Propone castigar a quienes acosen y hostiguen ante las clínicas de interrupción voluntaria del embarazo con una pena de prisión de tres meses a un año o con trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 80 días.
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etiquetas: aborto , elección , acoso , laicismo
Alemania, Austria y más recientemente el Reino Unido han optado por regularlo a través de decretos que obligan a los grupos antiabortistas a mantenerse a una distancia prudencial de estos centros. En el país anglosajón esta distancia es de 150 metros. Esta medida, resaltan diversas organizaciones y expertos, no vulnera el legítimo derecho de manifestación ni la libertad de expresión y al mismo tiempo protege la integridad y la intimidad de las mujeres que deciden abortar, así como de los profesionales que practican los abortos.
La ley francesa aprobada en 2017 contempla dos años de prisión y hasta 30.000 euros de multas a quienes impidan o traten de impedir "la practica u obtención de información sobre una interrupción voluntaria del embarazo", que se practique por cualquier medio, incluyendo los medios electrónicos, "la difusión o transmisión de alegaciones o indicaciones que puedan inducir a error intencionadamente, como elemento disuasorio, sobre las características o las consecuencias médicas de la interrupción voluntaria del embarazo".
www.publico.es/sociedad/increpar-mujeres-acuden-abortar-acoso-tolerado
¿Te parece lícito el acoso?
¿Tal vez es justificable en según que casos?
¿En qué casos te podrían parecer lícitos?
Sería interesante tu opinión al respecto.
(Ponen un enlace a carlistas.es ).
Ya podéis suponer qué partidos van a poner pegas a esto.
"El artículo 525 del Código Penal de España contempla el delito de escarnio prescribiendo una pena de ocho a doce meses de multa a «quienes, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican». La misma pena se aplica a quien hace escarnio de quienes no practican ninguna religión.
El artículo 524 del C.P. regula que, el que, en templo, lugar destinado al culto o en ceremonias religiosas ejecutare actos de profanación en ofensa de los sentimientos religiosos legalmente tutelados será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o multa de 12 a 24 meses.
En la práctica, este articulado tiene aplicaciones cercanas al de un delito de blasfemia. Por ejemplo, Javier Krahe fue juzgado en mayo de 2012 por una cinta casera de 54 segundos realizada hacía 34 años en la que se le veía junto a unos amigos cocinando un crucifijo. Fue absuelto de todos los cargos porque el juez estimó que la película casera objeto de la demanda había sido el resultado del legítimo ejercicio de una expresión artística que "con un componente burlesco, hizo una crítica del fenómeno religioso en nuestra sociedad". En el corto, según el juez, había "un inequívoco sentido satírico, provocador y crítico, pero no el de ofender"
Alemania, Austria y más recientemente el Reino Unido han optado por regularlo a través de decretos que obligan a los grupos antiabortistas a mantenerse a una distancia prudencial de estos centros. En el país anglosajón esta distancia es de 150 metros. Esta medida, resaltan diversas organizaciones y expertos, no vulnera el legítimo derecho de manifestación ni la libertad de expresión y al mismo tiempo protege la integridad y la intimidad de las mujeres que deciden abortar, así como de los profesionales que practican los abortos.
La ley francesa aprobada en 2017 contempla dos años de prisión y hasta 30.000 euros de multas a quienes impidan o traten de impedir "la practica u obtención de información sobre una interrupción voluntaria del embarazo", que se practique por cualquier medio, incluyendo los medios electrónicos, "la difusión o transmisión de alegaciones o indicaciones que puedan inducir a error intencionadamente, como elemento disuasorio, sobre las características o las consecuencias médicas de la interrupción voluntaria del embarazo".
www.publico.es/sociedad/increpar-mujeres-acuden-abortar-acoso-tolerado
¿Te parece lícito el acoso?
¿Tal vez es justificable en según que casos?
¿En qué casos te podrían parecer lícitos?
Sería interesante tu opinión al respecto.
Te deja mal cuerpo el intento de comida de coco que le hacen, especialmente sabiendo lo que pasó después.
Blessed be the fruit.
de Francia tampoco hay ni encuentro referencias a legislacion, ni a casos que se haya aplicado en clinicas.
