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Un juez critica en una sentencia cómo se aplica el 'solo sí es sí': “El argumento de la rebaja de penas es engañoso”

Un juez critica en una sentencia cómo se aplica el 'solo sí es sí': “El argumento de la rebaja de penas es engañoso”

El magistrado de la Audiencia de Girona Daniel Varona rechaza, en un voto particular, la reducción de penas con el nuevo Código Penal porque la “voluntad” del Congreso y el Gobierno no era castigar con menos dureza los delitos sexuales.

| etiquetas: solo sí es sí , código penal , magistrado , audiencia , gerona , violacion
Comentarios destacados:                                  
#12 Uf. Por partes, porque esto afecta a la interpretación de las normas:

Para DaiTakara en #2: edit, no te había entendido.

Para VotaAOtros en #3: no es que "ahora hay que tener en cuenta la voluntad del Congreso". Es que es un criterio de interpretación establecido en el Código Civil:

Las normas se interpretarán según el sentido propio de sus palabras, en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos, y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquellas.

Lo cual no quiere decir, ojo, que el criterio teleológico deba ser absoluto. Pero simplemente indicarte que tener en cuenta la intención del legislador no es algo nuevo del feminismo sino que es más viejo que el cagar.

Dicho esto no creo que la intención del legislador en este caso deba primar sobre la interpretación amplia de la retroactividad favorable, en otros motivos porque el principio de legalidad es especialmente intenso en el ámbito penal.

Es decir: que aunque fuese notoria la intención del legislativo, no creo que baste para desvirtuar la amplitud de un principio no sólo constitucional sino de Derecho, que conforme el mismo CC informa a todo el ordenamiento jurídico.

Yo, como rojo feminista, estoy completamente a favor de interpretar siempre la retroactividad favorable de forma extensiva. Sean violaciones, desfalcos, usurpaciones, allanamientos o hurtos.
«12
  1. Pero este no sabe, los que de verdad valen son los opinologos de ARV, AR y de Risto.
  2. Es obvio, cualquier otra interpretación es simplemente reaccionaria y prevaricadora. Oh, casualidad, la marca de la casa España.
  3. Ah, bueno, que ahora hay que aplicar las leyes mal paridas teniendo en cuenta "la voluntad" del Congreso y el Gobierno que las malparió.

    Pues nada, pongámosnos a revisar todas las leyes redactadas en época de Franco y apliquémoslas según la voluntad que podemos suponer que tenía el gobierno franquista.
  4. #3 "Pues nada, pongámosnos a revisar todas las leyes paridas en época de Franco y apliquémoslas según la voluntad que podemos suponer que tenía el gobierno franquista." - ¿Cómo crees que se aplicaban y aplican ahora? En fin...
  5. Vamos que va por libre.

    Pese a reconocer que no solo discrepa de sus compañeros de Sala sino de muchas resoluciones del TSJ de Catalunya e incluso del Tribunal Supremo, el magistrado Varona advierte de la “interpretación equivocada” que, a su juicio, se está produciendo en los tribunales del principio jurídico consistente en aplicar el Código Penal más favorable al acusado.
  6. Hasta donde yo sé la ley "sólo si es si" unifica delitos y cambia las condenas, rebajandolas de 6 a 8 años a 4 (entre otras cosas)
  7. Tal como lo vendieron en su día yo lo veía lógico. Digamos que la pena mínima para una agresión sexual son dos años. Tienes a dos tíos condenados a dos años pero el del segundo en realidad no ha sido tan grave y hay circunstancias atenuantes, pero como la figura legal es la que es no lo podemos condenar a menos de dos años. Si se amplían las figuras legales se entiende que el segundo caso caería en otra y se condenaría a menos años, pero el primero seguiría condenado a dos años.

    Aquí se están mezclando casos de “te condeno a dos años pero en justicia debería ser menos” con “te condeno a dos años porque te mereces los 730 días de cárcel del primero al último “.
  8. #4 No se hace así. Pocos juzgados has recorrido y pocas sentencias has leído.
  9. #1 ¿Y el resto de jueces que han rebajado condenas tampoco saben? ¿Solo este es el que sabe?
  10. #8 "En una crítica a la interpretación que, de forma mayoritaria, están realizando los tribunales, el magistrado cree que los jueces han “olvidado” un aspecto fundamental a la hora de decidir que el nuevo Código Penal es más favorable a los acusados. Según el juez Varona, para poder adoptar este extremo hay que “probar” que el objetivo del legislador era sancionar con menos dureza las agresiones sexuales, algo que no ocurre con la ley del 'solo sí es sí'. “La voluntad legislativa sí es relevante cuando nos planteamos la aplicación retroactiva de una ley penal posterior”."

    De nada.

    Edito: por si te quedan dudas.

