Tras la muerte del titular, solo los herederos pueden acceder a su cuenta bancaria, pero deben tramitar antes la herencia y pagar los impuestos correspondientes para evitar cometer un delito.
#4 y #9 presentando el certificado de defunción y la acreditación de ser heredero, el banco tiene que darte el certificado de posiciones, donde se indica todo lo que el fallecido tiene en esa entidad. Si el fallecido tuviera cuenta en varias entidades, pues más de lo mismo con cada una.
Ya con ese o esos certificados y en su caso con las escrituras de propiedad, el notario hace la escritura de aceptación de herencia. A propósito que la broma nos va a costar, aproximadamente, el 1% del valor total de la herencia.
El siguiente paso es pagar los impuestos relacionados con la herencia. El importe varía según la comunidad autonómica.
Finalmente, los herederos sólo tendrían que volver al banco, presentar la escritura de aceptación así como el comprobante de pago de los correspondientes impuestos y recuperar lo que es suyo. Pero no...
AHORA VIENE LO QUE NO NOS EXPLICAN
De un tiempo aquí, lo bancos en su afán por robarnos se han sacado de la manga que no es suficiente con demostrar qué ese dinero que custodian es tuyo. Ahora dicen que tienen que hacer un ESTUDIO PARA LA ADJUDICACIÓN DE LA HERENCIA, que supone dos cosas:
1) que retienen tu dinero entre 2 y 4 meses, alegando que es el tiempo que tardan en su "estudio".
2) que te soplan entre 250 y 400 euros, dependiendo del banco, por el trabajo que supone dicho "estudio".
Una vez dan el visto bueno y descontada su comisión, proceden al pago. La sorpresa es que también te cobran el 0,4% de comisión por la transferencia del dinero, a no ser que tengas cuenta en la misma entidad.
Así es como funciona una herencia y así es como los bancos abusan aprovechándose de un trámite por el cual estamos obligados a pasar.
#12 Es curioso como cambian las cosas según sople el viento.
Mi padre (soltero) tuvo una mala racha antes de morir (por enfermedad). Pidió un préstamo personal de 10k€ a CaixaBank, del que le quedaban algo más de 6k por pagar.
Cuando les informé de la defunción les dejé claro que no había herederos porque lo único que había para heredar era su deuda. Ni cortos ni perezosos, se pusieron a llamar a todos y cada uno de sus familiares (hasta grado 3) de los que tenían datos de contacto, avisando de que podían emprender acciones legales contra ellos si no llegábamos a un acuerdo.
Al final se dieron por vencidos y pasaron a pedirme certificado de motivos de defunción para poder cobrar a través del seguro. Fue una pequeña victoria irrelevante, pero me quedé a gustísimo cuando les dije que podían ir ellos a pedirlo a ver si se lo daban, que yo no pensaba perder ni 1 segundo de mi vida para que ellos cobraran algo.
1. Pese a que se acuda al banco a notificar la muerte de un titular, la entidad no facilitará información sobre sus cuentas hasta que se proceda a la correcta repartición de la herencia --> Si no facilita la información ¿cómo demonios se va a repartir la herencia? . El banco debe emitir un certificado con el saldo a fecha de fallecimiento obligatoriamente para justificar el importe consignado en el modelo fiscal de sucesiones y además, nada impide que se pueda acceder por internet a la cuenta a consultar el saldo.
2. Por ejemplo, si había dos titulares y uno fallece, el otro cotitular puede disponer del 50% del dinero que haya en la cuenta. El resto correspondería a los herederos. --> Eso es el caso general pero las cotitularidad de las cuentas bancarias puede ser de tres tipos: solidaria, mancomunada y subordinada y se puede dar el caso que en una cuenta con dos titulares uno tenga una participación mayoritaria porque tiene más ingresos o porque así se ha dejado dispuesto.
Estas cosas tan básicas deberían enseñarse en la ESO. Empezando por cómo se financia un estado y lo que cuesta algo que como siempre ha estado ahí nos parece natural y no un privilegio pagado con impuestos.
#5 Si eres un autorizado de la cuenta y hay cantidades pequeñas el de la ventanilla del banco suele aconsejar que no les informes del fallecimiento hasta haber vaciado la cuenta.
#18 Exacto. Tus descendientes van al banco antes de informar, y resto de ciudadanos, que vaya también. Y que gane el mejor. Yo es lo que tengo dicho a los míos.
Tengo un familiar que vació las cuentas de otro familiar fallecido. Vamos, que fue inmediatamente al banco con el cuerpo aún caliente. Para colmo amañó con el conocimiento del director de la sucursal la fecha de la transacción para que pareciera que lo había hecho con anterioridad.
Ahora lo conocemos cariñosamente como "el hijoputa".
Lo que no dice es que en caso de haber cotitulares, un heredero no puede pedir los movimientos de cuenta ni nada para verificar que no se produjese alzamiento de bienes o similar por parte de algun cootitular.
