edición general
373 meneos
3858 clics
La sentencia íntegra que condena a tres exjugadores de la Arandina por agresión sexual a una menor

La sentencia íntegra que condena a tres exjugadores de la Arandina por agresión sexual a una menor

Texto con la sentencia íntegra de la condena a los tres ex jugadores de la Arandina, fallada por la audiencia provincial de Burgos.

| etiquetas: sentencia , arandina , agresión sexual , condena
  1. #189 absolvieron a uno de 21 que se acostó con una de 13 por no haber tanta diferencia. Condenan a uno de 19 por que se la chupe una de 15,9.

    No.
  2. #171 please, pon un enlace a lo de Australia, no me sale nada en Google y seguro que merece la pena leerlo
  3. #75 como están de revueltas las aguas , ningún juez va a dejar libre a estos chavales. La presión mediática es muy grande.

    En mi opinión, por lógica , les rebajarán la pena y se les echarán a las barbas .

    Al tiempo.
  4. #37 tenia 15 cuando pasó todo
  5. #46 Aquí no se duda de la condena, sino más bien de que haya un motivo para ejecutarla.
  6. #143 La sentencia fue peor que eso. No es que parecieran mayores que no lo parecian es que no hubo forma de demostrar ya que no llevaron al juicio un video de los niños para que se viera su apariencia porque iban a declarar en el juicio pero luego no declararon por lo que cuando la setencia fue recurrida no tenian ni el video ni el testimonio de los menores para que se viera su verdadera apariencia.
  7. #2 ¿No hay otro sitio donde no sea obligatorio el registro para bajar documentos? :-P
    De todas formas creo que también he visto la sentencia para poderla descargar en El confidencial o en El español.

    #5
    Edito: Ya me parecía que la había visto para descargar en un periódico, está para descargar también en El Confidencial.
    www.ecestaticos.com/file/d8fb8552b40eead2cb0094c48b964dcd/1576158866-a
  8. #157 Qué sabrás tú lo que hago.
  9. #79 La edad de consentimiento está muy clara, y en España son los 16 años. La edad mental no cuenta, salvo que sea una persona con discapacidad. En este caso, no lo es, así que no sé a que viene que lo menciones y además lo pongas en negrita.

    Tú argumentas que una persona ha podido ser forzada, y sin embargo alardear como si hubiese sido una relación sexual consentida. A mí me cuesta creerlo. O al menos, no que haya sido traumático para esa persona, porque si de verdad se ha sentido coaccionada y traumatizada, dudo que tenga ganas de presumir de ese acto. Para mí más bien es un caso de me dejo llevar, y luego me llevo las manos a la cabeza diciendo "¡oh dios, qué he hecho, pero si yo no soy así! ¡Esto tiene que ser que han abusado de mí!". Aún así, no me he leído la sentencia completa, ni he sido público del juicio, así que quiero imaginar que el juez ha tenido más pruebas que la simple palabra de la chica.

    Respecto a las penas, ya dijo Pedro Pacheco que la justicia en España es un cachondeo. Más años de cárcel porque una niñata te la chupa, que por asesinar en primer grado a una persona. Ver para creer.
  10. Me he leído el mamotreto.
    Primer punto, tienen sexo con ella, del tipo que sea, sabiendo que no tiene 16 años.
    Bueno, ya se les ha caído el pelo, sólo falta saber cuanto, y eso depende de si fue forzado o voluntario. Y aquí ya es donde el Tribunal se pega un triple salto mortal sin red y se pasa por el forro lo de en caso de duda a favor del reo.
    Ella a unos les ha dicho que voluntario, y a otros que no. Y el tribunal, basándose en no se sabe muy bien que temas psicológicos y de psicologos, decide que es verdad cuando dice que fue forzado y miente cuando dice que fue voluntario. Claro, como la psicología es una ciencia exacta. Es como para no mear. Cómo les va a decir a sus padres que fue consentido, para que la forren a hostias.
    Esta sentencia el TS la va a destrozar, a no ser que se acojonen, que tal como están las cosas.....
  11. #137 No soy juez y me alegro, pero yo que trabajo con adolescentes, me resulta difícil pensar que una cría de 14 se comporte así, como ellos explican. La explicación más lógica es la intimidación y el puro aprovechamiento de la inmadurez de la chica

    "se comprobó que tenía una carpeta con el nombre de 'mis lios' y en la misma anotaba sus relaciones sexuales... ella misma fue la autora de tales anotaciones" xD
  12. #198 No me suena que la noticia de la maestra y los 3 alumnos sea de España. La busco, pero no la encuentro. ¿Puedes poner el enlace?

    La otra noticia que has enlazado no dice que hayan absuelto a esa mujer porque el chico de 15 años "parecía mayor". No había desconocimiento de la edad porque la mujer y el chico eran familiares. Aquel caso ocurrió en 2015, y la reforma del Código Penal que subió a 16 la edad mínima para las relaciones sexuales, es de ese año. Habría que comprobar fechas, pero tal vez sea por eso que nadie acusó a esa mujer por un delito contra menores.
  13. Yo cuando salio este tema dije que si habian tocado a la menor estaba jodidos que iban a pisar carcel por gilipollas de liarse con una menor de 16 años. Pero 38 años en la vida se me hubiera ocurrido que por gilipollas te puedan caer 38 años.
    Es la condena más dura que he visto yo supongo que si recurren hasta el final esa condena la tendran que bajar y si no es asi hay que cambiar las leyes ya.
    ¿Si la hubieran violado salvajemente y la hubieran matado cuanto más les hubiera caido?
  14. #25 Pero que no tiene edad de consentimiento.
    Que, quitando el de 19 años, que está más próximo en madurez, el resto estaba jodido simplemente por mantener relaciones con una persona por debajo de la edad de consentimiento.

