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El magistrado de la Audiencia de Girona Daniel Varona rechaza, en un voto particular, la reducción de penas con el nuevo Código Penal porque la “voluntad” del Congreso y el Gobierno no era castigar con menos dureza los delitos sexuales.
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etiquetas: solo sí es sí , código penal , magistrado , audiencia , gerona , violacion
Para DaiTakara en #2: edit, no te había entendido.
Para VotaAOtros en #3: no es que "ahora hay que tener en cuenta la voluntad del Congreso". Es que es un criterio de interpretación establecido en el Código Civil:
Las normas se interpretarán según el sentido propio de sus palabras, en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos, y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquellas.
Lo cual no quiere decir, ojo, que el criterio teleológico deba ser absoluto. Pero simplemente indicarte que tener en cuenta la intención del legislador no es algo nuevo del feminismo sino que es más viejo que el cagar.
Dicho esto no creo que la intención del legislador en este caso deba primar sobre la interpretación amplia de la retroactividad favorable, en otros motivos porque el principio de legalidad es especialmente intenso en el ámbito penal.
Es decir: que aunque fuese notoria la intención del legislativo, no creo que baste para desvirtuar la amplitud de un principio no sólo constitucional sino de Derecho, que conforme el mismo CC informa a todo el ordenamiento jurídico.
Yo, como rojo feminista, estoy completamente a favor de interpretar siempre la retroactividad favorable de forma extensiva. Sean violaciones, desfalcos, usurpaciones, allanamientos o hurtos.
Pues nada, pongámosnos a revisar todas las leyes redactadas en época de Franco y apliquémoslas según la voluntad que podemos suponer que tenía el gobierno franquista.
Pese a reconocer que no solo discrepa de sus compañeros de Sala sino de muchas resoluciones del TSJ de Catalunya e incluso del Tribunal Supremo, el magistrado Varona advierte de la “interpretación equivocada” que, a su juicio, se está produciendo en los tribunales del principio jurídico consistente en aplicar el Código Penal más favorable al acusado.
Aquí se están mezclando casos de “te condeno a dos años pero en justicia debería ser menos” con “te condeno a dos años porque te mereces los 730 días de cárcel del primero al último “.
De nada.
Edito: por si te quedan dudas.
"“Si la voluntad del legislador no era castigar menos las agresiones sexuales, por mucho que ahora esto sea 'de facto posible', no se puede aplicar a hechos cometidos antes de su entrada en vigor”, argumenta el magistrado. El juez se apoya para defender su tesis en casos recientes resueltos por el Supremo que han denegado la rebaja de penas instada por un condenado manteniéndole los siete años de cárcel al considerar que su conducta delictiva también se podía castigar con la misma pena con la nueva norma."
De nada otra vez.
La próxima vez te lees el artículo entero.
Que ganas de culpar a los jueces en lo que se debe señalar a los políticos.
Te recuerdo que todo lo que ha pasado con la ley de Montero se hubiera evitado con una transitoria, como se ha hecho en otras ocasiones.
cualquier otra interpretación es simplemente reaccionaria y prevaricadora
Para DaiTakara en #2: edit, no te había entendido.
Para VotaAOtros en #3: no es que "ahora hay que tener en cuenta la voluntad del Congreso". Es que es un criterio de interpretación establecido en el Código Civil:
Las normas se interpretarán según el sentido propio de sus palabras, en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos, y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquellas.
Lo cual no quiere decir, ojo, que el criterio teleológico deba ser absoluto. Pero simplemente indicarte que tener en cuenta la intención del legislador no es algo nuevo del feminismo sino que es más viejo que el cagar.
Dicho esto no creo que la intención del legislador en este caso deba primar sobre la interpretación amplia de la retroactividad favorable, en otros motivos porque el principio de legalidad es especialmente intenso en el ámbito penal.
Es decir: que aunque fuese notoria la intención del legislativo, no creo que baste para desvirtuar la amplitud de un principio no sólo constitucional sino de Derecho, que conforme el mismo CC informa a todo el ordenamiento jurídico.
Yo, como rojo feminista, estoy completamente a favor de interpretar siempre la retroactividad favorable de forma extensiva. Sean violaciones, desfalcos, usurpaciones, allanamientos o hurtos.
“Si la voluntad del legislador no era castigar menos las agresiones sexuales, por mucho que ahora esto sea 'de facto posible', no se puede aplicar a hechos cometidos antes de su entrada en vigor”, argumenta el magistrado. El juez se apoya para defender su tesis en casos recientes resueltos por el Supremo que han denegado la rebaja de penas instada por un condenado manteniéndole los siete años de cárcel al considerar que su conducta delictiva también se podía castigar con la misma pena con la nueva norma.
