El cambio planteado por el alto tribunal en una sentencia puede servir para facilitar la expulsión de okupas en segundas residencias. Según la sentencia, no se puede excluir como morada, a efectos de allanamiento, una vivienda que la víctima "también utiliza ocasionalmente, que tiene amueblada, y dada de alta la luz, el agua y gas, como servicios esenciales que acreditan que es vivienda que se utiliza habitualmente, y que no está desocupada".
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Porque siempre que escucho o leo a un abogado especializado o incluso a un juez hablar o escribir sobre este tema dicen que la segundas residencias son moradas al igual que la primera, y por tanto su ocupación es un allanamiento.
Conozco alguno que estaba histérico con las "noticias" de continuas ocupaciones.
Ahora hay que ver que hacer con la gente que se va a quedar en la calle con la que se avecina.
Porque esto, como sabe toda la barra del bar, única y exclusivamente beneficia a los malignos fondos buitre y bancos. Esos que copan con mano de hierro el 6% del mercado inmobiliario.
O es que tienen menos categoría los temporeros que los okupas?
Porque siempre que escucho o leo a un abogado especializado o incluso a un juez hablar o escribir sobre este tema dicen que la segundas residencias son moradas al igual que la primera, y por tanto su ocupación es un allanamiento.
Es una put@ coña este sistema jurídico donde la peña va de víctima (que seguramente hay gente q lo pasa mal, pero son los menos) y destrozan roban y dañan la propiedad privada y quedan totalmente impunes...
En mi bloque tuvimos que soportar venta de drogas, gritos, violencia y el señor okupa aparte de destrozar todo si señor se fue de perlas!
Viva la Justicia de la doble moral, mientras que el currante, el que genera dinero para pagar a estos jueces y a lo que llamamos justicia no trabajan en función de brindarnos seguridad y paz
Lo que pase en la nuestra no les va a cambiar el negocio ni un ápice.
Para un fondo de esos, no difiere en nada con un banco.
Ahora bien, si sumas los inmuebles "abandonados" de los bancos, ese 6 % es bastante irreal
Nada que ver una cosa con la otra.
Y los porcentajes, se ha explicado miles de veces por aquí. La gran mayoría de la vivienda vacía es de pequeños propietarios.
Pero bueno, ese caso tampoco creo que implique que a partir de ahora todo tenga esa consideración. No entiendo por que deberia generar jurisprudencia, la verdad.
Una pregunta, así general. Por qué TODAS las iglesias chapan por la noche en lugar de darles un sitio a los sin techo para, al menos, poder dormir en las épocas de frío? Porque esos se la están llevando muerta, tanto del estado como de los que les marcan la X en la renta...
No pagar alquiler o hipoteca no es ayanamiento ni ocupación.
Hasta las VPO se han gestionado en venta en lugar de alquiler lo que tiene poco sentido. Tengo amigos con sueldos de 50-60.000 € brutos anuales con viviendas de protección subvencionadas que obtuvieron cuando estaban de becarios cobrando 600€ mes... Ahora se les han quedado pequeñas y las pueden realquilar o vender con beneficios, es absurdo y si se mantiene es porque los propios políticos se benefician de ello.
Que la estrategia sea diferente, no significa que la práctica lo sea, casas vacías, fuera de precio de mercado durante una década.
1) Familia no puede pagar la letra de la hipoteca de una vivienda
2) El Banco procede a la ejecución de la hipoteca en el plazo mas corto posible
3) El fondo buitre amigo del banco se queda con la vivienda con "bicho" a un precio irrisorio
4) El precio que paga el fondo no cubre la deuda hipotecaria, la familia se ha quedado sin vivienda pero con las deudas
5) El fondo declara la vivienda como su "residencia". Si hace falta, pone a su nombre el agua y la electricidad un par de meses para justificarlo
6) El fondo denuncia a la familia por allanamiento de morada, se procede a su desalojo inmediato, bajo amenaza de cárcel de 1 a 4 años en caso de oponer resistencia
7) El valor de la vivienda se multiplica por X ahora que ya no tiene bicho
El Banco y el Fondo se reparten el beneficio mientras se ríen de lo tonto que es el populacho
Lo que está cambiando es el punto 6. Hasta ahora el concepto de "allanamiento de morada" estaba limitado a la vivienda habitual. En el momento que alguien puede declarar un número indefinido de viviendas como su "morada", por el simple hecho que esté amueblada y se paguen los servicios esenciales, aunque no viva físicamente en ellas, se abre la veda.
Edito: para #18 y #32
El negocio de asustar viejas.
Mujeres asesinas
Okupas
En 20 min una de pateras y luego algo de Gibraltar español
De donde no hay no se puede sacar
a partir de ahi, tu teoría creo que se cae.
Y otra de Ayuso y el Parte diario de guerra del Polisacárido
"En una reciente instrucción para agilizar los desalojos de okupas, la Fiscalía ya dejó claro que el allanamiento (que permite pedir el desalojo de forma inmediata) se produce respecto a la casa y la segunda residencia por ser lugares donde el dueño desarrolla su vida privada e intimidad, mientras que la usurpación se refiere a inmuebles y viviendas que no constituyen la morada de nadie, es decir, que están deshabitadas y vacías."