    Porque a ti se te puede amorrar a la picha una niña de 10 años, pero si tú eres el adulto, y ella está por debajo de la edad de consentimiento, a quien se le cae el pelo es a ti.
    Si te ocurre, como adulto parala, no se te ocurra decir que es que ella quería.


    Y el de 19 años se libra precisamente porque no se ha acreditado que las relaciones que mantuvieron fueran no consentidas.
    Pero sí ha quedado acreditado que sabían de sobra que tenía menos de 16 años.
  15. #7 La posibilidad de trincar 50mil o 100mil euros de indemnizacion ... ni se la plantean siquiera como motivo de peso para mentir.
  16. #201 Lo mismo está mal que absolvieran al de 21...
  17. #21 Pues yo creo que sí hay debate, ya que otras sentencias no dicen lo mismo, además muchas de esas relaciones de adultos con menores de 16 años, recoredemos que la chica de la noticia tenía 15 años y 11 meses, no se trataban de felaciones sino de relaciones sexuales con penetración.

    Estas dos mujeres por ejemplo, al igual que los jugadores estos del Arandina, tampoco sabían la edad de los menores y eso teniendo los menores 12 y 13 años de edad, cosa que les sirvió para que fueran absueltas.
    Casualmente salió esta primera noticia hace como un par de semanas también por aquí.

    "Absuelven a una mujer acusada de abusar de un menor al no poder probarse que conociera su edad
    Una mujer ha sido absuelta por el Tribunal Supremo de un delito de abusos a menores por no poder demostrarse que conociera que el chico tuviera 13 años."

    www.lasexta.com/noticias/sociedad/absuelven-mujer-acusada-abusar-menor

    "Absuelta una mujer que mantuvo un encuentro sexual con un niño de doce años
    l Tribunal Supremo confirma la absolución de una mujer acusada de abusar sexualmente del hijo de un socio de trabajo: no ha quedado acreditado, dicen los jueces, que supiese la edad del chico"

    cadenaser.com/ser/2017/02/10/tribunales/1486733487_308136.html


    Luego hay otros abusos y agresiones sexuales por parte de adultos a menores que ni mucho menos les penaron con condenas parecidas a estos jugadores.
    De Junio de este mismo año. En el titular pone que la menor tenía 16 años pero en el cuerpo de la noticia se puede leer que tenía 15 años, seguramente la denuncia se cursó cuando esta ya tenía los 16 años de edad.

    "La sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha condenado a dos años de prisión a un hombre de 26 años que mantuvo relaciones sexuales completas consentidas con una menor de 15."
    www.elconfidencial.com/espana/2019-06-28/sucesos-sexo-consentido-menor

    "Condenado a seis años de prisión por tener relaciones sexuales en dos ocasiones con una niña de 12 en Zamora"
    www.abc.es/espana/castilla-leon/abci-condenado-seis-anos-prision-tener

    Once años de prisión por mantener relaciones sexuales con una adolescente en Gijón.
    "El condenado, de 30 años, conoció a la menor, de 15, a través de Instagram. Mantuvieron relaciones consumadas en varias ocasiones"

    www.elcomercio.es/gijon/once-anos-prision-mantener-relaciones-adolesce

    "Piden 4 años de cárcel para una mujer acusada de mantener relaciones sexuales consentidas con un menor"
    Durante esos periodos, mantuvo relaciones sexuales, en Gijón y Oviedo, de manera voluntaria con la acusada, nacida en 1986, quien era conocedora de que el menor tenía menos de 16 años.

    www.lavozdeasturias.es/noticia/gijon/2019/09/02/piden-4-anos-carcel-mu


    No entiendo como un mismo delito puede tener tanta diferencias de penas, e incluso hasta el punto de no tener ninguna como se puede ver en los dos primeros ejemplos que he puesto.
  18. #220 ¿De dónde te sacas que la chica tenía 15 años y 11 meses?
    Si los hechos ocurren en noviembre de 2017, y en la sentencia dice que la chica nació en 2002.
    Echa la cuenta, imposible que la chica fuera a hacer los 16 en diciembre.
  19. #27 Que lástima que supieran que le quedaba mes y pico para cumplir los 16 años (edad de consentimiento), si no lo hubieran sabido se hubieran librado de ir a la cárcel.

    "Absuelven a una mujer acusada de abusar de un menor al no poder probarse que conociera su edad
    Una mujer ha sido absuelta por el Tribunal Supremo de un delito de abusos a menores por no poder demostrarse que conociera que el chico tuviera 13 años."

    www.lasexta.com/noticias/sociedad/absuelven-mujer-acusada-abusar-menor

    "Absuelta una mujer que mantuvo un encuentro sexual con un niño de doce años
    l Tribunal Supremo confirma la absolución de una mujer acusada de abusar sexualmente del hijo de un socio de trabajo: no ha quedado acreditado, dicen los jueces, que supiese la edad del chico"

    cadenaser.com/ser/2017/02/10/tribunales/1486733487_308136.html
  20. #98 El problema que veo yo es la disparidad de penas en casos parecidos como el que enlazo, además en el de Arandina si no me equivoco no hubo penetración y en cambio en el que enlazo sí.

