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El Constitucional admite a trámite el recurso del PP contra la reforma del Gobierno para renovar el Tribunal

El Constitucional admite a trámite el recurso del PP contra la reforma del Gobierno para renovar el Tribunal

Los magistrados conservadores del Alto Tribunal se imponen a los progresistas para pasar a debatir sobre el fondo del asunto.

| etiquetas: tribunal constitucional , admite , recurso , pp
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Comentarios destacados:                                  
#10 #8 que dos jueces puedan votar en contra de su propia recusación es rizar el rizo de la prevaricación.
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  1. Soerpresón en las gaunaaasssss

    No.
  2. Separación de poderes dicen
  3. Democracia plena. Transición ejemplar.

    Mismos perros y con el mismo collar y todo. Para qué disimular??

    Nacen golpistas y mueren (de viejo) golpistas.
  4. Hay 6 jueces del PP y 5 del PSOE. Los 6 votan una cosa y los otros 5 la contraria. No es un tema judicial ya, es un tema partidista.
  5. Ahora es cuando todo el mundo tendría que salir a la calle para dejarles claro que no pueden ejercer el poder que ostentan, que no les dejaremos, que es ilegítimo.

    ¿De qué sirven unos tribunales que se pasan las normas por el forro si no es para beneficiar a ciertas partes?
  6. #8 que dos jueces puedan votar en contra de su propia recusación es rizar el rizo de la prevaricación.
  7. Sigo sin ver cuál es el problema de que el tribunal examine si se han vulnerado derechos, especialmente cuando se ha seguido un procedimiento por el cual hay numerosas sentencias que dicen que el procedimiento seguido es ilegal y vulnera derechos.

    De hecho la primera sentencia que hay sobre esto es de un recurso de amparo que hizo em PSOE cuando el PP hizo una ley saltandose el procedimiento.

    Visto que pese a haber sentencias que dicen que esto es ilegal los legisladores siguen vulnerando la ley, ¿qué problema hay en que un tribunal impida que se vulneren derechos?
  8. #7 no del todo. En la que enlazas aún se debatía el bloqueo.
  9. Pues nada, enhorabuena a todos.
    Una organización delictiva se ha follado el sistema pseudo democrático que teníamos.
  10. #12 En la que enlazo se decía que se desestimaba la recusación y que por lo tanto se admitía el recurso del PP:

    El pleno continúa y debe decidir sobre las medidas cautelares que pide el PP para evitar que la tramitación parlamentaria de los cambios en el Código Penal siga su curso. Eso significa que admite a trámite el recurso del PP: el Constitucional delibera ahora sobre si debe paralizar la votación en el Senado del próximo jueves, que incluye su propia renovación
  11. Meter una reforma del sistema de elección de jueces en una reforma de los delitos de malversación y sedición es inconstitucional aquí y en París.

    Si se quiere reformar una ley orgánica, como es la de elección de jueces del TC por el CGPJ, se han de seguir los pasos preceptivos que requieren, entre otros trámites, petición de informes.

    Ahora a escuchar gritos e insultos de gente que no conoce la diferencia entre ley ordinaria y ley orgánica a jueces y letrados.
  12. #5 ¿te refieres a la Europa que ya criticó la reforma del CGPJ que quieren aprobar bajando las mayorias?¿La Europa que ya dijo que es correcto que un TC suspenda plenos parlamentarios para evitar vulneración de los derechos de los parlamentarios?

    >elpais.com/politica/2019/05/28/actualidad/1559029423_031179.html
    >s3.documentcloud.org/documents/21071722/informe-espana.pdf
  13. Me hacen gracia los comentarios... los agresores a la democracia haciéndose las víctimas :roll:
  14. Cuando los votos valian poco , y aun los rebajan mas.
  15. #11 Ley Orgánica 2/1979

    Del recurso de inconstitucionalidad

    Artículo treinta y uno

    El recurso de inconstitucionalidad contra las Leyes, disposiciones normativas o actos con fuerza de Ley podrá promoverse a partir de su publicación oficial.


