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Pilar Llop: "Es sencillo probar que hubo violencia, con una herida ya se puede"

La ministra de Justicia, Pilar Llop, ha afirmado esta mañana en el programa 'Hoy por hoy' de la Cadena Ser que "es sencillo probar que hubo violencia, con una herida ya se puede". Además, ha hablado de las discrepancias entre Unidas Podemos y PSOE sobre la ley 'solo sí es sí'.

| etiquetas: pilar llop , ministra justicia , probar violencia , una herida ya basta
  1. Una "herida" sin probar autoría justifica la inversión de la carga de la prueba? Si es así (es un vídeo corto y podría haber un contexto que explicara el asunto que no está expuesto) es algo bastante grave, sobre todo viniendo de una ministra de justicia
  2. Joder, y que semejantes INÚLTILES cobren lo que cobran de erario público... :wall:
  3. #2 Normalmente eso de autolesionarse ha valido muy bien para perpetrar ruinas de maridos... Pero la justicia está hechs partiendo de supuestos razonables, no de gente que quiere joderle la vida al prójimo:


    www.edatv.news/noticias/35144/el-padre-de-olivia-fue-condenado-por-vio


    www.elbierzodigital.com/condenada-a-10-anos-la-mujer-que-acuso-en-fals

    www.laprovincia.es/buzzeando/2017/01/10/video-mujer-autolesiona-laguna

    No me parece descabellado que la víctima de una agresión tenga que demostrar la agresión de alguna manera.

    Por ejemplo la de Pamplona tuvo que retractarse de su primera versión en la que habia violencia porque todos los vídeos y testigos que aparecieron desmintieron su versión inicial.

    medium.com/el-saco-del-coco/lo-que-no-te-han-contado-sobre-la-sentenci
  4. Cuanto mayores sean los beneficios que se reciben por ser catalogada víctima de violencia de género, por ejemplo influyendo en la custodia de los hijos, mayores serán los incentivos para usar pruebas falsas para conseguir esa condición. Lo que dificulta distinguir a las víctimas reales de las solo quieren aparentarlo para conseguir esos beneficios.

    Si se añaden ayudas económicas y otros tipos de ayudas que tengan como efecto mejorar la situación de la persona aún no siendo víctima entonces se añaden incentivos para conseguir esa condición sin serlo.
  5. Es algo básico, que no funciona ni como dice la MINISTRA DE JUSTICIA.
    No hay novedad ninguna, no estas haciendo nada, es una chapuza tras otra. Marear la perdiz.

    Una herida que te puedes hacer en cualquier otra situación por si sola no prueba NADA.

    La plaga de subnormalidad y el paso por los huevos del estado de derecho (presunción de inocencia, carga de la prueba) se esta pasando a otros ministerios.
  6. He escuchado la entrevista y es una frase entre media hora de declaraciones totalmente sacada de contexto.
    Auténtico periodismo de mierda. :wall:
  7. Y si te drogan y te dejan inconsciente no hay herida... esta gente es muy subnormal, no tienen dos dedos de frente, las personas les dan igual sólo buscan sus medallitas y ganar sus mierdecitas delante del jefe
  8. #7 Yo acabo de escuchar ese video y me ha asustado que una ministra de justicia diga que "ya no hace falta que se demuestre la agresión".

    Me da miedo que cualquiera pueda mandar a otro a la carcel sin tener que demostrar nada.