Vamos que soy cootitular y veo que el otro va a morir voy y vacio la cuenta o media cuenta el dia antes. Y tachannn los herederos no se comen un rosco y ni pueden compbobar que paso eso sin meterse a juicios claro.
#20 Tristísimo, oye... Pero que vayan a atracar a Alí Babá, colega suyo.
Y mira que lo que yo dejo está exento, por ruinoso. Pero aún así, que lo saquen primero y discutan después. Por ese orden.
#12 en La Caixa nos cobraron 80€ nada más presentar la documentación de la herencia. Lo reclamé por teléfono con el director de la sucursal porque me parecía un abuso y me dijo "son las tarifas que están publicadas en la web"... pues bien, fui a echar un vistazo a esas tarifas y comprobé que sólo lo podían cobrar cuando lo solicita un cliente de la entidad (yo no lo soy) y sólo después de finalizar el trámite (lo cobraron nada más entregar la documentación de la misma cuenta del fallecido). Reclamación formal por la web del banco y un par de meses después el dinero devuelto y una disculpa del director de la sucursal cuando fuimos a firmar los cambios de titulares y demás.
#6 Es que si yo me muero, lo que menos quiero es que se quede el banco o el estado con mi dinero. Por eso tengo a quien yo quiero en mis cuentas y en el momento en que fallezca que saquen todo el dinero, antes de enterrarme siquiera.
#102 Ah!. Si dices que te han insultado y lo han editado, me la envaino. Pero yo no he visto lo de antes de la edicion. Solo veo (en tu comentario #27) la posibilidad de un error financiero que puede ocasionar muchos problemas. Tampoco estoy diciendo que tu hayas cometido ese error.
En ningun sitio has pretendido callarme la boca, igual que yo tampoco lo pretendia. Solo te advertia de que eso no iba a pasar ... igual que me lo has advertido tu a mi.
#6 Correcto, hace poco nos paso justo lo que comentas. Fuimos al dia siguiente y el banco nos dijo que hasta que no se notifique con certificado de defunción no bloquean la cuentan.
#18 Yo no tengo, ni tendré descendientes. Tengo a algunas personas en mi cuentas precisamente para si me pasa algo, que saquen todo el dinero que yo he ganado. No lo ha ganado el estado, ni el conjunto de los ciudadanos. Lo he sudado yo y lo he ahorrado yo.
#12 Tengo todo esto muy reciente porque mi suegro falleció hace no mucho y su última novia nos quiso hacer la 13-14 de muy malas maneras...
Había sospechas de que la novia había estado sacando dinero en los últimos días de vida de una enfermedad terminal, así que mi novia pidió los movimientos de los últimos meses (amparados en una circular del Banco de España que dice que los herederos tienen derecho a pedir movimientos de un tiempo prudencial, hasta un año), y el banco se negaba, diciendo que en el momento de esos movimientos, ella no era heredera. Claro, no era heredera porque su padre aún no había muerto... así se las gastan...
Varias peleas con el banco para que hicieran lo que marca la ley. Un trabajador de mesa siguiendo las indicaciones de la directora de oficina, que quería hacer cosas que no se podían, y él intentando que tuviéramos compasión porque seguía órdenes. No, estoy viniendo informado, cada cosa que te pido te traigo la muestra de que tengo derecho a pedirla. No tienes que hacer caso a tu jefa si te está pidiendo hacer cosas ilegales.
Tuvimos que poner hojas de reclamaciones y amenazar con denuncias.
Al final se consiguió todo, pero eso, ni en esos momentos son capaces de seguir las cosas como son, siempre tienen que aportar su guindita, su toque personal...
#28 Pues que me detengan por evasión de impuestos mientras me queman en el tanatorio. Sabes bien que la ley es esa pero porque el estado se quiere llevar su tajada, de algo que no ha sudado. Yo, si puedo, lo daré todo antes de morirme y si me llega de sopetón, lo que te digo: que lo saquen todo inmediatamente y que salga el sol por Antequera.
#47 Yo no veo así, entiendo que se cobre impuesto cuando hay un uso, trabajas por dinero, vendes algo, compras algo, pero cuando simplemente lo regalas no lo veo, si yo ya he pagado impuestos por ganar ese dinero y quiero que se lo gaste otra persona no veo que haya que cobrarlo otra vez porque yo habre pagado por nada, he pagado por cobrar un dinero que no voy a usar.
Es como si en un bar pido y pago una cerveza y se la llevo a la mesa a un amigo y me apareciese un señor de Hacienda a reclamarle el IVA a mi amigo, yo diría que coño ya lo he pagado y el me diría que sí pero él no, y que más da si yo no me voy a beber la cerveza sino él? Si solo se va a consumir una vez porque se paga 2 veces?