>¿Te parece lícito el acoso?
no, creo que ya está penado de hecho.
>¿Tal vez es justificable en según que casos?
si un juez dice que algo es acoso, no es justificable, lo tiene que decir un juez claro
>¿En qué casos te podrían parecer lícitos?
en ninguno que haya sido dictaminado por un juez
Era necesario? Especificar de forma precisa ese tipo específico de acoso? No podría usarse la normativa más general?
Que según leo en la propuesta parece ser algo habitual desde 1985??? y qué, según un estudio de 2018, 300 mujeres se han visto acosadas de alguna forma cuando acudían a abortar.
Y sigo preguntando, es necesario la especificidad absoluta? Que el artículo del acoso parece bastante amplio.
Es posible (no lo sé, habría que mirarlo) que las denuncias que haya habido al respecto no hayan tenido una resolución satisfactoria porque el acoso era lo suficientemente "sutil" o "leve" o "poco diferenciado de cualquier otra manifestación de la libertad de expresión", y en ese caso sí podría ser necesario una especificidad que aumente la sensibilidad del delito para que la persona que vaya a abortar no tenga que pasar por el intento de comida de coco o molestia ideológica incluso aunque ese acto no llegue al nivel de acoso penal como tal.
También es posible que la normativa sobre el acoso sí fuese suficiente pero casi no hubiera denuncias al respecto y entonces no haya sido un problema de la ley en sí, sino de la ejecución, información, recursos, etc. En este caso la especificidad de la normativa sería un brindis al sol para hacer ver que se lucha específicamente por algo cuyo problema no proviene de la normativa, en lugar de llevar a cabo acciones ejecutivas más complejas en la práctica que un cambio en la ley pero más efectivas a su vez.
Dadme esta información y os resolveré la duda, caballero.
Que por otro lado entiendo que debería de aportar la proposición del PSOE
Sin embargo cuando vas a una clínica aunque te hostiguen como es algo que ocurre una vez y ya, con lo que no suele ir a ningún lado (ni la policía actuar de oficio). Porque dicen que están usando su derecho a la libertad de expresión aunque su mera presencia suponga intimidación a las personas que fueran a la clínica. Si dice que tienen que estar a una distancia mínima, ya se da argumentos para la clínica para solicitar una actuación policial cuando se lo salten.
Y también decir que no es un escrache como se dice por arriba ya que estos se definen como ‘ Manifestación popular de protesta contra una persona, generalmente del ámbito de la política o de la Administración, que se realiza frente a su domicilio o en algún lugar público al que deba concurrir.’. Mientras que aquí hablamos de mujeres anónimas que van a realizar un procedimiento médico altamente traumático y, por lo tanto, hay que proteger su derecho a la salud (y en este caso la norma propuesta lo hace protegiendo además el de Libertad de expresión).
Pero vamos que es mi interpretación sin ser abogado.
Pero no he visto esto en casi ninguna propuesta política.
Suerte tienen de que los ateos no somos tan criminales como ellos y no les damos su merecido.
Que te empurarian por atentar contra los sentimientos religiosos
El acoso debe ser algo continuado, y yo aquí no regularía el acoso, si no el simple hecho de ir a la puerta de un sitio a molestar a los que quieren entrar. Quizá se debería hacer en todas partes, la verdad, pero entonces no podriamos ir a manifestarnos a la puerta del congreso.
Entiendo que esto es una situación concreta que requiere una ley concreta. En los partidos de fútbol hay otras leyes concretas.
Qué manía habéis cogido "algunos" a todo lo que involucre defender a personas que sean mayoritariamente mujeres...
Es un absurdo que si alguien mata a alguien que se llame Paco hagan una ley para encarcelar a los que maten a Pacos.
Tiene más sentido que se encarcele a quien mate a alguien y punto.
Bastante tendrán ya estas mujeres.
Y luego ir a confesarse y votar libertad
Yo es que trabajaba al lado de una clínica, te puedo asegurar que están fartos de ladrillos, como diría José Mota.
Según la ley
www.conceptosjuridicos.com/delito-de-acoso/
Se considera acoso de forma general cuando una persona que no está legítimamente autorizada para ello, acecha a otra de manera reiterada e insistente alterando gravemente el desarrollo de su vida diaria.
