Según la sentencia, que no es firme, ha existido una agresión recíproca, «no permitiendo el relato fáctico que ha quedado acreditado sustentar esos casos excepcionales de legítima defensa, pues ambos coacusados intervinieron activamente atacándose, lo que imposibilitaría la aplicación de una circunstancia eximente de legítima defensa». La diferencia de pena en este tipo de casos está validada tanto por la doctrina del Constitucional como por la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
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Incluso en los supuestos en los que la agresión es mutua o que no se percibe ningún elemento que revele que la violencia se produce por el hecho de ser mujer.
De acuerdo con el Alto Tribunal, cuando el legislador aprobó los delitos que sancionan la violencia de género «en modo alguno quiso adicionar una exigencia de valoración intencional para exigir que se probara una especial intención de dominación del hombre sobre la mujer para que el hecho fuera considerado como violencia de género».
«Si hay agresión del hombre sobre la mujer ello es violencia de género, y si hay agresión mutua no es preciso probar un comportamiento de dominación del hombre sobre la mujer. Probada la agresión el hecho es constitutivo de violencia de género y si hay agresión mutua, como en este caso, ambos deben ser condenados por violencia de género al hombre y familiar a la mujer».
¿Os imagináis que llega VOX y legisla para que los delitos cometidos por inmigrantes tengan una pena mucho mayor?
Pues es lo que tenemos actualmente, pero en vez de raza por género, y no solo hay gente que no se echa las manos a la cabeza, sino que además lo apoyan. Delirante.
EDIT: Entonces, la mujer ya es víctima de violencia de género de forma vitalicia, ¿no? Con todos los beneficios que eso conlleva.
El hombre es un maltratador condenado que no tendría derecho a ver a sus hijos (si la pareja los tuviera).
Luego que por qué la gente vota lo que vota, y nos llevaremos las manos a la cabeza con el cómo puede la gente declararse antifeminsita y ay las nuevas generaciones cómo vienen, hay que hacer más charlas en los institutos.
Curioso.
No te molestes en contestar, ya tu sabeh.
Este hombre no podrá solicitar el complemento de pensiones contributivas por maternidad/paternidad mientras que ella sí podrá.
¿y quién ha escrito eso? ¿Irene quizá? No, la gran amiga de meneame, Yolanda Diaz, un lobo disfrazado de cordero, pero que sigue siendo la misma basura.
Si por pensar distinto a ti, e incluso lo contrario, ya soy un fascista, el nazi intolerante eres tú. De nada. No me cuesta explicar lo que es cristalino, salvo para un nazi.
¿O solo estás de acuerdo para que sean con los hombres porque te llevan años adoctrinando?
Te lo digo porque para todos los casos es igual de deleznable.
Pd: La verdad es que iba para #_11 limoncio Normal que me tenga ignorado, tiene que ser duro ver como te recriminan tus propias paridas. Pero bueno, es hombre y apoya disparates como la asimetría penal, poco más puedo decir
Parece que si
#19 gracias por la aclaración estoy espesete esta mañana
Vamos, que aqui paz y despues gloria, pero lo que busca #0 es lo de siempre
edit: #22 Vaya, sí que está sensiblón el hombre
www.meneame.net/notame/3548598
#27 ¿Qué quieres? Hay que ser muy valiente para defender este disparate, eso si, pidiendo ayuda a la cuchipandi
Se ha acordado la suspensión de la ejecución de las dos penas de prisión por un periodo de dos años, condicionado a que no delincan durante dicho plazo, así como a que abonen la responsabilidad civil.
La misma noticia sin el "inciso" de Confilegal (la web del primogénito del presidente de Intereconomía) que has copiado:
periodicogetafe.blogspot.com/2022/05/confirman-2-anos-de-prision-un-ho
www.madridactual.es/7836702-confirman-2-anos-de-prision-para-un-hombre
Si por pensar distinto a ti, e incluso lo contrario, ya soy un fascista, el nazi intolerante eres tú. De nada. No me cuesta explicar lo que es cristalino, salvo para un nazi.
Te pregunto si te parece justicia que a mismo delito la pena sea asimétrica.
La suspensión va ligada a la no reincidencia, por lo que si volvieran a agredirse mutuamente de igual forma, uno va a la cárcel y la otra no.
Edit: Por lo que veo, además, por ningún sitio dice que el hombre haya sido condenado por violencia de género, sino que se ha desestimado el recurso de la mujer por el que alegaba defensa propia. Esto es sensacionalismo barato.
Parece que su amigos han venido y te han votado negativo.. yo te compenso..
Creo recordar, que desde la comunidad Europea ya nos "dieron el toque" por dicha razón.
El artículo sensacionalista da por hecho que es la misma situación uno y otro en la agresión cuando el juez evidentemente no lo ha hecho sólo por dar carnaza a cierto sector zaherido.
"Probada la agresión el hecho es constitutivo de violencia de género y si hay agresión mutua, como en este caso, ambos deben ser condenados por violencia de género al hombre y familiar a la mujer"
Esta redactado confuso, pero yo interpreto que si se refiere a ese caso
Y como soy de izquierdas eso no lo veo justo.
"La diferencia de pena en este tipo de casos está validada tanto por la doctrina del Constitucional como por la jurisprudencia del Tribunal Supremo."