    "“Si la voluntad del legislador no era castigar menos las agresiones sexuales, por mucho que ahora esto sea 'de facto posible', no se puede aplicar a hechos cometidos antes de su entrada en vigor, argumenta el magistrado. El juez se apoya para defender su tesis en casos recientes resueltos por el Supremo que han denegado la rebaja de penas instada por un condenado manteniéndole los siete años de cárcel al considerar que su conducta delictiva también se podía castigar con la misma pena con la nueva norma."

    De nada otra vez.

    La próxima vez te lees el artículo entero.
  11. #2 Joder, si hasta este señor juez reconoce ir en contra de sus compañeros e instancias superiores.
    Que ganas de culpar a los jueces en lo que se debe señalar a los políticos.
    Te recuerdo que todo lo que ha pasado con la ley de Montero se hubiera evitado con una transitoria, como se ha hecho en otras ocasiones.
    cualquier otra interpretación es simplemente reaccionaria y prevaricadora
  12. Uf. Por partes, porque esto afecta a la interpretación de las normas:

    Para DaiTakara en #2: edit, no te había entendido.

    Para VotaAOtros en #3: no es que "ahora hay que tener en cuenta la voluntad del Congreso". Es que es un criterio de interpretación establecido en el Código Civil:

    Las normas se interpretarán según el sentido propio de sus palabras, en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos, y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquellas.

    Lo cual no quiere decir, ojo, que el criterio teleológico deba ser absoluto. Pero simplemente indicarte que tener en cuenta la intención del legislador no es algo nuevo del feminismo sino que es más viejo que el cagar.

    Dicho esto no creo que la intención del legislador en este caso deba primar sobre la interpretación amplia de la retroactividad favorable, en otros motivos porque el principio de legalidad es especialmente intenso en el ámbito penal.

    Es decir: que aunque fuese notoria la intención del legislativo, no creo que baste para desvirtuar la amplitud de un principio no sólo constitucional sino de Derecho, que conforme el mismo CC informa a todo el ordenamiento jurídico.

    Yo, como rojo feminista, estoy completamente a favor de interpretar siempre la retroactividad favorable de forma extensiva. Sean violaciones, desfalcos, usurpaciones, allanamientos o hurtos.
  13. #13, te lo repito, y pongo en copia a #5 que también lee como quiere:

    “Si la voluntad del legislador no era castigar menos las agresiones sexuales, por mucho que ahora esto sea 'de facto posible', no se puede aplicar a hechos cometidos antes de su entrada en vigor”, argumenta el magistrado. El juez se apoya para defender su tesis en casos recientes resueltos por el Supremo que han denegado la rebaja de penas instada por un condenado manteniéndole los siete años de cárcel al considerar que su conducta delictiva también se podía castigar con la misma pena con la nueva norma.

    No es difícil, se trata de leerse el artículo entero, y pensar un poco antes de comentar.
  14. #1 espero que sí se subieran apliquen el efecto retroactivo, no veo claro eso de beneficiar al preso a expensas de la sociedd cuando la sociedad hltendria que ir primero( que no tendría no porque al caerse necesariamente como se ha visto en más de una condena y aquí hay jueces que se nos mean en la cara) y a ver qué dicen los tertulianos de la derecha y diversos polla heridas que circulan por aquí

    Lo que demuestra una vez más el corporativismo, la corrupción y la politización que hay entre uestros jueces.. se ataran a eso, pero creo que está visto que se aplique una cosa y otra depende exclusivamente del juez y para mí que se ha estado prevaricando

    Pero de esto no espero un análisis ni de los medios, los jueces como cuerpo parecen blindados y no hay medio que les chiste, ni siquiera el ejecutivo que ya vemos cómo el PSOE se pliega a ellos aún intentando cambiar algo pero sin llegar a la crítica a pesar de que tienen secuestrado el poder en unas pocas manos :-|
  15. #12 Tú lo has dicho, un criterio de interpretación pero no el absoluto, ni debe primar sobre la interpretación amplia de la retroactividad favorable.
  16. #16 Correcto, sí. Coincidimos. Pero me pareció entender, como decías "ahora", que considerabas algo moderno o extraño atender a la intención del legislador.

    Quería precisar que eso es algo que siempre debe tenerse en cuenta.
  17. yo he visto ya bastantes condenas que no se han aplicado, incluso recuerdo haber puesto alguna, así que sí, tal vez dependa del juez que tiene bemoles que no se corte a la hora de soltar o rebajar a elementos, algo he dicho en un comentario anterior..

