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La justicia reconoce como ‘Accidente de Trabajo’ la muerte de un camarero en Cuenca tras recibir la carta de despido

La justicia reconoce como ‘Accidente de Trabajo’ la muerte de un camarero en Cuenca tras recibir la carta de despido

En una decisión judicial sin precedentes, el Juzgado de lo Social nº 1 de Cuenca ha declarado como ‘accidente de trabajo’ la muerte por infarto de un camarero de Cuenca, ocurrida minutos después de recibir en su domicilio la carta de despido enviada por su empresa. Las sentencias, ya firmes, representan un avance significativo en la interpretación de los derechos laborales y proporcionarán beneficios económicos sustanciales para la viuda y los dos hijos huérfanos del trabajador.

| etiquetas: accidente de trabajo , infarto , carta de despido , muerte , justicia
Comentarios destacados:                
#1 me parece lo correcto ya que aún seguía como trabajador de la empresa; él no había firmando ni el finiquito
  1. me parece lo correcto ya que aún seguía como trabajador de la empresa; él no había firmando ni el finiquito
  2. #1 sin contar la posible relación entre la carta y el infarto. Si no es un accidente creado por movitos laborales, ya no sé que pensar.
  3. SPAM de Medios y Redes.
    www.meneame.net/user/nomeves/history
    Es decir, el conjunto de blogs y diarios de Castilla la Mancha:
    www.mediosyredes.com/medios-digitales/
    tienda.mediosyredes.com/categoria-producto/diarios/
  4. #1 #2 No lo veo tan fácil. Estaba en casa, por tanto no trabajando (veo difícil que un camarero ponga cafés desde casa) y además de baja laboral. Yo mismo teletrabajo y no creo que, fuera de mi horario laboral, me vayan a dar como accidente de trabajo algo así.

    Ojo, que no niego la muy probable relación entre la carta y el infarto, pero tan, tan claro como para decir que es accidente laboral tampoco lo veo.
  5. #3 Últimamente veo a mucha gente diciendo que otros, que envian muchas noticias de diversas fuentes, hacen spam porque envian muchas de una fuente en concreto.

    Entiendo el concepto de SPAM si se trata de una página personal que alguien quiere hacer "famosa", pero no entiendo la persecución cuando el usuario envia noticias de diversas fuentes (jotdown, xataka, noticias.ai, revistacloud...) y también envia de un medio de gran difusión que trata temas que le interese (diariodelamancha.com en este caso) pero separados en el tiempo, no haciendo bombing diario.

    En todo el més de diciembre ha enviado 4 noticias de esa fuente de 9 noticias enviadas...

    Enviar 9 noticias en un mes no es SPAMear, enviar 4 de un medio general (no propio) en un mes no es spamear.

    ¿Crees que alguien cobraría dinero por enviar 4 (4!) noticias en un mes? ¿no es más probable que sean noticias de su región y las considere importantes y de las que no se habla en otros medios?

    Sinceramente, considero que esta moda de acusar de SPAM sin sentido es más un medio de censurar medios que no son del agrado del acusador o peor, necesidad de ser el "sherif del pueblo" que indica que esta bien y que esta mal... y lo encuentro muy desagradable.

    cc #0
  6. #4 Yo si que lo veo fácil, cualquier accidente ocasionado por la relación laboral es accidente de trabajo, es como los accidentes in-itinere. O si teletrabjas y te caes en casa.
    Otra cosa es relacionar la carta con el infarto, que parece obvio.
  7. #5 Este con mucha probabilidad es un periodista trabajador del grupo con nombre y apellidos.
    Si la promoción exclusiva de medios y redes de blogs, que es lo que hace #0 no estuviera prohibida, me callaría, pero según las normas del sitio:

    6. El usuario se abstendrá de usar Menéame con el objetivo de a) la promoción exclusiva de un sitio web, empresas, redes de blogs o de afiliación de enlaces (spam); b) las campañas comerciales (aunque el lugar promocionado no contenga publicidad directa), políticas o ideológicos promoviendo el voto masivo a las noticias objeto de la campaña o del lugar promocionado; c) la provocación gratuita o molestia injustificada a los demás usuarios y lectores de Menéame; d) el envío de noticias falsas, fabricadas, o sacadas de contexto para engañar al lector.