Si tienes algún enlace al toque que mencionas desde Europa, me interesa
www.madridactual.es/7836702-confirman-2-anos-de-prision-para-un-hombre
www.elconfidencialdigital.com/articulo/ultima-hora/anos-prision-hombre
Ambas tienen exactamente el mismo recorte de europapress que Confilegal pero este último se pone a hablar de una doctrina del supremo que puede no tener nada que ver y que tampoco afirma que lo tenga. De ahí que el redactado sea confuso, porque el último tramo que mete la jurisprudencia del supremo es un collage. A mí me parece una manipulación de libro.
Incluso en los supuestos en los que la agresión es mutua o que no se percibe ningún elemento que revele que la violencia se produce por el hecho de ser mujer.
¿Que clase de aberración legal es esta?
Tu capacidad para interpretar un comentario me resulta asombrosa, y te contesto porque me da la gana.
Si por pensar distinto a ti, e incluso lo contrario, ya soy un fascista, el nazi intolerante eres tú. De nada. No me cuesta explicar lo que es cristalino, salvo para un nazi.
Relee el artículo: a consecuencia del "mismo hecho" a ella le dieron puntos de sutura y a él no.
Lo que falta tras esa sentencia del Supremo es una sentencia del Tribunal Constuticional que establezca como ilegal esa legislación por vulnerar el artículo 14 de la Constitución Española:
Artículo 14. Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Fuente: www.meneame.net/story/sentencia-2-anos-prision-hombre-7-5-meses-mujer-
En caso que el Tribunal Constitucional haya sentenciado o tenga previsto sentenciar que tal discriminación no existe se debería pronunciar el Tribunal de Derechos Humanos al estar vulnerándose el artículo 7:
Artículo 7. Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.
Reforzado por el artículo 2:
Artículo 2. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.
Fuente: www.un.org/es/about-us/universal-declaration-of-human-rights
Ella presenta parte de lesiones de consideración que incluyen puntos de sutura...
Si tu y yo nos enganchamos a bofetadas aunque empieces tú y yo te abro la cabeza ¿Merecemos la misma pena?
Venga, ahora a sacar el comodín de la LIVG.
#6 #8
...tardando en sanar diez días durante los cuales no estuvo impedida para el desempeño de sus ocupaciones habituales.
vs
...que tardaron en sanar siete días durante los cuales no estuvo impedido para el desempeño de sus ocupaciones habituales.
Pues para ser sólo "dolor", parece que tardaron en sanar no mucho menos que las heridas de la mujer.
Pues sí, señor. 2 años de prisión por una herida de diez días vs 7 meses por una herida de 7 días sí me parece desproporcional (de hecho, en un factor 2.4), aunque al final ninguno de los dos acabe en prisión.
La derecha reaccionaria y meapilas, ahora se viste con moda casual y se dice de izquierdas. Así, tenemos la opción de votar a la derecha, a la extrema derecha, o a la neoizquierda que es aún más dogmática y reaccionaria que las anteriores. Como pretendían quienes difundieron el virus de la French Theory, laminar a la izquierda, llevándola al ridículo y al descrédito social. Objetivo cumplido.
la mujer le arrojó un zapato que le impactó en el rostro, propinándole un empujón, mientras que el hombre le dio un manotazo en el pómulo derecho y un puñetazo en la boca
Como consecuencia, la mujer [...] precisó para su curación de puntos de sutura, tardando en sanar diez días durante los cuales no estuvo impedida para el desempeño de sus ocupaciones habituales
Que será lo siguiente?
Por si tienes alguna duda te adjunto la imagen.
Y ahora, si eres capaz, contesta a mi pregunta: ¿Estarías de acuerdo en poner penas diferentes por el mismo delito a los inmigrantes?
Gracias de antemano por tu contestación, estoy deseando escucharla, si tienes el valor en responderla, claro.
Como la página de la proviene la información. Unos señores para los que el TS son unos rojazos feminazis del carajo.
Y la intensidad concreta de cada uno de ellos depende de las consecuencias del delito (herida sangrante contra no herida sangrante).
Me temo que este sería un caso en el que la legislación correctamente igualitaria se habría aplicado correctamente, aunque a primera vista chirríe leyendo el resumen.
Por cierto, si opinas que el gráfico es tendencioso puedes buscar tu mismo dichos artículos en el código penal, quizás ese sea el problema, tu desconocimiento. Te animo a que los revises, ya verás que sorpresa te vas a llevar
Porque lo que dice la sentencia, y eso que lo han mencionado expresamente, es que con el comportamiento de los dos, no hay caso de pensar en nada que recuerde legítima defensa.
«Si hay agresión del hombre sobre la mujer ello es violencia de género, y si hay agresión mutua no es preciso probar un comportamiento de dominación del hombre sobre la mujer. Probada la agresión el hecho es constitutivo de violencia de género y si hay agresión mutua, como en este caso, ambos deben ser condenados por violencia de género al hombre y familiar a la mujer».
Si hay agresión del hombre sobre la mujer ello es violencia de género, y si hay agresión mutua no es preciso probar un comportamiento de dominación del hombre sobre la mujer. Probada la agresión el hecho es constitutivo de violencia de género y si hay agresión mutua, como en este caso, ambos deben ser condenados por violencia de género al hombre y familiar a la mujer.
Y añado que no estoy de acuerdo con lo que dices, soy más partidario de lo que dice el limoncio. Pero me gusta que la izquierda tenga autocrítica.
Que el tribunal supremo es muy facha.
Que puede haber sido eso, o puede haber sido simplemente el mismo delito de agresión a los dos, a uno en grado leve y al otro en grado grave por la diferencia de consecuencias en las heridas.
No lo sé.
Los zombis de las películas tienen más capacidad de empatía humana que tú.