La consecuencia lógica de la desaparición de este último tributo,salvo que por ley se previera expresamente otra cosa,sería que las ganancias gravadas por él pasaran a estarlo por el Impuesto de la Renta. Lo que ocurre cuando recibo una herencia,y esto será difícil negarlo incluso por el más apasionado adversario del Impuesto de Sucesiones,es que aumenta el valor de mi patrimonio personal. En la mayoría de países,no obstante,se saca esta renta del IRPF y se grava en un tributo específico..Un tratamiento menos oneroso para el contribuyente..
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etiquetas: paradoja , impuesto sucesiones , supresión , herederos , pagar más , irpf
Si se propone la eliminación de toda obligación de contribuir al sostenimiento de los servicios públicos por esta riqueza, se tendrá que explicar por qué se considera justo que quien obtiene una ganancia patrimonial a título oneroso sí deba contribuir; se deberá ofrecer una razón para que quien aumenta su riqueza en más de un millón de euros por herencia no haya de dar ni un céntimo al fisco y quien gane menos de 25.000 euros al año trabajando deba ingresar más de 2.000 sólo por IRPF.
Se tendrá que decir en qué interpretación no aberrante de la democracia económica es…...
Se habrá de reconocer, en suma, el abismal contraste entre el principio liberal de igualdad de oportunidades y la concentración perpetua de la riqueza del país en unas pocas familias sin el menor poro de redistribución que otorgue una oportunidad al resto.
Y lo harán. Por supuesto que lo harán. Ya han puesto en duda el Impuesto de Sucesiones con argumentos más o menos populares y muchos se lo han tragado. Cuando llegue la hora de dar esta puntilla final lo harán y la mayoría ni se acordará de qué se está hablando.
Ahora pagan aquellos que heredan más de 150.000 euros y disponen de bienes por un valor superior a los 400.000
-Hasta un 47% por obtener la renta (sin tener en cuenta la seguridad social).
-21% por gastarla.
De lo que te queda, para que tus hijos se queden algo, otro tanto.
Ibi, impuesto de matriculación, impuesto de transmisión de vivienda, impuesto de plusvalías, plusvalía municipal, de circulación... La voracidad recaudatoria no tiene límites.
".. la revista Invertia informaba de que algunos asesores fiscales–Gustavo Reglero o Rubén Gimeno de REAF, entre otros– habían advertido alarmados que si se suprimía el tributo y no se tocaba la regulación del IRPF, la consecuencia paradójica podría ser que los herederos, legatarios y donatarios tuviesen que pagar mucho más.
La explicación se halla en el artículo 6.4 de la Ley de IRPF, que declara no sujetas al mismo las rentas que lo estuvieran al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Siendo así, la consecuencia lógica de la desaparición de este último tributo, salvo que por ley se previera expresamente otra cosa, sería que las ganancias gravadas por él pasaran a estarlo por el Impuesto de la Renta.
Es de esperar que el Gobierno que acabase con Sucesiones y Donaciones encontrara a expertos a los que encargar las modificaciones oportunas en la Ley de Renta para evitar este resultado. Pero el hecho de que se pudiera producir encierra una aparente paradoja cuya explicación, no muy difícil de entender, tiene su trascendencia para el debate: resulta que para evitar que se pagase a Hacienda por recibir una herencia o una donación debería optarse o bien por dejar en vigor el tributo neutralizándolo con una bonificación del 100% o, si el tributo se eliminara, incluir una excepción expresa en la Ley de Renta.
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Repárese en lo que sucedería si tuviésemos que tributar en IRPF cuando recibimos una herencia. En primer lugar, se habría de contribuir en toda España por igual, dado que la capacidad normativa de las Comunidades en este impuesto se limita a la fijación de tipos y deducciones de cuota en el tramo autonómico, pero no alcanza a la composición de las fuentes de renta.
En segundo lugar, dado que se trata de una ganancia no derivada de transmisión (sí lo es conceptualmente para el fallecido, para el causante de la herencia, pero su incremento patrimonial, que se suele denominar la "plusvalía del muerto", está exenta) se gravaría por los tipos más altos de la tarifa general. Y si el heredero fuese perceptor de rentas medias altas se gravaría la totalidad o casi del valor de la herencia al 45%, sin paliativos, puesto que no habría existido retención en origen. Y, por último, no habría reducciones por relación familiar ni exenciones de valor de vivienda habitual del fallecido o del negocio familiar.
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Puede ser un incremento patrimonial, pero no tiene nada que ver con una renta, ni de trabajo ni de capital.
Además el incremento patrimonial no se debería fiscalizar hasta que se vende.
Supongamos que compro un lienzo y pintura, por 50€, con los que pinto un cuadro. Supongamos que la administración pública tasa mi cuadro en cien mil euros. ¿Se ha incrementado mi patrimonio en cien mil euros?