    Lo de que hay numerosas sentencias es falso. De hecho el TC ha ido contra su propia jurisprudencia y los jueces con mandato expirado hace 4 años han votado contra su propia recusación siendo juez y parte.

    Es algo inédito.

    Si el procedimiento es o no correcto no puede juzgarse de antemano.
  16. #20 Vale, pero es que no se ha recurrido la ley, sino el trámite.

    Es decir, el acto de la mesa del parlamento de admitir a trámite la enmienda en concreto. Y eso ya es oficial.
    El recurso no es sobre el texto de la reforma, sino del como se quiere llevar a cabo.
  17. #18 O sea que pones unas declaraciones que dicen que el sistema no hay que reformarlo para defender que lo reformen.

    Y además lo que dice es que hay que reformarlo de la forma que pone el enlace que he puesto yo, que es la que dice el GRECO (también del enlace que he pasado), que estaba en contra de la reforma que quiere hacer Sanchez.

    Me das la razón, pero no te llega a leer más del titular.
  18. #23 No, se ha hecho un recurso de inconstitucionalidad.

    Ahora, si el TC se folla la Constitución, la ley que lo rige, sus mandatos, la separación de poderes metiéndose en trámite parlamentario, pues todo bien.

    Relee el articulo en #20
  19. #18 Que bien aprendido tenéis el mantra totalitario.

    Modificar leyes orgánicas mediante enmiendas en otra ley diferente, ya declarado inconstitucional -> democracia.
    Aceptar un recurso por vías legales avaladas desde el TSJE -> golpe judicial.

    xD
  20. #4 exactamente es separación de poderes, el poder ejecutivo y el poder legislativo han intentado subyugar al poder judicial y éste no se ha dejado. Ahora veremos que se decide pero preveo que dirán que la reforma se tiene que hacer como marca la ley.
  21. #1 cuando se metieron en el Parlamento catalan no escuche a los del PSOE quejarse...mas bién lo contrario...y ya les avisamos que los siguientes podrian ser ellos....
  22. #4 Estado de derecho, dicen.
  23. #14 sigo viéndolo confuso en cuanto al titular pero acepto tu recusación ;)
  24. Y los recusados han votado :palm: :palm:


    La que están liando....

    Gobierno de los jueces. La Constitución papel mojado...
  25. #20 está claro que no sabes lo que se ha recurrido, porque entonces sabrías que lo que se ha recurrido está ya en firme.

    Pero eh, los malos son los que saben de lo que va el tema.
  26. #27 el poder judicial controlado por mayoría de un partido político que no tiene mayoría parlamentaria. Con los mandatos caducados 4 años. Todo muy sano, si
  27. #28 Claro que no se quejaron, Perro no come perro.
  28. #3 Si. Pero aún puede ser peor...
  29. #27 ¿Cómo han subyugado? ¿Aplicando la Constitución en cuanto a duracion de mandatos y legislando?
  30. Cuatro horas de debate para hacer lo que sabíamos nosotros horas antes. Votos de cada cual en su dirección.
  31. #32 Si, esta en el BOE del país de la piruleta
  32. Vaya panda de corruptos tripongos.
  33. Hoy, 16 de diciembre del 2022 , el TC , de la mano del PP ha ejecutado un golpe de estado 2.0 .
  34. #27 En absoluto. Aquí es el poder judicial impidiéndole al legislativo legislar y usurpando la soberanía popular ejercida por el Parlamento.

    Se están follando la Constitución
  35. #25 No, no se ha hecho un recurso de inconstitucionalidad [1], se ha hecho un recurso de amparo[2]

    Lee la noticia:
    El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha decidido admitir a trámite el recurso de amparo del Partido Popular contra la reforma impulsada por PSOE y Podemos

    Y esto es porque, como te he dicho, el recurso no es contra el texto de la ley, sino contra el procedimiento para tramitarla.

    [1] es.wikipedia.org/wiki/Recurso_de_inconstitucionalidad_(España)
    [2] es.wikipedia.org/wiki/Recurso_de_amparo_(España)
  36. #18 según tu enlace el tal Reynders dice que no hay que reformar el sistema, que hay que hacer la elección antes de reformarlo.