    Luego que los fachas son otros cuando bien se ve para dónde tiráis, a defender carcundias y por todos los lados porque lo importante debe ser joder a montero a Pablo o a belarra

    Y si hace falta a las víctimas de violacones o de vida lencia de género que las den Pol culo. Así os veo :-|
  18. #14 "El juez se apoya para defender su tesis en casos recientes resueltos por el Supremo que han denegado la rebaja de penas"

    ¿Ha habido rebajas de penas recurridas por la Fiscalía o la acusación particular y que hayan sido refrendadas (aprobadas) por el Supremo o han rechazado todas y cada una de las rebajas? Porque si han aprobado unas y rechazado otras es que va en función a cada condena.
  19. #5 En la mili tenemos una expresión para eso. "Hay que ver que bien desfila mi niño, que pena que todos los demás vayan con el paso cambiado y lo desluzcan".
  20. #14 Vamos lo que dice es que aunque se puedan rebajar las penas, no se debe aplicar a delitos anteriores.
    La Constitución dice otra cosa.

    Y luego se apoya en que el TS ha negado una rebaja de penas porque considera que no procede. ¿Donde está la polémica? Un hecho bastante normal.
  21. #5 Y cuando se recurra se vera si su opinion es la buena o la de sus compañeros.

    No por ir contracorriente has de tener razón, y no veo a #12 como un fascista machista, que es como llamaban desde el Ministerio a todos los que opinaban como el.

    La ley tenia buenas intenciones, pero termino siendo una cagada, y aun intentando respetar el espíritu del legislador priman los derechos del reo.
  22. #9. El "resto" de jueces sí sabe, lo que pasa es qie "interpretan" de otra forma. Y quizás interpretan así por la misma razón, por la voluntad del Congreso.
  23. #21 "Para el magistrado Varona no hay dudas: se puede seguir aplicando el Código Penal anterior a la ley del 'solo sí es sí' ya que la reforma no implica una rebaja automática en las penas de la que, constitucionalmente, deban beneficiarse los acusados. “El argumento de la supuesta rebaja de penas no es tal y es engañoso”, expone el juez en su voto particular concurrente, al que ha tenido acceso elDiario.es."

    [...]

    "El juez hace hincapié en diferenciar entre el principio de irretroactividad de la ley penal –no se puede condenar con leyes que no estaban vigentes en el momento de cometer el delito– y el principio de aplicar la ley penal más favorable en cada momento. Este segundo principio, recalca el magistrado, exige “ineludiblemente” que el poder legislativo haya cambiado la valoración de una conducta en el Código Penal para tratarla “de forma más benévola”."

    Más adelante te explica porqué la nueva ley lo que hace es crear un nuevo delito razón por la cual la irretroactividad no tiene sentido.
  24. #22 Eso es. Copio aquí lo que dijo precisamente hoy el exmagistrado del TC Lascurain sobre la interpretación de que "si el rango sigue estando comprendido no cabe retroactividad favorable"

    twitter.com/penasdecentes/status/1658028709633302528?t=CROBBgIKVBTlzHd

    Es inconstitucional la famosa disposición transitoria que dice que no hay que aplicar la nueva pena favorable si la anterior pena sigue siendo hoy legal, salvo que se interprete en el sentido reductivo de que solo es así si no hay un cambio de valoración legislativa.

    "A" comete un homicidio (10 a 15 años) y se le impone la mínima de 10. El legislador decide bajar las penas (ya sé, un milagro) y el homicidio pasa a tener una pena de 5 a 10. Sería inconstitucional (ex 17.1 CE, libertad) no rebajarle la pena porque “sigue siendo legal”.


    Obviamente es su opinión, no ley divina, pero concuerdo bastante con él.
  25. #19 "Después de la tormenta institucional desatada con su entrada en vigor, la ley del 'solo sí es sí' sigue suscitando un intenso debate jurídico. Los tribunales encargados de aplicar la nueva norma sobre los delitos contra la libertad sexual no emplean una plantilla genérica, sino que estudian caso por caso qué Código Penal usar en sus sentencias: el anterior a la reforma o el nuevo por ser más favorable para el acusado."
  26. #9 Esto es como el experto que dice que no hay cambio climático.
    Con que uno diga lo que quiero oír es suficiente, el resto se equivoca.
    Un ejemplo en #2
  27. #26 Pues precisamente. No hay una jurisprudencia que determine que haya que rechazar las rebajas de condenas basándose en la intención del legislador, así que decir que el TS ha rechazado algunas no es argumento para nada.
  28. #28 Yo te digo lo que pone en el artículo, que está bastante bien explicado. Yo no soy abogado, ni juez, ni nada similar. Lo que sí soy es una persona con capacidad de comprender lo que leo (al menos en la mayoría de las ocasiones). ¿Por qué digo esto? Yo contesté comentarios que parecían no acabar de entender lo que dice el artículo. Como puedes ver, me he limitado a copiar y pegar partes del artículo y resaltarlas en negrita. La mitad de los argumentos en contra de la visión de éste juez están tratados y desmontados en el propio artículo, pese a eso, la gente los dice aquí: o bien no han leído, o no han leído bien, o no entienden lo que leen.

