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Texto completo de la sentencia contra el Diputado Alberto Rodríguez (pdf)

Esta Sala ha visto en juicio oral y público y en única instancia la presente Causa Especial número 21019//2019, tramitada por el procedimiento Abreviado y seguida ante esta Sala por delito de Atentado a la autoridad, contra el acusado D. Alberto Rodríguez Rodríguez, titular del D.N.I. número ..., nacido y vecino de Santa Cruz de Tenerife, con domicilio en calle ..., de profesión Diputado, sin antecedentes penales, solvente y en libertad provisional en estas actuaciones en las que no consta haya estado privado de la misma en ningún momento,…

| etiquetas: texto , completo , sentencia , diputado , alberto , rodríguez
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  1. #12 Pues anda que tu… Menudo voceras troll.
  2. #1 la chicha está en los votos particulares. Resulta que el inspector que estuvo salí todo el tiempo en ningún momento vio a Alberto Rodríguez, y eso que es fácil de ver y más si hubiese estado en primera fila (donde el policía dice que le dio la patada)
  3. #2 Leete los votos particulares y flipa.
    No es sólo que no hay ni una sola evidencia de la patada, es que el inspector que dirigía aquello y que estuvo todo el tiempo dice que no vi a Alberto en ningún momento, algo imposible si estaba en primera fila que es desde donde el policía le acusa se dar la patada
  4. #3 Hay un video en el que se ve que estaba allí, contradiciendo la declaración del condenado.
  5. #21 es que no tiene ningún sentido, din entrar a valorar si es por ser de podemos, si es por echarle de la política..... un plazo razonable como dices, un mes, dos, seis.... pero 7 años? Y no es porque hace 1 años aparecieran nuevas pruebas, por muy consistente que parezca la declaración, y aunque fuera una experiencia “traumática” y no un día normal y corrientes, que me diga que al declarar te acuerdas perfectamente de lo que paso..... ademas no solo en este caso, aplicar la sentencia 7 años después... cuando son indemnizaciones a la víctima aparte de que lo económico “compense” o no, la tienes 7 años esperando y en cuanto a las condenas, en este caso le condenas a mes y medio pero le truncas 7 años de carrera, desconozco el tiempo de inhabilitación para cargo público, pero suponiendo que sean 3 años (por poner un ejemplo),podría llevar 4 años presentándose y el que le quiera votar sabiendo los antecedentes que le vote,y si la inhabilitación es por más tiempo y/o decide que con esa mancha en el curriculum mejor dedicarse a otra cosa llevaría 7 años de ventaja allá en lo que acabe haciendo.
  6. #91 La ley es clara, si el policía está implicado en el procedimiento las dos partes tienen el mismo peso.
  7. #32 Tío, ¿eres cortito o estás de broma?
  8. #86 #85 ¡Aaaah, bien, haberlo dicho antes, hombre! Entonces todavía tenemos margen para que el TRIBUNAL EUROPEO DE LOS DERECHOS HUMANOS dictamine, otra vez, que el Tribunal Supremo español ha dictado, de nuevo, una sentencia injusta y que vulnera esos derechos fundamentales. ¿Cuántas sentencias más de ese estilo podemos asumir sin quedar mal en el ranking?

    :palm:
  9. #104 Pero si el declaró que estuvo en la manifestación. Anda lee el pdf.
  10. #103 no ver a un tío con rastas de dos metros es complicado...
  11. #40 pruebas? No hay ni parte de lesiones ni imágenes por lo que tengo entendido.
  12. #21 en 2014 no era diputado, no había ningún interés en juzgarlo. Curiosamente el agente se acordó de él cuando vio que estaba en Podemos
  13. #44 Casón histórico
  14. #91 Con la policía que tenemos en este país, en su mayoría gente de bocs, no estaría de más que llevaran cámaras, son baratísimas.
  15. #3 Y un informe médico.
  16. #69 Error, "por que un policía de uniforme DICE que le dio una patada"
  17. #72 ¿Me puedes explicar de dónde te has sacado que el aforamiento es disponible?

    ¡¡¡DEJAD DE HABLAR DE DERECHO SI NO SE TIENE NI LA MENOR IDEA, POR EL AMOR DE DIOS!!!
  18. #2 "Dos magistrados de la sala - Susana Polo y Leopoldo Puente - han emitido un voto particular contrario en el que apuestan por la absolución. Cuestionan estos dos jueces que las declaraciones del agente y su superior sean suficientes para declarar probada la agresión: hay una "extrema parquedad del relato" que hace dudar. Dicen los discrepantes que "es posible que sucediera. No estamos en condiciones de descartarlo. Pero existen también otras múltiples posibilidades, igual o parecidamente probables. Es plausible, por ejemplo, que el agente pudiera haberse equivocado en la identificación". "

    "entienden que tendría que haber sido absuelto porque la declaración del agente no es lo suficientemente precisa como para declarar probado que él le pegó una patada. La prueba del caso, dicen estos dos magistrados, está "muy lejos de resultar suficiente" para cimentar una sentencia condenatoria.