    "Dos años de cárcel por tener sexo consentido con una menor de 15 años.
    La sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha condenado a dos años de prisión a un hombre de 26 años que mantuvo relaciones sexuales completas consentidas con una menor de 15"
    www.elconfidencial.com/espana/2019-06-28/sucesos-sexo-consentido-menor
  21. #101 Si no me equivoco la edad de consentimiento en España antes de 2013 estaba fijada en 13 años.
    Austria, Italia, Portugal y Alemania entre otros países de la UE sí la tienen fijada actualmente en 14 años.

    es.wikipedia.org/wiki/Edad_de_consentimiento_sexual#Edad_del_consentim
  22. #99 La ley no distingue entre penetración oral, vaginal o anal. Lo engloba todo en un mismo delito.

    Artículo 179 del Código Penal.
    "Cuando la agresión sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado como reo de violación con la pena de prisión de seis a 12 años."

    Artículo 181 quáter del Código Penal.
    "4. En todos los casos anteriores, cuando el abuso sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado con la pena de prisión de cuatro a diez años."


    #133
  23. #79. '... aunque técnicamente sea una aplicación '¿exquisita?' de la norma...me parece excesiva la cantidad de pena (aunque los jueces no tuviesen otra salida...'

    Pues a mi me parece una barbaridad de condena. No digo que no sean posiblemente merecedores de una condena, pero esta condena en cuanto al número de años es a todas luces una barbaridad. Tengo la impresión de que por temas a mi modo de ver mucho más graves como accidentes de tráfico con víctimas mortales no se llega a estos extremos en cuanto a años de condena.

    El tema de la denominada 'violencia de género' o 'vilencia machista' está permeando tanto la sociedad a través de unos informativos obsesionados con el tema que estamos empezando a perder de vista el sentido del equilibrio.
  24. Es bastánte típico, sobre todo la redacción seguida, sin puntos a parte y sin párrafos.
    Cosas del lenguaje y forma de escritura jurídica.
  25. lo más curioso de todo es que algo así hace 20 años (o 30) ni habría sido delito
  26. #53 Esque andaba a punto de cumplir los 16, al parecer tenía 15 años y 11 meses.
    Vamos que en mes y pico cumplía los 16 años y de ahí que se puedas oír que tenía esa edad.
  27. #143 Y hace un par de semanas apareció por aquí esta otra noticia.

    "Absuelven a una mujer acusada de abusar de un menor al no poder probarse que conociera su edad"
    www.meneame.net/m/actualidad/absuelven-mujer-acusada-abusar-menor-no-p

    O esta otra de hace un par de años.
    "Absuelta una mujer que mantuvo un encuentro sexual con un niño de doce años"
    www.meneame.net/m/actualidad/absuelta-mujer-mantuvo-encuentro-sexual-n


    #78
  28. Menudo jodido disparate.
  29. #225 Pero tenía 15 años, por debajo de la edad de consentimiento. Y ellos eran adultos.
    Se libra el de 19 por lo que pines.
    El resto no estaba próximo a su madurez.
  30. #103 Al igual que en Italia, Alemania y acabo de leer en la wikipedia que también en Andorra y Austria.

    Nunca lo entenderé, que aquí te puedan meter en la cárcel tantos años pero si te pasas al país de al lado el menor ya es totalmente responsable de sus actos sexuales, entiende lo que es el sexo y lo que conlleva, cosa que en el país de al lado aún no. :shit:
  31. #41 :troll:

    Es raro que un chaval de 12 o 13 años tenga apariencia de uno de 16 o más años, normalmente a esas edades suelen parecer más niños de lo que son, pero parece que en estos dos casos coló lo de no saber la edad, algo que no ha colado con los de arandina y mira que es dificil diferenciar, por no decir imposible, entre una chavala que tiene 15 años y 11 meses, y una que tenga mes y medio más.

    "Absuelven a una mujer acusada de abusar de un menor al no poder probarse que conociera su edad
    Una mujer ha sido absuelta por el Tribunal Supremo de un delito de abusos a menores por no poder demostrarse que conociera que el chico tuviera 13 años."

    www.meneame.net/m/actualidad/absuelven-mujer-acusada-abusar-menor-no-p


    "Absuelta una mujer que mantuvo un encuentro sexual con un niño de doce años
    l Tribunal Supremo confirma la absolución de una mujer acusada de abusar sexualmente del hijo de un socio de trabajo: no ha quedado acreditado, dicen los jueces, que supiese la edad del chico"

    www.meneame.net/m/actualidad/absuelta-mujer-mantuvo-encuentro-sexual-n
  32. #61 Si no ha habido fuerzo y/o intimidación sería abuso.
    El problema es que el juez ha determinado que sí había ya que eran un grupo de tres personas, lo que se conoce por intimidación ambiental.
    La intimidación ambiental da carta blanca para poder imputar a alguien por un delito de agresión sexual en lugar de abuso sexual; y lógicamente la decisión depende mucho del juez y de su moral.

    "por el hecho de haber actuado los tres acusados sobre la víctima, en el piso de estos, con la luz apagada y por sorpresa, sin que la menor pudiera reaccionar, debido a la diferencia de edad y complexión física de los acusados"
    Lo de sorpresa no se bien a que a que se refieren, ya que la menor había ido más veces a hacer lo mismo, según se puede ver en sus mensajes de texto, voz y vídeos grabados por ella en su móvil.
  33. #204 Eso es porque el TS sentó jurisprudencia con la sentencia de la manada.
    Un delito es por haberla violado, y los otros dos por haberla violado en grupo al ser cada uno de ellos colaborador necesario de los otros dos restantes.

    Vamos, que si entre 5 violan o abusan sexualmente de una persona la pena se multiplica por 7, la tuya más la de los demás al ser colaborador necesario de las personas restantes que han delinquido.