    Los recortes que he puesto lo explican claro, pero para más dudas, aquí está la raíz del argumento de este señor:

    "El juez refuta que la pena mínima por agresión sexual tenga que ser de cuatro años de cárcel. La nueva ley, expone el magistrado, no ha cambiado dos tipos penales idénticos que sancionan una misma conducta, sino que ha unificado los abusos y las agresiones en un nuevo delito. Es decir, que se ha creado un nuevo delito que antes englobaba las conductas que constituían abuso y agresión sexual.

    Los “malentendidos” que el cambio ha producido se podrían haber evitado, según el juez, si los políticos hubieran nombrado al nuevo delito “atentado sexual”, de forma que quedara claro que el tipo penal no recoge exactamente las conductas castigadas por la antigua agresión sexual."

    Es decir: no deben rebajarse las penas porque el delito es distinto. Esos delitos no existen ya y se deben juzgar con la ley del momento en que fueron ejecutados. Los dos delitos desaparecen y aparece uno nuevo, que se llama como uno de los anteriores pero que no tiene las mismas características ya que engloba más cosas, por eso no es el mismo delito.

    La ley es absoluta, pero es interpretativa: tanto su formulación, redacción como su interpretación son sesgadas por las personas que la tratan en cada caso. Por eso se dan debates, por eso son interesantes los puntos de vista, por eso es importante leer bien lo que dice cada uno para tomar partido y no entrar directamente a contradecir sin haber prestado atención a toda la argumentación.

    Y creo que aquí se acaba el debate. Esto es lo que dice éste señor, que sabe más de leyes que yo, y no queda mucho lugar a la interpretación de sus palabras. ¿Estás o no de acuerdo con lo que él defiende? Sinceramente, me da igual. Esto es lo que dice él, y el debate lo deben tener entre juristas, pero sus argumentos parecen bastante consistentes por mucho que muchos juristas no estén de acuerdo. Mi único objetivo aquí es que se entendiera bien qué dice este señor.
  29. #9 el que sabe, Saba.
    Esos jueces que rebajan penas tienen nombre y apellido, como el que veía jolgorio en la violación de la manada.
    Que no eran la mayoría ni la norma habitual, pero interesaba sacarlos en los medios.
  30. #1 #2 Claro, el voto particular de este tiene más valor que el de sus dos compañeros que sentencian en base a la nueva ley, es que esos no saben. Y tampoco el TSJ que tiene por encima. Y tampoco el TS. Solo saben los que emiten voto particular aplicando manifiestamente la gradación antigua a un código actual que no la contiene, pese a tener ya jurisprudencia en contra de dicha interpretación.
  31. #9 Sí saben, lo que hacen es sabotearla.

    Esto ya se ha discutido aquí más veces, los jueces no tienen que aplicar la ley cogiéndosela con papel de fumar por "interes propio" lo que tienen que hacer es aplicar la ley en virtud del espíritu de la misma, es decir, la “voluntad” del Congreso y el Gobierno no era castigar con menos dureza los delitos sexuales, si no cambiar el paradigma de como se juzgan estos delitos para futuros delitos.

    En suecia precisamente cambiaron la ley y había hasta rebajas de condenas (siendo más amplias pero menores en cantidad de años) y NINGÚN juez se puso a revisar condenas anteriores precisamente por esto mismo
  32. Hostiassss, el comando AntiPodemos cuanto cobra por hundir la noticia...? Se nota que pagan bien. xD xD xD xD xD xD xD
  33. #33 De verdad hablas del comando AntiPodemos tildando de poco relevante una noticia concreta sobre el voto particular de un magistrado en una sentencia a nivel provincial? Te das cuenta que los datos oficiales sobre este tipo de actuaciones han sido sistemáticamente negativizados, no? Y eso siendo los datos agregados de miles de sentencias en todos los estamentos judiciales, no la particularización de un juez que emite voto contrario al del resto de magistrados de dicho caso.
  34. #1 Ya están los magistrados de Menéame votando negativo muy fuerte
  35. #15 La Constitucion impide que se puedan aumentar las penas con efecto retroactivo. Se pueden reducir, pero no aumentar
  36. #23 no es cuestión de interpretar es que cada juicio es distinto, que para eso hay jueces, si todo fuera igual, no haría falta ni leyes
  37. Pues resulta que no es juez, es un magistrado suplente, y tiene ya un historial de idas de olla importantes.

    twitter.com/Proserpinasb/status/1658020781324918785
    Si leen la noticia, se trata de un magistrado suplente (no es juez por oposición), profesor de derecho penal de la Universidad de Gerona, que ha publicado trabajos que abogan por "democratizar el derecho penal" para que su aplicación no dependa de los jueces, sino de la "gente"

    El Diario manipulando a los lectores, qué sorpresa.
  38. #35 o positivo, están el ala conservador y el ala progresista, a ver cuál es más tonto
  39. #3 Ah, bueno, que ahora hay que aplicar las leyes mal paridas teniendo en cuenta "la voluntad" del Congreso y el Gobierno que las malparió.