    Añado.
    De los 25 últimos envíos, solo 4 no han sido de Medios y Redes.
    www.meneame.net/user/nomeves/history

    Una de wired, otra de jotdown, xataka y el independiente. Este último tiene su propio spammer.
  8. #7 Repito: 4 en un mes.

    Además:
    a) la promoción exclusiva de un sitio web: No lo cumple, de hecho más del 50% son de otras fuentes.
    b) las campañas comerciales: Tampoco son campañas comerciales y los artículos, que pueden ser de un tinte político, como el de todos los medios, no pueden considerarse que promueven el "voto masivo".
    c) provocación gratuita o molestia injustificada a los demás usuarios: no aplica.
    d) envio de noticias falsas: Tampoco aplica.

    No se... no lo digo por él, que no lo sigo ni le conozco ni nada, pero ya llevo viendo comentarios a otros usuarios como spameadores que me hacen pensar que hay gente tratando de conseguir que solo los medios de gran tiraje puedan tener voz (al tener muchos lectores es más probable que la noticia la envie gente distinta).
  9. #6 Un accidente in itinere ocurre media hora antes o después de la jornada laboral si estoy en lo cierto. Este señor estaba en casa y de baja laboral, es otra situación completamente distinta y, por definición de baja laboral, no estaba trabajando ni iba ni venía.

    No dice el artículo cuál era el motivo de la baja laboral, pero aún así no diré que no haya podido tener relación, parece obvio que sí.
  10. #8 Ojo, cuatro en un mes del diario de la Mancha.
    Ese diario forma parte de un grupo llamado Medios y Redes y es precisamente lo que indico en el comentario inicial y en los enlaces y lo que las normas precisamente denominan SPAM en el punto a, redes de blogs. Lo dicho, de los últimos 50 envíos solo 9 no son del grupo Medios y Redes

    Es muy fácil. Sólo tienes que ir a los envíos, del historial:
    www.meneame.net/user/nomeves/history?page=1
    Entras en la noticia o artículo de blog, bajas y verás el logo de RyM. No falla. Spam puro y duro.
  11. #1 exactamente! Aunque no puedas demostrar que el infarto es causa- efecto. De alguna forma, algo tendría que ver no? Esa familia se quedó sin nada de un momento a otro
  12. #9 una hora.
  13. #12 Pueees, por lo que estoy viendo no hay un tiempo establecido, al menos no general.
  14. #5 Gracias por tu comentario! Lo comparto.
  15. #9 #12 Nunca jamás había oído o leído que el accidente in-itinere tuviese un tiempo. Necesitaría verlo en la legislación para creerme lo que decís, hasta donde yo se el accidente in itinere cubre el desplazamiento desde el punto A hasta el punto B, sin desvíos, sin paradas. Si se tarda dos horas, dos horas, si se tarda una hora una hora, lo que no vales es que si se tarda 20 minutos que el accidente ocurra 1 hora después, pero bueno, si me pasáis de donde habéis sacado eso rectificaré.
    Independientemente de eso, las situaciones son claras, son accidentes producidos por o a causa de la crividad laboral. Si estoy en mi casa, y me traen el trabajo a casa, o estoy tomando cervezas con los amigos o fornicando, y de pronto aparece el jefe con cosas del trabajo y eso me mata, es un accidente laboral.
  16. #15 Lo de la media hora es lo que se comentaba en mi trabajo anterior, nunca me paré a investigarlo. Por lo que he visto ahora en una búsqueda rápida es lo que dices, lo "razonable y necesario".

