de cárcel, tuvo que haber algún delito penal... hasta aquí creo que estamos de acuerdo.
De lo que no estoy del todo seguro es de si ese delito penal fue el allanamiento... pueden haber sido juzgados por allanamiento y por... no sé, otra cosa.
Pero, por lo que dije antes, dado que parece haber evidencias de que sí era una morada, lo lógico es que la condena haya sido por allanamiento... Lo que digo ahora es que la noticia NO dice eso.
Por aclarar, o matizar.
Si la casa está vacía o alquilada, por ejemplo, no puede ser allanamiento.
Lo primero que se dice es que la justicia no actua ni desaloja. Como lo hace, pues cambiamos a que si la pena es pequeña. Si reinciden entraran en prision, pero entonces sera que... no se, me esperare a ver con que salis
Si a ti te parece bien que te quiten tu casa de un día para otro y tengas que buscar un sitio para vivir por 850 euros al mes pagados años después del suceso me parece muy bien, yo soy más exigente.
¿Crees que la gente compraría y alquilaría pisos si los depósitos bancarios diesen algo razonable por tus ahorros? Piénsalo.