edición general
341 meneos
6000 clics
La Guardia Civil detiene a cinco personas en Roquetas por entrar en una vivienda con toda la familia en casa

La Guardia Civil detiene a cinco personas en Roquetas por entrar en una vivienda con toda la familia en casa

En una reciente actuación desarrollada por personal de la Guardia Civil de la Comandancia de Almería, se detienen en Roquetas de Mar (Almería) a cinco personas como autores de un delito de Allanamiento, al acceder a la vivienda, propiedad de uno de los autores, y expulsar por la fuerza a sus inquilinos (matrimonio con dos hijos menores de edad).

| etiquetas: guardia civil , presión , allanamiento , familia
123»
  1. #162 No, no merece menos proteccion legal. Tienen la misma. Lo unica diferencia es que si vives alli (aunque sea un dia al año) es, ademas, allanamiento de morada (porque puedes tener alli enseres u objetos personales y puedes requerir el uso inmediato de la vivienda) mientras que si lo tienes para alquilar solo es usurpacion de la propiedad (no hay nada que puedas necesitar de forma inmediata ahi dentro).
     
  2. #201 pero bien que tienes que seguir pagando las facturas del okupa...
  3. #55 En mi contrato se especifica que la falta de pago de 2 mensualidades es causa justificada de desahucio. Entiendo que si la noticia dice que está el contrato en vigor, es o bien porque pagaban, o bien porque no tenian una clausula de este estilo.

    También puede ser que lo que pone en mi contrato no sea legal, que no tengo ni la menor idea.
  4. #167 "expulsar de ella a un matrimonio con dos hijos menores (con contrato en vigor del alquiler)."

    Igual no te has leído la noticia completa.
  5. La justicia lenta no es justicia
  6. #198 claro, y debemos estar satisfechos tarde lo que tarde. Y aplaudir
  7. #204 Ya ya, que no me di cuenta, tengo una colección de comentarios diciéndome lo mismo xD
  8. #193 Entonces no es una ocupación sino un conflicto mercantil por motivos de contratos o familiar.
  9. #140 Sisi, estamos de acuerdo en que hay mil casos y las cosas siempre son mas complicadas, pero si simplemente dejas de pagar pues está bastante claro...

    Sé de primera mano que hay países en los que un desahucio por impago de alquiler se ejecuta en ~21 días. En España, la media anda entorno a 1 año (y eso siempre que no haya niños). La verdad que desconozco a qué se debe esa enorme diferencia, si a la lentitud de la justicia o a diferentes legislaciones.
  10. #163 estoy con DAS desde hace tres años y hasta ahora todo bien pero debes saber q el inquilino tiene q tener la conformidad d la aseguradora .
  11. #2 Con contrato en vigor. Hay que repetirlo cien veces...
  12. #98 Pues si vives en mi barrio todos facha entonces xD Menos lo de cataluña
  13. #166 2 o 3 meses ?. Ojala, yo tengo a mi inquilina que lleva 17 meses sin pagarme, al principio me iba prometiendo que al mes siguiente saldaria y asi 3 o 4 mese, siempre una excusa, finalmente lo he tenido que poner en manos de abogados y ya me han dicho que de 1 a 2 años para conseguir un deshaucio y haciendome a la idea de que no voy a cobrar un duro de lo que me adeuda. Eso si, yo pago recibos de comunidad, agua y menos mal que la convenci para que se diera ella de alta en el contrato de luz, si no tambien.
  14. #210 pero has tenido siniestro y se han encargado? O todo bien porque aún no ha pasado nada?
  15. #158 Claro, pueden ser muchas cosas, no tenemos toda la información. Pero vamos, que la ley está para algo, lenta y poco justa a veces, pero ahí está para "todos"
  16. #120 Directamente no dice nada sobre si están al corriente de pago o no. Si tienes mas información y quieres compartirla te lo agradezco.
  17. #202 a ver si entiendes la diferencia entre okupa y alguien con contrato de alquiler

    El del contrato aunque no pague, no lo convierte en okupa, lo convierte en moroso