    Respecto a lo otro, hummm, te envían una comunicación acerca del trabajo, no el trabajo en sí. Que así como lo dices me quedan menos dudas pero, aún así, no estás trabajando cuando te llega una carta a casa informándote de algo relativo al trabajo. Hace unos años me enviaron un WhatsApp (sí, hay que ser cutre) en mis vacaciones para informarme del proceso de solicitud de vacaciones para el año siguiente. ¿Si eso me hubiera provocado un infarto también sería accidente laboral? hummm, me gusta que lo sea pero no acabo de verlo del todo justificado.
  17. #16 Da igual que no estés trabajando, es a causa del trabajo. Cuando te levantas a mear no estás trabajando y si te caes en el retrete y te abres la cabeza y te mueres es accidente laboral estés en la oficina o en tu casa. (En jornada laboral me refiero). Para mí el mejor ejemplo es el accidente in itinere, ya que es el claro ejemplo de que ni estás trabajando, ni estás en la oficina, pero como es una actividad relacionada con el trabajo cuenta como accidente laboral, y así lo entiendo yo, y el juez, para este caso, abrir un sobre de despido, es una actividad relacionada con el trabajo, no hay más, a causa del trabajo te llega una carta, y mueres a causa de ella. Accidente laboral. Siento reiterarme, cualquier actividad relacionada con el trabajo.
  18. #4 todo tema relacionado con el trabajo es, a fin de cuentas, trabajo.

    Si fuera de tu horario laboral te da un infarto mientras escribes un correo de trabajo sigue siendo un accidente laboral.

    En este caso que la empresa contactara con el empleado fuera de su horario (sea para despedirle o para mandarle su horario de la siguiente semana) cuenta también como trabajo.

    A fin de cuentas ambas cosas (despedirle o mandarle calendario) podrían haberse hecho durante su jornada laboral dentro de su relación laboral.
  19. #18 Lo último no, pues estaba de baja.
  20. #19 pues si está de baja, razón de más para no molestarle con cosas del trabajo.
  21. #13 eso parece, estaré anticuado.
  22. #20 Hombre, que te despidan dando de baja la verdad es que suena mal, pero ¿entonces no vas a poder despedir nunca a nadie de baja?
  23. #16 La clave es preguntarse: de no tener trabajo, se habría dado tal accidente?
  24. Pobre hombre, joder.
  25. #15 Ha habido hasta sentencias y resoluciones de inspección de trabajo en el que se ha aceptado la parada a comprar pan o tabaco de vuelta a casa o de camino al trabajo como que formaban parte del propio desplazamiento causa de la relación laboral.

    Lo del tiempo del accidente in-itinere es algo que se dice popularmente cuando realmente lo que cubre es el tiempo necesario. Y no tiene que ser necesariamente el itinerario de la dirección que tiene identificada la empresa como tu domicilio.
  26. #9 Pues que le hubiesen comunicado el despido en horario laboral.
  27. #22 Puedes despedirle, pero si se muere de un infarto asume las consecuencias.
  28. #5 También es cierto que históricamente se ha tenido en cuenta la diversidad de fuentes meneadas. De hecho el valor de entropía del perfil de usuario indica eso
  29. #25 Y no tiene que ser necesariamente el itinerario de la dirección que tiene identificada la empresa como tu domicilio.
    Esta última parte la he obviado por considerarla obvia, obviamente no debería.
    El tema de las paradas/desvío lo desconocía, gracias.
  30. #26 ¿Por carta cómo aseguras que sea horario laboral estando de baja?
  31. #4 La culpa del susto es de la carta, y por lo tanto del que la envió. Eso está claro. Si en vez de eso hubiera ido a su casa, de buen rollo, hubiera invitado al ahora fallecido a un par de tisanas con betabloqueantes, y solo después le dijera lo de que le despiden, no le habría dado un infarto en ese momento. A lo mejor a la noche, cuando se le pasara el efecto de los betabloqueantes, pero ya sería más difícil defender la relación causal.

