La delegada de Gobierno contra la violencia de género, Victoria Rosell, no considera necesario una modificación o puntualización a la ley de Garantías de la Libertad Sexual, conocida como Ley 'solo sí es sí' porque, a su juicio no sería una solución al problema jurídico que se está denunciando por la reducción de condenas a violadores.
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etiquetas: solo sí es sí , ley , victoria rosell
Edito: pondria noticias relacionadas pero necesitaria como 27 paginas para ponerlas todas.
blogs.elconfidencial.com/espana/una-cierta-mirada/2022-11-16/violadore
En este caso, el Gobierno puede alegar cualquier cosa menos sorpresa. El 21 de febrero de 2021, el Consejo General del Poder Judicial emitió un informe de 150 páginas en el que, además de señalar los incontables errores de técnica legislativa que contenía el texto perpetrado por el equipo de Montero, advertía expresamente: “La reducción de los límites máximos de las penas comportará la revisión de aquellas condenas en las que se hayan impuesto las penas máximas conforme a la legislación vigente”. Eso es exactamente lo que está sucediendo.
El informe del CGPJ se aprobó por unanimidad de sus 21 componentes, y fue redactado por una ponencia de un consejero conservador y dos consejeras progresistas, una de ellas (Pilar Sepúlveda) fundadora de la Asociación de Mujeres Víctimas de Agresiones Sexuales (Amuvi). Las mismas advertencias formularon organismos tan manifiestamente reaccionarios y machistas como Juezas y Jueces por la Democracia y varias organizaciones feministas. Al entonces ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, que osó plantear similar objeción en el Consejo de Ministros, lo fulminó el ilustre jurisconsulto Pablo Iglesias, entonces vicepresidente del Gobierno, llamándole “machista frustrado”. Adivinen de qué lado se puso Sánchez
Esta gente causa más problemas de los que resuelve.
Ahora la idea es ir a por la judicatura porque es machista.
Que no lo supieras porque te lo han presentado con mensajes bonitos es otro tema.
El feminismo es esto. Cuando se transforman todas las palabras bonitas en políticas públicas lo que obtienes son cuotas, la ley de viogen, discriminación legal, pruebas diferentes por sexo, castigo por usos del lenguaje y toda la arbitrariedad que seas capaz de imaginar.
El heteropatriarcado de Garzón, te acuerdas? Eso no es una casualidad. Garzón no tuvo un golpe de ingenio, lo ha leído en algún sitio.
Montero, Rosell, Belarra... Cualquier de ellas sería una estupenda candidata a las siguientes elecciones. Estupenda candidata para hacer desaparecer el partido.
Lo que ha llegado a las instituciones es una interpretacion aberrante (como hay intrepretaciones aberrantes de religiones) del feminismo que busca el empoderamiento de la mujer y no la igualdad entre hombres y mujeres.
El Constitucional avala la ley integral contra la violencia de género
Siete magistrados votan a favor y cinco en contra del artículo que permite aumentar las penas en caso de que el maltratador sea el varón
Madrid - 14 MAY 2008 - 15:57 CEST
Ya sabemos que hubo muchas presiones y las piruetas para justifcar los injustificable son muy divertidas de leer:
Hace unos días, unas declaraciones de Alfonso Guerra (4) y otras de Joaquín Leguina, respecto a las presiones recibidas por magistrados del Tribunal Constitucional que les habrían llevado a modificar su criterio inicial en el dictado de la STC 59/2008, que resuelve una cuestión de inconstitucionalidad en relación al artículo 153.1 del Código Penal, resulta necesario plantearnos en primer lugar que los Sres. Leguina y Guerra suponen un testimonio de primerísima calidad por las elevadas funciones que ambos han desempeñado como presidente de la Comunidad de Madrid y Vicepresidente del Gobierno, respectivamente.
Por último, igual te suena una jueza feminista, se llama Manuela Carmena, que se posicionó en contra de la LIVG por entender que reducía la mujer al papel de víctima.
www.elmundo.es/espana/2019/01/12/5c392b3b21efa00b688b4710.html
"La imagen de víctima nos hace un flaco favor a las mujeres", escribía la alcaldesa de Madrid, Manuela Carmena en una tribuna en la que reflexionaba sobre una deriva del movimiento feminista y su influencia en la Ley de Contra la Violencia de Género en la que criticaba postulados como "la idea del impulso masculino de dominio como único factor desencadenante de la violencia contra las mujeres".