    Que no es tan difícil de entender, creo yo
  18. #11 Si dejan de pagar es incumplimiento de contrato, y hasta que un juez lo anule, que la otra parte incumpla su parte, no exime de cumplir la propia (la cesión de los derechos de la casa)
    Pues es una pena, debería ser automático una vez lleves son pagar no sé, 3 meses o algo. Porque so no los tienes ahí toda la vida y la justicia sin hacer nada. Porque es lenta y mala. En demasía.
  19. #215 Pero en función de lo que haya pasado la justicia habrá actuado correctamente (evitar una ocupación) o estará alargando la agonia de una familia que lleva meses sin cobrar.
  20. #101 #103 y #172 No he contado los casos completos. El que pagaba en mano, por ahora, esta haciendo ingresos mensuales en una cuenta de la que es titular el casero que encontro en una factura. En el otro caso evidentemente hicieron el deposito en el juzgado. Pero no es algo que todo el mundo sepa y creo que ademas tampoco es ir y pagar sino que tienes que aportar cierta documentacion asi que no me extrañaria que algunos de estos casos de "okupas" sean inquilinos a los que no les quieren cobrar.
  21. #217 legalmente ahora es así, lo que estoy diciendo esque debería ser de la otra manera
  22. #220 Por eso es interesante decir que se puede depositar el dinero en el juzgado, porque no todo el mundo lo sabe.
  23. #15 ya que lo pagarán o no es otra cosa
  24. #78 podemos suponer cualquier cosa
  25. #103 Consignación es la palabra que buscas
  26. #202 Eso es si las pagabas de antes. Si no las pagabas (porque los servicios estaban a nombre del inquilino) o lo tenias cortado de antes no tienes que pagar nada. No es tu problema.
  27. #10 Pero no es tan curioso que un contrato pueda estar en vigor, no estar declarando los ingresos por el alquiler y que por eso el arrendador no quiera pasar por el juzgado, no sea que Hacienda descubra que es un jeta y lo empure.
    Que dado el comportamiento de los sujetos de la noticia, no sería de extrañar.
    Por lo que estoy viendo en los comentarios, no ha caído nadie en esta posibilidad que es más común de lo que parece si el alquilado no tiene ingresos y/o no declara a Hacienda (desde hace bastantes años, te piden la referencia catastral en la declaración, precisamente para evitar que el arrendador no declare lo que le estás pagando por el alquiler).
    Así que a ver si es que no podían poner esto en manos de un juez...
  28. #229 también hay esos caso, cierto
  29. #143 No, lo confunden algunos medios. Es que lo de que me voy de vacaciones y a la vuelta me encuentro una familia viviendo en mi casa no existe, y, si se diera, la policía los desaloja inmediatamente. Casi todo suelen ser casos de morosidad, alquileres en negro (sobre todo) y propietarios que quieren deshacerse de los inquilinos. Cuando un juez no decreta el desalojo inmediato en un supuesto allanamiento, ahí hay algo más de me meto en una casa por las buenas
  30. #209 Lo de los niños no debería ralentizar el proceso porque simplemente significa avisar a asuntos sociales para que sepan si tienen que actuar cuando se ejecute el desahucio. Si, por ejemplo, se van a quedar a cargo de un familiar cuando sean lanzados, no supone ningún tipo de acción por parte del Estado. En caso contrario sí que se tienen que hacer cargo y darles cobijo desde las administraciones públicas, pero la casa de un particular no es un hospicio improvisado.

    Por otro lado, te digo que lo de "simplemente dejas de pagar" un juez lo resuelve inmediatamente. No puedes crear un sistema en el que te lancen sin saber si ha sido eso y otra historia mucho más complicada. En otros países lo que ocurre es que ni el sistema judicial está colapsado o es la administración directamente la que provee un procedimiento que atiende a ambas partes y decide si se desvía o no a un juzgado. Pero crear toda esa infraestructura cuesta un dinero, y por un % tan bajo al año de casos, entiendo que se destine a otras cosas que va necesitando nuestro sistema con mayor urgencia y capacidad de aprovechamiento, como una informatización en condiciones de las actividades generales realizadas en un juzgado.
  31. #228 bueno pero esque antes no pagabas el consumo del okupa. Que te parece la factura de este?
    www.antena3.com/programas/espejo-publico/noticias/okupas-llenan-piscin
  32. #106 El trato lo tiene la vivienda. Una es domicilio y la otra no
  33. Pues te pones a leer otras fuentes y la historia no se parece mucho:

    www.laopiniondemurcia.es/comunidad/2022/08/31/propietario-okupas-murci
  34. #55 Si el contrato está en vigor no puede haber deuda que lo invalide. En cuanto haya deuda el contrato quedaría rescindido en los límites que prescriba la ley.
  35. #121 no tengo la culpa que te montes una película de indios y vaqueros o juegues a ser rappel . Sin todos los datos dar por supuesto cosas es peligroso
  36. #231 Completamente de acuerdo :hug: :hug: Pero no creo que los medios lo confundan, creo que están bien pagados para desinformar de esa manera.
  37. #214 con el seguro hasta la fecha sin siniestro, anteriormente si hubo y como todos acudí a la justicia q lo resolvió en 9 meses y fue ahí cuando entendí q el seguro era barato. También piensa que el inquilino tiene q ser validado por la aseguradora y eso ya es un plus. El costo del seguro lo añado a la renta.
  38. #239 gracias, yo buscaba experiencias reales en siniestros
  39. #226 Pero es la conclusión de lo que estás pidiendo en el comentario al que respondo.
  40. #242 Delincuentes como el tipo al que su empresa se retrasa en el pago de la nómina y no puede pagar un mes antes del día 5. Esa es la conclusión de lo que propones:

    como que durante x meses? Señal y al primer mes que no paguen, a la calle y se cobra de la señal.