Cuando venda el cuadro pagaré los impuestos, si lo cuelgo en el vater para mí disfrute, no tengo cien mil euros, tengo un cuadro caro.
Lo mismo con el piso de la abuela.
Si se propone la eliminación de toda obligación de contribuir al sostenimiento de los servicios públicos por esta riqueza, se tendrá que explicar por qué se considera justo que quien obtiene una ganancia patrimonial a título oneroso sí deba contribuir; se deberá ofrecer una razón para que quien aumenta su riqueza en más de un millón de euros por herencia no haya de dar ni un céntimo al fisco y quien gane menos de 25.000 euros al año trabajando deba ingresar más de 2.000 sólo por IRPF.
Se tendrá que decir en qué interpretación no aberrante de la democracia económica es aceptable que una persona que crece en una familia sin recursos carezca de posibilidades, por altas que sean sus aptitudes, y un vago incompetente no deba aportar nada a la sociedad tras heredar un patrimonio de varios millones de euros.
Se habrá de reconocer, en suma, el abismal contraste entre el principio liberal de igualdad de oportunidades y la concentración perpetua de la riqueza del país en unas pocas familias sin el menor poro de redistribución que otorgue una oportunidad al resto.
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cc #1
Obteniendo beneficios de rentas y dedicándolos a ahorro o inversión se paga mucho menos.
Pero mucho, mucho menos.
Solo está "confiscada" una
pequeñaparte de la población.podemos.info/bloque/garantias-justicia-fiscal/ punto 266
Yo me leo los programas.
Sí, ya sé que no es muy común, pero soy así.
y aunque la tasación fuese correcta nunca te pedirán 200k de impuesto por algo tasado en 600k.
A mi no me engañan con eso los políticos... (que yo lo he pagado el año pasado y no es pero para nada para tanto)
Las grandes fortunas españolas ocultan en paraísos fiscales el 12% del PIB
www.elboletin.com/noticia/153559/economia/las-grandes-fortunas-espanol
Obviamente. Antes no tenias un cuadro de 100.000 euros y ahora si. Al igual que si te lo.hubieran regalado. Por otro lado dudo que sea obligatorio declarar quee has pintado un cuadro,pero que tu patrimonio ha aumentado si, es obvio que si
Si tienes liquidez para pagar muy bien, si no prepárate porque Hacienda quiere dinero. No inmuebles.
Y eso no me lo ha contado nadie.
No digo quitarlo, no sé si eso sería solución, pero que tal como está da lugar a situaciones que joden al que no tiene donde caerse muerto es un hecho. Y eso no es la finalidad de este impuesto. O eso dicen.
Los impuestos se están convirtiendo cada vez más en un expolio al ciudadano, una especie de pillaje legal por parte del estado. Hay que empezar a reducir el gasto mastodóntico del estado, empezando por la administración.
Te puedo poner otro ejemplo.
Yo creo una startup y hago una valoración premoney de 100.000€
En primer ronda de inversión, un inversor le parece bien y pone 50.000€ por el 33% (ahora la empresa vale 150.000)
Yo aún no me he llevado un duro.
¿Tengo que declarar un incremento patrimonial de 100.000€?
Es muy sencillo: recibes una casa->tu patrimonio crece-> pagas impuestos.
Mi incremento patrimonial es que antes mi valoración estaba sacada de la manga, y ahora es oficial, con documentos y todo.
Es muy sencillo, antes tenía una idea en una servilleta que valía 0€, ahora tengo el 66% de una empresa que vale 150.000
¿Ha crecido mi patrimonio? ¿Pago impuestos?
Edit: en todo caso, si la empresa vale 100.000 euros, tu patrimonio aumenta cuando la fundas.
Pues no. Normalmente se aplica el valor catastral más un porcentaje de corrección. Que no paráis de decir chorradas y mentiras.
Falso, ni el 1% de la población tiene que pagar el impuesto de sucesiones cuando hereda, porque no llega al mínimo para quedarse fuera de la excepción.
Si te vas a vivir al monte no pagas nada.
Una sandez de artículo patrocinada por Escolar para justificar el absurdo del ISD y encima vender que es más barato, jaja.
¿Por que es una propuesta populista eliminar éste impuesto?
Si no hay un impuesto especial, deben estar sometidos al general. Es lo lógico. No veo la falacia.
Dejemos, de una vez, de distinguir 'cantidades' que nadie indica porque la ley no contempla tramos si no bonificaciones que se aplican por igual a todos en base a los criterios que correspondan.
No deja de pagar más cantidad quien más recibe, es una bonificación al X%, así que se pagará más o menos impuesto dependendiendo de lo que recibas, y proporcionalmente pagará lo mismo uno que reciba 1000 euros frente a otro que reciba 1000000 euros.