    #41 Es una total aberración. Es absurdo, sale más barato penalmente hablando matar a la víctima, si hay suerte ni les descubren. :-P :palm:
  34. #164 Pero a ver.... que han violado en grupo a una menor a sabiendas y te estás inventando otra historia.
  35. #105 Para el codigo penal es lo mismo una penetración oral que una anal o vaginal.
    El juez tendrá que decidir si considera que es más o menos grave que las otras.

    Artículo 179
    Cuando la agresión sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado como reo de violación con la pena de prisión de seis a 12 años.

    Artículo 181
    4. En todos los casos anteriores, cuando el abuso sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado con la pena de prisión de cuatro a diez años.
  36. #29 O quizá es que son gilipollas
  37. #52 Yo me pregunto quienes serán los padres del cuarto chaval. #6

    #73 ¿Y de inmadurez creo que tampoco?
  38. En algún sitio tienes que poner la raya...
  39. #240 Lo que yo no acabo de entender es por qué tres tíos que van a abusar de una tía necesitan apagar la luz.
  40. #137 Presunción de inocencia: se parte de la inocencia del acusado, y es preciso demostrar que el acto del que se le acusa es real y cierto.
    In dubio pro reo: en caso de duda o incertidumbre respecto a el acto antijurídico del que se le acusa el reo no puede ser condenado. Algo así como "es preferible liberar a un culpable que condenar a un inocente".
  41. Cómo hay que decíroslo, machitos resentidos?
    E-RA-ME-NOR!
    punto.
  42. #242 "TERCERO.-
    Que estando solamente en el salón la menor ylos tres acusados, los cuales eran conocedores de su minoría de edad yen concreto que tenía quince años, alguno de ellos apagó todas lasluces de la estancia, se desnudaron, ante lo cual fue al baño,regresando con posterioridad y sentándose en una esquina del sofá. Losacusados procedieron a desnudarla quintándole la ropa, salvo lasbragas, ella se cruzó los brazos y no supo como reaccionar,quedándose paralizada, procediendo los acusados a cogerla las manospara que les masturbase, y posteriormente sujetándole la cabeza paraque les hiciera una felación, a cada uno de ellos, llegando uno (sindeterminar) a eyacular en la boca de la menor, ante lo cual y sintiendoasco fue al baño que se encontraba la final del pasillo para escupir.Que la menor si bien no veía a cada uno de los acusados, si que pudodistinguir que las manos que la tocaban eran de diferente complexión, yalguno se encontraba depilado y otros no."

    * Se va al baño cuando los otros están desnudos y vuelve.
    * Ha cambiado su declaración 4 veces
    * Ha dicho a sus amigas que les va a perjudicar incluso mintiendo
    * 40 años es una salvajada lo mires por donde lo mires

    Todo lo que he leído me hace pensar en sexo consentido con una menor, por unos jóvenes que le superan en edad pero no por mucho.

    ¿Que es un delito? De acuerdo
    ¿Que les caen 40 años? Me parece que estos tíos son víctimas de las movilizaciones feministas tan repetidas.
  43. #80 Y de estas van a haber más hasta que se consiga acojonar a los hombres en todos los ámbitos de la vida mientras se empodera a las mujeres. Es la doctrina de estos tiempos.
  44. #250 Lo que pegas primero explica una violación.

    Lo que tu subrayas es que se fue al baño y volvió. No quiere decir, al contrario, que quisiera sexo. Y menos con todos. Y por supuesto, no esperaría que la violaran apagando la luz 4 adultos hombres. Es una niña, según la psicóloga, de una mentalidad de 13 años.

    No ha cambiado la declaración 4 veces. Eso es falso. Ha declarado en el juicio que la violaron, y lo ha mantenido.

    Ha dicho tal o cual cosa, es una menor. Los jueces y psicólogos han explicado las razones de esa conducta y el juez ha determinado la veracidad de sus declaraciones.

    40 años por violar en grupo a una menor? Pues no se si es salvajada, pero el delito es muy grave.

    Y de ahí, por tus santos cojones dices que fue consentido. Pues valr, es tu opinión.

    Yo creo que si esto le pasa a un varón sería lo mismito. Si se demuestra, como es el caso, que violan a un menor este mismo juez hubiera dictado la misma sentencia.

    Pero sabes que? A ti te importaría tres cojones. Porque ya sabemos porque dudas de que la violasen y tratais de darle mil vueltas a esto. Igual que con la manada de Pamplona.
  45. #220

    "No entiendo como un mismo delito puede tener tanta diferencias de penas, e incluso hasta el punto de no tener ninguna como se puede ver en los dos primeros ejemplos que he puesto."


    Si no se demuestra que el acusado conocía la edad, o, al menos, que sabía que era menor de 16... entonces basta con el consentimiento. Imagina que alguien de 18 años, y, por tanto mayor de edad queda con alguien de 15 pero esa persona de 15 le dice que tiene 16, o simplemente no le pregunta la edad... no sería un abuso. De lo contrario habría que pedir el DNI o certificados antes de nada y sería absurdo.
    Esos son los dos casos en los que no hay ninguna pena, porque no se considera que hubiese un delito.