    Este minuto de entrevista, si fuera realmente lo que dice la ley, sería la mayor patada a la justicia que se ha hecho desde el franquismo.
  9. Lo que da miedo es que el 90% de las agresiones no se denuncien. (lo acaba de decir un sociólogo en ARV9
  10. #7 ¡Aaaaah!!!! ¡El cuento de "Fuera de contexto"!!!! Cuéntame el de Caperucita, que también me da mucha risión.
  11. Ya sabéis ...os hacéis un moratón y el tío para el calabozo. Así está la cosa yo creo que sale más rentable el puti o una muñeca hinchable, así tienes menos quebraderos de cabeza :troll: :troll:
  12. #9 es que no se trata de eso. Estáis sacando las cosas de contexto, lo que está diciendo la ministra es solo en caso de violación.
    No está diciendo que yo te pueda denunciar a ti por agresion sin demostrar que hubo tal agresión.
  13. #7 ¿En qué contexto fue dicha declaración hecha que hace que tenga sentido decir que la presencia de una herida prueba en sí misma la autoría de un delito?
  14. #1 tu tampoco has entendido nada. Están hablando de la ley de solo si es si. En el caso que tú enlazas si hay que demostrar que hubo agresión.
  15. Y de todos los votos negativos el campeón es ¡¡¡Erronea!!! Olé, olé y Olé.. :-D
  16. #13 Aunque haya violación, una herida en sí misma no demuestra que se produjera durante la violación. Uno puede darse un golpe en la cabeza, beber de más, que te violen, y la herida no sería relevante para el antiguo cargo de agresión vs abuso de la anterior ley, por ejemplo. Sigue siendo necesario probar que las heridas se produjeron durante la violación (por ejemplo, ayudarían cámaras donde no se mostrase un morado en el ojo, fotos, etc.. previo al delito).
  17. #2 Entrevista completa --->>> www.youtube.com/watch?v=TSrBLfX5sbc

    Las penas de la Ley las ha ajustado el Ministerio de Justicia, no Igualdad. Reconoce que no tienen los "datos" de todas las revisiones, porque bla, bla. Le pregunta expresamente, con está modificación se acaban las revisiones a la baja de sentencias ya dictadas? No, seguirá habiendo revisiones a la baja. Entonces para que se modifica? Bla, bla, bla....

    Menudo "truño" de entrevista, menudo truño de Ministra.....
  18. En efecto, es que esa es la diferencia principal.

    Antes: Se distinguía entre abuso y agresión. La diferencia radicaba en que la primera era para actos sin violencia y la segunda para actos con violencia. ¿Cómo se acreditaba la existencia de dicha violencia? Pues con un parte de lesiones (puede haber otras formas, pero el parte de lesiones es impepinable)

    Ahora: Se elimina el abuso, todo se considera agresión porque se entiende que todo acto sexual no consentido es violento en si mismo. Vamos, que alguien te meta la mano en la vagina sin tu consentimiento es violento aunque no te pegue. Por tanto la necesidad de que existe un parte de lesiones para acreditar violencia desaparece.

    No se, a veces tengo la sensación de que aquí hay mucha gente opinando sin tener ni idea de lo que se ha modificado. Que se piensan que lo único que se ha hecho es cambiar el rango de penas o añadir una referencia al consentimiento (que ya existía). Lo más triste es que parece que el desconocimiento viene por ambas partes, los que están a favor y los que están en contra.
  19. El contenido es de la Cadenar Ser, no de Público.
  20. #9 Hombre, a ver, la ley puede tener sus fallos, pero "la mayor patada a la justicia que se ha hecho desde el franquismo", anda que no se han hecho cosas peores a lo largo de estos años. Como mandarte a la cárcel por un espectáculo de títeres, por ejemplo; o hacerte comparecer en la Audiencia Nacional por un chiste en twitter.
  21. #8 Si te drogan y te dejan inconsciente, habrá restos de la droga en tu orina/sangre. El supuesto de sumisión química es distinto del de violencia, y sorprendentemente cosas distintas se demuestran de manera distinta.
  22. #22 Claro, claro.. salvo que tarden en atenderte y ya no quede rastro
  23. #7 He hecho el sobrehumano esfuerzo de escuchar entera la entrevista. Tienes razón es aún peor. Auténtico periodismo de la misma calificación que has usado.
  24. #17 eso no te lo discuto. Pero algunos estaban interpretando que esto era en cualquier caso de agresion y no es así.
  25. #12 otro que no ha entendido nada.
  26. #17 Lo que chirría es el concepto de "violación sin violencia" del código anterior
  27. #23 Vaya, pues si, resulta que sin pruebas de sumisión química no se puede condenar a alguien por esa sumisión química. En el hipotético caso de que tarden en atenderte un periodo indeterminado de tiempo en un caso de violación, suficiente como para que no quede rastro, no quedarían pruebas. Dónde vamos a ir con un sistema con presunción de inocencia.
  28. #19 No se, a veces tengo la sensación de que aquí hay mucha gente opinando sin tener ni idea de lo que se ha modificado