    Esto sienta un precedente: ojito con cómo despides a un trabajador con la salud delicada, porque si no le pasa nada pues nada, le pagas el despido por ley y listo. Pero si se muere del disgusto sale más caro. Lo mejor sería no tener empleados con muchos factores de riesgo cardiovasculares. ¡Viva la vida sana! Deberían poner a todo el mundo a hacer gimnasia a media mañana en los trabajos de oficina. Chinesse style.
  32. #29 En mi trabajo hace unos años vivimos una situación de "combo" de irregularidades de ese tipo: Accidente saliendo del trabajo antes de la hora que tocaba, de camino a casa de su pareja y habiéndose parado a comprar pan de camino.

    Ahí empezamos todos a mirar y buscar documentación y sentencias sobre el tema, de hecho aprendimos mucho sobre el tema, y de primeras es algo que puede que las mutuas de trabajo no te reconozcan pero luego con poco que remuevas te la acaban reconociendo y el juicio ni se llega a celebrar.
  33. #1 Para que la baja sea efectiva el trabajador no tiene que firmar nada, basta con la comunicación de dicha baja, por parte de la empresa, a la TGSS.

    Muchísimas veces no se firman finiquitos, bien porque no se esté de acuerdo con las cantidades reflejadas bien porque no sea necesario al venir todas las cantidades pendientes en la nómina liquidación.
  34. #4 pues sí, yo tampoco lo veo tan claro.
  35. Entonces, básicamente, si una empresa ahora despide a cualquier trabajador, y a éste le da un infarto por el disgusto (cosa que escapa al control de la empresa y está más relacionado con la salud del trabajador, su estado psicológico, su situación personal y familiar, etc...), se arriesga a una muerte por accidente laboral?
  36. #36 que sea accidente laboral no quiere decir que sea culpa de la empresa.

    Si te accidentas de camino al trabajo, tambien es accidente laboral y nadie diria que la empresa tiene culpa.
  37. #28 La diversidad de fuentes se debe a que promociona casi en exclusiva (+80%) un grupo de blogs y periódicos de un grupo llamado Medios y Redes. Lo pongo en el primer comentario.
  38. #15 como dices in itinere es desplazamiento desde/hasta el lugar de trabajo.

    Lo que genera a veces problemas, por ejemplo si yo dejo a los niños en el colegio y luego sigo al trabajo, ¿es in itinere si me rompo la pierna antes de soltarles en el colegio?
  39. #4 precisamente para eso sirven los juzgados, para discernir las cuestiones que no son tan claras.
  40. #36 A mi me parece una interpretación un tanto absurda o forzada en lo que es un concepto de "accidente laboral". En algunos casos la gente tiende a valorar que el juez pueda tener sesgos para dar una sentencia u otra (como pueda ser la ley del solo sí es sí), pero se obvia que seguramente un juez no querá "quitarle" derechos a la viuda e hijos y si puede colar discrecionalmente esa interpretación lo hará.
  41. #25 Siempre que he leído sobre este tema mencionan que es el trayecto habitual de casa al trabajo, no un trayecto cualquiera. Incluso alguna vez se han desmarcado por eso, porque el trayecto no era el normal. Acabo de tirar una búsqueda rápida y varias webs que hablan del tema lo mencionan todavía. ¿Ha cambiado o es que no se coscan?
  42. #5 #28 el caso aquí es que envía noticias de varias fuentes, pero muchas pertenecen al mismo grupo. Es como si mandas solo artículos de Xataka, Xatakaandroid, genbeta, vida extra, appleesfera, etc. Hay diversidad de fuentes, pero puede ser spam del grupo perfectamente.