    Ahora y siempre.

    #8 ¿Tú si has visto muchas sentencias?
    Lo de "la voluntad" suele aparecer bastante a menudo.
  40. #27 Las dos cosas pueden ser verdad. La ley puede estar mal hecha y ciertas personas lo aprovechan para hacer política (soltando a violadores) dejando claro que es lo que les importa más.
  41. #1 Dijo el opinologo...
  42. #31 a ver si va a ser que los casos de reducción al llegar al TSJ lo tumbaban la mayoría de ellas...
  43. En el caso de la sentencia, siempre ha de prevalecer la opción más favorable al acusado, es decir, la pena menor, que en este caso, es la del 'si es sí', creo que incluso está en la propia constitución.
  44. #9 en lo que respecta a los borregos ideológicos, la respuesta es: NO.

    El de la noticia es el único juez de toda España que no es machista. Un erudito versado en leyes, no como el resto, que son todos unos zopencos. Machirulos sin mérito alguno, a los que les han embutido en el cargo a dedo. Algo así como si pusiéramos a una cajera de supermercado a cargo de un ministerio, vamos.
  45. #1 el voto particular de este tiene el mismo valor que el voto particular del de la manada.
    Si no sabes de qué te estoy hablando, mira la hemeroteca.
    Si el uno no valía ni para limpiarse el culo, no me vale ahora que el del otro prácticamente marque doctrina.
    En realidad el que de verdad sabe de todo eres tú, amigo.
  46. #42 a diferencia, yo soy un don nadie en MNN que no puede crear una tendencia de opinión, no cómo los tertulistos que te crean una cuenta en Granadillas o censuran periodistas de medios de comunicación públicos. :tinfoil:
    Ellos si que saben. 8-D
  47. Si solo se pudiese saber las llamadas que habrán recibido los jueces conservadores por las noches pidiéndoles que rebajen las condenas por parte de los políticos con los que comen juntos.
  48. Engañoso es el diario de escolar.
  49. #43 Eso que dices no es verdad: los TSJ han rebajado más condenas de las reducciones que han revocado: en total 118 más, pues la metodología del CGPJ deduce cuando se revoca una rebaja de condena, y adiciona cuando se revisa directamente o se revoca la denegación previa. En total, y atendiendo solo a los TSJ que dan datos completos de revisiones y rebajas, los TSJ rebajan pena en un 27,7% de los casos, porcentaje extremadamente similar al de las Audiencias Provinciales.

    Fuente: los datos oficiales, al final de la página puedes ver un pdf con las tablas del conteo www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Sala-de-Prensa/Archivo-de-
  50. #11 las dos cosas son ciertas: el estamento judicial es activamente beligerante con opciones políticas diferentes a sus preferencias y la ministra ha demostrado con este caso su ineptitud
  51. #32 los jueces no revisan casos anteriores porque estén aburridos, lo hacen porque los condenados solicitan su revisión con ocasión de que se puede aplicar una nueva ley que les resulte beneficiosa.
    Me parece de coña que se pueda alegar que los legisladores no tenían voluntad de aligerar las penas para no aplicar un principio del ordenamiento jurídico.
  52. #41 Cuando la gran mayoría de jueces la aplica de una forma y una minoría de otra, es mas fácil que la minoría sea la que va en contradirección. Lo mismo los que hacen política son la minoría que la aplica de forma torticera
  53. #12 A mi lo que me sorprende es que ninguno de los decenas de asesores legales a los que recurrió el Ministerio de Igualdad, ni tampoco los Abogados del Estado que revisaron la ley, llegase fácilmente a la conclusión que tu has llegado e hiciese saltar la alarma.

    Me es demasiado fácil pensar que muchos de los expertos en derecho consultados, malintencionadamente y en conspiración contra el Ministerio de Igualdad, ocultaron y disimularon el que esto podía pasar. Así, en connivencia con decenas de jueces, abogados y MassMierdas preparar el desastre que podía ocasionar esta reforma legislativa y magnificar el problema.