    Y tanto. De hecho hay unos cuantos que ni siquiera saben de qué ley se esta hablando y dicen cosas como "Ya sabéis ...os hacéis un moratón y el tío para el calabozo"
  29. #28 Igual descubres que los indicios también pueden llevar a una condena, las pruebas forenses son determinantes pero no son la única herramienta de la justicia.
  30. #30 Claro que lo son, y no se que problema ves entonces. Las declaraciones son sobre probar la violencia. Por alguna extraña razón sacas a colación el supuesto de que te droguen y por tanto no hay herida, y que además las pruebas forenses se retrasen suficiente como para no hayar prueba. Y ahora mencionas el hecho de que con indicios suficientes también se puede condenar.

    Explícame entonces cuál es el supuesto problema que ves en tu mensaje original para llamar subnormal a "esta gente", por el simple hecho de mencionar que se puede probar la violencia.
  31. #19 Ahora lo que van a hacer es que se llame todo agresión, pero que la pena imponible sea como antes. Es decir, que lo dejan en una simple modificación de nombre, y establecen progresividad en el uso de la violencia/intimidación para lograr el acceso carnal tipificado, más allá de que propio acceso carnal se pueda considerar violento de por sí por la falta de consentimiento.
  32. #31 Es evidente que no siempre se puede probar la violencia, centrar la ley en la prueba de cargo de la violencia es un error que permite a los violadores salir indemnes. Se pone a la víctima en la situación anterior en la que no basta con negarse, tienen que jugarse la vida para que luego en un juicio se reconozca que evidentemente la violaron.
    Algunos parecen olvidar que muchas de las mujeres que luchan por no ser violadas y oponen resistencia física terminan en la morgue, no sé si olvidarán por despiste, por falta de memoria o por desinterés.
  33. #33 Eh?

    Esta ley no pone el consentimiento en el centro, simplemente aparta la violencia del centro, que es distinto. Antes, sin violencia o intimidación, la conducta que describes estaba tipificada como abuso sexual y conllevaba una pena de 4 a 10 años. La misma conducta, mediando violencia o intimidación, se denomina agresión e iba de 6 a 12 años. No hacía falta jugarse la vida para que el crimen fuese penado de manera proporcional. El consentimiento (o mejor dicho, su ausencia) ya era la parte central de la ley, al ser requisito básico para la comisión de cualquiera de los delitos. Es mentira que la diferencia entre que un violador saliera indemne o no era la violencia: la violencia simplemente aplicaba 2 años más a la horquilla. La diferencia entre salir indemne o no era el consentimiento.

    Ahora, la diferencia es que independientemente de que haya violencia o no, ambos son tipificados como agresión sexual, y se pena al agresor "como reo de violación". Las penas son las mismas, pero eso no quiere decir que si no hay violencia se vaya a ir de rositas el violador. Y ahora ya se ha logrado ganar la estúpida batalla de llamar a todo acceso carnal sin consentimiento violación, que es lo que es, pero si en el proceso de llamar a una cosa por su nombre rebajas el tipo penal, me parece que no es un cambio ideal.