“La reducción de los límites máximos de las penas comportará la revisión de aquellas condenas en las que se hayan impuesto las penas máximas conforme a la legislación vigente”.
Aquí se están aplicando reducciones de penas en casos donde se ha aplicado la pena mínima que antes era de 8 años y en la nueva ley es de 6 años.
1. No creo que la Ministra y sus asesores hayan redactado una ley para sacar a violadores de la cárcel.
2. No creo que los jueces estén sacando a violadores de la cárcel por machistamo o para poner en evidencia a la ministra.
Para mí la explicación más simple es que la ministra y su equipo son unos inútiles y han hecho una chapuza que, por cierto, ahora no quieren rectificar. A pesar de que se lo advirtieron por escrito.
Por qué no ha dimitido ya esta señora? Por culpa de su ley, debe haber ahora muchas víctimas de violencia machista acojonadas ante la posibilidad de que se le reduzca la pena a sus agresores. Algunos, incluso podrán salir a la calle.
O eso, o los jueces están prevaricando, cosa que también podría ser, pero en cuyo caso ¿por qué no han dicho eso? Porque saben que no es verdad.
Soy más de izquierdas que la momia de Lenin, pero sintiéndolo mucho, no me parece que tengan razón. Han cometido un error, y estaría bien que lo reconocieran y lo corrigieran. Lo contrario es darle munición a la extrema derecha para sus campañas mediáticas de mierda.
(el informe de 150 páginas ) advertía expresamente: “La reducción de los límites máximos de las penas comportará la revisión de aquellas condenas en las que se hayan impuesto las penas máximas conforme a la legislación vigente”. Eso es exactamente lo que está sucediendo.
Creo que de "putos cuñados" no eres el más indicado para hablar.
Cualquiera de ésos tienen el derecho constitucional a pedir que se les aplique la ley actual y beneficiarse de la pifia
La reforma futura sólo afectará a los delitos cometidos a partir de la aprobación de esa futura reforma.
Despolitización ya, que se de peso a los jueces para votar a sus pares y se quite peso al poder político.
Y yo que me habia creido eso de "no somos como la antigua politica..."
-En Noviembre de 2022 se ha dado cuenta todo el mundo de que la ley es una mierda llena de errores.
-En 2021 en CGPJ avisó de esos errores y las consecuencias que podían traer. La respuesta del Gobierno fue que el CGPJ es machista, y no se les hizo caso.
Cree el cuñado que todos son de su misma condición.
Y, ojo, que la defendían muchos diciendo que tiene no sé cuántas carreras, no sé cuántos másters y que habla no sé cuántos idiomas... Cuando el que es tonta se ve con sólo oírla hablar. Pero, claro, criticarla era ser machirulista heteropatriarcal (edit: y facha)
Ahora toca adoctrinar a los jueces, ¿No?
Esperando a que desaparezca este ministerio de inútiles.
Ya sé que os molesta mucho leerlo pero lo cierto es que existe un gran consenso dentro del feminismo con todo este corpus legal que se ha ido aprobando desde hace años, relacionado con las cuotas, la presunción de inocencia, la violencia de género, etc.
Vosotros os queréis quedar con los mensajes machacones de que el feminismo es igualdad, mientras os pasan la mano por la cara una y otra vez.
Me parece fenomenal, pero es simplemente porque os negáis a aceptar la realidad: El feminismo no son cuatro eslóganes bonitos.
Jueces y Juezas para la Democracia han dicho lo mismo que los jueces conservadores.
al aplicar la ley menos dura a los condenados, sin que nadie se lo pida.
Las reducciones de penas se están aplicando a petición de los abogados, con la aquiescencia de la Fiscalía.
Por eso es tan gracioso cuando se les llena la boca, a ellos o sus papagayos en redes, con separación de poderes, democracia plena y demás
Me pregunto si aquellos siguen opinando lo mismo.
Estás definiendo al PP.
www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Consejo-General-del-Poder-
Te copio la parte jugosa:
241.- El cuadro penológico contemplado en el anteproyecto para los delitos
de agresiones sexuales tipificados en los capítulos I y II del título VIII supone
una reducción del límite máximo de algunas penas.
242.- Así en el caso del tipo básico de agresión sexual se establece una pena
de prisión de 1 a 4 años, cuando la vigente para agresiones sexuales es
prisión de 1 a 5 años. Es cierto, sin embargo, que al absorberse los abusos
sexuales en el tipo proyectado de agresión sexual se produce un
agravamiento de la sanción penal de estas conductas penadas ahora con
prisión de 1 a 3 años o multa de 18 a 24 meses.