Ahora el Supremo confirma esa definición amplia de "morada", apuntan fuentes jurídicas."
Aunque ya se ha explicado diversas veces a ver si repitiéndolo se aclara el concepto.
El allanamiento de morada permite la expulsión inmediata y es un delito grave con penas de prisión entre 1 y 4 años. Se produce cuando alguien se instala en la finca donde el propietario reside habitualmente ya sea de forma permanente o temporal (segunda residencia). Las penas suelen agravarse por la concurrencia con otros delitos y lo normal es que el usurpador acabe en la cárcel. El procedimiento de desahucio puede hacerse de forma inmediata.
La usurpación (ocupación) es un delito leve con una pena de 1 a 2 años. Se produce cuando alguien se instala en una finca que está deshabitada y vacía y que su propietario no utiliza jamás, el caso más claro es el de los pisos deshabitados propiedad de fondos buitres y bancos. El procedimiento de desahucio es mucho más lento.
Ahora no me vengáis contando anécdotas de que si a mi primo tal o a mi tío pascual. Ya sabemos que la justicia y la policía funcionan mal en este país.
Si te encuentras un juez inútil (que los hay más de los que parece) o unos policías con pocas ganas de trabajar todo lo que he dicho no vale una mierda. Pero eso no es culpa de la ley, es culpa del mal funcionamiento de la justicia en este país.
O se les aloja a todotrapo en hoteles
www.abc.es/espana/abci-6000-inmigrantes-alojados-hoteles-canarias-cost
¿Van a ser menos que los inmigrantes ilegales?
Si alguien se mete en tu casa sin permiso, puedes demandarlo para que abandone tu propiedad. Otra cosa es que el sistema judicial esté infrafinanciado y para algo que debería tardar un par de meses como mucho en obtener sentencia, y al margen de medidas cautelares, se tarde dos años. Pero eso es otro tema.
Todo bien.
Pero ¿existe un seguro privado de justicia? Que yo sepa no. Por tanto, lo que queda es un hueco enorme para que las mafias lo ocupen. Mafias que pueden dedicarse a ocupar y "revender" pisos que ya tienen propietarios y mafias que se dedicarán a desocupar esos mismos pisos.
Realmente queremos que el mercado de la vivienda pase a depender de las mafias?
No sería mejor limitar por ley el numero de viviendas que se pueden tener en propiedad, pero cuya propiedad esté totalmente garantizada por la ley?
En otras comunidades se reservan el derecho de tanteo, aquí no.
Además que como dice #51 lo que hace es confirmar lo que ya se estaba diciendo en los tribunales.
En la comunidad aún hay dos casas pertenecientes a ese banco, no habían pagado ni una cuota de comunidad en casi una década, hasta que compre yo y se pusieron al día con las 3.
Y no creo que con el IBI fuera muy diferente.
Las VPO depende, las de alquiler son 25 a 30. Ganas dinero con ellas a muy largo plazo. Por ejemplo en lugar de pagar un alquiler o una hipoteca a precio mercado de 800€, pagas alquiler o hipoteca de VPO a 400-500 e inviertes la diferencia durante 30 añazos. Luego le quitas la protección y la vendes, junto con la pasta que te has ahorrado te jubilas en un chalet en la sierra.
Las VPP te ahorras menos pero también le quitas antes la protección. Mira en Sanchinarro y Montecarmelo por cuánto se están vendiendo VPP y lo que costaban hace 15 años.
¡¡Lo dijo un señor en twitter!!
En mi casa actual se presentaron un tipa despanpanante y diciendo que acababan de robar en el edificio de al lado y que tenía que protegerme. Le dije que no me interesaba y que tenía un portero/segurata nocturno que está a menos de 15 metros de la puerta de mi casa y que en ése edificio no hacía falta alarma.
Mi vecino se la comió.
Las puertas del edificio son acorazadas Dierre... supongo que las podrán abrir pero no con una radiografía.
Pero sí, que es cierto, son problemas de otros, no son tuyos, así que guay.
Eso te lo has sacado del foro de tus cojones, la consideración de morada sólo aplica a personas físicas.
He sido okupa durante 6 años, te respondo
#57 Te lo explica mejor.
Indica claramente los destrozos a la vivienda ocupada, para la que no sé exactamente si hay alguna ley posible para hacerle pagar por los daños ocasionados.
La única opción es que hereden o les toque la lotería y les de por meter el dinero al banco. Que no lo van a hacer porque saben que de ahí vuela.
te decía que #57 lo explica mejor.
No es bueno generalizar, me imagino que dependerá de bancos. En mi comunidad hay un piso embargado por el Sabadell y no ha habido problemas con las cuotas de la comunidad, si que tuvimos problemas (y muchos) con el anterior propietario al que embargaron. El piso ha estado vacío durante 6 años hasta que recientemente lo han logrado alquilar.