    Y si, por desgracia hay mujeres que luchan por no ser violadas y acaban en la morgue. Acaso insinúas que dicha lucha y resistencia la oponían para que a su violador le enjuiciaran por el artículo 179 y aplicase 6 a 12 años en vez de el 182 y aplicase 4 a 10? O que ponían en riesgo su vida para que el artículo aplicado a su violador pusiese explícitamente "reo de violación"? Porque me parece a mi que la lucha y resistencia que legitimamente ejercen para defenderse de ser violadas tenía más que ver con su integridad física, su libertad sexual, y bastante menos con los flecos legales. Pero quien sabe, igual soy yo el que se equivoca y la gente va por la vida pensando en las sutiles diferencias entre los tipos penales.
  34. #27 Si un tipo de 120 kilos amenaza a una mujer de 60 no es violencia :palm:

    Como decía una mujer, hay que decir entre que te maten o te violen.
  35. #34 "No hacía falta jugarse la vida para que el crimen fuese penado de manera proporcional" un poco después.. "Y si, por desgracia hay mujeres que luchan por no ser violadas y acaban en la morgue."

    A ver si te pones de acuerdo.

    EDIT: Vaya por delante que la argumentación de la violencia no la hago yo, la hacen los jueces que aplican la ley de formas creativas.
  36. #12 Pues sí, casi mejor para todos.
  37. #26 Es así, un tío entra en calabozo sin prueba alguna, solo con que lo diga la supuesta víctima.
  38. #21 Sí, sí... y mandarte a la AN por tener un silbato amarillo...

    Pero todo eso, que son barbartidades, se quedan en anecdota con que puedan denunciar y tener que ser el reo el que demuestre su inocencia.

    He dicho desde el franquismo... y, volviendolo a leer, incluso me parece poco.
  39. #7 Más bien es un lapsus que revela la auténtica naturaleza de la reforma: sin herida no hay violencia.
  40. #38 será como sea, pero no es eso a lo que se refiere aquí la ministra.
  41. #39 Claro, yo diría que ni los celtas que poblaban Soria tenían una justicia tan terrible para con los hombres.
    De verdad ¿Aspiras a que te tomen en serio?
  42. #32 eso es lo que pretendía el Ministerio de Igualdad, pero eso no se puede hacer, o es agresión o es abuso. Si ahora todo es agresión, la horquilla tiene mayor variabilidad; y ha de beneficiar siempre al reo, en las penas que fueron interpuestas más bajas.
  43. Muchos de nosotros, hombres no "aliades" y contrarios al feminismo institucional, llegamos incluso a reconocer que no hacen falta heridas para demostrar que hubo resistencia o falta de consentimiento. La misma coacción, bien mediante la exhibición de armas, bien mediante la envergadura física (sin chistes malos, por favor), bien mediante el número de agresores, puede bastar para impedir la resistencia por parte de la víctima.

    Lo que pedimos es que se demuestre esa coacción. Que sí, que es verdad que muchas de esas agresiones, la mayoría, se cometen en la intimidad, sin testigos, pero si vamos a basarnos únicamente en el testimonio de la presunta víctima para condenar a alguien que menos que asegurarse. Preguntarle que ocurrió, como demostró que no quería mantener relaciones, si se negó de voz o intentó rechazar al agresor, incluso el tipo de ropa que llevaba puede ser relevante. No porque una minifalda indique ganas de tener relaciones sexuales, sino para comprobar si es factible que en cinco minutos el agresor pudiera coaccionarla, bajarle los pantalones, llevar a cabo la agresión, vestirse y salir, por ejemplo.

    No se trata de cuestionar o poner en duda la palabra de la víctima, sino de intentar hacerse una idea lo más exacta posible de lo que pasó. No nosotros, obviamente, ni los periódicos, sino la Policía y sobre todo el juez, que es quien tiene que dictaminar si la víctima dejó clara su negativa o si de alguna manera el agresor pudo pensar que ella consentía.