243.- En el caso del tipo básico de violación se prevé una pena de prisión de
4 a 10 años, mientras que actualmente la violación se pena con 6 a 12 años
de prisión y en el caso de abusos sexuales con penetración de 4 a 10 años.
244.- Para los tipos agravados, en el caso de agresión sexual la pena es de
2 a 6 años de prisión, mientras que actualmente es de 5 a 10 años. El tipo
agravado de violación pasa de penarse de 12 a 15 años, cuyo límite superior
se equipara al tipo básico de homicidio doloso (art. 138.1 CP), a una pena de
7 a 12 años.
245.- Ciertamente, como ha señalado el Tribunal Constitucional, el
establecimiento de la cuantía de las sanciones penales y la proporción entre
las conductas que se pretenden evitar y las penas con las que se intenta
conseguirlo es expresión de «un complejo juicio de oportunidad» (STC
55/1996, de 28 de marzo, FJ 6) en la elaboración de la política criminal.
Respecto de los marcos penales proyectados cabe señalar que el
anteproyecto no ofrece una justificación de los nuevos umbrales de pena
previstos. Por otro lado, la reducción de los límites máximos de las penas
comportará la revisión de aquellas condenas en las que se haya impuesto las
penas máximas conforme la regulación vigente.
Cito #91 y #88 que entiendo que son gente rigurosa y ávida de textos jurídicos y que sin duda encontrarán muy provechosa su lectura.
Para mí lo mas censurable es la acusación de difundir bulos machistas al que avisará de que esto iba a ocurrir, por parte de la ministra de igualdad y sus altos cargos.
María Victoria Rosell Aguilar
SUELDO ANUAL
99.577,08 €
Podemos
@PODEMOS
Despolitizar la justicia es una prioridad para combatir la corrupción y garantizar la independencia del poder judicial, pero para ello hace falta voluntad política REAL para tomar medidas eficaces y serias. Al final, PP y PSOE quieren que todo siga igual.
twitter.com/PODEMOS/status/953258536842268673?s=20&t=tpDSvs-58ThTE
Pero oye, Justicia de calidad es lo que propone Podemos...
Aunque aquí te dirán que es que hay una persecución...
Es que ese agravante debió ser contemplado en la sentencia inicial. Ahora lo único que se mira es que se le condenó a la pena mínima (sic) y al bajar la pena mínima con la nueva ley procede bajar el tiempo de cumplimiento de la condena inicial. Si le hubieran impuesto una pena fija, sin entrar en más detalles, como "diez años de reclusión", por ejemplo, al estar contemplada esa pena en la horquilla que marca la nueva ley no procedería recurso ni rebaja alguno.
No, la propuso porque le correspondía porque funciona así este órgano.
A ver si todos los partidos meten jueces afines y podemos tiene que jugar con reglas distintas.
Por ahora siéntate a observar cómo manejan esto. Te dejo los conceptos: Justicia patriarcal, los jueces no son condenados por prevaricación.
El feminismo tiene críticas de base a la familia, el estado de derecho, la ciencia, el propio concepto liberal de igualdad, etc. El asunto no está en las diferencias accesorias que tienen, sobre si la prostitución es o no libertad o sobre qué es una mujer, el problema está en que el propio concepto de patriarcado opera perfectamente para destruír cualquier institución que se pueda encajar en ese marco de análisis y se transforman en políticas públicas que te perjudican a tí, porque te consideran heredero de una tradición, como si fuese un delito de sangre.
Que me digas que hay diferentes corrientes es como si me dices que descubres el agua y el aceite.
Yo quiero una alternativa que despolitice la Justicia. Que es lo que prometia Podemos pero que, visto lo visto, era una mentira para conseguir votos como la otra basura.
1º ¿Por que tiene que tener mayoria Podemos en el CGPJ?
2º Si la tiene y se niega a renovarlo ¿entonces que? ¿Bloqueo como ahora?
3º Participa en las instituciones en igualdad de condiciones en funcion de su representacion politica.
4º Los votantes de Podemos valen lo mismo que los del PP. Pero el PP tiene 8M de votantes y Podemos 3M.
5º Nadie me ofrece una alternativa...pero Podemos me prometia que si y hace lo mismo que los otros.