#51 No tiene mucho mas misterio que ver lo que dicen varios abogados por Google de lo que deberías hacer, y hacerlo, y no lo que te diga un extraño en un foro.
Pero si, la banca es una cosa, siendo entidades privadas con ánimo de lucro, y los impuestos de sucesión van al gobierno. Mucha de la regulación sobre bancos es dirigida por el Banco de España, el banco central nacional y el supervisor del sistema bancario español junto al Banco Central Europeo, cuyo liderazgo es propuesto por el presidente del gobierno y aprobado por el rey, pero también esta la Agencia Tributaria estatal por otro lado.
#36 Pues creo que estaban aportando informacion util y/o dando un buen consejo y no se merecen esa respuesta. No se como lo has hecho en tu caso pero HOY si tienes a alguien como COTITULAR en vez de como autorizado, ese alguien es tan dueño de tu dinero como tu. Si tu ingresas en esa cuenta le estas donando dinero a ese otro cotitular y esa persona debera pagar impuesto de donaciones HOY, no cuando te mueras. Puede ser un marron importante.
#88 Si me lo creo, por eso quiero prevenir. Es uno de los herederos, que además me recuerda a Grima el de El Señor de los Anillos. Tocará hacer eso, pillar el certificado de defunción e ir echando leches al banco a que congelen todo.
#96 Efectivamente, lo que vayas a hacer o dejar de hacer o lo que pase contigo a nosotros nos resulta irrelevante. Pero hay mas gente en el mundo ademas de ti y a la que, a lo mejor, le viene bien la informacion.
No recrimino a nadie, eres tu que tienes la piel muy fina, parece.
#100 Es que no te han dicho mentiroso, te han hecho ver una situacion que, tal como la has explicado tu, solo va a traerle problemas a la gente que llegara a creer que es una buena idea.
Efectivamente nuestras opiniones son irrelevantes y no pretendo callarte la boca ... y tampoco me la vas a callar tu a mi, desde luego.
#4 el banco no te dará ningún certificado de nada hasta que no demuestres que eres heredero.
"Basta con acudir a la Agencia Tributaria con los documentos que acredita a una persona como heredera para acceder a la información financiera buscada. 2-Demostrar ante el banco que se es heredero. Una vez se conoce dónde tiene la cuenta el fallecido, se debe justificar ante el banco la condición de herederos"
#37 No. Hablo por experiencia propia. Cuando vas a liquidar el impuesto te piden saldo de la cuenta a fecha de fallecimiento y movimientos de todo el año inmediatamente anterior a este. Y en ese momento es cuando el banco bloquea la cuenta hasta liquidado el impuesto de sucesiones.
Lo que no sé yo es si cancelando una cuenta, hacienda podría averiguar el saldo... que ahora como están caninos igual buscan dinero bajo las piedras...
#27 En las cuentas hay que diferenciar entre varios titulares y gente autorizada.
En el caso de los autorizados en ningún caso son propietarios del dinero de la cuenta ni pueden hacer uso de él para sí mismos, están autorizados a operar pero siempre en nombre del titular o titulares.
Si el titular ha fallecido no hay nada que operar en nombre del fallecido, el proceso en ese caso son las últimas voluntades, la herencia.
Y en el caso de varios titulares no es distinto a lo anterior aunque sea más complicado de dilucidar qué corresponde a quién.
En el caso de defunción de uno de los titulares el otro no tiene ningún derecho legal a retirar todo lo que haya en la cuenta, solo la parte que le corresponde.
#29Pues que me detengan por evasión de impuestos mientras me queman en el tanatorio.
Tú no estarás evadiendo impuestos, lo estarán haciendo quienes se apropien indebidamente de ese dinero.
Yo, si puedo, lo daré todo antes de morirme
A quienes se lo des estarán obligados a declararlo como donación y pagar el impuesto que corresponda, en caso contrario estarán también evadiendo impuestos.
#26 O tener a alguien en la cuenta. La cuenta es de los dos y el dinero que hay ahí también, de modo que cuando yo no esté, aunque el cuerpo esté caliente todavía, que saquen todo el dinero que haya, poco o mucho. (más bien va a ser poco, pero bueno)
#32 ¿Confundir a alguien? ¿Intento? ¿Fracaso? ¡Madre mía como estás de lo tuyo, prenda mía! Pensar mal de los demás constantemente, como que quieren engañar, mentir o confundir Y además creerte que estás aquí apostolando Deberías hacértelo mirar, mi niño, porque normal, normal, no es.
#34 Eso pasa por meterlo todo en el mismo saco, o tomar la parte por el todo. Acabas de convertir que un impuesto te parezca injusto a que te lo parezcan todos.
#50 es igual que las donaciones, que se hacen en vida, y el que paga es el que recibe, siempre. Que lo haga con parte del dinero/bienes que recibió o con el suyo propio es irrelevante. En España y en casi cualquier lugar del mundo si ganas dinero pagas impuestos por ello, independientemente de la forma en que lo ganases, aunque la cantidad de impuestos a pagar puede variar en función del modo de ganarlo.