    Que quede claro que la mera ausencia de rechazo no contaría como aquiescencia o consentimiento si la víctima está semiinconsciente, o si la ves bloqueada, o si notas que está incómoda. Pero si yo estoy con una chica, estamos enrollándonos, yo voy a más y ella no me dice nada porque se asusta, en esas circunstancias yo puedo pensar que ella está de acuerdo en seguir adelante. En mi caso basta con que ella me empuje con la mano en el pecho, o con que me aparte la cara, o con que me diga "para" o "déjalo" para que yo me detenga.
  44. #41 Es así, aquí se queja la peña la presunción de veracidad de los agentes de la autoridad pero ahora esa presunción de veracidad se le otorga a la mujer a costa del derecho de presunción de inocencia del hombre.
  45. #45 Insisto ,eso no es de lo que habla aquí la ministra.
  46. #43 Si es lo que pretendía, fallaron por completo, porque se pueden refundir tipos y establecer una gradación explícita entre conductas dentro del tipo. El hecho de que estén todas las conductas en el mismo tipo no implica que no pueda haber múltiples horquillas, como pasaba en la legislación anterior, en la propia LO 10/2022, y en la proposición de ley del PSOE.

    Otra cosa es que reformarlo ahora no tenga efecto sobre las revisiones de condena, pero de cara a futuras sentencias si tiene efecto.
  47. #36 El hecho de que resaltes esas frases como si estuviesen en desacuerdo entre ellas muestra una falta de comprensión lectora preocupante, indigna de alguien que haya superado algún nivel de educación obligatoria.

    Que haya mujeres que pierden la vida por defenderse de una violación no quiere decir ninguna de las dos siguientes cosas:
    a) Que se defiendan por la tipificación establecida de las distintas conductas.
    b) Que el hecho de que no se hubiera defendido comporte una pena no proporcional. Sin violencia/intimidación, las horquilla se reduce en 2 años, lo cual es perfectamente proporcional (ya que lo que antes era abuso supone una vulneración menor de los bienes jurídicos protegidos que lo que antes era agresión).

    Es decir, mis afirmaciones son totalmente coherentes entre sí. Otra cosa es que tu caricaturices a las mujeres de manera que la única justificación que veas para que se defiendan sea tu mal entendimiento del funcionamiento de la legislación anterior.
  48. #35 Pues no, si un tipo de un peso cualquiera amenaza a una mujer de un peso cualquiera, no es violencia.

    Es intimidación.

    De ahí que la ley estableciera la agresión en los casos en los que concurriera violencia o intimidación.
  49. #48 Minipunto de descalificaciones personales, vas por el buen camino crack.

    Se está ignorando la realidad de que si una mujer intenta defenderse pone su vida en riesgo y con ello vuelvo al tema inicial, la coacción y el miedo son formas de someter a la víctima de una violación y no dejan marca alguna. Con este cambio en la ley sin marcas en el cuerpo volvemos al espantoso espectáculo de jueces poniendo en duda el testimonio de la víctima mientras observan "ambiente jolgorio", repugnante.
  50. #50 Primero demuestras que no sabes leer, al entender conflicto entre frases que no tienen ninguno. Ahora vuelves al tema inicial para demostrar que tampoco sabes de ley: eso que acabas de mencionar (la coacción y el miedo) ya estaban considerados por el código penal, y tienen un nombre: intimidación. Si, eso que antes estaba considerado dentro del artículo 178 y 179 junto con la violencia como elemento cualificador de una agresión sexual. Ahora, esta legislación defiendes hace que dicha intimidación no sea más grave que su ausencia, imponiendo penas más bajas: las conductas que antes se penaban de 6 a 12 años por incluir violencia o intimidación ahora pasan a tener una horquilla de 4 a 12 años.

    Y lo del jolgorio es otra demostración de lo mismo, hablar por hablar: el juez que emitió voto particular en primera instancia y que vio "jolgorio" no estaba pidiendo que se aplicase el tipo de abuso sexual: su argumento es que se deducía consentimiento de los actos de la víctima, y por tanto emitía voto particular de absolución. Y como las maneras de demostrar el consentimiento no han cambiado, y la absolución sigue existiendo como opción, dicho voto particular sigue siendo tan posible hoy como el día que lo emitió ese juez.

    Antes de hablar de a que nos lleva una ley o la otra, o si hacen falta "marcas en el cuerpo", échale un ojo a la ley derogada y a la nueva, que igual te da una idea un pelín mejor de en qué consiste cada delito.
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