    Ten en cuenta que la aplicación de las leyes no va a depender de ti, sino de gente tan cabrona como yo. Es lo que está pasando en EEUU.
  41. #245 "no soy una ONG" dijo el arrendador mientras expulsaba al tipo que se retrasó un solo día porque aún no había cobrado su nómina.

    Si ya lo sé. Pasa todos los meses en EEUU.
  42. #6 #11 la justicia va a cámara lenta y la vida a velocidad luz
  43. Eso solo pasa en España.
    Echas a los ocupas de tu casa y te detienen a tí.
    En el resto de Europa estarían fuera en menos de 24 o 48 horas. Y en Italia con posible cárcel a los okupas.

    Aquí el desalojo de okupas, solo funciona si la vivienda es de algún miembro del gobierno.

    Que verguenza
  44. #10 para eso hay una cláusula que pones en los contratos que dice que el contrato se rescindira en caso del impago de una mensualidad

    Luego está lo de sacarte un seguro de impago, y que sea la aseguradora la que ponga los abogados para echar al moroso.
  45. #247 A ver, que es que parece que no te quieres enterar de lo que te digo. Que entiendo que la medida que propones es con la mejor intención, para evitar que jetas se queden en un piso sin pagarlo durante meses, además lo destrocen y luego se vayan sin ninguna repercusión.

    Pero la realidad suele ser más compleja, y esa ley con buenas intenciones, ya te digo yo que sería mal utilizada, pero de forma totalmente legal para dejar en la calle a una familia simplemente porque se han retrasado un día en el pago. Que hay gente muy mala, y no reconocerlo es un poco ingenuo...

    Para evitar situaciones así, es precisamente por lo que deben entrar los jueces. Y para evitar situaciones así se reconoce que, mientras se resuelve la situación de morosidad, de una forma u otra, el derecho a una vivienda, prevalece sobre el derecho a la propiedad. Es una putada para el arrendador en el caso de que se trate de unos jetas que se quedan por la cara, pero es que en sociedad no todo es blanco y negro y por cada uno de esos jetas hay 50 familias que tienen dificultades, pero trabajan para poder pagar todos los meses. Y es un juez el que tiene que decidirlo para que sea justo, nunca un propietario que no sabemos si es de los jetas o no.
  46. #144 entiendo que si la vivienda tiene uso comercial, no es una vivienda, es un comercio. No sé si eso dificultaría el desalojo.
  47. #253 tienes que pensarlo de esta forma.

    Un inmueble está regulado de una forma.

    Un inmueble donde vives tiene una regulación más sería, porque es donde vives. Y esa regulación permite echarlos de forma instantánea.

    Así que un piso que usas de forma "comercial" (alquiler o Airbnb) no tiene la protección extra de ser tu domicilio habitual.
  48. #208 A ver, tu te compras una casa, por 380.000k€ (se que el precio es irrelevante pero para muchos de nosotros juntar ese dinero es toda una vida trabajando). Mientras esperas a que te hagan una reforma para entrar a vivir, va otra persona y te la okupa.

    Probablemente tú tengas que dejar tu actual vivienda en una fecha, bien porque la has vendido o porque dejas el alquiler (hipoteca más alquiler no está al alcance de muchos bolsillos).

    Al tener tu nuevo piso okupado, no pueden hacer la reforma por lo que si la cosa se dilata más de unos pocos días, el que acaba sin sitio para vivir eres tú.

    Yo no sé si es okupacion, allanamiento, oproblema mercantil, pero lo que si se, es que si me he gastado los ahorros de mi vida en un piso, y mis hijos, mi mujer y yo, nos quedamos en la calle porque unos tíos se han metido en mi casa, me da igual el resquicio legal que hayan usado, también iría con un palo a desalojar. Luego ya vería las consecuencias legales que eso tiene, pero de momento mis hijos no están en la calle.

    Lo que no tiene sentido en mi opinión es que se ponga a los propietarios en esa tesitura. Si hay un problema social con la vivienda, corresponde a los poderes públicos solucionarlo, no a los particulares, que para eso pagamos impuestos.
123»
comentarios cerrados

menéame