Ir puntualmente a una clínica puede ser tomado como que no es alterar el desarrollo de la vida diaria. Porque es algo que solo ocurre una vez.
A mí me parece inteligente no hacer leyes genéricas que luego puedan ser malinterpretada en casos específicos en los que nadie pensó antes. Ahora mismo hay un problema con estas clínicas. Bien, pues se prepara la solución específica con ellas.
Malnacidos ellos y su dios.
porque si lo hay y no se ha encontrado delito, puede ser por estar amparado por derechos fundamentales como el de reunion, en cuyo caso lo que harian los jueces sería eliminar esta ley.
Por fin.
Muchas de las que van a abortar no saben que tienen otras opciones que les gustan más.
Y si sirve para salvar la vida de varios homosapiens en etapa embrionaria... bienvenido sea.
Eres tú, Santi??
Yo hablo de Málaga que sin ser una metrópolis tiene un poco de todo.
es.wikipedia.org/wiki/Ley_contra_la_blasfemia#España
Lee esto #7
Ante la propuesta de una medida, sería conveniente plantear las siguientes preguntas:
1) ¿Existe un problema de acoso al respecto? (En este caso parece ser que sí, pero eso debe responderse)
2) ¿La legislación actual al respecto es suficiente para poder denunciar y evitar esos actos?
3) En caso de ser negativa la respuesta anterior, aportando documentación al respecto (jurisprudencia que deniegue denuncias relacionadas, etc.), ¿qué ampliación sería necesaria para contemplar estos casos? ¿Esa ampliación podría generalizarse para otros casos similares que tampoco puedan ser abarcados en la normativa general?
4) En caso de ser afirmativa la respuesta a la pregunta 2), ¿es un problema de recursos o presión por parte de los acosados? Para solucionar esto, ¿debe darse apoyo directo a esos pacientes o dotar de recursos a los centros a los que acuden para que sean estos los que de "oficio" eviten dichos acosos ya sea mediante su propia seguridad o mediante denuncias?
5) En caso de que ya estuviesen contemplados esos recursos para los centros de la pregunta 4, ¿es un problema de una mayor necesidad de recursos, o que los actuales no se están aplicando correctamente? ¿Existen otros casos similares a los que se estén destinando recursos para realizar estas defensas ante el acoso? ¿Funcionan bien en esos casos similares, o es un problema generalizado de este tipo de recursos, por lo que habría que realizar una revisión general de los mismos?
Y finalmente, ¿qué recursos son necesarios para llevar a cabo las soluciones planteadas y cuál es la mejora que se espera conseguir a corto y medio plazo? ¿Qué fecha se establece para realizar una revisión de las medidas planteadas y su efectividad?
Con todo ello, que debería ser lo mínimo ante cualquier propuesta política, explicando detalladamente la necesidad, la posible generalización (y si ya existe una, detallar por qué la misma no es suficiente para estos casos), la comparación, los recursos y el análisis futuro, no debería haber mayor problema en que se plantee esta medida o la que sea.
Paisos_Catalans
Me parecen motivos más que de sobra, la verdad.
Y hay muchas leyes sobre cosas específicas, por ejemplo sobre conciertos, teatros, educación, sanidad, acceso de bomberos, trato de inmigrantes.. es que lo que me sorprende es que os llame tanto la atención.
Lo que hay que llegar a leer.
La que abortó fue tu madre.
Yo tenía 4 años la primera vez que mi madre abortó, me preguntó si quería un hermanito y como la vi triste le dije que no, y por siempre me sentí culpable de ese aborto
la segunda vez yo tenía 10 años y fui con ella a Paris para abortar
Lo que es realmente disfuncional en tu familia es el tratar a los embriones como hermanos y el hacerte partícipe de según que cosas a esas edades y no que se haya decidido no tener hijos por la razón que sea.
Eso contando con que lo que me dices es verdad (que me da igual), porque como guionista de culebrones no tienes precio...
"España destino túrístico sexual"..... me parto , de verdad...
España???? Quién te ha contado eso? El Opus??