    Estos dos jueces definen como "singularmente lacónica" la descripción que el agente ofreció en el juicio sobre la agresión, lo que "apenas otorga valor alguno· a su persistencia en el relato. Un tribunal puede condenar a alguien sólo con la declaración de la víctima pero en este caso no se cumplen los requisitos. El agente "no ilustró al Tribunal ni acerca de la forma en que se produjo el ataque ni tampoco proporcionó dato alguno para explicar por qué considera que la patada fue voluntaria", dice el voto particular.
    "

    "Tampoco consideran una prueba que fuera al médico por haber sufrido un golpe en la rodilla. "El testigo afirma que fue agredido y es el testigo el que acude a recibir después asistencia médica e identifica a su supuesto agresor. Se corrobora a sí mismo", zanjan los dos magistrados. Los documentos médicos y los testimonios de las peritos y forenses introducen, incluso, más dudas que certezas según el voto particular. "

    "Cuestionan incluso el proceso de identificación del acusado y critican que los policías que también le identificaron, supuestamente, no declarasen en el juicio. "Su primera identificación resulta confusa", dicen los magistrados discrepantes, dejando la puerta abierta a que incluso fuera agredido por otra persona. "Es posible que sucediera. No estamos en condiciones de descartarlo. Pero existen también otras múltiples posibilidades, igual o parecidamente probables". "
  19. #110 Dijo que sólo había estado al final (aparece en el PDF) y el video contradice su declaración, ya que se aprecia que es mentira y que sí estuvo durante la manifestación. Esa mentira ha sido clave para dar más veracidad a la declaración del agente y las demás pruebas (parte del médico). Si no hubiese mentido, probablemente no hubiese sido condenado.
  20. #120 si no te digo que no haya discrepancias
    Pero la sentencia es la que es y si han llegado ahí será por mayoría, será por x
  21. #121 Precisamente si lees los votos particulares de lo que se quejan es de eso que las imagenes del video no se saben de que momento de la manifestación son y por lo tanto como prueba son muy regulinchin.
  22. #110 Lo dicho en #110, mira a ver si es que no lo has leído con suficiente atención o tu cerebro trata de interpretar la realidad para que encaje con tus prejuicios (es humano, a mí también me pasa) "Como se acaba de decir, el acusado negó encontrarse en el lugar de los hechos en el momento en que se producen enfrentamientos físicos entre los agentes y los concentrados en las inmediaciones del lugar de la inauguración". El video le pilla en un renuncio que da más credibilidad a la declaración del policía.
  23. #124 Madre de dios, lee hasta el final te lo copio: "Fuera de esto, creemos que las grabaciones aportadas por la
    defensa, ningún rendimiento probatorio permiten obtener respecto de la autoría
    de los hechos, aunque solo fuera porque las mismas, --en ninguno de cuyos
    pasajes puede verse a Alberto en actitud físicamente violenta hacia ningún
    agente--, no permiten situar en el tiempo los sucesos que reflejan (se ignora si
    anteriores o posteriores a la carga policial en la que se sitúa la agresión)." El no dijo que no habia estado en la manifestacion si no que no estuvo durante los incidentes, te ponen un video donde sale en algún momento sin saber a que corresponden y que aporta la propia defensa para contrarestar el atestado inicial de la policia, y los jueces dicen "ah mira sale así que eso es prueba de estaba en ese momento que nos dijo que no estaba" aunque el video no se sepa de a que momento pertenece. Así escrito te queda más claro? O quizá con muñecos de plastilina lo entiendes mejor.
  24. Qué vergüenza de justicia
  25. #125 Sí, esa es la opinión de un par de jueces, no es la sentencia del tribunal. No te quedes con la pequeña parte que te interesa.

    Dijo que él había llegado al final ("afirma que asistió a la manifestación convocada, pero que no llegó al lugar hasta que los hechos hubieron finalizado"). ¿Estás de acuerdo en esto?

    Y el video prueba lo contrario ("Sin embargo, resultan de alguna utilidad en cuanto a la existencia del dispositivo, a la actitud violenta de los concentrados frente al lugar de la inauguración y a la presencia del acusado en el lugar cuando aún no habían finalizado los incidentes").

    No digo que diese una patada, sólo digo que mintió y esa pequeña mentira se ha vuelto en su contra. Sin ella estaría absuelto. Ahora le queda recurrir.
  26. #127 Pero es que no hay tal mentira, el argumento " y a la presencia del acusado en el lugar cuando aún no habían finalizado los incidentes" se lo han sacado los jueces del escroto, las imágenes no permiten saber si eran antes o después de dichos incidentes. Podrían haberlas usado para interpretar que el atestado de la policía en la que hablaban de la actitud agresiva era mentira.
  27. #119 Isabel Serra (Podemos) renuncia al aforamiento para ser juzgada por desórdenes públicos elpais.com/ccaa/2018/02/22/madrid/1519302869_006623.html
    El código ético de Podemos obliga a Pablo Iglesias a renunciar a su aforamiento www.economiadigital.es/politica/el-codigo-etico-de-podemos-obliga-a-pa
    Mi renuncia al aforamiento, Odón Elorza (PSOE) odonelorza.com/blog/item/1069-mi-renuncia-al-aforamiento.html
  28. #129 El aforamiento es indisponible por mucho que los políticos pretendan su renuncia. Todos los políticos que has mencionado fueron enjuiciados y/o condenados por el órgano que les correspondía conforme a su situación de aforados. En ninguno de los casos se admitió (como no puede ser de otra manera) cuestión alguna de competencia y/o jurisdicción por el órgano que estaba conociendo del procedimiento.

    No sólo hay que leerse los titulares de las noticias, es más, no sólo hay que leerse las noticias, sino que hay que formarse e interesarse por lo que ha pasado. Si usted no sabe de procesal penal, lo mejor que puede hacer es dejar de hablar de esa disciplina por respeto a los que nos dedicamos a esto y, sobre todo, a su propia ignorancia.
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