No obstante, hay dos excepciones para las que se permite acceder al dinero antes de realizar los trámites de la herencia. En primer lugar, los herederos pueden acceder a ese dinero para pagar los gastos del sepelio del fallecido. Y, en segundo lugar, ese dinero también se puede obtener antes de tiempo para responder a las obligaciones fiscales, que resultan obligatorias precisamente para tener acceso a la herencia.
#3 Dos cosas, a mí me enseñaron en la escuela que un estado se financia con impuestos.
Los servicios que el estado proporciona no son privilegios, son resultado de las decisiones políticas tomadas por los "representantes".
#6 Eso que describes es un delito, se llama alzamiento de bienes y conlleva una sanción económica si te pillan.
Es ridículo jugársela cuando la herencia de un trabajador medio (vivienda, dinero, seguro de vida, coche...) no da lugar a pago, por la suma de exenciones y reducciones.
#37 no, todas las donaciones previas a la muerte se pueden llegar a considerar herencias, sobre todo si hay más herederos, aunque también te digo que sale más a cuenta heredar que recibir en donación (por lo menos en Catalunya)
#87 A ver, la respuesta que yo de es la que a mi me da la gana dar. ¿Cual es la que se merece alguien que me acusa intentar engañar? Simplemente he dicho lo que YO hago y lo que YO voy a hacer. ¿Que me explica cómo son las cosas? Perdona, pero vivo en este mundo y tengo los cojones negros. No necesito que nadie venga a explicarme nada, porque sé perfectamente cómo son las cosas. De modo que a quien deberías recriminar es a quien viene aquí pensando que está dando clases magistrales y va acusando a los demás de intentar engañar, estafar, enfangar o lo que sea.
#64 Puede ser. De todas formas, visto que van a cobrar comisiones por simplemente tener cuenta en uno, quizá vaya haciendo sitio en el colchón de mi casa.
#99 Si, claro que tengo la piel muy fina o que me digan mentiroso o fulero esté mal. ¿No te parece? Lo que yo haga te parece irrelevante y a mi me parece perfecto que así sea, pero ¿No puedo decirlo? ¿Pretendes callarme la boca? En el mundo hay más gente además de mi, claro. más de 7 mil millones de personas, pero ¿Sabes qué? Que no están leyendo ni tu opinión, ni la mía. Otro que se piensa que está aquí pontificando al mundo.
#101 ¿Que no me han dicho mentiroso? Si esa persona no hubiera editado el comentario el insulto seguiría ahí. El muy cobarde primero insulta y luego lo edita para que no se vea.
¿En qué momento he intentado yo a ti callarte la boca? Muéstramelo, anda.
#84 Los herederos tienen derecho a consultar los movimientos anteriores de la cuenta del fallecido. Hay una circular del Banco de España. Lo curioso es que todos estos procedimientos no están regulados por ninguna ley, sino por los comunicados de buenas prácticas del Banco de España.
#91#114 creo que existe una forma de aceptación que se llama "a beneficio de inventario", y supone aceptarlo todo con la condición de que si hay saldo y deudas, el saldo cubra las deudas y, si sobra, te lo llevas, si falta, no tienes que pagar nada.
Crónica de una pequeña victoria con el Santander con cuentas de fallecidos.
Fallece mi suegra y su cuenta, donde estaba mi mujer de cotitular, queda congelada. Todo normal.
Llega el confinamiento, se paran los trámites registrales.
A punto de terminar el confinamiento, comisión de mantenimiento porque no había movimientos en la cuenta. (???)
Llamada a la oficina del banco. Que ellos no podían quitar la comisión, que era como una tarjeta que no usas y que por eso cobraban. Lo mismito, sin duda.
Tweet a Ana Patricia, a ver si ella consideraba normal cobrar comisiones en la cuenta bloqueada de un fallecido. Contacto al poco de Atención al Cliente para pedir más datos. Llamada de la oficina, diciendo que les habían llamado de muy arriba para que quitasen la comisión de inmediato.
#71 si y a mi me enseñaron que los coches se mueven porque tienen un motor. Pero no tenia ni pura idea de cómo era un motor, que pieza hacía cada función, que eran componentes críticos ni nada por el estilo.
#84 Por mucho que el encargado de la sucursal quiera trampear los números hay registros de los movimientos, y otro familiar estuvo avizor y vio que no cuadraban las fechas. El ladrón tenía acceso a las cuentas del fallecido por confianza.
Esta persona también entraba en casa del fallecido como Pedro por su casa, y nadie sabe lo que se llevó. Tenía llaves de su casa, también por confianza.
Mi consejo: si se muere un familiar, llamar inmediatamente al banco, y cerrar todo a cal y canto. O cambiar la cerradura, o algo así. O no tener familiares de dudosa moralidad. Eso ayuda.