    ¿Y eso es lo que usas para defender la reforma del PSOE? ¿Que estan haciendo lo que le han dicho que no haga?
  37. #15 parece que hay que repetirlo

    Ley Orgánica 2/1979

    Del recurso de inconstitucionalidad

    Artículo treinta y uno

    El recurso de inconstitucionalidad contra las Leyes, disposiciones normativas o actos con fuerza de Ley podrá promoverse a partir de su publicación oficial.
  38. #38 no, estará en las actas del Congreso o donde se registren los actos administrativos.

    Venga, vamos a intentarlo, ¿que CREES que se ha solicitado amparo?
  39. #17 "Los miembros del Tribunal no son magistrados sino políticos".  media
  40. #10 No, no va de eso el recurso, lee el final de la entradilla y la noticia:
    "contra el procedimiento escogido por PSOE y Podemos para sacar adelante la reforma, incorporando dos enmiendas a la modificación del Código Penal para rehacer el redactado de los delitos de malversación y sedición."

    #11 Si ponen titulares falsos o sólo para borregos que no saben lo que se ha recurrido, no te extrañes.
  41. duplicado
  42. #45 Pues eso, que no es ley porque no lo ha aprobado el Senado
  43. Que les apliquen el 155
  44. #50 es que no han pedido amparo por ninguna ley.
  45. #42 Suponiendo que es recurso de amparo solo tiene por objeto exclusivamente la defensa de los derechos fundamentales de las personas que lo interponen.

    Lo cual es un argumento aún mas kafkiano
  46. Ahora qué poder tiene esa cautelar en el Congreso?
    Qiero decir. Supongamos que se pasan por el arco del triunfo este movimiento de Cuñado Banderas.
    Qué podrían hacer estos tiñalpas?
  47. #43 así de cortos van
  48. #47 > y DESPUÉS (aprende lo que significa esa palabra, por tu bien) reformar el sistema.

    Exactamente lo que he dicho, que lo que dice es que el sistema hay que reformarlo después.

    El que sigue sin entender que eso te contradice, pese a ser tan obvio, eres tú.

    Además de que dice que hay que reformarlo de la forma que he puesto yo y no la de Sanchez, que ya la han criticado, de eso sigues sin decir nada, que son más cosas que te quitan la razón. Te crees que les va a gustar que haga cosas que ya han dicho que estan mal.
  49. #54 Es un recurso de amparo porque al hacerse la tramitación de la reforma por la vía de la enmienda no se debate en el parlamento, solo se vota, por lo que los parlamentarios podrían ver vulnerado el derecho al debate público en sede parlamentaria de dicha reforma.

    Creo que es sencillo de entender. Si entendemos que lo recurrido no es la norma, sino el trámite.
  50. #27 Incorrecto. Los jueces de los distintos órganos están elegidos por los partidos. Todos tienen carga política partidista. Algunos intentan se imparciales peor los que están generando todo este ruido ya han dejado de intentarlo.
  51. #28 Ya avisó Martin Niemoller:

    Cuando los nazis vinieron a llevarse a los comunistas,
    guardé silencio,
    ya que no era comunista,

    Cuando encarcelaron a los socialdemócratas,
    guardé silencio,
    ya que no era socialdemócrata,

    Cuando vinieron a buscar a los sindicalistas,
    no protesté,
    ya que no era sindicalista,

    Cuando vinieron a llevarse a los judíos,
    no protesté,
    ya que no era judío,

    Cuando vinieron a buscarme,
    no había nadie más que pudiera protestar.
  52. #44 no se ha hecho un recurso de inconstitucionalidad. Repetis un bulo.
  53. #41 Es ilegal lo que han hecho? No verdad? es un mecanismo democrático que esta ahí para ser usado, pero a los demócratas no les gustan los mecanismos demócratas. Que seguramente solo frenen un poco la ley y salga para adelante, pero tildar a esto de golpe de estado es de coña
  54. Pregunta desde mi ignorancia, en caso de que el TC cometiera un acto anticonstitucional (son personas, puede pasar) de les puede detener?
  55. #26 Ver la paja en el ojo ajeno -> lo que estan haciendo todos. Trabajar por mejorar las cosas -> lo que no hace nadie. A ver si nos invade ya Rusia, los chinos o algo
  56. #44 No se ha presentado un recurso de inconstitucionalidad.