No es difícil, se trata de leerse el artículo entero, y pensar un poco antes de comentar.
Lo que demuestra una vez más el corporativismo, la corrupción y la politización que hay entre uestros jueces.. se ataran a eso, pero creo que está visto que se aplique una cosa y otra depende exclusivamente del juez y para mí que se ha estado prevaricando
Pero de esto no espero un análisis ni de los medios, los jueces como cuerpo parecen blindados y no hay medio que les chiste, ni siquiera el ejecutivo que ya vemos cómo el PSOE se pliega a ellos aún intentando cambiar algo pero sin llegar a la crítica a pesar de que tienen secuestrado el poder en unas pocas manos
Quería precisar que eso es algo que siempre debe tenerse en cuenta.
Luego que los fachas son otros cuando bien se ve para dónde tiráis, a defender carcundias y por todos los lados porque lo importante debe ser joder a montero a Pablo o a belarra
Y si hace falta a las víctimas de violacones o de vida lencia de género que las den Pol culo. Así os veo
¿Ha habido rebajas de penas recurridas por la Fiscalía o la acusación particular y que hayan sido refrendadas (aprobadas) por el Supremo o han rechazado todas y cada una de las rebajas? Porque si han aprobado unas y rechazado otras es que va en función a cada condena.
La Constitución dice otra cosa.
Y luego se apoya en que el TS ha negado una rebaja de penas porque considera que no procede. ¿Donde está la polémica? Un hecho bastante normal.
No por ir contracorriente has de tener razón, y no veo a #12 como un fascista machista, que es como llamaban desde el Ministerio a todos los que opinaban como el.
La ley tenia buenas intenciones, pero termino siendo una cagada, y aun intentando respetar el espíritu del legislador priman los derechos del reo.
[...]
"El juez hace hincapié en diferenciar entre el principio de irretroactividad de la ley penal –no se puede condenar con leyes que no estaban vigentes en el momento de cometer el delito– y el principio de aplicar la ley penal más favorable en cada momento. Este segundo principio, recalca el magistrado, exige “ineludiblemente” que el poder legislativo haya cambiado la valoración de una conducta en el Código Penal para tratarla “de forma más benévola”."
Más adelante te explica porqué la nueva ley lo que hace es crear un nuevo delito razón por la cual la irretroactividad no tiene sentido.
twitter.com/penasdecentes/status/1658028709633302528?t=CROBBgIKVBTlzHd
Es inconstitucional la famosa disposición transitoria que dice que no hay que aplicar la nueva pena favorable si la anterior pena sigue siendo hoy legal, salvo que se interprete en el sentido reductivo de que solo es así si no hay un cambio de valoración legislativa.
"A" comete un homicidio (10 a 15 años) y se le impone la mínima de 10. El legislador decide bajar las penas (ya sé, un milagro) y el homicidio pasa a tener una pena de 5 a 10. Sería inconstitucional (ex 17.1 CE, libertad) no rebajarle la pena porque “sigue siendo legal”.
Obviamente es su opinión, no ley divina, pero concuerdo bastante con él.
Con que uno diga lo que quiero oír es suficiente, el resto se equivoca.
Un ejemplo en #2
Los recortes que he puesto lo explican claro, pero para más dudas, aquí está la raíz del argumento de este señor:
"El juez refuta que la pena mínima por agresión sexual tenga que ser de cuatro años de cárcel. La nueva ley, expone el magistrado, no ha cambiado dos tipos penales idénticos que sancionan una misma conducta, sino que ha unificado los abusos y las agresiones en un nuevo delito. Es decir, que se ha creado un nuevo delito que antes englobaba las conductas que constituían abuso y agresión sexual.
Los “malentendidos” que el cambio ha producido se podrían haber evitado, según el juez, si los políticos hubieran nombrado al nuevo delito “atentado sexual”, de forma que quedara claro que el tipo penal no recoge exactamente las conductas castigadas por la antigua agresión sexual."
Es decir: no deben rebajarse las penas porque el delito es distinto. Esos delitos no existen ya y se deben juzgar con la ley del momento en que fueron ejecutados. Los dos delitos desaparecen y aparece uno nuevo, que se llama como uno de los anteriores pero que no tiene las mismas características ya que engloba más cosas, por eso no es el mismo delito.