    Luego, si se sabe que es menor de 16... el consentimiento, por mucho que te lo de, no es válido. Es decir, si se sabe que la otra persona es menor de 16, el considerar que te diga que quiere sexo es aceptable pues no es aceptable. En ese caso es abuso si no hay intimidación ni violencia.... Creo que cuando no hay intimidación ni violencia se considera que el daño es menor y por eso la pena (años de cárcel) es menor. Es delito, porque aunque no haya intimidación ni violencia se considera que se hace daño al menor, por mucho que dijese que quería hacerlo. Por poner un ejemplo extremo, imagina que alguien de 14 años te dice que quiere saber qué se siente cuando le cortan una oreja... y vas y se la cortas y te da las gracias, y no se arrepiente. Creo que es lógico que la justicia sentencie que has hecho algo mal, y que la persona de 14 no sabe lo que dice... ¿no te parece? Además, si el perjuicio se hace acompañado de un beneficio para quien causa el perjuicio eso éticamente se considera malvado... pero, independientemente de lo que consideremos ético, parece lógico que se castigue a quien causa perjuicio pudiendo evitarlo.

    Luego, si hay intimidación o violencia ya no se considera abuso sino agresión sexual (a veces se dice "violación" aunque en lenguaje coloquial también se llama violar a un abuso). Y esto tiene más pena. Lógicamente, es más grave el sexo con violencia... ej: amenazando con un cuchillo o por intimidación, como podrían ser varios hombres corpulentos o de mayor edad...

    Si se produce repetidas veces es un delito continuado, que tiene todavía mayor pena. Esto de "continuado" puede aplicarse tanto al abuso como a la agresión sexual. Puede parecer raro una agresión sexual continuada... pero a…   » ver todo el comentario
  46. #2 La página 25 es más interesante.
  47. #182 15 y 11 meses... la virgen...
  48. #164 1 mes menos. Tenía 15 años y 11 meses.
  49. #222 No es así.
    Como te acabo de contar en #254 aunque sea mayor de edad, como el caso de la manada de Pamplona, se considera agresión sexual si hay intimidación, aunque no usen violencia ni amenazas.

    Por tanto, aunque no supiesen que era menor de 16 igualmente les caería una buena pena por agresión sexual.
    En otras palabras: no es lo mismo quedar a solas con una de 18 , o con una chica de 15 que pensabas que tenía 16 ... que decirle a una chica (independientemente de la edad) que venga a una casa y cuando llegue se encuentre a 3 tíos y de repente se pongan en pelotas... al ser 3 y de edad varios años mayor, se considera que la intimidan y eso implica que sería considerado delito igualmente. Sí, aunque no supiesen la edad. Incluso aunque la chica tuviese 18, si son 3 ó 4 y hombres y con 4 o 5 años de edad más... son factores que intimidan y así se considera jurídicamente.
  50. #252 dudo que la violasen porque no tengo la más mínima confianza en el sistema judicial español en ningún caso en el que haya un hombre en un rincón y una mujer en el contrario.
  51. #248 Soy otro usuario diferente y sigo sin ver la diferencia.
    Vamos a ver, como frase veo claro que son dos expresiones diferentes... pero en la práctica ¿hay alguna diferencia? Eso es lo que no acabo de ver...

    Si un sistema jurídico se basa en la presunción de inocencia, parte de la inocencia... y no condenará si hay duda ¿verdad? Luego presunción implica "in dubio pro reo".

    Si un sistema jurídico se basa en "in dubio pro reo" no condenará si hay duda y la única forma de resolver la duda es si se demuestra la culpabilidad, luego creo que implica la presunción de inocencia ¿no?

    En la teoría de la lógica se dice que si A implica B y también B implica A, es decir, una doble implicación en ambos sentidos, entonces A y B son lógicamente equivalentes... lo que en lenguaje coloquial se dice que "son lo mismo". Ejemplo: si toda mano cerrada es un puño y todo puño es una mano cerrada, entonces son lo mismo...



    cc #137 #79
  52. #156 Normalmente durante la practica de la prueba se aportan los informes y después se ratifican con el iterrogatorio pericial. Es decir, primero se aporta el y luego los técnicos lo explican o lo contradicen según el caso.
  53. #51 Enhorabuena, estas más perdido que carracuca con una sentencia que no entiendes, y no sabes ni que defender ya a estas alturas de la noche.
  54. #239 #229
    Otros comentarios dicen que la subida de la edad de consentimiento fue en el 2013... así que serían hace apenas 7 años (porque el 2019 está acabando).

    Pero no es cierto que no hubiese sido delito. Supongo que si la edad de consentimiento fuese 13 el tener sexo con una de 15 habría tenido menor pena pero por lo que dije en #254 y #258 les habrían condenado igualmente por agresión sexual y por cooperación necesaria en agresiones sexuales de otros. Es decir, en lugar de 36 años a lo mejor habrían sido 34 o 32... pero no ser declarados inocentes y que no habría sido delito.
  55. #259 Lo basas en algún dato estadístico para hablar de prevaricación o te lo sacas de la manga por tus obsesiones?

    Si hubieran violado a un menor entre 4 , en iguales circunstancias... crees que hubieran dictado la absolución?

    Supongo entonces que no te crees ninguna violación, ningún delito contra una mujer, ningún asesinato... pofale. También puedes pensar que los franceses tienen alas. Cada cual puede pensar lo que le parezca.
  56. #135 los ricos pueden ser feos y misoginos

    Un tío deportista, guapo y con pasta, que viole???? Lo veo difícil.
  57. #76 también, porque además las crías por su inmadurez son más propensas a hoy te quiero mañana te odio y demás gilipolleces

    Yo no me follaría nada que tenga menos de 27 años.
  58. #187 #81, gente descubriendo una sentencia por primera vez en la vida, y queriendo enmendar al juez sobre el principio de libre valoracion de la prueba.
  59. #79 Hemos comentado un amigo mio, abogado que lleva ejerciendo toda la vida y su hermano que es juez lo mismo sobre lo mismo que tu has dicho sobre la sentencia, que no dice gran cosa y que es bastánte corta en comparación con otras del estilo.
    Las palabras textuales de mi amigo nada más abrir el PDF de la sentencia ha sido ¡Que corta es, ¿Solo 43 páginas?!
    Luego ya hemos empezado a hablar de lo importante de la sentencia, que como bien indicas es la intimidación ambiental.