    Me resulta todo tan extraño...
  54. #1 Carmena sabe? O esta vez no?
  55. #9 El resto de jueces tenian la opcion de interpretar, como este, favoreciendo a delincuentes o favoreciendo a las victimas y a la voluntad legislativa. Y decidieron, vaya que si.
  56. Aquí se habla mucho de "jueces" en españa, el 54% de la judicatura son mujeres. Si hay que generalizar, que digan "juezas" o, al menos, "jueces y juezas". Para algo en lo que somos más...
    Ya lo he dicho.
  57. #54 No creo en nada de eso. Pienso en simple descoordinación. El proceso de elaboración de proyectos de ley regulado si mal no recuerdo en la 50/1997 es lioso y tan enredado de dictámenes preceptivos que no es infrecuente que se salten cosas.

    Cada día leo absolutas cagadas en toda clase de leyes, pero no se hacen tan conocidas por tener menor relevancia social. Pero cagadas y errores que no te puedes imaginar cómo se les pasó por encima. Incluso en el Código Penal.
  58. #53 Que mundo mas bonito ese donde los que eligen no soltar a violadores son los torticeros y los que si, podiendo no hacerlo, unos profesionales.

    Reescribiendo la historia, volumen 3.
  59. #54 a mí ya no es que me sorprenda eso, es que me sorprende que no hicieran caso ni al cgpj ni a las asociaciones de juristas que les advirtieron que esto iba a pasar y que como "defensa" sólo emprendan una huida hacia delante con el "machistas todos menos yo"
  60. #52 Pues basicamente, como ya se ha explicado, porque era el modus operandi de como se venia legislando. Hasta que llego esta ley, claro.

    Se podia haber legislado mejor, si. Se podia no haber sacado a violadores de la carcel? Tambien.
  61. #25 Desde mi total ignorancia: ¿no crees que muchas de las reducciones de pena que se han dado se han producido sin considerar los nuevos supuestos y agravantes? Había jueces que hablaban de una fórmula para la reducción, equiparando la condena mínima por agresión a la condena mínima actual que incluye lo que antes eran agresión y abuso. Para mí eso es trabajo de brocha gorda.
  62. #44 Curiosamente sí y no. Deriva realmente de una interpretación a contrario sensu que hizo el Tribunal Constitucional.

    La Constitución sólo dice que se prohíbe la retroactividad de las normas desfavorables, lo que no es exactamente lo mismo que obligar a la retroactividad de las favorables. Eso es una interpretación posterior del Tribunal Constitucional.

    Además de eso, en concreto, el Código Penal sí que expresamente obliga a la retroactividad favorable.
  63. Eeeeh, sabes que hay muchos mas.

    Incluso comunidades autonomas que optaron por seguir la voluntad legislativa.

    Doy por hecho que te interesa este asunto y no andas desinformado.
  64. #62 ¡También, también! Muy agudo. Completamente. Ni lo uno ni lo otro. Hay reducciones de pena muy de brocha gorda, porque el cambio no fue sólo cuantitativo sino cualitativo y no siempre se corresponden a la perfección los tipos anterior y posterior.

    No comparto eso, de la misma forma que no comparto la contraria. Tampoco me chupo el dedo y sé que las críticas que se le hacen a esta reforma (yo el primero, desde hace años) se instrumentalizan por la oposición para desgastar al Gobierno y en concreto a Montero.
  65. #63 Entonces por un lado es cuestión de interpretación pero siempre teniendo en cuenta favorecer al condenado con la pena más suave.
  66. #59 Lo mismo unos aplican las leyes y otros hacen política. Qué se yo, si se hace una ley donde se rebaja la pena de violadores, el juez debe aplicar dicha ley.
  67. #66 Todo es cuestión de interpretación :-D

    No, pero en serio: en temas penales como este sí que es una obligación legal. Y aunque sea una interpretación del TC lo de la Constitución, es tan asentado y pacífico que es como si estuviese escrito.

    El tema es interpretar hasta dónde llega esa retroactividad favorable, como el caso.
  68. #60 Justo había leído lo contrario, que CGPJ y asociaciones de juristas le dijeron lo contrario, que eso no iba a pasar.

    #58 Gracias por traer un poco de luz en un asunto que me es totalmente opaco. Nos acogeremos de nuevo al principio de Hanlon: Nunca atribuyas a la maldad lo que se explica adecuadamente por la estupidez...
  69. #69 Completamente. En serio, échale un ojo a la ley 50/1997. Hay tantos controles, informes y planes anuales normativos que hace un efecto contrario; es como en un equipo de tantas personas encargadas de algo que al final todas dan por hecho que otro se encargará de pulirlo después.

    La última ley que me he leído, la de Subvenciones de Galicia, teniendo los años que tiene y con dos errores que nadie se ha molestado en corregir: en un punto habla de órgano avalador (que no existe) cuando es realmente órgano evaluador, y en otro tiene una redacción tan absolutamente confusa que en función de cómo lo leas puedes hacer algo completamente ilegal legal, o viceversa.
  70. #65 Claro, con tanta gente implicada tirando de la carreta para su lado y tanto ruido mediático a veces nos olvidamos de la particularidad de los casos y solo se oyen ecos de que se está haciendo esto o lo otro en lugar de poder reflexionar tranquilamente sobre el tema y ver hacia dónde queremos ir.

