Ernesto falleció el año pasado cuando protegía la Asamblea de Madrid. Defensa rechaza así indemnizar con más cuantía a su viuda. El caso se dirimió este jueves en la Audiencia Nacional.
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etiquetas: defensa , guardia civil , sucesos , cuerpos de seguridad
De ahí las entradillas que se leen en Menéame, que dan a entender cosas que no son.
En fin, creo que es problema de por una parte querer imponer tu punto de vista sin mayores argumentos, y olvidar además de que si un argumento es solido, eso solo se asienta cuanto más cuestionado es... como en cualquier conocimiento científico. Si no puedes establecer criterios, entonces vale cualquier cosa.
No te lo tomes a mal, un saludo.
Si haces una parada para comprar el pan, o tomarte una copa en un bar, no se cubre.
Esta semana le ha pasado a mi mujer
"[...]Ernesto, de 56 años, estaba en la cafetería del Hemiciclo, ya que se acababa de incorporar a su puesto hacía pocos minutos[...]"
"[...]Así lo determinó en un principio la Guardia Civil, que dictaminó que el agente falleció como consecuencia de “una indisposición acaecida de forma súbita en su lugar de trabajo cuando se disponía a iniciar la prestación de servicio de protección y seguridad, encontrándose debidamente uniformado, por lo que procedería declarar su fallecimiento como acto de servicio[...]”
"[...]Claramente, murió en acto de servicio: estaba en su puesto de trabajo, uniformado y con el arma reglamentaria[...]”
"[...]Ernesto ya estaba trabajando, ya que lo normal es empezar antes de lo estipulado para que los compañeros a los que vas a dar el relevo te informen de la situación. Además, ese día era un día importante en la Asamblea, el Debate del Estado de la Región, con numerosas personalidades invitadas. La demanda recalca que “es habitual en los miembros de la Guardia Civil que prestan su servicio en horario de 14.30 a 22 horas, reunirse con anterioridad, comer en la Asamblea y preparar el servicio, recibiendo las indicaciones, novedades e instrucciones de sus superiores[...]”
E infórmate cómo funciona, pq si vas a una cena de empresa, es accidente laboral, no ya en la cena, si no que sufriendo un accidente de camino ya se califica como tal. Infórmate un poco antes de soltar cuñadeces.
Pero este hombre iba a su trabajo, y por el trayecto se detuvo a tomar una copa.
El bar no es su lugar de trabajo, estaba tomando una copa o comiendo un bocadillo o haciendo un café antes de entrar a trabajar.
El "trayecto" es el rato que estás al volante, o yendo o volviendo del coche, nada más.
Si fuese trabajador de un burguer King por mucho que llevase el uniforme creo que muchas opiniones serían bien diferentes.
No estaba de servicio
Lee la noticia, era un día especial con bastante carga de trabajo... lo tienes en la noticia, lee anda.
Es un claro caso de abuso hacia el trabajador. Dando la idea aquí la gente de que estaba de carallada en un bar. Leed la noticia, anda.
De todos modos, ya fuera de nuestra discusión, parece que ni siquiera los propios guardias o sus superiores consideran que estuviera en cafetería como "fuera de servicio". Habrá que ver.
Si a un guardia de seguridad le da un ictus una hora y media antes de entar en su turno y estando en la cafetería del centro donde trabaja, crees que se lo tomarán como que estaba de servicio? No, puesto que ni estaba camino del trabajo, ni estaba trabajando, puesto que entraba a las 14:30, que es lo que alega para denegar el doble de pensión a la viuda el empleador, en este caso el ministerio de defensa.
Y aquí lo dejo
"[...]Ernesto ya estaba trabajando, ya que lo normal es empezar antes de lo estipulado para que los compañeros a los que vas a dar el relevo te informen de la situación. Además, ese día era un día importante en la Asamblea, el Debate del Estado de la Región, con numerosas personalidades invitadas. La demanda recalca que “es habitual en los miembros de la Guardia Civil que prestan su servicio en horario de 14.30 a 22 horas, reunirse con anterioridad, comer en la Asamblea y preparar el servicio, recibiendo las indicaciones, novedades e instrucciones de sus superiores[...]”
Y luego leete el código civil y no inventes. Si fuera una comida de empresa previa a la jornada laboral, sería un accidente laboral.
old.meneame.net/story/unas-15-personas-intentan-linchar-familia-polici
"[..]Al mismo tiempo, un viandante que paseaba junto a su hijo y un perro se abalanzó sobre el atacante iniciando un forcejeo y evitando que acabara con la vida de la mujer. No era un vecino cualquiera, se trataba de un agente de la Policía Nacional fuera de servicio que reside en la zona y que con su brillante actuación salvó la vida de una persona.[..]" ...