Hasta que no te salpica, no te puedes creer que haya gente así.
#59 Si no me equivoco (por experiencia) los seguros de vida asociados a los créditos de la Caixa son por valor superior al crédito (ya que te lo haces deja algo para tus familiares) precisamente para que el crédito no se pierda.
#47
La herencia es lo que has ahorrado después de trabajar toda tu vida, haber pagado ya los impuestos por ganarlo, y que tu decides a quien se lo dejas.
La herencia pertenece al difunto.
A quien lo deja es decisión del difunto.
Quien hace el "acto" que provoca el impuesto (morirse), es el difunto.
El impuesto no es sobre el "recibir" si no sobre el "dar".
Es un impuesto sobre morirse y dejar tus bienes.
Es un saqueo a lo muertos, y profundamente injusto.
#52 No es igual que las donaciones, ni de coña, uno decide si quiere dar algo, pero no puede decidir si quiere morirse o no.
Un impuesto por morirte es como un impuesto por respirar, por la luz del sol, por tener gravedad, o por el simple hecho de existir, injusto a mas no poder, un robo, literalmente saquear a los muertos, aprovechar que te has muerto para robarte lo que has ganado y por ello ya pagaste los impuestos.
Decir que lo paga quien lo recibes es un eufemismo.
Los sinvergüenzas de la caixa son eso: unos grandes hijos de puta. Cuando os pase, no cerréis la cuenta: la solución es sacar el dinero y dejar la cuenta a 0. Cerrarla puede ser muy complejo cuando los herederos viven en sitios diferentes. Durante años vaciaron de la cuenta lo que había a base de una cuota de mantenimiento y pusieron mil excusas para no darnos los datos de los movimientos.
#17 ¿Y qué pasa si cuando voy a retirar el dinero el cajero del banco me mete un tiro en la pierna? Como con todo, cuando alguien comete una ilegalidad vas al juzgado y lo denuncias.
#75 Yo no digo que sea mágico, digo que es la alternativa que tienes. No pretenderás que un artículo de divulgación general entre a analizar todas las posibles ramificaciones en las que, durante la adjudicación de una herencia, alguien puede cometer una ilegalidad.
#40 el efecto Trump es otro ejemplo de por qué es conveniente el impuesto de sucesiones:
- hereda una fortuna de varios millones. De hecho, recibe porque de ello en vida
- con ello arruina muchos de sus negocios como casinos. Sus hoteles y campos de golf dan perdidas. Sospecho que patrocinar miss universo fue una decisión basada en términos no-financieros como entrar en los vestuarios.
- acostumbrado a salirse con la suya hacen lo que les da la gana con dinero: fraude de impuestos, fraude en su fundación "solidaria", fraude en la universidad Trump. Mientras puerta a inmigrantes que vienen su cuarto lo limpiaba una inmigrante ilegal.
- Como son ricos van diciendo "soy un gran hombre de negocios", "me lo he ganado trabajando" , "soy un ganador y lo que debe hacer la gente es trabajar como yo para llegar a lo alto'.
- financian grandes campañas ideológicas y compran periódicos no sea que los ciudadanos tengan sanidad pagada con los impuestos.
- Luego un millonario que tiene hoteles, vamos golf y otros negocios paga... 750$ al año. Posiblemente menos de lo paga un estudiante trabajando en una hamburguesería para pagar la universidad.
Pero oye ¡Que ese dinero ya ha pagado impuestos eh!
A ver, esto depende de cómo se lleven los herederos y el tema de la cárcel es en caso de que alguien denuncie por apropiación indebida, así que si no hay denuncia (y mejor si hay acuerdo entre los herederos), el sacar el dinero de la cuenta no implica esta denuncia ni delito. Y obviamente si no declaras esa cantidad en el ISD, te puede venir un palo. Se declara y punto.
Tras el fallecimiento de mi padre, con cuentas en 2 bancos, tuve que pagar 95 y 50 € por la tramitación de la testamentaría, la comisión esa que se han inventado porque los pobrecitos tienen que leer unos documentos notariales. Tengo claro que cuando fallezca mi madre, lo primero que haré será transferencia de todos los fondos a mis cuentas y dejarlas a cero. Luego, iré al banco con el certificado de defunción y te tienen que expedir, SIN COSTE ALGUNO porque es un certificado que te pide una administración del estado, el certificado de posiciones a la fecha de fallecimiento. Por tanto, ahí pondrá cuánto dinero había en las cuentas del fallecido a la fecha de fallecimiento y son las cantidades que hay que añadir a la masa hereditaria.