La ley es absoluta, pero es interpretativa: tanto su formulación, redacción como su interpretación son sesgadas por las personas que la tratan en cada caso. Por eso se dan debates, por eso son interesantes los puntos de vista, por eso es importante leer bien lo que dice cada uno para tomar partido y no entrar directamente a contradecir sin haber prestado atención a toda la argumentación.
Y creo que aquí se acaba el debate. Esto es lo que dice éste señor, que sabe más de leyes que yo, y no queda mucho lugar a la interpretación de sus palabras. ¿Estás o no de acuerdo con lo que él defiende? Sinceramente, me da igual. Esto es lo que dice él, y el debate lo deben tener entre juristas, pero sus argumentos parecen bastante consistentes por mucho que muchos juristas no estén de acuerdo. Mi único objetivo aquí es que se entendiera bien qué dice este señor.
Esos jueces que rebajan penas tienen nombre y apellido, como el que veía jolgorio en la violación de la manada.
Que no eran la mayoría ni la norma habitual, pero interesaba sacarlos en los medios.
Esto ya se ha discutido aquí más veces, los jueces no tienen que aplicar la ley cogiéndosela con papel de fumar por "interes propio" lo que tienen que hacer es aplicar la ley en virtud del espíritu de la misma, es decir, la “voluntad” del Congreso y el Gobierno no era castigar con menos dureza los delitos sexuales, si no cambiar el paradigma de como se juzgan estos delitos para futuros delitos.
En suecia precisamente cambiaron la ley y había hasta rebajas de condenas (siendo más amplias pero menores en cantidad de años) y NINGÚN juez se puso a revisar condenas anteriores precisamente por esto mismo
twitter.com/Proserpinasb/status/1658020781324918785
Si leen la noticia, se trata de un magistrado suplente (no es juez por oposición), profesor de derecho penal de la Universidad de Gerona, que ha publicado trabajos que abogan por "democratizar el derecho penal" para que su aplicación no dependa de los jueces, sino de la "gente"
El Diario manipulando a los lectores, qué sorpresa.
Ahora y siempre.
#8 ¿Tú si has visto muchas sentencias?
Lo de "la voluntad" suele aparecer bastante a menudo.
El de la noticia es el único juez de toda España que no es machista. Un erudito versado en leyes, no como el resto, que son todos unos zopencos. Machirulos sin mérito alguno, a los que les han embutido en el cargo a dedo. Algo así como si pusiéramos a una cajera de supermercado a cargo de un ministerio, vamos.
Si no sabes de qué te estoy hablando, mira la hemeroteca.
Si el uno no valía ni para limpiarse el culo, no me vale ahora que el del otro prácticamente marque doctrina.
En realidad el que de verdad sabe de todo eres tú, amigo.
Ellos si que saben.
Fuente: los datos oficiales, al final de la página puedes ver un pdf con las tablas del conteo www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Sala-de-Prensa/Archivo-de-
Me parece de coña que se pueda alegar que los legisladores no tenían voluntad de aligerar las penas para no aplicar un principio del ordenamiento jurídico.
Me es demasiado fácil pensar que muchos de los expertos en derecho consultados, malintencionadamente y en conspiración contra el Ministerio de Igualdad, ocultaron y disimularon el que esto podía pasar. Así, en connivencia con decenas de jueces, abogados y MassMierdas preparar el desastre que podía ocasionar esta reforma legislativa y magnificar el problema.
Me resulta todo tan extraño...
Ya lo he dicho.
Cada día leo absolutas cagadas en toda clase de leyes, pero no se hacen tan conocidas por tener menor relevancia social. Pero cagadas y errores que no te puedes imaginar cómo se les pasó por encima. Incluso en el Código Penal.
Reescribiendo la historia, volumen 3.
Se podia haber legislado mejor, si. Se podia no haber sacado a violadores de la carcel? Tambien.
La Constitución sólo dice que se prohíbe la retroactividad de las normas desfavorables, lo que no es exactamente lo mismo que obligar a la retroactividad de las favorables. Eso es una interpretación posterior del Tribunal Constitucional.
Además de eso, en concreto, el Código Penal sí que expresamente obliga a la retroactividad favorable.
Incluso comunidades autonomas que optaron por seguir la voluntad legislativa.
Doy por hecho que te interesa este asunto y no andas desinformado.
No comparto eso, de la misma forma que no comparto la contraria. Tampoco me chupo el dedo y sé que las críticas que se le hacen a esta reforma (yo el primero, desde hace años) se instrumentalizan por la oposición para desgastar al Gobierno y en concreto a Montero.