    Si en este caso lo hace intencionadamente, o si se ha pasado de envíos no lo sé, no suelo andar mirando historiales.
  43. #16 No, no viene delimitado en tiempo, es igual que los kms que pagamos, no nos indican los empleados cuantos kms han hecho y si han tomado 3 desvíos para pasar 300 kms, se toma una distancia promedio y esos con los kms que se pagan.
    Imagina un accidente de trabajo mientras vas en AVE una reunión de la empresa, estás cubierto todo el trayecto...
  44. #5 Lo que pasa es que hay demasiado meneante con alma de funcionario.
  45. #39 Esa parte la desconozco, en #33 comentan que sí, que esas cosas entran dentro, y supongo que más aun teniendo en cuenta que los niños son un deber obligatorio que atender por el cual deben de darte permiso para atender, cuando se ponen enfermos.
    En resumen, yo no te sé decir pero parece que sí.
  46. #37 No es lo mismo, tiene sentido que sea accidente laboral, porque ese trayecto es consecuencia directa de tu trabajo. Si no fueras a trabajar no lo harías.
  47. #45 Lo mío es deformación profesional.
  48. #1 no es obligatorio firmar ningún finiquito
  49. #34 si no firma el finiquito, es por que se denuncia el despido
  50. #6 "Otra cosa es relacionar la carta con el infarto, que parece obvio."
    No es obvio, de hecho no es ni normal. ¿Cuántas cartas de despido han provocado infartos? Pues eso.
  51. #49 El hecho de no recibir el finiquito no paraliza el plazo para demandar por el despido. De hecho, si la empresa no paga el finiquito y se quiere impugnar el despido, se puede reclamar todo junto en la misma papeleta de conciliación y posterior demanda.
  52. #52 y? qué tiene que ver con lo que he dicho?
  53. #1 Magistratura habla de inducción del accidente cardiovascular por la notificación de la empresa, pero es interesante eso que dices.
  54. #31
    Y si despides a un trabajador y le mandas a la depresión, sería accidente laboral?
  55. #42 Lo que dice la ley es que tendrán consideración de accidente de trabajo los que sufra el trabajador "al ir o al volver del lugar de trabajo", así, tal cual redactado. De ahí entra la interpretación de la normativa por cada una de las partes teniendo que recurrir a los juzgados en muchas ocasiones en la que alguna de las partes quiera pasarse de lista en su interpretación. Lo que han dejado claros los juzgados con el paso del tiempo y las sentencias es que los desplazamientos no tienen que ser necesariamente siendo el domicilio habitual como origen, como he puesto el ejemplo en #33.

    El ejemplo que pone #39 puede suscitar dudas: ¿Tienes que pasar necesariamente por delante del colegio para ir a trabajar? ¿Te has desviado mucho para hacer ese trayecto? ¿El desplazamiento de tu casa al colegio de los niños lo haces a causa o consecuencia de la relación laboral? Es decir, todo lo que salga del domicilio habitual implica reclamar que se reconozca como que tiene relación con la actividad laboral. Para desarrollar el ejemplo: ¿Para dejar a los niños en el colegio has pasado por delante del mismo tal cual pasarías para ir a trabajar y los niños se han bajado del coche y ya o te has desviado 2 kilómetros en dirección contraria y has acompañado al niño hasta la puerta de la clase para ir al trabajo después?

    En ocasiones se reconocerá a la primera, en ocasiones habrá hasta que llegar a juicio contra la mutua. Todo depende de la interpretación y de lo que se llegue a entender como "razonable".
    cc #46
  56. #55 Las depresiones no se consideran accidentes, si acaso enfermedades.
  57. #43 Lo lleva haciendo sistemáticamente desde 2009.
  58. #50 ¿y? El trabajador ya está dado de baja, que denuncies el despido no quiere decir que sigas de alta.

    Y ya te repito que, en sí mismo, no siempre es necesario (aunque sí recomendable) firmar el finiquito.

    Ten en cuenta que el finiquito es, simplemente, que la empresa abona las cantidades pendientes de percibir por el trabajador (salario de los días trabajados en el último mes, vacaciones si están pendientes de disfrutar y la parte proporcional de las pagas extras), y si hacen una transferencia por esa cantidad como nómina normal (nómina liquidación) y no hay indemnización, pues hace la función de finiquito.