Luego, notaría, aceptación de herencia, pago del ISD y reparto entre herederos según la escritura de herencia y decirle al banco que adiós muy buenas. El "delito de sacar el dinero" es si algún heredero denuncia que se sacó dinero y no se incorporó en la masa hereditaria correctamente, así que este artículo es un poco asustaviejas. Y el de no pagar el ISD por esas cantidades, es obvio vamos. Pero nada dice que ese dinero no pueda estar "físicamente" en un lugar diferente de la cuenta del fallecido.
#90 "Que por cierto, el que recibe no ha hecho nada mas que existir para recibir ese dinero"
Exacto, quien ganó el dinero y pago los impuestos por ello, quien decidió a quien darlo, y quien "activó" el impuesto es el muerto. No tiene sentido decir que se aplica al receptor, pues este no ha hecho nada ni tomado ninguna decisión, no es el responsable por lo que NO SE LE DEBERÍA EXIGIR NADA, y el único argumento en contra es la envidia.
#57 Trabajo por ello el muerto y ya pagó sus impuestos. Y es quien tomó la decisión de a quien dárselo, fué el ejecutor y el responsable y por lo tanto a quien se aplica realmente el impuesto.
"...y sin haber trabajado por ellos..." Exacto, pura envidia, que si trabajara el muerto os importa una mierda.
Ya con ese o esos certificados y en su caso con las escrituras de propiedad, el notario hace la escritura de aceptación de herencia. A propósito que la broma nos va a costar, aproximadamente, el 1% del valor total de la herencia.
El siguiente paso es pagar los impuestos relacionados con la herencia. El importe varía según la comunidad autonómica.
Finalmente, los herederos sólo tendrían que volver al banco, presentar la escritura de aceptación así como el comprobante de pago de los correspondientes impuestos y recuperar lo que es suyo. Pero no...
AHORA VIENE LO QUE NO NOS EXPLICAN
De un tiempo aquí, lo bancos en su afán por robarnos se han sacado de la manga que no es suficiente con demostrar qué ese dinero que custodian es tuyo. Ahora dicen que tienen que hacer un ESTUDIO PARA LA ADJUDICACIÓN DE LA HERENCIA, que supone dos cosas:
1) que retienen tu dinero entre 2 y 4 meses, alegando que es el tiempo que tardan en su "estudio".
2) que te soplan entre 250 y 400 euros, dependiendo del banco, por el trabajo que supone dicho "estudio".
Una vez dan el visto bueno y descontada su comisión, proceden al pago. La sorpresa es que también te cobran el 0,4% de comisión por la transferencia del dinero, a no ser que tengas cuenta en la misma entidad.
Así es como funciona una herencia y así es como los bancos abusan aprovechándose de un trámite por el cual estamos obligados a pasar.
Mi padre (soltero) tuvo una mala racha antes de morir (por enfermedad). Pidió un préstamo personal de 10k€ a CaixaBank, del que le quedaban algo más de 6k por pagar.
Cuando les informé de la defunción les dejé claro que no había herederos porque lo único que había para heredar era su deuda. Ni cortos ni perezosos, se pusieron a llamar a todos y cada uno de sus familiares (hasta grado 3) de los que tenían datos de contacto, avisando de que podían emprender acciones legales contra ellos si no llegábamos a un acuerdo.
Al final se dieron por vencidos y pasaron a pedirme certificado de motivos de defunción para poder cobrar a través del seguro. Fue una pequeña victoria irrelevante, pero me quedé a gustísimo cuando les dije que podían ir ellos a pedirlo a ver si se lo daban, que yo no pensaba perder ni 1 segundo de mi vida para que ellos cobraran algo.
1. Pese a que se acuda al banco a notificar la muerte de un titular, la entidad no facilitará información sobre sus cuentas hasta que se proceda a la correcta repartición de la herencia --> Si no facilita la información ¿cómo demonios se va a repartir la herencia? . El banco debe emitir un certificado con el saldo a fecha de fallecimiento obligatoriamente para justificar el importe consignado en el modelo fiscal de sucesiones y además, nada impide que se pueda acceder por internet a la cuenta a consultar el saldo.
2. Por ejemplo, si había dos titulares y uno fallece, el otro cotitular puede disponer del 50% del dinero que haya en la cuenta. El resto correspondería a los herederos. --> Eso es el caso general pero las cotitularidad de las cuentas bancarias puede ser de tres tipos: solidaria, mancomunada y subordinada y se puede dar el caso que en una cuenta con dos titulares uno tenga una participación mayoritaria porque tiene más ingresos o porque así se ha dejado dispuesto.
Ahora lo conocemos cariñosamente como "el hijoputa".
Vamos que soy cootitular y veo que el otro va a morir voy y vacio la cuenta o media cuenta el dia antes. Y tachannn los herederos no se comen un rosco y ni pueden compbobar que paso eso sin meterse a juicios claro.
Y mira que lo que yo dejo está exento, por ruinoso. Pero aún así, que lo saquen primero y discutan después. Por ese orden.
Cuestión de principios.