    Algo que según mi punto de vista veo muy peligroso si se utiliza mal, considero que una sentencia judicial no tendría que verse afectada por los sentimientos de nadie, ya que dependiendo de como se sienta la persona en el momento en el que supuestamente estén abusando o agrediendo sexualmente, si en ese momento tiene una mayor o menor percepción intimidatoria, la condena tendría una mayor o menor pena.
    Además, en un momento así o en situaciones parecidas donde la persona está bajo un gran estrés es sabido, como es lógico, que se tiene una percepción errática de la realidad y se tiende a amplificar lo sucedido.
    Me resulta parecido a cuando la determinación de una pena viene dada por el grado moral que tenga el juez o conjunto de jueces.

    Tengo sentimientos encontrados con este tema sobre la intimidación ambiental y sobre todo en la forma de aplicación actual, parece como una forma de colar a alguien una "condena mediática" por agresión sexual en lugar de por abuso sexual cuando ha sido en un grupo de dos o más personas.
    Sobre esto último como bien dices ya había sentada jurispruedencia en 2010 y esta a su vez sobre la original de 1991, el considerar intimidación ambiental cuando el abuso o agresión sexual se produce entre dos o más personas.
    Creo que va a dar problemas que esto haya pasado a un plano mediático.
  60. #269 Argumento ad verecundiam
  61. #154 Y ya puestos la juventud a los 45 años... :roll:
    Claro está, en el supuesto de que el fin de la actual adolescencia sea los 24 años habría que cambiar también la mayoría de edad a los 25 años.
    Par atrás vamos, como los cangrejos. :-P
  62. #212 Lo del primer grado es cosa de los Americanos, en españa no tenemos lo de los asesinatos en primer grado.
  63. #271 Por supuesto que voy a hacer un autoridad!!! y además justificado, soy abogado, y se nota, con todos mis respetos, que no sabes lo que es una sentencia, valoro el interés, pero has visto hechos probados y te has lanzado a la piscina sin saber lo que es.
  64. #263 #141 Gracias. Creo que ahora me queda más claro.

    Si no entendí mal, aunque a nivel lógico si consideramos las expresiones vendrían a ser más o menos lo mismo, a nivel de uso, especialmente en sentido jurídico, se aplican a diferentes partes (personas) y en diferentes momentos del juicio.
    Ej: al declarar la acusación si llamase "asesino" al acusado quizá el juez le llamase la atención porque hay presunción de inocencia y se debe limitar a dar hechos y no a valorar si es culpable, que mientras no haya sentencia firme no se puede llamar culpable... Pero, sobre todo, el hecho de que la carga de la prueba recae en quien acusa... y no al contrario, es decir, no se puede pedir al acusado en el juicio que demuestre que no lo hizo, sino que tiene presunción de inocencia y la parte acusadora debe aportar las pruebas. Esto sería en la fase en la que se presentan hechos y declaraciones... Luego, en la fase final, cuando el juez dicta sentencia sería cuando debe guiarse por el principio "in dubio pro reo", es decir, que en las partes que haya duda debe sentenciar a favor del acusado (reo), aunque esto no implica que le declare inocente, sin ninguna pena. Por ejemplo, puede haberse probado que robó pero no que matase... y, entonces, ya no sería "inocente" del todo, le condenaría por robo pero no por asesinato si no se encontraron pruebas suficientes. No sería absuelto del todo, ni inocente del todo, pero sí se le concedería el beneficio de la duda en el asesinato.

    cc #137
  65. #275 Seh, lo has pillado. Quédate con que la PI es algo sobre todo a efectos de qué parte tiene la carga de prueba, y el in dubio no es cosa de las partes sino del juez que le pide estar realmente convencido a la hora de sentenciar.
  66. #274 Que un usuario anónimo me diga que es abogado ya ves tú, además que por mucha titulación que uno tenga no quiere decir que no vaya a soltar cosas totalmente subjetivas. Si los hechos probados son en base a interpretaciones del juez, deja mucho que desear ese uso del lenguaje.
  67. #153 Una relación entre una persona de 18 años y una de 15 no tiene porque considerarse violación, el juez tendría que determinar si están en un grado próximo de edades.

    El problema viene en que esto depende mucho del juez que te toque y de su grado moral. Para algunos será aberrante y para otros algo sin importancia o que no reviste gran importancia.
    Con 19 años y 15 ya lo tienes peor, en cambio 20 o más años y con otra persona de 16 "sin problema". Y lo pongo entre comillas porque como le de a algún familiar por denunciar que no ha sido consentido por su vástago...
  68. #39 Tampoco es delito, depende de la edad del tio y de lo que decida el juez. Y digo tío, porque si es una cuarantañera con un chaval de 13 sale absuelta prácticamente seguro.
  69. #266 ¡qué le vamos a hacer, con un desinformado hemos topado!

    Haz una mínima búsqueda en Google antes de acusar a nadie de que los fundamentos de sus argumentos son sus obsesiones. Busca, por ejemplo, los tiempos medios de condena, para los mismos delitos, por sexo.

    Puedes seguir buscando lo de la mujer esta que se cepilló a tres menores de 15 años (¿salió absuelta, quizás?)