    Distinto es la indemnización por término de contrato, que es donde el trabajador, además de los haberes pendientes (el anterior finiquito) cobra los x días por año que correspondan (dependiendo del tipo de extinción del contrato), y que suele ser más delicado y motivo de controversia
  59. #42 Yo tenía entendido que los problemas vienen si haces una parada en el camino.

    Porque no hay forma justa de reconocer que es trayecto habitual de vuelta a casa.
  60. #60 Hombre, yo tengo claro que si voy al trabajo (voy en moto) por el camino más corto o una variante razonable (porque hay atasco) no habrá problemas. Pero si al salir del curro me voy dando un rodeo de 30 km para pillar curvas y me caigo... no era in itínere.
  61. #12 #13 #15 Un abogado me dijo que es el tiempo razonable que dure tu trayecto habitual a casa.
    Que si paras a hacer la compra o a tomarte algo ya no es lo habitual.
    Que si vas dando un rodeo de 10 km tampoco.

    Pero tiene que probarlo la empresa y es prácticamente imposible, salvo que sea en un vehículo de la misma.

    Un empleado mío, desplazado que se rompió un tobillo al resbalar en un hotel, y fue accidente laboral al no estar en su casa.

    Yo como empresario os digo que alguno te puede robar en las narices y lo llevas jodido para demostrarlo, y no defiendo el empresaurismo.
  62. las siguientes patologías
    - Hepatopaíla crónica de origen etílico . Episodio de
    hepatitis aguda alcohólica . Hepatitis desde la
    infancia .
    Colelitiasis . Hernia inguinal izquierda intervenida
    Hernia umbiIical
    Hipercolesterolemía constante .
    Hiperglicemia .
    Fracturas costales ( estas causadas en en trabajo y por eso estaba de baja).
    -. Ateromatosis aórtica . Hipertensión diastólica .
    Además de ello, consta que el actor tenía como hábitos
    tóxicos :
    Fumadorde 1 paquete de cigarrillos al día desde los 16
    años
    Bebedor de 1 copa de whisky al día.

    Sanote sanote no estaba. Pero la carta parece que fue el remate. ( aunque la baja creo yo que estaba justificada).
  63. #50 La firma del finiquito es un mero "recibí", no significa que estés de acuerdo, ni coarta el derecho a denunciar a posteriori.
    Cc/ #34
  64. No me lo creo. Habrá que leer la letra pequeña.
  65. #4 No has de estar en tu puesto de trabajo para que la ley actúe sobre temas laborales.

    Un mero whatsapp de tu jefe preguntando que qué tal llevas la baja y cuando te incorporarás ya es denunciable , o recibir un mensaje estando vacaciones de un compañero preguntando algo , si eso te genera ansiedad es denunciable y la empresa carga con ello , lo mismo una carta de despido.
  66. #66 Creo que ahí ya se mezclan otras casuísticas.
  67. #1 Eso que dices no tiene nada que ver. El y cualquiera puede tener un accidente "no laboral" estando contratado por una empresa.

    Lo relevante aquí es la causalidad de que el infarto pudiera ser derivado de la situación de aviso de despido.
  68. #51 Parece obvio según se da por hecho en la noticia. No, no es habitual, ni normal que algo así suceda.
  69. #64 La firma de un finiquito implica un "recibí" y un "estoy conforme con lo recibido". Por eso para evitar dudas cuando no estás conforme, se recomienda firmar y poner "no conforme" bajo la firma
  70. #3 Hay gente que le gusta comentar y debatir, y a otros que quizas les gusta mas aportar noticias.
    Creo que es el caso de este usuario.
    No veo mal que todos aporten lo que crean relevante mientras:
    1. No se abuse, y creo que no es este el caso.
    2. No sean repetidas o repetitivas sobre los mismo. ( esto entra tb. dentro del 1. )
    3. Sean de cierta relevancia. (creo que este el caso. Evitemos las del tipo un perro se come los deberes, o Fifi a cortado con Fofi por cuernos, etc. )