Una acciidente in itinere, tambien se considera accidente laboral.
#105 Lo normal en muchos casos es ir al trabajo con margen de tiempo. El tiempo que pasa desde que que llegas, ( hasta ahi te cubre in itinere), hasta que pueden empezar a trabajar. ¿Lo cubre o no lo cubre? Seria un poco absurdo que no te lo cubriese en ese intervalo.
Tambien hay muchos trabajadores de emergencias (sanitariios, bomberos, etc) que si se enteran de que hace falta mas personal se presentan en el lugar.
Por otro lado si es necesario que para el trabajo los turnos se solapen para intercambiar informacion, se deberia remunerar y fichar. media hora habitualmente al final de año son muchas horas.
Por otro lado, no raro que la admin incumpla las propias normas que pone. A profesores no les paga las vacaciiones, despidiendoles el penultimo dia en lugar del ultimo antes de vacaciones.
#110 Como va a tomar una copa, si va a entrar al servicio.
Es que si dices que bueno, era un café rapido antes del trabajo podría colar, pero una hora y media antes, NO, ha ido a tomar algo a una cafetería, no se ha ido a trabajar
"[...]Ernesto ya estaba trabajando, ya que lo normal es empezar antes de lo estipulado para que los compañeros a los que vas a dar el relevo te informen de la situación. Además, ese día era un día importante en la Asamblea, el Debate del Estado de la Región, con numerosas personalidades invitadas. La demanda recalca que “es habitual en los miembros de la Guardia Civil que prestan su servicio en horario de 14.30 a 22 horas, reunirse con anterioridad, comer en la Asamblea y preparar el servicio, recibiendo las indicaciones, novedades e instrucciones de sus superiores[...]”
Pero hay que ser muy inocente para creerse que estaba de servicio o que iba para el trabajo, cuando su jornada de trabajo es muy posterior.
Y el artículo en si es de capcioso a mas no poder, sesgado es decir poco, la primera parte parece comedia, y el resto es retorcer los hechos para que parezca que irte uniformado y con la pipa a tomarte algo en la cafetería mas de una hora y media antes es porque iba a trabajar.
Yo trabajé de camarera en el 2k. Y si quería comer tenía q entrar una hora antes al trabajo pq a las 13 era cuando comía el personal. No era q xidente lwboral si tenía un accidente? No me jodas, anda
Pero lo de ir uniformado puede ser hasta sancionable, en mi pueblo los he visto hasta con el uniforme de gala, y no, no estaban de trabajo, tomandose su café en la cafetería, y no me pongo a decir, está trabajando porque esta uniformado, con pipa y con compañeros, absurdo.
"[...]Ernesto, de 56 años, estaba en la cafetería del Hemiciclo, ya que se acababa de incorporar a su puesto hacía pocos minutos[...]"
"[...]Así lo determinó en un principio la Guardia Civil, que dictaminó que el agente falleció como consecuencia de “una indisposición acaecida de forma súbita en su lugar de trabajo cuando se disponía a iniciar la prestación de servicio de protección y seguridad, encontrándose debidamente uniformado, por lo que procedería declarar su fallecimiento como acto de servicio[...]”
"[...]Claramente, murió en acto de servicio: estaba en su puesto de trabajo, uniformado y con el arma reglamentaria[...]”
"[...]Ernesto ya estaba trabajando, ya que lo normal es empezar antes de lo estipulado para que los compañeros a los que vas a dar el relevo te informen de la situación. Además, ese día era un día importante en la Asamblea, el Debate del Estado de la Región, con numerosas personalidades invitadas. La demanda recalca que “es habitual en los miembros de la Guardia Civil que prestan su servicio en horario de 14.30 a 22 horas, reunirse con anterioridad, comer en la Asamblea y preparar el servicio, recibiendo las indicaciones, novedades e instrucciones de sus superiores[...]”
Pero el ministerio de Defensa no pensó lo mismo. ¿Por qué? Porque el turno de trabajo de Ernesto ese día era de 14.30 a 22 horas, y el incidente se produjo sobre las 13.10 horas y en la cafetería. En teoría, fuera de su jornada.
}
No no estaba trabajando, estaba tomando algo en la cafetería del hemiciclo, que seguramente a precio especial, que por probabilidad seria antes de las 13:10, una hora y 20 minutos antes, venga, no me jodas que me vas a decir que estaba trabajando, esto no se sostiene por ningun lado, que le metan un puro al cuerpo por hacerlos trabajar en fraude de ley, y otro puro a quien se crea que esté fue a trabajar mas de una hora y media antes a la cafetería.
El primer parrafo de donde te lo sacas.