En el momento t0 mi patrimonio es x, en el momento t1 mi patrimonio es x + cuadro valorado en 100.000€
El mismo incremento patrimonial, pero como tú bien dices en el caso de que pinte yo el cuadro ese incremento no se considera fiscalmente hasta que lo vendo.
No se pide eliminar los impuestos, si no hacerlos más justos y menos recaudatorios.
Es un absurdo justificar la existencia de un impuesto que recauda una mierda respecto al PIB como aval de justicia fiscal...
El ISD es puro populismo político, en particular de la izquierda, que lo vende como arma 'social' ante la 'rica' derecha. El mantra ha sido, es y será, que quien quiere que desaparezca tiene mucho cuando la realidad es que da igual lo que se tenga porque el impuesto se aplica desde el primer céntimo.
Tengo que pagar cuando haga un exit y cambie todo ese patrimonio por dinero.
Curiosamente, si vale 100.000 y lo vendo por 100.000, no habría incremento de patrimonio y sin embargo es en ese momento cuando pago el irpf y no antes.
Es bastante inconsistente que en unos casos el incremento se considere en el momento en el que se obtiene un recurso con x valor y otros en el momento en el que ese recurso se intercambia por dinero.
En Castilla y León actualmente tasan el valor de mercado supuesto y pagas con respecto a ello.
Luego tú pagas a un tasador idedie si te merece la pena y aceptan la tasación por buena si es tasador amigo.
Lo del valor catastral ni caso. Solo para pagar el IBI.
Si se lo dejas a alguien sin parentesco sé que en las peores condiciones pasa del 50%
No te olvides que tienes que pagar esa tasación. Y solo interesa a los que tienen más.
Yo si me quieren vender la tesis de la redistribución, vale, que pongan un impuesto de tal manera que nunca, nadie, bajo ningún concepto, pueda provocar que alguien de clase media o baja que reciba una herencia familiar, tenga que renunciar a ella. Si es así, lo compro, si no, el efecto será el contrario. Los pobres se ven en la situación de renunciar a sus herencias y sus familias nunca acumulan riqueza, mientras los ricos pueden pagar lo que sea y sus herencias siempre le salen a ganar, a ellos les da igual.
Y quien se lo ganó fueron otras personas, no tú. A ti te ha llovido de la nada un aumento de patrimonio. Sin ganartelo, simplemente por haber nacido donde naciste.
Si quieres que sea tuyo, te puede hacer una donación, que también tiene sus impuestos. Pero, de nuevo me repito, bienvenido al mundo de la propiedad privada.
Hace unos meses una tía mía murió, no tenía familia más que sus hermanos... Pues por ser descendientes de segunda (no de padres a hijos) han tenido que pagar más de 1/4 por el impuesto de sucesiones y rica no era.
El impuesto de sucesiones únicamente estas "exento" si es de padres a hijos.
Lo peor, es que si ella hubiera sido empresaria en vez de limpiadora... Seguramente habrían habido mil artimañas... Como paraísos fiscales, testaferros...
Seamos sinceros aunque parezca bonito el que está exento el impuesto de sucesiones que no es así en el caso que pongo. Solamente lo acaban pagando los pobres. Los ricos ya han robado lo suficiente mediante el impuesto de sociedades y sus artimañas de fiscalidad creativa.
Heredo, y según tú tengo un incremento de mi patrimonio de 100.005€
Un buen día, veo en meneame una noticia de un cuadro perdido de picaso, llevo mi cuadro de 5€ a un experto y bingo, realmente está valorado en 1.000.000€
Cuando tengo que pagar los impuestos de ese millón de euros?
¿Ahora que ha sido correctamente tasado? ¿Cuando lo venda (tal vez por mucho más, tal vez por menos? O ¿el incremento de mi patrimonio en un millón de euros se produjo en el momento de recibir la herencia aunque no se supiera en ese momento y ahora tengo que pagar también intereses de demora?
Pero es que además si hablamos de herencias de familiares indirectos se va al traste el argumento de “pagar por lo que ya han pagado tus padres”. Es algo que te cae del cielo porque por la razón que sea tu familiar indirecto no tiene descendencia directa. No es heredar la casa o en el negocio familiar.
es un atraco a mano llena por parte del estado a la nación.
www.elsaltodiario.com/fiscalidad/quien-beneficia-supresion-impuesto-su
Lo pagaban solo el 1% de herederos directos;
el porcentaje de herederos directos afectados por el ISD roza el 1% en casos como el andaluz
Y el 5% si contamos el total de herencias, tanto directas como indirectas;
tras la modificación del 2018, la cual “certificó la muerte del impuesto”, según Juan Marín, al quedar exentas el 95% de las herencias
Porque sea triste no tiene porque ser exento.
Y por cierto, la mayoría de las veces hay un descuento brutal en la herencia directa de padres a hijos o de hijos a padres.
Nosotros viviamos allí por la relación familiar, pero perfectamente nos podría haber echado porque es SU casa.