6º PP y despolitizar la politica en la misma frase solo puede ser si es un chiste.
tsevanrabtan.wordpress.com
"si se te ha condenado a la pena mínima y la nueva mínima es menor, pues bajamos a la nueva"
o "si se te ha condenado a la pena intermedia (10 en horquilla de 8 a 12 años) te la bajamos a la nueva pena intermedia (9 en horquilla de 6 a 12 años)"
Sin contar que algunos delitos han sido despenalizados (como que un profesor se tire a una alumna de 17 años)
Por cierto, estas tu para hablar de valores personales...
Para la mayoría de feministas con un mínimo de bagaje intelectual el patriarcado se expresa de muchos modos, y esto incluye a la familia, al estado de derecho, a la ciencia, etc. La "igualdad" no es más que un significante para camuflar lo que no es otra cosa que una revancha por lo que consideran ellas que es el patriarcado, que nunca queda del todo definido y que siempre opera como una cábala atemporal de los machos contra las féminas.
Si no han conseguido colar más aberraciones es simplemente porque están constreñidas por los cálculos y los engranajes de poder como cualquier otro movimiento o ideología.
Estas fanáticas han elegido el feminismo como su religión y la han convertido en una religión más.
Si en su día se consideró que hubo abuso de superioridad y bajo la nueva ley no lo hay (porque está redactado como el culo) tiene que primar que no lo hay. Si por el contrario en su día no se consideró que había abuso, aunque ahora si se considere abuso no se puede considerar porque no se puede añadir ese abuso a los hechos probados.
Es un principio tan simple como que las leyes penales solo permiten revisar EN LOS ASPECTOS QUE BENEFICIAN al acusado, nunca en los aspectos que le perjudican.
En vida, Olympe de Gouges tuvo que enfrentarse con la misoginia habitual de la época, y fue desacreditada por la incomprensión de sus ideas por parte de muchos de sus contemporáneos.
Lo mismo le pasa a las feministas de ahora.....
En enero del 2005, el mismo organismo aprobó un estudio similar sobre el proyecto de ley del matrimonio gay. Fue respaldado por vocales propuestos por el PP y el presidente del Consejo en ese momento, Francisco José Hernando. En esa ocasión el informe incluía un párrafo que decía “llamar matrimonio a las uniones homosexuales supondría un cambio tan radical como llamar matrimonio a la unión entre un hombre y un animal”. Esta frase fue finalmente eliminada.
Como siempre, España a remolque de la puta derecha española, sus tentáculos y sus votantes de mierda.
Este engendro que se vomita desde las instituciones es una puta amenaza para los hombres. Y lo dice alguien que les ha votado varias veces.
Ejemplo, delito de 6 a 10 años, que con un atenuante debe penarse en su mitad inferior y el juez termina imponiendo 7.5 años. Para ese mismo delito, imagina que se reforma el Código Penal y su pena pasa a ser de 5 a 9 años, quedando todo lo demás igual. La pena original está comprendida en la nueva horquilla pero no en la mitad inferior que sería lo que correspondería.
"Lo contrario es darle munición a la extrema derecha para sus campañas mediáticas de mierda."
Piensan que cualquier crítica es munición para el enemigo. Y así nos va. (En esto, son absolutamente TODOS iguales: derecha, izquierda, centro, arriba, abajo, oblicuo...)
Es la razón por la cuál no tuvieron en consideración todas las críticas que hubo a los borradores de la ley. Cualquier comentario que no fuera loándola lo consideraban un ataque y así estamos. Es una puta locura.
Ojalá metieran en casa de Vicky Rosell y demás jauría, a los violadores que van a ver reducidas sus penas por ese tiempo. Ya veríais que rápido aparecerían soluciones hasta debajo de las piedras.
la ha cagadose ha equivocadoY es una pena porque cada día que pasa el problema se irá haciendo más gordo por culpa de la cabezonería.
"241.- El cuadro penológico contemplado en el anteproyecto para los delitos
de agresiones sexuales tipificados en los capítulos I y II del título VIII supone
una reducción del límite máximo de algunas penas.
242.- Así en el caso del tipo básico de agresión sexual se establece una pena
de prisión de 1 a 4 años, cuando la vigente para agresiones sexuales es
prisión de 1 a 5 años. Es cierto, sin embargo, que al absorberse los abusos
sexuales en el tipo proyectado de agresión sexual se produce un
agravamiento de la sanción penal de estas conductas penadas ahora con
prisión de 1 a 3 años o multa de 18 a 24 meses.