    Y poco mas , todo vale, luego los meneantes le daremos mas o menos repercusion si es que la noticia lo vale.
  71. #71 Repito. El 80% de sus envíos es de Medios y Redes. Este usuario es un profesional que hace Spam, como otros que hay en mnm.
  72. No encontramos camareros mimimimi
  73. Aquí la clave estaría en averiguar qué sabe el magistrado para afirmar que el ‘factor desencadenante’ del infarto fue un elemento de naturaleza eminentemente laboral, siendo la carta de despido un agente directo en la causa del deceso. ¿Cómo sabe que no es una prueba circunstancial? La carta pudo ser (tal vez) un factor desencadenante pero residual si, por ejemplo, el tipo se inflaba a colesterol. Hay que tener muchas cosas muy bien comprobadas para afirmar rotundamente que a alguien sin ningún otro problema subyacente lo mató una carta.
  74. #74 La cosa es que de no tener trabajo, no habría recibido ninguna carta y no se habría dado tal sucesión de acontecimientos. Si el desencadenante se debe al hecho de tener un trabajo, entonces es un accidente laboral, sin importar lo residual que pueda ser. Si el tipo se infla a colesterol, un mal día se rompe el ascensor del edificio donde trabaja y esto le obliga a subir unas escaleras cuyo esfuerzo resulta en un infarto, entonces es un accidente laboral. De no haber tenido trabajo, este accidente no se hubiera dado.

    Hay que entender que el trabajo supone ceder tiempo de vida a un tercero a cambio de salario, supone realizar unas acciones que no hacemos por voluntad ni disfrute propio sino para otro. Acciones que no hacemos en nuestro tiempo de ocio, que es cuando podemos dedicar nuestro tiempo de vida a nosotros mismos. Si cualquier aspecto de esta necesidad de la vida moderna desencadena en un perjuicio para el trabajador, entonces es accidente laboral.
  75. #41 Tiene sentido que sea accidente laboral, porque esa carta de despido es consecuencia directa de tu trabajo. Si no trabajaras no recibirías ninguna carta.
  76. Pobre hombre, DEP y enhorabuena a sus familiares que al menos van a recibir consuelo en mejorarles un poco su vida.
  77. #5 lo primero que haría como dictador de Menéame sería eliminar el voto negativo, y cambiarlo por Ocultar. Así el que no quiera ver la noticia la oculta de su página. Y un botón de reportar fake news
  78. #5 Nada, nada... será el algoritmo de Menéame, que determina el porcentaje de entropía de los envios del usuario, el que dictamine si el acusado es culpable de SPAM. Ten en cuenta que la versión no rancia ahora utiliza HIA, HIAAA!!!!
  79. #57 Un accidente laboral no es un accidente en su sentido cotidiano, los ataques de ansiedad o depresiones son legalmente entendidos como accidentes laborales.
  80. #75 El trabajo se realiza a cambio de un salario en el capitalismo pero hay otros sistemas socieconómicos en los que no sea realiza por un salario sino por autorrealizarte, por prestar un servicio a tu comunidad, por ayudar a otros, por mejorar la vida de la gente
  81. A saber por lo que estaría pasando. DEP.
  82. #76 No tiene ningún sentido. xD
  83. #74 Simplemente pienso que el juez no quiere rechazar a la viuda e hijos de dicha persona una situación económica mejor. La relación causa-efecto, para mi gusto, se la saca de los huevos, e incluso si la damos por acertada esa relación causa-efecto, es bastante cogida con pinzas.

    Si nos ponemos así, el día que alguien te invite a salir y le rechaces, como le pase algo es violencia de género, solo si cuadran los genitales, claro está.
  84. #83 quién recibe cartas de despido estando en paro?
  85. #85 ¿Y? Me sigue pareciendo absurdo.
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