    Repásate la portada del Menéame a ver si te enteras de algo.

    Si supieras el mal humor que me deja en el cuerpo tener que leer los bulos de gente sin el más mínimo interés por aprender o formarse...
  57. #7 No es duplicada, lee bien.
  58. #3 Intento de golpe de estado del PSOE querrás decir, que metió está ley junto con otras 2 leyes que no tienen que ver, lo que es ilegal. En 2011 el PP hizo lo mismo, y fue el PSOE el que recurrió al TC para pararlo.
    Y si, el PP tiene secuestrado al poder judicial, pero lo que quiere PSOE y Podemos es peor. Hacer que sea más fácil secuestrarlo y amenazar con darle toques de atención a los jueces. No sólo gobiernan a base de decretazos saltándose la separación ejecutivo y legislativo, que quieren controlar aún más a los jueces
  59. #48 recusacion ! = recurso
  60. Una casa de putas, pero no nos engañemos, si fuera el bloque progresista el mayoritaro, harían lo mismo
  61. #65 recurso de amparo
    Art 42
    Las decisiones o actos sin valor de Ley, emanados de las Cortes o de cualquiera de sus órganos, o de las Asambleas legislativas de las Comunidades Autónomas, o de sus órganos, que violen los derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional, podrán ser recurridos dentro del plazo de tres meses desde que, con arreglo a las normas internas de las Cámaras o Asambleas, sean firmes.
  62. #27 es increíble el cacao mental que tenéis montado para creer que esto es una defensa de la separación de poderes. O eso o sois unos hipócritas de mierda. Que pueden ser las dos cosas y las dos cosas a la vez.
  63. #48 www.meneame.net/story/tribunal-rechaza-revocar-dos-magistrados-deliber

    El rechazo a la recusación a dos magistrados conservadores sale adelante con seis votos a cinco

    La tienes en portada, justo debajo de esta .

    Ahora ponte de cara a la pared y reflexiona sobre quién es el borrego. El resultado te sorprenderá.

    A nosotros, no. xD xD xD
  64. #_17 Hombre el nazi que cierra la cuenta para que no le baneen después de insultar. Hacía tiempo que no se te veía.
    cc: #22
  65. #61 go to #65

    Firmes!!! No antes.

    Que hables tú de bulos :palm:
  66. #70 lo que se ha recurrido es firme y estamos dentro del plazo de 3 meses. Entiendo que lo que pones es la prueba de que se puede hacer el amparo.
  67. Delincuentes golpistas. Prisión como mínimo.
  68. #72 Los fascistas no necesitan que desmonten los argumentos. Solo quieren ver que hay contestación para seguir viviendo en su fantasía por eso ni se molestan en responder.
  69. #67 la diferencia es que recurrío una vez fue aprobado a desinformar espera a la cena de Navidad, cuñado
  70. #67 No todo son golpes de estado.

    Lo que ha hecho el PSOE es hacer mal los trámites parlamentarios. No es mas golpe de Estado que lo que hizo el PP de Aznar en 2003.
    Lo que ha hecho el TC es admitir a trámite un recurso de amparo, con toda la razón.

    Que ganas de banalizar los golpes de estado, unos y otros.
  71. #68 Efectivamente. Si el recurso fuera sobre la constitucionalidad de esa ley, al ser parte interesada, tendrían que recusarse. Cómo el recurso es sobre un trámite parlamentario realizado en contra de la ley, dicha necesidad de recusación es mucho más debatible.
  72. #75 que yo sepa, todavia no fue aprobada por el Senado no? O me perdi esa noticia?
  73. #81 la ley no se ha aprobado, pero no es eso lo que se ha pedido amparo.