En ningun sitio has pretendido callarme la boca, igual que yo tampoco lo pretendia. Solo te advertia de que eso no iba a pasar ... igual que me lo has advertido tu a mi.
Había sospechas de que la novia había estado sacando dinero en los últimos días de vida de una enfermedad terminal, así que mi novia pidió los movimientos de los últimos meses (amparados en una circular del Banco de España que dice que los herederos tienen derecho a pedir movimientos de un tiempo prudencial, hasta un año), y el banco se negaba, diciendo que en el momento de esos movimientos, ella no era heredera. Claro, no era heredera porque su padre aún no había muerto... así se las gastan...
Varias peleas con el banco para que hicieran lo que marca la ley. Un trabajador de mesa siguiendo las indicaciones de la directora de oficina, que quería hacer cosas que no se podían, y él intentando que tuviéramos compasión porque seguía órdenes. No, estoy viniendo informado, cada cosa que te pido te traigo la muestra de que tengo derecho a pedirla. No tienes que hacer caso a tu jefa si te está pidiendo hacer cosas ilegales.
Tuvimos que poner hojas de reclamaciones y amenazar con denuncias.
Al final se consiguió todo, pero eso, ni en esos momentos son capaces de seguir las cosas como son, siempre tienen que aportar su guindita, su toque personal...
Es como si en un bar pido y pago una cerveza y se la llevo a la mesa a un amigo y me apareciese un señor de Hacienda a reclamarle el IVA a mi amigo, yo diría que coño ya lo he pagado y el me diría que sí pero él no, y que más da si yo no me voy a beber la cerveza sino él? Si solo se va a consumir una vez porque se paga 2 veces?
Otra cosa sería que sacaras los 100k en billetes, pero mover tanto dinero en cash tiene sus inconvenientes.
Pero si, la banca es una cosa, siendo entidades privadas con ánimo de lucro, y los impuestos de sucesión van al gobierno. Mucha de la regulación sobre bancos es dirigida por el Banco de España, el banco central nacional y el supervisor del sistema bancario español junto al Banco Central Europeo, cuyo liderazgo es propuesto por el presidente del gobierno y aprobado por el rey, pero también esta la Agencia Tributaria estatal por otro lado.
Las herencias son un dinero que te cae sin haber hecho nada.
No recrimino a nadie, eres tu que tienes la piel muy fina, parece.
Efectivamente nuestras opiniones son irrelevantes y no pretendo callarte la boca ... y tampoco me la vas a callar tu a mi, desde luego.
"Basta con acudir a la Agencia Tributaria con los documentos que acredita a una persona como heredera para acceder a la información financiera buscada. 2-Demostrar ante el banco que se es heredero. Una vez se conoce dónde tiene la cuenta el fallecido, se debe justificar ante el banco la condición de herederos"
Lo que no sé yo es si cancelando una cuenta, hacienda podría averiguar el saldo... que ahora como están caninos igual buscan dinero bajo las piedras...
Después todo son lloros por las consecuencias de eso a gran escala.
Por contra que esté asumido por la CCAA, si es el caso, no es eximente de declararlo.
En el caso de los autorizados en ningún caso son propietarios del dinero de la cuenta ni pueden hacer uso de él para sí mismos, están autorizados a operar pero siempre en nombre del titular o titulares.
Si el titular ha fallecido no hay nada que operar en nombre del fallecido, el proceso en ese caso son las últimas voluntades, la herencia.
Y en el caso de varios titulares no es distinto a lo anterior aunque sea más complicado de dilucidar qué corresponde a quién.
En el caso de defunción de uno de los titulares el otro no tiene ningún derecho legal a retirar todo lo que haya en la cuenta, solo la parte que le corresponde.
El resto es evasión de impuestos.
Tú no estarás evadiendo impuestos, lo estarán haciendo quienes se apropien indebidamente de ese dinero.
Yo, si puedo, lo daré todo antes de morirme
A quienes se lo des estarán obligados a declararlo como donación y pagar el impuesto que corresponda, en caso contrario estarán también evadiendo impuestos.
Y cuando se usa la ironía hay que tener el valor de asumir las consecuencias de que no salga bien en vez de lloriquear por ello.
Y para muestra un botón: www.meneame.net/c/31405476
¿O no?
Aquí parece que todo lo que se recauda va a servicios sociales. No me lo puedo creer...
Los servicios que el estado proporciona no son privilegios, son resultado de las decisiones políticas tomadas por los "representantes".
Es ridículo jugársela cuando la herencia de un trabajador medio (vivienda, dinero, seguro de vida, coche...) no da lugar a pago, por la suma de exenciones y reducciones.
¿En qué momento he intentado yo a ti callarte la boca? Muéstramelo, anda.
He encontrado esta rápido, no sé si es la que yo consulté en su momento...
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Fallece mi suegra y su cuenta, donde estaba mi mujer de cotitular, queda congelada. Todo normal.
