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Llamar “carapolla” a Almeida no es sancionable admnistrativa o penalmente

Llamar “carapolla” a Almeida no es sancionable admnistrativa o penalmente

No existe la infracción administrativa de insultar a un Alcalde,por lo que no puede ser sancionado,su conducta es impune. Almeida no es un miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado,no es un Policía ni Guardia Civil (y aunque lo hubiera sido en el pasado,no ha sido insultado por esa condición,ni se encontraba en el ejercicio de sus funciones). ¿Podría incluso sancionársele en vía penal? Pues tampoco. Existen dos posibles tipos penales en los que podríamos subsumir portar esa pegatina: delito de injurias o falta de respeto..

| etiquetas: llamar “carapolla” , almeida , no sancionable , admnistrativa , penalmente

menéame