No, pero en serio: en temas penales como este sí que es una obligación legal. Y aunque sea una interpretación del TC lo de la Constitución, es tan asentado y pacífico que es como si estuviese escrito.
El tema es interpretar hasta dónde llega esa retroactividad favorable, como el caso.
#58 Gracias por traer un poco de luz en un asunto que me es totalmente opaco. Nos acogeremos de nuevo al principio de Hanlon: Nunca atribuyas a la maldad lo que se explica adecuadamente por la estupidez...
La última ley que me he leído, la de Subvenciones de Galicia, teniendo los años que tiene y con dos errores que nadie se ha molestado en corregir: en un punto habla de órgano avalador (que no existe) cuando es realmente órgano evaluador, y en otro tiene una redacción tan absolutamente confusa que en función de cómo lo leas puedes hacer algo completamente ilegal legal, o viceversa.
Para mí el tema de la violencia sexual tiene que abordarse desde muchos más ámbitos, es imposible que la ley lo resuelva por sí sola y parece que eso se le olvida a ambas partes con tanto grito punitivista...
Pero si el condenado pone un recurso y le reducen la pena, la acusación puede a su vez recurrir esa reducción a instancias superiores, que, de ser admitido, sí que "aumenta" la pena
Pues eso
Por otro lado, si la sumisión química no importaba, dudo que se buscara demostrarla en el juicio, así que eso falsea la comparación de aplicar una ley u otra en el caso de las revisiones.
Luego está lo de la categorización, que es harina de otro costal. Supongo que en algunos casos se están haciendo reducciones que corresponden y en otros sin que corresponda, pues estos últimos también han salido frecuentemente en la prensa.
La sumisión química es posible se intentase demostrar, en caso de haberla, pues aunque no se considerase explícitamente un agravante, se podría discutir que constituye el agravante de "víctima especialmente vulnerable por razón de edad, enfermedad o situación". Otra cosa es que se llegase a aplicar el agravante, o que pueda haber casos en los que no se molestasen en demostrarla por no tener encaje en la ley. En cualquier caso, y como en el caso anterior, la revisión de sentencia no consiste en rejuzgar el caso.
El tema de las reducciones, viendo lo similar que son el número de rebajas a grandes rasgos entre los distintos niveles judiciales (AP, TSJ y TS), que todos están rebajando alrededor de 1 de cada 3 casos, parece indicar que sencillamente es ese aproximadamente el porcentaje de casos a los que les corresponde rebaja. Veremos qué pasa con el pleno monográfico del 6 y 7 de junio, pero me extrañaría que el TS cambiase de manera de actuar ahora, cuando ha emitido tantas sentencias rebajando.
Lo que dice es que la voluntad de los jueces a la hora de interpretar esta ley no ha ido en consonancia con la voluntad del congreso a la hora de crearla.
Y eso a pesar de haberla firmado el ministerio de justicia y la abogacía del estado.
Modificar la ley significa, que la revisión que hicieron Margarita Robles y Grande Marlaska, entre otros jueces del psoe, no valió una mierda.
Puede que tenga que ver un poquito también, que el 80% de los jueces son conservadores, y un tercio del Opus.
Se acabará sabiendo la verdad sobre éstas decisiones...
Ya te digo yo que si la víctima fuese la hija del juez no rebajaría la pena.
Tampoco me hace falta ver el vídeo, ya he tenido suficientes descripciónes detalladas más precisas de lo deseable en todas las TV para sacar mis propias conclusiones.
De ellos sí ha salido más situaciónes similares, de la víctima, ni una sola que se le parezca... Para ti seguramente no, para mí tiene mayor credibilidad.
Ojalá todas las conversaciones y comentarios en este sitio fueran así.
Sobre que són la mayoría... Lo dices basándote en las noticias o tienes algo más sólido?
Porque si no se aplica lo que dice la ley sino lo que el juez cree que pudo haber querido quien la escribió...
Los datos oficiales del CGPJ, en sus 3 actualizaciones distintas, representativos de las actuaciones de TODOS los magistrados del país, hundidos por los negativos antes de tener la más mínima oportunidad de subir.
www.meneame.net/story/ascienden-721-rebajas-condenas-ley-solo-74-agres
www.meneame.net/story/datos-oficiales-tribunales-han-acordado-978-redu
www.meneame.net/story/reducciones-condena-agresores-sexuales-continuan
Esto es una cámara de eco (de ahí que llevemos 15 "años de linux como SO de escritorio"), señalar precisamente que el eco no es suficientemente fuerte por unos cuantos negativos es curioso cuanto menos.