    Luego puedes continuar preguntándote a ti mismo cómo un sistema judicial defiende que tiene cero% denuncias falsas (me he quedado en el quinto decimal), lo que es estadísticamente imposible. Es como si la guardia civil no pusiera ni una multa en un año: no es que no haya infracciones, es que hay orden de que no se sancionen.

    Puedes terminar buscando las declaraciones hechas desde el gobierno defendiendo:
    a) que las mujeres no deben entrar nunca en prisión
    b) que las mujeres deben tener presuncion de veracidad

    Todo ello, claro, da para tener una fe ciega en la justicia

    También te puedes leer esto que acabo de encontrar:
    www.google.com/amp/s/eldebate.es/libertades/violencia-de-genero-y-denu

    Si te hace falta te puedo ayudar un poco con las búsquedas, si no se te da bien eso de Internet
  70. #240 Intimidación ambiental o como cagarse en el código penal porque una pandilla de mugrosos no te señalen.
  71. #83 ¿Consideras un niño a una persona que le falta un mes y pico para cumplir los 16 años?
    ¿Y lo mismo con los "niños de su edad", en cambio a uno de 18 y por arte de mágia ya no es un niño? :-S

    Con 15 años, tienes ya bien poco de niño, por no decir apenas nada.
    Que poco nos acordamos los adultos, o que poco nos queremos acordar, de como éramos cuando teníamos entre los 14 y los 18 años. :roll:
  72. #277 Dios Santísimo de mi vida! La valoración de la prueba se hace en función de una serie de normas y principios, y sí, los hechos probados pueden y deben ser en base a las interpretaciones del juez, pero vamos no solo en violencia de género, también en un tirón de bolso, en el juicio de la pelea de la vecina con mi tía paca, y en la proclamación del imperio galáctico por el canciller Palpatine. Y si no te crees le preguntas a un abogado de confianza.
  73. #7 A ver, se supone que también han escuchado lo que han dicho los acusados, en un juicio se escuchan todas las partes.
    Otra cosa es que la sentencia obvien todo lo que han dicho los acusados, supuestamente hay que ponerlo todo en una balanza y mirar hacia donde se va inclinando esta, supuestamente... :roll:

    Y lo que dicen en este último párrafo es ridículo ya que cualquier veinteañero se comportaría igual, lo mismo que muchos de 30 y tantos, y 40 y tantos si estan en una segunda edad del pavo...
  74. #284
    1.- ¿Que no puedo estar en deseacuerdo con la jerga jurídica o que?
    2.- Nadie ha dicho que sea diferente aquí que en cualquier otra sentencia.
    3.- Yo prefiero los datos y las pruebas a las interpretaciones, supongo que será por mi formación en ciencias.
  75. #13 Viendo lo que están y como el TS está senteciando estos últimos años en este tipo de temas, no te diría que incluso puedan acabar aún con una condena superior, aunque a efectos prácticos puedan hacerla cumplir.

    Si ya te la pueden liar pero muy parda con un tema de caracter nímio, donde la mujer pega al marido y él le se la devuelve sin ambos acabar heridos, ella a él le debió pegar un puñetazo y él a ella un tortazo, y ya se metió el TS y hasta el Constitucional se echó las manos a la cabeza por la sentencia dictada..., pues imagínate en un caso de estos y además tan mediático.
    Ya verás la carnicería que van a hacer los medios de comunicación hasta que dicte sentencia el TS...

    www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Sala-de-Prensa/Archivo-de-


    Solo hay que repasar la sentecia de la manada y en que se basaron para condenarles, básicamente en como se encontraba la víctima anímica y moralmente en esa situación.
    Además, fue algo que determinaron los jueces y fiscales dándolo como válido para dictar sentencia, ya que después de haberme leído íntegramente el interrogatorio de la denunciante y ambas sentencias, incuída la del juez discrepante, no encontré por ningún lado ni las preguntas de los magistrados y abogados sobre como se sentía la denunciante y su estado de ánimo, ni las contestaciones por parte de la denunciante, obviamente.
    Bueno y luego tenemos cosas como lo de que estaba agarrada a varios penes en erección para no perder el equilibrio y demás...;

    Joder de pena, pero de pena. :-P :-(
  76. #211 Estaba generalizando hombre.
  77. #288 Puede estar en desacuerdo con la jerga jurídica, pero precisamente es jerga para que nos podamos entender los juristas entre sí (como cualquier técnico), y no estar volviendo a discusiones que llevan zanjadas, decadas, siglos, incluso milenios.

    Si puede ser que sea porque es de ciencias, yo cuando se habla de física teórica intento escuchar y aprender, y no hacer una interpretación en base a mis prejuicios ideológicos.
  78. #291 En un foro de opinión generalista? No me ido a un foro de abogados y juristas a comentar una sentencia. Si aquí solo pudieran comentar los doctos en cada tema, me parece a mi que hace tiempo que ya habrían cerrado menéame. Y lo de prejuicios ideológicos, paridas del corporativismo.
  79. #292 Pues comenta lo que sepas, y planteate si pueden tener razón los que saben más que tú, que esto no es apoyar a un equipo de fútbol.
  80. #164 un mes de la edad legal ...
  81. #293 Y si esta sentencia la recurren y el juez de una instancia superior cambia el veredicto ¿que dirás entonces? Que al ser interpretable todo puede pasar, si no hay pruebas concluyentes?
  82. #212 entonces la cúpula de vox que edad mental tiene :calzador:
  83. #295 uff voy intentar a explicarlo, no todo puede pasar en el recurso, si se recurre la valoración de la prueba hecha por este tribunal, se podrá decir si el juez valoró correctamente la prueba o no, tanto favorablemente como desfavorablemente. El juez no se ha inventado las reglas (entiendelo como si fueran herramientas) para condenar, las reglas estan ahi y el juez las ha usado como le obliga la ley (aqui y en todos los casos), si lo ha hecho mejor o peor se dirá en el recurso.