    Para mí el tema de la violencia sexual tiene que abordarse desde muchos más ámbitos, es imposible que la ley lo resuelva por sí sola y parece que eso se le olvida a ambas partes con tanto grito punitivista...
  71. #62 A ver, lo de "los nuevos supuestos y agravantes" es una cosa que se lanza, pero no es tal. En el tipo agravado definido en el artículo 180 aparecen dos supuestos nuevos: ser pareja de la víctima y la sumisión química. Esos son los nuevos agravantes, ni más ni menos. En los casos en los que se den estas circunstancias, no se rebajará pena, pues la nueva ley no sería más beneficiosa para el reo, pues en esta el delito encajaría en el tipo agravado y no en el básico. El problema es que estos agravantes no son relevantes en la mayor parte de casos, aunque desde ciertos partidos se quiera decir que "aplican mal la ley porque no aplican los nuevos agravantes", cuando saben perfectamente que no tiene absolutamente nada que ver con eso.
  72. #34 ¿ Acaso es falso que existe ese comando ? ¿ Acaso he votado irrelevante ? Menuda chapa me das.
  73. #36 estás hablando de un cambio de ley, que efectivamente es así.

    Pero si el condenado pone un recurso y le reducen la pena, la acusación puede a su vez recurrir esa reducción a instancias superiores, que, de ser admitido, sí que "aumenta" la pena
  74. #73 No es cuestión de que exista o no: es cuestión de que quejarse sobre la actuación de dicho comando, por unos pocos votos de irrelevante a una noticia de un voto particular de un juez suplente es cuanto menos ridículo, existiendo el comando "pro-podemos", que ha tumbado las noticias sobre los datos de TODA la judicatura. Siguiendo tu razonamiento, ahí sí que deben pagar bien!
  75. #52 Es que era como se venía haciendo, ahora de repente no vale porque "patatas"

    Pues eso
  76. #9 sólo tienes que ver a la ralea ultra que vota negativo por sistema todos los envíos sobre reducciones de condenas, y aquí están zurrándose la sardina porque hay un juez que (más o menos) les dice lo que quieren oír
  77. #72 En algunos casos no se aplicaron desde el principio, en eso tienes razón, como alguno que ha salido no sé si de abuso o violación incestuosa de un padre a una hija.

    Por otro lado, si la sumisión química no importaba, dudo que se buscara demostrarla en el juicio, así que eso falsea la comparación de aplicar una ley u otra en el caso de las revisiones.

    Luego está lo de la categorización, que es harina de otro costal. Supongo que en algunos casos se están haciendo reducciones que corresponden y en otros sin que corresponda, pues estos últimos también han salido frecuentemente en la prensa.
  78. #78 Es que eso es más complicado: si un agravante existente no se aplicó en sentencia original, es que no se consideró probado. Ahí está por ejemplo ese caso que mencionas en el que no se aplicó el agravante de prevalimiento en el abuso sexual de una hija: si no se aplicó en su día existiendo, no se puede aplicar ahora en revisión, y el por qué de su no aplicación queda en mano de los magistrados originales, así como las partes, que tenían capacidad para recurrir. Sus motivos tendrían, pero no pueden ahora rejuzgar el caso.

    La sumisión química es posible se intentase demostrar, en caso de haberla, pues aunque no se considerase explícitamente un agravante, se podría discutir que constituye el agravante de "víctima especialmente vulnerable por razón de edad, enfermedad o situación". Otra cosa es que se llegase a aplicar el agravante, o que pueda haber casos en los que no se molestasen en demostrarla por no tener encaje en la ley. En cualquier caso, y como en el caso anterior, la revisión de sentencia no consiste en rejuzgar el caso.

    El tema de las reducciones, viendo lo similar que son el número de rebajas a grandes rasgos entre los distintos niveles judiciales (AP, TSJ y TS), que todos están rebajando alrededor de 1 de cada 3 casos, parece indicar que sencillamente es ese aproximadamente el porcentaje de casos a los que les corresponde rebaja. Veremos qué pasa con el pleno monográfico del 6 y 7 de junio, pero me extrañaría que el TS cambiase de manera de actuar ahora, cuando ha emitido tantas sentencias rebajando.
  79. #30 No puedo opinar de algo que no he visto.
  80. #9 no se trata de saber, se trata de intenciones.

    Lo que dice es que la voluntad de los jueces a la hora de interpretar esta ley no ha ido en consonancia con la voluntad del congreso a la hora de crearla.