243.- En el caso del tipo básico de violación se prevé una pena de prisión de
4 a 10 años, mientras que actualmente la violación se pena con 6 a 12 años
de prisión y en el caso de abusos sexuales con penetración de 4 a 10 años.
244.- Para los tipos agravados, en el caso de agresión sexual la pena es de
2 a 6 años de prisión, mientras que actualmente es de 5 a 10 años. El tipo
agravado de violación pasa de penarse de 12 a 15 años, cuyo límite superior
se equipara al tipo básico de homicidio doloso (art. 138.1 CP), a una pena de
7 a 12 años.
245.- Ciertamente, como ha señalado el Tribunal Constitucional, el
establecimiento de la cuantía de las sanciones penales y la proporción entre
las conductas que se pretenden evitar y las penas con las que se intenta
conseguirlo es expresión de «un complejo juicio de oportunidad» (STC
55/1996, de 28 de marzo, FJ 6) en la elaboración de la política criminal.
Respecto de los marcos penales proyectados cabe señalar que el
anteproyecto no ofrece una justificación de los nuevos umbrales de pena
previstos. Por otro lado, la reducción de los límites máximos de las penas
comportará la revisión de aquellas condenas en las que se haya impuesto las
penas máximas conforme la regulación vigente."
www.conceptosjuridicos.com/codigo-penal-articulo-181/
almacendederecho.org/op-ed-puede-salir-de-prision-un-agresor-sexual-co
"¿Puede salir de prisión un agresor sexual con la nueva Ley de garantía integral de la libertad sexual?
Claro que sí.
Voy a tratar de explicarlo de modo sencillo.
El artículo 2.2 del Código Penal vigente dice:
“[…tendrán efecto retroactivo aquellas leyes penales que favorezcan al reo, aunque al entrar en vigor hubiera recaído sentencia firme y el sujeto estuviese cumpliendo condena […]”.
El artículo 181.3 del Código Penal vigente dice:
“Cuanto [sic] el acto sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal […] el responsable será castigado con la pena de prisión de seis a doce años de prisión […]”
(ya que salga una Ley en el BOE diciendo cuanto en vez de cuando es preocupante; no, no es un mero error formal o tipográfico, como el que pueda tener yo escribiendo estas líneas, es preocupante… que es una Ley Orgánica, y que es de las importantes, que es el BOE).
Previamente, en el artículo 181.1, pfo. 1º el Código dirá:
“El que realizare actos de carácter sexual con un menor de dieciséis años, será castigado con la pena de prisión de dos a seis años”
Luego está Montero que -siendo de izquierdas- es una fanática con cero humildad ni capacidad de reflexión o autocrítica, y por otro lado Victoria Rosell a pesar de ser una persona bastante brillante, siendo la delegada del gobierno para la Violencia de Género y la candidata de Podemos al CGPJ, y supongo que su postura es que no puede dejar en evidencia al mismo partido que la propone para este órgano y por eso está justificando lo injustificable, para no tirar piedras contra su propio partido.
Y así le va a Podemos, y por eso figuras como Yolanda quieren desvincularse del partido, o IU está rompiendo lazos con ellos en media España.
el artículo 2.2 CP recoge una excepción, y establece la retroactividad de las leyes penales que favorezcan al reo, aunque al entrar en vigor hubiera recaído sentencia firme y el sujeto estuviese cumpliendo condena."
y de la sinopsis del articulo 9 de la constitucion.
El principio de irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales
La irretroactividad significa, según definición de Federico de Castro, que la ley se aplicará al futuro y no al pasado, principio ya recogido por el Código Civil cuyo artículo 2.3 establece que "las leyes no tendrán efecto retroactivo, si no dispusieren lo contrario.
Este principio constitucional se aplica a dos tipos de disposiciones:
En las disposiciones sancionadoras no favorables, lo que interpretado a contrario sensu supone que la Constitución garantiza la retroactividad de la ley penal favorable (STC 8/1981).
Y, en las disposiciones restrictivas de derechos individuales, que han de entenderse referidas, según opinión generalizada, al ámbito de los derechos fundamentales y de las libertades públicas, esto es, a los regulados en la Sección 1.ª del Capítulo 2.º del Título 1.º de la Constitución.
Fuera de estos dos supuestos, nada impide que el legislador dote a la ley del ámbito de retroactividad que estime oportuno