El segundo, no me jodas que era camarero.
El tercero, ya dice implícitamente que no estaba trabajando, porque se disponia a iniciar su trabajo, el puesto de trabajo estará en el hemiciclo, pero su puesto no estara tomando algo en la cafetería, era camarero? El resto del parrafo es corporativismo del malo.
Esto no se sostiene por NINGÚN lado. Si se lo dan es porque se vuelve mediático pero no tiene recorrido ninguno, mas aún, no se lo han dado, sera por algo, no?
Justo en el edificio de mi trabajo hay un bar. Si me accidento con el palillo en la boca, tomando un carajillo antes de entrar a trabajar es accidente laboral????
Es más, si vas de cena de empresa y quedas con los compañeros a tomar el vermu antes de la cena, tb lo es.
No seras mi cuñado??
Lo primero, espero que esta familia pueda conseguir lo que pide despues de haber perdido a si familiar, pero la respuesta nadie la tiene porque tendra que decidirse en un juzgado.
Si el evento dañoso había sucedido en tiempo y en lugar de trabajo, la consideración laboral del mismo se encontraba protegida por la presunción afirmativa del art. 156.3 LGSS[1].
Por el contrario, si el accidente no se producía en tiempo y lugar de trabajo, pero sí con ocasión o por consecuencia de este, la presunción no operaba y tenía que ser el propio trabajador, o los beneficiarios de una prestación de Seguridad Social, quienes probasen la relación inextricable entre el evento dañoso padecido por el trabajador y el desempeño de una actividad laboral por cuenta ajena (art. 156.1 LGSS).
Y te repito, si quedas a tomar el vermu con compañeros, antes de la cena de empresa, es accidente laboral, todo aquello que realizas con motivo de tu trabajo es accidente laboral, desplazarte a él, volver de él y tomarte un café antes o durante el descanso son accidentes laborales. Pero en serio, me agota el tema. Infórmate si quieres y si no usa tu fe para creer lo q quieras. A estas personas un juez les va a dar la razón. La administración trata de aferrarse a lo q puede para no pagar, como incapacidades del 30% que se otorgan a enfermos terminales que si no recurres quedan en eso...
Además que es imposible decir que ese señor no estaba trabajando pusiera lo que pusiera en su turno, estaba en el lugar de trabajo, uniformado y con compañeros de trabajo ... no sé, es ridícula esta discusión.
Si, ya dije que yo era cuñado.
ojala lleves razon pero seguira teniendo que esperarse a ver que dice el juez y eso muchas veces es una loteria.
Ya dije tambien que espero que la familia consiga lo que pide.
¿Y a ti te pagan fuera de tu horario de trabajo por tener el teléfono del trabajo operativo? Si es así, eres un crack. Si no, según tu planteamiento, te están timando y podrías demandar a tu empresa por no pagarte horas extra. Al fin y al cabo, según tú, "estarás trabajando ".
¿Qué legislación dice que tener el teléfono de trabajo operativo equivale a una guardia de trabajo no presencial?
Es más, el el TJUE aclara que los períodos de guardia en régimen de disponibilidad no presencial están comprendidos en en el «tiempo de trabajo» cuando las limitaciones impuestas al trabajador durante esos períodos afectan objetivamente y de manera considerable a su capacidad para administrar su tiempo libre durante dicha guardia no presencial. (sent. del TJUE de 9 de marzo de 2021).
Vete tú al TJUE a pedir que te reconozcan las horas extra por tener el teléfono de trabajo operativo
Estaba hora y media antes de su turno en la cafetería. ¿Comiendo antes de empezar a trabajar? ¿A la fuerza porque se lo exigían sus mandos? Ese es el quid de la cuestión y el ministerio de defensa dice que nones.
Yo llego a la oficina todos los días 15 minutos antes para desayunar en la cafetería del edificio, pero no me computa como horas de trabajo.
Te voy a poner en contacto contacto con los de RRHH a ver si les convences.
En este caso estaba en la cafetería. También como dices al final es una situación extraña en la que a veces ni la administració se aclara. De todas formas, recuerdo que hay sentencias en las que se reconoce que no se cuenta como tiempo de trabajo lo que tardes en ponerte el uniforme, al incorporarte a tu puesto deberías estar listo, y en muchos trabajos igual tienes que estar media hora antes para prepararte.
Para mi, creo que si son requisitos especiales, debería ser tiempo de trabajo, y si tiene que estar en la cafetería para discutir cambios de turno, organización, etc, que se fiche de alguna manera y se le pague como trabajo.
Para mi es una situación muy absurda, y sobre lo último, pues si llegas horas antes, perfectamente podrías tomar una copa...