    Y eso a pesar de haberla firmado el ministerio de justicia y la abogacía del estado.

    Modificar la ley significa, que la revisión que hicieron Margarita Robles y Grande Marlaska, entre otros jueces del psoe, no valió una mierda.
  81. #2 #5 #6 #9
    Puede que tenga que ver un poquito también, que el 80% de los jueces son conservadores, y un tercio del Opus.

    Se acabará sabiendo la verdad sobre éstas decisiones...
  82. #9 Los dos saben. Esto lo que demuestra es que cada Juez usa la flexibilidad que le otorgan las leyes como les parece, y que la rebaja no se debe a la ley, si no al juez.
  83. #37 Claro que es cuestión de interpretar
  84. #61 es que un juez no puede no aplicar la ley cuando no esté de acuerdo con ella. Su única potestad es hacer una petición al gobierno exponiendo justificadamente sobre su modificación o derogación.
  85. #76 En derecho penal (actual) siempre se ha aplicado la irretroactividad de las leyes con la excepción de las que sean más favorables al reo. No se a que te refieres.
  86. #53 ¿Dónde pone que la mayoría de jueces la aplica de rebajando las penas?

    Ya te digo yo que si la víctima fuese la hija del juez no rebajaría la pena.
  87. #59 No claro, el juez va a hacer lo que quedé mejor de cara a la galería basando en resquicios o interpretaciones no lo que implique la descripción de la ley de forma más clara. Menudas garantías tenemos entonces. La ley tiene que estar correctamente redacta y hecha si los jueces tienen que "adivinar" las intenciones de los legisladores y buscar resquicios interpretativos, mal vamos.
  88. #48 Claro, porque solo han sido jueces conservadores los que han rebajado penas; lo han sido de todos los colores.
  89. Los jueces que rebajan penas en estos casos lo hacen porque pueden y porque quieren, no porque les obligue la ley.
  90. #80 bueno, cuando a alguien se le pone mediante sustancias en modo "trapo" para hacer un 5 contra una... No se yo si llamarlo jolgorio es lo más apropiado.
    Tampoco me hace falta ver el vídeo, ya he tenido suficientes descripciónes detalladas más precisas de lo deseable en todas las TV para sacar mis propias conclusiones.
    De ellos sí ha salido más situaciónes similares, de la víctima, ni una sola que se le parezca... Para ti seguramente no, para mí tiene mayor credibilidad.
  91. #75 Yo me he forrado. Voy por el tercer chalé.
  92. #12 @PasaPollo, me encantan tus comentarios, siempre informativos, razonados y sosegados. Llevo ya tiempo leyéndolos y quería decirte que me parecen de lo mejor de meneame :hug:
    Ojalá todas las conversaciones y comentarios en este sitio fueran así.
  93. ¿El único juez que ha revisado no bajando la condena? En la mayor parte de las revisiones no se baja la pena.
  94. #77 Al revés, se vota negativo los envíos en los que no se rebajan las condenas. Esta misma noticia sirve de ejemplo.
  95. #53 Lo primero que he dicho es que la ley puede estar mal hecha. Pero que una cosa no quita la otra.

    Sobre que són la mayoría... Lo dices basándote en las noticias o tienes algo más sólido?
  96. #84 no, es cuestión que la ley fue una cagada, luego puedes venir interpretar si mucho o poco, o si la cagada te sabe bien
  97. El juez está un poco confundido. Desde cuándo hay que tener en cuenta lo que quería el Congreso y NO LO QUE TERMINÓ LEGISLANDO.
    Porque si no se aplica lo que dice la ley sino lo que el juez cree que pudo haber querido quien la escribió...
  98. #95 Qué ejemplo más malo: una noticia sobre un magistrado suplente emitiendo un voto particular en un caso a nivel de Audiencia Provincial llega a portada pese a tener un valor nulo en cuanto a lo representativa que es de la situación. Y claro, una vez en portada cobra una visibilidad tremenda, lo que le otorga unos cuantos negativos más (bastante justificados, dado lo irrelevante de un voto particular entre miles de sentencias).
    Los datos oficiales del CGPJ, en sus 3 actualizaciones distintas, representativos de las actuaciones de TODOS los magistrados del país, hundidos por los negativos antes de tener la más mínima oportunidad de subir.
    www.meneame.net/story/ascienden-721-rebajas-condenas-ley-solo-74-agres
    www.meneame.net/story/datos-oficiales-tribunales-han-acordado-978-redu
    www.meneame.net/story/reducciones-condena-agresores-sexuales-continuan

    Esto es una cámara de eco (de ahí que llevemos 15 "años de linux como SO de escritorio"), señalar precisamente que el eco no es suficientemente fuerte por unos cuantos negativos es curioso cuanto menos.
  99. #93 Gracias salao
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