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Los Mossos investigan a la dueña de la vivienda okupada por allanamiento en El Catllar

El delito de allanamiento de morada se regula en el artículo 202.1 del Código Penal y establece que «el particular que, sin habitar en ella, entrare en morada ajena o se mantuviere en la misma contra la voluntad de su morador, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años».

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