    Es decir, el "tribunal superior" podrá determinar si se aplicaron correctamente las reglas de valoracion de la prueba o no, pero no se repite el juicio, las pruebas son las que son y se discutirá solo sobre lo que quieran los abogados en su recurso. Ahi han hecho mucho daño las pelis americanas.

    Por ahora la verdad judicial es la sentencia y es más rigurosa que cualquier opinión de un matado cualquiera, además está suficientemente razonada en base a la ley y a la jurisprudencia, como todas las sentencias, y cuando llegue el recurso veremos. Pero que no se engañen, lo que esta probado sin ningún tipo de dudas es que era menor y lo sabían, así que no se si estarán tantos años, pero a la cárcel van de cabeza, eso te lo puedo decir al 99,9%.

    Asi que ni arbitrariedad, ni que no hay estado de derecho, ni persecución de los hombres, ni dramas de salón, esta sentencia y este caso a nivel de técnico jurídico es como cualquier otro de los tantisimos casos de todo tipo que se juzgan todos los días en España. Otra cosa es el vodevil que se han montado unos y otros.
  84. #280 Eres tu quien tendrá que demostrar lo que dices, no? Si dices que a mismos delitos diferentes condenas, pásame esas estadísticas e informes. Links.
    No me vale que me pongas casos aislados y sin enlazar. Sabes que no es lo mismo violar que tener sexo con menores de forma consentida, no?

    Tras pasarme esas pruebas. Vas a por las siguientes para validar tus afirmaciones.... donde dice quien que hay CERO denuncias falsas?

    Sabes que el dato ese de denuncias falsa que significa? Que hay más denuncias falsas de las que se juzgan es obvio.... pero eso sucede en cualquier delito.

    Luego me vienes con opiniones de no se quienes. Son opiniones y no dicen eso que dices nadie. NADIE. Nadie dice que las mujeres nunca deben ir a la cárcel o que siempre tienen presunción de veracidad. Y como te digo, en todo caso serían opiniones particulares. No es la ley.

    Vuelvo a repetir, en vez de lanzar vaguedades, enlaza fuentes y estadísticas de lo que dices.

    Pero vamos, que no se a donde quieres ir a parar con todas esas cosas inconexas. Existen denuncias falsas... de hombres y de mujeres. y????
  85. #297 ¿Y eso último que pones lo has visto en mis comentarios? A mi si demuestran los hechos, por mi que les caiga todo el peso de la ley. Ahora si el testimonio de la presunta vícitma es la base de la condena, dandole presunción de veracidad como a la policía, pues me parece que son bastante endebles los fundamentos de la condena. Y si me podrás contar que es así el sistema, y la jurisprudencia y lo que quieras, pero esa es mi opinión como lego en temas jurídicos. :popcorn:
  86. #75 En un caso no mediático seguramente serían condenados por abusos sexuales, ya que la chavala era menor de 16 años.
    Viendo otras sentencias similares dudo mucho que les metieran en la cárcel más de 4 años en el peor de los casos ya que la persona menor de 16 años lo era por menos de un mes, tenía cuando aquello una edad de 15 años y 11 meses.

    Pero por lo visto han querido "ajusticiarles" y que sirvan de cabeza de turco, aplicando las leyes de una forma totalmente estricta y para ello se han valido de que eran un grupo de 3 hombres para "colar" la intimidación ambiental, y si hay intimidación ya no es considerado un abuso sino una agresión sexual.
    La agresión sexual es la penetración oral, vaginal o anal de miembros corporales u objetos por dichos orificios si se hace con violencia y/o intimidación.
    Las penas por agresión sexual a menores de 16 años van de doce a quince años de prisión.
    Les ha caído la máxima pena prevista en un caso de agresión sexual a menores ya que han considerado que hay uno o más agravantes.
    Les han condenado a cada uno a 15 años de prisión por agresión sexual a menores con agravantes, a una pena de 13 años y 6 meses por cooperador necesario para ayudar a cometer el delito de uno de los implicados, y a una pena de otros 13 años y 6 meses como cooperador necesario para que la persona restante implicada cometiera el delito. O sea a 38 años de prisión.
    Si llegan a ser 5 los implicados, las condenas de 13 años y 6 meses se tendrían que haber multiplicado por 4 al haber sido cada uno de ellos cooperadores necesarios para que el resto de implicados pudieran cometer el delito y así exponencialmente.
    Si se llega a montar una orgía con 12 tíos, les hubieran caído 164 años y 6 meses a cada uno.


    Estoy llegando a pensar que el TS y la judicatura en general de este país está poniendo este tipo de condenas desorbitadas para hacer ver que no tiene sentido alguno legislar y juzgar en base a si eres hombre o mujer, forzando todo a que se desmorone el tinglado que los políticos tienen montado sobre el TS y demás Tribunales Superiores de Justicia.
    Aunque visto lo visto, lo único que consiguen es que la gente pida más carnaza y sangre y piense menos.

    Estoy pensando en algo así ya que buena parte en el entorno de la judicatura desde hace años ya están muy hartos de todo lo relacionado con los temas de género y me da a mí que el punto de inflexió fue cuando tanto Podemos como PSOE quiso adoctrinar a los jueces, educándoles en

    …   » ver todo el comentario
comentarios cerrados

menéame