Llega el confinamiento, se paran los trámites registrales.
A punto de terminar el confinamiento, comisión de mantenimiento porque no había movimientos en la cuenta. (???)
Llamada a la oficina del banco. Que ellos no podían quitar la comisión, que era como una tarjeta que no usas y que por eso cobraban. Lo mismito, sin duda.
Tweet a Ana Patricia, a ver si ella consideraba normal cobrar comisiones en la cuenta bloqueada de un fallecido. Contacto al poco de Atención al Cliente para pedir más datos. Llamada de la oficina, diciendo que les habían llamado de muy arriba para que quitasen la comisión de inmediato.
Esta persona también entraba en casa del fallecido como Pedro por su casa, y nadie sabe lo que se llevó. Tenía llaves de su casa, también por confianza.
Mi consejo: si se muere un familiar, llamar inmediatamente al banco, y cerrar todo a cal y canto. O cambiar la cerradura, o algo así. O no tener familiares de dudosa moralidad. Eso ayuda.
Hasta que no te salpica, no te puedes creer que haya gente así.
La herencia es lo que has ahorrado después de trabajar toda tu vida, haber pagado ya los impuestos por ganarlo, y que tu decides a quien se lo dejas.
La herencia pertenece al difunto.
A quien lo deja es decisión del difunto.
Quien hace el "acto" que provoca el impuesto (morirse), es el difunto.
El impuesto no es sobre el "recibir" si no sobre el "dar".
Es un impuesto sobre morirse y dejar tus bienes.
Es un saqueo a lo muertos, y profundamente injusto.
Un impuesto por morirte es como un impuesto por respirar, por la luz del sol, por tener gravedad, o por el simple hecho de existir, injusto a mas no poder, un robo, literalmente saquear a los muertos, aprovechar que te has muerto para robarte lo que has ganado y por ello ya pagaste los impuestos.
Decir que lo paga quien lo recibes es un eufemismo.
¡Ay... la hipérbole!
- hereda una fortuna de varios millones. De hecho, recibe porque de ello en vida
- con ello arruina muchos de sus negocios como casinos. Sus hoteles y campos de golf dan perdidas. Sospecho que patrocinar miss universo fue una decisión basada en términos no-financieros como entrar en los vestuarios.
- acostumbrado a salirse con la suya hacen lo que les da la gana con dinero: fraude de impuestos, fraude en su fundación "solidaria", fraude en la universidad Trump. Mientras puerta a inmigrantes que vienen su cuarto lo limpiaba una inmigrante ilegal.
- Como son ricos van diciendo "soy un gran hombre de negocios", "me lo he ganado trabajando" , "soy un ganador y lo que debe hacer la gente es trabajar como yo para llegar a lo alto'.
- financian grandes campañas ideológicas y compran periódicos no sea que los ciudadanos tengan sanidad pagada con los impuestos.
- Luego un millonario que tiene hoteles, vamos golf y otros negocios paga... 750$ al año. Posiblemente menos de lo paga un estudiante trabajando en una hamburguesería para pagar la universidad.
Pero oye ¡Que ese dinero ya ha pagado impuestos eh!
Tras el fallecimiento de mi padre, con cuentas en 2 bancos, tuve que pagar 95 y 50 € por la tramitación de la testamentaría, la comisión esa que se han inventado porque los pobrecitos tienen que leer unos documentos notariales. Tengo claro que cuando fallezca mi madre, lo primero que haré será transferencia de todos los fondos a mis cuentas y dejarlas a cero. Luego, iré al banco con el certificado de defunción y te tienen que expedir, SIN COSTE ALGUNO porque es un certificado que te pide una administración del estado, el certificado de posiciones a la fecha de fallecimiento. Por tanto, ahí pondrá cuánto dinero había en las cuentas del fallecido a la fecha de fallecimiento y son las cantidades que hay que añadir a la masa hereditaria.
Luego, notaría, aceptación de herencia, pago del ISD y reparto entre herederos según la escritura de herencia y decirle al banco que adiós muy buenas. El "delito de sacar el dinero" es si algún heredero denuncia que se sacó dinero y no se incorporó en la masa hereditaria correctamente, así que este artículo es un poco asustaviejas. Y el de no pagar el ISD por esas cantidades, es obvio vamos. Pero nada dice que ese dinero no pueda estar "físicamente" en un lugar diferente de la cuenta del fallecido.
Exacto, quien ganó el dinero y pago los impuestos por ello, quien decidió a quien darlo, y quien "activó" el impuesto es el muerto. No tiene sentido decir que se aplica al receptor, pues este no ha hecho nada ni tomado ninguna decisión, no es el responsable por lo que NO SE LE DEBERÍA EXIGIR NADA, y el único argumento en contra es la envidia.
"...y sin haber trabajado por ellos..." Exacto, pura envidia, que si trabajara el muerto os importa una mierda.
Buitres.