    Se ha pedido amparo por el procedimiento ilegal por el cual se han tramitado >twitter.com/CarlosFEsquer/status/1603289223834079232
  74. #70 Pues claro. El acto es firme tras la votación. ¿Se ha presentado el recurso dentro de los meses posteriores a la votación?

    Sí.

    Y bueno, debería hacerte sospechar el hecho de que el PSOE para intentar tumbar el recurso no haya alegado extemporaneidad.

    Eres el típico militante de partido sin estudios de derecho que se lee dos consignas y se pone a repetirlas como un disco rallado sin tomarse la molestia de verificarlas ni comprobarlas.

    Te lo repito, gente como tú degrada la democracia de cualquier país.
  75. #50 Y eso importaría si el recurso fuera sobre la ley, y no sobre el trámite parlamentario. Pero como es sobre el trámite y no sobre la ley, es irrelevante que la ley aún no se haya aprobado.
  76. #81 si se ha admitido a tramite es porque como dice ese parrafo, es firme de acuerdo a las normas internas de las Camaras o las Asambleas.
    Ahi no dice nada sea tramite de Ley en el Senado.
  77. #71 rebaja la bilis que yo no te he insultado
  78. #82 y porque en tu comentario anterior dices lo contrario?

    No sé, no tendrás la intención de mentir deliberadamente no? Un lapsus quizás?
  79. #63 ¿Y quién los juzga? :troll:
  80. #59 y para solucionarlo vamos a hacerlo más fácil para que cada gobierno ponga los jueces que quiera sin negociar con la oposición
  81. #28 la de insultos que me llevé yo por decir "ya os llegará y a ver quién os defiende"
  82. #64 No se si lo de la paja en el ojo ajeno es por mi.
    Pero yo soy perfectamente capaz de ver y reconocer que lo que está haciendo el PP con las renovaciones del CG^J y del TC es una mierda gordísima y, a la vez, ver y reconocer que lo que está intentando el PSOE es una mierda todavía más gorda.
  83. #41 no les impide legislar, el tribunal constitucional vela por nuestros derechos y si una administración no cumple las normas se lo dice. No es cuestión de la reforma en sí sino de cómo se está haciendo. Pueden volver a legislar con el mismo contenido pero por el procedimiento correcto.
  84. #89 entiendo que mientras no sea ningun delito relativo a algun derecho fundamental el Supremo puede juzgarles, pero desde la barra de bar.
  85. #77 sabes que pasa? Me causan una mezcla de hilaridad y pena.

    Pero luego recuerdo que son gente muy peligrosa.
  86. #88 ¿Dónde ves la contradicción exactamente?
  87. #3 Cómo os gusta exagerar. Lo que tienen que hacer los parlamentarios es tramitar las cosas como dios manda. Que son muchos como para hacer las mierdas que hacen. Y no presentar leyes dudosas o con procedimientos dudoso. Si sus propias capacidades no les sirven, tienen organismos consultivos para que les ayuden (que sirven para eso). Si cada vez que un juez corrige a un político hablamos de golpe de estado no vamos a ninguna parte. Los políticos tienen la responsabilidad de hacer las cosas bien y de meternos a nosotros en estos embrollos.
  88. #83 una ley es firme cuando se ha publicado en el BOE. Punto.

    Vaya, vaya, ahora ya vas a lo personal xD
  89. #86 No han recurrido la ley sino el procedimiento de presentación. Otra cosa es que además la ley también sea recurrible cuando se apruebe
  90. #99 Así es,
    #44 #20 Que no es un recurso de inconstitucionalidad sino un recurso de amparo, lee el art 2 y el Capítulo III Del recurso de amparo al Constitucional
    Art 42 Las decisiones o actos sin valor de Ley, emanados de las Cortes o de cualquiera de sus órganos, o de las Asambleas legislativas de las Comunidades Autónomas, o de sus órganos, que violen los derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional, podrán ser recurridos dentro del plazo de tres meses desde que, con arreglo a las normas internas de las Cámaras o Asambleas, sean firmes.
    www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1979-23709
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